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CUADERNO DE PRACTICAS PROFESIONALES OPERACIONES AUXILIARES DE MONTAJE Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS (ELEQ0111)

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(1)

CUADERNO DE PRACTICAS

PROFESIONALES

“OPERACIONES AUXILIARES DE MONTAJE Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS ELÉCTRICOS

Y ELECTRÓNICOS”

(ELEQ0111)

(2)
(3)

INDICE:

1.- INTRODUCCIÓN

2.- PROGRAMACIÓN DE LAS PRÁCTICAS PROFESIONALES:

3. RELACIÓN DE FUNCIONES Y/O TAREAS QUE DEBE DESEMPEÑAR EL ALUMNO DEL CURSO DE OPERACIONES AUXILIARES DE MONTAJE Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS

4. ACOGIDA INICIAL DEL ALUMNO TUTORIZADO.

5.- INTRUMENTOS DE SEGUIMIENTO DEL ALUMNO EN PRÁCTICAS.

6.- INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN

7.- NORMATIVA POR LA QUE SE RIGEN LA PRACTICAS PROFESIONALES EN LA FORMACIÓN PROFESIONALPARA EL EMPLEO.

8.- ANEXO 1: Documento Oficial del Ministerio de Empleo y Seguridad Social:

Modelo de acuerdo para módulos de formación práctica

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PRÁCTICAS PROFESIONALES NO LABORALES

DENOMINACIÓN : ELEQ0111 - Operaciones Auxiliares de Montaje y Mantenimiento de Equipos Eléctricos y Electrónicos

DURACIÓN DE LAS PRÁCTICAS: 80h

FECHA DE INICIO: Las prácticas podrán comenzar a partir del día 08/06/2015

HORARIO: Máximo 8H/día

o Desde el día 08/06/2015 hasta la finalización de la parte teórica del CdP (19/06/2015) no podrán sobrepasar 2 horas diarias y el horario será en turno de mañana (hasta las 15.00)

o A partir del 19/06/2015 el horario lo establecerá la empresa

FINALIDAD: Adecuar la formación profesional para el empleo al mercado laboral.

OBJETIVOS:

- Completar la adquisición de competencias profesionales acercando al alumno a las necesidades de la empresa.

- Mejorar la empleabilidad de los alumnos.

- Aplicar a la realidad organizacional, los conocimientos, las habilidades y las destrezas aprendidas en la

- Aprender a trabajar en equipo en un medio laboral.

- Aprender a ser eficientes y eficaces como miembros de una organización

SEGURO OBLIGATORIO: Los alumnos disponen de un Seguro de Responsabilidad Civil y otro de Accidentes durante todo el transcurso de la formación y hasta la finalización del periodo de prácticas.

*Las prácticas profesionales en empresas no supondrán, en ningún caso, la existencia

de relación laboral entre alumnos y empresas.

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1.- INTRODUCCIÓN

La siguiente guía pretende facilitar a la Empresa de Acogida la realización de las Prácticas profesionales que van a realizar los alumnos del certificado ELEQ0111: Operaciones auxiliares de montaje y mantenimiento de equipos eléctricos y electrónicos que se imparte en Cualifica2.

Las prácticas no implican relación laboral del participante con la empresa ni conlleva compensación económica.

2.- PROGRAMACIÓN DE LAS PRÁCTICAS PROFESIONALES:

Cualifica2 está impartiendo un curso de Formación Profesional para el Empleo correspondiente al certificado de Profesionalidad de Operaciones auxiliares de montaje y mantenimiento de equipos eléctricos y electrónicos con una duración de 390 horas con código de expediente nº F140356AA, Acción 10, Grupo 1 que se está impartiendo desde el 8 de Abril al 19 de Junio 2015.

Este curso tiene concedidas 80 horas de prácticas profesionales no laborales para realizarlas en las Empresas que lo soliciten y su distribución no podrá sobrepasar las 8 horas diarias.

DENOMINACIÓN: ELEQ0111 - Operaciones Auxiliares de Montaje y Mantenimiento de Equipos Eléctricos y Electrónicos

FAMILIA PROFESIONAL: ELECTRICIDAD Y ELECTRÓNICA ÁREA PROFESIONAL: EQUIPOS ELECTRÓNICOS

EXPEDIENTE: F140382AA AF: 10 GRUPO: 1

MODALIDAD DE LA FORMACIÓN: PRESENCIAL Nº HORAS: 390 HORAS

CENTRO FORMACIÓN: ESCUELA SUPERIOR DE CUALIFICACIONES PROFESIONALES S.A.U

CIF: A-19.506.229

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3.-RELACIÓN DE FUNCIONES Y/O TAREAS QUE DEBE DESEMPEÑAR EL ALUMNO DEL CURSO DE OPERACIONES AUXILIARES DE MONTAJE Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS

Unidad de Competencia Funciones y /o tareas

Unidad de Competencia 1: Aplicar técnicas de montaje de componentes electrónicos en una

placa de circuito impreso.

En el montaje de componentes en un circuito impreso:

Interpretar el procedimiento y secuencia de montaje, a partir de esquemas o guías de montaje.

Preparar los elementos y materiales que se van a utilizar, siguiendo procedimientos normalizados.

Identificar la ubicación de los distintos elementos en el circuito impreso.

Ayudar a insertar los componentes siguiendo procedimientos normalizados y aplicando las normas de seguridad de los mismos.

Participar en la fijación de los componentes con los elementos de sujeción indicados en los esquemas o guías de montaje.

Colaborar en la soldadura de los componentes utilizando los medios especificados y siguiendo instrucciones dadas.

Elaborar un informe recogiendo las actividades desarrolladas y resultados obtenidos.

Unidad de Competencia 2: Aplicar técnicas de conexionado y de

“conectorizado” en equipos eléctricos o electrónicos a partir de esquemas y guías de montaje en las

condiciones de calidad y seguridad establecidas.

2.1. En un “conectorizado” con elementos reales y caracterizados por su documentación técnica:

Disponer y colocar las piezas del conector y los cables.

Disponer y colocar las herramientas, planos e instrucciones.

Disponer y colocar las protecciones personales y de los elementos.

Colaborar en el acondicionado de los cables (pelar, estirar, ordenar) siguiendo procedimientos.

Participar en la inserción de las piezas del conector en el orden correcto y unir los cables (soldar, crimpar, embornar, entre otros) de la forma establecida en el procedimiento.

Ayudar a verificar el correcto montaje.

Colaborar en dar el tratamiento, indicado en el procedimiento, a los residuos generados.

Elaborar un informe recogiendo las actividades desarrolladas y resultados obtenidos.

2.2. En un conexionado con elementos reales y caracterizados por su documentación técnica:

Identificar los elementos a conexionar y el tipo de conexión.

Disponer y colocar las herramientas, planos e instrucciones.

Disponer y colocar las protecciones personales y

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Unidad de Competencia Funciones y /o tareas de los elementos.

Colaborar en la realización de la conexión (soldadura, embornado, conector) según el procedimiento establecido (posición de elementos, inserción del elemento, maniobra de fijación, entre otros).

Ayudar a disponer y colocar las etiquetas en los cables, según el procedimiento establecido.

Participar en la verificación de la correcta conexión.

Elaborar un informe recogiendo las actividades desarrolladas y resultados obtenidos.

Unidad de Competencia 3: Aplicar técnicas de montaje y desmontaje en un equipo eléctrico y electrónico

a partir de esquemas y guías de montaje, en las condiciones de calidad y seguridad establecidas.

3.1. En el montaje y ensamblado de un equipo eléctrico o electrónico tipo:

Interpretar el procedimiento y secuencia de montaje, a partir de esquemas guías de montaje.

Preparar los elementos y materiales que se van a utilizar, siguiendo procedimientos normalizados.

Participar en la Identificación de la ubicación de los distintos elementos en el equipo.

Colaborar en el ensamblado de los distintos componentes siguiendo procedimientos normalizados, aplicando las normas de seguridad de los mismos.

Ayudar a fijar los componentes con los elementos de sujeción indicados en los esquemas o guías de montaje y aplicando el par de apriete o presión establecidos.

Elaborar un informe recogiendo las actividades desarrolladas y resultados obtenidos.

3.2. En el desmontaje y montaje de un equipo eléctrico tipo, siguiendo los criterios de calidad y seguridad establecidos:

Interpretar el procedimiento y secuencia de desmontaje, a partir de esquemas o guías de montaje.

Preparar las herramientas que se van a utilizar, siguiendo procedimientos normalizados.

Colaborar en la apertura del equipo desmontando la carcasa, protecciones, entre otros, siguiendo la secuencia establecida.

Limpiar el equipo siguiendo el procedimiento establecido en la guía de desmontaje y montaje.

Ayudar a cerrar el equipo montando la carcasa, protecciones, entre otros, siguiendo la secuencia establecida.

Participar en la verificación del montaje.

Elaborar un informe recogiendo las actividades desarrolladas.

Unidad de Competencia 4: Aplicar técnicas de sustitución de elementos

en equipos eléctricos con las condiciones de calidad y seguridad

En la sustitución de elementos en equipos eléctricos a

partir de las instrucciones recibidas y de la documentación

técnica:

(8)

Unidad de Competencia Funciones y /o tareas establecidas.

Ayudar a identificar los elementos a sustituir.

Hacer acopio de los elementos de sustitución.

Seleccionar las herramientas necesarias para las operaciones a realizar.

Colaborar en desmontar los elementos a sustituir, empleando las técnicas y herramientas

apropiadas según los requerimientos de cada intervención.

Participar en el montaje de los elementos de sustitución, empleando las técnicas y herramientas apropiadas según los requerimientos de cada intervención.

Ayudar a realizar las operaciones observando las medidas de seguridad previstas para los

componentes y personales.

Elaborar un informe o documento de las

actividades realizadas con el formato establecido.

Unidad de Competencia 5: Participar en los procesos de trabajo de la empresa, siguiendo las normas e

instrucciones establecidas en el centro de trabajo.

Comportarse responsablemente tanto en las relaciones humanas como en los trabajos a realizar.

Respetar los procedimientos y normas del centro de trabajo.

Emprender con diligencia las tareas según las instrucciones recibidas, tratando de que se adecuen al ritmo de trabajo de la empresa.

Integrarse en los procesos de producción del centro de trabajo.

Utilizar los canales de comunicación establecidos.

Respetar en todo momento las medidas de

prevención de riesgos, salud laboral y protección

del medio ambiente.

(9)

4.- ACOGIDA INICIAL DEL ALUMNO TUTORIZADO

El primer día el alumno debe recibir la siguiente información:

- Información General sobre la Empresa (Sector al que pertenece, tipo de Empresa, Organigrama Empresarial…) toda esta información permitirá la ubicación del alumno en la misma

consiguiendo una realización satisfactoria de las prácticas profesionales.

- Información de las Tareas que desempeñara en su puesto de trabajo.

5.- INTRUMENTOS DE SEGUIMIENTO DEL ALUMNO EN PRÁCTICAS.

Se entregará a la empresa un cuaderno de Prácticas donde se recogerán los datos del alumno, del Centro de Formación y de la Empresa donde se van a realizar las practicas.

Se debe rellenar una hoja por Semana de Practicas donde se recogerán las tareas realizadas por el alumno, y donde el tutor podrá registrar las observaciones pertinentes.

Esta ficha semanal será firmada por el tutor de la Empresa como control del alumno tutorizado.

6.- INTRUMENTOS DE EVALUACIÓN

Para poder llevar a cabo la evaluación final de las prácticas ponemos a su disposición dos instrumentos de evaluación:

• Anexo donde se evalúa las tareas y funciones que han realizado los alumnos.*

• Anexo se evaluará las destrezas y actitudes del Alumno.*

A través de estas hojas de evaluación, el tutor de la Empresa solo debe rellenar las casillas marcando una x en el valor que vea oportuno.

Los criterios de evaluación estarán comprendidos entre los valores de 0 a 5.

* Dichos documentos se le entregarán a las empresas una vez firmado el convenio.

(10)

7.- NORMATIVA POR LA QUE SE RIGEN LA PRACTICAS PROFESIONALES EN CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD

El Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y cuyo texto consolidad tuvo su última modificación el 21 de marzo de 2013, en el Artículo 5 bis, regula el Módulo de formación práctica en centros de trabajo.

Artículo 5 bis. Módulo de formación práctica en centros de trabajo.

1. El módulo de formación práctica en centros de trabajo se realizará preferentemente una vez realizados el resto de los módulos formativos del certificado de profesionalidad, si bien podrá

desarrollarse simultáneamente a la realización de aquéllos, previa autorización de los Servicios Públicos de Empleo. Esta autorización se resolverá por el Servicio Público de Empleo competente en el plazo de un mes desde su solicitud. La no resolución en dicho plazo legitima a los interesados para entender estimada su solicitud por silencio administrativo.

Este módulo de formación práctica se debe programar necesariamente en las acciones formativas dirigidas a la obtención de un certificado completo o cuando las acciones formativas vayan dirigidas a completar el itinerario formativo de un certificado que haya sido objeto previamente de acreditaciones parciales.

El módulo de formación práctica en centros de trabajo vinculado a un determinado certificado de profesionalidad se podrá ofertar de forma independiente en los siguientes casos:

a) Cuando los participantes provengan del Subsistema de Formación Profesional para el Empleo y hayan obtenido la calificación de «apto» en todos los módulos formativos del certificado de profesionalidad.

b) Cuando los participantes provengan de la Formación profesional del sistema educativo sin haber superado el módulo profesional de formación en centros de trabajo correspondiente, y presenten el certificado académico que acredite la superación de los módulos profesionales concretos y su relación con las unidades de competencia acreditadas que conforman el certificado de profesionalidad.

2. La realización de este módulo se articulará según determinen las Administraciones competentes en la gestión de la formación profesional para el empleo, y en general se realizará a través de convenios o acuerdos entre los centros formativos y los centros de trabajo, sin perjuicio de su sujeción al régimen contemplado para las prácticas profesionales no laborales en empresas en el artículo 25.3 del Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo, y en la Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, en materia de formación de oferta y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación.

3. El tutor del módulo de formación práctica en centros de trabajo será el responsable de acordar el

programa formativo con la empresa y de realizar, junto con el tutor designado por la empresa, el

seguimiento y la evaluación de los alumnos. A tal fin el programa formativo incluirá criterios de

evaluación, observables y medibles.

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Las Administraciones competentes podrán conceder subvenciones a los centros o entidades formativas para la financiación de los costes de la actividad del tutor. La cuantía de esta subvención se calculará aplicando un módulo específico máximo de 3 euros por alumno y hora de práctica en centros de trabajo. La concesión de esta subvención, a excepción de la cuantía señalada, se regulará de acuerdo con lo dispuesto en la Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, para el resto de módulos formativos.

4. Estarán exentos de realizar este módulo los alumnos de los programas de formación en alternancia con el empleo del certificado correspondiente a las acciones formativas inherentes a los contratos para la formación y el aprendizaje que se realicen en el marco de la formación dual, en los términos contemplados en el artículo 16.5 del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual, así como quienes acrediten una experiencia laboral de al menos tres meses, que se corresponda con las capacidades recogidas en el citado módulo del certificado de profesionalidad. Las solicitudes de exención de este módulo por su correspondencia con la práctica laboral se realizarán de acuerdo con lo regulado por las administraciones laborales competentes, que expedirán un certificado de exención del mismo.

5. La experiencia laboral, a efectos de exención del módulo de formación práctica en centros de trabajo, se acreditará mediante la siguiente documentación:

a) Para trabajadores asalariados: Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social, del Instituto Social de la Marina o de la mutualidad a la que estuvieran afiliados, donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el período de contratación, y certificación de la empresa donde hayan adquirido la experiencia laboral, en la que conste específicamente la duración de los periodos de prestación del contrato, la actividad desarrollada y el intervalo de tiempo en el que se ha realizado dicha actividad.

b) Para trabajadores autónomos o por cuenta propia: Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social o del Instituto Social de la Marina de los períodos de alta en la Seguridad Social en el régimen especial correspondiente y una declaración responsable de cumplimiento de los requisitos para la exención del módulo de prácticas con la descripción de la actividad desarrollada e intervalo de tiempo en el que se ha realizado la misma.

c) Para trabajadores voluntarios o becarios: Certificación de la organización o empresa donde se haya prestado la asistencia en la que consten, específicamente, las actividades y funciones realizadas, el año en el que se han realizado y el número total de horas dedicadas a las mismas.

Las administraciones competentes promoverán el establecimiento de un sistema de comunicación

electrónica con la Tesorería General de la Seguridad Social para la transmisión de estos datos.

(12)

.

Anexo 1:

Documento Oficial del Ministerio de Empleo y Seguridad Social

Modelo de acuerdo para módulos de formación

práctica

(13)

BOE-A-2014-8955

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Núm. 208 Miércoles 27 de agosto de 2014 Sec. III. Pág.

68573

ANEXO III

Modelo de acuerdo para módulos de formación práctica

En Pozo Alcón a de de 2015

REUNIDOS

De una parte, D. FRANCISCO JAVIER MORENO HIDALGO , con NIF n.º 46.950.860V , en representación legal de la entidad ESCUELA SUPERIOR DE CUALIFICACIONES PROFESIONALES S.A.U , CIF n.º A-19.506.229 , domiciliada en C/ ABETO S/N, POLIGONO LA ERMITA, CENTRO DE EMPRESAS GRANADA, OF-1D FASE 1, 18230 ATARFE. GRANADA,

Y de otra parte, D/D.ª , con NIF n.º , en representación legal de la empresa (*) , CIF n.º , domiciliada en ,

Ambas partes se reconocen capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente acuerdo y a tal efecto

EXPONEN

1. Que la entidad ADALID INMARK (F140382AA) es beneficiaria de una subvención para la realización de un plan de formación en el marco de la Resolución de 19 de AGOSTO de 2014 por la que se aprueba la convocatoria para la concesión, con cargo al ejercicio presupuestario de 2014, de subvenciones públicas para la ejecución de planes de formación dirigidos prioritariamente a las personas ocupadas.

2. Que el citado plan contempla la realización del módulo de formación práctica del correspondiente certificado de profesionalidad.

3. Que la empresa (*) está interesada en colaborar con la entidad en la realización de las citadas prácticas. El número de participantes en la realización de las

correspondientes prácticas es de .

4. Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 25.3 del Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo, en el artículo 24 de la Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, que lo desarrolla y en el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad (modificado por el Real Decreto 1675/2010, de

10 de diciembre), la realización de las prácticas no supone la existencia de relación laboral entre los alumnos y la empresa.

5. Que la colaboración en la realización de las prácticas implica, por parte del beneficiario, la suscripción de una póliza de seguro de accidentes de trabajo para los participantes y la designación de un tutor encargado del seguimiento de las mismas, comprometiéndose la empresa a llevar a cabo dicha designación con anterioridad al inicio de las prácticas.

6. Que la empresa (*) no haya sido sancionada por infracción en materia laboral en los 12 meses anteriores.

Por lo anterior, ambas partes deciden suscribir el presente acuerdo, que se regirá por las

siguientes

(14)

cve: BOE-A-2014-8955

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Núm. 208 Miércoles 27 de agosto de 2014 Sec. III. Pág. 68574

CLÁUSULAS

Primera.- El presente acuerdo tiene como objeto la realización del módulo de formación práctica de certificados de profesionalidad en centros de trabajo de (*) (poner el nombre de la empresa).

Segunda.- Las partes adquieren los compromisos que a continuación se relacionan.

A. Por parte de la entidad beneficiaria:

1. Realizar un seguimiento de las prácticas a realizar por las personas participantes en las mismas a efectos de asegurar su coordinación con las acciones formativas del plan de formación subvencionado.

2. Facilitar a la empresa la presencia del tutor del módulo de formación práctica, que será el responsable de acordar el programa formativo con la empresa y de realizar, junto con el tutor designado por ésta, el seguimiento y la evaluación de los alumnos.

B. Por parte de la empresa:

1. Poner en conocimiento de los representantes legales de los trabajadores, antes del comienzo de las prácticas, la celebración de este acuerdo, así como una relación de las personas participantes en las mismas y sus tutores.

2. Establecer un sistema de tutorías para su seguimiento y evaluación, que incluya criterios que permitan la medición de las competencias alcanzadas por las personas participantes. Por cada participante, el tutor elaborará un informe que será entregado por la empresa a la entidad beneficiaria en el plazo de un mes desde la finalización del módulo de formación práctica.

Tercera.- La duración de las prácticas no podrá extenderse más allá del periodo establecido para la ejecución del plan.

Cualquier modificación de la duración pactada deberá ser comunicada a la entidad beneficiaria, pudiendo ser aceptada cuando exista una imposibilidad real de realizarlas en el lugar señalado o cuando la modificación suponga una mejora en los resultados finales del aprendizaje.

Cuarta.- La relación persona participante-empresa no supondrá más compromiso que el derivado del presente acuerdo. En ningún caso generará relación laboral.

Quinta.- Podrán ser excluidas de la participación en los módulos de formación práctica objeto del presente acuerdo aquellas personas participantes que acumulen más de tres faltas injustificadas, tengan faltas reiteradas de puntualidad o mantengan una actitud de falta de aprovechamiento o de indisciplina.

La empresa comunicará esta circunstancia, por escrito, a la entidad beneficiaria.

Sexta.- Al presente acuerdo se adjuntarán los siguientes documentos:

1. Domicilio de los centros de trabajo donde se realizarán las prácticas.

2. Horario de las prácticas.

3. Contenidos y duración de las prácticas. Se estará a lo dispuesto en el real decreto de aprobación

del certificado de profesionalidad sobre el “módulo de formación práctica en centros de trabajo”.

(15)

cve: BOE-A-2014-8955

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Núm. 208 Miércoles 27 de agosto de 2014 Sec. III. Pág. 68575

4. Descripción de las tutorías.

5. Relación de las personas participantes en las prácticas.

6. Póliza colectiva de accidentes de las personas participantes.

7. Acreditación del cumplimiento de lo previsto en la cláusula segunda B.1.

Todos estos documentos, en el caso de que no se puedan aportar en el momento de la firma del acuerdo, se aportarán antes del inicio del módulo de formación práctica.

Séptima.- La vigencia del presente acuerdo se extenderá desde el día siguiente al de su firma hasta la fecha de finalización de los módulos de formación práctica desarrollados al amparo del mismo, en todo caso con respeto a lo previsto en la cláusula tercera.

Este acuerdo podrá ser denunciado por la parte que considere que se han vulnerado las finalidades del mismo por incumplimiento de alguna de las estipulaciones. La denuncia se efectuará comunicándola a la otra parte, mediante escrito fundado, con una antelación mínima de un mes a la fecha en que se pretenda tenga efectos dicha denuncia. Salvo acuerdo expreso en contrario, deberán finalizar las prácticas ya iniciadas garantizando en lo posible los intereses formativos de los alumnos.

Y en prueba de conformidad, firman el presente acuerdo por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

Por la Entidad Beneficiaria Por la Empresa, (*)

Referencias

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