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PLIEGO DE CONDICIONES TECNICAS PARTICULARES PARA

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PLIEGO DE CONDICIONES TECNICAS PARTICULARES PARA

LA

CONTRATACION MEDIANTE CONCURSO DE LOS SERVICIOS DE

TERAPIAS ACUÁTICAS Y GIMNASIA TERAPÉUTICA DENTRO DE LAS

INSTALACIONES DE LA PISCINA MUNICIPAL DE AGÜIMES Y

CENTRO MUNICIPAL DE HIDROTERPIA DEL CRUCE DE ARINAGA.

CONDICIONES TECNICAS

1.- OBJETO DEL CONTRATO.

El objeto del presente pliego es determinar las condiciones técnicas que regirán la adjudicación de la concesión administrativa para la utilización privativa de bienes de dominio publico para la prestación de servicios de terapias acuáticas y gimnasia terapeútica en la Piscina Municipal de Agüimes y Centro Municipal de Hidroterapia del Cruce de Arinaga.

Los locales son dos, cuyas superficies alcanzan los 21 metros cuadrados y 38 metros cuadrados respectivamente, destinados a servicios de fisioterapia y rehabilitación de la Piscina Municipal de Agüimes y el Centro Municipal de Hidroterapia del Cruce de Arinaga.

Esta contratación viene determinada por haberse resuelto el contrato vigente hasta la fecha y considerarse necesario continuar prestando el servicio al que se destinan.

2. - UBICACIÓN. DESCRIPCION DE LOS INMUEBLES

El “servicio de fisioterapia y rehabilitación y afines” se ubicará en el edificio del Centro Municipal de Hidroterapia en el Cruce de Arinaga. Para ello se pondrá a disposición un espacio demanial: “Local de 38 m 2 totalmente diáfano, ubicado en la planta a nivel de calle del Centro Municipal de Hidroterapia del Cruce de Arinaga.

Del mismo modo se contará con un espacio demanial: Local de 21 metros cuadrados, ubicado en la planta a nivel de calle de la Piscina Municipal de Agüimes.

3-.PRESTACION DEL SERVICIO

Las actividades que, como mínimo, debe realizarse en los referidos locales son: · Sesiones de fisioterapia convencional y técnicas afines.

· Sesiones de fisioterapia en el medio acuático. · Sesiones médicas.

- Masajes

· Todos los servicios deberán cumplir con los mínimo razonables de calidad.

· La programación de los servicios debe ser aprobada previamente por la Concejalía de Deportes del Ayuntamiento de Agüimes.

· Atención e información, inscripciones y cobros tendrán que estar incluidos dentro del servicio ofrecido.

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4. - HORARIO DE APERTURA Y CIERRE. Se considerará horario mínimo el siguiente:

a) Centro Municipal de Hidroterapia del Cruce de Arinaga: De Lunes a Viernes: de las 10:00 horas a las 14:00 horas y de 16:00 a 21:00 horas .

b) Piscina Municipal de Agüimes: Se deberá prestar el servicio al menos un día de la semana entre el lunes y el viernes, con el horario mínimo de 17:00 a 21:00 horas.

El resto del horario no es obligatorio. Durante el horario mínimo, la empresa adjudicataria estará en disposición de proveer al Ayuntamiento de Agüimes los “servicios de fisioterapia, rehabilitación y afines ” en la cantidad que ambas partes establezcan.

5. - EQUIPAMIENTO

La empresa adjudicataria queda obligada a equipar los locales con el material y mobiliario que resulten necesarios para el ejercicio de la actividad, así como la decoración de los mismos. De igual forma el material auxiliar necesario para la realización del servicio será aportado por el adjudicatario.

Para la prestación de los servicios referidos el Ayuntamiento de Agüimes además de la cesión de los locales descrito en el apartado 2, cederá en la medida de las posibilidades la zona de aguas de ambas instalaciones para tratamientos individualizados y de pequeños grupos, dirigidos por un profesional de la empresa adjudicataria, cuyo uso de los mencionados espacios por los pacientes se podrá realizar siempre con la presencia del técnico de la empresa adjudicataria, en ningún momento de forma libre por los pacientes.

6.-PERSONAL Y CUALIFICACIÓN.

La empresa adjudicataria se compromete a realizar la actividad objeto del contrato con personal suficiente, cualificado y especializado: Médicos, fisioterapeutas y auxiliar administrativo, adscrito a su plantilla y adecuado a tal fin. Del mismo modo asumirá los costes derivados de la relación de dependencia de dicho personal, de acuerdo a la legislación vigente en cada momento, así como emplear las medidas pertinentes que sobre personal prescriban las disposiciones legales actuales y las que en un futuro pudieran concernirles.

La facultad de dirección y control del personal corresponderá a la empresa adjudicataria, así como de una organización autónoma. No obstante para no dañar la imagen del Ayuntamiento de Agüimes la empresa adjudicataria adoptará todas aquellas medidas que considere necesarias para que su personal pueda ofrecer una eficaz atención al cliente.

El personal contratado deberá necesariamente poseer la titulación correspondiente, y formación adecuada al puesto de trabajo.

Todo el personal adscrito al servicio contratado deberá ir siempre perfectamente uniformado. El tipo y color del uniforme deberá someterse a la aprobación del Ayuntamiento de Agüimes, corriendo por cuenta de la empresa adjudicataria los gastos que ello ocasione.

De la falta de higiene, decoro en el vestir o características del uniforme, será responsable el adjudicatario, y también de la descortesía o mal trato que del personal se observe, así como de otras irregularidades del servicio.

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El Ayuntamiento de Agüimes no tendrá relación jurídica laboral ni de otra índole con el personal de la entidad adjudicataria, durante el plazo de vigencia del contrato, ni al término del mismo, y no se le podrá exigir responsabilidad alguna en materia laboral por las obligaciones y/o actuaciones de la empresa adjudicataria durante este periodo.

El adjudicatario queda advertido de la obligación de cumplir lo dispuesto por la normativa vigente en materia laboral y seguridad en el trabajo en todos sus aspectos, incluidos los de Previsión de Riesgos Laborales y de Seguridad Social.

El adjudicatario deberá suplir de modo inmediato la ausencia de personal de los puestos de trabajo que se puedan producir por I.T., vacaciones, permisos, sanciones, etc.

El personal de la entidad adjudicataria deberá hacer un seguimiento estadístico, llevar controles de usuarios, y otros que se acuerde conjuntamente con el Ayuntamiento de Agüimes. Además la entidad adjudicataria, nombrará a un Coordinador que se encargará de coordinar y supervisar la labor del personal contratado por la mencionada entidad. Este Coordinador será en todo momento la persona que se relacione con el director municipal de la instalación designado por el Ayuntamiento de Agüimes para la supervisión de los servicios, que será el máximo responsable.

El personal contratado deberá aplicar el programa de actividades concertado con la empresa adjudicataria, así como las correspondientes acciones de rutina que se le asigne, con el fin de obtener el mejor rendimiento de trabajo durante el desarrollo del mismo

7-.PROGRAMACIÓN Y NORMATIVA DE USO

Con la empresa adjudicataria se establecerá un programa de trabajo diario, semanal y mensual, de los servicios de salud y afines a prestar, con la finalidad de obtener un mayor rendimiento dentro de los horarios establecidos. Programación, que aprobada por los Técnicos del Ayuntamiento de Agüimes, no podrá ser variada sin previa autorización expresa de los mismos.

 La empresa adjudicataria será la responsable del cumplimiento de las normas y

reglamento de utilización vigente en la instalación, en relación al acceso, indumentaria de los usuarios, controles, así como de los materiales utilizados en el desarrollo de las actividades.

 Será responsabilidad del adjudicatario, la de evitar que el personal a su servicio

permanezca en la instalación fuera del horario de trabajo, sin autorización expresa para ello. También será responsabilidad del adjudicatario el control del personal a su servicio, durante el tiempo de trabajo.

 Por medio del Ayuntamiento de Agüimes se reserva la facultad de controlar el buen uso

de la instalación, y del desarrollo de las actividades, cuando se estime oportuno, y mediante los controles e indicadores de gestión más apropiados, así como las directrices técnicas a seguir por el adjudicatario

 Las inscripciones y cobro por parte de los usuarios se realizarán a través del personal de

la empresa adjudicataria.

 Se autoriza al director de la instalación a inspeccionar el buen funcionamiento del servicio,

así como del cumplimiento de las disposiciones de este pliego, de forma que el Ayuntamiento de Agüimes esté en condiciones de garantizar en todo momento su correcto funcionamiento de cara al público.

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8-.OTROS DEBERES Y OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO

 El adjudicatario debe suplir de modo inmediato la ausencia del personal de los puestos de

trabajo que se puedan producir por I.T, vacaciones, permisos, sanciones, etc, de manera que permanentemente estén prestando sus servicios el mismo número de personas en presencia física que las ofertadas por la empresa adjudicataria en el presente concurso.

 El adjudicatario se compromete a mantener el personal en los Programas que se

desarrollen, no produciéndose cambios que perjudiquen la marcha de los mismos.

 El adjudicatario acreditará el cumplimiento de las obligaciones salariales presentando las

nóminas firmadas por el trabajador, y del certificado de estar al corriente de pago en la cuota mensual de la Seguridad Social del personal contratado, debiendo entregar mensualmente, al director municipal de la instalación, las copias, debidamente selladas o firmadas, del mes anterior, o los que en un futuro legalmente les sustituyan. Del mismo modo y a petición del director de la instalación se entregará la memoria del trabajo realizado.

 Controlar las actividades de las que se ha hecho cargo, en particular, las del seguimiento

individual de los usuarios y su evaluación.

 Prestar los servicios de las actividades reseñadas con personal suficiente, en los días y

horas fijados por el Ayuntamiento.

 Seguir las observaciones que de orden general le sean formuladas.

 Facilitar la documentación y los datos que resulten necesarios en relación al

funcionamiento del servicio.

 Será el responsable de las tareas de publicidad , información, y divulgación de los

servicios de la instalación, los precios y las condiciones de acceso a los mismos.

 Aplicar el programa ofertado y directrices municipales, con las posibles modificaciones

sucesivas que proponga el Ayuntamiento de Agüimes.

 Presentar una memoria anual e informes mensuales del servicio con la ocupación, listado

de incidencias, conclusiones y propuestas de mejoras. Además se deberá presentar mensualmente las copias de nóminas, bajas y TC1 debidamente firmadas y selladas.

 La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista.

 La empresa adjudicataria dotará a las instalaciones donde se prestará el servicio con el

material necesario. Asimismo proporcionará el personal especializado, médico, fisioterapeutas y auxiliares, para el desarrollo de dicha actividad, durante el plazo de vigencia del contrato.

 Todos los gastos de limpieza van por cuenta de la empresa adjudicataria. Además la

empresa adjudicataria deberá contratar empresas especializadas en tratamientos de desratización, desinsectación y desinfección del local.

 La asistencia a cuantas reuniones sean convocadas por el director municipal, serán

obligatorias, debiendo estar localizado el Coordinador durante el desarrollo de las mismas.

 El adjudicatario quedará obligado a retirar de los servicios contratados aquel personal que

no procediera con la debida corrección, que fuera negligente o ineficaz en el desarrollo de sus tareas o que incumpliera con las obligaciones descritas anteriormente, cuando así sea solicitado por el ayuntamiento de Agüimes a petición del director de la instalación.

 La empresa adjudicataria asumirá la totalidad de los gastos derivados de los consumos

propios de la actividad comercial.

 Los costes de agua y electricidad serán cubiertos por el Ayuntamiento de Agüimes.

 Los gastos de mantenimiento serán cubiertos en su totalidad por la empresa adjudicataria.

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 El adjudicatario, antes de la firma del contrato, deberá presentar el justificante de haber

formalizado una póliza de seguro a favor de este Ayuntamiento con una cobertura que responda de los posibles daños en las dependencias y otra de responsabilidad civil por daños a terceros como consecuencia de la actividad desarrollada, ambas pólizas deben llevarse a cabo por un importe tal que cubra todos los posibles daños, de acuerdo con las características de la instalación y del servicio. Si el importe de los daños producidos fuera superior a la cantidad asegurada, la diferencia será de cuenta del adjudicatario.

9-.DURACION DEL CONTRATO

El plazo de duración del contrato será de TRES AÑOS (3), computados a partir de la formalización del mismo, prorrogable anualmente por acuerdo entre las partes hasta un máximo de tres años más, debiendo comunicar el licitador la intención de prórroga con tres meses de antelación a la finalización del contrato o, en su caso, de sus prórrogas.

10.- PRECIO DE LOS SERVICIOS

La empresa adjudicataria propondrá los precios a establecer en el servicio a prestar, que deberán ajustarse a los precios del mercado, diferenciando el mismo para usuarios abonados y no abonados al servicio deportivo.

En todo caso, la empresa adjudicataria será la responsable de la gestión y cobro de los servicios prestados en función del precio ofertado en el concurso. Los mismos sólo podrán ser modificados una vez transcurridos los dos primeros años del contrato, y previa autorización expresa del Ayuntamiento de Agüimes.

El precio máximo a los que podrá ejecutar el servicio objeto del contrato son los que se establecen en la siguiente tabla:

CONCEPTO ABONADO NO ABONADO

Masajes:

Masaje 30 minutos 15,75 € 19,95 €

Bono de 5 masajes 30 minutos 75,60 € 96,60 €

Bono de 10 masajes 30 minutos 141,75 € 183,75 €

Masaje 45 minutos 29,40 € 36,75 €

Bono de 5 masajes 45 minutos 141,75 € 194,50 €

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Fisioterapia:

Consulta de fisioterapia 11,55 € 13,65 €

Sesión de fisioterapia convencional 15,75 € 19,95 €

E.P.I Regeneración de Tejidos 24,15 € 29,40 €

Bono 5 sesiones de fisioterapia convencional 73,50 € 92,40 € Bono 10 sesiones de fisioterapia convencional 136,50 € 170,10 €

Vendaje Funcional 6,30 € 8,40 €

Fisioterapia acuática:

Sesión de fisioterapia acuática 12,60 € 15,75 €

Bono de 5 sesiones de fisioterapia acuática 59,85 € 75,60 € Bono de 10 sesiones de fisioterapia acuática 115,50 € 147,00 €

Sesion discapacitados/bebés 18,90 € 23,10 €

Bono de 5 sesiones discapacitados/bebés 89,25 € 110,25 € Bono de 10 sesiones discapacitados/bebés 168,00 € 210,00 €

Servicio Médico

Consulta médica 31,50 € 44,10 €

Certificado médico normal 12,60 € 25,20 €

Certificado médico especial 21,00 € 31,50 €

Tratamientos integrales

Tratamiento antiestrés y similares 105,00 € 147,00 €

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11-. CRITERIOS DE ADJUDICACION

Son criterios que han de servir de base para la adjudicación del contrato los siguientes, con arreglo a la siguiente ponderación:

CRITERIOS PONDERACIÓN

1.- Mejora del Canon económico anual de 9000 euros.

65 puntos

2-.Cantidad de Certificados médicos de forma gratuita a expedir exclusivamente para

deportistas federados del municipio de Agüimes ( siendo el mínimo valorable a partir de 50 certificados )

15 puntos

3-.Porcentaje de disminución de los precios establecidos como máximos por el Ayuntamiento de Agüimes para la ejecución del total de los servicios.

15 puntos

4-.Precio de Certificados médicos para un máximo de 1500 deportistas federados del municipio de Agüimes.

5 puntos

En el acuerdo de adjudicación se expresará la ponderación de los criterios que han determinado la adjudicación.

12-.CONTROL DE LA CONCESIÓN

El servicio objeto del contrato quedará sometido de forma permanente al control por parte del Ayuntamiento de Agüimes a través de los siguientes órganos:

12.1-.COMISIÓN DE SEGUIMIENTO: Su función genérica será velar por el cumplimiento de las cláusulas contenidas en este pliego, pliego de cláusulas administrativas, en la oferta presentada, el contrato y en la legislación aplicable, y en concreto dar el visto bueno: del contrato y más concretamente será el de dar el visto bueno a:

 Plan de utilización de la instalación.

 Plantilla y estructura del personal de la instalación.

 Propuesta de actividades y nuevo programa.

Para el cumplimiento de estas funciones, la comisión celebrará sesión ordinaria como mínimo dos veces al año previa convocatoria del director de la instalación, y de forma extraordinaria, siempre que sea solicitada por el Ayuntamiento de Agüimes. La comisión de seguimiento estará formada por el Alcalde de la Villa de Agüimes o persona en quien delegue, el Director Técnico Deportivo municipal y el Adjudicatario.

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12.2-COMISION DE GESTIÓN: Estará formada por el Concejal de Deportes de Agüimes, el Director Técnico Deportivo municipal y un representante de la empresa, que se reunirán con carácter mensual para tratar el todo tipo de cuestiones que afecten a la gestión de la instalación, resolver y si hace falta realizar las adecuadas propuestas a la comisión de seguimiento.

El técnico designado por el Ayuntamiento supervisará de forma continua el servicio conjuntamente con el adjudicatario, y serán los encargados del seguimiento continuo que permita cumplir con la normativa que el contrato estipule.

13-.EJECUCIÓN DEL CONTRATO. RESPONSABLE SUPERVISOR DE LOS TRABAJOS OBJETO DEL CONTRATO.

El Ayuntamiento de Agüimes designará la persona responsable de la comprobación, coordinación y vigilancia de la correcta realización del contrato.Dicho responsable será notificado al adjudicatario por el Ayuntamiento de Agüimes, y sus funciones serán:

- Vigilar el cumplimiento de lo establecido en el contrato.

- Apreciar la existencia de los medios y organización necesarios para la prestación del Servicio. - Dar las órdenes oportunas para lograr los objetivos del trabajo.

- Proponer las modificaciones que convenga introducir en el trabajo en orden a un mejor cumplimiento del contrato.

- Incoar expediente de cuantas incidencias, respecto a incumplimientos del contratista, surjan en la prestación del servicio.

El responsable del contrato designado procederá al examen del servicio realizado para

determinar si éste ha sido ejecutado de acuerdo con el contrato, pudiendo recabar cuanta información estime necesaria del contratista.

14. CANON A PAGAR POR EL ADJUDICATARIO

El canon anual mínimo asciende a la cantidad de 9.000 euros, lo que supone, a su vez, una renta mínima mensual de 750,00 euros, que podrá ser mejorada al alza por los licitadores, siendo rechazada cualquier oferta inferior.

Se entenderá que en las ofertas de los licitadores la cantidad correspondiente al IGIC figurará como partida independiente.

El canon se hará efectivo por el adjudicatario mensualmente entre los días 1 al 5 de cada mes, o bien un pago único anual del total del canon dentro del primer mes de cada año natural de concesión, mediante ingreso en la cuenta corriente del Ayuntamiento, sin necesidad de requerimiento alguno por parte del Ayuntamiento.

Dicho canon incluirá todos los derechos y obligaciones descritos en el presente pliego, que rige para este contrato.

En la Villa de Agüimes a 11 de septiembre de 2014

FDO: Antonio Jesús Rodríguez Pulido Director Técnico Deportivo

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