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Instituto para la Protección al Ahorro Bancario

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Instituto para la Protección al Ahorro Bancario

Acta de la Trigésima Cuarta Sesión Ordinaria de la Junta de

Gobierno

En el Salón Panamericano del Titular del Despacho de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, ubicada en el Primer Patio Mariano, tercer piso, Palacio Nacional, colonia Centro, México, Distrito Federal, siendo las dieciocho treinta horas del día trece de febrero del año dos mil dos, se reunieron los representantes de las dependencias y entidades que más adelante se mencionan, con el fin de celebrar la Trigésima Cuarta Sesión Ordinaria de la Junta de Gobierno del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, conforme a la siguiente:

ORDEN DEL DÍA I. Lista de asistencia.

II. Lectura y aprobación, en su caso, de las actas de las sesiones anteriores. III. Seguimiento de acuerdos.

• Nota informativa sobre la conclusión de la segregación de activos de BanCrecer, S.A., Institución de Banca Múltiple, con lo que se da por terminado el procedimiento de venta de las acciones representativas del 100 por ciento del capital social de BanCrecer, S.A., Institución de Banca Múltiple.

• Cobranza por parte de Fénix Administración de Activos, S. de R.L. de C.V. de la comisión por la venta de la cartera hipotecaria vigente propiedad de BanCrecer, S.A., misma que fue enajenada junto con la institución de banca múltiple.

• Informe integral sobre los asuntos en los que se detectó la probable existencia de delitos en las auditorías contable y legal practicadas a BanCrecer, S.A., Institución de Banca Múltiple, en cumplimiento al artículo Noveno Transitorio de la Ley de Protección al Ahorro Bancario.

• I.R..

IV. Seguro de depósito.

• Disposiciones en materia de refinanciamiento de las obligaciones financieras del Instituto contenidas en la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2002, de conformidad con el oficio 310/750/04/02.

• Avances del programa de liquidación de obligaciones garantizadas.

• Comité delegado de la Junta de Gobierno para la liquidación de obligaciones garantizadas.

• Resolución del Instituto relativa a la liquidación de Banca Quadrum, S.A.

• Designación del apoderado para el proceso de liquidación de Banca Quadrum, S.A.

I.R.

Información reservada, con fundamento en los artículos 13 fracción V y 14 fracción IV de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y último párrafo del Vigésimo Cuarto de los Lineamientos Generales para la Clasificación y Desclasificación de la información de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, publicados el 18 de agosto de 2003 en el Diario Oficial de la Federación.

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• Obligaciones subordinadas denominadas en dólares estadounidenses convertibles forzosamente en títulos representativos de capital de I.R.

• Participación en la Asociación Internacional de Aseguradores de Depósitos.

• Presentación del informe mensual de avance de D&T Case, S.A. de C.V. en el programa operativo de liquidación.

V. Supervisión.

• Auditorías legal y contable en Banco del Atlántico, S.A., en cumplimiento al artículo Noveno Transitorio de la Ley de Protección al Ahorro Bancario.

VI. Recuperación.

• Grupo Sidek.

• Informe sobre el proceso de venta de Cintra. VII. Control y administración.

• Manual de Procedimientos de la Dirección General de Operaciones de Protección en materia de Obligaciones Garantizadas.

• Oficio 310/750/06/02 tocante al catálogo de adquisiciones, bienes muebles y servicios.

• Políticas y procedimientos de la Junta de Gobierno del Instituto.

• Volumen anual de adquisiciones para el ejercicio 2002.

VIII. Informes y notas que requieren aprobación de la Junta de Gobierno.

• Informe detallado de los egresos e ingresos del Instituto durante el periodo comprendido entre el 1° de julio y el 31 de diciembre de 2001, incluyendo las obligaciones exigibles durante el primer semestre de 2002.

• Informe del procedimiento de venta en licitación pública de las acciones representativas del 100 por ciento del capital social de BanCrecer, S.A., Institución de Banca Múltiple.

• Programa de enajenación de bienes muebles informe final.

• BanCrecer, S.A. – Proceso de venta de cartera: presentación de informe detallado.

• Proceso de enajenación de seis inmuebles menores ubicados en Salamanca, Guanajuato, propiedad de Banco Obrero, S.A. en liquidación.

• Proceso de enajenación de diversos inmuebles propiedad de Fraccionadora y Hotelera del Pacífico, S.A. de C.V. y Banco Unión, S.A. en liquidación, los cuales se encuentran ubicados en la Península de Santiago, Manzanillo, Colima.

• Proceso de enajenación de una unidad industrial integrada por un terreno, construcción y activo fijo consistente en maquinaria, equipo de oficina y equipo de transporte, ubicada en calle Villagrán No. 2701 Norte, Colonia Bella Vista, Monterrey, Nuevo León, propiedad de Banco Unión, S.A., en liquidación.

• Informe final de la subasta de dos palcos y diez plateas ubicadas en el Estadio Azteca.

• Procesos de enajenación de diversos inmuebles propiedad de BanCrecer, S.A., Institución de Banca Múltiple, administrados por Fénix Administración de Activos, S. de R.L. de C.V. (1).

• Proceso de enajenación de una casa – habitación ubicada en calle Nicolás Bravo No. 1, Zacatlán, Puebla, propiedad de Banco de Oriente, S.A., en liquidación.

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• Proceso de enajenación de un edificio de oficinas y sus contenidos, ubicado en Avenida Independencia No. 1410, Colonia Centro, Chihuahua, Chihuahua.

• Procesos de enajenación de diversos inmuebles propiedad de BanCrecer, S.A., Institución de Banca Múltiple, administrados por Fénix Administración de Activos, S. de R.L. de C.V. (2).

IX. Notas informativas.

• Informe gerencial.

• Informe ejecutivo de auditorías. X. Asuntos generales.

I. LISTA DE ASISTENCIA.

VOCALES DE LA JUNTA DE GOBIERNO Lic. José Francisco Gil Díaz.

Secretario de Hacienda y Crédito Público y Presidente del órgano de gobierno. Dr. Agustín Carstens Carstens.

Subsecretario de Hacienda y Crédito Público y Suplente del Presidente del órgano de gobierno.

Lic. Jonathan Davis Arzac.

Presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. Lic. Héctor Tinoco Jaramillo.

Vicepresidente de Normatividad de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y suplente del Presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

Dr. Bernardo González-Aréchiga Ramírez-Wiella. Vocal.

Lic. Carlos Enrique Isoard y Viesca. Vocal.

C.P. Humberto Murrieta Necoechea. Vocal.

Ing. Adalberto Palma Gómez. Vocal.

INSTITUTO PARA LA PROTECCIÓN AL AHORRO BANCARIO Sr. Julio César Méndez Rubio.

Secretario Ejecutivo.

Lic. Luis García Vallarta Zepeda. Secretario de la Junta de Gobierno. COMISARIO

Lic. Carlos Arturo Aguirre Islas.

Comisario Público Suplente ante la Junta de Gobierno del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario y Coordinador de Órganos de Vigilancia y Control del Sector Hacienda. INVITADOS

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C.P. Fortunato Álvarez Enríquez.

Titular del Órgano Interno de Control en el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario. Lic. Alfredo Vara Alonso.

Secretario Adjunto A de Protección al Ahorro del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario.

Lic. Margarita de la Cabada Betancourt.

Secretaria Adjunta B Jurídica del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario. Dr. José Antonio Meade Kuribreña.

Director General de Banca y Ahorro de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Lic. Antonio Pardo Tabarés.

Encargado del Despacho de la Secretaría Adjunta A de Recuperación y Director General de Recuperación del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario.

Lic. Sergio Forte Gómez.

Encargado del Despacho de la Secretaría Adjunta B de Activos y Director General Adjunto de Administración de Acciones y Partes Sociales.

De conformidad con el artículo 82 de la Ley de Protección al Ahorro Bancario, presidió la reunión el Lic. José Francisco Gil Díaz, Secretario de Hacienda y Crédito Público, quien al existir quórum en términos del segundo párrafo del artículo 81 de la Ley de Protección al Ahorro Bancario según la lista de asistencia que antecede, sometió a la consideración de los presentes la Orden del Día, misma que fue aprobada por unanimidad, hecho lo cual se pasó a su desahogo.

II. LECTURA Y APROBACIÓN, EN SU CASO, DE LAS ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES.

En el desarrollo de este punto de la Orden del Día, el Presidente propuso que toda vez que las actas de la Trigésima Tercera Sesión Ordinaria y de la Trigésima Segunda Sesión Extraordinaria de la Junta de Gobierno del Instituto fueron remitidas con la debida anticipación, se obviara su lectura y se aprobaran para los efectos legales a que haya lugar. Acto seguido, se enviará el texto definitivo a las partes firmantes para su debida suscripción. El Secretario de la Junta de Gobierno agregó que se han recibido precisiones a las actas de que se trata por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, los Comisarios, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, los Vocales Independientes y las unidades administrativas competentes del Instituto para su incorporación a la versión definitiva. A su vez, el Lic. Héctor Tinoco Jaramillo solicitó el otorgamiento de un plazo adicional para la lectura y formulación de observaciones a las actas presentadas.

Discutido lo anterior, por unanimidad de votos los presentes adoptaron el siguiente:

Acuerdo IPAB/JG/02/34.1

Con fundamento en los artículos 80 fracciones XVII, XIX, XXVI y XXVII de la Ley de Protección al Ahorro Bancario; y 14 fracciones XII y XXVII del Estatuto Orgánico del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, 1) se aprueban para los efectos legales conducentes las actas de la Trigésima Tercera Sesión Ordinaria y de la Trigésima Segunda Sesión Extraordinaria de la Junta de Gobierno del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, hechas las adecuaciones a que haya lugar. 2) Túrnense para su debida

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formalización a los Vocales de ese órgano de gobierno, a los Comisarios y a los servidores públicos competentes del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario.

III. SEGUIMIENTO DE ACUERDOS.

El Secretario de la Junta de Gobierno dio lectura a la nota “Seguimiento de Acuerdos”. Sostuvo que de un total de 127 acuerdos en trámite a la Trigésima Cuarta Sesión Ordinaria de la Junta de Gobierno del Instituto, 28 resoluciones han sido debidamente cumplidas, mientras que 99 aún no han sido satisfechas.

Se informó que 20 actas aún estaban sujetas a su debida formalización. Su situación fue detallada en la tabla siguiente:

Sesión Voc. Ind. Sec. Ej. CNBV Comisarios SHCP

21 ORD. 9 9 9 9 18 EXT. 9 9 9 9 23 ORD. 9 9 9 9 24 ORD. 9 9 9 9 25 ORD. 9 9 9 21 EXT. 9 9 26 ORD. 9 9 22 EXT. 9 9 9 9 28 ORD. 9 9 9 9 24 EXT. 9 9 25 EXT. 9 9 26 EXT. 9 9 30 ORD. 9 9 29 EXT. 9 9 31 ORD. 30 EXT. 32 ORD. 31 EXT. 33 ORD. 32 EXT.

*Las actas sombreadas fueron presentadas en la sesión de que se trata.

Sobre el particular, el Ing. Adalberto Palma Gómez inquirió sobre las causas que explicarían el rezago en la firma de algunas actas por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a lo que el Dr. José Antonio Meade Kuribreña respondió que eran objeto de análisis por parte de la Procuraduría Fiscal de la Federación. Por su parte, el Lic. José Francisco Gil Díaz dio la bienvenida al Dr. Bernardo González-Aréchiga Ramírez-Wiella como Vocal Independiente de la Junta de Gobierno.

Discutido lo anterior, por unanimidad de votos los presentes adoptaron el siguiente:

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Con fundamento en los artículos 80 fracciones XVII y XXVI de la Ley de Protección al Ahorro Bancario; y 14 fracción XXVII del Estatuto Orgánico del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, se aprueba en sus términos el Control de Gestión de Acuerdos preparado por el Secretario de la Junta de Gobierno del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario. I.R. Acuerdo IPAB/JG/02/34.3 I.R. I.R. I.R. I.R. Acuerdo IPAB/JG/02/34.4 I.R. I.R. I.R. Acuerdo IPAB/JG/02/34.5 I.R. I.R. Acuerdo IPAB/JG/02/34.6 I.R.

IV. SEGURO DE DEPÓSITO.

I.R.

Información reservada, con fundamento en los artículos 13 fracción V y 14 fracción IV de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y último párrafo del Vigésimo Cuarto de los Lineamientos Generales para la Clasificación y Desclasificación de la información de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, publicados el 18 de agosto de 2003 en el Diario Oficial de la Federación.

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El Sr. Julio César Méndez Rubio explicó el oficio 310/750/04/02 de fecha 8 de enero de 2002, suscrito por el Lic. Carlos Arturo Aguirre Islas, Coordinador de Sector de los Órganos de Vigilancia y Control de Hacienda de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo.

Discutido lo anterior, por unanimidad de votos los presentes adoptaron el siguiente:

Acuerdo IPAB/JG/02/34.7

Con fundamento en los artículos 80 fracción XXVI de la Ley de Protección al Ahorro Bancario; y 14 fracción XXVII del Estatuto Orgánico del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, se toma nota del contenido y alcance del oficio 310/750/04/02 de fecha 8 de enero de 2002, suscrito por el Lic. Carlos Arturo Aguirre Islas, Coordinador de Sector de los Órganos de Vigilancia y Control de Hacienda de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo.

El Presidente propuso a los presentes se invitara a la sesión al Dr. Osvaldo Santín Quiroz y al Lic. Enrique Estefan Chidiac, Director General Adjunto de Obligaciones Garantizadas, quienes dieron lectura a la nota “Avances del programa de liquidación de obligaciones garantizadas” y a la presentación denominada “Programa de Liquidación de Obligaciones Garantizadas”, por las que se informaba sobre el estado que guardaban las actividades relacionadas con el programa de liquidación de obligaciones garantizadas, en el supuesto de que de conformidad con el artículo 7o. de la Ley de Protección al Ahorro Bancario, una institución de banca múltiple enfrentara un proceso de liquidación, suspensión de pagos o quiebra. El Dr. Osvaldo Santín Quiroz se pronunció por la adopción del escenario 3 (que implica 34 personas, 10 de ellas del Instituto) para ejecutar el programa de liquidación de obligaciones garantizadas para el caso de Banca Quadrum, S.A. El Sr. Julio César Méndez Rubio hizo hincapié en los problemas que podrían aparecer en caso de liquidación, suspensión de pagos o quiebra de las grandes instituciones de crédito nacionales, a lo que el Ing. Adalberto Palma Gómez dijo que en ese evento podrían buscarse fuentes externas de recursos humanos (outsourcing). Asimismo, el Ing. Adalberto Palma Gómez sugirió que, en su caso, se preparara un manual de capacitación de personal en la materia. El Dr. José Antonio Meade recordó que si bien el segundo párrafo del artículo 6o. de la Ley de Protección al Ahorro Bancario dispone que las instituciones de crédito tienen la obligación de informar a las personas usuarias de sus servicios sobre el tipo y monto de las operaciones garantizadas en los términos de aquella ley, era preciso incorporar a la agenda la cuestión del cumplimiento de dicha obligación, a lo que el Ing. Adalberto Palma Gómez propuso la imposición de sanciones a los intermediarios omisos. Por otra parte, el Dr. Osvaldo Santín Quiroz aclaró que aún no se contaba con la respuesta del Servicio de Administración Tributaria respecto a la no-retención de impuestos por el deslizamiento en el valor de las Unidades de Inversión; el Ing. Adalberto Palma Gómez sostuvo que podría solicitarse el apoyo de las autoridades de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. A su vez, el Lic. Enrique Estefan Chidiac se refirió a la problemática asociada a la definición de las fuentes de pago de los costos inherentes a los procesos de liquidación, suspensión de pagos o quiebra. Al finalizar la exposición, el Dr. Bernardo González-Aréchiga Ramírez-Wiella expresó su beneplácito por la presentación del programa de liquidación de obligaciones garantizadas (felicitación a la que se sumó el Lic. Carlos Isoard y Viesca); pidió se abundara en los manuales sobre las formas de validación de las causales de exclusión del pago de obligaciones

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garantizadas y propuso se evaluara la posibilidad de confrontar los listados nominales de la institución de crédito de que se trate con los registros de otras autoridades financieras (Comisión Nacional Bancaria y de Valores, Banco de México). Al respecto, el Dr. Agustín Carstens Carstens señaló que las autoridades financieras difícilmente contarían con información desagregada a nivel cliente. El Dr. Bernardo González-Aréchiga Ramírez-Wiella también subrayó que se requería solicitar y dar seguimiento a las querellas de clientes contra el banco que pudieran implicar obligaciones garantizadas y que se incorporara un programa de capacitación para el personal del banco que participara en el proceso de liquidación; que se buscara la confirmación fiscal y se revisaran las salidas recientes de depositantes que podrían no ser elegibles; que se consideraran las liquidaciones financieras y que el Instituto se preparara para la disminución de la cobertura. El Lic. Alfredo Vara Alonso dijo que se ha pedido al Banco de México no cancele la cuenta única de Banca Quadrum, S.A., dado que su clausura dificultaría su proceso de liquidación. El Dr. José Antonio Meade Kuribreña y el Lic. Carlos Arturo Aguirre Islas propusieron se diera suficiente flexibilidad a la administración del Instituto para la resolución de los temas cotidianos de la liquidación; el primero añadió que el programa de liquidación de obligaciones garantizadas al parecer fue trazado más en función de los depositantes personas físicas que de los otorgantes del crédito interbancario; también sugirió que la mecánica presentada fuese comparada con otras reglas y criterios ya implantados (vg. los relativos a las cajas de ahorro). El Lic. Alfredo Vara Alonso señaló que para evitar riesgos al sistema de pagos se ha previsto pagar en el mismo día en que inicie la liquidación a los otorgantes del crédito interbancario. Sobre el particular, el Dr. Agustín Carstens Carstens sostuvo que el crédito interbancario a cargo de Banca Quadrum, S.A. podría concentrarse en alguna de las instituciones de crédito en liquidación, con lo que se obviaría el riesgo sistémico y facilitaría los procedimientos de pago. A su vez, el C.P. Humberto Murrieta Necoechea propuso aprovechar el manejo de la información a nivel de arte y comparar las acciones a adoptar con otras experiencias internacionales. Finalmente, el Lic. Carlos Arturo Aguirre Islas pidió que el Órgano Interno de Control en el Instituto apoyara los procesos de que se trata; los señores Osvaldo Santín Quiroz y Enrique Estefan Chidiac dejaron la sesión.

Discutido lo anterior, por unanimidad de votos los presentes adoptaron el siguiente:

Acuerdo IPAB/JG/02/34.8

Con fundamento en los artículos 80 fracción XXVI de la Ley de Protección al Ahorro Bancario; y 14 fracción XXVII del Estatuto Orgánico del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, 1) la Junta de Gobierno se da por enterada de los trabajos realizados al 13 de febrero de 2002 con respecto al programa de liquidación de obligaciones garantizadas. 2) Se aprueba que se realicen las modificaciones a la “Resolución por la que se dan a conocer las disposiciones relativas al procedimiento de pago de obligaciones garantizadas por el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario” y al “Formato de solicitud de pago de obligaciones garantizadas”, que a juicio del Secretario Ejecutivo del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario resulten convenientes para este organismo público descentralizado, en el entendido de que sus versiones posteriores serán dadas a conocer al órgano de gobierno. 3) Se toma conocimiento del estado que guardan las actividades relacionadas con el cumplimiento de los requerimientos establecidos en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo respecto a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria. 4) Evalúense las acciones adoptadas por las instituciones

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de banca múltiple en relación con su obligación de informar a las personas usuarias de sus servicios sobre el tipo y monto de las operaciones garantizadas en los términos del artículo 6o. de la Ley de Protección al Ahorro Bancario.

Posteriormente, el Sr. Julio César Méndez Rubio comentó la nota “Comité delegado de la Junta de Gobierno para la liquidación de obligaciones garantizadas”. Destacó que si bien por acuerdo IPAB/JG/E/01/26.5 se autorizó la constitución de un comité delegado de la Junta de Gobierno del Instituto cuyo objeto sea conocer y aprobar aquellos casos en los que se determine la improcedencia del pago de obligaciones garantizadas por no ajustarse a la legislación aplicable, para lograr una operación más eficiente se proponía dejar sin efectos dicha resolución y confiar sus tareas al Comité para la Liquidación de Instituciones autorizado por acuerdo IPAB/JG/E/01/26.2. El Lic. Alfredo Vara Alonso destacó que este cuerpo colegiado contaba con la participación del Órgano Interno de Control en el Instituto y actuaría como comité de la administración.

Discutido lo anterior, por unanimidad de votos los presentes adoptaron el siguiente:

Acuerdo IPAB/JG/02/34.9

Con fundamento en los artículos 80 fracción XXVI de la Ley de Protección al Ahorro Bancario; 58 fracción X de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; y 14 fracción XXVII del Estatuto Orgánico del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, 1) se toma conocimiento y se autoriza que sea el Comité para la Liquidación de Instituciones el órgano competente para realizar las funciones descritas en la nota “Comité delegado de la Junta de Gobierno para la liquidación de obligaciones garantizadas”, apegándose a los principios y reglas generales de operación, integración, inicio de operaciones y agenda del mismo. 2) Se deja sin efectos el numeral 6) del acuerdo IPAB/JG/E/01/26.5.

A continuación, el Sr. Julio César Méndez Rubio detalló la nota “Resolución del Instituto relativa a la liquidación de Banca Quadrum”. El Lic. Héctor Tinoco Jaramillo formuló algunas aclaraciones al documento y propuso que la administración del Instituto hiciera publicaciones menos técnicas de difusión para el público ahorrador.

Discutido lo anterior, por unanimidad de votos los presentes adoptaron el siguiente:

Acuerdo IPAB/JG/02/34.10

Con fundamento en los artículos 80 fracción XXVI de la Ley de Protección al Ahorro Bancario; y 14 fracción XXVII del Estatuto Orgánico del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, sujeto a que Banca Quadrum, S.A., Institución de Banca Múltiple entre en estado de liquidación (i) resuelve todos y cada uno de los puntos identificados como resolución PRIMERA, SEGUNDA, TERCERA, CUARTA y QUINTA del documento “Resolución del Instituto relativa a la liquidación de Banca Quadrum”; (ii) aprueba los proyectos de “Resolución del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario relativa a la liquidación de Banca Quadrum, S.A., Institución de Banca Múltiple” en términos substanciales a los presentados; y (iii) instruye al Secretario Ejecutivo del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario para que realice la publicación de la resolución adoptada conforme al numeral (i) anterior en el Diario Oficial de la Federación y en dos periódicos de amplia circulación nacional, de conformidad con el proyecto presentado como anexo al

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documento “Resolución del Instituto relativa a la liquidación de Banca Quadrum” que resulte procedente, en el entendido de que dicho proyecto, de considerarse necesario por el Secretario Ejecutivo del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, podrá sufrir ajustes en términos no substanciales. En la resolución TERCERA de la publicación referida deberá determinarse el valor específico de las Unidades de Inversión que haya sido publicado por el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación y que se encuentre vigente en la fecha en que se realice la publicación.

Enseguida, el Sr. Julio César Méndez Rubio explicó la nota “Designación del apoderado para el proceso de liquidación de Banca Quadrum, S.A.” Señaló que luego del examen de las propuestas técnicas y económicas presentadas por las tres firmas invitadas al proceso de contratación abierto al efecto, se sugería la designación de KPMG Cárdenas Dosal, S.C. o de la empresa filial que esa empresa determine como apoderado para el proceso de liquidación de Banca Quadrum, S.A. A su vez, el Lic. Alfredo Vara Alonso explicó las razones por las que se descartó la postura hecha por PriceWaterhouse Coopers, S.C. En uso de la palabra, el Lic. Carlos Arturo Aguirre formuló algunas objeciones al eventual apoderamiento de una filial de KPMG Cárdenas Dosal, S.C. Por su parte, el Lic. Jonathan Davis Arzac sostuvo que la contratación de firmas de gran nombre y prestigio no garantizaban necesariamente el trabajo o la calidad de los servicios prestados, por lo que propuso que en lo sucesivo el Instituto abriera sus procesos de contratación de terceros especializados a firmas nacionales cuyos socios aportarían directamente su talento. A esta opinión se sumó el C.P. Fortunato Álvarez Enríquez, quien sostuvo que la exclusión de estos últimos no abonaba a la transparencia del Instituto, así como el Dr. Agustín Carstens Carstens y el Ing. Adalberto Palma Gómez –quien recordó deliberaciones anteriores en el mismo sentido al interior de la Junta de Gobierno. El Dr. Agustín Carstens Carstens añadió que la designación de la empresa filial que KPMG Cárdenas Dosal, S.C. determinara como apoderado para el proceso de liquidación de Banca Quadrum, S.A. estaría sujeta a que la responsabilidad de esta última ante el Instituto no se diluyera por la constitución de la filial y a que esta fuese aceptable para el Instituto. Por su parte, la Lic. Margarita de la Cabada Betancourt concordó en que no le parecía inconveniente hacer responsable a KPMG Cárdenas Dosal, S.C. por una mala actuación ante el Instituto; sin embargo, dijo que la creación de una subsidiaria de la firma la aislaría de responsabilidades frente a terceros (vg. por el ejercicio de una class action). A su vez, el Ing. Adalberto Palma Gómez propuso que KPMG Cárdenas Dosal, S.C. fuese apoderado en forma directa y que, en su caso, el Instituto le otorgara indemnidades al efecto. El C.P. Humberto Murrieta Necoechea aludió a la mecánica de operación de las grandes firmas contables y abogó por la seriedad de las tres empresas que fueron invitadas. El Lic. Alfredo Vara Alonso propuso que la Secretaría Adjunta B Jurídica determinara quién era la persona jurídica más adecuada para fungir como apoderado para el proceso de liquidación de Banca Quadrum, S.A., mientras que el Dr. Agustín Carstens Carstens sugirió que el asunto fuese consultado con el C.P. Humberto Murrieta Necoechea por su amplia experiencia profesional en materia contable y este hiciera la recomendación correspondiente. Incidentalmente, el Dr. Bernardo González-Aréchiga Ramírez-Wiella señaló que en base a comentarios incluidos en la nota de que se trata solicitaba que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (Comité de Modernización) hiciera una presentación a la Junta de Gobierno y las discusiones que sobre resoluciones bancarias se estuvieran llevando a cabo.

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Acuerdo IPAB/JG/02/34.11

Con fundamento en los artículos 29 de la Ley de Instituciones de Crédito; 55, 68 fracciones IX y XX y 80 fracción XXIV de la Ley de Protección al Ahorro Bancario; y 14 fracción XVIII del Estatuto Orgánico del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, y con base en el acuerdo IPAB/JG/01/29.3, 1) se aprueba a propuesta del Secretario Ejecutivo del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, y sujeto al resultado de la consulta que se formule al efecto al C.P. Humberto Murrieta Necoechea y a la condición suspensiva consistente en que Banca Quadrum, S.A., Institución de Banca Múltiple entre en estado de liquidación, que este organismo descentralizado, en su carácter de liquidador, otorgue a KPMG Cárdenas Dosal, S.C. o a la empresa filial que este despacho determine (en el entendido de que ésta última estaría sujeta a que la responsabilidad de KPMG Cárdenas Dosal, S.C. ante el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario no se diluya por la constitución de la filial y a que la misma sea aceptable para el propio organismo público), los poderes necesarios, mediante la celebración del contrato de mandato respectivo, a efecto de que dicha persona moral desempeñe las funciones respectivas, de acuerdo a lo establecido en el artículo 55 de la Ley de Protección al Ahorro Bancario. 2) Se aprueba que los términos generales para la contratación de KPMG Cárdenas Dosal, S.C. por parte de Banca Quadrum, S.A., que se utilicen con el objeto de que dicha persona moral desempeñe las funciones de liquidador, previo apoderamiento por parte del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, sean los que el área jurídica de esta entidad de la Administración Pública Federal considere más convenientes para los intereses y responsabilidades del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario en su carácter de liquidador, tomando en cuenta que los costos inherentes serán con cargo al patrimonio de la institución en liquidación.

I.R.

Acto seguido, el Secretario Ejecutivo expuso la nota “Participación en la Asociación Internacional de Aseguradores de Depósitos” –misma que fue ampliada por el Lic. Carlos Isoard y Viesca, quien detalló los avances del proceso–. El Lic. Carlos Arturo Aguirre Islas subrayó las discrepancias entre un costo máximo por concepto de cuota anual de US$40,000.00 para ser miembro con voz y voto de la Asociación Internacional de Aseguradores de Depósitos presentado en la nota de que se trata, y las erogaciones proyectadas en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2002. Al respecto, el Lic. Carlos Isoard y Viesca explicó que al parecer la nota fue elaborada cuando todavía había dudas y se manejaba un tope de US$40,000.00 para la cuota anual, pero que al presente todo indicaba que ésta sería de US$20,000.00. Por su parte, el Ing. Adalberto Palma Gómez expresó sus más calurosas felicitaciones al Lic. Carlos Isoard y Viesca y a los servidores públicos del Instituto que han intervenido en la materia, y sugirió que se procurara una participación relevante del organismo en la Asociación Internacional de Aseguradores de Depósitos.

Discutido lo anterior, por unanimidad de votos los presentes adoptaron el siguiente:

I.R.

Información reservada, con fundamento en los artículos 13 fracción V y 14 fracción IV de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y último párrafo del Vigésimo Cuarto de los Lineamientos Generales para la Clasificación y Desclasificación de la información de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, publicados el 18 de agosto de 2003 en el Diario Oficial de la Federación.

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Acuerdo IPAB/JG/02/34.12

Con fundamento en los artículos 68 fracción V y 80 fracciones XVII y XXVII de la Ley de Protección al Ahorro Bancario; y 14 fracción XXVII del Estatuto Orgánico del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, se aprueba la participación del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario como miembro con voz y voto en la Asociación Internacional de Aseguradores de Depósitos.

Finalmente, el Sr. Julio César Méndez Rubio explicó a los presentes la “Presentación del informe mensual de avance de D&T Case en el programa operativo de liquidación” y el “Programa Operativo de Liquidación – Informe Mensual de Avance”. Destacó que como parte del proceso de selección de la firma que realizará la auditoría de gestión de los siete bancos en liquidación, resultó ganadora la empresa Arthur Andersen –lo que podría ser cuestionado en algunos foros. El Lic. Jonathan Davis Arzac insistió en que era imperativo acelerar la realización de las auditorías a las instituciones en liquidación y definir sus tiempos de ejecución, habida cuenta que desde octubre de 2001 la Comisión Nacional Bancaria y de Valores entregó al Instituto dichas instituciones y que desde entonces los ex interventores – gerentes formaban parte de la nómina de ese órgano desconcentrado, por lo que manifestó que si se resolvía reiniciar la selección de la firma que realizará la auditoría de gestión de los siete bancos en liquidación, el Instituto debía cubrir las percepciones de los ex interventores – gerentes. Al respecto, el Lic. Alfredo Vara Alonso estimó en seis semanas el plazo que consumiría la práctica de las auditorías de gestión de que se trata.

Discutido lo anterior, por unanimidad de votos los presentes adoptaron el siguiente:

Acuerdo IPAB/JG/02/34.13

Con fundamento en los artículos 80 fracciones I, VI y XXVI de la Ley de Protección al Ahorro Bancario; y 14 fracción XXVII del Estatuto Orgánico del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, 1) se toma conocimiento el documento denominado “Programa Operativo de Liquidación – Informe Mensual de Avance”, presentado por el apoderado liquidador del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario en Banca Cremi, S.A., Banco Unión, S.A., Banco Obrero, S.A., Banco de Oriente, S.A., Banco Interestatal, S.A., Banco Promotor del Norte, S.A. y Banco Capital, S.A., correspondiente al mes de enero de 2002. 2) Se instruye al Comité para la Liquidación de Instituciones que evalúe el documento referido en el numeral 1) y, en su caso, emita las recomendaciones pertinentes al apoderado liquidador.

V. SUPERVISIÓN.

El Sr. Julio César Méndez Rubio sometió a la consideración de la Junta de Gobierno la nota “Auditorías legal y contable en Banco del Atlántico, S.A., en cumplimiento al artículo Noveno Transitorio de la Ley de Protección al Ahorro Bancario”.

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Discutido lo anterior, con la excusa del C.P. Humberto Murrieta Necoechea los presentes adoptaron el siguiente:

Acuerdo IPAB/JG/02/34.14

Con fundamento en los artículos 80 fracción XXVI de la Ley de Protección al Ahorro Bancario; y 14 fracción XXVII del Estatuto Orgánico del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, la Junta de Gobierno toma conocimiento de la contratación de PriceWaterhouse Coopers, S.C. como auditor contable, y de Gallástegui y Lozano, S.C. como auditor legal, para la realización de las auditorías a que se refiere el artículo Noveno Transitorio de la Ley de Protección al Ahorro Bancario en Banco del Atlántico, S.A.

VI. RECUPERACIÓN.

I.C.D.P.M.

Acuerdo IPAB/JG/02/34.15

I.C.D.P.M.

Seguidamente, el Lic. Sergio Forte Gómez expuso el “Informe sobre el Proceso de Venta de catro”, por el que se informó a la Junta de Gobierno sobre el estado que guardaba el contrato de prestación de servicios celebrado entre Cintra, S.A. de C.V. y Merrill Lynch México, S.A. de C.V., Casa de Bolsa en su calidad de agente para la venta del primero; la situación financiera de Cintra, S.A. de C.V. y las expectativas de su administración para determinar una nueva estrategia de venta. Agregó que el 26 de febrero de 2002 la administración de Cintra, S.A. de C.V. presentaría a su Consejo de Administración un presupuesto de la situación financiera del consorcio que reflejara los efectos de los atentados del 11 de septiembre de 2001. El Ing. Adalberto Palma Gómez dijo que dado el cambio de las circunstancias materiales, podría evaluarse la posibilidad de replantear a la Comisión Federal de Competencia la venta de que se trata. También propuso mejorar los canales de comunicación entre los órganos directivos del Instituto y Cintra, S.A. de C.V., habida cuenta de las contradicciones que sobre las razones que motivaron la revocación del mandato de Merrill Lynch México, S.A. de C.V., Casa de Bolsa, se evidenciaban en la documentación distribuida a los vocales –opinión que compartió el C.P. Humberto Murrieta Necoechea, quien señaló que Cintra, S.A. de C.V. era el activo más valioso del Instituto, por lo que sugirió que alguno de los Vocales de la Junta de Gobierno asistiera a las sesiones del Consejo de Administración de aquel consorcio y que para suplir al Lic. Gustavo Castillo Estrada en el escaño correspondiente del Consejo de Administración de Cintra, S.A. de C.V. podría acudir el Sr. Julio César Méndez Rubio–. Este último sugirió que el Dr. Bernardo González-Aréchiga Ramírez-Wiella asistiera como invitado al Consejo de Administración de Cintra, S.A. de C.V., mientras que el Dr. Agustín Carstens Carstens señaló que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público participaba en el órgano de

I.C.P.D.M. Información confidencial por referirse a datos de personas morales, con fundamento en el artículo 18 fracción II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y fracción I del Trigésimo Sexto de los Lineamientos Generales para la Clasificación y Desclasificación de la información de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, publicados el 18 de agosto de 2003 en el Diario Oficial de la Federación.

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administración de la empresa por conducto de la Dirección General de Crédito Público. Por otra parte, el Ing. Adalberto Palma Gómez sugirió que el Dr. Bernardo González-Aréchiga Ramírez-Wiella participara en el grupo de trabajo sobre Cintra, S.A. de C.V. coordinado por la Presidencia de la República. Después, el Lic. Luis Bartolini Esparza dejó la sesión.

Discutido lo anterior, por unanimidad de votos los presentes adoptaron el siguiente:

Acuerdo IPAB/JG/02/34.16

Con fundamento en los artículos 80 fracciones VI y XXVI de la Ley de Protección al Ahorro Bancario; y 14 fracciones XXVII y XXIX del Estatuto Orgánico del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, 1) la Junta de Gobierno se da por enterada del vencimiento del contrato de prestación de servicios celebrado entre Cintra, S.A. de C.V. y Merrill Lynch México, S.A. de C.V., Casa de Bolsa por vencimiento del plazo pactado, de la situación financiera de Cintra, S.A. de C.V. y de las expectativas de la administración de Cintra, S.A. de C.V. para determinar una nueva estrategia de venta. 2) Se aprueba que el Secretario Ejecutivo del Instituto para la Protección al Ahorro participe en calidad de miembro en el Consejo de Administración de Cintra, S.A. de C.V., así como que se solicite que Dr. Bernardo González-Aréchiga Ramírez-Wiella, asista como invitado a ese órgano de administración.

VII. CONTROL Y ADMINISTRACIÓN.

El Sr. Julio César Méndez Rubio dio cuenta del “Manual de Procedimientos de la Dirección General de Operaciones de Protección en materia de Obligaciones Garantizadas”. El Lic. Héctor Tinoco Jaramillo comentó que se trataba de un documento profuso en detalles puramente operativos. Al respecto, el C.P. Fortunato Álvarez Enríquez señaló que los artículos 80 fracciones XIV y XVI de la Ley de Protección al Ahorro Bancario y 14 fracción XXIII del Estatuto Orgánico del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, facultaban a la Junta de Gobierno para aprobar las disposiciones de que se trata. Al respecto, el Lic. Carlos Arturo Aguirre Islas sostuvo que tales aprobaciones podrían ser objeto de revisión en un futuro proceso de reformas a la Ley de Protección al Ahorro Bancario.

Discutido lo anterior, por unanimidad de votos los presentes adoptaron el siguiente:

Acuerdo IPAB/JG/02/34.17

Con fundamento en los artículos 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 80 fracciones XIV y XVI de la Ley de Protección al Ahorro Bancario; y 14 fracción XXIII del Estatuto Orgánico del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, se aprueba el manual de procedimientos de la Dirección General de Operaciones de Protección en materia de obligaciones garantizadas.

Acto seguido, el Lic. Carlos Arturo Aguirre Islas explicó las razones de la presentación a la Junta de Gobierno del oficio 310/750/06/02 de fecha 10 de enero de 2002 emitido por la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo.

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Discutido lo anterior, por unanimidad de votos los presentes adoptaron el siguiente:

Acuerdo IPAB/JG/02/34.18

Con fundamento en los artículos 80 fracción XXVI de la Ley de Protección al Ahorro Bancario; y 14 fracción XXVII del Estatuto Orgánico del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, se toma nota del contenido y alcance del oficio 310/750/06/02 de fecha 10 de enero de 2002, suscrito por el Lic. Carlos Arturo Aguirre Islas, Coordinador de Sector de los Órganos de Vigilancia y Control de Hacienda de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo.

A continuación, el Sr. Julio César Méndez Rubio sometió a la consideración de los presentes la nota “Políticas y procedimientos de la Junta de Gobierno del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario”. El Lic. Carlos Arturo Aguirre Islas explicó que su presentación respondía a las recomendaciones formuladas por los Comisarios y a los resultados de la auditoría practicada por el Órgano Interno de Control en el Instituto al Secretariado de la Junta de Gobierno. El Sr. Julio César Méndez Rubio destacó que se trataba simplemente de un documento de trabajo para ser revisado por los Vocales independientes y ex oficio. El Dr. Agustín Carstens Carstens sugirió que el asunto fuese examinado en sesión posterior, a fin de que los miembros de la Junta de Gobierno estuviesen en condiciones de discutir sus detalles, mientras que el Lic. Carlos Isoard y Viesca señaló que los seis vocales del órgano de gobierno del Instituto podrían reunirse próximamente con tal propósito.

Por último, el Secretario Ejecutivo del Instituto expuso la nota “Volumen anual de adquisiciones para el ejercicio 2002”.

Discutido lo anterior, por unanimidad de votos los presentes adoptaron el siguiente:

Acuerdo IPAB/JG/02/34.19

Con fundamento en los artículos 80 fracción XV de la Ley de Protección al Ahorro Bancario; 58 fracción II de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 42 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 51 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2002; y 14 fracción III del Estatuto Orgánico del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, se toma conocimiento y se aprueban los montos mínimos y máximos de adjudicación directa, los de adjudicación mediante invitación a cuando menos tres personas y los de licitación pública, de las adquisiciones, arrendamientos y servicios de cualquier naturaleza que podrá realizar el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario durante el ejercicio fiscal 2002.

VIII. INFORMES Y NOTAS QUE REQUIEREN APROBACIÓN DE LA JUNTA DE GOBIERNO.

El Sr. Julio César Méndez Rubio presentó el “Informe detallado de los egresos e ingresos del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario durante el periodo comprendido entre el 1° de julio y el 31 de diciembre de 2001 incluyendo las obligaciones exigibles durante el primer semestre de 2002”.

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Discutido lo anterior, por unanimidad de votos los presentes adoptaron el siguiente:

Acuerdo IPAB/JG/02/34.20

Con fundamento en los artículos 80 fracciones X y XIX y Décimo Sexto Transitorio de la Ley de Protección al Ahorro Bancario; 58 fracción XV de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; y 14 fracciones XII y XIV del Estatuto Orgánico del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, 1) se aprueba en los términos presentados al órgano de gobierno el “Informe detallado de los egresos e ingresos del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario durante el periodo comprendido entre el 1° de julio y el 31 de diciembre de 2001 incluyendo las obligaciones exigibles durante el primer semestre de 2002”. 2) Remítase a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

En uso de la palabra, el Sr. Julio César Méndez Rubio recordó que el artículo 65 de la Ley de Protección al Ahorro Bancario ordena que hechas las enajenaciones de bienes, el otorgamiento del uso a título gratuito o las donaciones de que se trate, el Instituto deberá remitir un informe detallado a las secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Contraloría y Desarrollo Administrativo, así como a la Cámara de Diputados a través de su Comisión de Cultura, en un plazo máximo de treinta días hábiles, posterior a su formalización. En virtud de lo anterior, se presentaron los informes correspondientes (i) al procedimiento de venta en licitación pública de las acciones representativas del 100 por ciento del capital social de BanCrecer, S.A., Institución de Banca Múltiple; (ii) a la enajenación de cuatro de un total de veinte vehículos automotores de diversas marcas y modelos, propiedad de Banca Cremi, S.A., Banco Unión, S.A., Banco Obrero, S.A. en liquidación, y Arrendadora Capital, S.A. de C.V.; (iii) al proceso de venta mediante licitación pública de cierta cartera comercial e industrial propiedad de BanCrecer, S.A., Institución de Banca Múltiple; (iv) al proceso de enajenación de seis inmuebles menores ubicados en Salamanca, Guanajuato, propiedad de Banco Obrero, S.A. en liquidación; (v) al proceso de enajenación de diversos inmuebles propiedad de Fraccionadora y Hotelera del Pacífico, S.A. de C.V. y Banco Unión, S.A. en liquidación, los cuales se encuentran ubicados en la Península de Santiago, Manzanillo, Colima; (vi) al proceso de enajenación de una unidad industrial integrada por un terreno, construcción y activo fijo consistente en maquinaria, equipo de oficina y equipo de transporte, ubicada en calle Villagrán No. 2701 Norte, Colonia Bella Vista, Monterrey, Nuevo León, propiedad de Banco Unión, S.A., en liquidación; (vii) a la enajenación de dos palcos y diez plateas ubicadas en el Estadio Azteca, propiedad de Banco Unión, S.A. (en liquidación) y Casa de Bolsa Ábaco, S.A. de C.V.; (viii) a los procesos de enajenación de diversos inmuebles propiedad de BanCrecer, S.A., Institución de Banca Múltiple, administrados por Fénix Administración de Activos, S. de R.L. de C.V., que se detallan: a) local comercial ubicado en Avenida Tecnológico Sur No. 100, local 21, Querétaro, Querétaro; b) casa habitación ubicada en Tzipekua No. 115, Fraccionamiento Tzipekua, Morelia, Michoacán; c) porción oriente del Lote número 13 y la porción poniente del Lote número 12, manzana II y casa habitación en él existente, Fraccionamiento Pilares, Municipio de Metepec, Distrito de Toluca, Estado de México; d) terreno urbano ubicado en Adolfo López Mateos S/N, Colonia Las Américas, Subdelegación de San Pablo, Querétaro, Querétaro; e) local comercial ubicado en el Kilómetro 120 de la Carretera San Juan del Río – Xilitla, local No. 12, Municipio de Cadereyta, Querétaro; f) vivienda social ubicada en Calle Alelí No. 17, Fraccionamiento Brisas del Valle, Navojoa, Sonora; g) vivienda media ubicada en Av. P. entre 5ta. y 6ta.,

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Colonia Centro, Caborca, Sonora; h) terreno en Avenida Matamoros y Cepeda, ubicado en Avenida Matamoros Poniente con Calle Cepeda Sur, en el sector centro de la ciudad de Torreón, Coahuila; i) terreno urbano ubicado en Carril de Morillotla S/N, esquina Tulipanes, San Andrés Cholula, Puebla; j) terreno rústico ubicado en Camino Real a San Andrés S/N, Predio Teczomolco, Municipio de Cholula, Puebla; k) edificio de productos en condominio, compuesto de dos locales comerciales y diez departamentos habitacionales, ubicado en Avenida 18 Poniente No. 112, Primer Cuadro del Centro Histórico de la Ciudad de Puebla, Puebla; l) nave industrial ubicada en la Avenida de la Industria No. 64, colonia Moctezuma Segunda Sección, Delegación Venustiano Carranza, México, Distrito Federal; m) local comercial ubicado en el Conjunto Center Plazas, en la Avenida Hank González No. 50, local BE, colonia Valle de Anáhuac, Ecatepec, México; n) agencia automotriz, ubicada en Vía Isidro Fabela Norte Kilómetro 2.5, Parque Industrial Toluca, Toluca, México; ñ) casa habitación ubicada en la calle 7 A Sur No. 5104, Fraccionamiento Prados Agua Azul, Puebla, Puebla; o) agencia automotriz para tractores agrícolas (Tractorama Altamirano) ubicado en la Fracción del Predio Rústico en la Carretera Toluca - Zihuatanejo, Ciudad Altamirano, Guerrero; p) local comercial ubicado en Boulevard Capomo N 32, Local 29, Plaza Tecoripa, Hermosillo, Sonora; q) terreno urbano en esquina que forman las calles Abasolo y Colima Centro, La Paz, Baja California Sur; r) local comercial ubicado en Avenida General I. Pesqueira Lote 30, Manzana 38, 3er. Cuadrante, Colonia Reforma, Navojoa, Sonora; s) vivienda media ubicada en Monte Líbano No. 20, Fraccionamiento Lomas, Conjunto Residencial, Tijuana, Baja California; t) terreno urbano ubicado en calle Francisco I. Madero S/N entre las calles Cuauhtemoc y Mina, Colonia Benito Juárez, Ciudad Obregón, Sonora; u) Hacienda del Oro, Segunda Sección, Jalisco; v) terreno urbano ubicado en la Avenida Independencia Oriente No. 1320, Colonia Reforma, Toluca, México; w) departamento el Molino, ubicado en la Calle Guadalupe Victoria No.111 Departamento 141 Módulo I, San José, Conjunto Habitacional El Molino, Zona Centro, Celaya, Guanajuato; x) casa Presa Álvaro Obregón, ubicada en la Calle Presa Álvaro Obregón No. 308, Fraccionamiento Tecnológico, Celaya, Guanajuato; y) 19 de octubre al 05 de noviembre, ubicados en solar marcado con el número siete de la manzana 123, compuesto de construcción ubicado en el fondo legal de Caborca, Sonora; z) casa habitación ubicada en Avenida “B”, entre Calles 5 y 6, Colonia Centro, Caborca, Sonora; aa) local comercial ubicado en Naranjo No. 227-B, Colonia Valderrama, Hermosillo, Sonora; ab) casa habitación ubicada en Avenida Quiroz y Mora No. 98 Norte, entre Calles 9 y 10, Caborca, Sonora; ac) casa habitación ubicada en lote 10, manzana 5, Avenida Revolución, Fraccionamiento Libertad, Empalme, Sonora; ad) locales comerciales ubicados en el condominio comercial y de servicios denominado Plaza Fiesta Izcalli, locales B9 y B10, en el Centro Urbano de Cuautitlán Izcalli, México; ae) lote de terreno urbano Aguirre Laredo ubicado en la calle Profesor Aguirre Laredo S/N, Colonia Partido la Fuente, Ciudad Juárez, Chihuahua; af) cuatro casas habitación localizadas en los siguientes domicilios: La Mora 405 interior 7, Parque de los Fresnos 125, Soleado 232, Vivero de la Loma 230, Aguascalientes, Aguascalientes; y ag) cuatro casas habitación localizadas en los siguientes domicilios: Agave 234, José Isabel Robles No. 148, Parque de los Nogales 213 y Vivero de la Loma 226, Aguascalientes, Aguascalientes; (ix) al proceso de enajenación de una casa – habitación ubicada en calle Nicolás Bravo No. 1, Zacatlán, Puebla, propiedad de Banco de Oriente, S.A., en liquidación; (x) al proceso de enajenación de un edificio de oficinas y sus contenidos, ubicado en Avenida Independencia No. 1410, Colonia Centro, Chihuahua, Chihuahua; y (xi) a los pprocesos de enajenación de diversos inmuebles propiedad de BanCrecer, S.A., Institución de Banca Múltiple, administrados por Fénix Administración de Activos, S. de R.L. de C.V.,

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que se detallan: a) terreno urbano ubicado en Avenida Cecilia No. 14, Fraccionamiento Granjas Santa Cecilia, Mexicali, Baja California; b) local comercial ubicado en Local 1 Zona “K”, Centro Comercial Cachanilla, Mexicali, Baja California; c) casa habitación ubicada en Vista del Maremoto S/N, Lote 7, Manzana VII, Fraccionamiento Joyas de Brisamar, Acapulco, Guerrero; d) lote de terreno ubicado en Avenida Rayón Sur No. 108 Bis, Colonia Centro, Toluca, México; e) lote de terreno urbano habitacional Pinar del Río, ubicado en el Fraccionamiento Pinar del Río Fase II, Ciudad Juárez, Chihuahua; f) terreno de labor El Molino, ubicado en la Avenida Las Huertas S/N Hacienda del Molino, Santa Catarina, Nuevo León; g) instalaciones para empacado en terreno ubicadas en Carretera Zitácuaro-Tuzantla, kilómetro 48, Tuzantla, Michoacán; h) locales comerciales ubicados en Rosendo G. Castro No. 663 y 664 Oriente, Plaza La Yardita, Los Mochis, Sinaloa; i) terrenos urbanos ubicados en Fraccionamiento Villa Dorada: lotes 15, 16 y 17 de la manzana 2, lotes 02, 03, 04, 05 y 06 de la manzana 3, y lotes 13, 14, 15, 16, 17 y 18 de la manzana 5, Navojoa, Sonora; j) cuatro inmuebles ubicados en Juan Rulfo No. 3140, Fraccionamiento Nakayama, Culiacán, Sinaloa, Juan Rulfo No. 3006 Fraccionamiento Nakayama, Culiacán, Sinaloa, Graciano Sánchez No. 3147, edificada sobre lote 15, manzana 37, Fraccionamiento Nakayama, Culiacán, Sinaloa, Avenida Los Sauces No. 896, Depto No. 302, edificio “A” Fraccionamiento La Campiña, Culiacán, Sinaloa; k) dieciséis casas en el Fraccionamiento Lomas Universidad, ubicadas en la calle Universidad de Frankfurt Nos. 8524, 8326, Calle Universidad de Cambridge Nos. 8311, 8306, 8501, Calle Bahía de San Quintín Nos. 8700, 8717, 8529, 8527, 8509, 8507, 8503, 8721, 8725, 8521 y 8523; l) fracción norte de terreno llamado El Limonal, ubicado en Prolongación Avenida Hidalgo No. 6108, Colonia El Arenal, Tampico, Tamaulipas; m) terreno y construcciones en él existentes, ubicado al lado Sur de la población de Pungarabato-Altamirano, Estado de Guerrero, con superficie aproximada de cinco mil metros cuadrados; n) predio rústico Mata Ortiz, ubicado en Municipio de Casas Grandes, Distrito Judicial Galeana, Chihuahua; y ñ) vivienda media ubicada en Calle Segunda, Lote 13-A, Manzana 98, Colonia Hidalgo, Ensenada, Baja California.

Tanto el Dr. José Antonia Meade Kuribreña como el Lic. Carlos Arturo Aguirre Islas formularon algunos comentarios sobre los informes antes referidos. El primero sugirió se remitieran al Ejecutivo Federal bajo un esquema que evitara entregas extemporáneas a las dependencias involucradas, mientras que el segundo indicó que en términos de las disposiciones legales aplicables, era necesario que los informes a que se refiere el artículo 65 de la Ley de Protección al Ahorro Bancario fuesen aprobados por la Junta de Gobierno del Instituto antes de su remisión a las secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Contraloría y Desarrollo Administrativo.

Discutido lo anterior, por unanimidad de votos los presentes adoptaron el siguiente:

Acuerdo IPAB/JG/02/34.21

Con fundamento en los artículos 65, 68 fracción XIII y 80 fracción X de la Ley de Protección al Ahorro Bancario; 58 fracción XV de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; y 14 fracción XIV del Estatuto Orgánico del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, 1) se aprueban los informes detallados relativos (i) al procedimiento de venta en licitación pública de las acciones representativas del 100 por ciento del capital social de BanCrecer, S.A., Institución de Banca Múltiple; (ii) a la enajenación de cuatro de un total de veinte vehículos automotores de diversas marcas y modelos, propiedad de

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Banca Cremi, S.A., Banco Unión, S.A., Banco Obrero, S.A. en liquidación, y Arrendadora Capital, S.A. de C.V.; (iii) al proceso de venta mediante licitación pública de cierta cartera comercial e industrial propiedad de BanCrecer, S.A., Institución de Banca Múltiple; (iv) al proceso de enajenación de seis inmuebles menores ubicados en Salamanca, Guanajuato, propiedad de Banco Obrero, S.A. en liquidación; (v) al proceso de enajenación de diversos inmuebles propiedad de Fraccionadora y Hotelera del Pacífico, S.A. de C.V. y Banco Unión, S.A. en liquidación, los cuales se encuentran ubicados en la Península de Santiago, Manzanillo, Colima; (vi) al proceso de enajenación de una unidad industrial integrada por un terreno, construcción y activo fijo consistente en maquinaria, equipo de oficina y equipo de transporte, ubicada en calle Villagrán No. 2701 Norte, Colonia Bella Vista, Monterrey, Nuevo León, propiedad de Banco Unión, S.A., en liquidación; (vii) a la enajenación de dos palcos y diez plateas ubicadas en el Estadio Azteca, propiedad de Banco Unión, S.A. (en liquidación) y Casa de Bolsa Ábaco, S.A. de C.V.; (viii) a los procesos de enajenación de diversos inmuebles propiedad de BanCrecer, S.A., Institución de Banca Múltiple, administrados por Fénix Administración de Activos, S. de R.L. de C.V., que se detallan: a) local comercial ubicado en Avenida Tecnológico Sur No. 100, local 21, Querétaro, Querétaro; b) casa habitación ubicada en Tzipekua No. 115, Fraccionamiento Tzipekua, Morelia, Michoacán; c) porción oriente del Lote número 13 y la porción poniente del Lote número 12, manzana II y casa habitación en él existente, Fraccionamiento Pilares, Municipio de Metepec, Distrito de Toluca, Estado de México; d) terreno urbano ubicado en Adolfo López Mateos S/N, Colonia Las Américas, Subdelegación de San Pablo, Querétaro, Querétaro; e) local comercial ubicado en el Kilómetro 120 de la Carretera San Juan del Río – Xilitla, local No. 12, Municipio de Cadereyta, Querétaro; f) vivienda social ubicada en Calle Alelí No. 17, Fraccionamiento Brisas del Valle, Navojoa, Sonora; g) vivienda media ubicada en Av. P. entre 5ta. y 6ta., Colonia Centro, Caborca, Sonora; h) terreno en Avenida Matamoros y Cepeda, ubicado en Avenida Matamoros Poniente con Calle Cepeda Sur, en el sector centro de la ciudad de Torreón, Coahuila; i) terreno urbano ubicado en Carril de Morillotla S/N, esquina Tulipanes, San Andrés Cholula, Puebla; j) terreno rústico ubicado en Camino Real a San Andrés S/N, Predio Teczomolco, Municipio de Cholula, Puebla; k) edificio de productos en condominio, compuesto de dos locales comerciales y diez departamentos habitacionales, ubicado en Avenida 18 Poniente No. 112, Primer Cuadro del Centro Histórico de la Ciudad de Puebla, Puebla; l) nave industrial ubicada en la Avenida de la Industria No. 64, colonia Moctezuma Segunda Sección, Delegación Venustiano Carranza, México, Distrito Federal; m) local comercial ubicado en el Conjunto Center Plazas, en la Avenida Hank González No. 50, local BE, colonia Valle de Anáhuac, Ecatepec, México; n) agencia automotriz, ubicada en Vía Isidro Fabela Norte Kilómetro 2.5, Parque Industrial Toluca, Toluca, México; ñ) casa habitación ubicada en la calle 7 A Sur No. 5104, Fraccionamiento Prados Agua Azul, Puebla, Puebla; o) agencia automotriz para tractores agrícolas (Tractorama Altamirano) ubicado en la Fracción del Predio Rústico en la Carretera Toluca - Zihuatanejo, Ciudad Altamirano, Guerrero; p) local comercial ubicado en Boulevard Capomo N 32, Local 29, Plaza Tecoripa, Hermosillo, Sonora; q) terreno urbano en esquina que forman las calles Abasolo y Colima Centro, La Paz, Baja California Sur; r) local comercial ubicado en Avenida General I. Pesqueira Lote 30, Manzana 38, 3er. Cuadrante, Colonia Reforma, Navojoa, Sonora; s) vivienda media ubicada en Monte Líbano No. 20, Fraccionamiento Lomas, Conjunto Residencial, Tijuana, Baja California; t) terreno urbano ubicado en calle Francisco I. Madero S/N entre las calles Cuauhtemoc y Mina, Colonia Benito Juárez, Ciudad Obregón, Sonora; u) Hacienda del Oro, Segunda Sección, Jalisco; v) terreno urbano ubicado en la Avenida Independencia Oriente No. 1320, Colonia Reforma, Toluca,

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México; w) departamento el Molino, ubicado en la Calle Guadalupe Victoria No.111 Departamento 141 Módulo I, San José, Conjunto Habitacional El Molino, Zona Centro, Celaya, Guanajuato; x) casa Presa Álvaro Obregón, ubicada en la Calle Presa Álvaro Obregón No. 308, Fraccionamiento Tecnológico, Celaya, Guanajuato; y) 19 de octubre al 05 de noviembre, ubicados en solar marcado con el número siete de la manzana 123, compuesto de construcción ubicado en el fondo legal de Caborca, Sonora; z) casa habitación ubicada en Avenida “B”, entre Calles 5 y 6, Colonia Centro, Caborca, Sonora; aa) local comercial ubicado en Naranjo No. 227-B, Colonia Valderrama, Hermosillo, Sonora; ab) casa habitación ubicada en Avenida Quiroz y Mora No. 98 Norte, entre Calles 9 y 10, Caborca, Sonora; ac) casa habitación ubicada en lote 10, manzana 5, Avenida Revolución, Fraccionamiento Libertad, Empalme, Sonora; ad) locales comerciales ubicados en el condominio comercial y de servicios denominado Plaza Fiesta Izcalli, locales B9 y B10, en el Centro Urbano de Cuautitlán Izcalli, México; ae) lote de terreno Urbano Aguirre Laredo ubicado en la calle Profesor Aguirre Laredo S/N, Colonia Partido la Fuente, Ciudad Juárez, Chihuahua; af) cuatro casas habitación localizadas en los siguientes domicilios: La Mora 405 interior 7, Parque de los Fresnos 125, Soleado 232, Vivero de la Loma 230, Aguascalientes, Aguascalientes; y ag) cuatro casas habitación localizadas en los siguientes domicilios: Agave 234, José Isabel Robles No. 148, Parque de los Nogales 213 y Vivero de la Loma 226, Aguascalientes, Aguascalientes; (ix) al proceso de enajenación de una casa – habitación ubicada en calle Nicolás Bravo No. 1, Zacatlán, Puebla, propiedad de Banco de Oriente, S.A., en liquidación; (x) al proceso de enajenación de un edificio de oficinas y sus contenidos, ubicado en Avenida Independencia No. 1410, Colonia Centro, Chihuahua, Chihuahua; y (xi) a los pprocesos de enajenación de diversos inmuebles propiedad de BanCrecer, S.A., Institución de Banca Múltiple, administrados por Fénix Administración de Activos, S. de R.L. de C.V., que se detallan: a) terreno urbano ubicado en Avenida Cecilia No. 14, Fraccionamiento Granjas Santa Cecilia, Mexicali, Baja California; b) local comercial ubicado en Local 1 Zona “K”, Centro Comercial Cachanilla, Mexicali, Baja California; c) casa habitación ubicada en Vista del Maremoto S/N, Lote 7, Manzana VII, Fraccionamiento Joyas de Brisamar, Acapulco, Guerrero; d) lote de terreno ubicado en Avenida Rayón Sur No. 108 Bis, Colonia Centro, Toluca, México; e) lote de terreno urbano habitacional Pinar del Río, ubicado en el Fraccionamiento Pinar del Río Fase II, Ciudad Juárez, Chihuahua; f) terreno de labor El Molino, ubicado en la Avenida Las Huertas S/N Hacienda del Molino, Santa Catarina, Nuevo León; g) instalaciones para empacado en terreno ubicadas en Carretera Zitácuaro-Tuzantla, kilómetro 48, Tuzantla, Michoacán; h) locales comerciales ubicados en Rosendo G. Castro No. 663 y 664 Oriente, Plaza La Yardita, Los Mochis, Sinaloa; i) terrenos urbanos ubicados en Fraccionamiento Villa Dorada: lotes 15, 16 y 17 de la manzana 2, lotes 02, 03, 04, 05 y 06 de la manzana 3, y lotes 13, 14, 15, 16, 17 y 18 de la manzana 5, Navojoa, Sonora; j) cuatro inmuebles ubicados en Juan Rulfo No. 3140, Fraccionamiento Nakayama, Culiacán, Sinaloa, Juan Rulfo No. 3006 Fraccionamiento Nakayama, Culiacán, Sinaloa, Graciano Sánchez No. 3147, edificada sobre lote 15, manzana 37, Fraccionamiento Nakayama, Culiacán, Sinaloa, Avenida Los Sauces No. 896, Depto No. 302, edificio “A” Fraccionamiento La Campiña, Culiacán, Sinaloa; k) dieciséis casas en el Fraccionamiento Lomas Universidad, ubicadas en la calle Universidad de Frankfurt Nos. 8524, 8326, Calle Universidad de Cambridge Nos. 8311, 8306, 8501, Calle Bahía de San Quintín Nos. 8700, 8717, 8529, 8527, 8509, 8507, 8503, 8721, 8725, 8521 y 8523; l) fracción norte de terreno llamado El Limonal, ubicado en Prolongación Avenida Hidalgo No. 6108, Colonia El Arenal, Tampico, Tamaulipas; m) terreno y construcciones en él existentes, ubicado al lado Sur de la población de

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Pungarabato-Altamirano, Estado de Guerrero, con superficie aproximada de cinco mil metros cuadrados; n) predio rústico Mata Ortiz, ubicado en Municipio de Casas Grandes, Distrito Judicial Galeana, Chihuahua; y ñ) vivienda media ubicada en Calle Segunda, Lote 13-A, Manzana 98, Colonia Hidalgo, Ensenada, Baja California. 2) Se autoriza que el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, en términos de las disposiciones legales aplicables, remita los informes detallados de que se trata a las secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Contraloría y Desarrollo Administrativo.

IX. NOTAS INFORMATIVAS.

Acto seguido, el Sr. Julio César Méndez propuso que habida cuenta que el documento informativo denominado “Informe gerencial”, al igual que el oficio 6-747/007/2002 de fecha 18 de enero de 2002, por el que el C.P. Fortunato Álvarez Enríquez, Titular del Órgano Interno de Control en el Instituto, remitió los informe ejecutivos de auditorías practicadas por la unidad administrativa a su cargo, fueron enviados con la debida anticipación, se obviara su lectura y se tomara nota para los efectos legales a que haya lugar. El Lic. Carlos Isoard y Viesca subrayó la importancia de las cifras contenidas en el informe gerencial, por lo que sugirió que se complementara con información que reflejara el avance de la operación del Instituto y que se consagrara parte del tiempo de cada sesión de la Junta de Gobierno para su estudio. Asimismo, dijo que en poco más de diez meses entraría en vigor una etapa crucial del “Programa por el que se dan a conocer las obligaciones garantizadas en el periodo de transición por el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario”, por lo que debía estudiarse su impacto. A su vez, el Dr. Bernardo González-Aréchiga Ramírez-Wiella se sumó a lo dicho por el Lic. Carlos Isoard y Viesca sobre el informe gerencial; apuntó que observaba un nivel de caja muy alto, así como un nivel de crédito bancario alto y caro.

Discutido lo anterior, por unanimidad de votos los presentes adoptaron el siguiente:

Acuerdo IPAB/JG/02/34.22

Con fundamento en los artículos 80 fracciones XVII, XIX y XXVI de la Ley de Protección al Ahorro Bancario; 58 fracción XV de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; y 14 fracciones XII y XXVII del Estatuto Orgánico del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, 1) la Junta de Gobierno se da por enterada del contenido y alcance del documento informativo denominado “Informe gerencial”, así como del oficio 6-747/007/2002 de fecha 18 de enero de 2002, por el que el C.P. Fortunato Álvarez Enríquez, Titular del Órgano Interno de Control en el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, remitió los informe ejecutivos de auditorías practicadas por la unidad administrativa a su cargo.

X. ASUNTOS GENERALES.

En el desahogo del último punto de la orden del día, el Lic. Luis García Vallarta Zepeda recordó que por acuerdo IPAB/JG/00/9.25 se autorizó la constitución de los comités de Recuperación; de Seguro de Depósito; de Control y Administración; de Supervisión; y de Planeación Estratégica, así como que su conducción y coordinación correspondería respectivamente al Lic. Alejandro Creel Cobián; al Lic. Carlos Enrique Isoard y Viesca; al C.P. Humberto Murrieta Necoechea; y los dos últimos al Ing. Adalberto Palma Gómez.

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Indicó que en virtud del término del periodo legal del Lic. Alejandro Creel Cobián como Vocal Independiente, la titularidad del Comité de Recuperación estaba vacante. Al respecto, el Ing. Adalberto Palma Gómez propuso que su conducción y coordinación recayera sobre el Dr. Bernardo González-Aréchiga Ramírez-Wiella.

Discutido lo anterior, por unanimidad de votos los presentes adoptaron el siguiente:

Acuerdo IPAB/JG/02/34.23

Con fundamento en los artículos 80 fracción IX de la Ley de Protección al Ahorro Bancario; 58 fracción X de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; y 14 fracción XXII del Estatuto Orgánico del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, y atento a lo dispuesto por acuerdo IPAB/JG/00/9.25, se autoriza que la conducción y coordinación del Comité de Recuperación corresponda al Dr. Bernardo González-Aréchiga Ramírez-Wiella.

Finalmente, el Dr. Agustín Carstens Carstens sugirió que en lo sucesivo la administración del Instituto buscara presentaciones más ejecutivas de la documentación sometida a la consideración de la Junta de Gobierno.

Habiéndose desahogado la totalidad de los puntos de la Orden del Día, se levantó la sesión a las veintidós horas con treinta minutos, ordenándose que se agregue al acta que sea elaborada de esta sesión, la lista de asistencia. Se manifiesta que la documentación restante referida a lo largo de la presente acta forma parte integrante de la misma y obra en los archivos de la Dirección General Adjunta de Procedimientos Legales del Instituto. Se hace constar que todos los miembros de la Junta de Gobierno que aparecen en la lista de asistencia, estuvieron presentes desde el inicio hasta la terminación de la sesión, y al momento de tomarse todos y cada uno de los acuerdos adoptados.

Para constancia de lo cual se redactó esta acta, que una vez aprobada es firmada por los presentes.

Rúbrica

Lic. José Francisco Gil Díaz. Secretario de Hacienda y Crédito Público y

Presidente del órgano de gobierno.

Rúbrica

Dr. Agustín Carstens Carstens. Subsecretario de Hacienda y Crédito Público y

Suplente del Presidente del órgano de gobierno.

Rúbrica

Lic. Jonathan Davis Arzac

Presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores

Rúbrica

Lic. Héctor Tinoco Jaramillo.

Vicepresidente de Normatividad de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y suplente del Presidente de la Comisión Nacional Bancaria y

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Rúbrica

Dr. Bernardo González-Aréchiga Ramírez-Wiella.

Vocal.

Rúbrica

Lic. Carlos Enrique Isoard y Viesca. Vocal.

Rúbrica

C.P. Humberto Murrieta Necoechea. Vocal.

Rúbrica

Ing. Adalberto Palma Gómez. Vocal.

COMISARIATO

Rúbrica

Lic. Carlos Arturo Aguirre Islas.

Comisario Público Suplente ante la Junta de Gobierno del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario y Coordinador de Órganos de Vigilancia y Control del Sector Hacienda.

INSTITUTO PARA LA PROTECCIÓN AL AHORRO BANCARIO

Rúbrica

Sr. Julio César Méndez Rubio.

Secretario Ejecutivo del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario.

SECRETARIADO DE LA JUNTA DE GOBIERNO

Rúbrica

Lic. Luis García Vallarta Zepeda. Secretario de la Junta de Gobierno.

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