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CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE LÁMPARAS FLUORESCENTES COMPACTAS CON BALASTO ELECTRÓNICO INTEGRADO PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

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CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO

DE LÁMPARAS FLUORESCENTES COMPACTAS CON

BALASTO ELECTRÓNICO INTEGRADO

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

(2)

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE LÁMPARAS FLUORESCENTES COMPACTAS CON BALASTO ELECTRÓNICO INTEGRADO.

1.- Antecedentes.

El Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) es una Entidad Pública Empresarial, adscrita al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio e integrada en la estructura de la Secretaría de Estado de Energía. Entre sus misiones está la promoción de la eficiencia energética y el uso racional de la energía en España, así como la diversificación de las fuentes de energía y el fomento de las energías renovables.

El 8 de julio de 2005 el Consejo de Ministros aprobó el Plan de Acción 2005-2007 de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética en España. Posteriormente el Consejo de Ministros de 1/8/2008 también aprobó el Plan de Activación del Ahorro y la Eficiencia Energética 2008-2011, entre cuyas medidas se encuentra el nº 25 denominada "Reparto de 49 millones de

bombillas de bajo consumo a través de tickets regalo con la factura eléctrica". La medida señala

textualmente que "se entregarán bombillas de bajo consumo (LBC) a través de vales de regalo

en la factura de la luz, a razón de 1 bombilla de bajo consumo por cada hogar en 2009 y otra en 2010”.

Este tipo de bombillas consumen un 80% de energía menos que las bombillas incandescentes y duran entre 6 y 8 veces más, por lo que generarán un importante ahorro de electricidad.

Una vez realizada la compaña correspondiente al año 2009, se inicia la del 2010, que se articula, tal y como establece la media aprobada por Consejo de Ministros, mediante una convocatoria pública dirigida a todos los fabricantes.

Uno de los objetivos de este Plan es incrementar la penetración de las lámparas de bajo consumo en el sector doméstico español, diseñando y ejecutando una campaña promocional para fomentar la utilización de este tipo de lámparas.

Con esta finalidad, el IDAE organiza este concurso público para la adquisición de lámparas de bajo consumo, que tengan un etiquetado energético de clase A y las pondrá a disposición de los ciudadanos españoles de forma gratuita.

2.- Objeto del contrato y normativa aplicable.

2.1.- El objeto de este contrato será el suministro firme de 3.000.000 de lámparas fluorescentes compactas con balasto electrónico integrado, eventualmente ampliable, por razones de interés del programa, hasta un máximo de 3.800.000 unidades adicionales, mediante la correspondiente modificación de contrato, y en función de las necesidades de IDAE, de conformidad con los documentos que forman parte de la petición de oferta, los cuales a su vez formarán parte del contrato a firmar con el adjudicatario. En la interpretación del Contrato, en caso de conflicto entre los documentos que forman parte del mismo, estos tendrán la siguiente jerarquía:

1º Este Pliego de Condiciones Particulares de referencia PCP.11615.01/09 de fecha diciembre 2009.

2º Pliego de Condiciones Técnicas de ref.: PCT 11615.01/09, de fecha diciembre 2009.

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2.2.- Se entenderán como actividades propias del suministro a realizar, las que se relacionan en el Pliego de Condiciones Técnicas que forma parte del contrato.

2.3.- La contratación del presente servicio se regirá por lo establecido en la documentación del concurso, así como por las disposiciones específicas de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (LCSP) en cuanto a su preparación y adjudicación, y por derecho privado en cuanto al cumplimiento, efectos y extinción.

2.4.- El conocimiento de las controversias que surjan en relación a la preparación y adjudicación de los contratos formalizados corresponderá a los órganos judiciales del orden jurisdiccional contencioso-administrativo (art. 21.1 LCSP).

2.5.- El conocimiento de las controversias que surjan en relación al cumplimiento, efectos y extinción de los contratos formalizados corresponderá a los órganos judiciales del orden jurisdiccional civil (art. 21.2 LCSP).

3.- Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación.

El presente suministro se adjudicará por procedimiento abierto mediante concurso y tramitación ordinaria a tenor de lo previsto en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

4.- Presentación de proposiciones.

Las proposiciones se presentarán en la sede de IDAE sita en la calle Madera, nº 8, 28004 Madrid y en el plazo señalado en el anuncio de licitación publicado en el Perfil de Contratante de IDAE y en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Cuando las proposiciones se envíen por correo deberán remitirse a la dirección indicada en el párrafo anterior, debiendo justificarse la fecha y hora de la imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante fax o telegrama en el que se consigne la clave, título completo del suministro y nombre del licitador. El fax o telegrama deberá haberse impuesto igualmente dentro del plazo fijado en el anuncio publicado. A efectos de justificar que el envío por correo se hace dentro de la fecha y hora señaladas para la admisión de proposiciones, se admitirá como medio de prueba, que en el fax o telegrama se haga referencia al número del certificado del envío hecho por correo.

5.- Contenido de las propuestas.

Las proposiciones se compondrán de tres partes que se presentarán en sobres diferentes, haciendo constar en cada sobre, el objeto del concurso, el contenido y el nombre del licitador, de la forma siguiente:

5.1.- SOBRE: A.

CONTENIDO: Documentación administrativa y general

Deberá entregarse ficha de solicitud con datos de contacto, conforme al modelo que se incorpora como Anexo III, acompañada de original (o copia simple notarial o copia autenticada) y una (1) copia en soporte informático de la siguiente documentación estructurada por secciones:

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SECCIÓN I-A: Acreditación de la capacidad para contratar.

Las empresas solicitantes, deberán ser personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, entidades o Instituciones con personalidad jurídica propia, que, teniendo plena capacidad de obrar, no se hallen comprendidas en alguna de las circunstancias previstas en el art. 43, de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

Además de lo anterior, debe existir relación directa, entre sus actividades, fines o funciones y el objeto de la adjudicación, todo ello, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales.

Para los empresarios individuales será obligatoria la presentación de la fotocopia legitimada notarialmente o compulsa administrativa del Documento Nacional de Identidad o del que, en su caso, le sustituya reglamentariamente.

Los empresarios que fueran personas jurídicas deberán presentar los siguientes documentos, al momento de presentar su correspondiente propuesta:

− Escritura de constitución y estatutos sociales, así como sus posibles

modificaciones, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, habrá de presentarse escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial.

− Fotocopia autenticada de la Tarjeta de Identidad Fiscal.

− Acreditación de no hallarse incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración señaladas en artículos 49 y 62 de la Ley de Contratos del Sector Público.

− Documento que acredite suficientemente las facultades de representación del

firmante de la proposición.

− Cuando se trate de empresas no españolas de Estados miembros de la Unión

Europea, deberán acreditar su inscripción en un registro profesional o comercial cuando este requisito sea exigido por la legislación del Estado respectivo. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con certificación expedida por la Embajada de España en el Estado correspondiente.

− En el caso de empresas extranjeras no comunitarias deberán aportar los

documentos que acrediten las condiciones exigidas en el artículo 44 de la Ley de Contratos del Sector Público. Así como acreditar la disposición de establecimiento permanente en España.

− Los empresarios extranjeros deberán aportar declaración de someterse a la

jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.

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− Justificantes de estar al corriente de las obligaciones tributarias: alta en el I.A.E. en el epígrafe que corresponda a su actividad así como último recibo, certificado de estar al corriente de pagos con la Hacienda Pública y con la seguridad social de los trabajadores.

IDAE podrá contratar con uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor.

Dichos empresarios quedarán obligados solidariamente ante IDAE y deberán nombrar un representante o apoderado de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa.

SECCIÓN II-A: Acreditación de la solvencia económica financiera.

La justificación de la solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse al momento de presentar su correspondiente propuesta, por los medios siguientes:

− Informe de instituciones financieras.

− Presentación de balance y cuenta de resultados de los tres últimos ejercicios.

− Declaración relativa a la cifra de negocios global y de los servicios o trabajos realizados por el empresario en el curso de los tres últimos ejercicios.

Si por razones justificadas un empresario no puede facilitar las referencias solicitadas, podrá acreditar su solvencia económica y financiera por cualquier otra documentación considerada como suficiente por IDAE.

SECCIÓN III-A: Acreditación de la solvencia técnica.

La solvencia técnica o profesional del empresario será apreciada teniendo en cuenta sus medios, conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que podrá acreditarse, al momento de presentar su propuesta, pudiendo complementarla con cualquiera otra documentación que permita valorar la capacidad técnica del solicitante, por los medios siguientes:

− Una declaración de las oficinas, establecimientos, delegaciones y red comercial de que se dispone.

− Una relación de los servicios o trabajos realizados de similares características al objeto del concurso, que incluya nombre del contrato, importes, fechas y promotores públicos o privados de los mismos.

− Una declaración que indique la plantilla de personal directamente a cargo de la empresa y el equipo directivo, indicando la estructura y organización de la empresa.

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− Una declaración de las instalaciones, equipos y cualquier elemento de que disponga el empresario para la realización de las actividades relacionadas con el contrato.

− Una declaración de las medidas y sistemas de control de calidad del sistema de producción disponibles.

SECCIÓN IV-A: Garantía provisional.

Los oferentes deberán constituir garantía provisional mediante aval bancario, conforme al modelo que se adjunta en el anexo I, por importe de 96.000 € (equivalente al 2 por 100 del presupuesto de licitación para el pedido firme). Se adjuntará en esta sección original de la referida documentación.

5.2.- SOBRE: B.

CONTENIDO: Presentación técnica de la oferta

Contendrá original y dos (2) copias (una de ellas en soporte informático) de la siguiente documentación estructurada por secciones:

SECCIÓN I-B: Descripción técnica del suministro.

La documentación a presentar en esta sección será suficiente para justificar el cumplimiento de lo establecido en el Pliego de Condiciones Técnicas.

Se incluirá una descripción completa y alcance del suministro planteado. Entre la documentación a entregar se incluirá:

− Justificación documental de que la lámpara ofertada dispone de las

autorizaciones y/o certificaciones necesarias para su uso en España.

− Acreditación del cumplimiento del RD 208/2005, de 25 de febrero sobre

aparatos eléctricos y electrónicos y la gestión de sus residuos.

− Acreditación del cumplimiento del RD 1369/2007, de 19 de octubre, relativo al establecimiento de requisitos de diseño ecológico aplicables a los productos que utilizan energía.

Se incluirá como muestra cinco (5) lámparas iguales a la ofertada en su embalaje original, con objeto de que IDAE las someta a los ensayos establecidos en el Pliego de Condiciones Técnicas para comprobar el cumplimiento de las especificaciones técnicas establecidas.

Se describirá detalladamente el sistema de control que se pretende implantar para garantizar la calidad del suministro en las fases de fabricación y traslado.

Se incluirán las marcas, sellos, certificaciones de conformidad con los reglamentos aplicables y con la legislación vigente u otros distintivos de calidad voluntarios, legalmente concedidos en cualquier Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.

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Se incluirán las condiciones de garantía de las lámparas ofertadas, tanto en prestaciones técnicas como de duración.

SECCIÓN II-B: Organización, métodos y medios.

Se detallará, en esta sección, una fórmula concreta de organización incluyendo un organigrama funcional que se aplicará al suministro.

En el epígrafe “métodos” los concursantes deberán describir breve, pero completamente, los criterios y metodología que se plantea para el desarrollo del trabajo con especial mención de la forma en que se pretende la coordinación y seguimiento a realizar por IDAE.

Bajo el título “medios” se describirán los aplicables por el concursante a este suministro concreto, con especial atención a los que a continuación se citan explícitamente:

a) Instalaciones y equipos con que se prevea realizar las actividades relacionadas con este contrato, así como su localización.

b) Subcontrataciones que se pretendan realizar para atender a las obligaciones del contrato.

c) Otras medidas que garanticen la calidad técnica del suministro. Se valorará

positivamente la aportación de certificados de eficiencia energética de sus instalaciones y procesos, según norma AENOR UNE-216/301, o de aportación de pruebas que indiquen que la empresa cuenta con condiciones equivalentes, garantizando el respeto de los principios y prescripciones de contratación pública recogida en la legislación nacional y las directivas comunitarias.

d) Organización y medios previstos por el adjudicatario para atender a las posibles incidencias en periodo de garantía de las lámparas.

SECCIÓN III-B: Planificación y plazos.

El plazo máximo de suministro para las 3.000.000 de unidades de bombillas, será de 8 semanas desde la comunicación de la adjudicación definitiva del Concurso, por parte de IDAE al adjudicatario, no puntuándose recortes sobre este plazo ni admitiéndose las ofertas con plazos superiores al establecido en este punto. Deberá indicarse por parte del ofertante la planificación de las entregas parciales, respetándose este plazo máximo.

Así mismo se deberá indicarse el plazo de entrega para los eventuales pedidos adicionales o complementarios al contrato inicial, que por un volumen mínimo de 200.000 de unidades, pueda realizar IDAE en función de las necesidades del programa de reparto a los ciudadanos. Este plazo en ningún caso podrá ser superior a 6 semanas.

Los plazos ofertados se entenderán contractuales y sometidos a penalización en caso de incumplimiento. La contabilización de los plazos se realizará desde la fecha de notificación de la adjudicación definitiva, o pedido adicional según proceda, hasta la puesta a disposición de las LBC en el almacén una vez realizados todos los controles de calidad que correspondan al adjudicatario previos a la entrega.

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5.3.- SOBRE: C.

CONTENIDO: Proposición económica

Contendrá original y dos (2) copias de la siguiente documentación estructurada por secciones:

SECCIÓN I-C: Propuesta económica.

Se deberá tener presente que las lámparas se adquieren por IDAE, en almacén situado en territorio español, por lo que toda la gestión de importación del suministro será por cuenta y cargo del adjudicatario.

Se incluirán en esta sección el precio global ofertado para el suministro del conjunto de lámparas solicitado (3.000.000 de unidades), así como el precio unitario por lámpara (€/lámpara).

En el precio estará incluido el transporte y la entrega de las lámparas ofertadas en un almacén sito en la Península del Estado Español, que será facilitado por el adjudicatario de acuerdo con las Especificaciones Técnicas. Está dentro del alcance del contrato el almacenaje de las lámparas a suministrar hasta que se realice la distribución que IDAE establezca en su momento. Se considera incluido en contrato los costes de carga de los camiones que, en nombre de IDAE, retiren la mercancía del almacén. El periodo de almacenaje incluido en el precio será de SEIS (6) meses, a contar desde la notificación fehaciente a IDAE de la disponibilidad del suministro para su distribución. En este plazo IDAE podrá realizar la distribución de las lámparas en función de las necesidades del Programa. En caso de superar dicho plazo, se abonará al adjudicatario el coste de almacenaje y seguro, conforme a los precios establecidos en su oferta para este concepto, adaptados al volumen real almacenado y al tiempo excedido hasta la retirada por parte de IDAE de todo el material del almacén del adjudicatario, quedando obligado el adjudicatario a realizar este almacenamiento en caso de ser requerido por IDAE, a los precios de aplicación a este concepto resultantes del desglose de su oferta, sin variación al menos durante un año desde la puesta a disposición del material.

En el precio estarán incluidos los costes de embalaje individual y colectivo, según lo exigido en el Pliego de Condiciones Técnicas.

Así mismo, en el precio estarán incluidos los costes de los ensayos, según lo especificado en el punto 15 del presente Pliego.

Se incluirá junto con la propuesta un desglose pormenorizado de los precios anteriores en función de las diferentes partidas que se incluyen en el suministro, conteniendo al menos los siguientes conceptos:

- Precio fabrica de las lámparas,

- Embalajes,

- Transporte,

- Aranceles y tasas,

- Almacenaje y seguro (6 meses),

- Gestión,

- Ensayos y pruebas,

- Cargo RAEE,

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- TOTAL.

- Precio Unitario en €/unidad e LBC.

- IVA.

- TOTAL (IVA INCLUIDO)

La forma de pago será la siguiente:

- 10 % del importe total del contrato, a la firma del mismo contra la entrega del

aval de garantía definitiva a que se refiere el punto 12 de este Pliego.

- El 80 % del importe total del contrato será abonado mediante certificaciones

mensuales por parte de IDAE de recepción en el almacén del adjudicatario de las lámparas adjudicadas. Del valor total de los suministros y servicios realizados conforme a los precios establecidos en contrato, se descontará un 10% en concepto de anticipo ya efectuado y un 10% que será abonado a la firma del acta de recepción.

- El 10 % restante a la firma del acta de recepción que se establece en el punto 20 de este pliego.

Los pagos se realizarán en un plazo no superior a 60 días desde la presentación de la correspondiente factura si esta resulta de conformidad.

El precio ofertado para el pedido firme, así como las condiciones de pago establecidas en este punto será de aplicación a los eventuales pedidos adicionales, que por cantidades mínimas de 200.000 unidades, pudiera realizar IDAE durante el año 2010, todo ello en función de las necesidades del programa y hasta un máximo de 3.800.000 unidades adicionales.

El periodo de vigencia de la oferta en ningún caso será inferior a SEIS (6) MESES.

SECCIÓN II-C: Conocimiento y aceptación.

Junto con la propuesta económica se incluirá declaración expresa firmada por el representante del solicitante en la que conste el conocimiento y aceptación de toda la documentación que forma parte del presente concurso, la cual deberá relacionarse, así como el compromiso de realización de los trabajos por el precio ofertado.

Se utilizará para cumplimentar esta sección el modelo de proposición y declaración que se adjunta como Anexo II a este Pliego.

6.- Presupuesto de licitación. Determinación del precio del contrato.

6.1.- El presupuesto máximo de gasto disponible para el suministro firme de 3 millones de lámparas en 2010, asciende a CUATRO MILLONES CIENTO TREINTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y UN EUROS (4.137.931 €), mas el IVA que corresponda.

Para suministros adicionales, en caso de ser precisados por IDAE, en función de la demanda y para atender la cobertura correspondiente a los criterios institucionales establecidos para el reparto de lámparas, se dispone del presupuesto necesario, con un máximo de 5.241.379,31 € (mas el IVA que corresponda) para el suministro de un máximo de 3.800.000 unidades de lámparas adicionales, en pedidos mínimos de 200.000 unidades. En Caso de ser

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precisados por IDAE, estos pedidos adicionales, se realizarán conforme a las normas previstas legalmente para la modificación de contratos, atendiendo a las razones de interés público expuestas y la evidente imprevisibilidad de la demanda, así como de conformidad con lo dispuesto en el presente Pliego, quedando obligado el adjudicatario a efectuar el suministro correspondiente, en los términos establecidos en su oferta.

6.2.- Los oferentes deberán valorar el coste de sus servicios y suministros de acuerdo al alcance y condiciones establecidos en los documentos que forman parte de la convocatoria, teniendo presente que el precio será fijo y no podrá sufrir revisión alguna durante la ejecución del contrato.

6.3.- A todos los efectos se entenderá que en las ofertas que se presenten estarán incluidos todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento de las prestaciones contratadas, como son los generales, financieros, beneficio, seguros, transportes, dietas y desplazamientos, honorarios de personal técnico, comprobaciones y ensayos, tasas, visados, emisión de certificados y toda clase de tributos, aranceles y cargo RAEE, con la única excepción del Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.). Así mismo, el precio ofertado deberá incluir tanto los costes del procedimiento de ensayo establecidos en el punto 2 del Pliego de Condiciones Técnicas, como los costes de almacenamiento y seguros de la totalidad de las lámparas ofertadas durante 6 meses, en el almacén designado por el ofertante en su oferta.

6.4.- Para atender las obligaciones económicas que se derivan por el cumplimiento del correspondiente contrato, existe crédito suficiente en el Presupuesto de gasto de IDAE, con cargo al proyecto nº 11.615. Cualquier posible ampliación de trabajos, respecto a los incluidos en este contrato, requerirá la formalización del correspondiente contrato de modificación, previa la apertura de nuevo expediente de contratación y habilitación de presupuesto necesario. 7.- Plazo de presentación.

7.1.- El plazo límite de presentación de solicitudes de participación será establecido en los anuncios publicados en el Diario Oficial de la Unión Europea y en la Web oficial del IDAE (www.idae.es).

7.2.- Asimismo, se indicará en el anuncio, el lugar en que se deberán presentar las propuestas.

8.- Apertura y examen de proposiciones.

8.1.- En el lugar, fecha y hora señalados en el anuncio de licitación, la Mesa de Contratación notificará el resultado de las Empresas admitidas por la misma como consecuencia de la calificación de la documentación contenida en los sobres "A" verificada previamente.

8.2.-Seguidamente la mesa abrirá el sobre "C" de las empresas admitidas, dando lectura a las proposiciones económicas. La documentación incluida en el sobre “B”, y muestras de lámparas, será valorada con posterioridad por los servicios especializados.

8.3.- Terminado el acto anterior, redactará el Acta correspondiente en la que se reflejará el resultado del acto y sus incidencias.

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9.- Procedimiento y forma de adjudicación.

9.1.- La Mesa de contratación estará integrada, de manera específica para la adjudicación del presente contrato, por un Presidente, un mínimo de tres y un máximo de seis Vocales y un Secretario designados por el órgano de contratación.

9.2.- La Mesa de contratación, tras solicitar los informes técnicos que estime oportunos, elevará al órgano de contratación la propuesta de adjudicación que juzgue conveniente, acompañada de las actas de sus reuniones y de la documentación que pudiera haberse generado en sus actuaciones.

9.3.- En el caso de que la propuesta señalara a algún empresario, como elegido para ser adjudicatario del suministro, aquélla no creará derecho alguno en favor de dicho empresario, el

cual no lo adquirirá hasta que se le haya adjudicado el contrato, por acuerdo del Órgano de

contratación.

9.4.- La Administración tendrá alternativamente la facultad de adjudicar el contrato a la proposición más ventajosa, mediante la aplicación de los criterios establecidos en el punto 10, o declarar desierto el concurso, motivando su resolución con referencia a los criterios de adjudicación de concurso que figura en este pliego.

10.- Requisitos y Criterios de adjudicación.

10.1.- Serán requisitos necesarios para participar en el presente concurso los siguientes:

• Disponer de establecimiento con actividad comercial en España.

• Deberá existir relación directa, entre las actividades, fines o funciones del

oferente, y el objeto de los suministros y trabajos a realizar en virtud de la presente convocatoria, todo ello, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales.

• Deberá acreditarse la disposición de solvencia técnica y medios suficientes

para llevar a cabo los trabajos objeto de la presente convocatoria.

• Deberá acreditarse la disposición de un procedimiento de control de calidad en las fases de fabricación y traslado de las lámparas suministradas, adecuado a los requisitos del Pliego de Condiciones Técnicas.

• Las lámparas ofertadas deberán cumplir con todos los requisitos establecidos

en el pliego técnico del concurso. El IDAE someterá a las muestras que cada ofertante entregue, según se indica en la SECCIÓN I-B: Descripción técnica del suministro, a un ensayo tal como se especifica en el apartado 2 (Ensayos) del Pliego de Condiciones Técnicas.

10.2.2 La adjudicación recaerá en la oferta que presente el precio global mas bajo para el número total de lámparas solicitado, de todas aquellas que cumplan los requisitos establecidos en el punto 10.1 anterior y presenten oferta de plazos compatible con los máximos establecidos en los pliegos.

11.- Garantía provisional.

11.1.- Las empresas que deseen participar en la presente convocatoria, deberán entregar en el momento de presentar sus propuestas, una garantía provisional en forma de aval bancario, por importe equivalente al 2 por 100 del presupuesto máximo previsto para la realización de los trabajos objeto del presente contrato y, que a estos solos efectos se establece en 96.000 € (noventa y seis mil euros)

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11.2.- En el supuesto de uniones temporales de empresas, la garantía provisional podrá constituirse por una o varias de las empresas participantes en la unión, siempre que, en conjunto, se alcance la cuantía establecida en el antecedente apartado 11.1.

11.3.- Dicha garantía provisional responderá de la veracidad de los datos aportados por los oferentes, así como de que no será retirada la propuesta de forma injustificada antes de la formalización de la adjudicación.

11.4.- La garantía será devuelta, a las empresas no adjudicatarias, una vez se haya procedido a la adjudicación del contrato y a la adjudicataria, en el momento en que se constituya la garantía definitiva.

12.- Constitución de garantía definitiva.

12.1.- La constitución de garantía definitiva, por parte del adjudicatario del contrato, se llevará a cabo en forma de un aval bancario (conforme al modelo que se adjunta en el anexo I), y por un importe equivalente al 10 por 100 del importe total de adjudicación (sin incluir IVA), dicho aval deberá estar en poder de IDAE con carácter previo a la firma del contrato correspondiente.

12.2.- El Adjudicatario podrá optar por la retención de un importe similar al establecido como garantía definitiva, de la primera facturación.

12.3.- La garantía responderá de las penalizaciones que pudieran corresponder al adjudicatario en razón de la deficiente ejecución del contrato, retrasos, así como de todas y cada una de las obligaciones derivadas del mismo, de los gastos originados a IDAE por demora en el cumplimiento, y de cualesquiera daños y perjuicios ocasionados a éste con motivo de la ejecución contrato.

12.4.- El aval de garantía referido anteriormente será devuelto al adjudicatario una vez se haya realizado la recepción conforme a lo establecido en el punto 20 de este pliego, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:

- No existan incumplimientos pendientes de resolver por parte del adjudicatario.

- Se aporte un nuevo aval de garantía por importe del 5 por 10 del importe

adjudicado (sin IVA), con similares características al que se devuelve y vigencia de dos (2) años a partir de la recepción. Este aval responderá de la puntual atención por parte del adjudicatario de las posibles reclamaciones de los usuarios en el periodo de garantía, y será devuelto una vez haya transcurrido el citado periodo de garantía sin incidencias pendientes de atender.

13.- Formalización del contrato.

13.1.- El adjudicatario queda obligado a suscribir, dentro del plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación definitiva, el documento de formalización del contrato.

Cuando el adjudicatario sea una unión temporal de empresarios, dentro del mismo plazo y con anterioridad a la firma del contrato, deberá aportar escritura pública de constitución como tal.

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13.2.- Formarán parte del contrato este Pliego de Condiciones Particulares y el Pliego de Condiciones Técnicas, con este orden de prelación.

13.3.- El contrato se podrá formalizar en escritura pública cuando así lo solicite el contratista, siendo a su costa los gastos derivados de su otorgamiento.

13.4.- Si por causa imputable al adjudicatario no pudiera formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, IDAE podrá acordar la resolución del mismo, siendo trámite necesario la audiencia del interesado. En tal supuesto, procederá la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados.

14.- Obligaciones del contratista.

14.1.- El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares, aquellas otras condiciones de ejecución que se determinen con el adjudicatario y se establezcan en el correspondiente contrato, observando fielmente la metodología técnica que se concreta en el Pliego de Condiciones Técnicas.

14.2.- El contratista será responsable de la calidad técnica de las lámparas suministradas y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para IDAE o para cualesquiera terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.

14.3.- Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen, por sí o por personal o medios dependientes del mismo, a cualesquiera terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato.

14.4.- La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista.

14.5.- El contratista deberá contratar al personal preciso para atender a sus obligaciones. Dicho personal dependerá exclusivamente del contratista, por cuanto éste tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de patrono y deberá cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, referidas al propio personal a su cargo, sin que en ningún caso pueda alegarse derecho alguno por dicho personal en relación con IDAE, ni exigirse a éste responsabilidades de cualquier clase, como consecuencia de las obligaciones existentes entre el contratista y sus empleados.

14.6.- El contratista asumirá la total responsabilidad de la ejecución del contrato en caso de concertar con terceros la realización parcial del mismo, para lo cual deberá recabarse la previa y expresa conformidad de IDAE, tanto en lo que se refiere a la empresa subcontratada como respecto del subcontrato a celebrar.

14.7.- El contratista garantizará en todo caso a IDAE toda reclamación de tercera persona fundada en la actividad de aquél.

15.- Ensayos de calidad por organismo independiente.

15.1- El contratista realizará a su cargo las pruebas establecidas en el Pliego de Comndiciones Técnicas, necesarias para demostrar que el material suministrado responde a las prestaciones ofertadas, que deberán ser realizados por el Laboratorio Central Oficial de Electrotecnia (LCOE), con domicilio en c/ José Gutierrez Abascal, 2 - 28006-Madrid.

(14)

15.2.- El ensayo de calidad se llevará a cabo mediante la realización de pruebas comúnmente admitidas, que se efectuarán sobre una muestra aleatoria de las lámparas a suministrar elegidas en cada pedido que se suministre. El contratista tendrá el derecho de asistir a las pruebas que se realicen sobre los materiales suministrados.

15.3.- En las pruebas a realizar sobre la muestra se determinarán el cumplimiento de los parámetros exigidos en el punto 1 Características Técnicas de las lámparas, del Pliego de Condiciones Técnicas.

15.4.- En caso de dudas, IDAE podrá contratar, a su costa, ensayos adicionales de calidad, a efectuar por organismos acreditados para verificar el cumplimiento de las especificaciones técnicas de los materiales suministrados por el contratista. Si finalmente se demuestra que el suministro no responde a la calidad ofrecida, las citadas pruebas serán abonadas por el Adjudicatario, con independencia de otras penalizaciones o responsabilidades que pudieran corresponder.

16.- Rechazo del suministro.

16.1.- Una vez realizado el ensayo de las características técnicas de las lámparas, IDAE podrá rechazar el suministro si el número de lámparas de la muestra, que no cumplen alguno de los parámetros exigidos en el punto 1 del Pliego de Condiciones Técnicas, es superior al 10%.

16.2.- El rechazo por causas técnicas se aplicará sin perjuicio del rechazo del suministro por incumplimiento de plazos, conforme a lo establecido en el punto 17.- Cumplimiento de los plazos de este pliego de condiciones particulares.

16.3.- En caso de rechazo, IDAE tendrá derecho a recuperar sus pagos anticipados netos con su interés igual al legal del dinero incrementado en 1,5 puntos porcentuales. El rechazo del suministro supondrá la resolución automática del contrato.

16.4.- Si a la entrega, total o parcial de las lámparas, IDAE estimare que éstas no se ajustan a los requisitos establecidos en el presente pliego o en el de especificaciones técnicas, en su caso, ordenará por escrito al contratista corregir o completar las partes del suministro, que estime necesario, haciendo constar en dicho escrito el plazo que para ello se fije, sin perjuicio de la imposición de las penalizaciones por incumplimiento de plazo si a ello hubiera lugar. Por otro lado si se advierten vicios o defectos en el material suministrado, IDAE podrá rehusar los que no estime satisfactorios.

17.- Cumplimiento de los plazos.

17.1.- El contratista queda obligado al cumplimiento del plazo total de ejecución del contrato, así como al de los plazos parciales de ejecución que se determinen.

17.2.- En caso de incumplimiento de plazos imputable al contratista, IDAE podrá imponer las penalizaciones que correspondan para lo cual, podrá hacer efectiva la garantía disponible. El importe de la penalización será el 10% (DIEZ por CIENTO) del valor de la mercancía entregada con retraso por cada semana de retraso del suministro respecto a la fecha ofertada para la puesta a disposición de IDAE de las lámparas en el almacén en territorio español incluido en contrato.

17.3.- Cuando las penalizaciones por demora alcancen el 10 por 100 del importe del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalizaciones.

(15)

17.4.- Esta misma facultad tendrá IDAE respecto al incumplimiento por parte del contratista de los plazos de ejecución parciales o cuando la demora en el cumplimiento de aquéllos haga presumir razonablemente la imposibilidad del cumplimiento del plazo total.

17.5.- La imposición de penalizaciones, o pérdida de garantías, no excluye la indemnización de daños y perjuicios a que pueda tener derecho IDAE.

17.6.- La constitución en mora del contratista no precisará intimación previa por parte de IDAE.

18.- Gastos e impuestos por cuenta del contratista.

Son de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la publicación de los anuncios legalmente previstos, así como los de formalización del contrato, si éste se elevare a escritura pública.

19.- Abonos al contratista.

19.1.- El contratista tendrá derecho al abono del suministro que realmente realice con arreglo a los precios convenidos mediante presentación y aceptación por IDAE de la correspondiente factura conforme a los hitos de pago establecidos en contrato.

19.2.- Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria o cheque nominativo dentro del plazo de 60 días desde la recepción de la factura correspondiente, si dicha factura fuera conforme y adecuada al calendario de pagos establecido.

20.- Recepción de los trabajos

20.1.- Una vez retiradas por parte de IDAE la totalidad de las lámparas, si se considera que las mismas reúnen las condiciones debidas, y una vez finalizados los ensayos de calidad por organismo independiente, se procederá al levantamiento de la correspondiente acta de aceptación suscrita por ambas partes.

20.2.- En el caso de que concluidos los SEIS meses máximo previstos de almacenaje, IDAE no hubiera procedido a la retirada de las lámparas para su distribución, se procederá por parte de IDAE a realizar la recepción del suministro en el almacén donde se encuentre. A partir de ese momento IDAE abonará el sobrecoste que corresponda por almacenaje de las lámparas no distribuidas.

20.3.- Si el material suministrado no reuniera las condiciones necesarias para proceder a su recepción, se indicarán por escrito al contratista, las instrucciones oportunas para que subsane los defectos observados y cumpla sus obligaciones en el plazo que para ello se fije. El incumplimiento de dichas instrucciones, sin motivo justificado, será causa de rescisión con pérdida de la garantía.

21.- Publicidad

El Contratista no podrá anunciarse en ningún medio de comunicación público o privado, en relación con su trabajo objeto del contrato, sin la autorización expresa y por escrito de IDAE. A tal efecto, y para cada caso particular, solicitará la autorización a IDAE.

(16)

22.- Propiedad industrial y comercial

22.1.- Al suscribir el contrato, el Contratista garantiza a IDAE contra toda clase de reclamaciones que se refieran a suministros o materiales, procedimientos y medios utilizados para la ejecución de los equipos suministrados y que procedan de titulares de patentes, licencias, planos, modelos, marcas de fábrica o de comercio.

22.2.- En el caso de que sea necesario, corresponde al Contratista obtener las licencias o autorizaciones precisas y soportar la carga de los derechos o indemnizaciones correspondientes. 23.- Aranceles impuestos y otros gastos

El contratista pagará, en su caso, todos los derechos de aduana e importación a España sobre los materiales y equipos que componen su alcance de suministro, realizando así mismo todas las gestiones que al efecto sean necesarias.

24.- Derechos de Propiedad

24.1.- La propiedad de la documentación que se obtenga y elabore, como resultado de los trabajos realizados, corresponderá al IDAE, no pudiendo por tanto el Contratista ceder, transmitir o divulgar dicha documentación sin permiso expreso de IDAE.

24.2.- La información que IDAE pueda facilitar al Contratista para la realización de los trabajos tendrá el carácter de confidencial, comprometiéndose el Contratista a no hacer uso de la misma para un fin distinto de la realización de los trabajos objeto del presente Contrato. 25.- Idioma.

El idioma de trabajo será el español, por lo que toda la documentación que se genere durante el desarrollo de los trabajos objeto de este contrato, así como las reuniones que se celebren deberán realizarse en este idioma.

26- Normas complementarias.

La dirección e inspección por parte de IDAE de los trabajos a realizar por el adjudicatario, corresponderá al departamento de Doméstico y Edificios dependiente de la Dirección de Ahorro y Eficiencia Energética de este Instituto dentro del cual se designará un responsable de proyecto, el cual, podrá dirigir instrucciones al adjudicatario siempre que no supongan modificaciones de la prestación no autorizadas, ni se opongan a las disposiciones en vigor o a las cláusulas del presente Pliego y demás documentos contractuales.

27.- Cumplimiento del contrato.

El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado la totalidad de su objeto, de conformidad con lo establecido en los documentos contractuales a satisfacción de IDAE y se hubiera formalizado el correspondiente acta de recepción.

(17)

28.- Cesión del contrato y subrogación.

28.1.- El Adjudicatario no podrá ceder o transferir a terceros, ni subrogar a persona alguna, en todo o en parte, los derechos y obligaciones dimanantes del presente Contrato, sin autorización previa por escrito de IDAE.

28.2.- En el caso de que el Adjudicatario subcontratara parte de los trabajos objeto de este Contrato, dichas subcontrataciones deberán ser conocidas y aprobadas por IDAE, siendo en todos los casos el Adjudicatario, quien asume la total responsabilidad de la ejecución de los trabajos, tanto los desarrollados por él como por sus subcontratados.

29.- Resolución del contrato.

29.1.- IDAE podrá resolver el Contrato unilateralmente mediante comunicación escrita, en caso de incumplimiento grave por el Contratista de los plazos de ejecución o entrega, o de cualquier otra condición contractual. La resolución implicará la ejecución de los avales que se hubieran prestado y la devolución de las cantidades recibidas a cuenta por el Contratista, que serán devueltas con su interés igual al legal del dinero incrementado en 1,5 puntos.

29.2.- La resolución del contrato dará derecho al Contratista a percibir sólo el precio del suministro que efectivamente hubiese realizado con arreglo al Contrato, y que hubiesen sido recibidos por el IDAE, descontando las penalizaciones que le fueran aplicables, todo ello sin perjuicio de las reclamaciones que IDAE pudiera realizar por posibles daños y perjuicios.

30- Jurisdicción aplicable.

30.1.- Las partes, con renuncia expresa al fuero que pudiera corresponderle, si fuera otro, se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales y Juzgados de Madrid capital para la resolución de cualquier controversia que pudiera surgir en la interpretación, cumplimiento y ejecución del presente Contrato.

(18)

ANEXO

I

ANEXO I

M

M

O

O

D

D

E

E

L

L

O

O

D

D

E

E

A

A

V

V

A

A

L

L

B

B

A

A

N

N

C

C

A

A

R

R

I

I

O

O

El BANCO ..., con domicilio en ... de ..., representado por D. ..., con poderes suficientes para obligarse en este acto, se constituye, tan ampliamente como en derecho se requiera, ante el INSTITUTO PARA LA DIVERSIFICACIÓN Y AHORRO DE LA ENERGÍA (IDAE), con domicilio en calle Madera número 8 de Madrid y C.I.F. Q-2820009-E, en fiador solidario de la entidad ... con domicilio social en ..., y C.I.F. ..., hasta la cantidad que constituye límite máximo del compromiso que por el presente adquiere, por importe de ... Euros, y en garantía del cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que se derivan de su participación en el concurso para el suministro de lámparas fluorescentes compactas con balasto electrónico integrado convocado por el INSTITUTO PARA LA DIVERSIFICACIÓN Y AHORRO DE LA ENERGÍA en fecha ... con referencia ………/... El presente Aval tendrá validez, hasta su devolución por parte de IDAE conforme a lo previsto en el pliego de condiciones particulares del concurso.

El BANCO ... como entidad fiadora, renuncia expresamente a cualquier beneficio que pudiere corresponderle y muy especialmente a los de orden, división y excusión comprometiéndose a atender, a primer y simple requerimiento, todas las peticiones que el INSTITUTO PARA LA DIVERSIFICACIÓN Y AHORRO DE LA ENERGÍA le realice con respecto a este aval, abonándole los importes que el mismo pudiere solicitar, bastando para ello que se lo comunique fehacientemente por escrito. La atención a la petición, se realizará sin oponer dicha entidad fiadora, excusa alguna, incluyendo la oposición del avalado, en relación con la ejecución del presente AVAL.

El firmante de este Aval está debidamente autorizado, en virtud de la escritura pública de apoderamiento otorgada ..., para obligar en la forma y términos antes expuestos a su mandante: el BANCO ..., siendo ésta una de las operaciones que, a tenor del artículo ... de sus Estatutos, puede realizar legalmente.

El presente Aval ha sido inscrito con fecha ... en el Registro Especial de Avales (o Garantías) de esta entidad con el número ...

En ..., a ... de ... de ...

(Sello de la entidad financiera y firma de su apoderado)

NOTA: La firma del apoderado de la entidad financiera deberá constar reconocida por fedatario público.

(19)

ANEXO

II

ANEXO II

MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA y DECLARACIÓN DE CONOCIMIENTO Y ACEPTACIÓN

D/Dña. ________________________________________, con DNI _______________ en representación de la empresa _______________________________________________ con C.I.F. ________________, en calidad de _____________________, declara conocer y aceptar íntegramente toda la documentación que forma parte del presente concurso, formada por:

1º Pliego de Condiciones Particulares de referencia …………../.. de fecha ……….. 2º Pliego de Condiciones Técnicas de ref.: ………./.. y fecha ……….

Igualmente, se compromete, en caso de resultar adjudicatario, a ejecutar el citado contrato por un precio total de ……….. Euros, mas el IVA que corresponda, para el suministro de 3.000.000 de lámparas, de acuerdo con el alcance establecido en los pliegos y el desglose que se acompaña (adjuntar desglose).

La puesta a disposición de las lámparas, en un almacén en la Península, se realizará conforme a la planificación contenida en la oferta, y concluirá en un plazo máximo de 8 semanas contadas a partir de la notificación de la adjudicación definitiva del contrato.

Para los eventuales pedidos adicionales, con un mínimo de 200.000 unidades, se aplicarán las siguientes condiciones:

- Precio unitario: (el mismo precio unitario que para el pedido firme en €/unidad de LBC) - Plazo de entrega máximo en un almacén en la Península: 6 semanas.

Y para que conste firma el presente en ... a ... de ... de ...

(20)

ANEXO

III

ANEXO III

DATOS DE IDENTIFICACIÓN

IDENTIFICACIÓN DEL PROPONENTE

Nombre o Razón social del PROPONENTE:

CIF:

Siglas de la empresa:

Domicilio Social:

CP: Localidad

Provincia: Tfn:

FAX:

Actividad principal de la empresa:

CNAE:

IDENTIFICACIÓN DEL REPRESENTANTE

Persona con poderes:

DNI:

Cargo:

IDENTIFICACIÓN DE LA PERSONA DE CONTACTO

Persona de contacto:

Tfn:

Cargo:

FAX:

E-mail:

Dirección (si es distinta al domicilio social):

Y para que conste firma el presente en ... a ... de ... de ...

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