Notificación de los riesgos de
trabajo ante la STPS y el IMSS
dores, como prevé el artículo 123, Apartado A, fracción XIV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), deben responder de los acci-dentes o enfermedades profesionales que sufran los trabajadores con motivo o en ejercicio de su trabajo, pagando, según la consecuencia que éstos les produz-can, las indemnizaciones que conforme a la Ley Federal del Trabajo (LFT) correspondan, salvo que el empleado siniestrado se encuentre inscrito en el IMSS, y sea el Instituto el que por medio de la cobertura del seguro de riesgos de trabajo, proporcione tanto la atención médica como las prestaciones en dinero respectivas.
Por su parte, los trabajadores verán disminuidos sus ingresos al dejar de percibir su salario durante el periodo en el cual estén incapacitados, toda vez que si el percan-ce no es calificado como riesgo de trabajo, el IMSS les otorgará el subsidio correspondiente a una incapacidad por enfermedad general (60% del salario con el cual es-tán inscritos) o, en ciertos casos, pueden recibir sólo un subsidio con base en el salario mínimo con el cual estén inscritos, y no conforme a su ingreso real.
De ahí que con la finalidad de prevenir esos percances y sus efectos, y sobre todo para garantizar la salud y vida de los trabajadores, tanto la LFT como la Ley del Seguro Social (LSS) atribuyan a los empleadores diversas obli-gaciones en materia de riesgos de trabajo, mismas que deben implementar y cumplir en sus centros de trabajo, tales como:
Obligación patronal ante la ocurrencia de accidentes y enfermedades profesionales
C.P. Beatriz Ramírez Rivera INTRODUCCIÓN
L
a ocurrencia de accidentes y enfermedades en los cen-tros de trabajo en su mayoría deriva del uso inadecua-do de los instrumentos o materiales de trabajo, e incluso por el desinterés de los propios trabajadores para utilizar el equipo de protección personal que se les proporciona.Así, informes del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) revelaron que en 2009 se registraron 395,024 accidentes laborales, de los cuales 90,662 fueron cata-logados de trayecto y 4,101 como enfermedades de tra-bajo, ubicándose los sectores de comercio, de la industria de la transformación y de la construcción, dentro de las cinco actividades económicas con más accidentes y de-funciones laborales.
El sector servicios se situó en el primer lugar en ocu-rrencia de accidentes con 102,885, seguido de los secto-res de la industria de la transformación, el cual psecto-resentó 97,037 accidentes y el de la construcción con 25,016 accidentes y 190 muertes.
Esos accidentes generan enormes pérdidas a ambas partes de la relación laboral. Por un lado, los
emplea-Obligaciones en materia de riesgos de trabajo
LFT LSS
Proporcionar primeros auxilios
Contar con los medicamentos y el material de curación necesarios para brindar primeros auxilios y adiestrar al personal para que los preste
Inscripción y autoclasificación de la actividad
Inscripción en el seguro de riesgos de trabajo, autoclasificando su actividad en el Catálogo del artículo 196 del Reglamento de la LSS en materia de Afi -liación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (RACRF)
(1a. Parte)
Obligaciones en materia de riesgos de trabajo
LFT LSS
Instalar una enfermería
Establecer una enfermería con los medicamentos, materiales de cura -ción necesarios y el personal competente, cuando tengan a su servicio más de 100 trabajadores
Pago de cuotas
Durante el primer año de registro en el IMSS, cubrir las cuotas del seguro de riesgos de trabajo con la prima media de la clase que corresponda conforme a la autoclasificación
Aviso de los riesgos de trabajo
Dar aviso por escrito dentro de las 72 horas siguientes de la aparición del riesgo de trabajo a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), al inspector del trabajo, a la Junta de Conciliación y Arbitraje (JCA) o a la de Conciliación Permanente
Informar al IMSS la ocurrencia de riesgos de trabajo
Informar al IMSS del probable accidente o enfermedad de trabajo que ocurra fuera y dentro del centro laboral —al tener conocimiento del mismo o dentro de las 24 horas siguientes, respectivamente— para que proceda a su califi -cación como de trabajo
Instalación de comisiones de seguridad e higiene
Instalar las comisiones de seguridad e higiene que sean necesarias para investigar las causas de los accidentes y enfermedades, así como proponer medidas para prevenirlos y vigilar que se cumplan
Determinación de nueva prima del seguro de riesgos de trabajo En febrero de cada año se deberá revisar la siniestralidad ocurrida en el centro laboral, para así determinar la nueva prima del seguro de riesgos de trabajo, aplicable desde el 1 de marzo del año siguiente
Notificar las defunciones por riesgo de trabajo
Cuando el riesgo de trabajo produzca la muerte del trabajador, notificar a las autoridades laborales el hecho, proporcionando el nombre y domi -cilio de los probables beneficiarios del trabajador
Notificación de nueva clasificación debido a cambios en la actividad manifestada
Determinar y comunicar la nueva clasificación de la empresa producto del cambio o incorporación de actividades, adquisición de activos, enajenación, sustitución patronal, fusión y escisión, dentro de los cinco días hábiles, con -tados a partir de que ocurra el supuesto respectivo
Otorgar prestaciones en especie
Proporcionar las prestaciones en especie correspondientes, tales como: asis-tencia médica y quirúrgica, hospitalización, rehabilitación, así como la entrega de los aparatos de prótesis y ortopedia necesarios
Prevención de riesgos
Cooperar con el IMSS en la prevención de los riesgos de trabajo, cuando éste requiera su participación en la realización de investigaciones o estu -dios
Pagar prestaciones en dinero
Pagar al trabajador la indemnización correspondiente dependiendo del tipo de incapacidad que se produzca o, a sus beneficiarios si el resultado es la muerte del trabajador (cuando no hayan asegurado a sus trabaja -dores en el IMSS)
Manifestar el salario real del trabajador
El patrón está obligado a registrar a sus colaboradores con el salario base de cotización que perciban en el momento de su afiliación, de tal manera que el IMSS pueda pagarles los subsidios o pensiones que, en su caso, les correspondan conforme a ese salario
Las obligaciones referidas tienen una relación estrecha, pues de la observancia que le dé el patrón a una, de-pende el cumplimiento de las siguientes. Por ejemplo, si el empleador no se autoclasifica, no conocerá la prima media con la que cubrirá las cuotas. O si no integra la Comisión de Seguridad e Higiene y no lleva el control de los riesgos que ocurren, no podrá identificar las causas que los originan e implementar las medidas de preven-ción adecuadas.
Asimismo, se identifican obligaciones semejantes que deben atenderse en el ámbito laboral y de seguridad so-cial, para un fin común, como el reporte de la presencia de posibles accidentes o enfermedades de trabajo que se presenta ante la STPS y el IMSS, lo cual, además, permi-te al patrón reunir la información necesaria para al final del año cuantificar la siniestralidad y determinar el nivel en que éstos afectarán la prima.
Por lo anterior, es de suma importancia analizar el pro-cedimiento a seguir para enterar a dichas autoridades de la ocurrencia de los percances, y la forma en que el IMSS informará si los considera o no riesgos de trabajo.
Sin embargo, en esta edición se abordarán las especi-ficaciones del informe a presentar a la STPS y en la de noviembre se incluirán las formalidades del aviso de los riesgos que se debe efectuar al IMSS.
GENERALIDADES DE LOS RIESGOS DE TRABAJO Los riesgos de trabajo son los accidentes y enferme-dades a los que están expuestos los trabajadores en la ejecución o con motivo de su trabajo, de acuerdo con los artículos 473 de la LFT y 41 de la LSS.
Por tanto, el percance o padecimiento con tal carácter tiene que haber ocurrido o presentarse bajo las siguientes circunstancias:
Es decir, para que un accidente o enfermedad sea considerado riesgo de trabajo, debe existir una relación directa entre la actividad que el empleado haya estado realizando al ocurrir el siniestro y que la misma forme parte de sus funciones.1
AVISO PATRONAL DE LOS RIESGOS DE TRABAJO De conformidad con los artículos 132, fracción XVII y 504, fracción V de la LFT; 51 de la LSS; 127 del
Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo (RSHA), y 22 del Reglamento de Prestaciones Médicas del IMSS (RPM), las per-sonas físicas y morales en su carácter de empleado-res están obligadas a avisar por escrito a la STPS y al IMSS del accidente o enfermedad de trabajo que ocurra dentro o fuera del establecimiento donde se preste el servicio, en las condiciones que a continua-ción se indican:
Riesgos de trabajo
Causas
Efectos Durante el desarrollo de las actividades o funciones
asignadas por el patrón, ya sea que el trabajador las efectúe dentro o fuera del lugar de prestación del servicio;
en este último caso, por instrucción del empleador
Accidente de trabajo
Toda lesión orgánica o perturbación funcional inmediata o posterior; o la muerte, producida repentinamente en ejer-cicio o con motivo del trabajo, cualquiera que sea el lugar y
tiempo en que el trabajo se preste
El padecimiento debe derivar de la sobreexposición a los agentes físicos, químicos o biológicos que estén presentes en los procesos de trabajo donde
interviene el colaborador
Enfermedad de trabajo
Estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o bien, en el medio en el que el trabajador se
vea obligado a prestar sus servicios
Accidente en trayecto
El accidente en trayecto que se produzca al trasladarse el trabajador, directamente de su domicilio al centro de trabajo
y viceversa, se considera también accidente de trabajo
Aviso de los riesgos ante la STPS Aviso de los riesgos ante el IMSS
Accidentes y enfermedades ocurridas Accidente dentro del centro de trabajo Accidente fuera del centro de trabajo
Debe darse aviso dentro de las 72 horas si -guientes a su realización o detección, a la STPS a través de las delegaciones federa -les del trabajo o al inspector del trabajo o a la Junta de Conciliación Permanente o a la JCA
Dentro de las 24 horas siguientes a la ocurrencia del siniestro, quedando obligado el patrón a brindar la información que solici -te el IMSS, y permitir las investigaciones ne -cesarias en el área de labores, para llegar a la calificación del riesgo de trabajo
El propio asegurado, sus familiares o las personas que él designe como representan-tes, informarán al patrón y de forma inme -diata al IMSS, del probable riesgo ocurrido En tanto, el patrón deberá avisar sobre el siniestro al Instituto en el momento en que tenga conocimiento de éste
NOTIFICACIÓN DE LOS RIESGOS DE TRABAJO A LA STPS
Para que las autoridades laborales realicen la estadística nacional de accidentes y enfermedades de trabajo, de acuerdo con el artículo 504, fracción V de la LFT y el numeral 3.1.1. de la NOM-021-STPS-1994, titulada “Reque-rimientos y características de los informes de los riesgos de trabajo que ocurran, para integrar las estadísticas”, pu-blicada en el DOF del 24 de mayo de 1994, los patrones reportarán los riesgos de trabajo a la STPS mediante escrito que contendrá como mínimo los datos siguientes, atendiendo al tipo de siniestro:
1. Nombre y domicilio de la empresa
2. Nombre y domicilio del trabajador, así como su puesto o categoría (de confianza, sindicalizado, de planta, eventual, etc.)
3. Lugar y hora del accidente con expresión detallada de los hechos
4. Nombre y domicilio de las personas que presenciaron el accidente (testigos)
5. Nombre y domicilio del médico que determinó la enfermedad de trabajo, en su caso
6. Lugar en el que se presta o haya prestado la atención médica al accidentado u enfermo
7. Nombre y domicilio de los posibles beneficiarios quienes, en caso de fallecimiento del trabajador, tendrán derecho a la indemnización correspondiente
El patrón también tendrá que informar a los trabaja-dores y a la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene del centro de trabajo sobre los accidentes que ocurran y las enfermedades de trabajo que detecte para que esta últi-ma cumpla con sus funciones.
Además, cada empresa debe llevar un registro de los avisos de accidentes y enfermedades de trabajo que pre-sente, para exhibirlo cuando la STPS se lo solicite. Informe de los accidentes de trabajo
Siempre que ocurra un accidente, el informe respec-tivo, como prevé la NOM-021-STPS-1994, se presenta-rá al Centro Nacional de Información y Estadísticas del Trabajo de la STPS, en las formas autorizadas por esa Secretaría, por medio de las delegaciones, subdelegacio-nes y oficinas federales de la dependencia, las cuales se entregarán por triplicado, a saber:
1. Forma CM-2A. Reporte de accidentes de trabajo (debe presentarse dentro de las 72 horas posteriores al mismo, el cual será firmado por el patrón o su represen-tante legal).
2. Forma CM-2B. Datos adicionales al reporte de ac-cidentes de trabajo (debe entregarse a las 72 horas si-guientes a que se tenga conocimiento de la alta médica o defunción del trabajador).
Por tratarse de un aviso para la STPS, este trámite no re-quiere de respuesta por parte de la autoridad. Sin embargo, sí tendrá un plazo máximo de cinco días hábiles para reque-rirle al patrón la información faltante; una vez vencido ese plazo no podrá solicitar información adicional.
En seguida se presentan los formatos en comento, mis-mos que serán requisitados por el patrón cuando surja un accidente de trabajo a fin de entregarlos a la autoridad laboral.
Forma CM-2A Secretaría del Trabajo y Previsión Social
Coordinación General de Políticas, Estudios y Estadísticas del Trabajo Patriotismo No. 98, México, D.F.
Reporte de accidentes de trabajo
Este documento deberá llenarse por triplicado, presentarse o remitirse, dentro de las 72 horas después de ocurrido el accidente, al Centro Nacional de Información y Esta-dísticas del Trabajo. De no ser así, se aplicarán las sanciones correspondientes, de acuerdo con las disposiciones legales en vigor.
_____________________________________________________________________________________ I. Identificación de la empresa
1. Reg. Fed. de Contribuyentes _____________________________________________________
2. Nombre, Razón Social o denominación legal _______________________________________
_____________________________________________________________________________________
3. Domicilio ________________________________________________________________________
Calle No. Ext. No. Int.
___________________________________________________________________________________
Teléfono Código postal
4. Entidad federativa, municipio, localidad __________________________________________
5. Giro o actividad ________________________________________________________________
6. Centro de trabajo _______________________________________________________________
Nombre de la sucursal, Unidad, Planta, etcétera
7. _____________________________________________________________________________
Domicilio Código postal Entidad federativa
__________________________ 8. Registro patronal del IMSS __________________________
Municipio Localidad
_____________________________________________________________________________________ II. Características del accidentado
9. Reg. Fed. de Contribuyentes ______________________________________________________
10. Nombre __________________________________________________________________________
Apellidos: paterno materno nombre
11. Domicilio _______________________________________________________________________
Calle No. Ext No. Int. Teléfono Código postal
12. Estado civil: Casado ____ Soltero ____ Divorciado ____ Viudo ____ Unión libre ____
13. Sexo masculino __________ femenino_________ 14. Edad ________ años cumplidos
15. Último año de estudios aprobado ________________________________________________
16. Antigüedad en el puesto_____________ años _________________ meses
17. Número de personas que dependan económicamente del trabajador ______________________
18. Antigüedad en la empresa ____________ años _________ meses
19. Ocupación habitual del accidentado _______________________________________________
21. Departamento al que pertenece ___________________________________________________
22. Clase de trabajador ____________________________________________________________
Especifique: planta, transitorio, confianza, etcétera.
23. Salario diario _________________________________________________________________
24. Clase de seguro ________________________________________________________________
Especifique: IMSS, ISSSTE, Seguro de la empresa
25. No. Filiación __________________________________________________________________
III. Características del accidente.
26. Accidente no. _________________________________________________________________
No. Progresivo del accidente que corresponda durante el año en la sucursal, unidad, planta, etc.
27. Agente: Calderas y recipientes a presión, herramientas, transmisiones mecánicas de fuerza,
superficies de trabajo, vehículos, equipo eléctrico, sustancias químicas, animales, otros.
__________________________________________________________________________________ Diga cuáles
28. Causa del accidente: Explosión, incendio, contacto con corriente eléctrica, caída
del trabajador, por caída de objetos, daño por animales, golpe contra y por objeto, atro-pello por vehículos, choque de vehículos, contacto, inhalación, absorción o ingestión de sustancias químicas, tóxicas o corrosivas, desprendimiento de partículas, otros. __________________________________________________________________________________ ___________________________________________________________________________________
Diga cuáles
29. Acto inseguro: No usar equipo de protección, operar sin autorización, no
preve-nir o asegurar, hacer inoperantes los dispositivos de seguridad, reparar equipo vivo o en movimiento, uso indebido del equipo, adoptar posiciones o actitudes insegu-ras, operar a velocidad inadecuada, manejo inadecuado de materiales, ninguno, otros __________________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________
Diga cuáles
30. Condiciones inseguras: Ausencia de avisos preventivos, derrame de productos,
materia-les dispersos, agente en condiciones inapropiadas, dispositivos de seguridad inapropia-dos, iluminación o ventilación inapropiada, condiciones mecánicas o físicas inseguras, ropa o accesorios inapropiados, ninguna, otros ____________________________________ ____________________________________________________________________________________
Diga cuáles
31. Factor personal de inseguridad: Actitud inapropiada, falta de conocimientos,
defec-tos orgánicos o psíquicos, otros __________________________________________________ _____________________________________________________________________________________
Forma CM-2B Secretaría del Trabajo y Previsión Social
Coordinación General de Políticas, Estudios y Estadísticas del Trabajo Patriotismo No. 98, México, D.F.
Datos adicionales al reporte de accidentes de trabajo
Este documento deberá llenarse por triplicado, presentarse o remitirse al Centro Na-cional de Información y Estadísticas del Trabajo, dentro de las 72 horas siguientes a que se tenga conocimiento del accidente de trabajo (alta médica o defunción del traba-jador). De no hacerlo así, se aplicarán las sanciones correspondientes, de acuerdo con las disposiciones legales en vigor.
______________________________________________________________________________________ Entidad federativa donde ocurrió el accidente __________________________________________ Fecha ________________________________________________________________________________
1. Nombre, denominación o razón social ______________________________________________
2. Reg. Fed. de Contribuyentes de la empresa __________________________________________
3. Accidente No. __________
4. Rama o actividad industrial ________________________________
No. progresivo del accidente ver punto 26 forma CM-2a
5. Nombre del accidentado _____________________________________________________________
Apellidos: Paterno Materno Nombre
6. Reg. Fed. de Contribuyentes del accidentado ________________________________________
7. Incapacidad _______________________________________________________________________
Especifique: Temporal, Permanente (parcial o total) o muerte
8. Días que dejó de trabajar a consecuencia del accidente ____________________________
9. Importe estimado de la curación ___________________________________________________
10. Importe de salarios percibidos por el accidentado durante los días que dejó de
tra-bajar _______________________________________________________________________________
11. Importe de indemnizaciones ________________________________________________________
Pagadas por la empresa
______________________________________________________________________________________ Pagadas por el seguro
Informe de las enfermedades de trabajo
Al igual que la ocurrencia de los accidentes profesio-nales, los patrones están obligados a informar de las en-fermedades de trabajo que se presenten en la empresa, en apego a lo dispuesto en el artículo 504, fracción V de
la LFT y el numeral 3.1.1. de la NOM-021-STPS-1994. No obstante, el informe de la enfermedad de trabajo se rendirá mediante escrito libre –en original y copia– el cual deberá contener los datos siguientes, previstos en el nu-meral 3.3 de la norma en comento:
De la empresa Registro Federal de Contribuyentes (RFC)
•
Nombre y número de registro de la institución que cubre
•
el seguro de accidentes Razón social
•
Domicilio del establecimiento
•
Jurisdicción federal o local
•
Rama industrial o tipo de empresa
•
Productos que elabora
•
Del trabajador RFC
•
Registro del trabajador en la institución que
•
proporciona el seguro Nombre, edad y sexo del afectado
•
Estado civil y escolaridad
•
Antigüedad en la empresa y en el puesto
•
Prestaciones, categoría y salario diario
•
Nombre de la enfermedad, causa directa y
agen-•
te causal
La entrega de ese informe no requiere respuesta de la STPS; empero, la autoridad tiene la facultad de solicitarle al patrón la información faltante dentro de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir de la recepción del aviso.
Tomando en cuenta tales requisitos, a continuación se incluye un ejemplo del escrito libre que puede presentar el patrón para cumplir con la obligación de reportar el descubrimiento de la enfermedad de trabajo.
La empresa __________________________________________________ con Registro Federal de Contribuyentes (RFC) _______________________ hace constar que está inscrita como patrón ante el Instituto Mexicano del Seguro So-cial (IMSS) y el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT), con el número
de Registro Patronal _________________________ y con domicilio fiscal en _______________________________. Asimismo, manifiesta que su actividad consiste en __________________________________________________,
lo cual implica la elaboración de los productos siguientes: ______________________________________________.
Con el presente escrito se notifica a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social que el empleado
_______________ (asentar nombre completo), de _____ años de edad, sexo _________, estado civil __________, escolaridad __________________, RFC ________________ y con número de seguridad social _______________, pre-senta una enfermedad de trabajo.
El empleado ocupa el puesto de _____________________, con ____________________ años de antigüedad, con salario diario de ___________ y las prestaciones siguientes: ______________________________________.
La enfermedad que padece es _______________________________________, presumiblemente generada a causa de ________________________________________________________________, por el agente __________________________ ___________________________ y diagnosticada por _____________________________________ .
______________________________________________
Nombre y firma del patrón o representante legal