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CONDICIONES EMPRESAS PRESTACIÓN DE SERVICIOS ET/249

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RESPONSABLE REDACCION VERIFICACION APROBACION FECHA REDACTOR

JEFE AREA TÉCNICA Y OBRA NUEVA SECRETARÍA DE CALIDAD

30/09/1999 30/09/1999 30/09/1999

Esta DOCUMENTACION no puede ser ENTREGADA a

personal AJENO a la EMPRESA

INDICE

1.- OBJETO 2.- ALCANCE 3.- DESARROLLO METODOLOGICO

Recuerde que esta Documentación en FORMATO PAPEL puede quedar obsoleta. Para consultar versiones actualizadas acuda al Web

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1.- OBJETO

El objetivo de esta Especificación Técnica es establecer los requisitos generales necesarios que deben poseer las Empresas de prestación de servicios para la ejecución de trabajos por cuenta de Gas de Asturias, S.A..

2. ALCANCE

Los destinatarios finales de este proceso son:

- Cliente externo: Empresas de Prestación de servicios

- Cliente interno: Cualquier Unidad de Negocio de Gas de Asturias, S.A.

3.- DESARROLLO METODOLOGICO

Las condiciones generales de compra serán:

1.- Las adquisiciones de bienes y servicios deberán formalizarse y documentarse mediante pedido, orden de entrega, aceptación de presupuesto, orden de ejecución o vale de compra, según los casos.

2.- En el caso de pedido, orden de entrega, aceptación de presupuesto u orden de ejecución, los proveedores o contratistas tendrán que devolvernos la copia sellada y firmada por persona con poder bastante, en señal de aceptación. Nos reservamos el derecho de anular cualquier documento citado anteriormente si, transcurridos quince días, no hubiésemos recibido dicha copia.

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3.- Las facturas y certificaciones de obra, que deberán hacer mención a nuestro número de pedido, orden de entrega, aceptaciòn de presupuesto, orden de ejecución o vale de compra, habrán de emitirse (por duplicado) a Gas de Asturias, S.A. CIF: A-33095266, Plaza de la Gesta, 2 – 33007 Oviedo.

4.- Las mercancías tendrán que sernos enviadas a portes pagados y viajarán por cuenta y riesgo del proveedor.

5.- Pago de facturas

a) Fechas de pago: 5 y 20 de cada mes. En caso de que la fecha de pago fuera inhábil, el pago se realizará el día hábil siguiente. Se entiende por día inhábil los sábados, domingos y festivos en la ciudad de Oviedo. b) Plazos de pago: 90 días a partir de la entrada de la factura en el

registro del departamento de compras con vencimiento en la fecha más próxima a las dos anteriormente señaladas.

c) Forma de pago: por confirming bancario mediante el cual una entidad financiera gestiona los pagos de Gas de Asturias, S.A.. La entidad financiera se compromete a ofrecer al proveedor la posibilidad de anticipar el cobro de las facturas en las condiciones que tenga establecidas en cada momento. En caso de que éste no optara por esta facilidad de cobro anticipado, el banco abonará el importe de las facturas mediante el envío de cheque bancario en la fecha de vencimiento de pago de las mismas.

6.- Para lo no previsto en estas condiciones generales o en las específicas que se expresen en cada compra o contrata, se estará a lo dispuesto en Código Civil, Código de Comercio y demás disposiciones sobre la materia, sometiéndose las partes a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Oviedo, con renuncia a su propio fuero, y sin perjuicio del derecho de Gas de Asturias, S.A. si fuese demandante, a acudir a los Juzgados y Tribunales del domicilio del demandado.

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Las Empresas de prestación de servicios deberán cumplir los siguientes requisitos:

3.1 Obligaciones laborales. 3.2 Garantías económicas.

3.3 Seguro de responsabilidad civil. 3.4 Subcontratación de trabajos.

3.5 Incumplimiento de pagos a la seguridad social. 3.6 Gastos e impuestos.

3.1 Obligaciones laborales.

La Empresa de prestación de servicios se obliga a cumplir y hacer cumplir con todo rigor a su personal, las obligaciones exigidas por la legislación laboral en materia de Seguridad e Higiene en el Trabajo, Seguros Sociales, Mutualidad Laboral, Seguro de Accidentes, Contratación de Personal, etc.,

Además deberá designar por escrito al Responsable técnico, que coordinará los trabajos o tareas a desempeñar en la misma. Esta persona será el único interlocutor válido entre la Empresa de prestación de servicios y Gas de Asturias, S.A.

También designará, en el momento de la firma del contrato, al Técnico de Prevención.

La Empresa de prestación de servicios será la única y exclusiva responsable, durante la ejecución de los trabajos, de todos los accidentes que puedan sufrir sus operarios o que puedan causar éstos a otras personas o entidades, asumiendo por lo tanto todas las responsabilidades anejas en la responsabilidad vigente.

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En caso de accidente, la empresa de prestación de servicios se lo deberá notificar inmediatamente al Servicio de Seguridad de Gas de Asturias, S.A. Además, en el plazo máximo de 24 h deberá enviar por fax el Parte de Accidente debidamente firmado por el Técnico de Seguridad, acompañado, en caso de haber recibido atención médica, del Parte de la Mutua.

La Empresa de prestación de servicios deberá disponer de una póliza de seguros en las condiciones indicadas en el punto 3.3.

Deberán acreditar, en el momento de la oferta, o anualmente en caso de contratos plurianuales la siguiente documentación y/o datos:

* Pago de la póliza de responsabilidad civil.

* Certificado de estar al corriente de los pagos a la Seguridad Social. * Certificado de estar al corriente de los pagos a Hacienda.

3.2 Garantías económicas

La Empresa de prestación de servicios garantizará, durante la vigencia del contrato, la correcta realización de los trabajos, por lo que se compromete a correr con los gastos y asumir los perjuicios que una incorrecta realización de los mismos pudiera ocasionar.

En caso de ruptura de las relaciones comerciales entre la Empresa de prestación de servicios y Gas de Asturias, esta última se reserva la facultad de retener las facturas pendientes de pago libradas por la Empresa de prestación de servicios, hasta regularizar la situación.

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3.3 Seguro de responsabilidad civil

La Empresa de prestación de servicios queda obligada a suscribir y mantener a su costa, durante la vigencia del contrato, una póliza de seguro de Responsabilidad Civil que cubra los posibles daños por él efectuados, tanto corporales como materiales, derivados de las actividades reguladas en el contrato, tanto durante la ejecución de las obras como en su responsabilidad extracontractual sin límite de tiempo.

El valor mínimo de la póliza de responsabilidad civil vendrá fijado en cada caso. Esta póliza amparará no sólo la responsabilidad civil extracontractual respecto a posibles daños a bienes y/o terceras personas, sino también la contractual respecto a las personas o bienes de Gas de Asturias que pudieran resultar dañados por su propia actuación o por la de subcontratas a su cargo.

Una copia de esta póliza será entregada a Gas de Asturias con la periodicidad señalada en la misma. La Empresa de prestación de servicios aportará el correspondiente recibo de pago de la prima como justificante de que la misma se mantiene en vigor.

También debe cubrir la póliza el riesgo por los daños que puedan producir las empresas subcontratadas por la Empresa de prestación de servicios, correspondiendo a la misma la exigencia a dichas empresas de la póliza que cubra su actuación.

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3.4 Subcontratación de trabajos

La Empresa de prestación de servicios, previa aprobación de Gas de Asturias, podrá subcontratar cierto tipo de trabajos a otras empresas. En este caso, la Empresa de prestación de servicios deberá exigir a la Empresa de Subcontrata toda la documentación que, según el presente capítulo, debe entregar y mantener el mismo, la cual deberá estar a disposición de Gas de Asturias para su comprobación.

Toda la documentación que se exija a las Empresas de Subcontrata deberá estar previamente actualizada.

3.5 Incumplimiento de pagos a la Seguridad Social

Los pedidos que se cursen para ejecución de obras, de acuerdo con el contrato, quedan sometidos a la condición de que la Empresa de prestación de servicios se encuentre al corriente del pago de sus obligaciones con la Seguridad Social durante todo el plazo de ejecución, para lo cual éste solicitará a la entidad gestora correspondiente los certificados previstos en la Ley.

En caso de que uno de los certificados librados por la entidad gestora fuera negativo, el contrato quedará disuelto, por lo que la Empresa de prestación de servicios deberá indemnizar a Gas de Asturias por los daños y perjuicios causados

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3.6 Gastos e impuestos

La totalidad de los gastos, impuestos, gravámenes, arbitrios y tasas de cualquier clase, que puedan derivarse de la aplicación del contrato, serán por cuenta de la Empresa de prestación de servicios. Se exceptúa el I.V.A. que origina el contrato, que será repercutido conforme a la reglamentación que lo regula.

El Departamento de Obra Nueva entregará a las Empresas de prestación de servicios las Especificaciones Técnicas de Gas de Asturias, S.A. que le afecten para la realización de las obras.

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