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PROCEDIMIENTO PARA PERIODO SABÁTICO

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Academic year: 2021

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OBJETIVO

NORMATIVA

DEFINICIONES Y/O ABREVIATURAS

ALCANCE

CONSIDERACIONES

Fecha de aprobación: Octubre 11 de 2004

Resolución No. 884 Aprobó: Rector

Revisó: Jefe División Recursos Humanos Profesional Líder Subproceso FP Profesional Planeación

Aplica al personal docente vinculado de planta con la Universidad, con categoría de asociado o de titular.

Realizar la legalización, el seguimiento y el control a las actividades del docente de la Universidad en disfrute de año sábatico, remuneradas o no remuneradas.

Decreto N.° 1279 de junio 19 de 2002. Por el cual se establece el régimen salarial y prestacional de los docentes de las Universidades Estatales .

Acuerdo del Consejo Superior N.° 063 de octubre 05 de 1994. Por el cual se aprueba el Reglamento del Profesor.

Acuerdo Del Consejo Superior N.° 037 de mayo 21 de 2010. Por el cual se aprueba el Reglamento del Año Sabático

Año Sabático: Período de hasta un año en el cual el docente es exonerado de sus obligaciones docentes y de su presencia en la Universidad.

DGTH: División de Gestión de Talento Humano.

IPRED: Instituto de Proyección Regional y Educación a Distancia.

Los profesores de carrera de la Universidad que pertenezcan al escalafón docente en las categorías de profesor titular o asociado, que hayan cumplido siete (7) años para profesores de tiempo completo, o catorce (14) años para profesores de medio tiempo, de servicio continuo en la institución y no tengan pendiente ningún compromiso de contraprestación de servicios con la Universidad por concepto de comisiones de estudio , tendrán derecho por una sola vez, a ser exonerados de sus obligaciones docentes hasta por un año calendario (año sabático) con el goce pleno de salarios y prestaciones sociales, incluidos los aumentos salariales que en forma general llegare a decretar la institución para su personal docente.

Los requisitos para acceder al año sabático son:

 Para profesores de tiempo completo: haber cumplido por lo menos siete (7) años continuos de servicios como profesor de carrera.  Para profesores de medio tiempo: haber cumplido por lo menos catorce (14) años continuos de servicios como profesor de carrera.  Pertenecer al escalafón docente en la categoría de titular o asociado

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1. Solicita Año Sabático INICIO

1. Solicita ante el Consejo de Escuela o Consejo del IPRED, según corresponda, el otorgamiento del año sabático, presentando la propuesta de trabajo.

Profesor(a) FTH. 171 Solicitud de Año Sabático

2. Emite Concepto y remite a Decanatura

2. Emite concepto sobre la solicitud de Año Sabático y el plan para suplir la ausencia del profesor y lo remite al Decano de Facultad o Director del IPRED.

Consejo de Escuela o Consejo del IPRED 3. Remite solicitud para revisión por parte de la Vicerrectoría

Académica, una vez se cuente con el concepto favorable del decano o director del IPRED y el concepto del Consejo respectivo.

3. Emite concepto y remite a Vicerrectoría Académica

Decano de Facultad o Director del IPRED

4. Evalúa la solicitud del año sabático y emite concepto unificado para remitir a la DGTH para la revisión del cumplimiento de requisitos.

Vicerrectoría Académica

Concepto unificado 4. Evalúa solicitud y unifica

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DIAGRAMA DE FLUJO RESPONSABLE DOCUMENTOS DE REFERENCIA DESCRIPCIÓN

1

5. Verifica el cumplimiento de requisitos para el otorgamiento del año sabático e informa del resultado de la revisión a la Vicerrectoría Académica. Profesional Formación de Personal 5. Verifica cumplimiento de requisitos ¿Cumple requisitos? No APág.8

6. Revisa todo lo actuado hasta el momento y con base en los cupos anuales definidos por el Consejo Superior recomienda la aprobación del Año Sabático junto con el Vicerrector Administrativo, Vicerrector de Investigación y Extensión y el Decano o Director del IPRED, información que se envía al Rector.

Vicerrectores 6. Revisa y emite concepto

¿Concepto favorable? No

7. Remite solicitud para aprobación del Rector

B Pág.8

7. Remite a Rectoría solicitud para aprobación. Vicerrector Académico

Solicitud de año sabático para profesores en el escalafón docente en la categoría de asociado o titular FTH. 171 Concepto

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8. Emite resolución formalizando el otorgamiento del Año Sabático. Rector, Vicerrectoría Académica y Secretaria General 8. Emite resolución

10. Remite al Subproceso de FP los documentos que validan y soportan las garantías personales y reales del contrato de Año Sabático.

Resolución de Año Sabático

9. Cuantifica garantías para contrato de Año Sabático

9. Cuantifica el contrato de contraprestación de servicios y solicita los documentos que deben allegar los avalistas, informando por escrito al docente de lo correspondiente.

Profesional Formación de Personal

10. Allega documentos solicitados Requisitos para constituir

garantías

Profesor(a)

11. Elabora contrato de contraprestación y pagaré respectivo. Nota: dado que estos documentos son firmados por el Rector, los 11. Elabora contrato y

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DIAGRAMA DE FLUJO RESPONSABLE DOCUMENTOS DE REFERENCIA DESCRIPCIÓN

3

12. Legaliza y perfecciona el contrato y el pagaré a través de la firma autenticada del docente y los avalistas.

Contrato y pagaré

12. Legaliza el contrato y el pagaré

13. Presenta informe de avance de Año Sabático

Contratos y pagaré legalizados

NOTA: La DGTH adelantará el control sobre el estado de los informes del año sabático, informando a los profesores en el caso de atraso, con copia al Consejo de Escuela o Consejo del IPRED, según corresponda.

14. Registra en el Sistema de Información

Profesor(a)

13. Remite a la DGTH cada tres (3) meses, el informe de avance, en donde demuestre un cabal cumplimiento de los compromisos

del Año Sabático descritos en la propuesta aprobada. Profesor(a)

FTH.36 Informe sobre Año Sabático

14. Registra el envío del informe en el Sistema de Información de

la Universidad y lo envía al Consejo de Escuela o del IPRED, Profesional C

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15. Revisa y emite concepto sobre el informe presentado por el docente en Año Sabático.

15. Revisa y emite concepto

16. Remite concepto sobre informe Acta de consejo

17. Registra en el Sistema de Información

Consejo de Escuela o Consejo del IPRED

16. Remite a la DGTH lo actuado, adjuntando el formato

Informe sobre Año Sabático diligenciado. Consejo de Escuela o Consejo del IPRED

Extracto de acta de consejo

17. Recibe y registra en el Sistema de Información la novedad

sobre el concepto del informe trimestral del docente. Formación de PersonalProfesional

¿Es el informe final?

No C

Pág.5 Sí

18. Reintegro del docente

18. Realiza el reintegro del docente, informando mediante comunicación escrita dirigida a la Jefatura de la DGTH. Esta comunicación debe tener visto bueno del Director de Escuela

Profesor(a) y Director de Escuela Concepto de informe

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DIAGRAMA DE FLUJO RESPONSABLE DOCUMENTOS DE REFERENCIA DESCRIPCIÓN

5

19. Analiza y evalúa el informe escrito global presentado por el profesor al final del Año Sabático utilizando pares académicos externos. Los productos derivados se tendrán en cuenta como producción intelectual siempre y cuando se ajusten a las modalidades y a los lineamientos de la producción intelectual establecidos por la Institución.

19. Analiza y evalúa de informe final

20. Remite concepto sobre informe Acta de consejo

Consejo de Escuela o Consejo del IPRED

20. Remite a la DGTH concepto sobre el informe final

presentado por el docente en Año Sabático. Consejo de Escuela o Consejo del IPRED Extracto de acta de consejo

21. Informa a la Escuela o al IPRED sobre los compromisos que debe cumplir el docente luego de la terminación del año sabático. De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento del Año Sabático.

Jefe de la DGTH 21. Informa a la escuela

sobre compromisos.

22. Remite concepto definitivo sobre el cumplimiento del Año

Sabático.

22. Remite a la Vicerrectoría Académica con visto bueno del decano o director del IPRED, el concepto definitivo sobre el cumplimiento del Año Sabático, con copia a la historia laboral del profesor. Para ello, debe verificar que el docente cumple con los compromisos adquiridos en el Año Sabático, .

Consejo de Escuela o Consejo del IPRED

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26. Devuelve la solicitud al Decano de la Facultad o Director del IPRED en caso que el concepto por parte del Vicerrector Académico sea desfavorable.

24. Rechaza solicitud e informa concepto

Vicerrector Académico A

B

27. Informa al Director de Escuela, y al docente, sobre el

concepto desfavorable emitido por la Vicerrectoría Académica. Decano de la Facultad o Director del IPRED 27. Informa sobre

concepto. 26. Devuelve solicitud a

consejo.

24. Rechaza la solicitud por incumplimiento de requisitos e informa este concepto al Decano de la Facultad o Director del

IPRED. Vicerrector Académico

25. Informa al Director de Escuela, y al docente, sobre el concepto desfavorable emitido por la Vicerrectoría Académica.

Decano de la Facultad o Director del IPRED 25. Informa sobre concepto. 23. Archiva y cierra expediente Profesional Formación de Personal NOTA: Teniendo en cuenta que el expediente fue consolidado

en carpeta independiente, mediante una comunicación, la líder de Formación de Personal deberá remitirlo para su archivo en la historia laboral del docente.

remite el concepto definitivo sobre el cumplimiento del Año Sabático. Se devuelve el pagaré y las garantías reales constituidas si hay lugar.

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CONTROL DE CAMBIOS

VERSIÓN FECHA DE

APROBACIÓN DESCRIPCIÓN DE CAMBIOS REALIZADOS

1

Octubre 11 de 2008

Creación del Documento

Inclusión de la actividad relacionada con la legalización del contrato y el pagaré.

Enero 24 de 2008

Ampliación normativa, aclaración en definiciones, adición de actividades (revisión de requisitos,

emisión de concepto del Vicerrector Académico, cuantificación del contrato y pagaré,

presentación del último informe y solicitud del informe de compromisos) e inclusión de registros

(Resolución de período sabático, contrato y informe de compromisos)

Adición de abreviatura, modificación de actividades 1, 2, 4, 5, 6 y 24. Ajuste de número de

actividades.

Actualización de normativa aplicable, inclusión de abreviaturas, actualización de los

considerandos, actividades y reestructura de todo el procedimiento de acuerdo con la normativa

vigente .

Abril 14 de 2008

2

3

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