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Avenida Vallarta 1312.Col. Americana, c.r.44160, Guadalajara, Jalisco,Tel (33)36305745www.iteLorg.mx
LASV
~~.Franci~coJ .i~r/G9 zález Vallejo
. j/mISlolládO.
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A ten t a m e n t e.
Lo anterior para los efectos legales correspondientes.
Adjunto al presente oficio en vía de notificación, copia delaresolución emitida por el Pleno de este Instituto de Transparencia, el día 11 once de mayo del año 2016 dos mil dieciséis, dentrode las actuaciones del presente recurso de revisión.
TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA DE LA SECRETARíA DE SALUD, JALISCO
P r e s e n t e.
Recurso de Revisión 287/2016. Oficio CGV/443/2016 Guadalajara, Jalisco, 11 de mayo de 2016
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En oncreto, es el reciboemitido por la institución bancaria en el cual serefleja los montos de pago de
"dáuno de los conceptos pagados por el Organismo.Lo anterior,es solicitadopor cada
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ser más claro en misDúcitud,el documento solicitado es el también tffulada delas siguientes forma.r-
))
"Acuse de recibodedeclaraciónprovisionalodefinitiva de impuestos federales";. / 2) "Recibo bancariode pagosdecontribuciones federales"
3)"Recibo bancariode pagosde contribuciones, productosyaprovechamientos federales"
"Solicito al OPO Servicios deSaludJalisco,nos proporcione fotocopia simple delos recibos bancarios de los pagos de impuestos mensuales realizados ante el Servicio deAdministración Tributaria(SAT)de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público (SHCP), los cuales deberán comprender los pagos realizados
por conceptos de ISR retenciones a salarios, el ISR retenciones por servicios profesionales, ISR
retencionespor asimilados asalarios, ISR retenciones por servicios profesionales;ytodosycada uno
losconceptosde impuestospagadospor el Organismo.
PRIMERO.PRESENTACiÓNDE SOLICITUDDE INFORMACiÓN.
presentó solicitud de información el día 09 nueve de marzodelaño 2016dos mil dieciséis,
a través del sistemaInfomex,Jalisco, solicitando lo siguiente:
R E S U L T A N D O:
V 1ST A S las constancias que integran el expedientepara resolver el recurso de revisión 287/2016, promovido por por su propio derecho, encontra
del sujetoobligado:Secretaríade Salud, Jalisco, y
Guadalajara, Jalisco. Resolución que emite el Pleno del Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en la sesión ordinaria celebrada el día 11 once de mayo del 2016 dos mil dieciséis.
Dr. Francisco Javier González Vallejo
Secretaría de Salud Jalisco.
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RR· 287/2016
Resolución: Recurrente: Comisionado Ponente: Sujetoobligado:
,\ ./osrecibosem: adosporcadauno delos meses del 2014,NO RESPRESENTA LO SOLICITADO,
resentan unosdocumentosque,si bien llevan pornombreel título de recibobancario de
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Seanexa alarespuestalainformación proporcionadapor la Dirección General deAdministración,misma que correspondea losaños 2007,2008, 2009, 2010,2011, 2012, 2013, 2014 y 2015. (Información que
fa
de166copias simples),,:.TERCERO. TRÁMITE DEL RECURSO DE REVISiÓN. Inconformecon la respuestaem''da
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porelSujeto Obligado, elrecurrente presentó recurso de revisión, a través deInformex,\Jaliscoeldía 04 deabrildel2016 dos mildieciséis, enel que refirierelo siguiente:
"oo. le informo el contenido del memorándum DGA.AT.31/2016 signadopor el Mtro. GerardoAlvarado González,Director de RecursosFinancieros, mediante el cual anexa un legajo de 166copiassimples de los Recursos Bancarios de los pagos de impuestos mensualesrealizados al SAT de la Secretaríade Hacienda y Crédito Público correspondientesa losmeses de eneroa diciembrede los años del 2017al 2015.
SEGUNDO. TRÁMITE Y RESOLUCiÓN DE LA SOLICITUD. Una vez presentada la
solicitud de información en comento, el Sujeto Secretaría de Salud,Jalisco resolvió de manera afirmativo parcialmente el día 22 veintidós de marzo del año en curso de la siguientemanera:
Merací[email protected]"
No omito precisar que se solicitan TODOS Y CADA UNO de los pagos realizados, sean normales,
complementarios,etc.Agradezcoque la información requerida sea entregadaen fotocopiadigital simplea travésdel SISTEMA INFOMEX;y de rebasar los10MBpermitidos por elsistemaINFOMEX; solicitome sea enviada al siguiente correo electrónico:
uno de los meses (Enero, Febrero, Marzo, Abril, Mayo Junio, Julio, Agosto, Septiembre, Octubre,
Noviembre,Diciembre) delaño 2014.
Dr.FranciscoJavier GonzálezVallejo
Secretaríade SaludJalisco.
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RR· 287/2016 Resolución: Recurrente: Comisionado Ponente: Sujeto obligado:Mediante acuerdo emitido por la Ponencia Instructora el día 18 dieciocho deabril del añO\
2016 dos mil dieciséis,se tuvo por recibido el informe rendido por el Mtro. Jesús Alberto
Borro~ Mora,Titular de la Unidad de Transparencia de la Secretaría de Salud y el O.PC. .,
d, Jalisco,de conformidad a lo establecido por el artículo 100,punto 3 de
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Mediante acuerdo de fecha 07 siete de abril del año 2016 dos mil dieciséis la ponencia
emitido admitió el recurso de revisión en comento y requirió al sujeto obligado para que
remitiera uninforme,enun plazo de tres días hábiles siguientes, contadosa partir de aquel
en que surtiera efectos la notificación, acompañando las pruebas documentales,o cualquier
otro elemento técnico relacionado con los trámites de las solicitudes que acreditaran lo
manifestadoen el informe de referencia, además en el mismo acuerdo se le informó del
Suieto Obligado y del Recurrente,que contaban con un término de tresdías hábiles,para
e manifestaran su voluntad de someterse a la celebración de una audiencia de
onciliación,en apego a lo dispuesto por el artículo 101 de la Ley de Transparencia
Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios y el artículo
Reglamentode la Ley Especial de la Materia.
El Secretario Ejecutivo del Instituto de Transparencia, InformaciónPública y Protección de
Datos Personalesdel Estado de Jalisco, mediante acuerdo emitido el día 05cinco de abril
del 2016 dos mil dieciséis,turnóa la Ponencia del Comisionado Francisco Javier González
Vallejo, registrándolo bajo el número de expediente 287/2016.
pago de contribuciones federales, deposito referenciado, NO REPRESENTA LA INFORMACiÓN
REQUERIDA,YA QUE NO ESPECIFICA EL PERIODO AL QUE PERTENECE(SOLOPRESENTA HORA
Y FECHA DE PAGO, PERO NO SE PUEDE UBICAR A QUE PERIODO PERTENECE). Asimismo,no
presenta la información desglosada de la forma requerida(Jospagos realizados por conceptos de ISR retenciones a salarios, el ISR retenciones por asimilados a salarios, ISR retenciones por servicios profesionales;ytodosycada uno de los conceptos de impuestos pagados por elorganismo).
POR LO ANTERIOR, SOLICITO LA INTERVENCiÓN DEL INSTITUTO DE TRANSPARENCIAPARA QUE
EL SUJETO OBLIGADO ENTGREGUE LA INFORMACiÓN REQUERIDA... "
Dr. Francisco Javier (,;onzalez vallejo
Secretaría de Salud Jalisco.
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RR· 28712016 Resolución:
Recurrente: Comisionado Ponente: Sujeto obligado:
que existió periodo vacacional del21 de marzo al03deabril.
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Laresoluciónde lasolicitud deinformación fue notificada alciudadano el día22 veintidós \
de marzo del año 2016dos mil dieciséis, por lo que surtiósus efectos legales el día041
cuatro abril del año 2016 dieciséis, en ese sentido el plazo de 15 días hábiles en el artículo95 punto 1 fracción I de la Leyde Transparencia y Acceso a la SEGUNDO. OPORTUNIDAD DEL RECURSO. La interposicióndel recurso de revisió comentofue oportuna,de conformidad a losiguiente:
PRIMERO. COMPETENCIA. Este Pleno del Instituto de Transparencia, InformaciónPública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, es competente paraconocer del presente recurso de revisión conforme a lo dispuesto por los artículos 35, punto1, fracción XXII, 91, 93, punto 1, fracción VII, 95, 96 Y 97, punto 1 de la Ley de Transparencia y Accesoa la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, en virtud de quese
interpone porque el sujeto obligado no permite el acceso completo o entrega de forma
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ompleta lainformación pública de libre acceso considerada ensurespuesta.C O N S I D E R A N D O S:
En virtud de ello, el Pleno del ITEI, con las constancias que integran el expediente del recursode revisión en comento, nos permitimos a realizar los siguientes,
Mediante acuerdo de fecha 03 tres de mayo del año 2016 dos mil dieciséis se dio por fenecido el plazo para que el recurrente se manifestara al respecto del informe de Ley,
remitido por el sujeto obligado, acto que no ocurrió.
la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios y se requirió al recurrente para que se manifestará sobre elinforme de ley antes mencionado.
Dr. Francisco Javier González Vallejo
Secretaría de Salud Jalisco.
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RR· 287/2016Resolución: Recurrente: Comisionado Ponente:
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Los recibos entregados por cada uno de los meses 2014, NO PRESENTA LO que,presenta unosdocumentosque,sibien/levan por nombre el títulode "recibo jUINTO .. MATERIA DE ANÁLISIS DEL RECURSO. La materiade análisis del presen"CJ
recursode revisión ha quedadosin efectos, pues el sujeto obligado en su informed ley realizó actos positivos que dejan sin efectos los agravios planteados, por lo que debe sobreseerse.El agravio del ciudadano consiste esencialmentela informaciónque el sujeto obligado le \ '
remitió, n escongruente con lasolicitada, desus agraviosse adviertelo siguiente: '
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CUARTO. PROCEDENCIA. El recurso de revisión en estudio resulta procedente de
conformidad a lo establecido por el artículo 93, punto 1, fracción VII, de la Ley de Transparencia y Acceso alaInformaciónPública del EstadodeJaliscoy sus Municipios,en virtud de que se interpone encontrade un sujeto obligado no permite el acceso completo o
entrega de forma incompleta la información pública de libre acceso considerada en su
respuesta.
cuentacon la legitimación activa para interponer el recurso de revisión en estudio,según lo
dispuesto por el artículo 73 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la
InformaciónPública delEstadode Jalisco y sus Municipios,toda vez quepresentael medio de impugnación por su propio derecho, en su carácter de solicitante de información,como se advierte en las solicitudes de información presentadas.
como recurrente,
TERCERO. LEGITIMACiÓN DEL RECURRENTE.
El recurso se presentó el día 28 veintiocho de marzo delaño 2016, y se recibió el día 04 abril del año en curso, el mismo es oportuno.
InformaciónPública del Estado de Jalisco y sus Municipios inicio acorrerel día 05cinco de abril del año 2016 dos mil dieciséis y concluyó el día 25 de abril delaño2016.
. ¡
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Dr.Francisco JavierGonzález Vallejo
Secretaríade Salud Jalisco.
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RR· 287/2016 Resolución:
Recurrente: Comisionado Ponente: Sujeto obligado:
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Articulo 99. Recursoderevisión- Sobreseimiento
ncausalesdesobreseimientodel recursode revisión:
ti... En ese sentido se revela que esta direcciónno fue omisa a la solicitud del ciudadano, puesto que entregó los Recibos Bancarios de los pagos de impuestos mensuales realizados ante el SAT de la SecretariadeHacienday CréditoPúblico.
Aunado a lo anterioryen virtudde quesepresume que el solicitante requieredeclaraciones deimpuestos Federales, se anexan a la presente 33 copias simples, donde se puede encontrar la información desglosada de dichospagos.Es importante aclararque el ciudadano fue específicoal afirmar que requería losRecibosBancarios de losPagos de Impuestosyno así las Declaraciones de Impuestos.
S nformalo anterior paraque se tome en consideración al momento de resolverel recurso derecisión en estiónysedeslindede cualquier responsabilidadaeste Organismo"
Deloinformado por elsujeto obligado se adviertequeremitióinformaciónnovedosa,misma quecons de 33 copias simplesque tienen el título "acusede recibo declaración provisionalo definitiva de imp. estos
federales",lo anterior fuederivadode los agravios expuestos porelciudadano enel presentere rsode
revisión,enlosque precisó claramentequeinformaciónera lasolicitada.
De esta manera se actualizala causalestablecida en el artículo 99fracciónIV delaLeydeTrans y Accesoa laInformaciónPública delEstado deJalisco y susMunicipios que dice:
Derivado de la interposición del presente recurso de revisión la Secretaria deSalud,Jalisco,
en su informe de Ley, manifestó lo siguiente:
¿Cuáles fueron las acciones realizadas por el sujeto obligado para subsanar la
omisión en la entrega de la información? A continuación lo exponemos.
bancariode pagode contribuciones federales,depositoreferenciado", NOPRESENTALA INFORMACIÓN REQUERIDA, YA QUE NO ESPECIFICA EL PERIODO AL QUE PERTENECE (SOLO PRESENTA FECHAYHORA DE PAGO,PERO NO SE PUEDEUBICAR A QUE PERIODO DE PAGOPERTENECE). Asimismo, no presenta la información desglosada de la forma requerida (los pagos realizados por conceptosdeISRretenciones a salarios, ellSR retencionespor serviciosprofesionales,ISRretenciones porasimilados a salarios,ISRretenciones porserviciosprofesionales;ytodosycada uno de los conceptos de impuestos pagados por el Organismo).POR LO ANTERIOR, SOLICITO LA INTERVENCIÓN DEL INSTITUTO DE TRANSPARENCIA PARAQUEELSUJETO OBLIGADO ENTREGUELAINFORMACIÓN REQUERIDA.
Dr. Francisco Javier González Vallejo Secretaria de Salud Jalisco. RR·287/2016
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Resolución: Recurrente: Comisionado Ponente: Sujeto obligado:Página 7de 9
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,noinconformarsedelainformaciónpuesta adisposición.
que el ciudadano no se manifestó existiendounaconformidad respuestadeformatácit ~ mo consecuencia de lo anterior, tenemos que el sobreseimiento procede por dos
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fundamentales, la primera consistente en que el sujeto obligado realizó actosDicha situaciónse adviertedel acuerdoemitidopor laPonencia Instructoraeldía 03 tresde
mayodel año 2016, pues se decretó el fenecimiento del término concedido alciudadano
para quemanifestara siseencontrabaconforme con la informaciónentregada.
Larespuestaes no.
En el caso concreto, ¿El ciudadano se manifestó conforme con lo proporcionado por el Secretaría de Salud, Jalisco, como acto positivo?
Para decretar elsobreseimientocuandosetratadeentrega deinformaciónnecesariamente
debe existir laconformidad delciudadano conelactopositivo.
Delas constancias podemosadvertir claramentequela Secretaría de Salud,Jalisco, ensu informe de Ley acredita que realizó los actos positivos que se señalan en los párrafos anteriores.
IV. Que el sujeto obligado modifiquela resolución impugnadao realice actos positivos,de forma
que quede sin efecto o materia el recurso. Cuando se trate de entrega de información, el recurrentedeberámanifestarsuconformidad.
Dr.Francisco Javier GonzálezVallejo
Secretaríade Salud Jalisco.
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RR- 287/2016
Resolución:
Recurrente:
Comisionado Ponente:
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Así resolvió el Pleno del Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de
tos Personalesdel Estado de Jalisco, por unanimidadde votos del Comisionado
Ponente: Francisco Javier González Vallejo, la Comisionada Presidenta Cynthia Patricia
e
Cantero Pacheco y la Comisionado: Pedro Vicente Viveros Reyes.Notifíquese; con testimonio de la presente resolución, vía electrónica; personalmente a la parte recurrente y al sujeto obligado responsable. Archívese el presente expediente como
asunto concluido.
ÚNICO.- Se sobresee el recurso de revisión interpuesto por en contra de la Secretaría de Salud,Jalisco, dentro de las actuaciones del expediente 287/2016,por las razones expuestas en el considerando quinto.
RES U E LV E:
Por lo antes expuesto, este órgano garante del Derecho de Acceso ala InformaciónPública en posesión de los sujetos obligados:
Por último, el efecto del sobreseimiento es dejar las cosas en el estado que guardaban hasta antes de la interposición del recurso de revisión.
Dr. Francisco Javier GonzálezVallejo
Secretaríade Salud Jalisco.
-."
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RR- 28712016 Resolución:
Recurrente:
Comisionado Ponente:
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Miguel Ángel He azquez
Secretario Ejecutivo
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y
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--_-=-Pedro Vicen Viveros ReyesComisionado Fran
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/
Firman los Comisionado Ciudadanos Integrantes del Pleno del Instituto de Transparencia, Información Públicay Protección de DatosPersonales del Estadode Jaliscoy el Secretario Ejecutivo, que autoriza y dafe.
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Dr.Francisco Javier GonzálezVallejoSecretaríadeSalud Jalisco. RR- 287/2016
Resolución: Recurrente:
Comisionado Ponente: