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Nueve (9) sondeos a rotación

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Academic year: 2022

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS TRABAJOS DE REALIZACIÓN DE ESTUDIO GEOTÉCNICO DEL TERRENO PARA REDACTAR EL “PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE APARCAMIENTO SUBTERRANEO DISUASORIO INTERMODAL EN LA EXPLANADA DE LOS CAMPOS DE FUTBOL DEL SARDINERO. SANTANDER”

Articulo 1.- OBJETO DEL PLIEGO

Es objeto del presente Pliego el establecer las prescripciones técnicas particulares a las que ha de ajustarse la ejecución del contrato.

Artículo 2.- OBJETO DEL CONTRATO

El objeto del Contrato es la prestación de un servicio para la realización de estudios técnicos del terreno (Estudio Geotécnico) para conocer en profundidad las condiciones de los mismos, de modo que, aporten datos suficientes para la redacción del “Proyecto de Construcción de Aparcamiento subterráneo disuasorio intermodal en la explanada de los campos de futbol del Sardinero. Santander”.

Los Servicios contratados son de Ingeniería (Servicios de ingeniería geotécnica).

El estudio geotécnico tendrá carácter contractual y pasará a ser propiedad del Ayuntamiento de Santander

Quedan expresamente incluidos en el objeto de este pliego:

- Realización de Estudios Técnicos del terreno (Estudio geotécnico).

En ningún caso podrán servir las normas contenidas en este Pliego para justificar la omisión de estudio o descripciones que por la legislación vigente deban integrar la documentación del Estudio Geotécnico, o vengan exigidas por las características específicas de los trabajos.

Articulo 3.- DOCUMENTACION QUE SE PONE A DISPOSICION DE LOS LICTADORES Se pone a disposición de los licitadores la siguiente documentación

- Plano de los terrenos donde se va a realizar el estudio geotécnico.

El adjudicatario antes de iniciar los trabajos de campo, solicitará los servicios e instalaciones existentes en los terrenos (redes de abastecimiento de agua y riego, redes de saneamiento y drenaje superficial, estación de bombeo de aguas residuales, redes de alumbrado, semáforos y comunicaciones municipales, redes de energía eléctrica, gas, comunicaciones, etc.) a los Servicios Técnicos Municipales y empresas privadas concesionarias o titulares de los mismos.

Articulo 4.- DEFINICION DE LAS PERSONAS JURIDICAS IMPLICADAS, COMPETENCIAS, RESPONSABILIDADES Y FUNCIONES.

4.1.- ADJUDICATARIO

El licitador que haya de resultar adjudicatario del contrato recibirá de aquí en adelante la denominación de “Adjudicatario”

El adjudicatario tendrá la función de desarrollar las prescripciones del presente contrato. Los Servicios contratados son de Ingeniería que se extenderá a todas las tareas necesarias según la Ley 38/1999 de 5 de noviembre de Ordenación de la Edificación.

El adjudicatario deberá tener la iniciativa suficiente en todo momento para que ninguna acción o tramite que le competa se retrase.

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4.2. ADJUDICATARIO Y SU EQUIPO

Las responsabilidades derivadas de las acciones del Adjudicatario serán asumidas por el mismo o por las personas de su plantilla

Las responsabilidades penales se entenderán atribuidas a las personas físicas que ostenten, para las diversas cuestiones, la representación del adjudicatario. El mencionado adjudicatario será responsable subsidiario de las acciones de su personal relacionadas con el contrato.

El adjudicatario designará expresamente una persona con capacidad técnica que servirá de interlocutor con el Ayuntamiento.

Artículo 5.- DESCRIPCION DE LOS TRABAJOS APARCAMIENTO DEL CAMPO DE FUTBOL

El sustrato en la zona donde se pretende realizar el aparcamiento subterráneo, lo componen niveles carbonatados de la Formación Sardinero.

Esta unidad está compuesta por una sucesión monótona de margas y limolitas margosas grises, en alternancia rítmica con calizas margosas dispuestas en capas tabulares muy continuas, de potencia centimétrica a decimétrica.

Por encima, niveles de alteración del sustrato, compuestos por arcillas y limos con componente variable de arena y, sobre ellos, rellenos de origen antrópico, posiblemente de bastante espesor.

Según el Código Técnico de Edificación (DBSE-C), se trataría de una edificación tipo C-1, sobre un terreno tipo T-2.

En su investigación geotécnica, se sugiere la ejecución de 1 sondeo cada 30 m, de unos 18 m de profundidad. Un 50% de los sondeos podrían sustituirse por otros procedimientos de investigación, como las pruebas de penetración dinámica continua.

INVESTIGACIÓN DE CAMPO

En ese caso, se propone una investigación de campo, consistente en la ejecución de:

- Nueve (9) sondeos a rotación con recuperación continua de testigo, de 18 m de

profundidad, de modo que todos lleguen a interesar el sustrato carbonatado de la

formación Sardinero.

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Durante su ejecución se tomarán muestras inalteradas y/o testigos parafinados cada 3 m, y se realizarán a continuación ensayos de penetración dinámica estándar, SPT.

Una vez finalizados, en cinco (5) de ellos, se dejará embebida tubería piezométrica para medida del nivel freático en distintas fechas.

- Seis (6) ensayos de penetración dinámica continua, tipo DPSH, hasta alcanzar el rechazo.

ENSAYOS DE LABORATORIO

Sobre las muestras tomadas en los sondeos, se llevarán a cabo ensayos de:

- Identificación (granulometría (14) y límites de Atterberg (14)) - Estado (humedad natural (9) y densidad seca (9))

- Resistentes (Compresión simple en roca (9), ensayos de corte directo lento CD (6), y determinaciones resistentes mediante penetrómetro de mano)

- Deformabilidad (ensayos edométricos (3)) - De agresividad del suelo y agua freática (2+2)

Entre paréntesis se recoge la previsión del número de ensayos a realizar.

INFORME GEOTÉCNICO

Finalmente, se redactará un Informe Geotécnico, que recoja todos los resultados de la investigación llevada a cabo, y que proponga y analice todos los condicionantes que plantea la obra bajo estudio. En este caso, se hará referencia a:

* Establecimiento de los materiales afectados por la obra y su distribución en profundidad.

Presencia y posición del N.F y posibles oscilaciones del mismo con afección a la obra:

subpresiones, inundabilidad, alterabilidad, levantamientos, etc.

* Caracterización geotécnica de los materiales afectados por la obra

* Excavabilidad de los materiales

* Estabilidad de taludes de excavación. Necesidad de elementos de contención provisionales o rebajamientos del N.F.

* Condiciones de cimentación de la estructura: tipología de cimentación y parámetros de diseño. Asientos o levantamientos esperados y su evolución con el tiempo. Necesidad de introducir elementos externos de rigidización y/o drenaje.

Artículo 6.- PRESENTACIÓN DE LOS TRABAJOS

Los trabajos objeto de este contrato deberán presentarse en soporte papel y digital.

La presentación del Estudio técnico de los terrenos (Estudio Geotécnico), se realizarán en la forma que se detalla seguidamente:

• 4 copias normales de la documentación escrita, numerada y encuadernada a tamaño DIN-A4.

• 4 copias normales de la documentación gráfica: plegadas a tamos DIN-A4 y presentadas bajo caratula de AYUNTAMIENTO DE SANTANDER.

• 1 copia reducida a formato DIN-A3 de cada plano.

• 1 copia en soporte informático del documento completo en los siguientes formatos:

o Textos en *.doc y *.pdf o Planos en *.dwg y *.pdf

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• A fin de facilitar su lectura, los planos deberán estar “limpios” (sin capas, líneas o bloques innecesarios para la lectura del plano) y sin referencias externas (pueden ir unidas como bloque).

• Presupuestos en: *.bc3 y *.pdf

Artículo 7.- UTILIZACION DE DOCUMENTOS POR PARTE DEL ADJUDICATARIO

El adjudicatario tendrá la función de desarrollar las prescripciones del presente contrato.

Toda la documentación recogida por el Adjudicatario para la realización de su trabajo, así como el software, programas, información, etc., que se genere durante el periodo de duración del Contrato, es propiedad del Ayuntamiento de Santander, obligándose el adjudicatario a hacer entrega de la misma al finalizar el mismo, comprometiéndose, además, a no hacer uso de la misma para ninguna finalidad ajena al desarrollo del presente contrato.

Artículo 8 – DIRECCION DE LOS TRABAJOS

A los efectos prevenidos en el Pliego de Cláusulas Administrativas Generales para la Contratación de Estudios y Servicios Técnicos, el Ayuntamiento de Santander designara al Director General de Fomento y al Jefe del Servicio de Vialidad, que supervisaran la ejecución del contrato y adoptaran la decisiones e instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de este servicio.

El responsable del Contrato establecerá los criterios y definirá la actuación del Adjudicatario a fin de que los trabajos sirvan de la mejor forma a los intereses y objetivos perseguidos por el Ayuntamiento de Santander.

En particular, el responsable del contrato designara:

Los criterios y metodología para la ejecución de los trabajos después de estudiadas las propuestas que en este sentido haga el adjudicatario, pero sin tener que atenderse necesariamente a ellas.

Las prioridades de actuación en cada momento.

Cualquier otra cuestión que sea consecuencia de su labor de Dirección del presente Contrato y que, a su juicio, sean necesario para el cumplimiento de sus fines.

El responsable del Contrato en cada caso y sus posibles colaboradores, en el marco de sus respectivas funciones, serán responsables de sus decisiones y de las omisiones atribuibles a ellos. No lo serán, ni directa ni solidariamente, de las consecuencias de las acciones u omisiones de Adjudicatario o de su personal. Tampoco lo serán de las consecuencias de las acciones tomadas sobre la base de informaciones suministradas por el Adjudicatario si estas fueran inexactas.

El responsable del Contrato en cada caso, tampoco será responsable, ni directa ni solidariamente de los que, con plena responsabilidad técnica y legal decida, controle e informe al Adjudicatario. El cual deberá de disponer del personal adecuado para la realización completa de los trabajos objeto de este Contrato.

Artículo 9.- DESARROLLO DE LAS RELACIONES DEL ADJUDICATARIO CON LA ADMINISTRACIÓN

Durante el desarrollo de los trabajos todas las relaciones directas del Adjudicatario referentes al Contrato se establecerán únicamente a través de la persona que el adjudicatario designe al inicio de los trabajos.

El adjudicatario determinará por escrito, comunicándolo al Ayuntamiento, las atribuciones y funciones que delega en cada persona de su equipo, o que previamente deberá ser aprobado por el Ayuntamiento.

El Ayuntamiento no será responsable, ni directa ni solidariamente, de las consecuencias de las acciones u omisiones del Adjudicatario o de su personal en las materias en que, en el ejercicio de sus funciones

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como miembros del Equipo Redactor, hubiesen actuado directamente. Tampoco lo será de las consecuencias de las acciones, tomadas de acuerdo con informaciones suministradas por el adjudicatario si estas fueran erróneas o inexactas.

El Ayuntamiento tampoco será responsable directa o solidariamente de lo que, con plena responsabilidad técnica y legal desarrolle el adjudicatario, el cual deberá disponer del personal adecuado y con la titulación legal necesaria para la realización completa del trabajo objeto de este Contrato.

Artículo 10.- MEDIOS HUMANOS

El Adjudicatario dispondrá para la realización de los trabajos durante el plazo de vigencia del contrato los medios humanos que estarán dispuestos, como máximo, en el plazo de cinco días, contados desde la fecha de la firma del contrato. En cualquier caso, se levantará Acta de iniciación de la relación contractual en cuanto dichos medios están dispuestos, comenzado a contar el plazo desde el siguiente día a la fecha del Acta.

El autor o autores del estudio técnico tendrán la titulación académica y profesional, que les confiere la capacidad técnica y profesional adecuada para realizar este estudio.

10.1 Medios Humanos

El Responsable del Contrato podrá ordenar en cualquier momento del desarrollo del contrato, la sustitución de una o varias de estas personas por otra y otra de igual capacidad y experiencia, en el caso de que a su juicio no estén realizando correctamente los trabajos.

Las personas asignadas a la ejecución del contrato no podrán ser sustituidas sin la aceptación expresa del responsable del Contrato.

10.2 Régimen Laboral:

Las personas adscritas por el Adjudicatario, a la prestación objeto del Contrato, no tendrán ninguna relación laboral con la Administración bajo ningún concepto.

10.3 Devengos

Son de cuenta directo del Adjudicatario todos los devengos del personal, incluidos seguros sociales durante el periodo de vigencia del presente Contrato.

Artículo 11.- MEDIOS MATERIALES Y AUXILIARES

El Adjudicatario pondrá a disposición del contrato los medios materiales y auxiliares necesarios para la correcta ejecución del mismo.

Articulo 12 PRECIO DEL CONTRATO

Se establece un precio tipo del contrato de 28.539,00 Euros, IVA no incluido El desglose del precio del contrato, sin IVA, es el siguiente

- Sondeos (9 sondeos de 18 m de profundidad, con instalación de piezómetros) 15.599,00 € - Ensayos de penetración dinámica continua, DPSH (6 ensayos de unos 13 m) 2.118,00 € - Ensayos de laboratorio ... 6.122,00 € - Informe geotécnico ... 4.700,00 € Valoración total del Estudio Geotécnico (sin IVA)... 28.539,00 € Artículo 13 – DURACION DEL CONTRATO

El plazo para la realización de los trabajos de estudio técnico de los terrenos (estudio geotécnico) es de TRE$ (3) MESES, desde la firma del contrato.

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Artículo 14.- ABONO DEL CONTRATO

El contrato se abonará mediante una factura única emitida por el adjudicatario a la finalización del contrato, previa presentación del estudio geotécnico en la forma requerida en este pliego, y por la cantidad que corresponda una vez finalizada la licitación.

Artículo 15.- PLAZO DE GARANTÍA

El plazo de garantía será de 6 meses desde la finalización del contrato.

Santander, a la fecha de la firma electrónica

EL JEFE DE SERVICIO DE VIALIDAD EL DIRECTOR GENERAL DE FOMENTO Fdo.: Antonio Gutierrez Martínez-Conde Fdo.: Pablo Calvo Garcia

EXCMA. SRA. ALCALDESA (SERVICIO DE CONTRATACIÓN).

PABLO CALVO GARCIA - 20204100A

Firmado digitalmente por PABLO CALVO GARCIA - 20204100A Fecha: 2021.07.23 13:06:27 +02'00'

ANTONIO GUTIERREZ MARTINEZ CONDE - 13694043G

Firmado digitalmente por ANTONIO GUTIERREZ MARTINEZ CONDE - 13694043G Fecha: 2021.07.26 09:10:36 +02'00'

Referencias

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