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En Zaragoza, a 16 de septiembre de REUNIDOS MANIFIESTAN

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csv: BOA20151023007 ORDEN de 13 de octubre de 2015, del Consejero de Presidencia, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Instituto Aragonés de Empleo (INAEM) y el Instituto Municipal de Empleo y Fomento Empresarial de Zaragoza (Zara-goza Dinámica), para el desarrollo de acciones de formación para el empleo.

Inscrito en el Registro General de Convenios con el núm. 2015/7/0174 el convenio sus-crito, con fecha 16 de septiembre de 2015, por la Directora Gerente del INAEM y la Vicepre-sidenta de Zaragoza Dinámica, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio, que figura como anexo de esta orden, en el “Boletín Oficial de Aragón”.

Zaragoza, 13 de octubre de 2015.

El Consejero de Presidencia, VICENTE GUILLÉN IZQUIERDO

ANEXO

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL INSTITUTO ARAGONÉS DE EMPLEO (INAEM) Y EL INSTITUTO MUNICIPAL DE EMPLEO Y FOMENTO EMPRESARIAL DE

ZARAGOZA (ZARAGOZA DINÁMICA), PARA EL DESARROLLO DE ACCIONES DE FORMACIÓN PARA EL EMPLEO

En Zaragoza, a 16 de septiembre de 2015. REUNIDOS

De una parte, D.ª Ana Vázquez Beltrán, Directora Gerente del Instituto Aragonés de Em-pleo, nombrada por Decreto 231/2015, de 1 de septiembre, del Gobierno de Aragón (“Boletín Oficial de Aragón”, número 170, de 2 de septiembre de 2015), en nombre y representación del Gobierno de Aragón, facultada para este acto, por Acuerdo del Gobierno de Aragón, de fecha de 15 de septiembre de 2015.

De otra parte, D.ª Arantzazu Gracia Moreno, en calidad de Vicepresidenta del Instituto Municipal de Empleo y Fomento Empresarial de Zaragoza (Zaragoza Dinámica), designada por Decreto de la Alcaldía del Ayuntamiento de Zaragoza, de fecha 10 de julio de 2015, en nombre y representación de dicha entidad.

Actuando ambos en el ejercicio de sus cargos y en la representación que ostentan, reco-nociéndose recíprocamente la capacidad de obligarse en los términos de este documento.

MANIFIESTAN

1. La Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Pro-fesional para el Empleo en el ámbito laboral, determina, en su artículo 8.1, que se entiende por iniciativa de formación cada una de las modalidades de formación profesional para el empleo dirigidas a dar respuesta inmediata a las distintas necesidades individuales y del sis-tema productivo.

Asimismo, establece, en su artículo 14.2.b), que podrán impartir formación para el empleo, las Administraciones Públicas competentes en materia de formación profesional para el em-pleo, bien a través de centros propios adecuados para impartir formación o bien mediante convenios o conciertos con entidades o empresas públicas que estén acreditadas y/o ins-critas para impartir la formación, en cuyo caso estas últimas no podrán subcontratar con ter-ceros la ejecución de la actividad formativa, no considerándose subcontratación, a estos efectos, la contratación del personal docente.

2. La disposición transitoria primera de la citada ley establece que se mantendrá vigente el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, así como su normativa de desarrollo, solo en aque-llos aspectos en los que no pueda ser de aplicación directa lo establecido en esta ley hasta tanto no se desarrolle reglamentariamente lo previsto en la misma, detallándose las previ-siones que sí serán de aplicación directa para mayor seguridad jurídica.

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3. La Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, modificada por la Orden ESS/1726/2012, de 2 de agosto, por la que se desarrolla el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, en materia de formación de oferta y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación, en su disposición adicional quinta, establece que serán objeto de financiación la formación de oferta programada e impartida por las Administraciones Públicas competentes a través de sus centros propios, previstos en el artículo 9.1.a) del ci-tado real decreto, o mediante convenios o acuerdos con entidades o empresas públicas que puedan impartir la formación.

4. La Ley 9/1999, de 9 de abril, de creación del Instituto Aragonés de Empleo, en su ar-tículo 2, encomienda a dicho Instituto funciones en materia de empleo, formación e interme-diación en el mercado de trabajo que correspondan a la Comunidad Autónoma de Aragón y establece entre sus funciones, en relación con la planificación, gestión y control de las polí-ticas de empleo, el desarrollo de programas de apoyo y fomento del empleo y la gestión de conciertos, convenios de colaboración y subvenciones que correspondan.

5. El Instituto Municipal de Empleo y Fomento Empresarial es un organismo autónomo creado por el Ayuntamiento de Zaragoza, para impulsar la política municipal de empleo y fo-mento empresarial y cuyos objetivos en el ámbito de la formación y el empleo son formar y asesorar a trabajadores desempleados para mejorar sus condiciones de acceso al mercado laboral a través de la orientación laboral, formación, inserción laboral e integración, objetivos coincidentes con los del Instituto Aragonés de Empleo.

6. El Instituto Municipal de Empleo y Fomento Empresarial dispone para la realización de las acciones formativas de centros acreditados en el Registro de centros colaboradores del Instituto Aragonés de Empleo: Centro Salvador Allende, Centro Río Gallego y Centro de Em-pleo Oliver.

7. Desde el año 1992, el Instituto Aragonés de Empleo y el Instituto Municipal de Empleo y Fomento Empresarial han venido colaborando estrechamente en el desarrollo de programas de formación profesional para el empleo y consideran conveniente establecer un mecanismo que canalice la mutua colaboración y permita un mejor aprovechamiento de los recursos de-pendientes de cada una de ellos, destinados a mejorar la cualificación profesional de los ciu-dadanos.

8. El Programa de Formación para el Empleo, a desarrollar por el Instituto Municipal de Empleo y Fomento Empresarial, en el marco de este convenio, incluye la impartición de 54 acciones formativas y la participación de 720 alumnos, que realizarán también acciones de orientación y búsqueda de empleo. El Instituto Aragonés de Empleo subvencionará el 19,22% del coste total de programa.

9. El Instituto Aragonés de Empleo, para desarrollar este programa, considera necesario la firma de un convenio de colaboración con el Instituto Municipal de Empleo y Fomento Empre-sarial, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, dado el interés social y económico de este Programa de Formación para el Empleo que permitirá mejorar el acceso al mercado de trabajo y la capacitación pro-fesional de los trabajadores desempleados y la importancia de que dos Administraciones gestionen un mismo programa, evitando duplicidades y complementando sus actuaciones.

10. El Ayuntamiento de Zaragoza dispone de un Plan de Ajuste 2012-2022, en aplicación del Real Decreto-Ley 1/2012, de 27 de enero, y del Real Decreto-Ley 7/2012, de 9 de marzo.

11. Que con el objetivo de impulsar la creación de empleo, la mejora de la competitividad y la dinamización de la economía aragonesa, el Gobierno de Aragón ha elaborado la “Estra-tegia Aragonesa de Competitividad y Crecimiento”, cuya implementación durante este año 2015 se realizará en aplicación de lo dispuesto en el título séptimo de la Ley 13/2014, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2015.

Por todo ello, y en virtud de la representación indicada para cada una de las partes, los firmantes se reconocen mutuamente plena capacidad jurídica y de obrar para la formalización del presente convenio, y

ACUERDAN

Primero.— Objeto.

Este convenio tiene por objeto establecer la colaboración entre el Instituto Aragonés de Empleo (INAEM) y el Instituto Municipal de Empleo y Fomento Empresarial de Zaragoza (Za-ragoza Dinámica), para la realización de acciones formativas dirigidas prioritariamente a tra-bajadores desempleados con el fin de ofrecerles una formación que les capacite para el de-sarrollo cualificado de las profesiones y el acceso al empleo.

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Segundo.— Ámbito de aplicación.

Las acciones formativas objeto del presente convenio se desarrollarán en los centros ins-critos y/o acreditados del Instituto Municipal de Empleo y Fomento Empresarial de Zaragoza (Zaragoza Dinámica), en la ciudad de Zaragoza.

Tercero.— Aportaciones de las partes.

Para el desarrollo de las acciones formativas objeto de este convenio se procederá con arreglo a las siguientes aportaciones:

1. Por el Instituto Aragonés de Empleo, y con arreglo a su programación anual y dentro de sus posibilidades institucionales y presupuestarias:

- Financiación de las acciones formativas, relacionadas en el anexo I, dirigidas prioritaria-mente a trabajadores desempleados, al amparo de la Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo, por un importe de 250.500 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 51014 3221 460068 33004.

- La realización por las Direcciones Provinciales del INAEM del seguimiento y control de las acciones formativas aprobadas.

- Expedición de los diplomas o certificados acreditativos de haber superado, si procede, el correspondiente proceso formativo.

2. Por el Instituto Municipal de Empleo y Fomento Empresarial de Zaragoza:

- La ejecución de las acciones formativas del plan de formación, aportando la totalidad de medios humanos y materiales necesarios para ello.

- Seguro de accidentes de los alumnos participantes en las acciones formativas.

- Destacar en cuantas actividades se realicen para la difusión del plan de formación, la participación del Gobierno de Aragón, el FSE y el INAEM, así como incorporar sus logotipos en cuantos materiales se reproduzcan y utilicen para la publicidad o difusión de las activi-dades realizadas.

- Cumplir con el resto de obligaciones de las entidades colaboradoras, establecidas en la Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, así como los procedimientos de notificación y conexión telemática con las Unidades de Formación e Inserción Profesional.

- La prestación de servicios de orientación profesional y apoyo en la búsqueda de empleo para los alumnos participantes.

Cuarto.— Incompatibilidad de la subvención.

La financiación contemplada en el presente convenio será incompatible con otras subven-ciones de carácter público o privado, para las mismas acsubven-ciones formativas y por el mismo concepto.

Quinto.— Selección de alumnos.

La selección se realizará de forma conjunta entre el Instituto Aragonés de Empleo y el Instituto Municipal de Empleo y Fomento Empresarial de Zaragoza (Zaragoza Dinámica). Los alumnos seleccionados para participar en los cursos, si cumplen las condiciones establecidas en los artículos 25 y 26 de la Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, en las acciones formativas dirigidas prioritariamente a desempleados, tendrán derecho al cobro de las correspondientes becas o ayudas.

Sexto.— Justificación y pago.

El pago de la subvención concedida se realizará en dos anualidades, correspondiendo al ejercicio presupuestario 2015 la cantidad de 125.250 euros y al ejercicio presupuestario 2016 la cantidad de 125.250 euros.

La entidad beneficiaria podrá solicitar, una vez firmado el convenio, el 25% de la subven-ción concedida en concepto de anticipo. Asimismo, podrá solicitar pagos a cuenta, que supon-drán la realización de pagos fraccionados que responderán al ritmo de ejecución de las ac-ciones subvencionadas, abonándose por cuantía equivalente a la justificación presentada.

Estos pagos a cuenta deberán solicitarse antes del 5 de diciembre de 2015. La suma de los mismos y del anticipo no podrá superar la cantidad de 125.250 euros.

La liquidación final de la subvención se realizará en el año 2016, una vez justificados las acciones formativas objeto del presente convenio.

La justificación de las subvenciones que se corresponden con las acciones formativas del anexo I se tramitará de conformidad con el artículo 15 de la Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, y con el artículo 69 y siguientes del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,

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adoptando la modalidad del artículo 72, de cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto y sus correspondientes documentos de pago. Igualmente, deberán cumplirse las “instrucciones de justificación” elaboradas por el Servicio de Formación del Instituto Aragonés de Empleo.

La documentación justificativa de la realización de la actividad será presentada, de forma agrupada, en la Dirección Provincial del Instituto Aragonés de Empleo en Zaragoza, apor-tando junto con las nóminas, seguros sociales, facturas y otros documentos fehacientes de que el gasto se ha realizado y la correspondiente memoria de las actividades realizadas.

La mencionada justificación se realizará durante los tres meses siguientes a la finalización de las acciones subvencionadas.

Será causa de devolución de las cantidades recibidas la vulneración de lo dispuesto en la disposición adicional segunda de la Ley 13/2014, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2015; el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y de cuantas disposiciones generales sean apli-cables en materia de subvenciones.

Séptimo.— Comisión de seguimiento.

Para la difusión, ejecución y seguimiento de este convenio, así como la resolución de las interpretaciones y conflictos que puedan surgir, se crea una comisión de seguimiento que estará integrada por los siguientes miembros:

Por el Instituto Aragonés de Empleo:

- El Jefe de Servicio de Formación del INAEM. - El Director Provincial del INAEM de Zaragoza.

- La Jefa de la Sección de Planificación del Servicio de Formación del INAEM.

Por el Instituto Municipal de Empleo y Fomento Empresarial de Zaragoza (Zaragoza Diná-mica):

- El Gerente del Instituto Municipal de Empleo y Fomento Empresarial de Zaragoza. - El Jefe de Sección de Formación para el Empleo.

- El Ayudante de Dirección.

Actuarán como presidente de la comisión, el Jefe de Servicio de Formación del INAEM y como secretaria de la comisión, la Jefa de la Sección de Planificación del Servicio de Forma-ción del INAEM.

La Comisión de seguimiento se reunirá, por lo menos, dos veces al año y extraordinaria-mente, cuando lo solicite cualquiera de las partes. A las reuniones, podrán incorporarse los técnicos que las partes consideren oportuno.

Serán funciones de esta comisión:

- Elaborar la propuesta de programación de las acciones de empleo y formación a realizar. - Analizar los resultados obtenidos en la ejecución de todas las acciones programadas y las evaluaciones que de estas acciones se hayan realizado.

- Cualquiera otra relacionada con los temas del convenio.

Octavo.— Publicidad.

En las actuaciones de información y publicidad derivadas de este convenio, el beneficiario deberá hacer constar que las mismas están subvencionadas por el Gobierno de Aragón y que, cuando deba hacer uso del identificador del Gobierno de Aragón y del Instituto Aragonés de Empleo, deberá solicitar con carácter previo a su utilización el preceptivo informe favorable de la Comisión de Comunicación Institucional, tal y como se recoge en el artículo 4.1 del De-creto 384/2011, de 13 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la Comisión de Comunicación Institucional y se distribuyen competencias en materia de comunicación y publicidad.

Noveno.— Plan de Racionalización del Gasto Corriente.

El presente convenio se acoge a las medidas que le son de aplicación, recogidas en el apartado III del Plan de Racionalización del Gasto Corriente, aprobado con fecha 13 de sep-tiembre de 2011, por el Gobierno de Aragón.

Décimo.— Confidencialidad.

Cuanta información sea obtenida y desarrollada por las partes, a las resultas del desa-rrollo, cumplimiento y ejecución de este convenio, se utilizará exclusivamente para la presta-ción de los servicios encomendados, teniendo carácter confidencial, de forma que no podrá ser revelada a persona física o jurídica alguna ni por las partes otorgantes ni por el personal o los empleados a su servicio.

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Ese deber de mantener la confidencialidad de la información a la que se haya tenido ac-ceso en las condiciones pactadas en este convenio constituye una obligación que extenderá sus efectos en un momento posterior a su extinción, cualquiera que sea su causa.

Undécimo.— Vigencia.

El presente convenio tendrá como duración el tiempo de ejecución de las acciones de formación aprobadas, debiendo de finalizar antes del día 31 de julio de 2016; pudiendo ser prorrogado, previo acuerdo de las partes, mediante adenda al mismo.

Duodécimo.— Modificación en las acciones.

Se faculta a la Directora Gerente del Instituto Aragonés de Empleo para autorizar mediante resolución cualquier modificación en las acciones aprobadas, siempre que no supongan va-riación sobre la cantidad aprobada como subvención en el convenio.

Decimotercero.— Normativa aplicable.

Las actuaciones que se realicen al amparo del presente convenio se regirán, en todo lo no previsto en el mismo, por el Real Decreto-Ley 4/2015, de 22 de marzo, para la reforma ur-gente del Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral; el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profe-sional para el empleo, desarrollado por la Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, en materia de formación de oferta, modificada, a su vez, por la Orden ESS/1726/2012, de 2 de agosto; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, y de forma supletoria la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Decimocuarto.— Causas de resolución.

El presente convenio de colaboración se podrá extinguir por los siguientes motivos: 1. Mutuo acuerdo expreso entre las partes.

2. Imposibilidad sobrevenida de cumplir el fin propuesto. 3. El incumplimiento grave acreditado de alguna de las partes.

En los dos primeros supuestos de resolución, se comunicará ésta por escrito a la otra parte con una antelación mínima de un mes.

Decimoquinto.— Naturaleza del convenio y jurisdicción competente.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa, no teniendo carácter contractual, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4.1.d) del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

Los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan surgir en la ejecución del convenio se resolverán por la Comisión de seguimiento. En defecto de acuerdo, la resolución de los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan surgir en la ejecución del mismo corresponderá al orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Estando las partes conforme con el contenido de este documento, y para que así conste, se firma en el lugar y fecha citados en el encabezamiento.

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csv: BOA20151023007 Exp ed ien te C ur so Subv enc ion A lum nos H or as Loc al ida d Pr ov inc ia 15 /7 41 .0 01 AC TI VI D AD ES AU XI LI AR ES EN C O N SER VAC IO N Y M EJ O R A D E M O N TES 5. 112, 00 10 240 Zar agoz a Zar agoz a 15 /7 41 .0 02 AC TI VI D AD ES AU XI LI AR ES EN VI VER O S, J AR D INE S Y CE NT RO S DE J A RDI NE RI A 5. 616, 00 10 260 Zar agoz a Zar agoz a 15 /7 41 .0 03 AC TI VI D AD ES AU XI LI AR ES EN VI VER O S, J AR D INE S Y CE NT RO S DE J A RDI NE RI A 5. 512, 00 10 260 Zar agoz a Zar agoz a 15/ 741. 004 A C TI V ID A D E S D E F LO R IS TE R IA 6. 120, 00 10 450 Zar agoz a Zar agoz a 15 /7 41 .0 05 AT EN C IÓ N SO C IO SAN IT AR IA A PER SO N AS D EPEN D IE N TE S E N IN S TI TU C IO N E S S O C IA LE S 6. 802, 00 10 380 Zar ag oz a Zar agoz a 15/ 741. 006 C A R P IN TE R O M E TÁ LI C O Y D E P V C (I ) 6. 968, 00 10 335 Zar agoz a Zar agoz a 15/ 741. 007 C A R P IN TE R O M E TÁ LI C O Y D E P V C (I I) 7. 102, 00 10 335 Zar agoz a Zar agoz a 15/ 741. 008 C O C IN A (I y II ) 10. 716, 00 10 570 Zar agoz a Zar agoz a 15/ 741. 009 C O C IN A (I II) 3. 510, 00 10 180 Zar agoz a Zar agoz a 15 /7 41 .0 10 CO NF E CCI Ó N Y P UB LI CA CI Ó N DE P Á G INA S W E B 8. 722, 00 10 490 Zar agoz a Zar agoz a 15 /7 41 .0 11 CO NT RO L Y P RO TE CCI Ó N DE L M E DI O NA TURA L 10. 080, 00 10 480 Zar agoz a Zar agoz a 15/ 741. 012 G E S TI O N A M B IE N TA L 9. 331, 00 10 430 Zar agoz a Zar agoz a 15 /7 41 .0 13 G EST IÓ N C O N TABL E Y G EST IÓ N AD M IN IST R AT IVA. PAR A AU D IT O R ÍA 9. 520, 00 10 560 Zar agoz a Zar agoz a 15 /7 41 .0 14 G EST IÓ N D E R ESI D U O S U R BAN O S E I N D U ST R IAL ES 5. 992, 00 10 280 Zar agoz a Zar agoz a 15 /7 41 .0 15 IN ST AL AC IÓ N Y M AN TEN IM IEN TO D E J AR D IN ES Y Z O N AS VER D ES 5. 560, 00 10 400 Zar agoz a Zar agoz a 15/ 741. 016 IN S TA LA D O R A U TO M A TI S M O S 11. 118, 00 10 510 Zar agoz a Zar agoz a 15 /7 41 .0 17 M AN TEN IM IEN TO IN ST AL . AU TO M AT IZ AD AS C O N TR O LA D A S P O R A U TÓ M A TA P R O G R A M A B LE 7. 285, 00 10 310 Zar ago za Zar agoz a 15 /7 41 .0 18 M EC AN IZ AD O D E M AD ER A Y D ER IVAD O S 7. 298, 00 10 410 Zar agoz a Zar agoz a 15 /7 41 .0 19 M O N TAJ E Y M AN TEN IM IEN TO D E I N ST AL AC IO N ES CA LO RÍ FI CA S 9. 399, 00 10 390 Zar agoz a Zar agoz a 15 /7 41 .0 20 M O N TAJ E Y M AN TEN IM IEN TO D E I N ST AL AC IO N ES DE CL IM A TI ZA CI Ó N Y V E NT IL A CI Ó N-E X TRA CCI Ó N 9. 20 4, 00 10 390 Zar agoz a Zar agoz a 15 /7 41 .0 21 M O N TAJ E Y M AN TEN IM IEN TO D E I N ST AL AC IO N ES EL ÉC TR IC AS D E BT (I ) 10. 918, 00 10 530 Zar agoz a Zar agoz a 15 /7 41 .0 22 M O N TAJ E Y M AN TEN IM IEN TO D E I N ST AL AC IO N ES EL ÉC TR IC AS D E BT (I I) 6. 699, 00 10 330 Zar agoz a Zar agoz a 15 /7 41 .0 23 M O N TAJ E Y M AN TEN IM IEN TO D E I N ST AL AC IO N ES F R IG O R ÍF IC A S 9. 288, 00 10 430 Zar agoz a Zar agoz a 15 /7 41 .0 24 O P. D E F O N TAN ER ÍA Y C AL EF AC C IÓ N - C LI M AT IZ A CI Ó N DO M É S TI CA 7. 887, 00 10 330 Zar agoz a Zar agoz a 15 /7 41 .0 25 PR O D U C C IÓ N D E SEM IL LAS Y PL AN TAS EN VI VER O 11. 985, 00 10 510 Zar agoz a Zar agoz a 15 /7 41 .0 26 SER VI C IO S D E BAR -C AF ET ER ÍA 5. 190, 00 10 300 Zar agoz a Zar agoz a 15 /7 41 .0 27 SER VI C IO S D E R EST AU R AN TE 8. 619, 00 10 510 Zar agoz a Zar agoz a 15 /7 41 .0 28 S O LDA DURA CO N E LE CT RO DO RE V E S TI DO Y T IG (I) 8. 692, 00 10 410 Zar agoz a Zar agoz a 15 /7 41 .0 29 S O LDA DURA CO N E LE CT RO DO RE V E S TI DO Y T IG (II) 5. 200, 00 10 250 Zar agoz a Zar agoz a 15 /7 41 .0 30 SO LD AD U R A O XI G AS Y SO LD AD U R A M IG /M AG 11. 628, 00 10 570 Zar agoz a Zar agoz a 15 /7 41 .0 31 TR ABAJ O S D E C AR PI N TER ÍA Y M U EBL E 4. 094, 00 10 230 Zar agoz a Zar agoz a 15 /7 41 .0 32 TR AT AM IEN TO Y M AQ U ET AC IÓ N D E EL EM EN TO S G R ÁF IC O S EN PR EI M PR ESI Ó N 9. 333, 00 10 510 Zar agoz a Zar agoz a 15 /7 41 .0 33 APL IC AC IO N ES W EB C O N PH P Y M Y Q L 0, 00 14 150 Zar agoz a Zar agoz a A nexo I A cci on es F or m at iv as su bv en ci on ad as d iri gi das p rio ri tar iam en te a t rab aj ad or es d esem pl ead os ( R .D . 395/ 20 07) Ins tit ut o M uni ci pa l de E m pl eo y Fom ent o E m pr es ar ia l

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csv: BOA20151023007 Exp ed ien te C ur so Subv enc ion A lum nos H or as Loc al ida d Pr ov inc ia A nexo I A cci on es F or m at iv as su bv en ci on ad as d iri gi das p rio ri tar iam en te a t rab aj ad or es d esem pl ead os ( R .D . 395/ 20 07) Ins tit ut o M uni ci pa l de E m pl eo y Fom ent o E m pr es ar ia l 15 /7 41 .0 34 AT EN C IÓ N A PER SO N AS C O N D ISC APAC ID AD IN TE LEC TU AL 0, 00 15 160 Zar agoz a Zar agoz a 15 /7 41 .0 35 AT EN C IÓ N ESPEC IAL IZ AD A EN SAL U D M EN TAL Y T O XI C O M AN ÍAS 0, 00 15 180 Zar agoz a Zar agoz a 15/ 741. 036 C O C IN A LO W C O S T 0, 00 14 50 Zar agoz a Zar agoz a 15 /7 41 .0 37 C O N TR O L AM BI EN TAL EN L A EM PR ESA: AU TO R IZ AC IO N ES 0, 00 15 140 Zar agoz a Zar agoz a 15/ 741. 038 C O N TR O L D E P R O Y E C TO S Y O B R A S 0, 00 14 250 Zar agoz a Zar agoz a 15 /7 41 .0 39 C R EAC IÓ N D E SI TI O S W EB C O N G EST O R ES D E C O NT E NI DO CM S 0, 00 35 100 Zar agoz a Zar agoz a 15 /7 41 .0 40 D EPU R AC IÓ N D E AG U AS R ESI D U AL ES 0, 00 35 220 Zar agoz a Zar agoz a 15 /7 41 .0 41 DI S E ÑO E N 3 D CO N A UT O CA D Y F O TO RRE A LI S M O 0, 00 14 125 Zar agoz a Zar agoz a 15/ 741. 042 D IS E Ñ O Y M O D IF IC A C IÓ N D E P LA N O S E N 2D Y 3D 0, 00 14 190 Zar agoz a Zar agoz a 15 /7 41 .0 43 EVAL U AC IO N D E I M PAC TO AM BI EN TAL 0, 00 35 150 Zar agoz a Zar agoz a 15 /7 41 .0 44 FAC H AD AS VEN TI LAD AS Y R EVEST IM IEN TO S EXT ER IO R ES EN AL U M IN IO 0, 00 15 100 Zar agoz a Zar agoz a 15/ 741. 045 FI TO P A TO LO G IA Y M A N E JO D E P LA G U IC ID A S 0, 00 15 60 Zar agoz a Zar agoz a 15 /7 41 .0 46 IN ST AL AC IÓ N D E R EVEST IM IEN TO S D E M AD ER A Y SI M IL AR ES 0, 00 15 120 Zar agoz a Zar agoz a 15/ 741. 047 O FI M Á TI C A 0, 00 30 190 Zar agoz a Zar agoz a 15 /7 41 .0 48 PR EVEN C IÓ N D E R IESG O S L ABO R AL ES 0, 00 15 200 Zar agoz a Zar agoz a 15/ 741. 049 R O TU LA C IÓ N Y C A R TE LÍ S TI C A 0, 00 15 215 Zar agoz a Zar agoz a 15/ 741. 050 S E G U R ID A D A LI M E N TA R IA IS O 22000 0, 00 15 150 Zar agoz a Zar agoz a 15/ 741. 051 S G M A : N O R M A U N E -E N IS O 14001: 2004. A U D IT O R IAS AM BI EN TAL ES 0, 00 15 185 Zar agoz a Zar agoz a 15/ 741. 052 S O LD A D U R A C O N A LA M B R E T U B U LA R 0, 00 15 90 Zar agoz a Zar agoz a 15/ 741. 053 S O LD A D U R A E N A LU M IN IO 0, 00 15 200 Zar agoz a Zar agoz a 15/ 741. 054 TÉ C N IC O /A E N G E S TI Ó N D E C A LI D A D 0, 00 15 250 Zar agoz a Zar agoz a To tal es 250. 500, 00 720 16. 045

Referencias

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