CIENCIAS BIOMÉDICAS VI
Elaborado por: MEP Claudia Elena González Acevedo, PhD Yolanda Terán Figueroa Docentes de la Facultad de Enfermería- Adaptado del programa del núcleo “Salud y proceso
productivo” de la Licenciatura en Enfermería de la Facultad de Enfermería Actualizado: LE María Estela Rodríguez Martínez MSP
Revisado y adaptado por: MSP Martha Ranauro García1 M.C.E Gemima Valeriano Santiago1, Dra.
Miriam Rubí de los Milagros Gamboa León1, Colaborador: Médico Especialista en Ginecología y
Obstetricia Víctor Martín Enríquez Franco2,
1. Profesor- Investigador de Tiempo Completo de Licenciatura en Enfermería con Orientación en Obstetricia UASLP-CARHS
2. Profesor de asignatura de Licenciatura en Enfermería con Orientación en Obstetricia UASLP-CARHS
Datos básicos
Semestre Horas de teoría Horas de
práctica Horas trabajo adicional estudiante
Créditos
VI 5 0 0 5
Objetivos
generales
Adquirir conocimientos sobre la base biomédica que fundamenta el cuidado de enfermería a la población en sus procesos disfuncionales sexuales y reproductivos. Analizar los problemas principales que afectan los procesos reproductivos y del recién nacido en la salud, con el fin de coadyuvar a proponer e implementar medidas de intervención de Enfermería, para éste grupo de población. Ampliar los conocimientos y habilidades incorporado elementos propios de las
ciencias biomédicas en la resolución de problemas interdependientes y complicaciones potenciales del cuidado de enfermería a la población en edad reproductiva y del recién nacido.
Compartir el conocimiento adquirido para favorecer el trabajo colaborativo y desarrollar disposición para la autocrítica en la búsqueda continua del mejoramiento personal y profesional.
Desarrollar valores tales como la honestidad, responsabilidad, actitud emprendedora, crítica y asertiva, proactiva, incorporando los principios éticos y legales para el ejercicio de la profesión. Competencia (s) profesional (es) a las que contribuye a desarrollar la materia
Valorará al usuario, contemplando todas las dimensiones del ser humano y el contexto en el que se desenvuelve.
Planeará las intervenciones de enfermería considerando aspectos de promoción, prevención, tratamiento y recuperación.
Documentará y comunicará de forma amplia y completa la información a la persona, (familia y comunidad) para proveer continuidad y seguridad en el cuidado.
Planificará, organizará, ejecutará y evaluará actividades de promoción, prevención y recuperación de la salud, con criterios de calidad
Competencia (s) transversal (es) a las que contribuye a desarrollar la materia
Competencia genérica 2: Cognitivo-emprendedor
Aprender a aprender, capacidad emprendedora y de adaptarse a los requerimientos cambiantes del contexto a través de las habilidades del pensamiento complejo
(análisis, problematización, contextualización, investigación, discernimiento, innovación y liderazgo.
Temario
1. MortalidadMaterna a) Panorama epidemiológico de la MM. (Nacional, Estatal y Municipal) b) Impacto social (huérfanos)
c) Objetivos de Desarrollo del Milenio Avances en salud (Indicadores) 2. Adolescencia y
sexualidad a) Infecciones de transmisión sexual: aspectos microbiológicos y farmacológicos. b) Respuesta inmunitaria ante ITS.
c) VPH d) Trastornos menstruales e) Infecciones vaginales f) Endometriosis g) Ovario poliquístico h) Trastornos sexuales Infertilidad
3. Embarazo a) Embarazo adolescente
b) Embarazo con IVUS
c) Embriología Clínica
d) Transmisión congénitas y perinatales más frecuentes en México
e) Trastornos del primer trimestre del embarazo: Aborto, embarazo anaembrionico, embarazo ectópico. f) Trastornos del segundo trimestre del embarazo:
g) Hipertensión inducida por el embarazo, diabetes mellitus gestacional, retraso del crecimiento intrauterino.
Trastornos del tercer trimestre del embarazo: desprendimiento prematuro de la placenta, ruptura prematura de membranas y placenta previa.
4. Parto a) Concepto de distocia
b) Distocia ósea c) Distocias dinámicas
d) Distocias con anomalías de la situación, presentación, posición y actitud.
e) Sufrimiento fetal. 5. Puerperio y
recién nacido a)b) Puerperio patológico Infección puerperal c) Mastitis
d) Hemorragia puerperal
e) Problemas del RN (insuficiencia respiratoria, termorregulación ineficáz, infecciones, hipoglucemia e ictericia)
Recién nacido de alto riesgo (Prematuro ECN, Sepsis) 6. Climaterio y
posmenopausia a)b) Osteoporosis Cáncer cervicouterino. Cáncer mamario
Métodos
y
prácticas
Métodos 1.Activación de conocimiento previo y generación de expectativas apropiadas:
Lluvia de ideas. Pre interrogantes. Organizadores previos.
Interrogantes generadores. Ilustraciones.
Clases magistrales.
3.Promover el aprendizaje significativo y contextualizado: Aprendizaje colaborativo (AC)
Método de caso
Lectura con ejemplos relevantes. Análisis colaborativo de datos relevantes
Prácticas No aplica
Mecanismos y
procedimientos
de evaluación
Exámenes
parciales 1er parcial 33%
Evaluación continua: 20%
Integración al método de caso y trabajo colaborativo
Evaluación final: 80%
Portafolio de evidencias (Casos y notas) 30% Examen escrito 50%
2do parcial
33%
I Evaluación continua: 20%
Integración al método de caso y trabajo colaborativo
Evaluación final: 80%
Portafolio de evidencias (Casos y notas) 30% Examen escrito 50%
3er parcial
34%
Evaluación continua: 20%
Integración al método de caso y trabajo colaborativo
Evaluación final: 80%
Portafolio de evidencias (Casos y notas) 30% Examen escrito 50%
100%
Se llevarán a cabo de acuerdo a lo establecido en los criterios de acreditación de los programas del plan de estudios, señalados en el apartado: “Normativa general de evaluación y acreditación de los programas del Plan de Estudios”, de la propuesta curricular. Las estrategias de evaluación para este tipo de exámenes, deben ser similares a las empleadas en la evaluación final de las unidades, las cuales incluyen la evaluación de conocimientos y habilidades, actitudes y valores.
Examen ordinario Sección segunda del examen ordinario Con base en las siguientes Especificaciones :
ARTÍCULO 14o.‐ Cada materia o asignatura deberá ser objeto de un examen final ordinario, a menos que conforme a su programa pueda acreditarse por exámenes parciales o prácticas desarrolladas u otros tipos de evaluación. El examen se verificará dentro del periodo señalado en el calendario escolar aprobado por
el H. Consejo Directivo Universitario. Versará sobre los temas tratados en el curso.
ARTÍCULO 15o.‐ El examen final ordinario será aplicado por el profesor de la materia o asignatura. En este tipo de examen, conforme el artículo 40 el profesor respectivo podrá ser sustituido cuando no pueda asistir por causa de muerte, enfermedad o cualquier otra ausencia por causa de fuerza mayor o caso fortuito de acuerdo a los procedimientos señalados en este reglamento. El acta respectiva será autorizada por el director de la facultad, escuela o unidad académica multidisciplinaria.
NOTA.‐ Originalmente el artículo 15o. decía: “El examen final ordinario será aplicado por el profesor de la materia o asignatura. En este tipo de examen, conforme el artículo 40 el profesor respectivo podrá ser sustituido cuando no pueda asistir por causa de muerte, enfermedad o cualquier otra ausencia por causa de fuerza mayor o caso fortuito de acuerdo a los procedimientos señalados en este reglamento. El acta respectiva será autorizada por el director de la facultad o escuela”.
ARTÍCULO 16o.‐ Con la salvedad que señala el artículo 14, los
alumnos que no hayan presentado todos los exámenes parciales de reconocimiento, no tendrán derecho a la calificación final ordinaria. Los profesores deberán, reportar a la Secretaría de la facultad, escuela o unidad académica multidisciplinaria los resultados de los exámenes parciales conforme al artículo 9o. de este reglamento y al artículo 88
NOTA.‐ Originalmente el artículo 16o. decía: “Con la salvedad que señala el artículo 14, los alumnos que no hayan presentado todos los exámenes parciales de reconocimiento, no tendrán derecho a la calificación final ordinaria. Los profesores deberán reportar a la Secretaría de la Facultad o Escuela los resultados de los exámenes parciales conforme al artículo 9o. de este reglamento y al artículo 88, fracción III del Estatuto Orgánico”.
Artículo 88.‐ Son deberes de los miembros del personal académico:
Fracción III.‐ Proporcionar asesoría a los alumnos sobre el contenido y objetivos de las materias a su cargo, cumpliendo con las exigencias que marque el calendario lectivo. Informarán a sus alumnos los resultados de los exámenes dentro de los cinco días hábiles posteriores a su verificación y levantarán el acta correspondiente en un plazo igual subsiguiente, como máximo. ARTÍCULO 17o.‐ Además de lo indicado en los artículos 10o. y 16o. para tener derecho a presentar el examen final ordinario, el alumno deberá tener un promedio aprobatorio en los exámenes parciales de reconocimiento. Los alumnos que no tengan derecho a la calificación final no serán asentados en las actas correspondientes, y de ello se llevará registro administrativo para los efectos del artículo 11o. y 24o.
Ningún alumno podrá inscribirse o cursar simultáneamente la misma asignatura con diferentes profesores; la contravención a esta norma producirá la invalidez de las calificaciones que se hayan asignado.
ARTICUL0 18o.‐ Para asignar la calificación final ordinaria deberán
reconocimiento y del examen final ordinario si lo hubiera, según el plan de estudios y !os programas de asignatura.
Sección tercera
Del examen extraordinario
ARTÍCULO 19o.‐ El alumno que no acredite en ordinario una
materia o asignatura podrá presentar un examen extraordinario. Se verificará dentro del periodo señalado en el calendario escolar aprobado por el H. Consejo Directivo Universitario y versará sobre los temas tratados en el curso.
ARTÍCULO 20o.‐ El examen final extraordinario será aplicado por
el profesor de la materia. El profesor respectivo también podrá ser sustituido de acuerdo a los artículos 15 y 40 de este reglamento. ARTÍCULO 21o.‐ Tendrán derecho al examen final extraordinario
quienes cumplan con los requisitos marcados en el artículo 10o. y además en las dos terceras partes de los exámenes parciales hayan obtenido un promedio mínimo de 5 puntos, o se encuentren en cualquiera de los siguientes casos:
I.‐ Quienes hayan reprobado en ordinario con una calificación
mínima de 5 puntos.
II.‐ Quienes, teniendo derecho no hubieren presentado el examen ordinario, si éste fuera obligatorio.
Sección cuarta
Del examen a título de suficiencia
ARTÍCULO 22o.‐ Cada materia podrá ser objeto de un examen a título de suficiencia después de concluido el curso. Se concederá este examen por cada ocasión en que se curse la materia. Se verificará dentro del periodo señalado en el calendario escolar aprobado por el H. Consejo Directivo Universitario y versará sobre los temas tratados en el curso de la asignatura correspondiente. ARTÍCULO 23o.‐ El examen a título de suficiencia a que hace referencia el artículo anterior, deberá ser aplicado por el profesor de la materia. El profesor respectivo también podrá ser sustituido conforme a lo establecido por los artículos 15 y 40 de este reglamento.
ARTÍCULO 24o.‐ Tendrán derecho al examen a título de suficiencia los alumnos que además de cumplir con los requisitos marcados en el artículo 10o., se encuentren en cualquiera de los siguientes casos:
I.‐ Quienes hubieren reprobado el examen extraordinario.
II.‐Quienes teniendo derecho a presentar examen final
extraordinario no lo hubiesen presentado.
Examen extraordinario
III.‐Quienes hayan obtenido una calificación final ordinaria
reprobatoria, menor de 5 puntos.
IV.‐ Quienes no hayan presentado todos los exámenes parciales
de reconocimiento, siempre y cuando hayan presentado las dos terceras partes de ellos como mínimo.
Sección quinta
De los exámenes de regularización
ARTÍCULO 25o.‐ Cada materia podrá ser objeto de exámenes para
regularizar la situación académica de los alumnos. Se verificarán dentro del periodo señalado en el calendario escolar aprobado por el H. Consejo Directivo Universitario y en las fechas designadas por el Consejo Técnico Consultivo de la facultad, escuela o unidad académica multidisciplinaria. Versarán sobre los temas marcados en el programa de la asignatura correspondiente.
NOTA.‐ Originalmente el artículo 25o. decía: “Cada materia podrá ser objeto de exámenes para regularizar la situación académica de los alumnos. Se verificarán dentro del periodo señalado en el calendario escolar aprobado por el H. Consejo Directivo Universitario y en las fechas designadas por el Consejo Técnico Consultivo de la Escuela o Facultad. Versarán sobre los temas marcados en el programa de la asignatura correspondiente”.
ARTÍCULO 26o.‐ Si con las oportunidades que fijan las secciones anteriores, no se hubiera acreditado una asignatura, el alumno de las escuelas profesionales podrá solicitar exámenes para regularizar su situación académica en el número máximo de oportunidades para cada materia conforme al artículo 7o. de este reglamento, independientemente de que se haya inscrito una o dos veces en tal asignatura.
.
ARTÍCULO 27o.‐ Si el alumno ya cursó dos veces la asignatura y utilizando el máximo de oportunidades para presentar estos exámenes no aprueba la materia, no se le concederá nueva inscripción en la Universidad. Se considera que el alumno utilizó cada oportunidad cuando formuló solicitud y se presentó a la práctica del examen.
ARTÍCULO 28o.‐ Conforme al artículo 11o. de este reglamento, la sola inscripción para examen de regularización no concede derechos estatutarios de alumno.
ARTÍCULO 29o.‐ Para presentar este examen de regularización, el alumno deberá sujetarse a las siguientes disposiciones:
I.‐ Este examen deberá ser solicitado por escrito a la Dirección de
la facultad, escuela o unidad académica multidisciplinaria.
II.‐Para presentar examen para regularizar la situación académica,
deberán haber transcurrido por lo menos dos meses desde la presentación del último examen de la misma materia.
Los estudiantes que tengan como promedio de los tres parciales tendrán derecho:
Examen de regularización
A examen ordinario de 6.0 - 9.0.
A examen extraordinario los que tengan promedio entre 5.0 - 5.9.
A examen título, los promedios menores de 0 - 4.9.
Bibliografía
básica
de
referencia
Mondragón H. (2008) Gineco-obstetricia elemental. México, D.F. Trillas, 2008. 2ª Edición
Mondragón H. (2008) Gineco-obstetricia elemental. México, D.F. Trillas, 2008. 2ª Edición
Moore, Persaud Embriología Básica Ed. Interamericana Mc Graw – Hill México,
D.F. 5a Edición.
Secretaria de Salud. Norma Oficial Mexicana NOM-007-SSA2-1993 Para la atención a la mujer durante el embarazo, parto, puerperio y al recién nacido