• No se han encontrado resultados

REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR 2021

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2021

Share "REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR 2021"

Copied!
79
0
0

Texto completo

(1)

0

REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR 2021

El Reglamento Interno documento, regula y contextualiza el funcionamiento administrativo del establecimiento mientras que el Regalmento de Convivencia Documenta, regula y resguarda las relaciones humanas que se generan en el establecimiento.

(2)

1

INTRUDUCCIÓN

El presente Reglamento Interno y de Convivencias Escolar de nuestro Establecimiento, tiene como objetivo la sana convivencia escolar que es un derecho y un deber que tienen todos los miembros de la comunidad educativa, cuyo fundamento principal es la dignidad de las personas y el respeto que éstas se deben. Es un aprendizaje en sí mismo que contribuye a un proceso educativo implementado en un ambiente tolerante y libre de violencia, orientado a que cada uno de sus miembros pueda desarrollar plenamente su personalidad, ejercer sus derechos y cumplir sus deberes correlativos.

Las normas que están en este Reglamento deben ser conocidas por toda la comunidad educativa.

Para ello se han considerado los siguientes aspectos:

I.- Normas Generales de carácter Técnico Pedagógico. II.- Normas Técnico Administrativas. III.- Normas de Convivencia Escolar.

IV.- Normas de Prevención de Riesgos, Higiene y seguridad. V.- Situaciones de abuso sexual en Establecimiento educacional.

FUNDAMENTACIÓN

El presente reglamento de convivencia escolar está basado fundamentalmente en los principios y valores orientadores de nuestra misión, junto a la visión que poseemos de una formación integral y de los niños, niñas, que junto a sus familias conforman nuestra comunidad educativa.

Para el alcance de este logro, el establecimiento educacional trabajará orientado por principios de aceptación y acogida hacia las características propias de cada alumno y alumna, desarrollando un clima de pertenencia a un ambiente donde prime el respeto hacia las personas, la empatía con los demás, la tolerancia, la participación y colaboración entre toda la comunidad.

(3)

2

Este Reglamento Interno de Convivencia escolar está basado en los siguientes cuerpos legales.

 Constitución Política de la República de Chile.

 Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza Nº18.962 de 1990.  Estatuto Docente, Ley Nº19.070/91 y sus modificaciones.  Código del Trabajo, Ley Nº18.620 de 1990.

 Declaración Universal de los Derechos del Niño 1990.  Declaración Universal de los Derechos Humanos.

 Ley sobre Jornada Escolar Completa Diurna Nº19.532 de 1997.  Ley Nº 19.979 sobre JECD. Que modifica la anterior.

Este reglamento de convivencia interno se actualizará cada año, en conjunto con la comunidad educativa.

OBJETIVO

Entregar un Proceso Educativo Participativo de calidad y equidad dirigido al desarrollo integral de los niños y niñas de la escuela, adquiriendo aprendizajes significativos e interactuando en forma permanente con todos los actores educativos, para que nuestros alumnos y alumnas lleguen a ser personas con un vasto repertorio de saberes, competencias, destrezas, habilidades, actitudes, valores y en el futuro sean personas con alta autoestima, capaces de asumir sus deberes y derechos, conservar el medio ambiente, el patrimonio cultural y adecuarse reflexivamente a las condiciones culturales, económicas y técnicas de una sociedad democrática en desarrollo.

(4)

3

CAPITULO I

NORMAS GENERALES DE CARA CTER

TECNICO-PEDAGOGICO

1.- DE LA CONCEPCION CURRICULAR

ARTICULO 1º

Nuestro establecimiento educacional imparte las nuevas Bases Curriculares del Decreto 2960/2012, en los cursos de 1º a 6º Año Básico.

2.- DEL FUNCIONAMIENTO

ARTICULO 2º

La Unidad Educativa cuenta con Jornada Escolar Completa Diurna y su horario de funcionamiento es:

3.-HORARIO DE FUNCIONAMIENTO:

Horario Alumnos: Lunes a Jueves de 9:00 a 16:30 hrs. Viernes de 9:00 a 14:45 hrs.

Horario de Profesores: Lunes, martes Miércoles y jueves de 8:30 a 18 :00 hrs.

Viernes de 8:00 a 15:00 hrs. Horario asiste de aula: Lunes a jueves 8:00 a 17:30

Viernes de 8:00 a 15:30 Horario de atención a apoderados: Lunes 16:30 a 17:30 hrs

Horario auxiliar de servicios menores: Lunes a viernes 8:30 a 17:30 (su entrada y salida parte desde que toma el furgón escolar )

(5)

4

4. DE LA ASISTENCIA:

Los/las estudiantes tienen la obligación de asistir a clase todos los días, de lunes a viernes y cumplir el horario que les corresponde según el nivel que estén cursando.

Las inasistencias a clases deben ser justificadas por el Apoderado, el primer día que el/la estudiante comparezca al establecimiento.

Para ser promovido el alumno debe cumplir un vigente.

5.- DE LA PUNTUALIDAD.

Los/las estudiantes que lleguen atrasados a primera hora, podrán ingresar a la sala de clases y el profesor deberá registrarlo en el recuadro correspondiente del libro de clases luego de ser justificado por el apoderado de forma telefónica o escrita.

Se exceptúan de la regla anterior a los/las estudiantes que hayan sido ingresados por sus apoderados personalmente.

Los/las estudiantes que lleguen atrasados después de los recreos o cambios de hora, estando presentes en las horas anteriores, podrán ingresar a la sala de clases, donde el profesor registrará el atraso en su hoja de vida más una comunicación por escrito al apoderado.

Cada atraso intermedio y/o ausencia a una hora de clases será una Falta muy grave.

Al momento de reintegrarse a clases del siguiente día, debe presentar la comunicación firmada en su agenda escolar por el apoderado, en caso de atrasos o ausencias reiteradas se citará a apoderado.

(6)

5

Las salidas a terreno y/o representaciones públicas de los/las estudiantes

fuera del establecimiento y dentro de la localidad, se efectuarán con autorización de la Dirección del Establecimiento. El docente a cargo deberá dejar constancia de los/las estudiantes en salida en el registro correspondiente. De producirse fuera de la Comuna, deberá estar autorizada por escrito por los respectivos apoderados y respaldada por una resolución de cambio de actividades emanada de la Dirección Provincial de Educación

6.- DE LOS PLANES Y PROGRAMAS

ARTICULO 3º

Nuestra Unidad educativa está comprometida a dar cumplimiento a los Programas de estudios de acuerdo a lo establecido en el DECRETO 2960/2012

7.- DE LA EVALUACION Y PROMOCION

ARTICULO 4º

Este Reglamento de Evaluación, será aplicado a todos los alumnos y alumnas, incluyendo aquellos con NEE respetando el ritmo de aprendizaje y aplicando las estrategias necesarias para favorecer el desarrollo de las habilidades y competencias necesarias para lograr los objetivos planteados en cada nivel educativo.

ARTICULO 5º

La siguiente disposición sobre evaluación, calificación y promoción escolar de niños/as de la Educación General Básica, de la escuela José Rivas Hernández se aplicará de 1º a 6º año básico, de acuerdo a los Decretos Supremos de Educación Nº 2960/12, Nº511/97 y Nº107/03.

ARTICULO 6º

La Profesora Encargada del Establecimiento, comunicara oportunamente a los alumnos/as, padres y apoderados las disposiciones del Presente Reglamento.

(7)

6

8.- DE LOS CONSEJOS ESCOLARES.

Es un equipo de trabajo de toda la comunidad educativa, para aumentar su participación y promover una vinculación más estrecha entre la familia y el quehacer escolar, teniendo la libertad de opinar, participar e informarse de los temas importantes del establecimiento.

ARTICULO 7º

Con el objeto de favorecer la activa participación de todos los actores de la comunidad escolar y con ello contribuir a mejorar la calidad de la educación en la escuela, funcionara el “Consejo Escolar”, está compuesta por:

Profesor Encargado. Representante del sostenedor. Representante equipo itinerante

Representante de los asistentes de la educación. Presidente/a del Centro de alumno

Presidente/a del Centro de Padres y Apoderados.

9.-DE LA SEGURIDAD E INTEGRIDAD FISICA Y MORAL DE LOS ALUMNOS

Con el propósito de privilegiar la salud física y mental de los niños y niñas, se deben evitar las siguientes acciones:

Cancelar matriculas por problemas conductuales sin antes buscar soluciones ante el Consejo de Profesores, junto a padres y/o apoderados.

Exigir el retiro voluntario, expulsar o cancelar matricula a alumnos por repitencia de cursos o adolescentes embarazadas.

Prohibir la asistencia a clases de reforzamiento, repaso, ejercitación u otros a alumnos que quieran asistir a ellos.

Retener la documentación escolar de algún alumno/a. Calificar a alumnos por inasistencias.

(8)

7

socioeconómicas o por rendimiento escolar.

Devolver alumnos atrasados a sus casas.

Permitir la salida del alumno/a del recinto escolar mientras dure la jornada de clases, sin la autorización de la Dirección de la escuela.

Permitir que los alumnos/as no tengan la autorización de Padres o Apoderados en caso de que sus pupilos deben representar al establecimiento en eventos sectoriales, comunales, provinciales, regionales o nacionales, como asimismo para las salidas pedagógicas, paseos de curso u otras.

10.- CUIDADO DEL MATERIAL Y UTILES ESCOLARES.

Los/las estudiantes deben presentarse diariamente, según su horario, con la totalidad de sus útiles escolares y agenda escolar, oficializada con el timbre del establecimiento.

Los/las estudiantes deben responsabilizarse de la totalidad de sus útiles escolares, textos, libros, dinero, vestuario u otros objetos personales. La escuela no responde por pérdidas de este tipo.

Todo estudiante que cause algún daño a las dependencias o materiales de la escuela tales como mobiliario, puertas, ventanas, paredes, instalaciones, libros u otros, deberá restituirlos y/o repararlos y constituirá una falta muy grave.

El aseo de la sala, patios y otras dependencias es responsabilidad de todos, y especialmente de quienes las usan, los que deben colaborar en su mantención evitando tirar basura y otros desperdicios.

Las mesas y sillas deberán mantenerse en las salas que les corresponden limpias y en buen estado.

El servicio de movilización, beneficio Municipal, es responsabilidad de todos el cuidado y mantención de la limpieza. Todo estudiante que cause algún daño deberá restituirlos o repararlos y constituirá una falta grave.

(9)

8

Las paredes de la escuela y salas en general deberán cuidarse de cualquier

tipo de deterioro o rayado con mensajes, leyendas, grafitis u otros, salvo que sea para un proyecto institucional debidamente autorizado

(10)

9

CAPITULO II

NORMAS TECNICO

ADMINISTRATIVAS

1.- DE LA IDENTIFICACION DE LA ESCUELA

El uniforme es el distintivo que cada alumno y alumna lleva consigo y es una prolongación de tu escuela donde te educas.

El uso del uniforme es necesario por cuanto rescatada los valores de la sencillez e igualdad, destacando en los estudiantes el orden y adecuada presentación personal.

ARTICULO 11º

El establecimiento cuenta con elementos oficiales que lo distinguen de otros y que forjan la identidad institucional, es por ello, que en pleno acuerdo con todos los estamentos se ha definido un sistema de vestuario para el desarrollo de las actividades escolares y curriculares. Siendo la simbología oficial: Uniforme, buzo deportivo, logo institucional y estandarte.

UNIFORME:

Se entenderá por uniforme el vestuario con el cuál los estudiantes se presentarán en las actividades escolares y curriculares definidas. Se entenderá como uniforme oficial para ambos sexos blusa blanca, corbata azul, calceta azul y zapato negro, se distinguirá el pantalón gris para los varones y jumper o pantalón azul marino para las damas. En contextos oficiales cómo actos, desfiles y evaluaciones las niñas deberán asistir con el jumper.

(11)

10

 Niñas

Corbata oficial, blusa Blanca, junper azul tradicional, calcetas color azul ( presentaciones oficiales), pantys azules o pantalón de tela azul.

 Niños

Corbata oficial, Camisa blanca, Pantalón plomo, corbata azul marino, polerón azul y Zapato color negro.

Buzo deportivo:

Buzo color rojo con azul, Polera color azul con líneas rojas en el cuello. Las zapatillas deportivas se recomienda el color blanco.

Es importante considerar que el establecimiento promueve la práctica deportiva en las horas de recreación por tanto los estudiantes responderán adecuadamente al reglamento si su vestuario durante la cotidianidad escolar los estudiantes hacen remplazo del uniforme oficial por el uso de buzo deportivo o en el caso especial de las niñas usan el pantalón azul marino en remplazo de jumper. Esto último sin contradecir la obligación del uso del uniforme situaciones especiales determinadas anteriormente.

_ Buzo deportivo

Traer su buzo con polera adecuada y solicitada por el profesor

Uniforme de educación física, damas y varones. Los/las estudiantes desarrollarán las actividades de Educación Física con polera y pantalón corto, de acuerdo al uniforme diseñado u acordado en el establecimiento, concluida la clase se asearán y usarán el buzo oficial por la totalidad de la jornada correspondiente

Los/las estudiantes que por problemas económicos o de otra índole, no pudieren adquirir su uniforme completo o parte de él, deberán solicitar junto con su Apoderado, la autorización del profesora encargada para quedar eximidos de esa exigencia por un lapso de tiempo previamente acordado entre las partes.

(12)

11

clases de la siguiente forma:

Varones: Usar el pelo limpio y corto, no podrán usar barba ni bigotes, ni pelo teñido, como tampoco gorros, aretes, piercing, extensiones, ni similares.

Damas: No podrán usar dentro del establecimiento rostro maquillado, uñas pintadas, joyas, piercing u otro tipo de adorno.

IMPORTANTE: Ante cualquier cambio debe ser acordado por toda la comunidad educativa: alumnos (as), profesores y apoderados.

(13)

12

DEBERES Y DERECHOS DE LOS ACTORES EDUCATIVOS.

DE LOS DERECHOS DE DIRECTIVOS, DOCENTES, Y ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN

Los funcionarios de la Unidad Educativa tienen derecho a: Desarrollar sus habilidades profesionales.

Desenvolverse en un ambiente laboral grato y adecuado para el ejercicio de sus labores.

Recibir un trato digno y respetuoso por parte de todas y todos los miembros de la Comunidad Educativa.

Participar activamente en la toma de decisiones del Establecimiento, por ejemplo, en cuanto a revisión del PEI.

Capacitarse y reflexionar sobre su ejercicio profesional.

Que se respete su integridad física, psicológica, moral y su dignidad personal. A no ser objeto de hostigamiento, humillación o menosprecio por otro miembro de la Comunidad Escolar de manera personal o a través de medios tecnológicos o computacionales, de manera directa o indirecta.

Se hacen parte de este Manual todos los derechos consagrados en la nueva carrera docente y Código del Trabajo según corresponda.

DE LOS DEBERES

ARTICULO 10º

1.- PROFESOR ENCARGADO:

Dirigir, organizar, coordinar, supervisar y evaluar trabajo de sus distintos organismos de manera que funcionen armónica y efectivamente.

Determinar los objetivos propios de la Escuela en concordancia con los requerimientos de la Comunidad Escolar y Nacional.

Proponer la estructura organizativa Técnico- Pedagógica del establecimiento que estima más conveniente.

(14)

13

-Impartir instrucciones para establecer una adecuada organización,

funcionamiento y evaluación del currículo.

-Procurar una distribución eficiente de los recursos asignados.

-Presidir los Consejos o reuniones realizadas en la escuela o ser representado por el Docente en quién delegue esta función.

Organizar el Centro de Padres y apoderados y dirigir sus reuniones.

-Delegar funciones y entregar atribuciones al personal a su cargo y reiterárselas cuando él estime necesario.

-Representar oficialmente al Establecimiento frente a las autoridades educacionales y a su vez cumplir con las normas e instrucciones que emanan de ellas.

Administrar el Programa Anual de Trabajo de la escuela.

Autorizar el uso de las dependencias de la escuela a otras organizaciones. Velar por el cumplimiento de las normas de prevención, higiene y seguridad dentro del establecimiento.

-Mantener al día toda la documentación y personal a su cargo.

Asistir al menos una vez al mes a las reuniones del Microcentro Cardonal. -Revisar los Leccionarios de Clases, procurando que se encuentren al día y entregar las correspondientes sugerencias cuando sea necesario.

Velar por el cuidado, mantención y uso eficiente de los bienes de la escuela. -Mantener informado al personal de la correspondencia recibida y despachada desde y niveles superiores.

-Velar por el cumplimiento del P.E.I, de los Planes y Programas de Estudio y de los Reglamento Interno, de Evaluación y Convivencia Escolar.

-Reunirse con el Centro de Padres y Apoderados y crear los espacios necesarios para que este organismo asesor comparta y colabore con los propósitos educacionales y sociales de la escuela.

-Comunicar al personal a su cargo a las quejas o denuncias hechas en su contra por escrito, en el plazo de un día.

-Denunciar a la Justicia los delitos, robos o hurtos cometidos en el interior del Establecimiento en contra de los alumnos, funcionarios o bienes de la escuela. Realizar entrevistas personales, con alumno y apoderado con algún caso en particular, por ejemplo, anotaciones y sanciones, problemas escolares, entre otros. Para establecer, de esta manera compromisos del apoderados, alumno

(15)

14

y profesor.

Dar a conocer cuenta pública de la gestión anual del establecimiento.

2.- DOCENTES

Conocer los deberes, obligaciones y derechos de carácter profesional según legalidad vigente.

-Adquirir y conocer íntegramente el P.E.I., el Reglamento de Evaluación y Promoción y el Reglamento Interno de la Escuela.

Presentar una Matriz Curricular Semestral (Objetivos) sobre cada uno de los Subsectores que atiende de acuerdo a Planes y Programas de estudios vigentes. (docentes)

- Vestirse y usar vocabulario y actitudes acordes a la misión de la escuela. -Velar porque el Leccionario de clases se encuentre al día.

-Mantener una carpeta personal en la Dirección de la escuela con todos sus antecedentes personales, profesionales y perfeccionamientos realizados. -Respetar las facultades del director del establecimiento que le corresponda por horario, en caso de los Permisos Administrativos.

Respetar el día de microcentro como necesidades de servicio.

-Cumplir con su jornada de trabajo semanal por la que ha sido contratado/a. -Firmar diariamente el Libro de Asistencia con la hora de entrada y salida. Dar aviso oportunamente a quien corresponda de su ausencia por sus causas justificadas.

-Velar por el cumplimiento de prevención, higiene y seguridad dentro del establecimiento.

-Asistir a todos los actos oficiales internos y externos realizados por la Escuela.

-Informar periódicamente del rendimiento escolar de los alumnos/as, entregará oportunamente los estados de avances escolares con las calificaciones y situación final de los alumnos de su curso.

Asistir a las reuniones de Microcentro Cardonal.

Los docentes itinerantes deberán asistir a todos los actos y actividades internos y externo del Establecimiento siempre y cuando corresponda a su horario de trabajo en el establecimiento.

(16)

15

3.- ASISTENTE DE AULA

Conocer los deberes, obligaciones y derechos de carácter profesional según legalidad vigente.

Adquirir y conocer íntegramente el P.E.I., el Reglamento Interno de Evaluación y el Reglamento Interno de la Escuela.

Conocer el plan anual curricular del docente que asiste.

Reproducir o multicopiar material de apoyo creado por el docente.

Participar de las actividades escolares dentro y fuera del establecimiento. Participar en reuniones de coordinación para la planificación, ejecución y evaluación de proyectos escolares.

Apoyar y acompañar a los estudiantes en el desarrollo de sus actividades y /o tareas escolares.

Vestirse y usar un vocabulario y actitudes acordes a la misión de la escuela. Registrar en una bitácora las actividades desarrollas durante el día.

Informar al docente situaciones irregulares del comportamiento de los alumnos Mantener una carpeta personal en la Dirección de la escuela con todos sus antecedentes personales y profesionales y perfeccionamiento realizado. Respetar las facultades del Director en el caso de los permisos administrativos.

Cumplir con su jornada de trabajo semanal por la que ha sido contratado. Firmar diariamente el Libro de Asistencia con hora de entrada y salida.

Dar aviso oportuno a quien corresponda de su ausencia por causas justificadas.

Velar por el cumplimiento de prevención, higiene y seguridad dentro del Colegio.

Asistir a todos los actos oficiales internos y externos realizados por la escuela.

4.- AUXILIAR DE SERVICIOS MENORES

-Mantener el aseo e higiene de todo el Establecimiento Educacional.

-Abrir y cerrar el Establecimiento antes y después de inicio y término de la jornada escolar.

(17)

16

-Trabajar de acuerdo a la Misión y Objetivos de la escuela.

-Cuidar, proteger y mantener los árboles, arbustos y jardines de la escuela. - Apoyar en la mantención y cuidado de invernaderos/viveros u otros espacios que tengan fines pedagógicos.

-Velar por el cuidado de todos los bienes de la escuela.

-Eliminar los elementos u objetos que signifiquen riesgos personales. -Denunciar a la Dirección de la escuela situaciones anómalas detectadas. -Demostrar buena disposición para colaborar cuando sea requerido por el Director y en casos especiales por los profesores.

-Respetar el derecho que tiene el director de otorgar permisos administrativos.

5.- ALUMNOS Y ALUMNAS.

-Asistir a lo menos el 85% de las clases del año lectivo.

Traer todos los días su agenda de comunicación escolar, como también sus útiles escolares.

Mantener en su bolsa o casillero su cepillo y pasta de dientes, toalla de mano, papel higiénico y toalla nova.

Cuidar sus útiles escolares y materiales del establecimiento, como mobiliario, artículos eléctricos, puertas, ventanas, etc.

-Llegar puntualmente a clases y justificar sus inasistencias y atrasos.

-Respetar al personal de la Escuela y mantener buenas relaciones personales. -Cumplir con los horarios y todas las tareas y deberes escolares.

-Cuidar de su higiene y presentación personal.

-Usar uniforme, si lo tiene, corte de pelo limpio y ordenado.

Hacer el uso del tiempo libre, eligiendo algunas de las actividades de libre elección, ofrecida por la escuela.

Cuidar y proteger el medio ambiente.

Participar en todas las actividades lectivas y no lectivas, realizadas por el Establecimiento.

-Representar al Establecimiento cuando sea requerido en eventos sectoriales, Comunales, provinciales, regionales o Nacionales.

-Evitar los juegos o bromas bruscas.

-Si por inasistencia el alumno /a no puede rendir una prueba escrita u oral, programada con anticipación, deberá solicitarla para fecha posterior o para

(18)

17

cuando el profesor/a lo determine.

El uso de teléfonos, pendrive, computador, será de la responsabilidad del niño. (No se permite usar en horas de clases sin debida autorización del profesor).

5.- MANIPULADORA

La Manipuladora de Alimentos, es contratada por la Empresa concesionaria, encargada de la entrega de alimentos, previa aceptación de la Dirección del Establecimiento.

Responsable directa de la manipulación, higiene, cuidado, mantención y preparación de los alimentos relacionados con el Programa de Alimentación Escolar (P.A.E), otorgado por JUNAEB. A través del concesionario. La alimentación será decepcionada por el Profesor Encargado/a y supervisada por personal de la empresa concesionaria. Sus principales deberes son:

Trabajar en concordancia con la Misión y objetivos de la escuela. Entregar al Profesor Encargado la información solicitada

Informar la falta de

Mantener el aseo e higiene de la cocina de la escuela y buena presentación personal.

Recibir los alimentos y firmar Guía de entrega.

Cumplir con la minuta establecida, higiene y preparación de alimentos. Respetar y cumplir con los horarios establecidos por la escuela.

6.- PADRES Y APODERADOS

-Contribuir a un ambiente de tranquilidad y seguridad, de sus hijos a través de buenas relaciones con ellos/as y con el Establecimiento.

-Asistir a las reuniones ordinarias y extraordinarias realizadas por el Centro General de Padres y Apoderados, sino no es posible su asistencia enviar un reemplazante.

Participar en las actividades culturales recreativas, deportivas que organice el establecimiento.

(19)

18

Preocuparse todos los días por la presentación personal de su hijo(a) a la

escuela.

-Dar el tiempo y lugar para que sus hijos/as cumplan con sus deberes escolares.

-Acudir al término del año escoñar a matricular personalmente a su hijo o pupilo.

Participar en charlas educativas y talleres, organizadas por el Establecimiento. Conocer las normas de prevención de riesgos que aplica la Escuela.

Asumir la restitución o pagos de perjuicios ocasionados por su pupilo, en la escuela causada intencionalmente, previa comprobación de los hechos.

-Respetar íntegramente los estatutos del Centro de Padres, regirse por ellos y acatar lo que en el documento está establecido.

Revisar los cuadernos y preocuparse de que su alumno (a) aprenda de alguna manera lo que se enseña.

DE LOS DERECHOS

ARTICULO 11º

1.- PROFESOR ENCARGADO, DOCENTE Y ASISTENTES DE LA EDUCACION, MANIPULADORA:

-Realizar un trabajo justo y remunerado en forma oportuna.

-Ser respetado como persona y/o profesional en todas sus funciones. -Hacer uso de sus días de permiso obtenidos por Ley.

-Hacer uso de Licencias médicas en caso de enfermedades o accidentes. -Tener un horario de almuerzo en caso de trabajar en doble jornada. -Ser atendido y escuchado por la Dirección del establecimiento.

-Registrar en el leccionario observaciones significativas de los alumnos/as. -Solicitar permiso a la Profesor/a Encargado/a, para retirarse antes del término de su jornada por razones justificadas.

2.- NIÑOS Y NIÑAS

-Conocer el contenido de los Artículos emanados de la Convención sobre los Dº del niño/a, ratificado en Chile en Agosto de 1991.

(20)

19

-Conocer sus Derechos y respetar los de los demás.

-Ser respetado y atendido como persona, en su integridad física, moral y social.

-Recibir un Buen Trato.

-Recibir una evaluación conocida y de acuerdo a su ritmo de aprendizaje. Si por inasistencia no pudiera rendir una prueba debe solicitarla para fecha posterior, presentando certificado médico o con una solicitud formal de su apoderado.

Ser matricula o retirado por su apoderado cuando sus padres, tutores o apoderados lo necesiten.

No ser de vuelto a su hogar en caso de atrasos.

Conocer el texto y significados de las anotaciones colocadas en el Libro de clases.

-Conocer los motivos o razones de sus calificaciones y/o evaluaciones. -Recibir alimentación de JUNAEB.

3.- PADRES Y APODERADOS.

-Recibir información en las reuniones de Centro de Padres.

-Participar en actividades culturales y sociales del proceso educativo.

-Ser informado periódicamente de los avances pedagógicos de sus hijos/as. -Ser informado de la conducta de sus hijos/as.

-Ser atendido por la Profesora Encargada en horarios acordados previamente. -Informar a la Dirección de la Escuela, por escrito cualquier denuncia o reclamo.

-Dejar registro de sugerencias y/o reclamos, en el libro que se encontrará en la Dirección de la Escuela.

3.- RELACIÓN ESCUELA COMUNIDAD

Invitar e incentivar a los padres y apoderado a la participación de las diferentes actividades extraprogramática y de la educación de sus hijos.

(21)

20

CAPITULO III

NORMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y

RESOLUCIO N DE CONFLICTOS

La Ley sobre Violencia Escolar (en adelante LSVE) define la convivencia escolar como “la coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes” (Art. 16 a). Esta “coexistencia armónica” implica reconocer y valorar las diversas experiencias, expresiones culturales, motivaciones, expectativas y formas de relacionarse que trae consigo la diversidad de sujetos que la componen: estudiantes, docentes, asistentes de la educación, sostenedores, familias y directivos.

ARTÍCULO 1º: DEFINICIÓN DE MALTRATO ESCOLAR

El acoso escolar, es una forma de violencia que tiene tres características que lo define y lo diferencia de otras expresiones de violencia:

1.- Se produce entre pares. 2.- Es reiterado en el tiempo.

3.- Existe asimetría de poder entre las partes, es decir, una de ellas tiene más poder que la otra. Este poder puede ser físico o psicológico.

Es una de las expresiones más graves de violencia en el ámbito escolar y requiere ser abordada de manera decidida y oportuna.

Se entenderá por maltrato escolar:

(22)

21

ofender, burlarse reiteradamente, ya sea por su característica física, religión,

orientación sexual, discapacidad, entre otros.

Intimidaciones psicológicas: Amenazas para provocar miedo, u obligar a la víctima a hacer cosas contra su voluntad, hacer gestos groseros.

Agresiones físicas ya sean directas (peleas, agresiones menores, destrozo de materiales personales, pequeños hurtos...).

Aislamiento social, bien sea impidiendo al menor a participar en determinadas actividades o ignorando su presencia.

Acoso de tipo racista que se suelen centrar en minorías étnicas o culturales (sobrenombres, estereotipados...)

Realizar acosos o ataques de connotación sexual, aun cuando no sean constitutivos de delitos.

Exhibir, trasmitir o difundir por medios cibernéticos algún maltrato escolar.

También se considerarán las siguientes conductas:

Portar todo tipo de arma, utensilio u objeto punzante o cortante.

Portar o vender bebidas alcohólicas, drogas o sustancias ilícitas o encontrarse bajo sus efectos.

ARTICULO 2°: COMITE DE CONVIVENCIA ESCOLAR.

Tendrá como funciones:

 Proponer o adoptar las medidas y programas conducentes al mantenimiento de un clima escolar sano.

 Diseñar e implementar los planes de prevención de la violencia escolar del establecimiento.

(23)

22

de las consecuencias del maltrato, acoso u hostigamiento escolar y de

cualquier tipo de conducta contraria a la sana convivencia escolar.

 Designar a uno o más encargados de la convivencia escolar.

 Conocer los informes e investigaciones presentadas por el encargado de convivencia escolar.

 Requerir a la dirección, los profesores o a quien corresponda, informes, reportes, o antecedentes relativos a la convivencia escolar.

 Determinar con el alcance general qué tipo de falta y sanciones serán de su propia competencia y aquellas que puedan resolverse directamente por los profesores u otras autoridades del establecimiento, así como los procedimientos a seguir en cada caso; y aplicar sanciones en los casos fundamentados y pertinentes.

El comité estará integrado por:

Profesor Encagado

Encargado de convivencia Un representante del CCAA Presidente del Centro de Padres

El representante de los Asistente de la Educación. Un representante de la Dupla Psicosocial.

El comité de Convivencia Escolar, se reunirá los días de Reunión de Microcentro y cuando las necesidades por escuela lo requieran de acuerdo a el profesor encargado y/o encargado de Convivencia.

(24)

23

Los/la estudiantes deben manifestar respeto y cortesía hacia todo el personal del

establecimiento y a sus pares.

Los/las estudiantes deben ser cuidadosos(as) en su modo de expresarse a través del lenguaje oral y escrito, gestos y actitudes dentro y fuera del Liceo.

Respetar las opiniones ajenas, aun cuando difieran de las propias y presentar las propias con argumentos fundados, en un espacio de tolerancia y aceptación de la diversidad.

Respetar la privacidad e intimidad de cada persona frente a cualquier situación que exponga al otro al escarnio o humillación pública a través de los medios de comunicación virtual o correspondencia anónima (listas negras, fotologs, Facebook, correo electrónico, grabaciones de celulares, cartas o llamadas de teléfonos anónimos, etc.).

Los/las estudiantes NO deben portar dentro del dentro del establecimiento celulares, joyas, dinero u otros elementos de valor. La pérdida de cualesquiera de ellos, deberá ser asumida exclusivamente por su dueño(a), quedando el Establecimiento exento de toda responsabilidad.

Durante los recreos, los/las estudiantes deberán permanecer en los patios y espacios dispuestos para ello y no en las salas de clases, debiendo mantener una conducta adecuada, evitando los juegos violentos, las agresiones físicas y verbales y el lanzamiento de objetos.

Al toque de timbre o campana para ingresar a clases, los/las estudiantes deben esperar al profesor al interior de la sala de clases y solicitar la respectiva autorización para salir de ella.

(25)

24

durante actos cívicos, deportivos, culturales y otros, realizados dentro o fuera del

establecimiento.

Queda prohibido ingresar con personas ajenas al establecimiento. Cualquier ingreso de este tipo, requiere de una previa autorización del profesor encargado.

(26)

25

/las estudiantes NO deben fumar dentro del establecimiento ni fuera de él mientras

lleven el uniforme del Establecimiento.

los/las estudiantes NO podrán ingresar al establecimiento en estado de intemperancia o portando bebidas alcohólicas, droga o cualquier sustancia que atente contra la salud. Si así lo hicieren serán enviados a Dirección y/o Inspectoría General quienes darán aviso al Apoderado y aplicarán en forma inmediata la sanción correspondiente de acuerdo al Reglamento.

Cuando un/a estudiante por desorden impide el normal desarrollo de la clase, el profesor debe registrar la observación en el libro de clases como una falta grave. La reiteración de esta falta constituirá llamado de apoderado.

Las inasistencias sin justificación a pruebas, interrogaciones, disertaciones y/o cualquier actividad evaluativa programada con anterioridad, dará origen a que éstas sean aplicadas al primer día que el alumno se reintegre a clases. Se exceptúan de lo anterior aquellos/as estudiantes que hayan justificado mediante certificación médica o a través de la persona de su apoderado, antes o el mismo día de las evaluaciones, en cuyo caso serán evaluados en fecha acordada por el profesor del subsector correspondiente.

Los/las estudiantes que falten a la honradez en situaciones de copia en prueba, copia textual de trabajos ya sea de otros o descargados por internet, informes o guías, se les anulará lo realizado y el profesor tendrá la facultad de interrogarlos en el momento de ser constatada la situación, calificando en forma inmediata.

ARTÍCULO 4º: CATEGORIZACIÓN DE LAS FALTAS.

Con el fin de normar algunas conductas, se detalla un listado de ellas, clasificándolas en dos: faltas graves y faltas muy graves.

(27)

26

A) FALTAS GRAVES:

Interrumpir el normal desarrollo de las clases (discusiones, conversaciones, llamar o contestar por celular, etc.)

Faltar a citación del Profesor Jefe, Profesor de Asignatura o algún Docente Directivo. Llegar atrasado al establecimiento frecuentemente.

Conversar por celular en hora de clases o usar audífonos. Faltar a clases y/o pruebas sin conocimiento del Apoderado.

Promover desorden impidiendo el normal desarrollo de las actividades. Copiar en pruebas o presentar trabajos ajenos.

Negarse a dar prueba o interrogación, estando presente en clases. Sustraer pertenencias del establecimiento o de las personas. Fumar dentro del establecimiento o mientras porte el uniforme.

B) FALTAS MUY GRAVES

Agredir con arma de cualquier tipo.

Agredir, insultar o intimidar a sus compañeros/as o a cualquier miembro de la comunidad escolar, de cualquier forma ya sea verbal, física o psicológica.

Ingresar al establecimiento o a actividades organizadas, coordinadas, patrocinadas o supervisadas por éste en estado de ebriedad, drogado/a u otro.

Distribuir o vender bebidas alcohólicas, drogas o sustancias ilícitas al

interior del establecimiento, o mientras porte el uniforme o esté en actividades patrocinadas u organizadas por éste.

Adulterar o falsificar notas o documentos y/o justificativos del Apoderado. Agredir sexualmente a sus pares.

Dañar o sustraer libros de clases o documentos públicos.

(28)

27

Salir del establecimiento sin autorización o antes del término de la jornada.

No ingresar a clases, estando dentro del establecimiento.

Exclamar insultos o garabatos, hacer gestos obscenos o amenazantes u ofender reiteradamente a cualquier miembro de la comunidad escolar.

Ejercer violencia física en contra de un/a estudiante o cualquier miembro de la comunidad educativa.

Chantajear, amenazar, intimidar, hostigar, acosar, burlarse de un/a estudiante u otro miembro de la comunidad educativa.

Discriminar a un miembro de la comunidad educativa, ya sea por su condición social, económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos físicos o cualquier otra circunstancia.

Injuriar o desprestigiar a un/a estudiante o a cualquier otro integrante de la comunidad educativa a través de chats, blogs, fotologs, mensajes de textos, correos electrónicos, foros, twitter, o cualquier servidor que almacenan videos o fotografías, ya sean sitios webs, teléfonos o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico.

Realizar acosos o ataques de connotación sexual hacia los/las estudiantes o cualquier integrante de la comunidad educativa, aun cuando no sean constitutivos de delito.

Se considera falta muy grave cualquier omisión de delito, dentro del establecimiento o vinculado con él.

(29)

28

Realizar a otros tocasiones, frotaciones corporales y prácticas de connotación sexual.

Consumir cualquier tipo de droga dentro o fuera del establecimiento en horario de clases.

ARTÍCULO 5º: DESCRIPCIÓN DE LAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS.

Con el sentido de orientar en valores, salvaguardar el bien común y garantizar que el proceso de enseñanza se realice en condiciones normales, se establecen las siguientes instancias disciplinarias:

Amonestación Verbal: El profesor/a jefe conversa con el/la estudiante, analizando el problema y orientándolo/la para no reincidir en la falta cometida.

Observación escrita en la hoja de vida del o la estudiante: Es una instancia en que un/a profesor/a registra en la hoja de vida del o la estudiante la constancia de que éste/ésta ha cometido una falta grave o muy grave. El profesor/a deberá leer la observación escrita en el instante que este la registre y el alumno deberà firmar como gesto de conocimiento de la observaciòn.

Entrevista del Profesor/a Jefe con el/la estudiante y el Apoderado: Es una acción orientadora del profesor/a Jefe, donde se analiza el problema en forma conjunta, estableciendo el compromiso expreso, tanto del o la estudiante como de su Apoderado, de revertir la mala conducta observada, el cual deberá quedar registrado en la hoja de vida. Dejando còmo evidencia el acuerdo firmado por las partes involucradas: estudiante apoderado y profesor.

Consejo de Profesores de Curso o Reuniones de Microcentro : Instancia donde los profesores analizan las situaciones de los/las estudiantes con problemas disciplinarios muy graves. Este consejo establece las condiciones en que estos/as estudiantes pueden continuar en el Establecimiento y emite un informe fundamentado. La

(30)

29

condicionalidad se mantendrá mientras no sea levantada por esta misma instancia,

después de analizar el caso.

Derivación Psicosocial: Terapia personal, familiar, grupal, talleres de reforzamiento, educación o de control de las conductas contrarias a la sana convivencia escolar.

Asistencia a charlas o talleres administrados por el Equipo Psicosocial, relativos al problema que manifiesta el/la estudiante.

Carta de Compromiso: Es la última instancia, donde el/la estudiante y su Apoderado firman un compromiso con en Profesor Encargado. Aquí se estipulan los cambios positivos que debe tener el/la estudiante para permanecer en el Establecimiento. El retiro se hará efectivo cuando no se cumplan los compromisos firmados.

Expulsión del Establecimiento Educacional, sólo en casos de especial gravedad, debidamente fundamentados, después de haber agotado todas las medidas correctivas anteriores.

Si el responsable de una falta grave o muy grave fuera un funcionario del establecimiento, se aplicarán las medidas contempladas en normas internas, así como la legislación pertinente.

Si el responsable fuera el padre, madre o apoderado de un alumno o alumna se deberá asignar un nuevo apoderado y se le prohibirá el ingreso al establecimiento.

ARTÍCULO 6º: SANCIONES A LAS FALTAS DISCIPLINARIAS.

A) Faltas Graves:

Con una y dos faltas graves registradas en la hoja de vida se procederá a la amonestación verbal por parte del Profesor/a Encargado.

(31)

30

Con tres faltas graves registradas en la hoja de vida, comunicación y citación al

Apoderado por parte del Profesor/a Encargado y Encargado de convivencia, para conversar la situación y hacer que el Apoderado se comprometa en el proceso de revertir la mala conducta de su pupilo.

Con cuatro faltas graves registradas en la hoja de vida, se procederá a una segunda citación del Apoderado por parte del Profesor Encargado. Para ello, y de manera conjunta al encargado de convivencia, el estududiante deberá asistir a talleres de terapia personal y/o social con la dupla psicosocial quienes le/la ayudarán a reflexionar sobre su conducta. En caso que esta medida no sea cumplida por el/la estudiante se procederá a una suspensión por un máximo de tres días.

Si el Apoderado no concurriere a las citaciones de los puntos 2 y 3, el/la estudiante, junto a un funcionario no docente designado por del establecimiento, concurrirán a su domicilio para regresar con el Apoderado y proceder a efectuar la entrevista programada.

B) Faltas Muy Graves:

Con una falta muy grave registrada en la hoja de vida: Comunicación y Citación al Apoderado por parte del Profesor/a Encargado para conversar la situación en forma conjunta con la Unidad de Orientación y hacer que el Apoderado se comprometa en el proceso de revertir la mala conducta de su pupilo/a. Al mismo tiempo, se le comunicará que por dicho motivo el/la estudiante estará suspendido de clases por 3 días como mínimo, dependiendo de la gravedad de la falta.

Cuando existan antecedentes fundados que demuestren reiteración sistemática de faltas muy graves, debidamente comprobadas en la hoja de vida del o la estudiante, se procederá al análisis del caso por el Consejo Escolar, quienes podrán aplicar una medida disciplinaria que va desde la establecida en el Articulo 10. Punto 3 hasta la

(32)

31

cancelación de la matrícula, dependiendo de la gravedad de la falta. Al mismo tiempo

y cuando lo amerite, se procederá a la respectiva firma de compromisos, orientados a revertir la mala conducta observada. El no cumplimiento de los compromisos establecidos será causal de la cancelación inmediata de la matrícula.

Al producirse una falta no considerada en este Reglamente de convivencia y dependiendo de la gravedad de ésta, la Dirección del Liceo, tendrá la facultad de aplicar sanciones que van desde solicitar el análisis del caso por parte de los miembros del Microcentro y/o por el Consejo Escolar, hasta proceder a la cancelación de la matrícula, independientemente que el/la estudiante no cuente con antecedentes negativos previos a la provocación de dicha falta.

ARTÍCULO 7º: APELACIÓN A SANCIONES DISCIPLINARIAS.

Los/las estudiantes con alguna sanción disciplinaria, junto con su Apoderado, podrán apelar por escrito al Profesor Encargado de Convivencia, para obtener una reconsideración de las medidas tomadas por sus faltas graves o muy graves, de acuerdo al art. 6º letra d de la Ley de Subvenciones.

ARTÍCULO 8º: SITUACIONES ESPECIALES.

Para resguardar la continuidad de estudios de las alumnas embarazadas o madres, se hará un análisis de cada caso, elaborando un cronograma de evaluaciones que les permita regularizar su situación dentro de sus reales posibilidades.

Los/las estudiantes que pertenezcan al PIE, tendrán la facilidad para asistir al aula de recursos y ser atendidos por el Profesor Especialista, de acuerdo a la opción correspondiente.

A los/las estudiantes que hayan tenido que dejar el Establecimiento por incumplimiento de compromisos, después de haber pasado por todas las instancias disciplinarias, se les ofrecerá la posibilidad de rendir evaluaciones sumativas programadas en forma especial y así tener la oportunidad para dar cumplimiento a los

(33)

32

requisitos académicos de promoción.

ARTÍCULO 9: DEL MALTRATO ESCOLAR

Se entenderá por maltrato escolar cualquier acción u omisión intencional, ya sea física o psicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos o cibernéticos, en contra de cualquier integrante de la comunidad educativa, enmarcado en el contexto escolar, siempre que pueda:

Producir a la víctima del maltrato el temor razonable de sufrir un menoscabo considerable en su integridad física o psíquica, su vida privada, su propiedad o en otros derechos fundamentales.

Crear un ambiente escolar hostil, intimidatorio, humillante o abusivo; o

Dificultar o impedir a la víctima del maltrato su desarrollo o desempeño académico, afectivo, moral, intelectual, espiritual o físico.

ARTÍCULO 10°: TIPOS DE CONDUCTAS CONSTITUTIVAS DE MALTRATO ESCOLAR

Se consideran constitutivas de maltrato escolar, entre otras, las siguientes conductas:

Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u ofender reiteradamente a cualquier miembro de la comunidad educativa:

Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un/a estudiante u otro miembro de la comunidad educativa;

Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un/a estudiante u otro miembro de la comunidad educativa (por ejemplo: utilizar

(34)

33

sobrenombres hirientes, mofarse, o burlarse de características físicas, etc.);

Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición social, situación económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos físicos o cualquier otra circunstancia;

Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un estudiante o a cualquier otro integrante de la comunidad educativa a través de chats, blog, fotolog, mensajes de textos, correos electrónicos, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, sitios webs, teléfonos o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico.

Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de maltrato escolar;

Realizar acosos o ataques de connotación sexual, aun cuando no sean constitutivos de delito;

Utilizar con objetivo intimidatorio, todo tipo de armas, instrumentos, utensilios u objetos cortantes, punzantes o contundentes, ya sean genuinos o con apariencia de ser reales.

ARTÍCULO 11°: CRITERIOS DE APLICACIÓN DE SANCIONES DISCIPLINARIAS.

Toda sanción o medida debe tener un carácter claramente formativo para todos los involucrados y para la comunidad en su conjunto. Será impuesta conforme a la gravedad de la conducta, respetando la dignidad de los involucrados, y procurando la mayor protección y reparación del afectado y la formación del responsable.

Deberán tomarse en cuenta al momento de determinar la sanción o medida, los siguientes criterios:

(35)

34

La edad, la etapa de desarrollo y madurez de las partes involucradas;

La naturaleza, intensidad y extensión del daño causado;

La naturaleza, intensidad y extensión de la agresión por factores como: La pluralidad y grado de responsabilidad de los agresores;

El carácter vejatorio o humillante del maltrato;

Haber actuado en anonimato, con una identidad falsa u ocultando el rostro.

Haber obrado a solicitud de un tercero o bajo recompensa; Haber agredido a un profesor o funcionario del establecimiento; La conducta anterior del responsable;

El abuso de una posición superior, ya sea física, moral, de autoridad u otra; La discapacidad o indefensión del afectado.

ARTICULO 12°: PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN

I.- PROTOCOLO MALTRATO FÍSICO ENTRE ESTUDIANTES:

1.- PROCEDIMIENTO:

1.1.- Recepción de la denuncia por parte de Docentes, Asistentes de la Educación o cualquier Miembro del Equipo de Gestión, quienes deberán remitir el hecho al Encargado/a de Convivencia Escolar.

1.2.- Registro por escrito de la denuncia, por parte del Encargado/a de Convivencia Escolar, en el correspondiente libro habilitado para tal efecto.

1.3.- Reporte del hecho por parte del Encargado/a de Convivencia Escolar, al profesor Encargado del establecimiento. En caso que el profesor Encargado/a sea objeto de

(36)

35

denuncia el reporte será presentado al Coordinador/a del Microcentro para establecer

soluciones de forma interna.

1.4.- El profesor encargado o coordinador del microcentro Instruye al Encargado/a de Convivencia Escolar, que desarrolle una investigación de la denuncia.

1.5.- Encargado/a de Convivencia Escolar informa a los Apoderados de los estudiantes involucrados en la situación de maltrato escolar. (víctima/s, victimario/s).

1.6.- El plazo máximo de la investigación será de cinco días hábiles.

1.7.- Una vez concluido el plazo el Encargado/a de Convivencia Escolar, informa el resultado de la investigación al profesor encargado de o Coordinador de Microcentro; ambos determinan sanciones de acuerdo a este Reglamento.

1.8 Profesor encaegado del establecimiento informa del resultado de la investigación a los Apoderados de los estudiantes involucrados (victima/s, victimario/s).

2.- MEDIDAS Y SANCIONES DISCIPLINARIAS PARA EL MALTRATO FÍSICO ENTRE ESTUDIANTES, EN UN CONTEXTO ESCOLAR.

El maltrato físico entre estudiantes en un contexto escolar, es una falta de extrema gravedad, para la cual se aplicarán las siguientes medidas y sanciones disciplinarias,

2.1.- Amonestación por escrito en hoja de vida del o los victimario/s.

2.2.- Comunicación y Citación al apoderado del o los victimario/s.

2.3.- Suspensión de clases por mínimo 3 días.

(37)

36

gravedad del maltrato físico y/o reincidencia en la conducta.

2.5.- No renovación de la matrícula para el siguiente año, en caso de reincidencia y/o gravedad del maltrato físico.

2.6.- Expulsión del establecimiento educacional, sólo aplicable en casos de especial gravedad, debidamente fundamentado y luego de haber agotado todas las medidas correctivas anteriores, con pleno respeto al principio del debido proceso establecido en las normas respectivas.

3.- ACCIONES DE MITIGACIÓN Y PREVENCIÓN DEL MALTRATO FÍSICO ENTRE ESTUDIANTES EN CONTEXTO ESCOLAR.

3.1.- Orientación Psicosocial personal, familiar y grupal, talleres de prevención de la violencia escolar y control de conductas contrarias a la sana convivencia escolar.

3.2.- Derivación a Redes de Apoyo existentes en la Comuna.

II.- PROTOCOLO MALTRATO PSICOLÓGICO ENTRE ESTUDIANTES:

1.- PROCEDIMIENTO:

1.1.- Recepción de la denuncia por parte de Docentes, Asistentes de la Educación o cualquier Miembro del Equipo de Gestión, quienes deberán remitir el hecho al Encargado/a de Convivencia Escolar.

1.2.- Registro por escrito de la denuncia, por parte del Encargado/a de Convivencia Escolar, en el correspondiente libro o formato de registro habilitado para tal efecto.

(38)

37

Encargado del establecimiento. En caso que el profesor Encargado/a sea objeto de

denuncia el reporte será presentado al Coordinador/a del Microcentro para establecer soluciones de forma interna.

1.4.- Profesor Encargado o Coordinador del Microcentro instruye al Encargado/a de Convivencia Escolar, que desarrolle una investigación de la denuncia.

1.5.- Encargado/a de Convivencia Escolar informa a los Apoderados de los estudiantes involucrados en la situación de maltrato psicológico. (víctima/s, victimario/s).

1.6.- El plazo máximo de la investigación será de cinco días hábiles.

1.7.- Una vez concluido el plazo el Encargado/a de Convivencia Escolar, informa el resultado de la investigación al Director del establecimiento; ambos determinan sanciones de acuerdo a este Reglamento.

1.8.- Encargado de Escuela del establecimiento informa del resultado de la investigación a los Apoderados de los estudiantes involucrados (victima/s, victimario/s).

2.- MEDIDAS Y SANCIONES DISCIPLINARIAS PARA EL MALTRATO PSICOLÓGICO ENTRE ESTUDIANTES, EN UN CONTEXTO ESCOLAR.

El maltrato psicológico entre estudiantes en un contexto escolar, es una falta de extrema gravedad, para la cual se aplicarán las siguientes medidas y sanciones disciplinarias,

2-1.- Amonestación por escrito en hoja de vida del o los victimario/s.

(39)

38

2.3.- Suspensión por mínimo 3 días

2.4.- Condicionalidad de la matrícula del estudiante victimario en caso de la gravedad del maltrato psicológico y/o reincidencia en la conducta.

2.5.- No renovación de la matrícula para el siguiente año, en caso de reincidencia y/o gravedad del maltrato psicológico.

2.6.- Expulsión del establecimiento educacional, sólo aplicable en casos de especial gravedad, debidamente fundamentado y luego de haber agotado todas las medidas correctivas anteriores, con pleno respeto al principio del debido proceso establecido en las normas respectivas.

3.- ACCIONES DE MITIGACIÓN Y PREVENCIÓN DEL MALTRATO PSICOLÓGICO ENTRE ESTUDIANTES EN CONTEXTO ESCOLAR.

3.1.- Orientación Psicosocial personal, familiar y grupal, talleres de prevención de la violencia escolar y control de conductas contrarias a la sana convivencia escolar.

3.2.- Derivación a Redes de Apoyo existentes en la Comuna.

III.- PROTOCOLO MALTRATO FÍSICO ADULTO A ESTUDIANTES EN CONTEXTO ESCOLAR: (En este caso el adulto involucrado puede ser: Docente, Asistente de la Educación y/o Apoderado).

1.- PROCEDIMIENTO:

1.1.- Recepción de la denuncia por parte de Docentes, Asistentes de la Educación o cualquier Miembro del Equipo de Gestión, quienes deberán remitir el hecho al

(40)

39

Encargado/a de Convivencia Escolar.

1.2.- Registro por escrito de la denuncia, por parte del Encargado/a de Convivencia, en el correspondiente libro habilitado para tal efecto.

1.3.- Reporte del hecho por parte del Encargado/a de Convivencia Escolar, al profesor Encargado del establecimiento. En caso que el profesor Encargado/a sea objeto de denuncia el reporte será presentado al Coordinador/a del Microcentro para establecer soluciones de forma interna.

1.4.- De acuerdo a la posible constitución de delito y vulneración de derechos del niño, niña y/o adolescente, el Establecimiento deberá informar del hecho a Carabineros, PDI, Ministerio Público o Tribunales competentes, tal como se menciona en el artículo 17 de este Reglamento.

1.5.- Profesor Encargado instruye al encargado de convivencia escolar, que desarrolle una investigación de la denuncia.

1.6.- Encargado/a de Convivencia Escolar informa a o los Apoderados del o los estudiante/s involucrado/s en la situación de maltrato físico por parte de un adulto (Docente, Asistente de la Educación, Apoderado).

1.7.- El plazo máximo de la investigación será de cinco días hábiles.

1.8.- Una vez concluido el plazo el Encargado/a de Convivencia Escolar, informa el resultado de la investigación al Profesor Encargado/a del establecimiento; ambos determinan medidas internas respecto del adulto involucrado.

1.9.- Profesor Encargado del establecimiento informa del resultado de la investigación a o los Apoderado/s del o los estudiante/s afectado/s.

(41)

40

2.- MEDIDAS Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS PARA EL ADULTO EN UN

MALTRATO FÍSICO HACIA UN ESTUDIANTE, EN UN CONTEXTO ESCOLAR.

2.1.- Profesor Encargado informa mediante oficio al Jefe DAEM del hecho acontecido.

2.2.- Si el responsable fuere un funcionario del establecimiento, se aplicarán las medidas contempladas en normas internas, así como en la legislación pertinente.

2.3.- Si el responsable fuere el padre, madre o apoderado de un/a estudiante, se podrán disponer medidas como la obligación de designar un nuevo apoderado o la prohibición de ingreso al establecimiento.

3.- ACCIONES DE MITIGACIÓN Y PREVENCIÓN DEL MALTRATO FISICO DE ADULTO A ESTUDIANTES EN CONTEXTO ESCOLAR.

3.1.- Orientación Psicosocial personal, familiar y grupal, talleres de prevención de la violencia escolar y control de conductas contrarias a la sana convivencia escolar.

(42)

41

IV.- PROTOCOLO MALTRATO PSICOLÓGICO ADULTO A ESTUDIANTES EN

CONTEXTO ESCOLAR: (En este caso el adulto involucrado puede ser: Docente, Asistente de la Educación y/o Apoderado).

1.- PROCEDIMIENTO:

1.1.- Recepción de la denuncia por parte de Docentes, Asistentes de la Educación o cualquier miembro del Equipo de Gestión, quienes deberán remitir el hecho al Encargado/a de Convivencia Escolar.

1.2.- Registro por escrito de la denuncia, por parte del Encargado/a de Convivencia Escolar, en el correspondiente libro habilitado para tal efecto.

1.3.- Reporte del hecho por parte del Encargado/a de Convivencia Escolar, al profesor Encargado del establecimiento. En caso que el profesor Encargado/a sea objeto de denuncia el reporte será presentado al Coordinador/a del Microcentro para establecer soluciones de forma interna.

1.4.- De acuerdo a la posible constitución de delito y vulneración de derechos del niño, niña y/o adolescente, el establecimiento deberá informar del hecho a Carabineros, PDI, Ministerio público o Tribunales competentes, tal como se menciona en el artículo 17 de este Reglamento.

1.5.- Profesor Encargado instruye al Encargado/a de Convivencia Escolar, que desarrolle una investigación de la denuncia.

1.6.- Encargado/a de Convivencia Escolar informa a o los Apoderados del o los estudiante/s involucrado/s en la situación de maltrato psicológico por parte de un adulto (docente, asistente de la educación, apoderado).

(43)

42

1.7.- El plazo máximo de la investigación será de cinco días hábiles.

1.8.- Una vez concluido el plazo el Encargado/a de Convivencia Escolar, informa el resultado de la investigación al Profesor Encargado del Establecimiento ; ambos determinan medidas internas respecto del adulto involucrado.

1.9.- Profesor Encargado del establecimiento informa del resultado de la investigación a o los Apoderado/s del o los estudiante/s afectado/s.

2.- MEDIDAS Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS PARA EL ADULTO EN UN MALTRATO PSICOLÓGICO HACIA UN ESTUDIANTE, EN UN CONTEXTO ESCOLAR.

2.1.- Profesor Encargado informa mediante oficio al Jefe DAEM del hecho.

2.2.- Si el responsable fuere un funcionario del establecimiento, se aplicarán las medidas contempladas en normas internas, así como en la legislación pertinente.

2.3.- Si el responsable fuere el padre, madre o apoderado de un/a estudiante, se podrán disponer medidas como la obligación de designar un nuevo apoderado o la prohibición de ingreso al establecimiento.

3.- ACCIONES DE MITIGACIÓN Y PREVENCIÓN DEL MALTRATO PSICOLÓGICO DE ADULTO A ESTUDIANTES EN CONTEXTO ESCOLAR.

3.1.- Orientación Psicosocial personal, familiar y grupal, talleres de prevención de la violencia escolar y control de conductas contrarias a la sana convivencia escolar.

(44)

43

V.- PROTOCOLO MALTRATO FISICO DE ESTUDIANTES A ADULTO (DOCENTE,

ASISTENTE DE LA EDUCACIÓN, APODERADO):

1.- PROCEDIMIENTO:

1.1.- Recepción de la denuncia por parte de Docentes, Asistentes de la Educación o cualquier Miembro del Equipo de Gestión, quienes deberán remitir el hecho al Encargado/a de Convivencia Escolar.

1.2.- Registro por escrito de la denuncia, por parte del Encargado/a de Convivencia Escolar, en el correspondiente libro habilitado para tal efecto.

1.3.- Reporte del hecho por parte del Encargado/a de Convivencia Escolar, al profesor Encargado del establecimiento. En caso que el profesor Encargado/a sea objeto de denuncia el reporte será presentado al Coordinador/a del Microcentro para establecer soluciones de forma interna.

1.4.- Profesor Encargado instruye al Encargado/a de Convivencia Escolar, que desarrolle una investigación de la denuncia.

1.5.- Encargado/a de Convivencia Escolar informa a los Apoderados de o los estudiante/s involucrado/s en la situación de maltrato físico a un adulto.

1.6.- El plazo máximo de la investigación será de cinco días hábiles.

1.7.- Una vez concluido el plazo el Encargado/a de Convivencia Escolar, informa el resultado de la investigación al Profesor Encargado del establecimiento; ambos determinan sanciones de acuerdo a este Reglamento.

(45)

44

1.8.- Profesor Encargado del establecimiento informa del resultado de la investigación

a o los Apoderado/s del o los estudiante/s involucrados.

2.- MEDIDAS Y SANCIONES DISCIPLINARIAS PARA EL MALTRATO FÍSICO DE ESTUDIANTE A UN ADULTO, EN UN CONTEXTO ESCOLAR.

El maltrato físico de un estudiantes a un adulto en un contexto escolar, es una falta de extrema gravedad, para la cual se aplicarán las siguientes medidas y sanciones disciplinarias,

2.1.- Amonestación por escrito en hoja de vida del o los victimario/s.

2.2.- Comunicación y Citación al Apoderado del o los victimario/s.

2.3. - Condicionalidad de la matrícula del o la estudiante victimario/a en caso de la gravedad del maltrato físico y/o reincidencia en la conducta.

2.4.- No renovación de la matrícula para el siguiente año, en caso de reincidencia y/o gravedad del maltrato físico.

2.5.- Expulsión del establecimiento educacional, sólo aplicable en casos de especial gravedad, debidamente fundamentado y luego de haber agotado todas las medidas correctivas anteriores, con pleno respeto al principio del debido proceso establecido en las normas respectivas.

3.- ACCIONES DE MITIGACIÓN Y PREVENCIÓN DEL MALTRATO FISICO DE UN ESTUDIANTES A UN ADULTO EN CONTEXTO ESCOLAR.

3.1.- Orientación Psicosocial personal, familiar y grupal, talleres de prevención de la violencia escolar y control de conductas contrarias a la sana convivencia escolar.

(46)

45

3.2.- Derivación a Redes de Apoyo existentes en la Comuna.

VI.- PROTOCOLO MALTRATO PSICOLÓGICO DE ESTUDIANTES A ADULTO (DOCENTE, ASISTENTE DE LA EDUCACIÓN, APODERADO):

1.- PROCEDIMIENTO:

1.1.- Recepción de la denuncia por parte de Docentes, Asistentes de la Educación o cualquier Miembro del Equipo de Gestión, quienes deberán remitir el hecho al Encargado/a de Convivencia Escolar.

1.2.- Registro por escrito de la denuncia, por parte del Encargado/a de Convivencia Escolar, en el correspondiente libro habilitado para tal efecto.

1.3.- Reporte del hecho por parte del Encargado/a de Convivencia Escolar, al profesor Encargado del establecimiento. En caso que el profesor Encargado/a sea objeto de denuncia el reporte será presentado al Coordinador/a del Microcentro para establecer soluciones de forma interna.

1.4.- Profesor Encargado instruye al Encargado/a de Convivencia Escolar, que desarrolle una investigación de la denuncia.

1.5.- Encargado/a de Convivencia Escolar informa a los Apoderados de o los estudiante/s involucrado/s en la situación de maltrato psicológico a un adulto.

1.6.- El plazo máximo de la investigación será de cinco días hábiles.

1.7.- Una vez concluido el plazo el Encargado/a de Convivencia Escolar, informa el resultado de la investigación al Director del establecimiento; ambos determinan

(47)

46

sanciones de acuerdo a este reglamento.

1.8.- Director del establecimiento informa del resultado de la investigación a o los Apoderado/s del o los estudiante/s involucrados.

2.- MEDIDAS Y SANCIONES DISCIPLINARIAS PARA EL MALTRATO PSICOLOGICO DE ESTUDIANTES A UN ADULTO, EN UN CONTEXTO ESCOLAR.

El maltrato psicológico de un estudiantes a un adulto en un contexto escolar, es una falta de extrema gravedad, para la cual se aplicarán las siguientes medidas y sanciones disciplinarias,

2.1.- Amonestación por escrito en hoja de vida del o los victimario/s.

2.2.- Comunicación y Citación al Apoderado del o los victimario/s.

2.3.- Trabajo en la biblioteca con un plan pedagógico especial a cargo de un Docente y/o Asistente de la Educación, durante la jornada escolar (mañana), mientras se desarrollan acciones de mitigación de la situación de maltrato psicológico.

2.4.- Condicionalidad de la matrícula del estudiante victimario en caso de la gravedad del maltrato psicológico y/o reincidencia en la conducta.

2.5.- No renovación de la matrícula para el siguiente año, en caso de reincidencia y/o gravedad del maltrato psicológico.

2.6.- Expulsión del establecimiento educacional, sólo aplicable en casos de especial gravedad, debidamente fundamentado y luego de haber agotado todas las medidas correctivas anteriores, con pleno respeto al principio del debido proceso establecido en las normas respectivas.

(48)

47

3.- ACCIONES DE MITIGACIÓN Y PREVENCIÓN DEL MALTRATO PSICOLOGICO

DE ESTUDIANTES A UN ADULTO EN CONTEXTO ESCOLAR.

3.1.- Orientación Psicosocial personal, familiar y grupal, talleres de prevención de la violencia escolar y control de conductas contrarias a la sana convivencia escolar.

Referencias

Documento similar

De hecho, este sometimiento periódico al voto, esta decisión periódica de los electores sobre la gestión ha sido uno de los componentes teóricos más interesantes de la

Ciaurriz quien, durante su primer arlo de estancia en Loyola 40 , catalogó sus fondos siguiendo la división previa a la que nos hemos referido; y si esta labor fue de

Las manifestaciones musicales y su organización institucional a lo largo de los siglos XVI al XVIII son aspectos poco conocidos de la cultura alicantina. Analizar el alcance y

Como medida de precaución, puesto que talidomida se encuentra en el semen, todos los pacientes varones deben usar preservativos durante el tratamiento, durante la interrupción

dente: algunas decían que doña Leonor, "con muy grand rescelo e miedo que avía del rey don Pedro que nueva- mente regnaba, e de la reyna doña María, su madre del dicho rey,

Abstract: This paper reviews the dialogue and controversies between the paratexts of a corpus of collections of short novels –and romances– publi- shed from 1624 to 1637:

Habiendo organizado un movimiento revolucionario en Valencia a principios de 1929 y persistido en las reuniones conspirativo-constitucionalistas desde entonces —cierto que a aquellas

o Si dispone en su establecimiento de alguna silla de ruedas Jazz S50 o 708D cuyo nº de serie figura en el anexo 1 de esta nota informativa, consulte la nota de aviso de la