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COMISIÓN DE GESTIÓN INTEGRAL DEL AGUA

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Oficio: IL/CGIA/0608/2020 DIP. ISABELA ROSALES HERRERA

PRESIDENTA DE LA COMISIÓN DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

P R E S E N T E

Con fundamento en los artículos 103, 104 y 106 del Reglamento del Congreso de la Ciudad de México, me permito enviar el Dictamen que presenta la Comisión de Gestión Integral del Agua mediante el cual se aprueba la PROPUESTA DE PUNTO DE ACUERDO DE URGENTE Y OBVIA RESOLUCIÓN POR EL QUE SE FORMULA RESPETUOSO EXHORTO AL SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO CON LA FINALIDAD DE QUE LLEVE A CABO LA REVISIÓN DE LA OPERACIÓN DE LA PLANTA DE BOMBEO DE AGUAS COMBINADAS TIZOC, UBICADA EN LA COLONIA TLAXPANA ALCALDÍA MIGUEL HIDALGO, A EFECTO DE QUE LA MISMA SE LLEVE A CABO CONFORME A LA NORMATIVIDAD APLICABLE Y EN SU CASO SE EFECTÚEN LAS ACCIONES NECESARIAS PARA SU CORRECCIÓN, mismo que fue analizado, discutido y aprobado en la Décima Segunda Sesión Ordinaria de la Comisión de mérito.

Lo anterior a efecto de que sea considerado en la siguiente sesión de la Comisión Permanente a celebrarse el día 19 de agosto del año en curso.

Sin más por el momento, reciba un cordial saludo.:

ATENTAMENTE

DIP. MA. GUADALUPE AGUILAR SOLACHE Presidenta de la Comisión

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DICTAMEN QUE PRESENTA LA COMISIÓN DE GESTIÓN INTEGRAL DEL AGUA POR EL CUAL SE APRUEBA LA PROPUESTA DE PUNTO DE ACUERDO DE URGENTE Y OBVIA RESOLUCIÓN POR EL QUE SE FORMULA RESPETUOSO EXHORTO AL SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO CON LA FINALIDAD DE QUE LLEVE A CABO LA REVISIÓN DE LA OPERACIÓN DE LA PLANTA DE BOMBEO DE AGUAS COMBINADAS TIZOC, UBICADA EN LA COLONIA TLAXPANA ALCALDÍA MIGUEL HIDALGO, A EFECTO DE QUE LA MISMA SE LLEVE A CABO CONFORME A LA NORMATIVIDAD APLICABLE Y EN SU CASO SE EFECTÚEN LAS ACCIONES NECESARIAS PARA SU CORRECCIÓN.

H. CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO I LEGISLATURA.

P R E S E N T E.

De conformidad con lo establecido en los artículos 122, apartado A, fracción segunda de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 29 Apartados A numeral 1 y D inciso r) de la Constitución Política de la Ciudad de México; 1; 3; 67 párrafo primero y 80 de la Ley Orgánica del Congreso de la Ciudad de México; 103 fracción IV; 104; 106;

260 del Reglamento del Congreso de la Ciudad de México; la Comisión de Gestión Integral del Agua, somete a la consideración del Pleno de este Honorable Congreso el presente Dictamen relativo a la siguiente:

PROPUESTA DE PUNTO DE ACUERDO DE URGENTE Y OBVIA RESOLUCIÓN POR EL QUE SE FORMULA RESPETUOSO EXHORTO AL SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO CON LA FINALIDAD DE QUE LLEVE A CABO LA REVISIÓN DE LA OPERACIÓN DE PLANTA DE BOMBEO DE AGUAS COMBINADAS TIZOC, UBICADA EN LA COLONIA TLAXPANA ALCALDÍA MIGUEL HIDALGO, A EFECTO DE QUE LA MISMA SE LLEVE A CABO CONFORME A LA NORMATIVIDAD APLICABLE Y EN SU CASO SE EFECTÚEN LAS ACCIONES NECESARIAS PARA SU CORRECCIÓN, que presentaron el Diputado Fernando José Aboitiz Saro, de la Asociación Parlamentaria de Encuentro Social y el Diputado Rigoberto Salgado Vázquez integrante del Grupo Parlamentario del Partido de Morena.

PREÁMBULO.

I.- Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 32, fracción XI,XXX y XXXI, de la Ley Orgánica, 84, 85, 86 y 100, del Reglamento, ambos del Congreso de la Ciudad de México, mediante oficio MDSPPOSA/CSP/4209/2019, de fecha 11 de diciembre de 2019, signado por la Presidenta de la Mesa Directiva, Diputada Isabela Rosales Herrera, fue turnada y recibida el 16 de diciembre de 2019, a la Comisión de Gestión Integral del

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Agua, para su análisis y dictamen la propuesta con Punto de Acuerdo de acuerdo de Urgente y Obvia Resolución por el que se formula respetuoso exhorto al Sistema de Aguas de la Ciudad de México con la finalidad de que lleve a cabo la revisión de la operación de planta de bombeo de aguas combinadas Tizoc, ubicada en la colonia Tlaxpana Alcaldía Miguel Hidalgo, a efecto de que la misma se lleve a cabo conforme a la normatividad aplicable y en su caso se efectúen las acciones necesarias para su corrección, presentadas por el Diputado Fernando José Aboitiz Saro, de la Asociación Parlamentaria de Encuentro Social y el Diputado Rigoberto Salgado Vázquez integrante del Grupo Parlamentario del Partido de Morena.

II.- Esta Comisión de Gestión Integral del Agua, es competente para conocer el punto de acuerdo de conformidad con lo dispuesto por los artículos 67 párrafo segundo, 70 fracción I, 72, 73, 74 fracción XIX y 80 de la Ley Orgánica del Congreso de la Ciudad de México; 1, 86, 103, 104, 106, 187, 221 fracción I, 222 fracción III y VIII del Reglamento del Congreso de la Ciudad de México.

III.- Para cumplir con lo dispuesto por los artículos 256, 257, 258 y 260 del Reglamento del Congreso de la Ciudad de México, las Diputadas y Diputados integrante de la Comisión de Gestión Integral del Agua, se reunieron el día 26 de marzo del 2020, para dictaminar la propuesta con punto de punto de acuerdo presentada, con el fin de someterla a la consideración del Pleno de este H. Congreso, al tenor de los siguientes:

ANTECEDENTES.

I.- El 11 de diciembre de 2019, el Diputado Fernando José Aboitiz Saro, de la Asociación Parlamentaria de Encuentro Social y el Diputado Rigoberto Salgado Vázquez integrante del Grupo Parlamentario del Partido de Morena, presentaron ante el Pleno, la Propuesta que exhorta al Sistema de Aguas de la Ciudad de México con la finalidad de que lleve a cabo la revisión de la operación de planta de bombeo de aguas combinadas Tizoc, ubicada en la colonia Tlaxpana Alcaldía Miguel Hidalgo, a efecto de que la misma se lleve a cabo conforme a la normatividad aplicable y en su caso se efectúen las acciones necesarias para su corrección.

II.- Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 32, fracción XI,XXX y XXXI, de la Ley Orgánica; 84, 85, 86 y 100, del Reglamento, ambos del Congreso de la Ciudad de México, mediante oficio MDSPPOSA/CSP/4209/2019, de fecha 11 de diciembre de 2019, signado por la Presidenta de la Mesa Directiva, Diputada Isabela Rosales Herrera, fue turnada y recibida el 16 de diciembre de 2019, en la Comisión de Gestión Integral del Agua, para su análisis y dictamen, la Propuesta de punto de Acuerdo, que exhorta al

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Sistema de Aguas de la Ciudad de México con la finalidad de que lleve a cabo la revisión de la operación de planta de bombeo de aguas combinadas Tizoc, ubicada en la colonia Tlaxpana Alcaldía Miguel Hidalgo, a efecto de que la misma se lleve a cabo conforme a la normatividad aplicable y en su caso se efectúen las acciones necesarias para su corrección.

III.- El Punto de Acuerdo presentado, establece a la letra lo siguiente:

ANTECEDENTES

La Ciudad de México, ha librado una lucha contra el agua desde ya hace mucho tiempo, donde el riesgo de inundaciones ha estado presente; así por ejemplo en el año 8 Técpatl (1448) Tenochtitlan sufre una gran inundación la cual generó hambrunas por la pérdida de las cosechas con una gran mortalidad y graves daños económicos y materiales.

Derivado de lo anterior, los culhua-mexica llevaron a cabo el mayor proyecto hídrico-urbanístico a gran escala de la historia prehispánica de la cuenca de México, para controlar y administrar las aguas del gran lago. Estas obras incluían la construcción de albarradones, calzadas y canales para evitar estar a merced de los grandes volúmenes de agua del lago y no sufrir más inundaciones.

Durante el Virreinato se generan políticas públicas para sacar de la cuenca ante las frecuentes inundaciones como las de 1555, 1580, 1607, 1615, 1623, y sobre todo la más terrible de todas, la de 1629, que duró cinco años y fue de tal magnitud que se hizo necesario el transporte de canoa para mover a personas, alimentos y medicinas en la Ciudad de México. Se calcula que murieron aproximadamente 30,000 indígenas de hambre, enfermemos, aplastados por los derrumbes de sus casas o ahogados.

En 1900 se inaugura el Gran Canal de Desagüe y el Túnel de Tequizquiac; En conjunto este tipo de grandes obras de desagüe liberan grandes extensiones de tierras que pocos años más adelante serían el receptor de la gran migración que construiría ciudad Nezahualcoyótl y levaría también al descontrolado crecimiento de la mancha urbana de las alcandías Iztapalapa o de la Gustavo A. Madero, que demandaban mayores servicios de infraestructura urbana, agua y seguridad ante las inundaciones.

En 1964 entró en operación el Emisor Poniente, en 1975 el Túnel Emisor Central, y luego de 11 años en construcción fue concluido el Túnel Emisor Oriente (TEO), el cual reforzará el sistema de drenaje de la Zona Metropolitana del Valle de México y busca reducir inundaciones en ocho alcaldías en la CDMX y en los municipios mexiquenses de Ecatepec y Nezahualcoyótl;

en 2010 se concluyó la construcción de las 10 captaciones del Túnel Interceptor Río de los Remedios (2007), por señalar algunas de las obras más relevantes.

Ante el aumento de las cantidades de lluvia en 2016 el Gobierno de la ciudad llevo a cabo la Rehabilitación de la Planta de Bombeo de Aguas Combinadas Tizoc, ubicada en la colonia Tlaxpana Alcaldía Miguel Hidalgo.

En este sentido, el entonces Jefe de gobierno de la Ciudad de México, Miguel Ángel Mancera, el 08 de junio de 2016, aseguró que la planta “va a darle una gestión muy diferente a la zona, porque sí que se estaba necesitando la operación eficiente, van a notar los vecinos un antes y

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un después con el funcionamiento efectivo de esta planta combinada”, destacó, con la que se beneficiará a 60,000 habitantes de 5 colonias de la demarcación.

PROBLEMÁTICA PLANTEADA

Planta de Bombeo de Aguas Combinadas Tizoc, ubicada en la colonia Tlaxpana Alcaldía Miguel Hidalgo, se necesaria para bombear las aguas residuales de las colonias Nueva Anzures, Pensil; Santa Julia, Verónica Anzures y Tlaxpana, para enviarlas al sistema de drenaje primario de la ciudad y con ello evitar inundaciones.

No obstante lo anterior, los vecinos de las calles Tlaloc y tizoc han manifestado su inconformidad debido a que la planta de bombeo al funcionar emite un olor fétido penetrante y prolongado, por lo que están preocupados por los daños que pueda traer a su salud, además de ser una zona escolar y de alto tránsito peatonal, por lo que, genera aún más molestia.

CONSIDERANDOS

De conformidad con el artículo 16 de la Ley de Derecho al Acceso, Disposición y Saneamiento del Agua de la Ciudad de México, corresponde a al Sistema de Aguas de la ciudad de México, las siguientes atribuciones: Elaborar, ejecutar, evaluar y vigilar el Programa de gestión integral de los Recursos Hídricos, como instrumento rector de la política; plantear, organizar, controlar y prestar los servicios hidráulicos, y los procesos de tratamiento y reúso de aguas residuales coordinándose en su caso con las delegaciones; proyectar, ejecutar y supervisar las obras hidráulicas necesarias así como controlar las inundaciones, los hundimientos y movimientos de suelo cuando su origen sea hidráulico;

realizar las acciones necesarias qué eviten el azolve de la red de alcantarillado y rescatar, sanear, proteger y construir las instalaciones para aprovechar las aguas de los manantiales y pluviales que circulan por barrancas y causes naturales.

Derivado del análisis de la problemática arriba señalada, someto a la consideración de esta Soberanía del siguiente:

PUNTO DE ACUERDO

ÚNICO. Se formula respetuoso exhorto al Sistema de Aguas de la ciudad de México con la finalidad de que lleve a cabo la revisión de la operación de Planta de Bombeo de Aguas Combinadas Tizoc, ubicada en la Colonia Tlaxpana Alcaldía Miguel Hidalgo, a efecto de que la misma se lleve a cabo conforme a la normatividad aplicable y en su caso se efectúen las acciones necesarias para su corrección.

IV.- Esta Comisión dictaminadora, previa convocatoria realizada en términos de ley, se reunió para la discusión y análisis del punto de acuerdo en comento a fin de proceder a la elaboración del dictamen que se presenta, conforme a los siguientes:

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CONSIDERANDOS.

PRIMERO.- Que esta Comisión de Gestión Integral del Agua del Congreso de la Ciudad de México I Legislatura, es competente para conocer, analizar y dictaminar el punto de acuerdo, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 67 párrafo segundo, 70 fracción I, 72, 73, 74 fracción XIX y 80 de la Ley Orgánica del Congreso de la Ciudad de México; 1, 86, 103, 106, 187, 221 fracción I y 222 fracción III y VIII del Reglamento del Congreso de la Ciudad de México.

SEGUNDO.- Se coincide con los diputados promoventes refiriendo que el Sistema de Aguas de la Ciudad de México es un Órgano Desconcentrado de la Administración Pública de la Ciudad de México, adscrito a la Secretaría del Medio Ambiente, que de acuerdo a la Ley del derecho al acceso, disposición y saneamiento del Agua de la Ciudad de México, tiene por objeto la operación de la infraestructura hidráulica y la prestación del servicio público de agua potable, drenaje y alcantarillado, así como el tratamiento y reúso de aguas residuales.1

Artículo 1º. La presente Ley es de observancia general en el Distrito Federal, sus disposiciones son de orden público e interés social, y tiene por objeto regular la gestión integral de los recursos hídricos y la prestación de los servicios públicos de agua potable, drenaje y alcantarillado, así como el tratamiento y reúso de aguas residuales.

En este sentido este mismo órgano es el encargado de planear, organizar, controlar y prestar los servicios hidráulicos, y los procesos de tratamiento y reúso de aguas residuales coordinándose en su caso con las delegaciones en este caso con la Alcaldía, así como lo refiere el propio artículo 16 de la Ley del derecho al acceso, disposición y saneamiento del Agua de la Ciudad de México.

En cuanto al sistema de tratamiento y reuso de las aguas residuales, el Sistema de Aguas de la Ciudad de México cuenta con 26 plantas de tratamiento, 34 rebombeos de agua residual tratada, 4 tanques de agua tratada y 874 kilómetros de tuberías de agua residual tratada; sin embargo, esta infraestructura no permite atender la demanda de los servicios en la entidad en promedio de trata 280,407 m3 por día de agua residual, lo que corresponde al 19.75% del total del desalojo de agua residual. A pesar de no ser un sistema vital para la ciudad, el tratamiento de agua cada día adquiere una importancia mayor, ya que es una alternativa que contribuye a lograr la sustentabilidad hídrica. Otro

1 https://data.sacmex.cdmx.gob.mx/repositorio/art121/XXII/inter/Especificaciones_POA.pdf

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aspecto por lo que se debe dar importancia al tratamiento de agua residual es que en función de su crecimiento se pueda reducir las problemáticas de agua potable y de drenaje.

TERCERO.- La Rehabilitación de la Planta de Bombeo de Aguas Combinadas Tizoc que se llevó a cabo el pasado 08 de junio de 2016, se relató que “dicha planta dará mejor calidad de gestión durante la temporada de lluvias, a 60 mil habitantes, aproximadamente, a cinco colonias de la delegación Miguel Hidalgo y, por supuesto, nos permitirá tener una mejor y más efectiva atención en esta temporada de lluvias”, tal y como lo refiere en sus antecedentes de los proponentes.

En este orden de ideas le corresponde al Sistema de Aguas de la Ciudad de México proyectar, ejecutar y supervisar las obras hidráulicas necesarias, así como controlar las inundaciones que se presenten en la Ciudad de México como lo establece el propio artículo 16 de la Ley del derecho al acceso, disposición y saneamiento del Agua de la Ciudad de México que a la letra reza:

Artículo 16. Corresponde al Sistema de Aguas el ejercicio de las siguientes facultades:

XVIII. Proyectar, ejecutar y supervisar las obras hidráulicas necesarias así como controlar las inundaciones, los hundimientos y movimientos de suelo cuando su origen sea hidráulico;

Uno de los temas importantes que plantean los proponentes, es el riesgo a la salud que puede estar ocasionando a las y los vecinos la planta de bombeo Tizoc ya que se refiere la emisión de un olor fétido penetrante y prolongado, ante esta situación es que se considera oportuno y pertinente salvaguardar el derecho humano al agua, a la salud y a un medio ambiente sano tal y como refiere la Constitución Política de la Ciudad de México.

Artículo 9 Ciudad solidaria D. Derecho a la salud

3. Las autoridades de la Ciudad de México asegurarán progresivamente, de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes generales aplicables:

c) La existencia de entornos salubres y seguros, espacios públicos, actividades sociales, culturales y deportivas que mejoren la calidad de vida y la convivencia, propicien modos de vida saludables, desincentiven las violencias, las adicciones y las prácticas sedentarias;

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En este sentido el Sistema de Aguas de la Ciudad de México en el ámbito de sus atribuciones deberá de garantizar un entorno salubre y seguro para las y los Vecinos de la Alcaldía Miguel Hidalgo, también como lo refiere el artículo 13 de la propia Constitución Local que refiere lo siguiente:

Artículo 13 Ciudad habitable A. Derecho a un medio ambiente sano

1. Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. Las autoridades adoptarán las medidas necesarias, en el ámbito de sus competencias, para la protección del medio ambiente y la preservación y restauración del equilibrio ecológico, con el objetivo de satisfacer las necesidades ambientales para el desarrollo de las generaciones presentes y futuras.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, esta Comisión de Gestión Integral del Agua, en la I Legislatura del Congreso de la Ciudad de México en su Décima Tercera Sesión Ordinaria, celebrada a los 03 días del mes de julio del año 2020 y de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 80 de la Ley Orgánica del Congreso de la Ciudad de México 257 y 258 del Reglamento del Congreso de la Ciudad de México consideran que es de resolver de la siguiente manera:

RESOLUTIVO:

UNICO.- EL PLENO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, I LEGISLATURA, EXHORTA, DE LA MANERA MÁS CORDIAL Y RESPETUOSA, AL SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO CON LA FINALIDAD DE QUE LLEVE A CABO LA REVISIÓN DE LA OPERACIÓN DE LA PLANTA DE BOMBEO DE AGUAS COMBINADAS TIZOC, UBICADA EN LA COLONIA TLAXPANA ALCALDÍA MIGUEL HIDALGO, A EFECTO DE QUE LA MISMA SE LLEVE A CABO CONFORME A LA NORMATIVIDAD APLICABLE Y EN SU CASO SE EFECTÚEN LAS ACCIONES NECESARIAS PARA SU CORRECCIÓN.

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FIRMAN LOS DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN DE GESTIÓN INTEGRAL DEL AGUA, I LEGISLATURA, DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, DICTAMEN QUE PRESENTA LA COMISIÓN DE GESTIÓN INTEGRAL DEL AGUA POR EL CUAL SE APRUEBA LA PROPUESTA DE PUNTO DE ACUERDO DE URGENTE Y OBVIA RESOLUCIÓN POR EL QUE SE FORMULA RESPETUOSO EXHORTO AL SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO CON LA FINALIDAD DE QUE LLEVE A CABO LA REVISIÓN DE LA OPERACIÓN DE PLANTA DE BOMBEO DE AGUAS COMBINADAS TIZOC, UBICADA EN LA COLONIA TLAXPANA ALCALDÍA MIGUEL HIDALGO, A EFECTO DE QUE LA MISMA SE LLEVE A CABO CONFORME A LA NORMATIVIDAD APLICABLE Y EN SU CASO SE EFECTÚEN LAS ACCIONES NECESARIAS PARA SU CORRECCIÓN, A 03 DE JULIO DE 2020.

COMISIÓN DE GESTIÓN INTEGRAL DEL AGUA

DIPUTADA / DIPUTADO

EN PRO EN CONTRA ABSTENCIONES

DIP. MA.

GUADALUPE

AGUILAR SOLACHE A FAVOR

DIP. GABRIELA QUIROGA ANGUIANO VICEPRESIDENTA

A FAVOR

DIP. CHRISTIAN DAMÍAN VON ROEHRICH DE LA

ISLA SECRETARIO

A FAVOR

DIP. ANA PATRICIA BAÉZ GUERRERO

INTEGRANTE

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ESTAS FIRMAS FORMAN PARTE DEL DICTAMEN QUE PRESENTA LA COMISIÓN DE GESTIÓN INTEGRAL DEL AGUA POR EL CUAL SE APRUEBA LA PROPUESTA DE PUNTO DE ACUERDO DE URGENTE Y OBVIA RESOLUCIÓN POR EL QUE SE FORMULA RESPETUOSO EXHORTO AL SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO CON LA FINALIDAD DE QUE LLEVE A CABO LA REVISIÓN DE LA OPERACIÓN DE PLANTA DE BOMBEO DE AGUAS COMBINADAS TIZOC, UBICADA EN LA COLONIA TLAXPANA ALCALDÍA MIGUEL HIDALGO, A EFECTO DE QUE LA MISMA SE LLEVE A CABO CONFORME A LA NORMATIVIDAD APLICABLE Y EN SU CASO SE EFECTÚEN LAS ACCIONES NECESARIAS PARA SU CORRECCIÓN.

COMISIÓN DE GESTIÓN INTEGRAL DEL AGUA

DIPUTADA / DIPUTADO

EN PRO EN CONTRA ABSTENCIONES

DIP. JOSÉ MARTÍN PADILLA SÁNCHEZ INTEGRANTE

A FAVOR

DIP. ERNESTO ALARCÓN

JIMÉNEZ INTEGRANTE

A FAVOR

DIP. CARLOS ALONSO CASTILLO

PERÉZ INTEGRANTE

A FAVOR

DIP. EVELYN PARRA ÁLVARÉZ INTEGRANTE

A FAVOR

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ESTAS FIRMAS FORMAN PARTE DEL DICTAMEN QUE PRESENTA LA COMISIÓN DE GESTIÓN INTEGRAL DEL AGUA POR EL CUAL SE APRUEBA LA PROPUESTA DE PUNTO DE ACUERDO DE URGENTE Y OBVIA RESOLUCIÓN POR EL QUE SE FORMULA RESPETUOSO EXHORTO AL SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO CON LA FINALIDAD DE QUE LLEVE A CABO LA REVISIÓN DE LA OPERACIÓN DE PLANTA DE BOMBEO DE AGUAS COMBINADAS TIZOC, UBICADA EN LA COLONIA TLAXPANA ALCALDÍA MIGUEL HIDALGO, A EFECTO DE QUE LA MISMA SE LLEVE A CABO CONFORME A LA NORMATIVIDAD APLICABLE Y EN SU CASO SE EFECTÚEN LAS ACCIONES NECESARIAS PARA SU CORRECCIÓN.

COMISIÓN DE GESTIÓN INTEGRAL DEL AGUA

DIPUTADA / DIPUTADO

EN PRO EN CONTRA ABSTENCIONES

DIP. TERESA RAMOS ARREOLA INTEGRANTE

A FAVOR

DIP. CARLOS HERNÁNDEZ

MIRÓN

INTEGRANTE A FAVOR

DIP. MIGUEL ÁNGEL MACEDO ESCARTÍN INTEGRANTE

A FAVOR

DIP.

ESPERANZA VILLALOBOS

PÉREZ INTEGRANTE

A FAVOR

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COMISIÓN DE GESTIÓN INTEGRAL DEL AGUA

DIPUTADA / DIPUTADO

EN PRO EN CONTRA ABSTENCIONES

DIP. EFRAÍN MORALES SÁNCHEZ INTEGRANTE

A FAVOR

DIP. MIGUEL ÁNGEL ÁLVAREZ MELO

INTEGRANTE

A FAVOR

ESTAS FIRMAS FORMAN PARTE DEL DICTAMEN QUE PRESENTA LA COMISIÓN DE GESTIÓN INTEGRAL DEL AGUA POR EL CUAL SE APRUEBA LA PROPUESTA DE PUNTO DE ACUERDO DE URGENTE Y OBVIA RESOLUCIÓN POR EL QUE SE FORMULA RESPETUOSO EXHORTO AL SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO CON LA FINALIDAD DE QUE LLEVE A CABO LA REVISIÓN DE LA OPERACIÓN DE PLANTA DE BOMBEO DE AGUAS COMBINADAS TIZOC, UBICADA EN LA COLONIA TLAXPANA ALCALDÍA MIGUEL HIDALGO, A EFECTO DE QUE LA MISMA SE LLEVE A CABO CONFORME A LA NORMATIVIDAD APLICABLE Y EN SU CASO SE EFECTÚEN LAS ACCIONES NECESARIAS PARA SU CORRECCIÓN.

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