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COLEGIO CRISTIANO BELÉN VALDIVIA Una relación con Cristo como estilo de vida. COLEGIO CRISTIANO BELEN

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(1)

COLEGIO CRISTIANO

BELEN

REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACION Y

PROMOCION ESCOLAR DE ESTUDIANTES DE

ENSEÑANZA BASICA

2015

(2)

INDICE

I.- REGLAMENTO DE EVALUACIÓN PROMOCIÓN 2013 Pág. 3

a) Objetivos de avance de Unidad Educativa 2013. Pág. 4 b) Estructura de Evaluaciones escritas según Paradigma Socio-cognitivo. Pág. 4

II.- EVALUACION

a) Estrategias de evaluación Pág. 5

b) Informes de resultados académicos a Padres y Apoderados. Pág. 6

c) Régimen de Evaluación. Pág. 7

d) Rol del Profesor en la Evaluación. Pág. 10

e) Talleres de Jornada Escolar Completa (JEC). Pág. 10

f) Sector de Religión. Pág. 10

g) Evaluación Proyecto Integración Escolar( PIE) Pág. 11

III.-PROMOCION

a) Promoción asistencia. Pág. 12

IV.- DERECHO DE INFORMACIÓNDE LOS ESTUDIANTES

a) Comunicar a los alumnos. Pág.

b) Situaciones especiales. Pág. 13

(3)

REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACION Y PROMOCION ESCOLAR DE ESTUDIANTES DE ENSEÑANZA BASICA: NB1-NB2-NB3-NB4-NB5-NB6

Las bases para la elaboración de este reglamento son: Proyecto Educativo Institucional.

Planes y Programas de Estudio vigentes (MINEDUC).

Decreto 511/1997 (7° y 8° Básico) modificado por el Decreto 107/2003.

Decreto 107/2003 (Flexibilización de la Promoción automática 1º y 3º Básico)

Decreto Supremo 439/2011 ( 1° - 6° básico.) : Decreto 2960 EXENTO (aprueba planes y programas de

estudio de educación básica en cursos y asignaturas que indica).

Asignaturas: Lenguaje y Comunicación; Matemática; Historia, Geografía y Ciencias Sociales; Ciencias

Naturales; e Idioma Extranjero Inglés

Decreto Supremo 433/2012 ( 1° - 6° básico.)

Asignaturas: Educación Física y Salud; Música; Artes Visuales; Orientación; y Tecnología; Decreto 924/1983 (Religión )

Decreto 289/2001 (Bases Curriculares Educación Parvularia)

El “Colegio Cristiano Belén” entiende el proceso de evaluación como una instancia de diagnóstico y reflexión permanente de los procesos didácticos, es decir, que el alumno y alumna al ser evaluado tome conciencia de la realidad y asuma compromisos para mejorar.

Más que un proceso de adquisición y elaboración de información, más que una expresión de juicio a partir de la información recogida, será una instancia de aprendizaje.

La evaluación, en consecuencia, no tiene como objetivo condenar los errores del estudiante, si no más bien, que sirvan como mesura de nuevos y mejores logros y avances por parte del estudiante.

Evaluación es entonces:“Un proceso que acompaña al aprendizaje escolar en forma permanente, aportando

distintos tipos de antecedentes para su estudio diligente y junto con valorar los niveles alcanzados, iniciar acciones destinadas a lograr niveles de competencias, por intermedio de una multiplicidad de procedimientos evaluativos. Además la evaluación es cualitativa, cuantitativa, integral, continua, formativa, precisa y transparente.”

(4)

I.- REGLAMENTO DE EVALUACIÓN 2013

a)

OBJETIVOS DE AVANCE DE UNIDAD EDUCATIVA AÑO 2014.

INGRESO AL SISTEMA.

Los Sres. (as) Directores(as) de Establecimientos Educacionales deben cautelar que durante el período de matrícula se dé estricto cumplimiento a la normativa respecto de la edad de ingreso en los diferentes niveles educacionales:

2.1. Primer Nivel de Transición: 4 años cumplidos al 31 de marzo del año 2014, para párvulos de Primer Nivel de Transición.

2.2. Segundo Nivel de Transición Mayor: El único requisito es que el niño o niña tenga cumplido 5 años al 31 de marzo del año 2014, dando preferencia a los niños y niñas que tienen su domicilio en el sector. 2.3. Primer Año Básico: El único requisito de ingreso es que el niño o la niña tenga cumplido 6 años de edad al 31 de marzo del año 2014, dando primera preferencia a quienes tienen su domicilio en el sector. Sin embargo, se faculta al Director(a) del Establecimiento Educacional para decidir la admisión de los(as) alumnos(as) al Primero y Segundo Nivel de Transición y a los alumnos a Primer Año Básico que, cumplan las edades antes dichas, en fechas posteriores que no excedan al 30 de Junio del año 2014. Los Directores(as) deberán comunicar esta decisión al Departamento Provincial de Educación en un plazo de 30 días. (Decreto Exento N° 1718 de septiembre de 2011).

2.4 Entregar a cada apoderado un documento breve o una síntesis del Reglamento Interno de Evaluación, incluido el Reglamento Interno de Convivencia Escolar; de acuerdo a las nuevas orientaciones emanadas del Ministerio de Educación.

2.5 Registro del establecimiento de la aceptación y conocimiento de los Reglamentos de parte de los Padres y Apoderados;

2.6 Encuesta sobre la aceptación de la clase de Religión, para todos los colegios;

OBJETIVO FUNDAMENTAL

Educar niños, niñas y jóvenes en forma integral, estimulando y desarrollando en ellos su

inteligencia, afectividad y espiritualidad para que sean capaces de “saber”, “saber hacer” y “ser” y

puedan así servir al prójimo y mantener una relación intima con Cristo.

OBJETIVO COGNITIVO

Desarrollar en los estudiantes las habilidades cognitivas contenidas en los programas de estudio, aplicándolas en el trabajo intelectual en concordancia con las diferentes asignaturas, ejecutadas de manera integrada.

OBJETIVOS AFECTIVOS

- Formar niños y jóvenes que sean capaces de vivir el AMOR a DIOS dando testimonio de su compromiso cristiano.

- Formar niños y jóvenes que sean capaces de vivir en SOLIDARIDAD desarrollando un clima de compañerismo y de valoración de la persona humana.

(5)

- Formar niños y jóvenes que sean capaces de vivir el RESPETO con su propia persona, sus pares, su entorno y toda la comunidad.

- Formar niños y jóvenes que sean capaces de actuar con RESPONSABILIDAD en las diferentes situaciones de la vida diaria.

b)

EVALUACION ESCRITA - Asignatura - Nombre - Curso - Habilidades - Objetivos de Aprendizaje - Puntaje ideal - Puntaje real - Calificación II EVALUACIÓN

a) Estrategias para evaluar

Artículo 1º Las disposiciones del siguiente Reglamento se aplicarán en el Colegio Cristiano Belén de Valdivia en los niveles NB1–NB2–NB3- NB4–NB5- NB6. Decreto de Evaluación: Nº 511/97 (Enseñanza Básica), Decreto Supremo 439/2011 ( 1° - 6° básico.) : Decreto 2960 EXENTO, Decreto 924/1983 (Religión ) y el Decreto 289/2001 ( Educ. Parvularia )

Artículo 2º Se trabajará con estrategias metodológicas que permitan el desarrollo de, habilidades y de valores- actitudes a través de contenidos, métodos y objetivos de aprendizajes para cada

nivel.

Artículo 3º La evaluación se orientará a:

a) Diagnosticar los conceptos básicos de aprendizaje, en cada asignatura y en todos los niveles para comenzar el trabajo correspondiente al año respectivo.

b) Reforzar objetivos y contenidos, de acuerdo a los resultados de la Evaluación Diagnóstica. c) Evaluar habilidades y valores.

d) Medir los logros de los objetivos de aprendizajes.

e) Evaluar los procedimientos más adecuados para la solución de problemas planteados. f) Conocer, optar, vivir y evaluar las actitudes positivas que conllevan a una buena relación

(6)

Artículo 4º La evaluación se centrará en tres tipos: 1.- Evaluación diagnóstica ( Inicio)

2.- Evaluación de Proceso.( Guías, trabajos prácticos, test, trabajos de investigación, disertaciones, etc).

3.- Evaluación de objetivos de Aprendizajes ( Evaluaciones escritas).

Artículo 5º Evaluación al iniciar la acción educativa:

Evaluación Diagnóstica: Se utilizará para identificar los aprendizajes previos que tienen los

estudiantes al iniciar el proceso educativo, con el fin de reforzar y planificar las actividades pedagógicas anuales.

Artículo 6º Evaluación de Proceso:

Permite al profesor medir los avances de los estudiantes, para posibilitar una adecuación de la acción pedagógica.

Mediante este procedimiento se obtendrán las calificaciones de proceso.

Mediante el Reforzamiento pedagógico, cuya finalidad será proporcionar, al alumnado que lo requiera, el espacio adecuado para mejorar el desempeño de las competencias comunes a las áreas y materias del currículo en las asignaturas troncales.

Artículo 7º Evaluación de Objetivos de Aprendizajes:

Permite al profesor medir los Objetivos de Aprendizajes desarrollados durante un período de tiempo determinado durante el semestre (calificaciones parciales o de Unidad).

Artículo 8º Evaluación Global Semestral.

a) Se aplicará una Evaluación Global, desde 3° a 8° año básico al término del semestre escolar en los subsectores de: Lenguaje, Inglés, Matemática, Historia, Ciencias Naturales, que tendrá una

ponderación de un 30% del Promedio Semestral.

b) Esta Evaluación considerará los Objetivos de Aprendizaje trabajados durante todo el

SEMESTRE, según lo orientado en los Programas de estudio.

c) Se eximirán de la Evaluación Global semestral todos aquellos alumnos que obtengan un Promedio final Semestral, igual o superior a 6,0.

d) Los Alumnos que no asistan a las Evaluaciones Globales, serán evaluados con la nota mínima (2,0). En el caso de los alumnos que presenten licencia médica dentro de las 24 horas,

posterior a la evaluación global, tendrá como UNICA e impostergable oportunidad el día lunes siguiente a la semana de las Evaluaciones Globales.

e) Aquellos casos que resulten fuera de la normativa del Artículo 7 letra d), serán resueltos por Dirección y Consejo de Profesores.

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b) Comunicar a los Padres y Apoderados los resultados académicos de sus hijos

:

Artículo 1º En reunión de curso y/o entrevista se explicará a los Padres el sistema de evaluación utilizado, se expondrán posibles acciones remediales y se recordará la importancia de la responsabilidad

de los Padres y Apoderados como colaboradores directos en el desarrollo del proceso

educativo de sus hijos (as).

Artículo 2º En cada Semestre se dará a conocer las calificaciones y se firmará la libreta de notas por parte del apoderado, con la finalidad de informar sobre los avances de los estudiantes. Paralelamente se entregará un informe bimensual, en la libreta de notas. ( con registro de firmas del apoderado como verificador).

c) Régimen de evaluación

Articulo 1º El régimen de evaluación que operará en nuestro Colegio será Semestral.

Artículo 2° En el caso de los niveles pre-escolar (Pre-Kinder y Kinder), se entregará un informe semestral a través de descriptores y criterios, que evaluará los avances y aprendizajes de los niños, obtenidos en los diferentes ámbitos y núcleos basados en las Habilidades y Destrezas

obtenidas por los niños y niñas de cada nivel.

Artículo 3° En los talleres de Jornada Escolar Completa, los docentes a cargo asignarán una nota, la cual será incluida en el proceso del subsector a fin. Esta evaluación tendrá una calificación mínima de 4,0.

Artículo 4° El logro de los Objetivos Fundamentales Transversales (valores y actitudes) se expresarán en apreciaciones conceptuales que se entregarán junto con las notas semestrales y al finalizar el año escolar correspondiente.( IDPS).

Artículo 5º No se enmendarán notas en los libros de clases. Si ocurre algún error el profesor deberá corregir y dejar constancia en el leccionario con la fecha de corrección y su firma.

Artículo 6º Para determinar la calificación de todo tipo de Evaluación se considerará un grado de exigencia para la nota 4.0 de un 60%.

Artículo 7º Se utilizará la calificación expresada en escala de 2.0 a 7.0.

Artículo 8º Desde Primero a Octavo Año Básico se considerará para todas las asignaturas la siguiente ponderación:

60% Evaluación de Objetivos de Aprendizajes 40% Evaluación de Proceso

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Artículo 9º La evaluación será Cuantitativa y Cualitativa.

Artículo 10º Cada asignatura será evaluada de acuerdo a los siguientes aspectos: 1) TIPO DE EVALUACIONES EDUCACION BASICA.

• Evaluaciones escritas • Exposiciones Orales. • Trabajos de investigación. • Autoevaluaciones y Coevaluaciones • Otros. NIVEL PRE-BASICO: • Registro de Observación • Escala de apreciación • Lista de cotejo • Coevaluación • Autoevaluación • Pautas de evaluación 2) Características:

- Serán planificados e informados con antelación (inicio de semestre)

- Toda Evaluación debe registrar puntaje total y puntaje de cada pregunta (según corresponda).

- El objetivo o los objetivos deben estar claramente especificados.

- Toda evaluación que no sea Escrita debe tener una pauta de registro.

Artículo 11º

a) Todas las guías y evaluaciones escritas deben ser revisadas y validada por Unidad Técnico Pedagógica

antes de ser multicopiadas.

Artículo 12º

Los resultados de las Evaluaciones Escritas, serán dados a conocer a los estudiantes en un plazo máximo de 10 días hábiles, a contar de la fecha de aplicación.

Artículo 13º

La distribución de calificaciones por cantidad de horas de clases de cada subsector de aprendizaje será la siguiente:

a. Con 1 a 2 horas de clases: mínimo 2, máximo 3 b. Con 3 a 4 horas de clases: mínimo 3, máximo 4

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c. Con 5 a 8 horas de clases: mínimo 4, máximo 5

Artículo 14º: Total de calificaciones por asignaturas semestral: 1° a 6° año Básico:

• Lenguaje: 8 calificaciones (5 Escritas y 3 proceso) • Inglés: 5 calificaciones. (3 Escritas y 2 de proceso) • Matemática: 7 calificaciones (4 escritas y 3 de proceso)

• Historia, Geografía y Ciencias Sociales: 7 calificaciones. (4 escritas y 3 de proceso) • Ciencias Naturales: 7 calificaciones (4 escritas y 3 de proceso)

• Artes visuales: 5 calificaciones (3 trabajo final y 2 de proceso) • Música: 5 calificaciones (3 Escritas y 2 de proceso)

• Educación Física y Salud: 7 calificaciones. (4 trabajo final y 3 de proceso) • Orientación: 2 calificación (1 trabajo final y 1 de proceso)

• Tecnología: 4 calificaciones. (2 trabajo final y 2 de proceso) • Religión: 4 calificaciones. ( 2 trabajo final y 2 proceso)

7° y 8° año Básico:

• Lenguaje: 7 calificaciones (4 escritas y 3 de procesos) • Inglés: 5 calificaciones. (3 Escritas y 2 de proceso) • Matemática: 7 calificaciones (4 escritas y 3 de proceso) • Ciencias Naturales: 7 calificaciones (4 escritas y 3 de proceso)

• Historia, Geografía y Ciencias Sociales: 7 calificaciones (4 escritas y 3 de proceso) • Educación Tecnológica: 4 calificaciones. (2 trabajo final y 2 de proceso)

• Educación Artística: 6 calificaciones (4 trabajo final y 2 de proceso) • Educación Física: 7 calificaciones. (4 trabajo final y 3 de proceso) • Orientación: 2 calificación (1 trabajo final y 1 de proceso)

• Religión: 4 calificaciones. ( 2 trabajo final y 2 proceso)

Artículo 15º Para efectos de evaluación, la asignatura de Geometría se rige según normativa de dos horas de

clases (1° a 8°).

Artículo 16º El promedio semestral en cada asignatura que no rinda Evaluación Global, se expresará con un

decimal y con aproximación.

Artículo 17° La nota de presentación a Evaluación Global (la suma de 60% y 40%) se expresará con un

decimal y aproximación.

Artículo 18º El promedio obtenido entre la presentación (70%) y la Evaluación global (30%), se expresará

con un decimal y sin aproximación. Los alumnos que obtengan la misma calificación en la Evaluación Global y su nota de presentación, conservarán dicha nota.

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La prueba global es obligatoria para todos los alumnos que no estén eximidos.

Artículo 19° El promedio final anual de cada asignatura se expresará con un decimal y sin aproximación. Artículo 20º El promedio general (promoción) que incluye todos los subsectores se expresará con

1 decimal y sin aproximación.

NOTA: Se destaca que el Reglamento de Evaluación no es punitivo.

d) Rol del Profesor en la Evaluación es:

Artículo 1° Desarrollar la evaluación como una práctica habitual, graduada, flexible y sistemática.

Considerando en todo momento las singularidades y estilos de aprendizaje de todos los estudiantes.

Artículo 2º Identificar las necesidades educativas de los estudiantes, de tal modo, que se puedan tomar

oportunamente medidas pedagógicas que permitan una adecuación de las estrategias educativas, para favorecer el aprendizaje de todos los estudiantes.

Artículo 3º Identificar y fortalecer las habilidades y destrezas en los estudiantes.

Artículo 4º Desarrollar y fortalecer los Valores y Actitudes presentes en el panel de valores.

Artículo 5º Trabajar con objetivos, contenidos claros y conocidos por los estudiantes, los que se darán a

conocer como Objetivos de Aprendizaje, presentes en los programas de estudios entregados por el Ministerio de educación y en concordancia con el Marco para la Buena Enseñanza.

e) Talleres de Jornada Escolar Completa ( JEC)

a) Los talleres de lenguaje, Matemática, Ciencias Naturales e Historia, geografía y ciencias sociales serán de carácter obligatorio durante todo el año.

b) Llevarán 4 calificaciones en cada semestre, de las cuales se obtendrá un promedio con un decimal y sin aproximación. Este corresponderá a una calificación de proceso y se incluirá en la asignatura afín como nota de taller.

c) Los talleres para preescolar serán los siguientes: dos períodos de 45 minutos para taller Gimnasia entretenida, un períodos de 45 minutos para taller de Inglés y un período de 45 minutos para taller de Música.

f) Asignatura de Religión

Artículo 1º

a) La Asignatura de Religión es de carácter optativo, para todos los estudiantes matriculados.

b) Los estudiantes que no muestren una actitud responsable y comprometida con la asignatura de Religión y, obtengan una evaluación igual o inferior a S (Suficiente), el Apoderado será citado a una entrevista personal con el profesor(a) responsable de la asignatura. (5º a 8º).

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c) Los estudiantes que en reiteradas oportunidades obtengan una evaluación igual o inferior a

S (Suficiente), recibirán apoyo del equipo multidisciplinario y/o Unidad de Apoyo Pastoral Fuente de vida para las Naciones, según corresponda.

d) En el caso de los estudiantes que obtengan un promedio final I (Insuficiente), se aplicará el Artículo 3° de promoción.

g) Evaluación Proyecto Integración Escolar ( PIE ).

DECRETO 170

Procedimientos Evaluativos Proyectos Integración Escolar.

A partir del desarrollo de una primera etapa realizada en el funcionamiento del Proyecto de Integración Escolar de nuestro Colegio y cumpliendo con lo establecido en el Decreto 170/2010 y los decretos 511/97 y Decreto Supremo 433/2012, considerando las diferencias individuales y detección de Dificultades Específicas de Aprendizaje (D.E.A) de los diferentes niveles y Sindrome de Deficit Atencional( S.D.A.) se establece el siguiente itinerario:

1.1 El docente responsable del subsector específico apoyado en el PIE (lenguaje o matemática), realizará en conjunto con la Profesora de Educación Diferencial, Adecuaciones Curriculares semanales, de carácter no significativas, pudiendo en ello adecuarse elementos del curriculum como: metodología, actividades, evaluación y a nivel en la adquisición de alguna capacidad o destrezas, de ello consideraremos los siguientes aspectos:

• El logro de la adquisición de competencias y destrezas planificadas en su grupo curso.

• Competencias curriculares y estilos de aprendizajes, detectadas en la Evaluación Diagnóstica. • Determinar la secuencia en la entrega aprendizajes.

• Determinar decisiones metodológicas adecuadas.

• Realizar evaluación de dicho proceso, determinando el grado de efectividad en la adaptación ( Evaluación psicométrica/ evalúa.)

Dichas adecuaciones Curriculares se realizarán en el contexto de reuniones de coordinación semanales entre docentes.

1.2 En el mismo contexto, las actividades desarrolladas a partir de la Planificación de Adecuaciones Curriculares, serán registradas en el Leccionario del curso común, en forma diaria por la Profesora de Educación Diferencial, seguido del registro del Docente a cargo del subsector.

1.3 Respecto a las calificaciones, éstas serán registradas en el leccionario del curso común y por el Docente responsable del Subsector apoyado. Todo ello de acuerdo a lo determinado en la planificación de la adecuación curricular, donde se sugiere lo siguiente a nivel de Evaluación:

La utilización de procedimientos e instrumentos según las características de las dificultades presentadas: • Interrogando en forma oral a un alumno que presenta dificultades en el área escrita.

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• Determinando la aplicación de una prueba con menos número de preguntas, interrogando en base a láminas o dibujos a un alumno que tiene dificultades para leer, además plantear ítemes con una formulación precisa y clara, evitando la verbalización excesiva.

• Verificación por parte de los docentes, una adecuada comprensión de la tarea asignada.

• Otorgar mayor tiempo a las evaluaciones que así lo requieran. Estableciendo menores niveles de exigencias:

• Exigiendo un menos porcentaje de logros para asignar la calificación mínima aprobatoria, por ejemplo si a nivel Institucional, se ha determinado el 60% para la obtención de nota 4.0, al alumn@. que está siendo apoyado en el PIE, en común acuerdo con el docente de curso común, en la toma de decisiones de la adecuación curricular, se sugiere disminuir dicho porcentaje, el docente determinará según el nivel de dificultad que presente dicha evaluación.

1.4 Cabe señalar que para la escala de calificación será la que establece el artículo 5 del Decreto 511/97 y el Decreto Supremo 433/2012 modificada y regulada por la Institución de 2.0 a 7.0.

III.- PROMOCION.

DECRETO 511 DE EVALUACIÓN

Enseñanza Básica : NB1- NB2- NB3- NB4- NB5-NB6

Artículo 1º Para la promoción de los estudiantes de Enseñanza Básica se considerará conjuntamente el logro

de objetivos de las asignaturas del Plan de Estudio y la asistencia a clases de un 85%, no obstante la Dirección podrá autorizar la promoción de los estudiantes con porcentajes menores de asistencia por razones de salud u otras causas debidamente justificadas.

Artículo 2º

a) Serán promovidos los estudiantes que no hubieran aprobado una asignatura, siempre que su nivel general de logros corresponda a un promedio de 4,5 o superior. Para efecto de cálculo se considerará la calificación de la asignatura no aprobada.

b) Serán promovidos los estudiantes que hubieran reprobado dos asignaturas, siempre que su nivel general de logros corresponda a un promedio 5.0 o superior, incluidas las asignaturas reprobadas.

c) En los casos de los estudiantes que no superen las situaciones de promoción del artículo 2°, letra a) y

b) y teniendo dentro de sus promedios finales anuales, uno que sea 3,9, serán motivo de revisión por el

consejo de profesores y la Dirección, quienes decidirán la situación de los estudiantes.

d) Serán promovidos todos los alumnos de 1º a 2º y de 3º a 4º año de Educación Básica, que hayan asistido, a lo menos, al 85% de las clases; considerando que se dispone de dos años completos para el cumplimiento de los Objetivos de Aprendizaje y Contenidos Mínimos Obligatorios correspondientes a estos cursos.

El Director del establecimiento y el Profesor Jefe podrán autorizar la promoción de alumnos con porcentajes menores de asistencia, fundados en razones de salud u otras causas debidamente justificadas.

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e) El Director(a) del establecimiento podrá, excepcionalmente, previo informe fundado en variadas evidencias del Profesor Jefe, del curso de los alumnos afectados, no promover de 1° a 2° y de 3° a 4° básico, a aquellos que presenten “un retraso significativo en lectura, escritura y/o matemática”en relación a los Objetivos de Aprendizaje en los Programas de Estudio que aplica el establecimiento y que pueda afectar seriamente la continuidad de sus aprendizajes en el curso superior.( Dcto.107 /2003), considerando, para aplicar esta medida solicitada por el Profesor Jefe, la relación de las actividades de reforzamiento realizadas al alumno y de otras estrategias de apoyo efectuadas para subsanar la dificultad detectada, todo lo cual estará en el informe del profesor solicitante.

Dicho informe además debe consignar la información oportuna que se hizo a los padres y apoderados de los alumnos afectados y de las medidas planificadas en conjunto para apoyar al educando. ( Dcto. 107/2003)

Los alumnos con necesidades educativas especiales integrados a la educación regular, considerando las adecuaciones curriculares realizadas para cada caso, están sujetos a las mismas normas antes señaladas, agregándose en su caso, la exigencia de un informe fundado del profesor especialista. (Dcto 107/2003). PERMANENCIA

f) Los estudiantes que no fueren promovidos(as), por una segunda vez, al curso superior por algunas de las disposiciones generales, no podrán permanecer en el Colegio. Ante una eventual solicitud de los

apoderados, su situación será evaluada por el Consejo de Profesores más equipo de Gestión. g) Los estudiantes que reprobaran por segunda vez consecutiva los sectores de Lenguaje y

Comunicación y Matemática, sólo podrán permanecer en el Colegio previo acuerdo en Consejo de Profesores más equipo de Gestión.

Artículo 3º

La calificación de la asignatura de Religión no incidirá en la promoción, pero sí, en la permanencia en la institución. En el Acta y Certificado anual de estudios se expresará sólo en conceptos. (Decreto Supremo Educ. Nº 924 de 1983).

IV.-DERECHOS DE INFORMACIÓN A LOS ESTUDIANTES.

a) Informar a los estudiantes.

Artículo 1º Los estudiantes serán informados previamente de las respectivas Evaluaciones

(Calendario de pruebas).

Artículo 2º No se podrá aplicar Evaluaciones Escritas o por unidades, sin antes haber entregado la calificación anterior.

Artículo 3º Los trabajos de investigación que se asignen a los estudiantes en las diferentes asignaturas, que

constituyan una Evaluación, considerarán una Pauta de Elaboración y de Evaluación, dependiendo del curso y asignatura, la que será conocida y entregada previamente en Unidad Técnico Pedagógica.

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Artículo 4º Cuando en el resultado de una evaluación de Objetivos de aprendizaje (no incluye proceso ni

globales) el curso no supere el 50% de aprobación, esta se repetirá por única vez en el semestre por cada asignatura principal (se analizará en conjunto profesor de la asignatura y UTP).

V.- CONSIDERACIONES PARA LAS EVALUACIONES: Artículo 1º Falta de Honradez en el trabajo escolar:

a) Todo estudiante que sea sorprendido(a) copiando, entregando y/o adulterando información o que no entregue las pruebas o trabajos escolares en la fecha indicada, será calificado con nota 2.0. Esto quedará registrado en la hoja de vida.

b) El profesor de la asignatura correspondiente, deberá informar personalmente de la falta cometida al Profesor Jefe y Apoderado.

Artículo 2º Inasistencia a Evaluaciones Calendarizadas:

a) Toda inasistencia a Evaluaciones, que no esté respaldada por un Certificado Médico, debe ser justificada por el Apoderado titular personalmente en Inspectoría General el mismo día en que esté programada. La calificación máxima del estudiante será nota 5.0.

b) El plazo máximo para presentar Certificado Médico será de dos días hábiles (48 Horas), a contar del día de la inasistencia. Pudiendo optar a nota máxima (7,0).

c) Frente al incumplimiento de las letras a) y b), los alumnos serán calificados con nota mínima (2,0). d) Aquellos estudiantes que presenten Certificado Médico y/o sean justificados por el apoderado el día que corresponde, deberán rendir la o las pruebas el día de su reincorporación a clases, en la asignatura correspondiente, dentro del aula.

f) Si el estudiante se encuentra suspendido de clases por Inspectoría General, deberá presentarse a rendir la Evaluación el día que corresponda dicha Evaluación. La inasistencia será calificada con nota mínima (2,0).

g) En el nivel de Educación Parvularia, las educadoras deberán organizar las evaluaciones de los estudiantes que se ausenten.

VI.- DISPOSICIONES FINALES

El Consejo de Profesores en conjunto con el Equipo de Gestión del Establecimiento resolverán las situaciones especiales de evaluación y promoción dentro del período escolar correspondiente, que no estén contempladas en este Reglamento.

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Instructivo de Finalización del año Escolar 2014. Rendimiento Escolar Año 2014

Referencias

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