NOMBRE PROGRAMA / Nombre profesor www.eoi.es
Fundamentos de los Mercados de
Carbono
Año: 2011-2012
PROFESOR
Jamie MacKinnon
Gerente de la Unidad de Carbono de Repsol
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Características generales
Este Mecanismo, contemplado en el Art. 17 del Protocolo, permite a los Países Anexo I adquirir créditos de otros Países Anexo I para alcanzar, de forma eficiente desde el punto de vista económico, los compromisos adquiridos en Kioto.
Los Países del Anexo I, pueden intercambiar en el mercado los distintos tipos de unidades contables reconocidos por el Protocolo de Kioto: Unidades de Reducción de Emisiones (CERs, ERUs) y Unidades de Cantidad Atribuida (AAUs), inicialmente asignadas a cada Parte.
Funcionamiento
Al denominarlo “instrumento de mercado” se quiere indicar que operan las llamadas “leyes del mercado”, entre ellas la ley de la oferta y la demanda, y dentro del cual un pilar fundamental son las transacciones de compra-venta.
Los derechos que no se consuman o no se prevea consumir al realizar la entrega anual correspondiente, podrán ser susceptibles de venta a instalaciones deficitarias de éstos o “arrastrados” a los periodos de cumplimiento subsiguientes.
Existen tres vías principales para realizar la compra-venta de derechos de emisión: 1. Mediante el acuerdo bilateral con otros participantes
2. En plataformas electrónicas de negociación
3. A través de intermediarios, de cualquiera de las dos formas anteriores (por teléfono o mediante plataforma de negociación): “Brokers”, OTC (“Over the Counter”), etc.
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Introducción
El mercado comunitario de derechos de emisión cubre actualmente, en los 27 Estados Miembros y países de la EFTA (Islandia, Noruega y Liechtenstein), las emisiones de CO2 de las siguientes actividades: centrales térmicas, cogeneración, otras instalaciones de combustión de potencia térmica superior a 20MW (calderas, motores, compresores, etc.), refinerías, coquerías, siderurgia, cemento, cerámica, vidrio y sector papel.
La existencia de un régimen europeo de comercio de derechos de emisión implica que los
titulares de instalaciones de cualquier Estado Miembro de la Unión Europea pueden realizar transacciones de derechos de emisión con titulares de otro Estado Miembro y no exclusivamente con titulares ubicados en su mismo país.
Este régimen comunitario afecta globalmente a:
más de 10.000 instalaciones en 30 países;
más de 2.000 millones de toneladas de CO2, en torno al 45% de las emisiones totales de gases de efecto invernadero en la Comunidad Europea.
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Fases
Fase I (2005-2007): Fase de prueba, el camino a Kioto
Fase II (2008-2012): Fase Kioto
Fase III (2013-2020): Fase post-Kioto Directiva 2009/29ampliar el régimen comunitario de comercio para perfeccionar y de derechos de emisión
Directiva 2003/87 que establece el régimen para el comercio de derechos de emisión
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Diseño actual
Criterios básicos y homogéneos:
Grandfathering
Asignaciones en línea con Kioto
Sectores expuestos
Reserva de nuevos entrantes
Uso de mecanismos de flexibilidad
Instrumentos y cumplimiento
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Funcionamiento Fases I y II
Autorización de emisión
Cada instalación incluida en el ámbito del EU ETS debe poseer una autorización de emisión.
Asignación de derechos
En las Fases I y II las instalaciones reciben asignaciones gratuitas de derechos de emisión. Cada una permite emitir una tonelada de CO2.
LosEstados Miembros deben decidir la cantidad total de derechos a asignar para cada período
y cuánto le corresponde a cada instalación a través de los Planes Nacionales de Asignación. El Plan establece la existencia o no de una reserva de derechos para nuevas instalaciones y aumentos de capacidad de las existentes, y cuáles son las reglas de gestión de dicha reserva.
El 28 de febrero de cada año, los Estados Miembros deben asignar los derechos en las cuentas de registro de cada instalación incluida en el EU ETS.
Las instalaciones pueden emitir más de la asignación recibida mediante la adquisición del
déficit de derechos en el mercado.
RENADE
Debe existir un Registro Electrónico Nacional en el que cada participante en el mercado debe
poseer una cuenta para registrar las transacciones de derechos realizadas en el mercado. El sistema de registros está formado por los Registros Nacionales, el Diario Independiente de Transacciones de la UNFCCC y por el Diario Independiente de Transacciones Comunitario.
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Funcionamiento Fases I y II
Seguimiento de las emisiones
Mediante este mecanismo se determina cuáles han sido las emisiones de cada una de las instalaciones afectadas y, por tanto, qué cantidad de derechos de emisión deben entregar. Al final de cada año las instalaciones deben llevar a cabo un informe de las emisiones anuales, que será verificado por una entidad acreditada independiente. Este informe debe ser entregado a la Administración Pública el 30 de marzo del año siguiente.
Cumplimiento
El 30 de abril de cada año, el operador de la instalación debe entregar a la Administración un número de derechos igual a las emisiones totales de año precedente.
Borrowing: Posibilidad de utilizar los derechos expedidos en el año n+1 para hacer frente al
pasivo generado en el año n.
Banking: Posibilidad de utilizar los derechos expedidos en el año n para hacer frente al pasivo
generado en los años n+1 y n+2.
No se puede hacer banking con los derechos 2007 ni borrowing con los derechos 2008.
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Proceso de asignación, seguimiento y cumplimiento
28 2828 3131 3030 2828 3030
2012
Comienzo 1 er per
Directiva
Entrega derechos
‘ 05 al titular
Fin del 1 er a ñ o del 1 er
per
Entrega derechos
‘ 06 al titular
Entrega derechos
‘ 05 a Autoridad
Fin del 2 o a ñ o del 1 er
per
Entrega derechos
‘ 07 al titular
Entrega derechos
‘ 06 a Autoridad
Entrega derechos
‘ 08 al titular (no fungibles) Entrega derechos Autoridad Validaci informes emisiones ‘ 05 Validaci informes emisiones ‘ 06 Validación informes emisiones ‘ 07 1 - 1 - 2005 - 2 - 2005 1 - 1 - 2006 - 2 - 2006 - 3 - 2006 - 4 - 2006 1 - 1 - 2007 - 2 - 2007 31 - 3 - 2007 30 - 4 - 2007 1 - 1 - 2008 28 - 2 - 2008 31 - 3 - 2008 - 4 - 2008 Comienzo 1 período
Entrega derechos
‘ 05 al titular
Fin del 1 a ñ o del 1 período
Entrega derechos
‘ 06 al titular
Entrega derechos
‘ 05 a Autoridad
a ñ o del 1 período
Entrega derechos
‘ 07 al titular
Entrega derechos
‘ 06 a Autoridad
Entrega derechos
‘ 08 al titular (no fungibles) Validación informes emisiones ‘ 05 Validación informes emisiones
‘ 06 ‘
1
1 - 2 1 - 1 - 2006 - 2 - 2006 - 3 - 2006 - 4 - 2006 1 - 1 - 2007 - 2 - 2007
31 - 3 - 2007 30 - 4 - 2007 1 - 1 - 2008 28 - 2 - 2008 31 - 3 - 2008 - 4 - 2008
Fin del 1 er añ o del 2 o
per
Entrega derechos
‘ 09 al
Entrega derechos Autoridad Validación informes emisiones ‘ 08 1 - 1 - 2009 28 - 2 - 2009 31 - 3 - 2008 30 - 4 - 2009 o período Entrega derechos ‘ titular ‘ 1 - 1 - 28 - 2 - 31 - 3 - 30 - 4 - Comienzo 2 o per
Directiva Comienzo
período
‘ 07 a ‘ 08 a
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Proceso de asignación, seguimiento y cumplimiento
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Proceso de asignación, seguimiento y cumplimiento (continuación)
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Funcionamiento Fase III: cambios a introducir
Asignación de derechos
Se sustituye los Planes Nacionales de Asignación de cada Estado Miembro por un régimen común de subasta o de asignación gratuita de derechos.
Se establece un techo de asignación a escala comunitaria. Se ha establecido un techo de 2,500
Mt/a para 2013 en base a una reducción de 1,74% anual respeto a la asignación de 2010. El mismo factor de reducción aplica anualmente hasta 2020, lo cual resulta en una reducción en 2020 de 21% respeto a las emisiones de 2005.
Para sectores industriales la metodología de asignación pasa a ser benchmarking (asignación
en base a las emisiones por unidad de producto/input) en vez de grandfathering (asignación en base a emisiones históricas).
Se establecen tres fórmulas básicas de asignación:
•100% de subasta para la generación eléctrica (se prevé un régimen de excepciones para
determinados Estados).
•100% de asignación gratuita a los sectores especialmente expuestos a fugas de carbono
(el término “fugas de carbono” hace referencia a las actuaciones de deslocalización empresarial hacia países carentes de normativa o con normas menos estrictas sobre emisiones de GEI).
•Introducción gradual de la subasta para los sectores industriales que no están expuestos a fugas de carbono: del 20% en 2013 al 70% en 2020 (con el objeto de alcanzar el 100% en 2027).
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Elementos condicionantes del mercado
Escasez proporcionada por las asignaciones
Precios relativos de gas y carbón:
€/therm = generación por carbón = CO2 = €/EUA
La meteorología:
temperaturas más extremas = generación eléctrica = CO2 = €/EUA
Estrategias de cumplimiento de la diferentes compañías:
influye en el flujo de demanda/oferta durante los tres años
Costes marginales de reducción:
En un mercado corto, el precio debería converger con los costes marginales de reducción.
Volúmenes de CER/ERU en el mercado en 2008-2012:
Podrían disminuir la demanda de EUAs
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Características Mercado Secundario
Instrumentos principales: Derechos europeos (EUA), Créditos de Reducción (CER)
Plataformas: 3 bolsas de contratos de futuros y spot, 10 brokers para OTC
Relativamente líquido y muy volátil
Predominan los contratos a futuro a precio fijo
Características Mercado Primario
Instrumentos principales: CER, ERU, VER
Muy poco estandarizado
Poca transparencia de precios
Riesgos intrínsecos asociados a los proyectos MDL/AC
Elevados descuentos respecto a mercado secundario
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Modalidades
La forma en que se realiza la compraventa de derechos puede variar dependiendo la opción elegida y de la situación y conocimiento del mercado de cada uno de los participantes:
Spot: Se refiere a la compraventa de derechos al contado. Se acuerdan unas
determinadas condiciones y se cierra la operación de manera inmediata. La entrega de derechos y pago se realizan a continuación.
Futuros: Un contrato de entrega futuro (cantidad y plazo estandarizado) que cotiza en
una bolsa, permitiendo así su compraventa en cualquier momento hasta su caducidad. Sujeto a las condiciones de la bolsa donde cotiza.
Forwards: Un contrato mercantil de compraventa de EUAs que contempla entrega en un
plazo definido en el futuro con pago en el momento de entrega. Crédito negociado o preestablecido entre las partes.
Estructurado: Es la opción con un mayor grado de complejidad financiera. Se trata de un
contrato mercantil de compraventa que contempla varias condiciones y plazos de pago y entrega. Crédito y otras garantías negociadas entre las partes.
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Modalidades
Las principales vías para realizar la compra-venta de derechos de emisión son:
Minorista: Un operador en los mercados de CO2 ofrece lotes parciales según sus propias
condiciones (precio, crédito, plazo, etc.) a clientes minoristas. El operador es la contraparte de las operaciones mayoristas y minoristas. Los precios podrían ser referenciados o no a los precios de las operaciones mayoristas.
Bolsa: Un mercado organizado donde se cotiza y comercializa contratos estándares de
EUAs (spot o futuros). La bolsa actúa como contraparte a cada transacción. Cada miembro o cliente de miembro tiene que cumplir con las condiciones de adhesión (solvencia, cuotas, liquidación de posiciones, etc.).
Bilateral/OTC: Se compra EUAs directamente al vendedor. Si no es una operación spot,
requiere una relación contractual entre las dos partes. Puede utilizar o no los servicios de un intermediario para facilitar la operación. Podrían encontrarse o no mediante un plataforma OTC donde cotizan las ofertas de compra (bid) y de venta (ask).
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Participantes
Operadores físicos (alrededor 15.000 instalaciones dispersas a lo largo de la Unión
Europea, entre las que destacan los departamentos de trading de las grandes compañías eléctricas)
Operadores financieros (bancos y fondos que invierten en activos de carbono)
Plataformas de intercambio (paneuropeas, como por ejemplo: European Climate
Exchange (ECX) en Ámsterdam/Londres y regionales, como: Bluenext en París, NORDPOOL en los Países Nórdicos, EEX en Leipzig, EXAA en Viena, SENDECO2 en España)
Intermediarios (“brokers” europeos y regionales)
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Evolución del mercado
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Previsiones futuras
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Previsiones futuras
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EU ETS (XVII)
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Fuente: Point Carbon