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INFORMACIÓN DEL TRABAJADOR Nombre Número de Seguro Social Salario de Cotización diario Semanas Cotizadas en el IMSS CURP

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Apreciable Trabajador:

Queremos que nos conozcas mejor y nos veas como un asesor que se preocupa por ofrecerte un mejor mañana, acercándote opciones para la construcción de tu patrimonio.Sabemos que trabajas por ti y por quienes más quieres y que además de todo tu cariño, te gustaría brindarles la tranquilidad de contar con ese patrimonio que con tanto esfuerzo estás construyendo.

Es por eso que queremos que conozcas la información más relevante para que asegures el mejor mañana posible a través de tu pensión.

En este análisis patrimonial, encontrarás:

• Con cuánto dinero contarás aproximadamente al momento de tu retiro y cuál sería tu pensión mensual. • La información necesaria para aprovechar tu crédito INFONAVIT y obtener tu casa.

• Las garantías adicionales con las que cuentas por ser un trabajador afiliado al IMSS. • Cómo empezar a ahorrar y así, conseguir una mejor pensión.

• Cómo recuperar el ahorro para el retiro que juntaste, si es que trabajaste entre los años 1992 y 1997. Todos los cálculos e información anterior, estarán basados en los siguientes datos:

Queremos ser el puente entre tu esfuerzo de hoy y tu tranquilidad de mañana, por eso creamos los servicios de: AFORE, PENSIONES Y FONDOS DE INVERSIÓN, para facilitar el camino hacia la formación de tu patrimonio.

También queremos que cada vez que tomes decisiones importantes cuentes con nosotros, y que vivas el hoy y el mañana con la confianza de que lucharemos por ayudarte a construir tu patrimonio actual y futuro.

Queremos que vivas mejor.

Atentamente,

INFORMACIÓN DEL TRABAJADOR

Nombre

Número de Seguro Social

Salario de Cotización diario

Semanas Cotizadas en el IMSS

CURP

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¡Buenas noticias!

Si ya tramitaste tu crédito Infonavit

y lo estás pagando,

puedes hacer deducción de impuestos.

Artículo 176 Fracc. IV LISR. Los intereses reales efectivamente pagados en el ejercicio por créditos hipotecarios destinados a casa habitación contratados, con los integrantes del sistema financiero y siempre que el monto del crédito otorgado no exceda de un millón quinientasmil unidades de inversión. Para estos efectos, se considerarán como intereses reales el monto en el que los intereses efectivamente pagados en el ejercicio excedan al ajuste anual por inflación del mismo ejercicio y se determinará aplicando en lo conducente lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 159 de esta Ley, por el periodo que corresponda.

Procedimiento para presentar tu declaración

TRABAJADORES CON INGRESOS ANUALES, MENORES A $ 400,000

TRABAJADORES CON INGRESOS ANUALES, MAYORES A $ 400,000

Antes del mes de Diciembre: Avisa a tu patrón por escrito que tú te harás cargo de tu declaración

No Aplica En el mes de Febrero: El Banco, INFONAVIT ó SOFOL;

te informará los intereses reales de tu crédito hipotecario pagados en el ejercicio anterior, los cuales son

deducibles de impuestos.

En el mes de Febrero: El Banco, INFONAVIT ó SOFOL; te informará los intereses reales de tu crédito hipotecario

pagados en el ejercicio anterior, los cuales son deducibles de impuestos.

En el mes de Febrero: Tu patrón te entregará tu constancia de percepciones y retenciones.

En el mes de Febrero: Tu patrón te entregará tu constancia de percepciones y retenciones. En el mes de Abril: Presentas tu declaración anual y si

llegas a tener saldo a favor, el SAT te hará tu devolución en un tiempo promedio de 45 días hábiles

En el mes de abril: Presentas tu declaración anual y si llegas a tener saldo a favor, el SAT te hará tu devolución

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Pension Ley 1973

De acuerdo al art. 167 de la Ley del Seguro Social de 1973, la edad de sesenta años o más y teniendo al menos 500 semanas cotizadas, Un trabajador podría obtener del IMSS una pensión por Cesantía en edad avanzada o Vejez, esta pensión depende de la edad que elijas para retirarte, así como el promedio de los últimos salarios

La asignacion familiar consiste en una ayuda para los familiares del pensionado, esta ayuda incrementa el monto de la pensió, dependiendo del número de beneficiarios.

La pension mensual que te correspondería con base en la ley del Seguro social de 1973, considerando que continuaras cotizando hasta los 60 años, o hasta los 65 años; es la siguiente:

Nota: esta pensión no incluye el Saldo de la cuenta de vivienda

Nota: Esta pensión supone que tu sueldo actual es el sueldo a la edad de 60 años

La información presentada es una estimación realizada por esta Administradora, y la misma puede variar de conformidad con los movimientos que registren los mercados financieros, la política de inversión y la comisión de la Administradora.

$2,000 $4,000 $6,000 $8,000 $10,000

60 años 61 años 62 años 63 años 64 años 65 años

Edad

Pension mensual

Pension mensual

con asignación

familiar

Porcentaje de

salario

correspondiente

60 años

61 años

62 años

63 años

64 años

65 años

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Si tu salario a la edad de 60 años es distinto al actual, y suponiendo que continuas cotizando te corresponderia la siguiente pensión:

Nota: Esta pensión no incluye el Saldo de la cuenta de Vivienda

La información presentada es una estimación realizada por esta Administradora, y la misma puede variar de conformidad con los movimientos que registren los mercados financieros, la política de inversión y la comisión de la Administradora.

$2,000 $4,000 $6,000 $8,000 $10,000

60 años 61 años 62 años 63 años 64 años 65 años

Edad

Pension mensual

Pension mensual

con asignación

familiar

Porcentaje de

salario

correspondiente

60 años

61 años

62 años

63 años

64 años

65 años

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¡Tú puedes enriquecer el valor de tu retiro!

Goza del beneficio de realizar aportaciones a tu ahorro voluntario y contar con mayor tranquilidad e independencia económica en el momento de tu retiro.

En Profuturo GNP Afore queremos que vivas con la confianza de que velaremos por los frutos de tu patrimonio actual y futuro, es por eso que contamos con un fondo, en el que las aportaciones que realices con perspectiva de inversión de largo plazo, las puedes hacer deducibles en tu próxima declaración anual (a, b).

Con el beneficio fiscal, puedes hacer deducible hasta un 10% de tus ingresos anuales sin que excedas de 5 salarios mínimos generales anualizados. Ésta deducción disminuirá la base gravable para el pago de impuestos, por lo que podrá generarte un saldo a favor o un pago menor en tus impuestos (a,b).

Adicionalmente a este beneficio, el ahorro voluntario te permite: • Obtener atractivos rendimientos para una mejor pensión (c). • Adquirir mayor tranquilidad e independencia económica en tu retiro. • Hacer crecer tu patrimonio de largo plazo.

Para hacer deducibles tus aportaciones sigue los siguientes pasos: 1. Determina el monto que deseas hacer deducible.

2. Realiza el depósito de tu aportación por cualquiera de los medios que Profuturo tiene a tu disposición (d).

3. Incluye en tu declaración anual, (te sugerimos que junto con la asesoría de tu contador) el importe deducible de tu aportación.

Recuerda, el tiempo y la constancia son los factores claves que marcarán la diferencia para

vivir plenamente tu retiro.

En Profuturo queremos que vivas mejor.

a) LISR, Ley del Impuesto sobre la Renta, fracción V del artículo 176. Solamente se podrán hacer deducibles las aportaciones voluntarias que correspondan al ejercicio fiscal que se declara, hasta un monto máximo del 10% del total de los ingresos anuales acumulables sin que las aportaciones excedan el equivalente a cinco veces el salario mínimo anualizado de acuerdo a la zona geográfica en donde se tenga registrado el domicilio fiscal y siempre y cuando el cliente lo notifique. Para mantener el beneficio de la deducción las aportaciones deberán cumplir los requisitos de permanencia establecidos en la ley del ISR para los planes de retiro. (Dichos requisitos se refieren a que el dinero en el fondo de ahorro voluntario deberá permanecer hasta que tengas cumplidos 65 años de edad o más, o hasta que cuentes con una pensión de invalidez o incapacidad, en caso de retirarlo prematuramente se realizará una retención del 20% sobre el total del retiro).

b) La declaración anual de Personas Físicas se presentará durante el mes de abril de cada año. Las aportaciones con Beneficio Fiscal servirán para disminuir la base gravable con la que se calculan los impuestos, por lo que, en su caso, podrás solicitar el reembolso del saldo a favor a la SHCP; de lo contrario, el monto que resulte de la deducción servirá como pago de los impuestos generados en el período.

Para el caso en que aplique reembolso, el depósito se realiza en un plazo (posterior a la presentación de la declaración anual) aproximado de 40 días hábiles, es decir, entre los meses de mayo y junio.

c) Página Web CONSAR (www.consar.gob.mx), sección Información General sobre el SAR, “Cuadro comparativo de Afores: Rendimiento Neto”, cifras al cierre de mayo del 2008.

d) Puedes realizar tus aportaciones voluntarias al fondo de largo plazo (para beneficio fiscal) a través de un depósito con tu número de cuenta de Afore más la referencia de aportación voluntaria (REF: 80079) en las ventanillas bancarias de BBVA Bancomer, Banamex, y Scotiabank Inverlat, antes del 31 de diciembre.

Si requieres mayor información, comunícate a la Unidad Especializada de Atención al Público con uno de nuestros asesores patrimoniales, quien con gusto te indicará como hacer tus aportaciones voluntarias y el uso del beneficio fiscal o en su caso, como hacer el cambio de tus aportaciones a deducibles; Blvd. Adolfo López Mateos 2009, Col. Los Alpes, C.P. 01010, Delegación Álvaro Obregón, México D. F., desde el D.F. 58 09 65 55, del interior sin costo: 01 800 715 55 55 Lunes a Viernes de 8:00 a 20:00 y el sábado de 9:00 a 14:00 hrs, o escríbenos a servicioaclientes@profuturo-gnp.com.mx. www.profuturognp.com.mx. Consulta: www.consar.gob.mx y www.sat.gob.mx

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¿Cómo tramito mi pensión?

Requisitos Iniciales

1. Estar vigente en derechos a la fecha de solicitud 2. Quedar privado de trabajo remunerado

3. Contar con un mínimo de 60 años cumplidos a la fecha de la solicitud 4. Tener reconocidas ante el IMSS un mínimo de 500 semanas cotizadas

Datos Solicitados por el IMSS:

1. Nombre Completo 2. CURP

3. Número de Seguro Social 4. Sexo

5. Estado Civil

6. Fecha de Nacimiento

7. Afore que maneja su Cuenta Individual 8. Clínica de Adscripción

9. Domicilio 10. Teléfono

11. Beneficiarios Legales 12. Tipo de pensión Solicitada

Documentos solicitados por el IMSS:

1. Documento que contenga el Número de Seguro Social 2. CURP en original y fotocopia

3. Acta de Nacimiento en original y fotocopia 4. Identificación oficial en original y fotocopia

5. Documento de la Afore que maneja su cuenta Individual (Estado de Cuenta) 6. Copia Certificada del Acta de Matrimonio (en su caso)

7. Copia Certificada del Acta de Nacimiento de los Beneficiarios Legales (en su caso) 8. Comprobante de estudios de hijos mayores a 16 años y menores de 25 años (en su caso)

9. En caso de no tener cónyuge o concubina, ni hijos con derechos, acreditación de la dependencia económica de sus padres.

Unidades administrativas en las que se puede realizar el trámite en el IMSS:

1. En las ventanillas de atención a Servicio de Prestaciones Económicas de la Unidad Médica Familiar que le corresponda al trabajador.

2. Horarios de Atención: 8:00 AM a 2:00 PM en días hábiles.

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Guía de Recomendaciones

Semanas Cotizadas y Reconocidas

Las aportaciones anteriores a 1982 generalmente no se encuentran ingresadas al sistema de Consulta Numérica del Patrón. No obstante ello, el IMSS conserva registros internos de las declaraciones juradas presentadas por los empleadores a los efectos de probar los períodos correspondientes a este lapso.

El hecho de que en el Informe se hayan detectado diferencias entre lo declarado por el trabajador y los registros asentados en el IMSS, no significa necesariamente que las empresas no hayan realizado las aportaciones correspondientes. Lo que ocurre es que el IMSS, fuente principal de la cual surgen los datos registrados, en algunos casos no ha ingresado en su base de datos toda la información acorde a los períodos efectivos laborados por el trabajador.

Recomendaciones

Buscar el respaldo de documentación que permita verificar si las semanas actualmente reconocidas por el IMSS corresponden a las realmente cotizadas, a fin de garantizar la totalidad de los derechos adquiridos. Es decir:

• Aviso Afiliatorio (Hojas rosas), • Copias liquidaciones pagadas, • Recibos de Pagos de salario,

• Comprobantes SAR o Estados de Cuentas, • Carta de Renuncia o finiquito

• Cualquier otro documento emitido por el Patrón donde se asuma la relación laboral.

Una vez reunida la documentación que obre en su poder recomendamos analizar detalladamente las fechas de Alta y de Baja que allí figuran, a fin de detectar posibles diferencias con lo anteriormente declarado.

Una vez reunida la documentación que acredite todos los períodos laborados, entonces deberá acudir a la Delegación del IMSS que le corresponda de acuerdo a su domicilio y solicitar vía formulario el DESGLOSE de Semanas Cotizadas por Patrón, desde su inicio laboral a la fecha.

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Conoce tus garantias adicionales por ser un trabajador afiliado al IMSS

¿Sabías que todos los trabajadores que están afiliados al IMSS se encuentran protegidos por si algo les llegara a ocurrir? Los trabajadores como tú, están cubiertos por accidentes y enfermedades que llegaran a ocurrirles durante el desempeño de sus actividades, en inclusive durante el trayecto de tu casa al trabajo y de regreso: además tu familia está protegida por si algo llegara a ocurrirte.

Si tuvieras algun tipo de accidente o enfermedad relacionada con el trabajo, tendría una pensión aproximada para Riesgo de Trabajo, de:

* Capitulo III de la Ley de Seguro Social, para Riesgo de Trabajo.

Cuando el accidente o la enfermedad no tienen relación con el desempeño de tus actividades laborales, tendrías derecho a una pensión aproximada para Invalidez, de:

** Capitulo V de la Ley de Seguro Social, para Invalidez.

Pensión Mensual *

Pensión del Asegurado

Pensión en caso de viudez

Pensión en caso de orfandad

Pensión en caso de Viudez y

Orfandad

Pensión Mensual *

Pensión del Asegurado

Pensión con Asignación familiar

Pensión en caso de viudez

Pensión en caso de orfandad

Pensión en caso de Viudez y

Orfandad

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Recuperación de recursos SAR 92 IMSS

Las aportaciones acumuladas por los trabajadores que cotizaron al IMSS entre el 1° de marzo de 1992 y el 30 de junio de 1997 fueron depositadas en el banco que en su momento eligió el patrón y son reguladas por las leyes del IMSS y del Infonavit.

Estos recursos corresponden al periodo conocido como SAR 92. Los trabajadores que hubieran tenido más de un patrón en este periodo, pueden tener más de una cuenta, incluso las mismas pueden estar en diferentes bancos.

Por decreto publicado el 24 de diciembre de 2002 en el Diario Oficial de la Federación, los recursos que no hubieran sido transferidos a las cuentas individuales de los trabajadores en una Afore, fueron transferidos a una cuenta concentradora abierta en el Banco de México a nombre del IMSS.

Recupera tus Recursos

Estos recursos pueden ser recuperados y traspasados a una cuenta individual a tu nombre, sólo si cumples con los siguientes requisitos:

Si en tu Estado de Cuenta de Profuturo aparece reportado saldo cero en el rubro SAR IMSS 1992 y SAR Infonavit 1992, pero si cotizaste entre marzo de 1992 y junio de 1997 y cuentas con cualquier documento emitido por el (los) banco(s) durante ese periodo, puedes gestionar la recuperación de los mismos ante Profuturo.

Para recuperar tus recursos, deberás llenar la solicitud de traspaso SAR 92-97 que pondrá a tu disposición Profuturo en la sucursal de tu preferencia, anexando copia de la siguiente documentación:

1. Alguno de los siguientes documentos como identificación oficial:

a.Credencial para votar con fotografía. b.Pasaporte.

c.Cédula profesional.

d.Cartilla del servicio militar nacional.

e.Tratándose de extranjeros, presentar el documento migratorio correspondiente.

2. Al menos un documento emitido por el banco que administró la(s) cuenta(s), que contenga por lo menos tu NSS, RFC y Nombre:

a. Estado de cuenta. b. Formato SAR 03 ó 04

c. Cualquier documento emitido por la Institución de Crédito (Banco)

Algunos beneficios a considerar:

-Mejor pensión -Incrementas tu puntuación de Infonavit -Reduces la deuda de tu crédito Infonavit

Si tuviste varios patrones en esa etapa, deberás presentar un comprobante por cada patrón, sin importar que sean del mismo banco o de distintos.

La recuperación de estos recursos depende de lo que resuelvan tanto el IMSS como el Infonavit en función a sus respectivas leyes, ya que corresponden a una etapa anterior a la creación de las Afores.

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¿Qué es la ayuda por desempleo y cómo te afecta?

Es un retiro parcial de los recursos acumulados en tu cuenta individual, al ejercer este retiro, el saldo de tu subcuenta de retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez (RCV) disminuirá, y adicional el IMSS te descontará semanas de cotización afectando el número de semanas requeridas al momento de tramitar tu pensión.

¿Quién puede retirar?

• Todos los trabajadores que su cuenta individual tenga al menos tres años de haber sido abierta.*

*Los trabajadores que tengan entre tres y cinco años de antigüedad en su cuenta, deberán haber cotizado al menos 12 bimestres.

¿Cuánto puedes retirar?

• Los trabajadores que tengan entre 3 y 5 años con su cuenta individual y al menos 12 bimestres de cotización, podrán disponer de al menos 30 días de su Salario Base de Cotización.

• Los trabajadores con más de 5 años con su cuenta individual, podrán elegir retirar entre el monto mencionado en el punto anterior o retirar la cantidad que resulte menor entre 90 días de su Salario Base de Cotización de las últimas 250 semanas cotizadas o el 11.5% del saldo de la subcuenta de Retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez (RCV).

Para tramitar esta ayuda son necesarios los siguientes requisitos:

• Que hayan transcurrido 46 días a partir de que se quedó desempleado. • Que no se hayan efectuado retiros en los últimos 5 años.

¿A dónde hay que acudir?

• A la Subdelegación Administrativa del IMSS que te corresponde y solicitar la Certificación de Baja del Trabajador Desempleado.

• Teniendo la Certificación de Baja, ir 5 días hábiles después a la Afore a solicitar tus recursos.

Si te es autorizada esta ayuda, podrás acudir a una sucursal de Profuturo, con la siguiente

documentación:

• Original del Certificado de Baja.

• Original y copia de Identificación Oficial (credencial de elector o pasaporte vigente).

• Original y copia de un comprobante de domicilio actual (Recibo de teléfono, agua, predio, luz, TV de paga, estado de cuenta bancario o departamental, telefonía celular, gas, con una vigencia máxima de 3 meses).

¿Cada cuánto puedo acceder a este beneficio?

• Cada 5 años

Importante

Los trabajadores que hayan ejercido el retiro parcial por desempleo a partir del 15 de noviembre de 2008 y hasta el 26 de mayo de 2009, podrán solicitar la diferencia entre la cantidad recibida y la que tengan derecho con el aumento que implicó la reforma. Es necesario para acceder a esta prestación que acudan al IMSS para que se les entregue un nuevo certificado que confirme el derecho y acudir 5 días después a la Afore a iniciar el trámite de retiro.

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¿Qué es la ayuda para gastos de matrimonio y cómo te afecta?

Es un retiro parcial para los trabajadores afiliados al IMSS que se casaron, al ejercer este derecho, el saldo de tu subcuenta de la Cuota Social del Gobierno disminuirá.

En virtud de las reformas a la Ley del Seguro Social vigentes a partir de mayo de 2009, ya no se realiza descuento a tus semanas de cotización. Adicionalmente, todos aquellos a los que se les hizo algún descuento en el pasado por este retiro por matrimonio, les serán reintegradas sus semanas de cotización.

¿Cuánto puedes retirar?

30 días de salario mínimo vigente en el D.F. a la fecha de la celebración del matrimonio.

Para tramitar esta ayuda son necesarios los siguientes requisitos:

1) Que el matrimonio se haya celebrado a partir del 1º. de julio de 1997.

2) Tener al menos 150 semanas de cotizar en el SAR 97 a la fecha de la celebración del matrimonio. 3) Contar con la Resolución de Ayuda de Gastos de Matrimonio del IMSS.

¿A dónde hay que acudir?

• A la Unidad de Medicina Familiar que te corresponde por la Resolución de Ayuda de Gastos de Matrimonio y presentar: o Solicitud de Ayuda de Gastos de Matrimonio (Forma AGM-01, proporcionada por el IMSS).

o Acta de matrimonio original o copia certificada.

o Tarjeta de afiliación del asegurado, o bien, un documento que muestre tu NSS. o Estado de Cuenta de tu Afore.

o Copia de tu identificación oficial con fotografía y firma.

• Teniendo la Resolución de Ayuda, ir 5 días hábiles después a la Afore a solicitar tus recursos.

Si te es autorizada esta ayuda, podrás acudir a una sucursal de Profuturo, con la siguiente

documentación:

• Original de la Resolución de ayuda por matrimonio.

• Original y copia de Identificación Oficial (credencial de elector o pasaporte vigente).

• Original y copia de un comprobante de domicilio actual (Recibo de teléfono, agua, predio, luz, TV de paga, estado de cuenta bancario o departamental, telefonía celular, gas, con una vigencia máxima de 3 meses).

¿Cada cuánto puedo acceder a este beneficio?

• Una sola vez en la vida

Importante: Si te descontaron semanas por haber solicitado tu retiro por matrimonio, pide que te las reintegren.

Si tienes alguna duda o comentario, llámanos a nuestra Unidad Especializada de Atención al Público Blvd. Adolfo López Mateos #2009, Col. Los Alpes C.P. 01010, Delegación Álvaro Obregón, México D.F. al 58 09 65 55 del D.F., o al 01 800 71 55 555 del interior sin costo de lunes a viernes de 8 a 20 hrs. y sábados de 9 a 14 hrs., o escríbenos a servicioaclientes@profuturo-gnp.com.mx Consulte: www.consar.gob.mx

¿Cómo reintegro mis semanas después de haber solicitado un retiro por desempleo?

1. - Acude a la sucursal de Profuturo para que te emitan un formato de reintegro señalando el número de semanas que deseas reintegrar. 2. - Te entregarán una carta con los datos del depósito (con una vigencia de 10 das hábiles).

3. - Una vez realizado el depósito con el monto exacto, deberás entregará en sucursal: • Original y copia de identificación oficial.

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