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El suministro de gasóleo A se llevará a cabo en las estaciones de servicio.

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE RIGE EL CONTRATO PARA EL SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE PARA VEHÍCULOS MUNICIPALES Y CALEFACCIÓN DE COLEGIOS PÚBICOS, ESCUELA INFANTIL Y CENTRO DE DÍA DE LA CARLOTA (CÓRDOBA).

Cláusula 1.- Objeto del Pliego.

El presente pliego tiene por objeto definir las prescripciones técnicas, para la contratación del suministro de gasóleo A, para los vehículos pertenecientes al Parque Móvil Municipal y para calefacción “C” o “B” con destino a los colegios públicos, escuela infantil “Matrona Mª del Valle” y Unidad de Día Municipal para Personas con Discapacidad de La Carlota, relacionados en el Anexo I.

El suministro de gasóleo A se llevará a cabo en las estaciones de servicio.

El suministro de calefacción para colegios públicos, escuela pública infantil y centro de día se llevará a cabo en los depósitos existentes en cada uno de estos equipamientos.

Cláusula 2.- Descripción del suministro. División en lotes.

El objeto del contrato se desglosa en lotes independientes correspondientes a distintos tipos de combustible (en adelante, los “Lotes”), siguientes:

Lote núm. 1: Suministro de Gasóleo indicado para calefacción a colegios, sea Gasóleo C o B.

Lote núm. 2: Suministro de combustible Gasóleo A, para los vehículos municipales y Gasolina sin plomo para pequeña maquinaria.

Esta división en Lotes se justifica por los distintos tipos de combustible necesarios para la adecuada realización del objeto del contrato, integrando la gasolina en el primer lote ya que su incidencia en el monto total de este contrato es de escasa importancia.

Los interesados podrán optar por participar en la licitación por el Lote 1, por el Lote 2, o por ambos a la vez.

Cláusula 3.- Sistema de control de carburante y usuarios.

La empresa adjudicataria se encargará de facilitar un sistema de control, de forma que los vehículos que reposten en sus instalaciones, sean titularidad de este Ayuntamiento, así como personal autorizado por éste.

El Ayuntamiento de La Carlota, por medio de esta Área, comunicará a la empresa adjudicataria las solicitudes de nuevo/s suministro/s por alta de vehículo/s y en su caso, las bajas de vehículos o perdida/sustracción del sistema de control entregado para dicho vehículo.

El Ayuntamiento facilitará al adjudicatario una lista de vehículos y maquinaria en propiedad del Ayuntamiento, indicando el servicio o Área que pertenecen, para que la empresa adjudicataria tenga conocimiento de los vehículos autorizados para el suministro de combustible. Dicha lista podrá ser modificada, incluirse nuevos vehículos o bien darse otros de baja, dichas

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modificaciones serán siempre aceptadas por la empresa adjudicataria, sin coste alguno para la administración municipal.

Cláusula 4. Calidad del producto.

El gasóleo suministrado será de primera calidad, cumpliendo las exigencias del Real Decreto 61/2006, de 31 de enero, y de las restantes normas en la materia que resulten de aplicación. Las empresas licitadoras presentarán en su oferta las calidades mínimas y máximas que se comprometen a suministrar, que en ningún caso serán inferiores a las señaladas en las directivas comunitarias, especificando, como mínimo, los datos con sus unidades de medida y Normas de Ensayo por los cuales se han obtenido los mismos.

No se permitirá la realización de mezclas que puedan modificar la calidad del combustible.

El Excmo. Ayuntamiento de La Carlota, se reserva la potestad de realizar, con cargo a la empresa adjudicataria, ensayos de control de calidad y control metrológico, con carácter discrecional y siempre que lo considere oportuno. Si los resultados fueran inferiores a los que la empresa adjudicataria se haya comprometido a suministrar, se podrá proceder a la resolución del contrato con las responsabilidades a que hubiera lugar y abono de los ensayos realizados.

Cláusula 5. Condiciones del suministro.

El suministro de gasóleo deberá cumplir las siguientes condiciones:

a) El plazo máximo de entrega será el establecido en la oferta del adjudicatario, que no podrá ser superior a 48 horas desde que se realice el pedido. A tal fin sólo se considerarán días inhábiles los domingos y los festivos en el lugar donde se encuentre el Depósito en el que haya de hacerse el suministro.

b) El combustible se servirá en función del Lote por el que se opte, en las estaciones de servicio o en los depósitos existentes para el gasóleo con destino a calefacción, (C ó B).

d) La empresa adjudicataria será la responsable de realizar el transporte y descarga del gasóleo con las debidas garantías de manipulación, seguridad y calidad, a su riesgo y ventura y sin cargo adicional alguno, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 1566/1999, de 8 de octubre, sobre los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, por ferrocarril o por vía navegable y Real Decreto 97/2014, de 14 de febrero, por el que se regulan las operaciones de transporte de mercancías peligrosas por carretera en territorio español. Deberá aportar, según legislación vigente, la presencia de un consejero de seguridad.

e) Todos los camiones cisterna que realicen los suministros deberán estar provistos de equipos de medida homologados y verificados.

No se admitirán ofertas que no presenten certificados de calibración con una antigüedad inferior a un año y los medidores deberán estar precintados.

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Este vale de entrega estará firmado por un responsable del Centro en el que se efectúe la descarga, quien verificará que los datos consignados sean ciertos.

g) El adjudicatario asumirá la responsabilidad en caso de accidente, desbordamiento, rebose o cualquier otro siniestro que afecte a terceros o al Ayuntamiento de La Carlota, en cuyo caso, además de tomar las medidas señaladas en la normativa sobre transporte de mercancías peligrosas por carretera, deberá notificar a la Jefatura de la Policía Local, el tipo de siniestro y los daños causados.

La Carlota, fechado y firmado electrónicamente.

EL INGENIERO TÉCNICO, Fdo: Alfonso Estable Rodríguez.

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ANEXO I

Actualmente el parque móvil municipal cuenta con los siguientes vehículos a motor:

ORDEN MARCA MODELO MATRICULA OBSERVACIONES

1 CITROEN JUMPY CO-4414-AX

SERVICIO DE PROTECCIÓN CIVIL

(Expte. 11/1999)

2 CASE 580 SR E-9214-BFS

Máquina Retroexcavadora OBRAS Y SERVICIOS (Expte.

73/2009) 3 VEREMA Brazo Articulado

Nº BASTIDOR 3A8700 AÑO MATRICUL. 2003 PARQUES Y JARDINES (Expte. 48/2002) 4 LANDINI TD-90 E-0826-BBR TRACTOR PARQUES Y JARDINES (Expte. 2/2001)

5 IVECO 35C12 8946-CSS CAMION OBRAS MUNICIPALES Expte. 72/2003)

7 RENAULT KANGOO 8827-FRK

ALUMBRADO PÚBLICO Expte. 13/2007 Serv. Generales

(LEASING) 9 SUZUKI GRAND VITARA 1.9 DDiS JX-A TODOTERRENO 129 CV 3P manual 8617-GTY MEDIO AMBIENTE GUARDERÍA RURAL Exp. 59/2009 Serv. generales 10 TOYOTA RAV-4 3309-HTL Área Seguridad Ciudadana

(P. Local)

11 TOYOTA VERSO 4422-HSR Área Seguridad Ciudadana (P. Local)

Los colegios y edificios municipales donde se realizará el suministro para calefacción, son los siguientes:

Nombre Colegio Dirección

C.E.I.P. “Carlos III” Avda. Carlos III, núm. 85

C.E.I.P. “Nelson Mandela” Calle Francia, núm. 48

C.E.I.P. de La Paz Calle Redonda de La Marquesa, núm. 2

C.E.I.P. Los Algarbes Camino del Colegio, núm. 54

C.E.I.P. Monte Alto Avda. Andalucía, núm. 33

C.E.I.P. “Tierno Galván” El Arrecife Camino de los Naranjeros, núm. 2

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Nombre Colegio Dirección

C.E.I.P. Las Pinedas Calle 28 de Febrero, núm. 9

C.E.I.P. El Rinconcillo Calle Las Jaras, núm.

C.E.I.P. Fuencubierta Calle Las Escuelas,

C.E.I.P “Infanta Cristina” Aldea Quintana Avda. de la Torre, núm. 5 Escuela Infantil “Matrona María del Valle” Calle Punta del Sauce, núm. 2

Unidad de Día “María Auxiliadora” Calle Ingeniero Torres Quevedo, núm. 11

CONSUMOS

Considerando el consumo de los citados vehículos, y el que se produce en los Colegios de Infantil y Primaria, y resto de Centros cuyo mantenimiento corresponde al Ayuntamiento, los consumos de combustible, incluyendo gasóleo para los vehículos y gasóleo para calefacción, durante el año 2016, con datos facilitados por el actual proveedor en el caso de los vehículos, y datos de facturación en el caso del gasóleo para calefacción, ha sido el siguiente:

CONSUMO DE COMBUSTIBLE AÑO 2016

COLEGIOS 2016

FECHAS CONSUMO (LITROS) IMPORTE IMPUESTOS NO INCLUIDOS

ENERO 5500 2.264’05

MARZO 2500 1.126’03

NOVIEMBRE 7500 3.768’60

NOVIEMBRE (2) 1000 502’48

TOTALES 16.500 Litros 7.661’16 € (más 21% I.V.A.) VEHICULOS 2016

2016 CONSUMO (LITROS) IMPORTE IMPUESTOS NO INCLUIDOS Fra. mensual

TOTALES 26.250’45 Litros 23.227’47 € (más 21% I.V.A.)

CONSUMO TOTAL AÑO

42.750’45 litros

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