II CONCURSO DE DERECHO ROMANO "EDUARDO ÁLVAREZ CORREA"
-REGLAMENTO-
PRIMERA PARTE: DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1: Objeto del concurso
A través del estudio de un caso hipotético, preparado por un Comité Científico experto en Derecho Romano, y con arreglo a la asignación de roles que actúan frente a un tribunal simulado, los equipos deberán asumir el reto de realizar una profunda y sistemática investigación durante su preparación, teniendo en cuenta, en materia de fuentes jurídicas, a la Compilación Justinianea, en especial a las Institutas y al Digesto del Emperador Justiniano, todo sin perjuicio del empleo de otras obras de consulta (obras de Derecho Romano y de Derecho Privado), en función del contenido del mencionado caso.
Artículo 2. Descripción
1. La Pontificia Universidad Javeriana de Bogotá organizará la segunda versión del Concurso de Derecho Romano "Eduardo Álvarez Correa", durante el mes de agosto del año 2016.
2. La organización del concurso será administrada por el Departamento de Derecho Privado de la Facultad de Ciencias Jurídicas; los integrantes de dicha organización serán profesores y estudiantes de la Pontificia Universidad Javeriana.
Artículo 3. Comité científico
El Comité científico será el ente encargado de las decisiones de organización logística, así como de redactar el caso hipotético y responder a las preguntas formuladas por los equipos según lo previsto en el artículo 12. Estará compuesto por profesores conocedores del Derecho Romano y sus fuentes. Los miembros del Comité científico serán escogidos por el Departamento de Derecho Privado de la Pontificia Universidad Javeriana.
Artículo 4. Presidente
El Departamento de Derecho Privado de la Pontificia Universidad Javeriana designará un Presidente que se encargará de representar la organización general del concurso durante el tiempo de preparación y ejecución y quien presidirá las reuniones del Comité científico.
Artículo 5. Idioma del concurso
El idioma oficial del concurso es el español.
Artículo 6. Sede del concurso
El concurso en su segunda versión se llevará a cabo en las instalaciones de la sede Bogotá de la Pontificia Universidad Javeriana.
Artículo 7. Equipos
a. El concurso está dirigido a todas las universidades interesadas, en donde el Derecho Romano esté incluido dentro de su plan de estudios y que sean aceptadas por el Comité científico del Concurso.
b. Cada equipo estará compuesto por mínimo dos (2) y máximo cuatro (4) estudiantes. Solamente dos (2) de los estudiantes podrán participar como oradores, los demás integrantes del equipo podrán desarrollar actividades de apoyo durante las rondas orales.
c. Todos los miembros del equipo deben haber cursado y aprobado la materia equivalente a Derecho Romano en el correspondiente plan de estudios.
d. Cada equipo deberá contar con un entrenador/acompañante cuyo rol está descrito en el artículo 24 del presente reglamento.
e. La inscripción de cada equipo se hará oficial una vez recibido el correo electrónico con la documentación solicitada y dentro de las fechas especificadas cada año. Por lo anterior, las candidaturas recibidas antes o después de estas fechas no serán tenidas en cuenta.
Parágrafo: La Universidad sede, previa consideración del Comité Científico, podrá aceptar a estudiantes, entrenadores y/o profesores en calidad de observadores del concurso; quienes podrán asistir a las rondas orales y actividades abiertas que se lleven a cabo durante el evento. Para formalizar dicha condición, los observadores deberán entregar la información y pagar los derechos de inscripción que defina el Comité Científico.
Artículo 8. Derechos de inscripción
1. Cada equipo participante tendrá que cancelar, por concepto de derechos de inscripción la suma determinada por el Comité Científico y el Presidente.
2. La modalidad de pago de los derechos de inscripción y el monto serán comunicados con la debida anticipación a los interesados.
3. La Pontificia Universidad Javeriana se compromete a enviar cualquier justificativo de inscripción al concurso siempre y cuando esta sea solicitada por escrito.
4. Los derechos de inscripción de los equipos inscritos que no puedan participar no serán devueltos, salvo derogación expresamente otorgada por el Comité Científico.
SEGUNDA PARTE: DESARROLLO DEL CONCURSO
Artículo 9. Fases del concurso
1. El concurso consta de dos fases: fase escrita y fase oral, tal y como han sido definidas en la Tercera Parte del presente reglamento.
2. La primera fase requiere de cada equipo la preparación y presentación, desde su universidad de origen, de un memorial basado en el caso hipotético, que deberá ceñirse a los lineamientos de fondo y de forma descritos en el artículo 15 del presente reglamento.
3. La segunda fase está compuesta por las rondas orales en las cuales cada equipo tendrá que exponer y discutir, ante un tribunal integrado por expertos en Derecho Romano, el rol asumido en el caso hipotético siguiendo lo estipulado en los artículos 13 y 14 del presente reglamento.
Artículo 10. Calendario
El calendario del Concurso será fijado por el Comité Científico y se publicará en la página web.
Artículo 11. Redacción del caso
El Comité científico, junto con profesores y expertos en Derecho Romano serán los encargados de redactar el caso hipotético sobre el cual los equipos están llamados a trabajar.
Artículo 12. Preguntas aclaratorias a los hechos del caso.
1. Los equipos pueden solicitar aclaraciones al Comité científico respecto de los hechos del caso hipotético. Las preguntas serán enviadas por correo electrónico siguiendo el procedimiento que ésta fije y dentro de las fechas estipuladas en el calendario.
3. El Comité científico se reserva el derecho a no responder:
a. Aquellas preguntas que nada tengan que ver con la exposición de los hechos
b. Aquellas preguntas de derecho que serán el objeto del debate contradictorio durante la tercera fase del concurso.
c. Aquellas preguntas en las que se incluya más de un interrogante y que no incluyan la información requerida en el numeral 2 del art. 12 del presente reglamento.
4. Las respuestas al conjunto de preguntas formuladas por cada equipo serán comunicadas vía Internet a la totalidad de los participantes del concurso, en las fechas previstas en el calendario.
Artículo 13. Asignación de roles para la fase escrita.
1. Recibida la inscripción documental de cada equipo y la carta de presentación y compromiso del Decano, el Presidente del concurso procederá a la asignación de los roles de cada equipo mediante un sorteo público que estará presidido por el Comité Científico, de suerte que la mitad de los equipos adopten un rol dentro del caso hipotético y la otra mitad el papel de la contraparte.
2. El Comité Científico notificará a cada equipo el rol que le correspondió por correo electrónico a la dirección del entrenador/acompañante.
3. La asignación de los roles para esta fase no podrá ser objeto de ningún tipo de reclamaciones y no podrá en ningún caso ser modificada.
4. Los roles asignados para la fase escrita solo aplicarán para esta etapa del Concurso.
Artículo 14. Asignación de roles para la fase oral.
1. En la fecha indicada por el Comité Científico, este mismo órgano realizará un sorteo público en el que se designarán las parejas y los roles que concursarán en las rondas orales.
2. En caso de que el número de equipos inscritos no permita conformar un número par equipos competidores, el Comité Científico realizará en el mismo sorteo público la designación de los equipos que deberán realizar dos rondas orales iniciales con el propósito de que todos los equipos inscritos puedan realizar una primera ronda oral.
3. El mismo procedimiento descrito en el numeral 1 del artículo 14 del presente Reglamento se realizará para asignar los roles para las etapas semifinales y finales a que haya lugar de acuerdo al número de equipos inscritos.
4. Las listas de los roles que asumirán los equipos será confidencial durante toda la etapa previa y sólo se hará pública antes de cada ronda orale.
TERCERA PARTE: CONTENIDO DE LAS PRUEBAS
Artículo 15. Redacción del memorial
1. Cada equipo redactará un memorial teniendo en cuenta el rol que le será otorgado luego del sorteo descrito en el artículo 13 del presente reglamento.
2. Cada memorial se evaluará conforme a lo establecido en la tabla de evaluación descrita en los artículos 25 y 26 del presente reglamento.
3. El memorial comprenderá obligatoriamente las siguientes partes:
a. Una portada de una página anunciando el nombre del caso hipotético y la asignación de rol dentro del mismo. Sin datos identificadores, nombres o signos institucionales y/o personales.
c. Un índice que enuncie el número de las páginas.
d. Una bibliografía en la que se indiquen los documentos utilizados y sus referencias completas.
e. La exposición de los hechos en la cual cada equipo redactará a su modo las situaciones fácticas descritas en el caso hipotético y las aclaraciones resultado de las respuestas (artículo 12) guardando el debido cuidado de no incluir hechos nuevos ni distorsiones de los mismos.
f. El análisis legal del caso que considere conveniente cada equipo.
g. Cada página debe estar numerada. Las anotaciones de pie de página (o notas) están incluidas dentro del límite de páginas establecido.
h. La extensión total del memorial no podrá sobrepasar las veinte (20) páginas.
4. El memorial estará redactado según el siguiente formato:
a. Todas las páginas estarán impresas en Times New Roman b. Tamaño 12
c. Doble espacio y margen de 2.5 cms.
d. Papel tamaño carta.
Artículo 16. Envío del memorial
1. Cada equipo enviará su memorial vía Internet en un archivo adjunto (formato Word 98 o versiones más recientes). El memorial debe llegar a la dirección de Internet estipulada para tal fin dentro de las fechas previstas en el calendario y a la hora fijada. Los memoriales que se reciban con posterioridad a la fecha y hora establecidas tendrán un descuento de 20 a 40 puntos en la calificación final del memorial, a juicio del Comité Científico.
2. La hora que considerará el Comité Científico a efectos del numeral anterior será la hora de recepción del mensaje contentivo del memorial.
3. El archivo debe ir acompañado por una carta de presentación en la que se precisará el nombre de la universidad y el nombre de los miembros del equipo (estudiantes y entrenador/acompañante). Los memoriales serán anónimos y no podrán incluir ningún signo distintivo de la universidad de origen ni de los autores.
Artículo 17. Plagio
Cualquier acto que violente los derechos de propiedad intelectual de terceros autores o que esté encaminado a desviar la legitima confianza de los jurados, los organizadores u otros equipos del Concurso será calificado como plagio, y será sancionado de acuerdo al criterio autónomo del Comité Científico. La sanción podrá representar, incluso, la exclusión de los participantes involucrados en dicho acto; independientemente de las sanciones que cada Universidad considere aplicables para el mismo caso.
Artículo 18. Publicidad de las rondas orales.
1. Las rondas orales son públicas
2. Todos los equipos podrán asistir a las presentaciones orales de los demás participantes.
3. Los asistentes a las rondas orales deberán ingresar al inicio de la audiencia y no podrán abandonar la sala sino hasta que se levante la sesión.
Artículo 19. Contenido
La exposición oral no puede consistir en la reproducción de la argumentación del memorial. El jurado tendrá en cuenta para la evaluación de las rondas orales, la capacidad de los equipos para responder a los argumentos de la contraparte y a las preguntas de los jueces.
Artículo 20. Desarrollo de las rondas orales.
1. Los dos (2) oradores miembros del equipo tomarán la palabra durante la exposición oral (artículo 21).
2. Sólo en circunstancias excepcionales, el Comité Científico aprobará la presentación de los argumentos orales por parte de un solo orador.
3. El Jurado podrá intervenir de acuerdo a su criterio para hacer preguntas y/o moderar la audiencia (artículo 21).
4. Cada uno de los equipos tendrá derecho a realizar únicamente dos (2) intervenciones durante la exposición oral del otro equipo, de acuerdo al artículo 21 del presente reglamento. El equipo contrario podrá realizar una dúplica por cada intervención del contrario, para un máximo de dos (2) dúplicas.
Artículo 21. Duración de las intervenciones orales.
1. Cada equipo dispone de un tiempo máximo de 45 minutos para su intervención oral. Este tiempo incluye el tiempo utilizado para responder a las preguntas del jurado y las réplicas de la contraparte.
2. Para realizar una réplica uno de los dos oradores de cada equipo deberá alzar su mano para que Jurado le dé la palabra. La intervención de un equipo que ejerza su derecho de réplica tendrá una duración máxima de dos (2) minutos.
3. Cada orador debe presentarse al jurado antes de la exposición.
4. Los miembros del jurado están obligados a hacer preguntas durante las intervenciones orales y a solicitar aclaraciones a los oradores en todo momento, salvo en la réplica. El tiempo de respuesta a los diferentes interrogantes planteados por el jurado está incluido dentro del tiempo total de intervención de los oradores.
5. El jurado, de forma discrecional, podrá otorgar 5 minutos o menos tiempo si lo considera necesario al equipo que así lo solicite durante su intervención. En caso de que el tiempo adicional sea otorgado, en virtud del derecho a la igualdad, la contraparte gozará del mismo tiempo adicional durante su intervención.
6. En caso de que un orador termine su exposición antes del tiempo previsto, el tiempo restante se considera perdido y no podrá por lo tanto cederse.
Artículo 22. Jurado
1. El Comité científico designará a los miembros del jurado.
2. Los miembros del jurado no podrán en ningún caso ser los entrenador/acompañantes de ningún equipo.
3. Los miembros del jurado deberán respetar la confidencialidad de sus apreciaciones y evaluaciones de las rondas orales así como el contenido de los apuntes al caso que cada año preparará el Comité científico.
Artículo 23. Ronda Final
La ronda final en la que se enfrentarán los dos equipos finalistas se ceñirá a lo previsto en el presente reglamento para las demás rondas orales, salvo en lo que atiende al tiempo de intervención. Cada equipo dispondrá de 60 minutos para la presentación de sus argumentos.
Artículo 24. Rol del entrenador/acompañante
1. Cada equipo está obligatoriamente asistido y acompañado durante las audiencias orales por un entrenador/acompañante.
2. El entrenador/acompañante de los equipos participantes no podrá intervenir o interactuar con los oradores durante las presentaciones orales.
CUARTA PARTE: EVALUACIÓN Y TABLA DE NOTACIÓN
Artículo 25. Evaluación general
1. Cada equipo será evaluado sobre un máximo de 300 puntos repartidos de la siguiente manera
a. 100 puntos para el memorial.
b. 200 puntos para las presentaciones orales.
2. El entrenador/acompañante conocerá el detalle de las notas obtenidas vía Internet y estará obligado a transmitir los resultados a los demás miembros del equipo. Los resultados se publicarán igualmente en la página Web del concurso.
3. Los equipos que deseen conocer las observaciones realizadas por el Comité científico y por los jueces a su memorial y a sus presentaciones orales, tendrán que solicitarlo al comité científico por correo electrónico con posterioridad a la terminación del evento.
4. Todas las deliberaciones de los jurados serán privadas.
Artículo 26. Evaluación de los memoriales
1. Cada memorial será evaluado sobre 80 puntos, en lo que respecta al fondo y sobre 20 puntos en cuanto a la forma.
3. En la evaluación de fondo se tendrán en cuenta: la calidad de la investigación, el conocimiento e interpretación de las fuentes, la lógica y la argumentación, la originalidad del razonamiento, la claridad y el estilo. Se le otorgará mayor importancia a la profundidad de la argumentación.
Artículo 27. Evaluación de las rondas orales
1. Las características tenidas en cuenta para la evaluación serán: la pertinencia y la lógica de la argumentación, la capacidad para responder a los argumentos de la contraparte y las preguntas del juez.
2. Cada exposición oral será evaluada sobre 200 puntos. En el caso de los equipos que se presentan dos veces según lo previsto en el artículo 14 numeral 2 del presente reglamento, caso en el cual se tendrán en cuenta la mejor presentación oral realizada por esos equipos.
3. El jurado deliberará en privado al final de cada presentación y anotará los resultados obtenidos en un formulario previamente elaborado por el Comité Científico, en un sobre cerrado y entregado para este efecto. Todo resultado deberá mantenerse en secreto.
4. El jurado de cada audiencia tendrá un (1) formulario por equipo en donde se anotarán las calificaciones consensuadas entre los jurados.
Artículo 28. Evaluación de los oradores
1. El jurado evaluará también en forma independiente a cada uno de los oradores con una nota que oscilará entre 0 y 20 puntos.
2. Esta nota no será tenida en cuenta para el cálculo de la evaluación del equipo en las rondas orales ni para la clasificación del equipo.
3. La nota individual obtenida por cada orador será la que determinará el ganador del premio al mejor orador según lo previsto en el artículo 31 del presente reglamento.
Artículo 29. Clasificación.
1. Al final de las rondas orales, el Comité científico y el Presidente del concurso deliberarán en recinto cerrado y establecerán la clasificación del conjunto de equipos participantes. Los resultados serán leídos en voz alta en la ceremonia de resultados. Esta última estará presidida por el Presidente del concurso.
2. Los resultados de la clasificación determinarán las rondas semifinales y la final respectivamente.
QUINTA PARTE: PREMIOS
Artículo 30. Premios a los equipos
La premiación de los equipos estará distribuida de la siguiente manera:
1. Primer puesto; atribuido al equipo que en la ronda oral final obtenga el mayor puntaje, sumados los puntos del memorial escrito y por su presentación oral en la final.
2. Segundo puesto; atribuido al equipo que acceda a la ronda final oral y que no obtenga el primer puesto.
3. Premio al mejor memorial escrito; otorgado al equipo que obtenga el mayor puntaje en su memorial escrito. En caso de empate el Comité científico dirimirá el empate con base en los criterios detallados en el artículo 26 del presente reglamento.
Artículo 31. Premios individuales
1. Durante cada presentación oral y siguiendo lo prescrito por el artículo 28 del presente reglamento, el jurado otorgará una nota individual a cada orador teniendo en cuenta la claridad de la expresión oral, el dominio de la argumentación jurídica y la habilidad para responder las preguntas de los jueces.
2. El premio al mejor orador se le otorgará al concursante individual que obtenga la mayor puntuación durante la presentación oral.
3. En caso de empate el Comité científico dirimirá el empate con base en los criterios detallados en el artículo 27 del presente reglamento.
SEXTA PARTE: DISPOSICIONES FINALES
Artículo 32. Cortesía y Lealtad
Todos los participantes y asistentes al concurso están obligados a comportarse debidamente con los demás y a demostrar educación, cortesía y lealtad durante el desarrollo del certamen. Toda inobservancia de la anterior obligación acarreará la imposición de las sanciones previstas en el artículo 34 del presente artículo.
Artículo 33. Observaciones y Reclamaciones
1. Todo participante podrá someter por escrito al Comité científico cualquier duda u observación respecto del presente reglamento.
2. Toda reclamación concerniente a la organización del concurso deberá dirigirse por escrito al Presidente del concurso.
Artículo 34. Sanciones
1. El desconocimiento del presente reglamento será sancionado proporcionalmente a la gravedad de la decisión adoptada por el Comité Científico según sea el caso, y previa audición de los miembros del equipo involucrados, quienes estarán acompañados por el entrenador/acompañante del equipo.
2. Las sanciones pueden consistir en:
a. Disminución en la escala de puntuación de las intervenciones del equipo b. Expulsión del concurso
Artículo 35. Compromiso
Ningún equipo participante podrá alegar la ignorancia del presente reglamento como excusa de sus actuaciones y todos entenderán aceptadas las disposiciones en él condensadas.
Artículo 36. Seguro
Todo participante al concurso deberá acreditar la posesión de un seguro médico. Toda persona que requiera atención particular por virtud de enfermedades o limitaciones
físicas deberá comunicarlo al Comité científico a fin de que este último pueda tomar las medidas necesarias. La información suministrada quedará sometida a una estricta confidencialidad por parte del Comité Científico.