Sección M1:
Observaciones de Forma
Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones
1
1293157 MARINO PORZIO, en representación de CENTRE DE TRAITEMENT ET DE
REGENERATION DU CHEVEU JF LAZARTIGUE
Denominativa J.F. LAZARTIGUE Atendido a lo dispuesto en el artículo 20 letra c) de la Ley N° 19.039, y el hecho de que la marca pedida incluye lo que pareciera ser el nombre de una persona natural, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 10 letra b) del Reglamento de la citada Ley, acompañando documento(s) autorizados ante Ministro de Fe en que conste
fehacientemente el consentimiento de la persona cuyo nombre se pretende registrar, o de sus herederos si hubiere fallecido, en cuyo caso deberá acreditar esta calidad; o en caso de solicitarse el registro de un nombre de fantasía que no corresponda a persona natural o jurídica alguna, acompáñese una declaración jurada en tal sentido.
En razón de lo establecido en el artículo 9° del Reglamento de la Ley 19.039 que señala que toda solicitud para el registro de marcas comerciales contendrá las siguientes menciones: a) Nombre completo o razón social, RUT, si tuviere, correo electrónico y domicilio del solicitante e igual información sobre su apoderado o representante, en el caso del artículo 15 de la ley, si lo hubiere y revisados los antecedentes de presentación de la solicitud, es posible determinar que la individualización del solicitante no es concordante con el RUT señalado, por lo que se resuelve:
Señale cuál es el nombre completo y RUT del solicitante, , completando asimismo los demás datos correspondientes a su domicilio en Chile y correo electrónico, si ellos no hubieren sido correctamente indicados en la presentación de la solicitud. Acompañe copia simple de su cédula de identidad para efectos de acreditar la identidad del solicitante.
Aclare solicitante, ello de acuerdo al poder custodiado con el numero 112469.
Respecto al documento acompañado en su presentación de fecha 14/01/2019 recuerde que todos los documentos que se acompañen con escritos presentados por Internet tienen el carácter de copia simple.
Se corrige redacción de cobertura en Clase 44.
Sección M1:
Observaciones de Forma
Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones
2
1296845 MARINO PORZIO, en representación de Ulta Salon, Cosmetics, and Fragrance, Inc.
Denominativa ALL THINGS BEAUTY. ALL IN ONE PLACE
Atendido lo dispuesto en el artículo 9 letra b) del
Reglamento de la Ley 19.039, referido a la especificación clara de la marca, cumpla con señalar la traducción al español de la marca solicitada o de los elementos en idioma extranjero de los cuales está compuesto el signo pedido.Téngase por corregida cobertura en Clases 3 y 35.
1296846 MARINO PORZIO, en representación de Ulta Salon, Cosmetics, and Fragrance, Inc.
Denominativa ULTA BEAUTY Atendido lo dispuesto en el artículo 9 letra b) del
Reglamento de la Ley 19.039, referido a la especificación clara de la marca, cumpla con señalar la traducción al español de la marca solicitada o de los elementos en idioma extranjero de los cuales está compuesto el signo pedido.Téngase por corregida cobertura en Clases 3 y 35.
1299167 SARGENT & KRAHN, en representación de INGRAM MACROTRON GMBH
Mixta V7 Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento
de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: en clase 9, en atención a lo señalado por el solicitante en su escrito de fecha 09/01/2019 se resuelve: corrija “filtros electrónicos para datos personales” por "filtros ópticos para pantallas".
Por aclarada cobertura en clase 20.
1299169 SARGENT & KRAHN, en representación de INGRAM MACROTRON GMBH
Denominativa V7 Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: en clase 9, en atención a lo señalado por el solicitante en su escrito de fecha 09/01/2019 se resuelve: corrija “filtros electrónicos para datos personales” por "filtros ópticos para pantallas".
Por aclarada cobertura en clase 20.
Sección M1:
Observaciones de Forma
Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones
3
1299947 SILVA Y CIA., en representación de TiVo Brands LLC
Mixta TIVO Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento
de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica:
corrija "tabletas móviles" por "tabletas electrónicas";
elimine "dispositivos móviles" por cuanto su redacción es muy amplia además de inducir a error con otras clases.
A escrito de fecha 10/01/2019 acompañe descripción de cobertura definitiva incorporando las modificaciones efectuadas a la misma en virtud de observaciones previas.
1299950 SILVA Y CIA., en representación de TiVo Brands LLC
Figurativa Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento
de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica:
corrija "tabletas móviles" por "tabletas electrónicas";
elimine "dispositivos móviles" por cuanto su redacción es muy amplia además de inducir a error con otras clases.
A escrito de fecha 10/01/2019 acompañe descripción de cobertura definitiva incorporando las modificaciones efectuadas a la misma en virtud de observaciones previas.
Sección M1:
Observaciones de Forma
Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones
4
1300436 Estudio Federico Villaseca y Cia., en representación de MORGAN STANLEY
Denominativa MORGAN STANLEY Habiéndose presentado escrito dentro de plazo sin dar cumplimiento a lo observado previamente en resolución de fecha 8 de octubre de 2018 y 12 de diciembre de 2018 en relación a la declaración jurada que es imperativo acompañar a esta solicitud de marca conforme a los arts.
20 letra C de la LPI y 10 letra B de su reglamento, se resuelve: cumpla debida e íntegramente con lo ordenado en la resolución individualizada anteriormente. En la eventualidad de no efectuarse las modificaciones y/o aclaraciones solicitadas por este Instituto, se procederá a hacer efectivo el apercibimiento legal que a continuación se indica.Téngase por acompañado el poder
individualizado en su escrito de 15 de enero del presente año.
1300921 Estudio Federico Villaseca y Cia., en representación de Sanrio Company, Ltd.
Mixta gudetama Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: En clase 43: corrija “servicios para proporcionar comida y bebida” por “servicios de comidas y bebidas preparadas”;
no ha lugar a aclaración efectuada por el solicitante por cuanto es inductiva a error con servicios de otras clases, por tanto, reitera: aclare o elimine “salones instalados con aparatos de audio y visuales con dispositivos para cantar", induce a confusión con otras clases.
A escrito de fecha 07/01/2019 acompañe descripción de cobertura definitiva incorporando las modificaciones efectuadas a la misma en virtud de observaciones previas.
Sección M1:
Observaciones de Forma
Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones
5
1300932 Estudio Federico Villaseca y Cia., en representación de Sanrio Company, Ltd.
Mixta gudetama the lazy egg Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: En clase 43: corrija “servicios para proporcionar comida y bebida” por “servicios de comidas y bebidas preparadas”;
no ha lugar a aclaración efectuada por el solicitante por cuanto es inductiva a error con servicios de otras clases, por tanto, reitera: aclare o elimine “salones instalados con aparatos de audio y visuales con dispositivos para cantar", induce a confusión con otras clases.
A escrito de fecha 07/01/2019 acompañe descripción de cobertura definitiva incorporando las modificaciones efectuadas a la misma en virtud de observaciones previas.
Sección M1:
Observaciones de Forma
Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones
6
1301855 JOHANSSON & LANGLOIS, en representación de Sony Interactive Entertainment Inc.
Denominativa PLAYSTATION CLASSIC Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: Se reitera observación para que aclare "receptores y
transmisores de radio control para juguetes modelo controlados por radio; controladores electrónicos de motor operados por jugadores para juguetes modelo", pues la redacción puede inducir a error con la clase 9, se propone corregir "receptores y transmisores de radio control para juguetes modelo controlados por radio; controladores electrónicos de motor operados por jugadores para juguetes modelo" por “controles para juguetes, a saber, receptores y transmisores de radio control para juguetes modelo controlados por radio; controles para juguetes, a saber, receptores y transmisores de radio control para juguetes modelo controlados por radio”.
Habiéndose presentado escrito dentro de plazo en el que solo se limita a reiterar la cobertura previamente objetada, sin efectuar modificaciones en la redacción de los
productos y/o servicios observados, y visto lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N°
391 de 2017 de INAPI, se resuelve: cumpla debidamente con la observación formulada con fecha 07/12/2018. En la eventualidad de no efectuarse las correcciones tendientes a aclarar la cobertura pedida conforme lo ya señalado por este Instituto, se procederá a hacer efectivo el
apercibimiento legal que a continuación se indica.
Sección M1:
Observaciones de Forma
Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones
7
1303015 ESTUDIO FEDERICO VILLASECA Y COMPAÑIA, en representación de Lenovo (Singapore) Pte.
Ltd.
Denominativa THINKHOME Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: En cobertura Clase 42 aclare “proporcionar un entorno informático virtual a través de la computación en nube accesible a través de Internet” por cuanto no se entiende el servicio que solicita, se propone corregir “proporcionar un entorno informático virtual a través de la computación en nube accesible a través de Internet” por “Prestación de sistemas informáticos virtuales mediante informática en la nube”.
1303031 SILVA Y CIA., en representación de CCBP LTD Mixta bakertilly Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: ..
A escrito de 20 de diciembre de 2018:
A lo Principal: En clase 42: Aclare el servicio a solicitar conforme al Clasificador de Niza , para "preparación de informes relacionados con el diseño de software informático para análisis comercial" atendido que la redacción del servicio induce a confusión con otra clase Al Otrosí: Téngase presente
Sección M1:
Observaciones de Forma
Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones
8
1303451 SARGENT & KRAHN, en representación de HEWLETT-PACKARD DEVELOPMENT COMPANY, L.P.
Denominativa FROSTCAP Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: Se informa al solicitante que de una lamentable omisión en la primera observación de forma sobre esta solicitud, este Instituto no observó la redacción de la cobertura solicitada en clase 9, siendo necesario haberlo hecho dado que resulta de redacción confusa. Por lo mismo, se propone el siguiente cambio en la redacción de los productos pedidos:
"aparatos que incorporan tecnología de control de temperatura para enfriar dispositivos portátiles, a saber, auriculares, audífonos, auriculares y audífonos para juegos y auriculares y audífonos de realidad virtual como parte integrante de los mismos auriculares y audífonos".
A su escrito de 15 de enero de 2019, téngase por cumplido lo ordenado.
Sección M1:
Observaciones de Forma
Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones
9
1303720 ESTUDIO CAREY LTDA., en representación de LinkedIn Corporation
Denominativa LINKEDIN LOCAL Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: A su escrito de 15 de enero de 2019, se tiene por cumplido lo ordenado respecto de la cobertura excepto en lo referido al servicio de "servicios de inserción académica, a saber, cupos para prácticas de docencia para estudiantes de instituciones educacionales y universitarios” que pretende modificar por "servicios de inserción académica, asaber, cupos para prácticas de docencia para estudiantes deinstituciones educacionales y universitarios" dado que un "cupo" no es un servicio propiamente tal, y por ende la redacción del servicio es confusa. Se propone modificar el servicio observado por "servicios educativos de inserción académica que consisten en ubicar a alumnos de instituciones educacionales y universidades en prácticas de docencia con fines de aprendizaje.".
Sección M1:
Observaciones de Forma
Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones
10
1304256 Patricio de la Barra Gili, en representación de Transelec S.A.
Denominativa TRANSMISORA DEL PACIFICO Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: ..
En clase 37, elimine “Reparación, instalación y mantención de productos de las clases 1, sal para conservar, Aditivos para su uso en la industria alimentaria, por ejemplo, pectina, lecitina, enzimas y conservantes químicos;
ingredientes para su uso en la fabricación de cosméticos y productos farmacéuticos, por ejemplo, vitaminas,
conservantes y antioxidantes; sustancias minerales, sustancias vegetales; de la clase 02, Pinturas, barnices y lacas para la industria, artesanía y artes; Adelgazantes, espesantes, fijadores y secantes para pinturas, barnices y lacas, mordantes para madera y cuero, aceites
antioxidantes y aceites para la conservación de la madera;
productos para ropa; Colorantes para alimentos y bebidas”
por cuanto respecto de dichos productos no procede la reparación, instalación o mantención; elimine “instalación de productos de productos de la clase 08,
específicamente: Herramientas manuales, agrícolas, de jardinería y paisajismo; herramientas manuales para carpinteros, artistas y otros artesanos, por ejemplo, martillos, cinceles y gravers; Instrumentos de mano eléctricos y no eléctricos para aseo personal y arte corporal, por ejemplo, maquinillas de afeitar, implementos para rizar el cabello, tatuajes y para manicura y pedicura;
Cubiertos de mesa, tales como cuchillos, tenedores y cucharas, incluidos los hechos de metales preciosos; de la clase 09, Ropa que protege contra lesiones graves o potencialmente mortales, por ejemplo, ropa de protección contra accidentes, radiación y fuego, ropa a prueba de balas, cascos de protección, protectores de cabeza para deportes, protectores bucales para deportes, trajes de protección para aviadores, rodilleras. almohadillas para los trabajadores; Aparatos e instrumentos ópticos, por ejemplo, gafas, lentes de contacto, lupas, espejos para inspeccionar el trabajo, mirillas; magnetos; amartwatches, rastreadores de actividad portátiles; de la clase 18, Equipaje y bolsas de transporte, por ejemplo, maletas,
Sección M1:
Observaciones de Forma
Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones
11
1304377 Estudio Vanzulli & Asociados, en representación de Zañartu Viñuela Juan Héctor
Mixta aqv Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento
de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: ..
A escrito de 5 de diciembre de 2018:
Se le solicita revisar los términos utilizados por el Clasificador de Niza, para clasificar productos en la presente clase 6, y conforme a ello:
Aclare el término "clips" pudiendo corregir por
abrazaderas en "clips de metal para fijación de tubos", "
clips metálicos de fijación para cables y tuberías".
Aclare el producto a solicitar para "marcos metálicos para reubicar cables no eléctricos;"
Corrija "materiales de construcción no metálicos" por
"materiales de construcción metálicos"
1305080 Marino Porzio, en representación de Sophie Martinelli
Denominativa CACTUS GARDEN Atendido lo dispuesto en el artículo 9 letra b) del
Reglamento de la Ley 19.039, referido a la especificación clara de la marca, cumpla con señalar la traducción al español de la marca solicitada o de los elementos en idioma extranjero de los cuales está compuesto el signo pedido.Téngase presente poder custodiado bajo el n°
114606.
Sección M1:
Observaciones de Forma
Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones
12
1308470 SARGENT & KRAHN, en representación de HARRIS CORPORATION
Denominativa L3 HARRIS Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: ..
En clase 9, aclare “GENERADORES ARMONICOS;
SISTEMAS DE COMUNICACIONES QUE CONSISTEN EN ENLACES DE COMUNICACIONES DE
MICROONDAS DE ALTA VELOCIDAD DE DATOS Y HARDWARE DE COMPUTADORA; SISTEMAS DE COMUNICACIONES QUE CONSISTEN EN COMPONENTES TELEFONICOS Y DE RADIO DE MICROONDAS DE ALTA VELOCIDAD DE DATOS;
COMPONENTES PASIVOS, SISTEMA INALAMBRICO DE MONITOREO DE FRECUENCIA Y CONJUNTO DE TARJETAS DE CIRCUITO DE IMPLEMENTACION DE COMPONENTES ELECTRONICOS ASOCIADOS QUE PROPORCIONAN DETERMINACION DE FRECUENCIA, CARACTERISTICAS DE FRECUENCIA, ESTADO DE FRECUENCIA Y CONTROL DE FRECUENCIA” por cuanto su redacción es confusa e inductiva a error con productos de otras clases; aclare o elimine “PROCESAR DATOS E INFORMACION ELECTRONICOS, A SABER, FILTRAR LA REPRESENTACION DIGITAL DE LA ENERGIA Y
TRADUCIRLA EN UNA REPRESENTACION VISUAL O DE AUDIO DE LA INFORMACION; ANALIZAR DATOS E INFORMACION ELECTRONICOS, A SABER, COMPARAR INFORMACION GEORREFERENCIADA, DETECTAR CUALQUIER CAMBIO Y MOSTRAR LOS CAMBIOS PARA SU CONFIRMACION VISUAL; ALMACENAR DATOS E INFORMACION ELECTRONICOS, A SABER,
TRANSFERIR DATOS E INFORMACION AL
ALMACENAMIENTO DIGITAL; Y DIFUNDIR DATOS E INFORMACION ELECTRONICOS, A SABER, CREAR INFORMACION BASADA EN PAQUETES
ELECTRONICOS QUE PUEDAN ENVIARSE POR CUALQUIER MEDIO DE TRANSFERENCIA
SELECCIONADO A OTROS LUGARES REMOTOS” por cuanto su redacción más bien corresponde a servicios y no a un producto de la clase; corrija “CONJUNTO DE
ANTENAS EN FASE” por “ANTENAS DE FASE”; aclare
Sección M1:
Observaciones de Forma
Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones
13
1309274 ALESSANDRI & COMPAÑIA, en representación de ALIBABA GROUP HOLDING LIMITED
Denominativa SCURALDATA Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: En la clase 38: aclare o especifique "servicios de agencias de información". En la clase 41: aclare o verifique "diseño de cursos educativos, exámenes y calificaciones", pues la redacción puede inducir a error con servicios de la clase 42. Corrija "actividades recreativas" por organización de actividades recreativas. Aclare "actividades sociales".
Aclare "servicios de periodismo". Aclare "actuaciones de bandas" o bien corrija por servicios de entretenimiento prestados por una banda musical. Aclare o elimine
"reparación". Aclare "facilitación de estudios de sonido e imagen". Corrija "fotografía" por servicios de fotografía.
Sección M1:
Observaciones de Forma
Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones
14
1309931 ESTUDIO FEDERICO VILLASECA Y COMPAÑIA, en representación de DAVINES S.P.A.
Mixta VIEW Atendido lo dispuesto por los artículos 15 y 22 de la Ley N°
19.039 y sus modificaciones; artículo 10 letras c) y d) del Reglamento de la citada ley, se resuelve: Acompañe poder que deberá constar a lo menos en instrumento privado, esto es firmado con firma simple o copia autorizada ante notario de dicho instrumento privado (no fotocopia simple).
Poder invocado bajo n° de custodia 113754 se encuentra incompleto no pudiendo visualizarse en forma integra.
A escrito de fecha 20/12/2018 habiéndose corroborado en la página oficial de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI) que la prioridad invocada en la presente solicitud, proveniente de dicha oficina, identificada con el N°17922851, de fecha 25/06/2018, fue efectivamente presentada en la fecha indicada y siendo coincidentes los documentos acompañados con los que se pueden visualizar en dicha pagina, se tiene por acompañado el certificado de prioridad, respecto de los productos que coincidan con la presente solicitud.
Sección M1:
Observaciones de Forma
Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones
15
1309932 ESTUDIO FEDERICO VILLASECA Y COMPAÑIA, en representación de DAVINES S.P.A.
Denominativa THE CENTURY OF LIGHT Atendido lo dispuesto por los artículos 15 y 22 de la Ley N°
19.039 y sus modificaciones; artículo 10 letras c) y d) del Reglamento de la citada ley, se resuelve: Acompañe poder que deberá constar a lo menos en instrumento privado, esto es firmado con firma simple o copia autorizada ante notario de dicho instrumento privado (no fotocopia simple).
Poder invocado bajo n° de custodia 113754 se encuentra incompleto no pudiendo visualizarse en forma integra.
A escrito de fecha 20/12/2018 habiéndose corroborado en la página oficial de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI) que la prioridad invocada en la presente solicitud, proveniente de dicha oficina, identificada con el N°17921898, de fecha 21/06/2018, fue efectivamente presentada en la fecha indicada y siendo coincidentes los documentos acompañados con los que se pueden visualizar en dicha pagina, se tiene por acompañado el certificado de prioridad, respecto de los productos que coincidan con la presente solicitud.
Sección M1:
Observaciones de Forma
Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones
16
1309933 ESTUDIO FEDERICO VILLASECA Y COMPAÑIA, en representación de DAVINES S.P.A.
Denominativa THE CIRCLE CHRONICLES Atendido lo dispuesto por los artículos 15 y 22 de la Ley N°
19.039 y sus modificaciones; artículo 10 letras c) y d) del Reglamento de la citada ley, se resuelve: Acompañe poder que deberá constar a lo menos en instrumento privado, esto es firmado con firma simple o copia autorizada ante notario de dicho instrumento privado (no fotocopia simple).
Poder invocado bajo n° de custodia 113754 se encuentra incompleto no pudiendo visualizarse en forma integra.
A escrito de fecha 20/12/2018 habiéndose corroborado en la página oficial de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI) que la prioridad invocada en la presente solicitud, proveniente de dicha oficina, identificada con el N°17921891, de fecha 21/06/2018, fue efectivamente presentada en la fecha indicada y siendo coincidentes los documentos acompañados con los que se pueden visualizar en dicha pagina, se tiene por acompañado el certificado de prioridad, respecto de los productos que coincidan con la presente solicitud.
Sección M1:
Observaciones de Forma
Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones
17
1310911 MARINO PORZIO, en representación de BPI Holdings International, Inc.
Mixta BRAKE PARTS INC. Atendido lo dispuesto en el artículo 9 letra b) del
Reglamento de la Ley 19.039, referido a la especificación clara de la marca, cumpla con señalar la traducción al español de la marca solicitada o de los elementos en idioma extranjero de los cuales está compuesto el signo pedido.
Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: En la clase 12: verifique " hardware de ajuste de frenos" y
"sensores electrónicos de desgaste de frenos", pues los hardware y los sensores son de la clase 9. Corrija
"componentes de frenos para vehículos" por partes y piezas de frenos para vehículos terrestres.Corrija el titulo de la marca solicitada a BRAKE PARTS INC, eliminando el punto final de la misma, pues en las etiquetas
acompañadas no se visualiza un punto final. Modifique del mismo modo la descripción de las etiquetas.
1312868 LUIS PEDRO SANTIS RODRÍGUEZ, en representación de Santis y Valdebenito limitada
Mixta Motel Los Angeles de Venus Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra b) del Reglamento de la Ley N° 19.039, referido a la especificación clara de la marca y la obligación de describir la misma, se resuelve:
Describa la representación gráfica del signo pedido, señalando cuales elementos están contenidos en ella, la forma y disposición de estos mismos y los colores de los cuales está compuesta, así como la tipografía o fuente utilizada en caso que ésta contenga letras, números y/o palabras.Acompañe etiquetas que no consistan en fotografia de la paleta publicitaria de la marca pedida.
Sección M1:
Observaciones de Forma
Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones
18
1312872 Alberto Antonio Rosas Miranda, en representación de Pharmaviral spa
Denominativa DARUVIR Revisados los antecedentes, se ha verificado que el número de custodia indicado a fojas 1 no corresponde al solicitante de autos. Atendido este hecho y lo dispuesto por el art. 15 de la Ley N° 19.039 y sus modificaciones; art. 10 letras c) y d) del Reglamento de la citada Ley, se resuelve:
acompañe poder que deberá constar a lo menos en instrumento privado, esto es firmado con firma simple o copia autorizada ante notario de dicho instrumento privado (no fotocopia simple) o en su defecto indique el número de custodia de poder que verdaderamente corresponde al solicitante.El numero de custodia 80739 corresponde a Biopharma Spa.
1312927 ALBERTO ANTONIO ROSAS MIRANDA, en representación de PHARMAVIRAL SPA
Denominativa VIRUNE Revisados los antecedentes, se ha verificado que el número de custodia indicado a fojas 1 no corresponde al solicitante de autos. Atendido este hecho y lo dispuesto por el art. 15 de la Ley N° 19.039 y sus modificaciones; art. 10 letras c) y d) del Reglamento de la citada Ley, se resuelve:
acompañe poder que deberá constar a lo menos en instrumento privado, esto es firmado con firma simple o copia autorizada ante notario de dicho instrumento privado (no fotocopia simple) o en su defecto indique el número de custodia de poder que verdaderamente corresponde al solicitante.
1312930 ALBERTO ANTONIO ROSAS MIRANDA, en representación de Pharmaviral spa
Denominativa TAVIN Revisados los antecedentes, se ha verificado que el número de custodia indicado a fojas 1 no corresponde al solicitante de autos. Atendido este hecho y lo dispuesto por el art. 15 de la Ley N° 19.039 y sus modificaciones; art. 10 letras c) y d) del Reglamento de la citada Ley, se resuelve:
acompañe poder que deberá constar a lo menos en instrumento privado, esto es firmado con firma simple o copia autorizada ante notario de dicho instrumento privado (no fotocopia simple) o en su defecto indique el número de custodia de poder que verdaderamente corresponde al solicitante.
Sección M1:
Observaciones de Forma
Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones
19
1312933 ALBERTO ANTONIO ROSAS MIRANDA, en representación de Pharmaviral spa
Denominativa VIRDAR Revisados los antecedentes, se ha verificado que el número de custodia indicado a fojas 1 no corresponde al solicitante de autos. Atendido este hecho y lo dispuesto por el art. 15 de la Ley N° 19.039 y sus modificaciones; art. 10 letras c) y d) del Reglamento de la citada Ley, se resuelve:
acompañe poder que deberá constar a lo menos en instrumento privado, esto es firmado con firma simple o copia autorizada ante notario de dicho instrumento privado (no fotocopia simple) o en su defecto indique el número de custodia de poder que verdaderamente corresponde al solicitante.
1312937 Alberto Antonio Rosas Miranda, en representación de Pharmaviral spa
Denominativa GLIFE Revisados los antecedentes, se ha verificado que el número de custodia indicado a fojas 1 no corresponde al solicitante de autos. Atendido este hecho y lo dispuesto por el art. 15 de la Ley N° 19.039 y sus modificaciones; art. 10 letras c) y d) del Reglamento de la citada Ley, se resuelve:
acompañe poder que deberá constar a lo menos en instrumento privado, esto es firmado con firma simple o copia autorizada ante notario de dicho instrumento privado (no fotocopia simple) o en su defecto indique el número de custodia de poder que verdaderamente corresponde al solicitante.
Sección M1:
Observaciones de Forma
Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones
20
1312960 VINAY SURESH LAKHWANI MELWANI, en representación de IMPORTADORA, EXPORTADORA, INMOBILIARIA E INVERSIONES NOBITEX LIMITADA
Mixta DASHING DIVA Atendido lo dispuesto en el artículo 9 letra b) del
Reglamento de la Ley 19.039, referido a la especificación clara de la marca, cumpla con señalar la traducción al español de la marca solicitada o de los elementos en idioma extranjero de los cuales está compuesto el signo pedido.
Atendido lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley N° 19.039 y el estado administrativo de la solicitud de registro del signo pedido, respecto del cual no se ha otorgado aún registro y por ende no se encuentra aún inscrito en los términos que señala la norma ya citada, acompañe nuevos ejemplares de la representación gráfica del signo pedido, idénticas en diseño y colores a la acompañada
inicialmente, que no contengan el símbolo ®.Habiéndose revisado numero de RUT ante el SII y el poder
acompañado, de oficio se corrige solicitante.
Sección M2:
Aceptación a Trámite
Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones
21
1272677 SARGENT & KRAHN, en representación de COLE-PARMER INSTRUMENT COMPANY LLC
Denominativa STABLETEMP A su escrito de fecha 14/01/2019 se resuelve:
Por cumplido lo ordenado.
1274522 Claus Krebs Poulsen, en representación de Apple Inc.
Figurativa A su escrito de fecha 14/01/2019 se resuelve:
Por cumplido lo ordenado.
1279680 CHRISTIAN GUSTAVO ERNST SUÁREZ, en representación de Microsoft Corporation
Figurativa A su escrito de fecha 11/01/2019 se resuelve:
Por cumplido lo ordenado.
1286875 MARINO PORZIO, en representación de Louis Vuitton Malletier
Denominativa L'AIR DU JARDIN A su escrito de fecha 11/01/2019 se resuelve:
Por cumplido lo ordenado.
1286888 MARINO PORZIO, en representación de Louis Vuitton Malletier
Denominativa ÎLE BLANCHE A escrito de fecha 09/01/2019 y 16/01/2019 téngase por aclarada cobertura.
Traduciendo de oficio marca al español.
1286902 MARINO PORZIO, en representación de Louis Vuitton Malletier
Denominativa DEHORS IL NEIGE A escrito de fecha 09/01/2019 y 22/01/2019 téngase por acompañada traducción de marca al español y por aclarada cobertura.
1288109 MARINO PORZIO, en representación de Louis Vuitton Malletier
Denominativa EN MAI A escrito de fecha 09/01/2019 y 22/01/2019 téngase por aclarada cobertura.
1288110 MARINO PORZIO, en representación de Louis Vuitton Malletier
Denominativa ÉCORCE ROUSSE A escrito de fecha 09/01/2019 y 22/01/2019 téngase por aclarada cobertura.
1291960 PEDRO CARLOS ROJAS ILLANES, en representación de ALEJANDRA CAROLINA RADBIL ARRITOLA
Denominativa MÉTODO DIVINO MAESTRO A su escrito de fecha 11/01/2019 se resuelve:
Por cumplido lo ordenado.
1295033 Valentina Venturelli Santa María, en representación de Alere Scarborough, Inc
Denominativa ID NOW A escrito de fecha 10/01/2019 téngase por aclarada cobertura.
1295832 ESTUDIO CAREY LTDA., en representación de Société des Produits Nestlé S.A.
Denominativa YO-GROW A su escrito de fecha 14/01/2019 se resuelve:
Por cumplido lo ordenado.
1296493 SONIA DEL ROSARIO CORTÉS ESPINOZA Mixta GAMAN A escrito de fecha 09/01/2019 téngase por acompañadas
etiquetas en forma.
1296789 ANGEL CRISTOPHER LABRA CASTILLO, en representación de GENESIS GROUP CHILE SpA
Mixta DOLCE BELLA A escrito de fecha 09/01/2019 téngase por aclarada cobertura.
1296790 ANGEL CRISTOPHER LABRA CASTILLO, en representación de GENESIS GROUP CHILE SpA
Mixta PFIFFERY A escrito de fecha 09/01/2019 téngase por aclarada
cobertura.
1296847 MARINO PORZIO, en representación de Ulta Salon, Cosmetics, and Fragrance, Inc.
Denominativa ULTA A su escrito de fecha 14/01/2019 se resuelve:
Por cumplido lo ordenado.
Sección M2:
Aceptación a Trámite
Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones
22
1298693 IGNACIO MIGUEL MARTÍNEZ CORNEJO, en representación de BUENA CEPA LTDA.
Denominativa LABERINTO A escrito de fecha 10/01/2019 téngase por acompañado n°
de custodia de poder.
1298732 MARINO PORZIO, en representación de adp Gauselmann GmbH
Denominativa NEON WILDCAT A escrito de fecha 09/01/2019 téngase por aclarada cobertura.
1298733 MARINO PORZIO, en representación de adp Gauselmann GmbH
Denominativa NEON WILD A escrito de fecha 09/01/2019 téngase por aclarada cobertura.
1299626 MARINO PORZIO, en representación de NATURA COSMETICOS S.A.
Denominativa PERFUMIER A su escrito de fecha 14/01/2019 se resuelve:
Por cumplido lo ordenado.
1299949 SILVA Y CIA., en representación de TiVo Brands LLC
Mixta TIVO A escrito de fecha 10/01/2019 téngase por aclarada
cobertura.
1299952 SILVA Y CIA., en representación de TiVo Brands LLC
Figurativa A escrito de fecha 10/01/2019 téngase por aclarada
cobertura.
1300137 JORGE ZEIDAN MASHINI FACUSE, en representación de Berlin Cafe Limitada
Mixta BERLINTEXX CAFÉ CHILE KAFFEE, KUCHEN & MEHR
A su escrito de fecha 14/01/2019 se resuelve:
Por cumplido lo ordenado.
1300213 MARINO PORZIO, en representación de MBDA FRANCE
Denominativa LICORNE A escrito de fecha 09/01/2019 téngase por acompañado n°
de custodia de poder.
Corrigiendo de oficio redacción de "Radares y partes y piezas para embarcaciones" por "Radares y sus partes y piezas para embarcaciones".
1300474 IURIS ABOGADOS S.A. ), en representación de OLEOFLEX SpA
Mixta OLEO FLEX A su escrito de fecha 14/01/2019 se resuelve:
Por cumplido lo ordenado.
1300654 Clarke, Modet y Compañia Chile Limitada, en representación de BigHit Entertainment Co., Ltd.
Mixta BTS A su escrito de fecha 11/01/2019 se resuelve:
Por cumplido lo ordenado.
1300769 Beuchat, Barros y Pfenniger, en representación de RTC SOCIEDAD ANONIMA
Mixta TEKS A su escrito de fecha 11/01/2019 se resuelve:
Por cumplido lo ordenado.
1300784 Beuchat, Barros y Pfenniger, en representación de RTC SOCIEDAD ANONIMA
Mixta TEKS A su escrito de fecha 11/01/2019 se resuelve:
Por cumplido lo ordenado.
1300914 Estudio Federico Villaseca y Cia., en representación de Sanrio Company, Ltd.
Mixta gudetama A escrito de fecha 07/01/2019 téngase por aclarada
cobertura.
1300918 Estudio Federico Villaseca y Cia., en representación de Sanrio Company, Ltd.
Mixta gudetama A escrito de fecha 07/01/2019 téngase por aclarada
cobertura.
1300926 Estudio Federico Villaseca y Cia., en representación de Sanrio Company, Ltd.
Mixta gudetama the lazy egg A escrito de fecha 07/01/2019 téngase por aclarada cobertura.
Sección M2:
Aceptación a Trámite
Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones
23
1300929 Estudio Federico Villaseca y Cia., en representación de Sanrio Company, Ltd.
Mixta gudetama the lazy egg A escrito de fecha 07/01/2019 téngase por aclarada cobertura.
1300941 SARGENT & KRAHN, en representación de A.P.
MOLLER - MAERSK A/S
Denominativa SEALAND A su escrito de 15 de enero de 2019, téngase por cumplido lo ordenado y por rectificada la cobertura de clases 35, 36 y 39. Se deja constancia que existió una inconsistencia en su escrito, dado que en el cuerpo del mismo reclasificaba en servicio "servicios secretariales y de oficina
relacionados con tramitación y emisión, ejecución, gestión o presentación de documentos, certificados y/o
documentos relacionados con la seguridad de productos, aduanas, logística y /o actividades de transporte" en clase 36, y luego lo ubicaba en clase 35. Este Instituto ha entendido que quiso clasificarlo en clase 35 por su naturaleza.
1300945 SARGENT & KRAHN, en representación de THE BOARD OF TRUSTEES OF SANTIAGO
COLLEGE FOR GIRLS
Mixta SANTIAGO COLLEGE ALUMNI ASSOCIATION HOCKEY
A escrito de 20 de diciembre de 2018:
A lo Principal: Téngase presente poderes singularizados Al Otrosí: Téngase por ratificado
1300946 SARGENT & KRAHN, en representación de THE BOARD OF TRUSTEES OF SANTIAGO
COLLEGE FOR GIRLS
Mixta SANTIAGO COLLEGE ALUMNI ASSOCIATION VOLLEYBALL
A escrito de 20 de diciembre de 2018:
A lo Principal: Téngase presente poderes singularizados Al Otrosí: Téngase por ratificado
1300947 SARGENT & KRAHN, en representación de THE BOARD OF TRUSTEES OF SANTIAGO
COLLEGE FOR GIRLS
Mixta A SANTIAGO COLLEGE ALUMNI ASSOCIATION BASKETBALL
A escrito de 20 de diciembre de 2018:
A lo Principal: Téngase presente poderes singularizados Al Otrosí: Téngase por ratificado
1300948 SARGENT & KRAHN, en representación de THE BOARD OF TRUSTEES OF SANTIAGO
COLLEGE FOR GIRLS
Mixta SANTIAGO COLLEGE SANTIAGO DE CHILE FUNDADO EN 1880 LA EDUCACIÓN ENNOBLECE
A escrito de 20 de diciembre de 2018:
A lo Principal:
Téngase presente poderes singularizados
Téngase por corregido nombre de la marca y descripción gráfica de etiqueta
Al Otrosí: Téngase por ratificado 1300979 Rossana Buzzo Garay, en representación de
Lijuan Wang
Mixta Eterna A escrito de 20 de diciembre de 2018:
Téngase por cumplido lo ordenado 1301368 ÁLVARO XAVIER FERNÁNDEZ ROJAS, en
representación de ACCIONA ENERGIA, S. A.
Denominativa ATHERMIS A su escrito de fecha 11/01/2019 se resuelve:
Por cumplido lo ordenado.
Sección M2:
Aceptación a Trámite
Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones
24
1301966 MARCO ANTONIO ROCHA POBLETE, en representación de AVM Publicidad SpA
Denominativa AVM Publicidad A su escrito de fecha 11/01/2019 se resuelve:
Por cumplido lo ordenado.
1302045 MARINO PORZIO, en representación de Fundación para Ayuda y Rehabilitación de Discapacitados
Mixta V C F E A su escrito de fecha 14/01/2019 se resuelve:
Por cumplido lo ordenado.
1302285 Mahish Kumar Sadarangani Mahboobani, en representación de Certainteed Gypsum and Ceiling Manufacturing, Inc.
Denominativa LEVELLINE A su escrito de 15 de enero de 2019, téngase por cumplido lo ordenado y por acompañado el poder en custodia.
1302447 Valentina Venturelli Santa María, en representación de Zespri Group Limited
Mixta Zespri Kiwifruit A su escrito de 15 de enero de 2019, téngase por cumplido lo ordenado y por rectificada la cobertura.
1302448 Valentina Venturelli Santa María, en representación de Zespri Group Limited
Mixta Zespri Kiwifruit A su escrito de 15 de enero de 2019, téngase por cumplido lo ordenado y por rectificada la cobertura.
1302449 Valentina Venturelli Santa María, en representación de Zespri Group Limited
Mixta Z A su escrito de 15 de enero de 2019, téngase por cumplido
lo ordenado y por rectificada la cobertura.
1302451 Valentina Venturelli Santa María, en representación de Zespri Group Limited
Figurativa A su escrito de 15 de enero de 2019, téngase por cumplido
lo ordenado y por rectificada la cobertura.
1302453 Valentina Venturelli Santa María, en representación de Zespri Group Limited
Figurativa A su escrito de 15 de enero de 2019, téngase por cumplido
lo ordenado y por rectificada la cobertura.
1302707 SARGENT & KRAHN, en representación de DEBONAIR TRADING INTERNACIONAL LDA
Denominativa MISS SO...? A su escrito de 15 de enero de 2019, téngase por cumplido lo ordenado y por rectificada la cobertura.
1302989 Patricio de la Barra Gili, en representación de Hotel Corporation of Chile S.A.
Mixta SANTIAGO A escrito de 18 de diciembre de 2018:
Téngase por aclarado representantes Téngase presente poder singularizado
Se deja constancia que de oficio, se corrige descripción gráfica de etiqueta y se elimina "servicios médicos" de la clase 43, por no pertenecer a la misma
1303030 JOHANSSON & LANGLOIS, en representación de SoundTalks NV
Denominativa SoundTalks A escrito de 20 de diciembre de 2018:
Téngase por corregidas clases observadas 1304113 JARRY IP SpA, en representación de QUIMICA
DE MUNGUIA S.A. (QUIMUNSA)
Denominativa DIPTRON A su escrito de fecha 11/01/2019 se resuelve:
Por cumplido lo ordenado.
1304497 CRISTÓBAL ANDRÉS HAMMERSLEY PUENTES, en representación de MACARENA ANDREA VALDIVIA ARRIAGADA
Mixta Centro Médico Integral Natales A su escrito de fecha 14/01/2019 se resuelve:
Por cumplido lo ordenado.
Sección M2:
Aceptación a Trámite
Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones
25
1304872 Soledad Gonzalez Rodriguez, en representación de Asociación de Administradoras de Fondos Mutuos de Chile A.G.
Denominativa A Fondo A su escrito de 15 de enero de 2019, téngase por cumplido lo ordenado y por rectificada la cobertura.
1304874 Soledad Gonzalez Rodriguez, en representación de Asociación de Administradoras de Fondos Mutuos de Chile A.G.
Denominativa A Fondos Mutuos Chile A su escrito de 15 de enero de 2019, téngase por cumplido lo ordenado y por rectificada la cobertura.
1304875 Soledad Gonzalez Rodriguez, en representación de Asociación de Administradoras de Fondos Mutuos de Chile A.G.
Denominativa A Fondo con mi futuro A su escrito de 15 de enero de 2019, téngase por cumplido lo ordenado y por rectificada la cobertura.
1304876 Soledad Gonzales Rodriguez, en representación de Asociación de Administradoras de Fondos Mutuos de Chile A.G.
Denominativa Asociación de Fondos Mutuos A su escrito de 15 de enero de 2019, téngase por cumplido lo ordenado y por rectificada la cobertura.
1306000 Magliona y Compañía Limitada, en representación de Juan José Fernández
Denominativa FROZEN APPETITE Téngase por cumplido lo ordenado.
1306002 Magliona y Compañía Limitada, en representación de Juan José Fernández
Mixta APPETITE Téngase por cumplido lo ordenado.
1306823 FELIPE ALEJANDRO SEPÚLVEDA GAJARDO, en representación de FRITZ SEPULVEDA PRODUCCIONES LIMITADA
Denominativa SUPER FIESTA BARCELONA A escrito de 5 de diciembre de 2018, C/2018/111196, téngase por corregida clase observada, se resuelve como se pide devuélvase, tasa pagada atendido que existió un doble pago.
A escrito de 26 de diciembre de 2018:
Estese a lo resuelto precedentemente
Sin perjuicio de lo resuelto al escrito de fecha 27 de noviembre de 2018, éstese a lo resuelto con esta fecha en cuanto a la devolución
1312689 JUAN ALBERTO SALAZAR RODRÍGUEZ Mixta TIRO DE GRACIA
1312851 DIEGO CAMUS CAMPODÓNICO Denominativa CASA AMANCAY
1312852 PATRICIO ANTONIO DAHER JEREZ Mixta NoSweat Back Pack De oficio se corrige marca pedida, ello al tenor de etiqueta acompañada .
1312853 FRANCISCO ALEJANDRO ORTIZ VIDAL Denominativa KNOWMAD
1312860 ANDREA CATALINA QUIROGA HUNEEUS Mixta PERROS PITUCOS Y GATOS CUICOS 1312870 PILAR ISABEL SMOJE GUEICO Denominativa Kabum
1312878 FERNANDO ENRIQUE LÓPEZ ENCINA Denominativa Omega Ingeniería de Proyectos
Sección M2:
Aceptación a Trámite
Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones
26
1312882 ALBAGLI, ZALIASNIK & CÍA., en representación de ALIMENTOS DULCE LUNA SPA
Mixta AVENUE DU BOIS
1312883 ALBAGLI, ZALIASNIK & CÍA., en representación de ALIMENTOS DULCE LUNA SPA
Mixta AVENUE DU BOIS
1312884 ALBAGLI, ZALIASNIK & CÍA., en representación de ALIMENTOS DULCE LUNA SPA
Mixta AVENUE TO GO
1312885 ALBAGLI, ZALIASNIK & CÍA., en representación de ALIMENTOS DULCE LUNA SPA
Mixta AVENUE TO GO
1312890 JOSE ANGEL THEN RAMOS Mixta Estación Dental
1312892 LUIS FELIPE STREETER NEBEL Denominativa SW REAL ESTATE
1312894 LUIS FELIPE STREETER NEBEL Mixta BLEDFORD
1312896 ANDREA DAWSON AHUMADA, en
representación de Candy Heredia y Cia Ltda.
Denominativa BENDITO CHEF 1312897 MARCELO MANUEL EDUARDO MONTALVA
REDÓN, en representación de Ouro Preto Spa
Denominativa Morera 1312898 ESTUDIO FEDERICO VILLASECA Y COMPAÑIA,
en representación de Novartis AG
Denominativa OJOND 1312899 ESTUDIO FEDERICO VILLASECA Y COMPAÑIA,
en representación de Novartis AG
Denominativa VUOSEK 1312902 FRANCISCO JAVIER MONASTERIO FIGUEROA Denominativa AMAE 1312903 CARLO ALBERTO DÍAZ LILLO, en representación
de CASTANEDA OTERO SPA
Denominativa Bodysvelta 1312914 RODRIGO FRANCISCO JAIME URRUTIA
PANTOJA, en representación de Forma Sociedad Anónima
Mixta NEWLOGISTIK
1312925 VINAY SURESH LAKHWANI MELWANI, en representación de IMPORTADORA, EXPORTADORA, INMOBILIARIA E INVERSIONES NOBITEX LIMITADA
Mixta MIZON Habiéndose revisado numero de RUT ante el SII y el
poder acompañado, de oficio se corrige solicitante.
1312928 CLAUDIO CHRISTIAN HITSCHFELD JIMÉNEZ Denominativa ironhuman 1312929 NELSON ROBERTO MORALES CHÁVEZ Denominativa SHAKA 1312932 PABLO GERMÁN MARÍN STEHR, en
representación de LIVEHOME SpA
Mixta Wellsys
Sección M2:
Aceptación a Trámite
Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones
27
1312935 PABLO GERMÁN MARÍN STEHR, en representación de LIVEHOME SpA
Mixta 7 gramos
1312938 CARLO ALBERTO DÍAZ LILLO, en representación de CASTANEDA OTERO SPA
Denominativa kinesvelta 1312939 PABLO GERMÁN MARÍN STEHR, en
representación de LIVEHOME SpA
Denominativa Biozone 1312940 NELSON ROBERTO MORALES CHÁVEZ Denominativa SALIS 1312953 FERNANDO NELSON GALLARDO GRAZIANI Mixta NORDEN 1312956 VINAY SURESH LAKHWANI MELWANI, en
representación de IMPORTADORA, EXPORTADORA, INMOBILIARIA E INVERSIONES NOBITEX LIMITADA
Mixta A'PIEU Habiendose revisado numero de RUT ante el SII y el
poder acompañado, de oficio se corrige solicitante .
1312957 ENRIQUETA GABRIELA GONZÁLEZ
FUENZALIDA, en representación de HELIDERM LTDA.
Denominativa CANA BIS
1312961 CRISTIAN ANDRÉS MILLAS JOHN Mixta Casas cubik De oficio se corrige marca pedida y descripcion grafica, ello al tenor de etiquetas acompañadas.
1312962 VIRGINIA DEL CARMEN GAJARDO BRAVO, en representación de MAURICIO ERNESTO QUEZADA ESTRADA
Denominativa EL CLUB DE LA BOTA
1312963 VINAY SURESH LAKHWANI MELWANI, en representación de IMPORTADORA, EXPORTADORA, INMOBILIARIA E INVERSIONES NOBITEX LIMITADA
Mixta ISNTREE Habiéndose revisado numero de RUT ante el SII y el
poder acompañado, de oficio se corrige solicitante.
1312968 DIEGO SEBASTIÁN CABALLERO TAPIA Mixta Quiebra tus deudas 1312970 MARJORIE ANGÉLICA SÁNCHEZ ROJAS Denominativa Cosméticas Panal 1312971 CARLOS ENRIQUE DÍAZ MADRID Denominativa MV
1312972 FELIPE EDUARDO MUÑOZ DÍAZ Mixta NUM
1312973 FABIÁN RODRIGO INOSTROZA MELO Mixta MURANO PROPIEDADES
Sección M3:
Observaciones de Fondo
Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones
28
1299108 MIGUEL TORO ACEVEDO Denominativa ARTHICO Artículos 19 y 20 letras f) y h) de la Ley N°19.039, la marca solicitada se presta para inducir a error o engaño respecto de la procedencia de los productos y/o servicios y,
además, presenta semejanza gráfica y fonética, respecto a Registro 881077 Marca ARTIC, clase 37.
1299499 Helena Siebel B., en representación de Inversiones Sodisa Limitada
Denominativa VIÑA TRICAO Artículos 19 y 20 letras f) y h) inciso 1 de la ley N°19.039.
La marca solicitada presenta igualdad o semejanza gráfica y fonética y se presta para inducir a confusión, error y/o engaño respecto de la procedencia, cualidad o género de los productos, respecto a MONTES TRICAO, para distinguir productos de la clase 33, registro 1180888.
1299503 Helena Siebel B., en representación de Inversiones Sodisa Limitada
Denominativa TRICAO Artículos 19 y 20 letras f) y h) inciso 1 de la ley N°19.039.
La marca solicitada presenta igualdad o semejanza gráfica y fonética y se presta para inducir a confusión, error y/o engaño respecto de la procedencia, cualidad o género de los servicios, respecto a MONTES TRICAO, para distinguir productos de la clase 33, registro 1180888.
1299512 Helena Siebel B., en representación de Inversiones Sodisa Limitada
Denominativa PARQUE TRICAO Artículos 19 y 20 letras f) y h) inciso 1 de la ley N°19.039.
La marca solicitada presenta igualdad o semejanza gráfica y fonética y se presta para inducir a confusión, error y/o engaño respecto de la procedencia, cualidad o género de los productos, respecto a MONTES TRICAO, para distinguir productos de la clase 33, registro 1180888 1299513 Helena Siebel B., en representación de
Inversiones Sodisa Limitada
Denominativa PARQUE TRICAO Artículos 19 y 20 letras f) y h) inciso 1 de la ley N°19.039.
La marca solicitada presenta igualdad o semejanza gráfica y fonética y se presta para inducir a confusión, error y/o engaño respecto de la procedencia, cualidad o género de los servicios, respecto a MONTES TRICAO, para distinguir productos de la clase 33, registro 1180888
Sección M3:
Observaciones de Fondo
Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones
29
1299517 Helena Siebel B., en representación de Inversiones Sodisa Limitada
Denominativa PARQUE TRICAO Artículos 19 y 20 letras f) y h) inciso 1 de la ley N°19.039.
La marca solicitada presenta igualdad o semejanza gráfica y fonética y se presta para inducir a confusión, error y/o engaño respecto de la procedencia, cualidad o género de los servicios, respecto a MONTES TRICAO, para distinguir productos de la clase 33, registro 1180888.
Sección M3:
Observaciones de Fondo
Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones
30
1299699 JORGE LUIS URIBE GENERAL, en representación de PASARELA MODA SPA
Mixta CFW chile fashion week La presente solicitud de marca presenta igualdad o semejanza gráfica y fonética y se presta para inducir a confusión, error y/o engaño respecto de la procedencia, cualidad o género de los servicios, causales contenidas en los artículos 19 y 20 letras f) y h) de la Ley N°19.039, respecto a la marca CFW Coquimbo Fashion Weekend, para distinguir servicios de la clase 35 y 41, Número de registro 1274212.
Que para configurar las causales citadas se deberá analizar en primer lugar las coberturas de los signos en conflicto, esto es, su ámbito de protección, que se define por los productos, servicios o establecimientos que pretenden distinguir en el mercado. Resulta esencial determinar si las coberturas de los signos en conflicto son idénticas, similares o relacionadas entre sí, pues si no existe una relación entre los productos o servicios solicitados, normalmente, no existirá impedimento para la convivencia entre los signos, en virtud del principio de especialidad de las marcas comerciales . La marca solicitada presenta identidad de servicios en cl-. 35 y 41, con respecto a aquellos servicios que distingue la marca registrada, Exposiciones de desfiles de modas con fines comerciales; Organización de desfiles de moda con fines promocionales; Organización de desfiles de modas con fines comerciales, cl. 35; y Organización de desfiles de moda con fines recreativos; Organización de desfiles de modas con fines de entretenimiento; clase 41.
Que, al efectuar la comparación gráfica entre el signo solicitado CFW chile fashion week y la marca previa registrada CFW Coquimbo Fashion Weekend, son casi idéntcias, y se puede apreciar que sólo se diferencian en una palabra, chile y coquimbo respectivamente. La representación gráfica no contribuye a su diferenciación debido a la predominancia de los elementos denominativos en el conjunto solicitado. De acuerdo a lo expuesto, permite suponer que de otorgarse el signo solicitado puede ser causa de toda clase de errores o confusión en el público consumidor acerca del verdadero origen de los servicios que pretenden distinguir con la marca solicitada.
Por tanto y teniendo en cuenta las semejanzas existentes entre los signos anteriormente examinados y a la luz de sus respectivos ámbitos aplicativos, se considera que su
Sección M3:
Observaciones de Fondo
Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones
31
1300570 SARGENT & KRAHN, en representación de CEMENTO POLPAICO S.A.
Mixta POLPAICO Artículos 19 y 20 letras f) y h) de la Ley N°19.039, la marca solicitada se presta para inducir a error o engaño respecto de la procedencia de los productos y/o servicios y,
además, presenta semejanza gráfica y fonética, respecto a Registro 1193460 Marca POLPAICO, clase 33, a nombre de Agroproductos Bauza Limitada; Registro 1236313 Marca COMPAÑIA MINERA POLPAICO, clase 37; Registro 1236314 Marca COMPAÑIA MINERA POLPAICO, clase 40 y Registro 1236315 Marca COMPAÑIA MINERA
POLPAICO, clase 42, a nombre de Compañia Minera Polpaico Limitada.
1300571 SARGENT & KRAHN, en representación de CEMENTO POLPAICO S.A.
Mixta POLPAICO Artículos 19 y 20 letras f) y h) de la Ley N°19.039, la marca solicitada se presta para inducir a error o engaño respecto de la procedencia de los productos y/o servicios y,
además, presenta semejanza gráfica y fonética, respecto a Registro 1193460 Marca POLPAICO, clase 33, a nombre de Agroproductos Bauza Limitada; Registro 1236313 Marca COMPAÑIA MINERA POLPAICO, clase 37; Registro 1236314 Marca COMPAÑIA MINERA POLPAICO, clase 40 y Registro 1236315 Marca COMPAÑIA MINERA
POLPAICO, clase 42, a nombre de Compañia Minera Polpaico Limitada.
1301064 JOHANSSON & LANGLOIS, en representación de LOGGI TECNOLOGIA LTDA.
Mixta Loggi Artículos 19 y 20 letras f) y h) de la Ley N°19.039, la marca solicitada se presta para inducir a error o engaño respecto de la procedencia de los productos y/o servicios y,
además, presenta semejanza gráfica y fonética, respecto a Registro 1269304 Marca logi, clase 9.
1302007 Isabel Eugenia Sainz Lobo, en representación de M&C Promociones Limitada
Mixta M&C MANAGEMENT PROMOTIONAL EXPERT DESIGN BTL
Artículos 19 y 20 Letras f) y h) de la Ley N°19.039. La marca pedida presenta semejanza gráfica y fonética y peligro de error o confusión respecto a Registro 1122582 Marca MC y Registro 1249048 Marca MC, ambas clase 35, toda vez que conjunto solicitado incluye marca ajena.
Sección M3:
Observaciones de Fondo
Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones
32
1302238 EUGENIO XAVIER MERINO PALACIOS Denominativa Merino y Compañía Artículos 19 y 20 letra f) de la ley N°19.039. El conjunto pedido resulta inductivo a error en relación a la naturaleza de su titular, toda vez que este incluye la palabra
“COMPAÑIA”, propia de sociedad o junta de varias personas unidas para un mismo fin, frecuentemente mercantil, en circunstancias que el solicitante se trata de una persona natural.
1304124 Luis Hernán Soto Salinas Mixta AGROSOT Artículos 19 y 20 letras f) y h) de la ley N°19.039. La marca
solicitada presenta igualdad o semejanza gráfica y fonética, lo cual podría prestarse para inducir a error, respecto al registro N°1124782. Marca AGROSOL. CLASE 39.
1304276 FRANCISCO JAVIER ABARCA SALINAS Denominativa Izone Artículos 19 y 20 letras f) y h) de la ley N°19.039. La marca solicitada presenta igualdad o semejanza gráfica y
fonética, lo cual podría prestarse para inducir a error, respecto al registro N°1082844. Marca SONE. CLASE 35.
Registro N°871827. Marca: CY ZONE. CLASES 38 y 41.
Sección M3:
Observaciones de Fondo
Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones
33
1304484 JULIA JEANNETTE CHAMBI PUMA Denominativa origenatural Artículos 19 y 20 letras e) y f) el signo pedido resulta irregistrable por tratarse de un conjunto descriptivo, indicativo de cualidad y destinación e inductivo a error en relación con su cobertura. En efecto, analizado el signo pedido origenatural es posible apreciar que la sustracción de una letra N, no resulta suficiente para distinguirlo de la expresión origen natural. (La mera circunstancia de sustraer una letra N a la expresión origenatural como si se tratase de otra palabra, producto de una ortografía caprichosa, no desvirtúa el carácter descriptivo o indicativo que tiene la expresión, pues cada palabra en lo individual tiene un significado y para el consumidor al momento de escuchar o pronunciar el signo en cuestión, le es imperceptible si posee una o dos letras N, por lo que no varía el sentido de la denominación, con lo cual la descriptividad subsiste). En efecto, la marca solicitada se construye en base a los términos origen, definido en el Diccionario de la Real Academia Española
como: "Principio, nacimiento, manantial, raíz y causa de algo" y natural, definido en el Diccionario de la Real Academia Española como: ”Perteneciente o relativo a la naturaleza o conforme a la cualidad o propiedad de las cosas”; “Dicho de una cosa: Que está tal como se halla en la naturaleza, o que no tiene mezcla en su elaboración”, con lo cual se esta designando, definiendo y describiendo de manera directa la cualidad y origen del producto pedido, sin que cuente con algún elemento bastante adicional que le atribuya un nivel adecuado para distinguir claramente su procedencia empresarial, circunstancias todas que obstan a que se conceda en forma exclusiva y excluyente a alguien en particular.
Sección M3:
Observaciones de Fondo
Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones
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1304514 ESTUDIO FEDERICO VILLASECA Y COMPAÑIA, en representación de AMALIE AOC, LTD
Mixta XCEL Artículos 19 y 20 letras f) y h) inciso 1 de la ley N°19.039.
La marca solicitada presenta igualdad o semejanza gráfica y fonética y se presta para inducir a confusión, error y/o engaño respecto de la procedencia, cualidad o género de los productos, respecto a EXCEL, para distinguir productos de la clase 4, registro 878694. En efecto este Instituto considera que los signos analizados son similarmente confundibles, dado que desde el punto de vista fonético al ser pronunciados generan un impacto sonoro similar, en razón a la disposición de los fonemas utilizados.
Igualmente se puede apreciar que en el aspecto ortográfico presentan claras semejanzas, como puede apreciarse en la sucesión de sílabas, la extensión de los signos y las coincidencias en las raíces y terminaciones, las cuales son prácticamente las mismas y solo se diferencian por una vocal, EXCEL / XCEL. Así, esta pequeña diferencia no tiene mayor fuerza y al pronunciar el signo se generara en el consumidor una idea de similitud entre las marcas.
Se debe agregar que el consumidor en general
observará las marcas en forma separada, y no simultánea, lo que permitirá conocer a través de la impresión o imagen dejada por la una, si esta recuerda la imagen de otra.
Por tanto y teniendo en cuenta las semejanzas existentes entre los signos anteriormente examinados y a la luz de sus respectivos ámbitos aplicativos, se considera que su convivencia en el mercado generaría un evidente riesgo de confusión (asociación) para los consumidores.
“La confusión o el peligro de confusión implica la pérdida de distintividad extrínseca, es decir con respecto a otros signos. Consiste en la creencia de parte del público consumidor de estar ante un mismo origen empresarial de productos o servicios que no lo tienen. El principio del derecho marcario de la no confusión supone que una marca no pueda causar distorsión alguna, ni marcaria ni informativa, fundamentalmente por dos razones: el derecho del titular a la individualización de su producto y el del consumidor a no ser confundido o engañado.
(Excelentísima Corte Suprema de Justicia en los autos rol N°41.532-2017.)”
Sección M3:
Observaciones de Fondo
Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones
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1304525 HERNÁN SEBASTIÁN TORRES AGUIRRE, en representación de Penguin Random House Grupo Editorial S.A.
Mixta DEBOLS!LLO Artículos 19 y 20 letras e) y f) de la ley N°19.039. La marca solicitada corresponde a una expresión o signo empleado para indicar la naturaleza y cualidad de los productos pedidos y se presta para inducir a error o engaño respecto a la cualidad de los productos. En efecto, analizado el signo pedido DEBOLS!LLO es posible apreciar que la sustitución de la segunda letra i por el signo !, no resulta suficiente para distinguirlo de la expresión de bolsillo. (La mera circunstancia de sustituir la letra i por el signo ! en la palabra de bolsillo como si se tratase de otra palabra, producto de una ortografía caprichosa, no desvirtúa el carácter descriptivo o indicativo que tiene la denominación, pues cada palabra en lo individual tiene un significado y para el consumidor al momento de escuchar o pronunciar el signo en cuestión, le es imperceptible avdertir los cambios señalados con lo cual la descriptividad subsiste).
Se denomina Debolsillo, a un tipo de edición de libros que se comercializa con un formato especialmente manejable, en tapa blanda de tamaño más pequeño y de menor precio. Así el signo informa de forma directa que la naturaleza y caracteristacas de loa productos.