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SOLICITUD DE VOTO CERA A TRAVÉS DE LA SEDE ELECTRONICA DEL INE

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SOLICITUD DE VOTO CERA A TRAVÉS DE LA SEDE ELECTRONICA DEL INE

La solicitud de voto por medios telemáticos para los electores del CERA estará

disponible en la Sede electrónica del INE desde el día de la convocatoria de las

elecciones en las que tengan reconocido el derecho de voto hasta el vigésimo quinto

día posterior (final del plazo de solicitud), en el caso de las próximas elecciones

autonómicas y a las Asambleas de Ceuta y Melilla de mayo de 2015, del 31 de marzo

al 25 de abril, ambos inclusive.

Se mostrará en la Sede electrónica como un trámite más de Censo Electoral en

periodo electoral, junto a los ya existentes de Consulta de inscripción, Consulta de

mesas y locales y Consulta del estado de tramitación del Voto por Correo.

La ficha del procedimiento en Sede tendrá este aspecto:

Nombre:

solicitud de voto de los electores CERA.

Descripción:

presentación telemática de la solicitud de voto de los electores inscritos en el CERA (Censo

electoral de los electores residentes-ausentes que viven en el extranjero) para las elecciones autonómicas de

mayo de 2015.

Órgano responsable:

Oficina del Censo Electoral (OCE).

Materia:

electoral

Plazo:

desde el 31 de marzo de 2015 al 25 de abril de 2015, ambos inclusive

Efectos:

acepta o deniega la presentación de la solicitud de voto, pero no la resuelve. Una vez examinada la

solicitud, si es aceptada, la Delegación Provincial de la OCE enviará por correo certificado al domicilio de

inscripción la documentación para poder votar, no más tarde del 4 de mayo de 2015 (o del 12 de mayo de 2015 si

se produjera impugnación de candidatos).

Medios de autenticación:

clave de tramitación telemática (CTT) remitida por correo postal a todos los

electores del CERA o certificado electrónico reconocido asociado al DNI del elector.

Contacto para incidencias:

formulario. El formulario de contacto solo debe utilizarse para incidencias de la

Sede o del trámite. NO ES VALIDO para solicitar el voto.

Dirección de acceso al procedimiento:

https://sede.ine.gob.es/Solicitud_ voto_ CERA

Una vez que el elector CERA solicitante accede al trámite, su identificación se podrá

realizar de dos maneras, mediante certificado electrónico reconocido asociado al DNI

del elector, o mediante la Clave de Tramitación Telemática (CTT) enviada por la OCE

a todos los electores del CERA en el envío de oficio del impreso oficial. En caso de

acceder con CTT, se pide introducir también la fecha de nacimiento para evitar envíos

que se pudieran generar por un programa informático que generara las CTT:

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Figura 1

El procedimiento controla la condición de elector CERA del solicitante y finaliza con la

aceptación o denegación de la presentación de la solicitud. La resolución de la

solicitud será realizada posteriormente por la Delegación Provincial de la OCE

correspondiente.

Las solicitudes que se den por presentadas quedarán registradas en el Registro

telemático de la Delegación Provincial de la OCE en cuyo censo electoral vigente se

encuentre inscrito, pudiendo el solicitante visualizar e imprimir el justificante de la

solicitud.

La subsanación de posibles irregularidades, fundamentalmente las debidas a

documentos acreditativos de identidad ilegibles, y que se detecten por la Delegación

Provincial de la OCE, se realizarán por un canal totalmente independiente de este y

bajo control de la delegación provincial.

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ACCESO CON CTT

Si el acceso es con CTT aparece la siguiente pantalla de login:

Figura 2

En caso de que el elector CERA ya haya realizado una solicitud por Internet, se le

presentará la siguiente pantalla:

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Desde esta pantalla el elector CERA podrá acceder al justificante de su solicitud en

cualquier momento.

Si es la primera solicitud por Internet, y los datos introducidos de CTT y fecha de

nacimiento son correctos, se presenta el formulario de solicitud, sin datos, para que el

solicitante los cumplimente, siendo obligatorios todos los que aparecen en rojo en la

siguiente figura:

Figura 4

Se solicita anexar un fichero con un formato de imagen (sin controlar que sea uno de

los cuatro documentos acreditativos de identidad), siendo válidos los formatos que

aparecen en la figura.

Pulsando el botón “enviar solicitud” se anota en el registro telemático de la Delegación

provincial de inscripción en el censo, que puede no coincidir con la introducida por el

elector, y genera el justificante, presentando la siguiente pantalla de resumen de los

datos de la solicitud:

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Figura 5

Pulsando “Obtener justificante”, descarga el justificante de la solicitud, que se puede

guardar y/o imprimir.

Si por cualquier motivo, se produce el registro de la solicitud pero el elector no puede

descargar el justificante, tiene la posibilidad de descargarlo de forma diferida en otro

momento.

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El justificante es el siguiente:

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ACCESO CON CERTIFICADO

Al acceder con certificado, si se encuentra al elector, es la primera solicitud, y se

comprueba que el certificado no está caducado ni revocado, se presenta el formulario

similar al de la figura 5, con los datos de su inscripción en el censo electoral, que

el solicitante no tendrá que teclear al considerarse suficientemente acreditada su

identidad con el certificado electrónico. En caso contrario presenta mensaje

informativo

"

No es posible realizar el envío por este medio. Debe realizarlo por correo

postal o fax".

Si se comprueba que no es la primera solicitud, se le dirige a la Figura 3.

En caso de acceso con certificado, el elector CERA no debe adjuntar ningún

documento acreditativo de su identidad, al estar ésta ya acreditada a través del

certificado electrónico.

De igual modo, pulsando “obtener justificante”, descarga el justificante de la solicitud,

que se puede guardar y/o imprimir. El formato es igual al de acceso con CTT, excepto

que en “tipo de acceso” indicará “Certificado” y no informará de fichero anexado

relativo al documento acreditativo de identidad.

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OPERATIVA EN DDPP DE LA OCE PARA OBTENER LA DOCUMENTACION

ASOCIADA A LA SOLICITUD

Una vez realizada la solicitud de voto por el elector CERA, corresponde a la

Delegación provincial resolver dicha solicitud. Para ello, debe acceder al Registro

telemático de la Delegación, donde las solicitudes se pueden identificar por tener tipo

de asunto “VXCCERA”:

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Pulsando uno de ellos se presenta la pantalla:

Figura 7

desde la que se pueden desplegar los anexos “justificante de registro” y “TRAM_13D1”

El fichero “Justificante de registro.pdf” es el mismo justificante que se descargó el

elector. Contiene un código de barras con el NIE del elector.

El fichero “TRAM_13.doc” es el documento acreditativo de identidad que adjuntó el

solicitante (DNI, Pasaporte, certificado de nacionalidad, certificado de inscripción en

registro de matrícula consular) si se identificó mediante CTT. Si la identificación fue

con certificado electrónico no existirá este fichero.

Una vez impresos y/o guardados estos documentos, la Delegación grabará la solicitud

en Celec, aceptándola o denegándola con los mismos criterios que si se hubiera

presentado por fax o correo postal.

Referencias

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