Enero, 2015
PLAN DE ABANDONO DEL
LOTE 1AB
PLAN DE ABANDONO DEL
LOTE 1AB
Plan de Abandono Global – Lote 1AB P á g i n a | i
Tabla de Contenido
1 INTRODUCCIÓN ______________________________________________ 2 1.1 Generalidades _____________________________________________ 2 1.2 Antecedentes _____________________________________________ 2 1.3 Marco Legal_______________________________________________ 3 1.3.1 Normas Legales __________________________________________ 3 1.3.2 Normas de Calidad Ambiental y Salud ________________________ 4 1.3.3 Marco Legas sobre Biodiversidad ____________________________ 7 1.3.4 Normas del Sector Hidrocarburos ___________________________ 9 1.3.5 Marco Legal sobre Patrimonio Cultural Arqueológico ___________ 10 1.4 Alcances ________________________________________________ 11 1.5 Objetivos ________________________________________________ 14 1.5.1 Objetivo General ________________________________________ 14 1.5.2 Objetivos Específicos ____________________________________ 14 2 COMPONENTES INVOLUCRADOS _______________________________ 15 2.1 Componentes de Abandono ________________________________ 15 2.1.1 17 Pozos ______________________________________________ 15 2.1.2 Rellenos Orgánicos ______________________________________ 28 2.1.3 Residuos Sólidos Enterrados ______________________________ 32 3 PLAN DE ABANDONO DE 17 POZOS _____________________________ 39 3.1 Descripción y Actividades de Abandono _______________________ 39 3.1.1 Etapa de Movilización y Logística ___________________________ 39 3.1.2 Etapa de Abandono de Pozos ______________________________ 41 3.1.3 Desmovilización ________________________________________ 76 3.2 Evaluación de Impactos Ambientales y Medidas de Mitigación ____ 77 3.2.1 Impactos Ambientales ___________________________________ 77 3.2.2 Medidas de Mitigación ___________________________________ 8000002
3.3 Mantenimiento y Monitoreo Post‐Abandono __________________ 83 3.3.1 Revegetación __________________________________________ 83 3.3.2 Control de la Erosión ____________________________________ 84 3.3.3 Monitoreo de Actividades de Abandono _____________________ 86 3.4 Cronograma de Actividades – Abandono ______________________ 95 3.5 Presupuesto _____________________________________________ 95 4 PLAN DE ABANDONO DE RELLENOS ORGÁNICOS __________________ 95 4.1 Descripción y Actividades de Abandono _______________________ 95 4.1.1 Remoción Total de Residuos ______________________________ 95 4.1.2 Tratamiento de Residuos _________________________________ 97 4.1.3 Abandono del Área ______________________________________ 97 4.2 Evaluación de Impactos Ambientales y Medidas de Mitigación ____ 99 4.2.1 Impactos Ambientales ___________________________________ 99 4.2.2 Medidas de Mitigación __________________________________ 102 4.3 Mantenimiento Y Monitoreo Post Abandono _________________ 104 4.3.1 Revegetación _________________________________________ 105 4.4 Medidas de Control Ambiental _____________________________ 106 4.5 Monitoreo Post Abandono ________________________________ 106 4.5.1 Monitoreo de la Revegetación ____________________________ 106 4.5.2 Monitoreo de Calidad Ambiental __________________________ 106 4.6 Cronograma de Ejecución _________________________________ 110 4.7 Presupuesto ____________________________________________ 110 5 PLAN DE ABANDONO DE EMPLAZAMIENTOS DE RESIDUOS SÓLIDOS ENTERRADOS ______________________________________________ 110 5.1 Descripción y Metodología de Caracterización _________________ 111
00003
Plan de Abandono Global – Lote 1AB P á g i n a | i i i 5.1.2 Metodología de Elaboración – Plan Piloto “Evaluación Ambiental de Emplazamientos de Residuos Sólidos Enterrados” ___________________________________________ 111 5.1.3 Clasificación y Agrupación de Emplazamientos Identificados ____ 111 5.2 Actividades de Abandono _________________________________ 115 5.3 Evaluación de Impactos y Medidas de Mitigación ______________ 116 5.3.1 Impactos Ambientales __________________________________ 116 5.3.2 Medidas de Mitigación __________________________________ 118 5.4 Mantenimiento y Monitoreo Post Abandono _________________ 120 5.5 Cronograma de Ejecución _________________________________ 121 5.6 Presupuesto ____________________________________________ 121 6 ASPECTO SOCIAL ___________________________________________ 122 6.1 Comunidades Nativas _____________________________________ 122 6.1.1 Comunidades Nativas y Centros Poblados del Área de Influencia del Proyecto ___________________________ 122 6.1.2 Programa de Compromisos Sociales _______________________ 124
00004
Índice de Tablas Tabla 1: Pozos en plataforma __________________________________ 13 Tabla 2: Coordenadas de ubicación de 17 pozos ___________________ 15 Tabla 3: Ubicación de rellenos orgánicos _________________________ 29 Tabla 4: Emplazamientos en la cuenca del río Corrientes _____________ 32 Tabla 5: Emplazamientos en la cuenca del río Pastaza _______________ 32 Tabla 6: Emplazamientos en la cuenca del río Tigre _________________ 33 Tabla 7: Personal requerido ____________________________________ 39 Tabla 8: Matriz de impactos – 17 pozos __________________________ 79 Tabla 9: Coordenadas de ubicación depuntos para monitoreo de calidad de aire ____________________________ 86 Tabla 10: Parámetros y estándares de comparación para calidad de aire _ 87 Tabla 11: Coordenadas de ubicación para el monitoreo de calidad de agua superficial ______________________________ 88 Tabla 12: Parámetros y estándares para el monitoreo de calidad de agua superficial ___________________________ 88 Tabla 13: Coordenadas de ubicación para el monitoreo de calidad de suelos _____________________________________ 90 Tabla 14: Parámetros y estándares para el monitoreo de calidad de agua superficial ______________________________ 90 Tabla 15: Cronograma de abandono ______________________________ 95 Tabla 16: Matriz de impactos – 13 rellenos orgánicos _______________ 101 Tabla 17: Áreas a revegetar ____________________________________ 105 Tabla 18: Coordenadas de ubicación para el monitoreo de calidad de suelos ____________________________________ 107 Tabla 19: Parámetros y estándares para calidad de suelos ___________ 108 Tabla 20: Cronograma de ejecución _____________________________ 110
Tabla 21: Clasificación de los emplazamientos evaluados en el
plan piloto por nivel de riesgo __________________________ 112 Tabla 22: Agrupamiento de emplazamientos identificados por PPN ____ 113
Tabla 23: Plan de acción_______________________________________ 115
Tabla 24: Matriz de identificación y evaluación de impactos
Plan de Abandono Global – Lote 1AB P á g i n a | v Tabla 26: Convenios asumidos voluntariamente con las comunidades de la cuenca del río Corrientes ______________ 124 Tabla 27: Convenios asumidos voluntariamente con las comunidades de la cuenca del río Pastaza ________________ 125 Tabla 28: Convenios asumidos voluntariamente con las comunidades del río Tigre __________________________ 126
00006
Consultora y Profesionales Participantes
PUKUNI Consultores y Servicios Generales S.A.C., empresa autorizada por el MEM para efectuar estos estudios, según Resolución Directoral N° 141-2014-MEM/DGAAE, del 10 de junio de 2014.
Relación de Profesionales
Ing. Roger Velasquez Marín Coordinador de Proyecto
Ing. Geógrafo
CIP: 104926
Ing. Víctor Hugo Rengifo Rengifo Especialista en Plan de AbandonoIng. De Petróleo
CIP: 065810
Ing. Manuel Lara Lince
Especialista en Planes de Abandono
Ing. Geólogo
CIP: 132717
Lic. Celia Cavero Huapaya Especialista Social Lic. Sociología
CSP: 2653
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1 INTRODUCCIÓN
1.1 Generalidades
Pluspetrol Norte S.A (en adelante PPN) ha elaborado el presente Plan de Abandono del Lote 1AB, en cumplimiento de la Cuarta Disposición complementaria transitoria del Reglamento para la protección Ambiental en las actividades de hidrocarburos (D.S. N° 039-2014-EM).En el documento se describen los componentes involucrados, las actividades de Abandono, la evaluación de impactos ambientales potenciales así como las medidas de control y seguimiento de la calidad ambiental de los diferentes componentes, garantizando el cumplimiento de la normativa ambiental vigente.
Cabe indicar que en el presente Plan de Abandono se incluyen (¡) Instalaciones y sitios cuyo abandono corresponde legalmente a PPN (¡¡) Instalaciones y sitios cuyo abandono no corresponde legalmente a PPN, pero que PPN ha decidido voluntariamente incluir en este Plan de Abandono. En este segundo caso, bajo ninguna circunstancia podrá interpretarse que PPN ha asumido responsabilidad u obligación alguna, distinta de aquella que haya sido expresamente descrita en el presente Plan de Abandono.
A continuación se enumeran las principales actividades a desarrollarse:
Aplicar medidas de mitigación para que en el área se minimicen los impactos y quede protegida.
Monitorear periódicamente el estado ambiental y operativo del lugar, a partir de la aplicación de un plan de monitoreo.
Mantener un acceso controlado al área, que garantice que las instalaciones no sean dañadas.
1.2 Antecedentes y ubicación del lote
Las operaciones en el Lote 1AB fueron iniciadas por Occidental Petroleum Corporation of Perú (en adelante OXY), con el pozo exploratorio Capahuari 1X, posteriormente en enero 1975 se da inicio a las operaciones de explotación del crudo. PLUSPETROL cuenta con un instrumento ambiental para sus actividades denominado “PAMA” aprobado mediante Resolución Directoral N°99-96-EM/DGH del 26 de marzo de 1996, con fecha de cumplimiento 31 de mayo del 2002.El Lote 1AB se encuentra ubicado en la región norte de la Amazonía Peruana y comprende un área de aproximadamente 4 900 Km2 de extensión.El Lote 1AB se ubica en las provincias de Loreto y Datem del Marañón, cerca de la frontera con Ecuador. Este lote abarca
las cuencas de los ríos Pastaza, Corrientes y Tigre. El lote 1AB esta bordeado por el río Pastaza en el suroeste y es bisectado por el rio Corrientes. El rio Tigre se encuentra a lo largo del borde noroccidental del lote. (Ver Plano Ubicación del Lote 1AB en anexo N° 7)
1.3 Marco Legal
La elaboración del Plan Abandono del Lote 1AB tiene como marco jurídico las normas legales e institucionales de conservación y protección ambiental vigentes en el Estado Peruano, con la finalidad de ordenar las actividades relacionadas al proyecto dentro del marco de la legislación ambiental, así como, promover y regular el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales.
1.3.1 Normas Legales
N° Norma Materia que Regula
1 Constitución Política del Perú 1993 Alcance general
2
Ley General del Ambiente, Ley N° 28611 (13.10.2005)
Modificada por Decreto Legislativo N° 1055
Es la norma ordenadora de la Gestión Ambiental en el Perú y establece los principios y normas básicas para asegurar el efectivo ejercicio del derecho a un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida, así como el deber de contribuir a una efectiva gestión ambiental y de proteger el ambiente y a sus componentes
3
Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, Ley N° 28245
(04.06.2004)
El Sistema Nacional de Gestión Ambiental como sistema funcional integra al Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, al Sistema Nacional de Información Ambiental y al Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas; así como la gestión de los recursos naturales, en el ámbito de su competencia, de la biodiversidad, del cambio climático, del manejo de los suelos y de los demás ámbitos temáticos que se establecen por ley.
4
Reglamento de la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental – SNGA, Decreto Supremo N°
008-2005-PCM (28.01.2005)
Regula que todo proyecto de inversión que implique actividades, construcciones y obras que puedan causar impactos ambientales negativos significativos está sujeto al Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental - SEIA.
5
Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, Ley N° 27446
(23.04.2001)
Modificado por Decreto Legislativo N° 1078
Crea el Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA) como un sistema único y coordinado de identificación, prevención, supervisión, control, y corrección anticipada de los impactos ambientales negativos derivados de las acciones humanas expresadas a través de la
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N° Norma Materia que Regula
(25.09.2009) mismo y la debida coordinación en la
administración, dirección y gestión del proceso de evaluación de impacto ambiental.
7
Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, Ley N° 29325
(05.03.2009)
El sistema de Fiscalización tiene por finalidad asegurar el cumplimiento de la legislación ambiental por parte de todas las personas naturales o jurídicas, así como supervisar y garantizar que las funciones de evaluación, supervisión y fiscalización, control y potestad sancionadora en materia ambiental, a cargo de las diversas entidades del Estado, se realicen de forma independiente, imparcial, ágil y eficiente.
8
Ley Marco para el crecimiento de la Inversión Privada, Decreto Legislativo N° 757 y modificatorias
(13.11.1991)
La norma establece (artículos 50° y 51º) que la autoridad sectorial competente determinará las actividades que por su riesgo ambiental pudieran exceder de los niveles estándares tolerables de contaminación o deterioro del ambiente, de tal modo que requerirán necesariamente la elaboración de estudios de impacto ambiental, previo al desarrollo de dichas actividades.
9 Código Penal - Título XIII: Delitos Ambientales. Decreto Legislativo N° 635
El Capítulo Único del Título XIII del Código Penal, modificado por la Ley N° 29263, regula los denominados Delitos Ambientales. El Código Penal establece responsabilidad penal para quien, violando las normas de protección ambiental, contamina el ambiente.
1.3.2 Normas de Calidad Ambiental y Salud
El Estándar de Calidad Ambiental (ECA) y el Límite Máximo Permisible (LMP) son instrumentos de gestión ambiental que consisten en parámetros y obligaciones que buscan regular y proteger la salud pública y la calidad ambiental, permitiéndole a la autoridad ambiental desarrollar acciones de control, seguimiento y fiscalización.
Estos instrumentos deberán ser tomados en cuenta por el titular del proyecto durante la etapa de ejecución y operación del proyecto.
Entre las principales normas sobre salud y calidad ambiental se tienen:
N° Norma Materia que regula
1
Ley General de Salud Ley N° 26842
(20.07.1997)
Regula que la protección del medio ambiente es responsabilidad del Estado, y de las personas naturales y jurídicas, teniendo como obligación mantenerlo dentro de los estándares establecidos por la autoridad de salud, para preservar la salud de las personas.
2
Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Agua Decreto Supremo N° 002-2008-MINAM
(31.07.2008)
Establece el nivel de concentración o el grado de elementos, sustancias o parámetros físicos, químicos y biológicos presentes en el agua, en su condición de cuerpo receptor y componente básico de los ecosistemas acuáticos que no representa riesgo significativo para la salud de las personas ni para el ambiente.
3
Disposiciones para la implementación de los Estándares de Calidad Ambiental (ECA) para agua
Decreto Supremo N° 023-2009-MINAM (19.12.2009)
Para la Implementación de los ECA de agua, se debe tener en cuenta las siguiente Categorías:
- Categoría 1. Poblacional y recreacional. - Categoría 2. Actividad marino costera
- Categoría 3. Riego de vegetales y bebida de animales
- Categoría 4. Conservación del ambiente acuático
4
Reglamento de los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental del Aire
Decreto Supremo N° 074-2001-PCM (22.06.2001)
Norma los niveles de concentración máxima de contaminantes del aire que en su condición de cuerpo receptor es recomendable no exceder para evitar riesgo a la salud humana. Los estándares de calidad de aire del presente Decreto Supremo consideran los siguientes parámetros: dióxido de azufre, material particulado, monóxido de carbono, dióxido de nitrógeno, ozono y plomo.
5
Estándares de Calidad Ambiental para Aire Decreto Supremo N° 003-2008-MINAM
(21.08.2008)
Aprueba los Estándares de Calidad Ambiental de Aire para el Dióxido Azufre (SO2), así como benceno, hidrocarburos totales (TPH), material particulado con diámetro menor a 2,5 micras (PM2.5) e hidrógeno sulfurado (H2S).
6
Reglamento de Estándares de Calidad Ambiental para Ruido
Decreto Supremo N° 085-2003-PCM (30.10.2003)
Establece los estándares primarios de calidad ambiental para ruido en el ambiente exterior, los mismos que no deben excederse a fin de proteger la salud humana. Dichos estándares consideran como parámetro el nivel de presión sonora continuo equivalente con ponderación A (LAeqt), y toman en cuenta las zonas de aplicación y los horarios.
Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo
Tiene como objetivo promover una cultura de prevención de riesgos laborales en el país. Para ello, cuenta con el deber de prevención de los empleadores, el rol de fiscalización y control del
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N° Norma Materia que regula
8
Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo Decreto Supremo N° 005-2012-TR
(25.04.2012)
Modificado por D.S N° 006-2014-TR.
Tiene como objetivo promover una cultura de prevención de riesgos laborales en el país, y cuenta con la participación de los trabajadores, empleadores y del Estado, quienes a través del diálogo social velarán por la promoción, difusión y cumplimiento de la normativa. Asimismo, es aplicable a todos los sectores económicos, y comprende a todos los empleadores y los trabajadores, bajo el régimen laboral de la actividad privada en el territorio nacional. También explica los pasos para organizar un sistema de gestión de la seguridad y salud en el lugar de trabajo.
9
Ley General de Residuos Sólidos Ley N° 27314
Modificado por D. Leg. 1065 (20.07.2000)
Establece los derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades de la sociedad en su conjunto, para asegurar una gestión y manejo de los residuos sólidos, de manera sanitaria y ambientalmente adecuada, con sujeción a los principios de minimización, prevención de riesgos ambientales y protección de la salud y el bienestar de la persona.
10
Reglamento de la Ley General de Residuos Sólidos Decreto Supremo N° 057-2004-PCM
(24.07.2004)
Establece que el generador de residuos del ámbito de gestión no municipal, es decir, aquellos de carácter peligroso y no peligroso generados en las áreas productivas e instalaciones industriales o especiales, deberán ser caracterizados y manejados en forma separada del resto de residuos, almacenados, acondicionados, tratados o dispuestos en forma segura, sanitaria y ambientalmente adecuada, no estando comprendidos en este grupo los similares a los residuos domiciliarios y comerciales generados en dichas actividades.
11
Ley que regula el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos
Ley N° 28256 (10.06.2008)
Establece que son materiales y residuos peligrosos aquellas sustancias, elementos, insumos, productos y subproductos, o sus mezclas, en estado sólido, líquido y gaseoso, que por sus características físicas, químicas, toxicológicas, de explosividad o que por su carácter de ilícito representan riesgos para la salud de las personas, el medio ambiente y la propiedad.
12
Reglamento Nacional de Transporte de Materiales y Residuos Peligrosos
Decreto Supremo N° 021-2008-MTC (10.06.2008)
Establece las normas y procedimientos que regulan las actividades, procesos y operaciones del transporte terrestre de materiales y residuos peligrosos, con sujeción a los principios de prevención y de protección de las personas, el ambiente y la propiedad.
13
Estándares de Calidad Ambiental para Radiaciones No Ionizantes
Decreto Supremo N° 010-2005-PCM
Establece los Estándares de Calidad Ambiental (ECAs) para Radiaciones No Ionizantes, cuya presencia en el ambiente en su calidad de cuerpo receptor es recomendable no exceder para evitar riesgo a la salud humana y el ambiente. Estos estándares se consideran primarios por estar destinados a la protección de la salud humana.
1.3.3 Marco Legas sobre Biodiversidad
El Perú ratifica, en 1993, el Convenio sobre la Diversidad Biológica que regula la conservación de la biodiversidad, la utilización sostenible de sus componentes y la distribución justa y equitativa de los beneficios derivados de su uso. En 1997 se promulga la Ley N° 26821 para la Conservación y Aprovechamiento Sostenible de la Diversidad Biológica y su Reglamento. Este marco legal plantea la elaboración de estrategias que conduzcan al desarrollo del Perú, mediante políticas económicas que promuevan la conservación y el uso sostenible de los recursos, tanto in situ como ex situ, reconociendo el valor de los conocimientos y prácticas de las comunidades campesinas y nativas, y promoviendo el desarrollo de la investigación y la generación y transferencia de tecnologías apropiadas.
N° Norma Materia que regula
1
Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, Ley N°
26821 (26.06.1997)
Establece las condiciones de aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, precisando que debe realizarse en forma sostenible. Además dispone que el titular de un proyecto de inversión debe elaborar y cumplir con un Plan de Manejo Ambiental.
2
Ley de Conservación y Aprovechamiento Sostenible de la Diversidad Biológica
Ley N° 26839 (16.07.1997)
La presente ley norma la conservación de la diversidad biológica y la utilización sostenible de sus componentes en concordancia con los artículos 66 y 68 de la Constitución Política del Perú.
3
Reglamento de la Ley N° 26839 Decreto Supremo N° 068-2001-PCM
(21.06.2001)
La diversidad biológica y sus componentes constituyen recursos estratégicos para el desarrollo del país y deben utilizarse equilibrando las necesidades de conservación con consideraciones sobre inversión y promoción de la actividad privada.
4
Estrategia Nacional de la Diversidad Biológica del Perú
Decreto Supremo N°102-2001-PCM (05.09.2001)
En el Objetivo Estratégico 2.3, se promueve el uso sostenible de los recursos acuáticos, pesquerías y los cuerpos de agua.
5
Ley Forestal y de Fauna Silvestre Ley N° 27308
(15.08.2000)
Define a los recursos forestales, fauna silvestre y servicios ambientales. Además, regula el ordenamiento de la superficie forestal, aprovechamiento de los mismos y de la fauna
silvestre, las disposiciones generales aplicables al aprovechamiento de los mismos, su protección, promoción, investigación y financiamiento, control, infracciones y sanciones
6
Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre
Establece que el Patrimonio Forestal del Estado está constituido por los recursos forestales y de fauna silvestre, y por las tierras cuya capacidad de uso
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N° Norma Materia que regula
tenencia, transporte o exportación con fines comerciales
Decreto Supremo N° 004-2014-AG (22.09.2004)
la Conservación - UICN, es el inventario más completo del estado de conservación de las especies de animales y plantas a nivel mundial y que por su fuerte base científica, es reconocida internacionalmente.
La norma utiliza un conjunto de criterios relevantes para todas las especies y todas las regiones del mundo, a fin de evaluar el riesgo de extinción de miles de especies y subespecies. La categorización de especies amenazadas consta de: 301 especies (65 mamíferos, 172 aves, 26 reptiles y 38 anfibios).
8
Categorización de Especies amenazadas de Flora Silvestre
Decreto Supremo N° 043-2006-AG (13.07.2006)
La Lista Roja de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre elaborada por la Unión Mundial para la Conservación - UICN, es el inventario más completo del estado de conservación de las especies de animales y plantas a nivel mundial y que por su fuerte base científica, es reconocida internacionalmente. Asimismo, utiliza un conjunto de criterios relevantes para todas las especies y todas las regiones del mundo, a fin de evaluar el riesgo de extinción de miles de especies y subespecies. La categorización establecida por esta norma es la siguiente: 404 especies corresponden a las órdenes Pteridofitas, Gimnospermas y Angiospermas; 332 especies pertenecen a la familia Orchidaceae y 41 especies pertenecen a la familia Cactácea, distribuidas en las categorías: En Peligro Crítico (CR); En Peligro (EN); Vulnerable (VU) y Casi Amenazado (NT).
9
Ley de Áreas Naturales Protegidas por el Estado,
Ley N° 26834
Regula que las Áreas Naturales Protegidas constituyen patrimonio de la Nación. Su condición natural debe ser mantenida a perpetuidad pudiendo permitirse el uso regulado del área y el aprovechamiento de recursos, o determinarse la restricción de los usos directos.
10
Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas por el -Estado Decreto Supremo N° 038-2001-AG
(26.06.2001)
Las Áreas Naturales Protegidas a que se refiere el Artículo 22 de la Ley, conforman en su conjunto el SINANPE, a cuya gestión se integran las instituciones públicas del Gobierno Central, Gobiernos Regionales y Municipalidades, instituciones privadas y las poblaciones locales, que incluyen a las comunidades campesinas o nativas, que actúan intervienen o participan, directa o indirectamente en su gestión y desarrollo. El SINANPE se complementa con las Áreas de Conservación Regional y las Áreas de Conservación Privada.”
11
Precisa obligación de solicitar opinión técnica previa vinculante en defensa del patrimonio
natural de las Áreas Naturales Protegidas Decreto Supremo N° 004-2010-MINAM
(30.03.2010)
Precisa la obligación de solicitar opinión técnica previa vinculante en defensa del patrimonio natural de las Áreas Naturales Protegidas, a fin de optimizar el nivel de cumplimento de las normas que resguardan las áreas naturales protegidas, y cuya inobservancia han ocasionado situaciones de riesgo.
1.3.4 Normas del Sector Hidrocarburos
N° Norma Materia que regula
1 Ley Orgánica de Hidrocarburos (Ley N° 26221)
Establece parámetros que deberán seguir todas aquellas personas naturales o jurídicas que deseen realizar actividades de hidrocarburos y sus derivados.
2
Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos D.S. Nº 039 –
2014 – EM
Tiene por objeto establecer las normas y disposiciones a nivel nacional para el desarrollo de las actividades de exploración, explotación, transformación, transporte, comercialización, almacenamiento y facilidades conexas, en el aprovechamiento de los recursos hidrocarburíferos en condiciones que éstas no originen un impacto ambiental y/o social negativo para las poblaciones y ecosistemas que sobrepasen los límites que se establezcan en el presente Reglamento, bajo el concepto de desarrollo sostenible. Asimismo, según el artículo 89º, se deberá tener presente el uso posterior que se dará al área intervenida, las condiciones geográficas originales y las de los ecosistemas actuales, así como las medidas de abandono con su respectivo cronograma de ejecución.
3
Reglamento de las Actividades de Exploración y Explotación de Hidrocarburos D.S. Nº 032 –
2004 – EM
Norma las actividades de Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el ámbito nacional a fin de obtener la Recuperación Máxima Eficiente de los Hidrocarburos de los Reservorios, dentro de condiciones que permitan operar con seguridad y protección del ambiente.
4
Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto
Supremo N° 042-2005-EM y las demás disposiciones legales pertinentes, así como sus
modificatorias o sustitutorias.
Promueve el desarrollo de las actividades de hidrocarburos sobre la base de la libre competencia y el libre acceso a la actividad económica con la finalidad de lograr el bienestar de la persona y el desarrollo nacional
5 Hidrocarburos, Decreto Supremo N° 043-2007-Reglamento de Seguridad para Actividades de EM
Norma que tiene por objeto preservar la integridad y la salud del personal, proteger a terceras personas de eventuales riesgos; así como mantener las instalaciones, equipos y otros bienes de las operaciones.
6 Almacenamiento de Hidrocarburos, Decreto Reglamento de Seguridad para el Supremo N° 052-93-EM y sus modificatorias
Establece las normas y disposiciones para que, cualquier persona natural o jurídica, nacional o extranjera, pueda construir, operar y mantener instalaciones para Almacenamiento de hidrocarburos, sea petróleo o derivados, en cualquiera de las diferentes etapas de los hidrocarburos.
7 Reglamento de Seguridad para el Transporte de Hidrocarburos, Decreto Supremo N° 026-94-EM y sus modificatorias
Establece las normas y disposiciones para el diseño, construcción, operación y mantenimiento de ductos para el transporte de hidrocarburos y productos derivados
Los operadores presentarán los planes de
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N° Norma Materia que regula
9
Lineamientos para la elaboración de planes de contingencia en caso de derrame de hidrocarburos y sustancias nocivas al mar, ríos o
lagos navegables, Resolución Directoral N° 0497-98/DCG
Norma las actividades de Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el ámbito nacional a fin de obtener la Recuperación Máxima Eficiente de los Hidrocarburos de los Reservorios, dentro de condiciones que permitan operar con seguridad y protección del ambiente.
1.3.5 Marco Legal sobre Patrimonio Cultural Arqueológico
N° Norma Materia que regula
1
Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación Ley N° 28296
(22.06.2004)
Los tipos en que se divide el Patrimonio Cultural de toda Nación son tres: el Patrimonio Cultural Arqueológico, el Patrimonio Cultural Histórico y el Patrimonio Cultural Artístico.
El Patrimonio Cultural Arqueológico es la parte más antigua y, por lo general, la más importante. Es por esta razón que el Estado Peruano busca protegerlo de manera que pueda convivir armónicamente con las actividades de desarrollo económico e industrial, entre estas, la ejecución de proyectos de inversión como en el presente caso.
2
Reglamento de la Ley N° 28296 aprobado por Decreto Supremo N° 011-2006-ED
(01.06.2006)
Regula que la identificación, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión de los bienes culturales y su restitución en los casos pertinentes es de interés social y necesidad pública e involucra a toda la ciudadanía, autoridades y entidades públicas y privadas.
3
Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación
Ley N° 24047 (05.01.1985) Y modificatorias
Reconoce como bienes culturales los sitios arqueológicos y estipula sanciones administrativas por caso de negligencia grave o dolo, en la conservación de los bienes del Patrimonio Cultural de la Nación.
4
Aprueban disposiciones especiales para ejecución de procedimientos administrativos
Decreto Supremo N° 054-2013-PCM (16.05.2013)
En su artículo 2° se establece que la aprobación del CIRA deberá realizarse en el plazo de 20 días hábiles, sujeto a silencio administrativo positivo.
5
Aprueban Directiva N° 001-2013-VMPCIC/MC “Normas y Procedimientos para la emisión del
Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos (CIRA) en el marco de los Decretos Supremos N° 054 y N° 060-2013-PCM”
Resolución Viceministerial N° 037-2013-VMPCIC-MC
(04.06.2013)
La Directiva uniformiza los criterios a fin de optimizar los procedimientos administrativos para la emisión del CIRA, brindando predictibilidad y transparencia en su tramitación.
1.4 Alcances
Los alcances del presente documento implican el desarrollo del Plan de Abandono de los siguientes componentes del Lote 1AB:
Abandono de 17 pozos
Abandono de 13 rellenos Orgánicos
Abandono de 19 emplazamientos de residuos sólidos enterrados
Pluspetrol cumple con presentar el Plan de Abandono de las construcciones y actividades relacionadas a los 17 pozos en situación de abandono. Detallándose a continuación:
a. Locación Carmen:
Pozo CARM-1509R - Plataforma 1X. b. Locación Capahuari Sur:
Pozo CAPS-08D – Plataforma A Pozo CAPS-21D – Plataforma A Pozo CAPS-17D – Plataforma C Pozo CAPS-10D – Plataforma C Pozo CAPS-28D – Plataforma G
c. Locación Forestal:
Pozo FORE-01X – Plataforma A Pozo FORE-03D – Plataforma C Pozo FORE07D – Plataforma C
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e. Locación Dorissa:
Pozo DORI-20H – Plataforma J
f. Locación Shiviyacu:
Pozo SHIV-01X – Plataforma D Pozo SHIV-20D – Plataforma J g. Locación San Jacinto:
Pozo SANJ-07 – Plataforma J Pozo SANJ-08D – Plataforma D
h. Locación Jibarito:
Pozo JIBT-03D – Plataforma B
i. Locación Tambo:
Pozo TAMS-01XD – Plataforma D
Tal como se indica en la Tabla 1, en las plataformas donde se ubican los 17 pozos a abandonar, existen otros pozos con estado actual “productor”, motivo por el cual el presente plan de abandono no considera el cierre de accesos y la revegetación de plataformas, ya que estos seguirán habilitados para los pozos que continuarán en estado “productor”, con excepción de las locaciones de los pozos CAPN-01, SANJ-07, SHIV-20D y TAMS-01XD en las cuales si se ha considerado la reforestación y cierre definitivo de la locación.
La Tabla 1, resalta en gris aquellos pozos que son objeto del presente Plan de Abandono, y los no resaltados son los pozos que permanecerán en las plataformas, por lo que en ellos no aplica el abandono total de la locación.
Tabla 1: Pozos en Plataforma
Locación Plataforma Pozos Código de Pozo Estado Actual
Carmen Plataforma 1X 1X - Active* 1502 - Productor* 1503 - Productor* 1504 - Productor* 1508 - Productor* 1509 CARM-1509R APA
Capahuari Norte Plataforma A 1 CAPN-01 APA
Capahuari Sur Plataforma A 6 - Productor* 7 - Cerrado ** 1 - Abandonado*** 9 - Abandonado*** 8 CAPS-08D APA 23 - Abandonado*** 21 CAPS-21D APA Plataforma C 11 - Productor* 13 - Productor* 17 CAPS-17D APA 10 CAPS-10D APA 16 - Cerrado ** Plataforma G 26 - Productor* 28 CAPS-28D APA
Dorisa Plataforma J 18 - Productor*
20 DORI-20H APA
Forestal
Plataforma A 1 FORE-01X APA
Plataforma C 5 - Productor* 6 - Productor* 3 FORE-03D APA 4 - Cerrado ** 7 FORE-07D APA Jibarito Plataforma B 1 - Productor* 2 - Cerrado ** 3 JIBT-03D APA 4 - Cerrado **
00019
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Locación Plataforma Pozos Código de Pozo Estado Actual
8 SANJ-08D APA
9 - Cerrado **
15 - Cerrado **
Shiviyacu Plataforma D 1 SHIV-01X Cerrado **
Plataforma J 20 SHIV-20D APA
Tambo Plataforma D 1 TAMS-01XD APA
Fuente: Pluspetrol Norte S.A. (*) Pozos en estado “productor” (**) Pozos en estado “Cerrado” (***) Pozos en estado “Abandonado”
1.5 Objetivos
1.5.1 Objetivo
General
El objetivo general del presente Informe es presentar el Plan de Abandono del Lote 1AB.
1.5.2 Objetivos
Específicos
Proporcionar lineamientos generales y específicos para el abandono de las áreas intervenidas.
Establecer las acciones a desarrollar durante la etapa de abandono.
Establecer las acciones necesarias para restaurar las áreas intervenidas a las condiciones geográficas, ecológicas y estéticas naturales.
Establecer las medidas a adoptarse para evitar impactos adversos al ambiente por efecto de los residuos que puedan existir o que puedan aflorar con posterioridad.
Promover la regeneración vegetativa natural y reforestar las áreas intervenidas con especies propias de cada ecosistema.
2 COMPONENTES
INVOLUCRADOS
2.1 Componentes de Abandono
2.1.1 17
Pozos
En la siguiente Tabla se encuentran las coordenadas de ubicación de los 17 pozos que ingresaran a abandono total dentro del lote 1 AB.
Se detalla en adelante la ubicación, accesos y descripción de cada uno de los pozos descritos a continuación, asimismo, en el plano N° 1 se observa la ubicación de los 17 pozos que ingresarán a etapa de abandono definitivo.
Tabla 2: Coordenadas de ubicación de 17 pozos
Nro. Código de
Pozo Locación Plataforma
Operado por
Coordenadas WGS 84
Distrito Norte Este
1 CAPN-01 Capahuari Norte Plataforma A OXY 334077.11 9702603.13 Andoas
2 CAPS-08D Capahuari Sur Plataforma A OXY 341928.67 9690396.01 Andoas 3 CAPS-10D Capahuari Sur Plataforma C OXY 340742.21 9690296.1 Andoas 4 CAPS-17D Capahuari Sur Plataforma C OXY 340726.28 9690344.45 Andoas
5 CAPS-21D Capahuari Sur Plataforma A OXY 341936 9690286.96 Andoas
6 CAPS-28D Capahuari Sur Plataforma G OXY 342046.06 9689759.07 Andoas
7 CARM-1509R Carmen Plataforma 1X PPN 362329.9 9730101.45 Tigre
8 DORI-20H Dorissa Plataforma J PPN 366452.04 9693847.56 Trompeteros
9 FORE-01X Forestal Plataforma A OXY 370932.6 9740963.08 Tigre
10 FORE-03D Forestal Plataforma C OXY 370498.53 9741195.91 Tigre 11 FORE-07D Forestal Plataforma C OXY 370463.72 9741230.55 Tigre
12 JIBT-03D Jibarito Plataforma B OXY 386726.21 9693980.96 Trompeteros 13 SANJ-07 San Jacinto Plataforma J OXY 400237.62 9752072.31 Tigre
14 SANJ-08D San Jacinto Plataforma D OXY 404465.31 9743292.44 Tigre
15 SHIV-01X Shiviyacu Plataforma D PPN 373878.68 9724120.33 Trompeteros
16 SHIV-20D Shiviyacu Plataforma J OXY 373708.7 9725922.68 Trompeteros
17 TAMS-01XD Tambo Plataforma D OXY 350873.56 9678349.27 Andoas
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Capahuari Sur CAPS-08D y 21D
La locación se encuentra cerca de la quebrada Ushpayacu, tributaria por la margen izquierda del río Capahuari el cual desemboca en el río Pastaza. El río Pastaza forma una subcuenca cuyas aguas van a dar a la gran cuenca del río Marañón.
La vía de acceso a los pozos CAPS-08D y CAPS-21D, sale del campamento principal de Andoas a través de una carretera, la cual se encuentra actualmente habilitada, por donde se recorre una distancia de 3 km hasta el desvío, para continuar en dirección al Este y desde allí 1 Km. adicional hasta la plataforma A donde se encuentran ubicados los pozos Capahuari Sur CAPS-08D y Capahuari Sur CAPS-21D.
En adelante se muestran las fotografías N° 1: Pozo Capahuari sur-08D y fotografía N° 2: Pozo CAPS-21D.
FOTOGRAFÍA N° 1: El pozo CAPS-08D, actualmente se encuentra en abandono, solo cuenta con cabezal, mas no cuenta con otras facilidades tales como tuberías, área de química. La plataforma A no está cementada y está cubierta por vegetación herbácea, cabe indicar que en la locación se realizara el abandono permanente del pozo, mas no de la locación, ya que como muestra la figura existen pozos en estado “Productor.”
FOTOGRAFÍA N° 2: El pozo CAPS-21D, actualmente se encuentra en abandono, solo cuenta con cabezal, mas no cuenta con otras facilidades tales como tuberías. La plataforma esta cementada con visible deterioro y está cubierta por vegetación herbácea, cabe indicar que en esta locación se realizara el abandono permanente del pozo, mas no de la locación, ya que actualmente hay pozos en estado “productor”.
Capahuari Sur CAPS-10D y 17D
La locación donde se ubican los pozos CAPS-10D y 17D se encuentra a la margen derecha del río Pastaza, el cual forma una subcuenca cuyas aguas van a dar a la gran cuenca del río Marañón.
La vía de acceso a los pozos CAPS-10D y CAPS-17D, salen del campamento principal de Andoas a través de una carretera, la cual se encuentra actualmente habilitada, por donde se recorre una distancia de 4.5 km en dirección al Norte y desde allí 0.5 Km. adicional hacia la plataforma C donde se encuentran ubicados los pozos Capahuari Sur CAPS-08D y Capahuari Sur CAPS-21D.
En adelante se muestran las fotografías N° 3: Pozo CAPN-10D y fotografía N° 4: Pozo CAPS-17D.
FOTOGRAFÍA N° 3: El pozo CAPS-10D, actualmente se encuentra en abandono, solo cuenta con cabezal, mas no cuenta con otras facilidades. La plataforma esta cementada cuenta con cellar y se encuentra junto a dos pozos en estado “productor”, por lo que no se realizara el abandono de la locación.
FOTOGRAFÍA N° 4: El pozo CAPS-17D, actualmente se encuentra en abandono, solo cuenta con cabezal, cellar, mas no cuenta con otras facilidades. La plataforma es de cemento, cabe indicar que se realizara el abandono permanente del pozo, sin embargo la locación permanecerá ya que hay pozos en estado “productor”.
Capahuari Sur 28D
La locación donde se ubica el pozo CAPS 28D, se encuentra cerca de la quebrada Otorongo, tributaria por la margen derecha del río Capahuari, el cual desemboca en el río Pastaza. El río
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La vía de acceso al pozo CAPS-28D, sale del campamento principal de Andoas a través de una carretera, la cual se encuentra actualmente habilitada, por donde se recorre una distancia de 3 km hasta el desvío, para continuar en dirección al Este unos 1.01 Km y desde allí 0.5 Km adicional hasta la plataforma G donde se encuentra ubicado el pozo Capahuari Sur CAPS-28D. A continuación se muestra la fotografía N° 5: Pozo CAPS-28D:
FOTOGRAFÍA N° 5: El pozo CAPS-28D, actualmente se encuentra en abandono, solo cuenta con cabezal, mas no cuenta con otras facilidades. No cuenta con plataforma de cemento y está cubierta por vegetación herbácea, cabe indicar que en esta locación se realizara el abandono permanente del pozo, sin embargo no se abandonará la locación, ya que hay otros pozos en estado “productor”.
Dorissa 20H
La locación donde se ubica el pozo DORI 20H se encuentra a la margen izquierda del río Macusari, el cual forma una subcuenca cuyas aguas van a dar a la gran cuenca del río Marañón.
La vía de acceso al pozo Dorissa 20H, sale del campamento principal de Andoas a través de una carretera afirmada, por donde se recorre una distancia de 51 km hasta el desvío (Jibarito-Dorissa), para continuar en dirección al Este, hacia la batería de producción de Dorissa a la cual se llega luego de recorrer 43 Km. adicionales de carretera, luego una distancia adicional de 4 Km hasta la plataforma J donde se encuentra ubicado el pozo DORI-20H.
A continuación se muestra la fotografía N° 6: Pozo DORI-20
FOTOGRAFÍA N° 6: El pozo DORI-20H, actualmente se encuentra en abandono, cuenta con cabezal y parte de la tubería, se encuentra dentro del cellar, dentro de la plataforma hay otros pozos en estado “productor”. Se realizara el abandono permanente del pozo, así mismo de la tubería existente, mas no de la locación.
Forestal 03D, Forestal 07D y Forestal 01X
La locación se encuentra cerca de la quebrada S/N, tributaria por la margen izquierda de la quebrada Machari, la cual desemboca en el río Tigre. El río Pastaza forma una subcuenca cuyas aguas van a dar a la gran cuenca del río Marañón.
La vía de acceso hasta la plataforma de la Locación Forestal sale del campamento principal de Andoas por vía terrestre a través de una carretera afirmada. Saliendo del campamento de Andoas se recorre una distancia de 75 Km. en dirección NE hasta la batería de producción de Shiviyacu y posteriormente 38 Km. adicionales hasta la batería de producción de Forestal, desde allí la plataforma C donde se ubican los pozos Forestal FORE 03D y FORE 07D se encuentra a solo 0.5 Km. de la batería de producción y la plataforma A donde se ubica el pozo FORE-01X se encuentra 0.01 Km de la batería de producción.
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A continuación se muestran las fotografías N° 7,8 y 9: Pozo FORE-03D, Pozo FORE-07D y Pozo FORE-01X respectivamente.
FOTOGRAFÍA N° 7: El pozo FORE-03D, actualmente se encuentra en abandono, cuenta con cabezal y parte de la tubería que será totalmente retirada, se encuentra en el mismo cellar que un pozo de producción y un pozo
reinyector, por lo que se realizara el abandono permanente del pozo, mas no de la locación.
FOTOGRAFÍA N° 8: El pozo FORE-01X, actualmente se encuentra en abandono, solo cuenta con cabezal, se encuentra a pocos metros de la batería de producción Forestal, no cuenta con cellar y tampoco plataforma. Se
realizara el abandono permanente del pozo, mas no de la locación.
FOTOGRAFÍA N° 9: El pozo FORE-07D, actualmente se encuentra en abandono, cuenta con cabezal y parte de la tubería cercana al pozo, Se realizara el abandono permanente del pozo, mas no de la locación, ya que hay otros pozos en estado “productor” en las inmediaciones.
Shiviyacu 01X
La locación Shiviyacu se encuentra cerca de la quebrada Manchari, tributaria por la margen derecha del río tigre, el cual forma una subcuenca cuyas aguas van a dar a la gran cuenca del río Marañón.
La vía de acceso hasta el pozo SHIV-01X sale del campamento principal Andoas, es por vía terrestre a través de una carretera afirmada, por la cual, se recorre una distancia de 75 Km. en dirección NE, hasta la batería de producción de Shiviyacu y desde allí 0.1 Km adicional hasta la plataforma D donde se ubica el pozo 01X.
En adelante se muestra la fotografía del pozo Shiviyacu 01X (Ver Fotografía N° 10).
FOTOGRAFÍA N° 10: El pozo SHIV-01X, actualmente se encuentra en abandono, solo cuenta con cabezal, no tiene cellar, actualmente el área está cubierta por vegetación herbácea, sin embargo cabe indicar que el pozo se abandonara de forma permanente, está cerca a la batería de producción por lo que esta locación no se abandonara.
Shiviyacu 20D
La locación Shiviyacu se encuentra cerca de la quebrada Manchari, tributaria por la margen derecha del río tigre, el cual forma una subcuenca cuyas aguas van a dar a la gran cuenca del
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La vía de acceso hasta el pozo SHIV-20D es la misma que para el pozo SHIV-01X y sale del campamento principal de Andoas por vía terrestre a través de una carretera afirmada por donde se recorre una distancia de 75 Km en dirección NE, hasta la batería de producción Shiviyacu y desde allí 2.5 Km. adicionales en dirección NO, cabe indicar que para poder ingresar a la plataforma J se recorre un tramo de 0.5 Km adicionales hasta la ubicación del pozo SHIV-20D, este último tramo es por una trocha (antigua carretera de acceso).
En adelante se observa la fotografía N°11: Pozo SHIV-20D.
FOTOGRAFÍA N° 11: El pozo SHIV-20D, actualmente se encuentra en abandono, solo cuenta con cabezal, no tiene cellar, actualmente el área está cubierta por vegetación herbácea, el pozo se abandonara de forma permanente, así mismo se abandonara y revegetara la locación.
San Jacinto 08D
La locación San Jacinto se encuentra cerca de la quebrada S/N, tributaria por la margen Izquierda del río Tigre, cuyas aguas van a dar a la gran cuenca del río Marañón.
La vía de acceso hasta el pozo SANJ-08D sale del campamento principal de Andoas por vía terrestre a través de una carretera afirmada por donde se recorre una distancia de 154 Km en dirección NE, hasta la batería de producción San Jacinto y desde allí 1.0 Km. en dirección SO, hasta la plataforma D (costado de la carretera) donde se ubica el pozo SANJ-08D.
A continuación se observa la fotografía N°12: Pozo SANJ-08D.
FOTOGRAFÍA N° 12: El pozo SANJ-08D, actualmente se encuentra en abandono, solo cuenta con cabezal y parte de la tubería que conecta al manifold. Esta dentro de la plataforma conjuntamente con un pozo “productor” y un pozo de reinyección, por lo que cabe indicar que en esta locación se realizara el abandono permanente del pozo mas no de la locación.
San Jacinto 07
La locación San Jacinto se encuentra cerca de la quebrada Yanayacu, tributaria por la margen derecha del río Tigre, el cual desemboca en el río Tigre. Cuyas aguas van a dar a la gran cuenca del río Marañón.
La vía de acceso hasta el pozo SANJ-07 es la misma que para el pozo SANJ-08D y sale del campamento principal de Andoas por vía terrestre a través de una carretera afirmada por donde se recorre una distancia de 154 Km en dirección NE, hasta la batería de producción San Jacinto y desde allí 6.9 Km . Adicionales en dirección NO, hasta la plataforma I, desde donde se camina siguiendo la línea del ducto unos 3.95 Km en dirección NO hasta la plataforma J donde se ubica el pozo SANJ-07. (Ver fotografía N° 13).
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A continuación se observa la fotografía N°13: Pozo SANJ-07
FOTOGRAFÍA N° 13: El pozo SANJ-07, actualmente se encuentra en abandono, cuenta con cabezal y parte de la tubería cercana al pozo, Se realizara el abandono permanente del pozo, así mismo se abandonara la locación y se ha programado la revegetación de la misma.
Carmen 1509R
La Locación Carmen se encuentra a la margen Izquierda del río Corrientes, cuyas aguas van a dar a la gran cuenca del río Marañón.
La vía de acceso hasta el pozo CARM-1509R sale del campamento principal de Andoas por vía terrestre a través de una carretera afirmada por donde se recorre una distancia de 75 Km en dirección NE, hasta la batería de producción Shiviyacu y desde allí 19.0 Km. adicionales en dirección NO, hasta la plataforma 1X donde se ubica el pozo 1509R.
A continuación se observa la fotografía N° 14 (Pozo CARM – 1509R).
FOTOGRAFÍA N°14:El pozo CARM-1509R, actualmente se encuentra en abandono, cuenta con cabezal y se encuentra dentro del cellar con otros pozos, así mismo cabe indicar que cuenta con tubería instalada más no operativa, la cual será totalmente removida al momento del abandono. Se realizara el abandono permanente del pozo, mas no de la locación ya que dentro de la plataforma hay pozos en estado “productor”.
Jibarito 03D
La locación Jibarito se encuentra cerca de la quebrada S/N, tributaria por la margen Izquierda del río Corrientes, el cual forma una subcuenca cuyas aguas van a dar a la gran cuenca del río Marañón.
La vía de acceso hasta el pozo JIBT-03D sale del campamento principal de Andoas por vía terrestre a través de una carretera afirmada por donde se recorre una distancia de 75 Km en dirección NE, hasta la batería de producción Shiviyacu y desde allí 42 Km adicionales en dirección NO, hasta la plataforma B donde se ubica el pozo JIBT-03D.
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En adelante se observa la fotografía N° 15: Pozo JIBT-03D
FOTOGRAFÍA N°15: El pozo JIBT-03D, actualmente se encuentra en estado APA, cuenta con cabezal y parte de la tubería dentro del cellar, en la plataforma hay otros pozos en estado “productor”, por lo que se realizara el abandono permanente del pozo, mas no de la locación.
Capahuari Norte 01
La locación Capahuari Norte se encuentra cerca de la quebrada S/N, tributaria por la margen derecha del río Capahuari, el cual desemboca en el río Pastaza. El río Pastaza forma una subcuenca cuyas aguas van a dar a la gran cuenca del río Marañón.
La vía de acceso al pozo CAPN-01, sale del campamento principal de Andoas a través de una carretera, la cual se encuentra actualmente afirmada, por donde se recorre una distancia de 3 km hasta el desvío, para continuar en dirección al Norte, se recorre 19 Km hasta la plataforma A donde se encuentra ubicado el pozo Capahuari Norte CAPN-01.
A continuación se observa la fotografía N° 16: Pozo CAPN-01.
FOTOGRAFÍA N°16: El pozo CAPN-01, actualmente se encuentra en abandono, solo cuenta con cabezal, mas no cuenta con otras facilidades como cellar, tampoco tuberías. No cuenta con plataforma de cemento y está cubierta por vegetación de la zona, cabe indicar que en esta locación se realizara el abandono permanente del pozo y la locación.
Capahuari Tambo 01XD
La locación Tambo se encuentra cerca de la margen derecha del río Pastaza, el cual forma una subcuenca cuyas aguas van a dar a la gran cuenca del río Marañón.
La vía de acceso al pozo TAMS-01XD, sale del campamento principal de Andoas a través de una carretera, la cual se encuentra actualmente afirmada, por donde se recorre una distancia de 3.60 km hasta el desvío, para continuar en dirección al Norte, se recorre 1.20 Km hasta la plataforma C donde se inicia un camino siguiendo la dirección del Ducto aproximadamente 3.60 Km hasta la Plataforma D donde se ubica el pozo TAMS-01XD. (Ver Fotografía N° 17).
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2.1.2 Rellenos
Orgánicos
Los rellenos orgánicos se encuentran distribuidos en el Lote 1AB, los cuales requieren un cierre definitivo debido al término de su vida útil.
Asimismo se detalla en adelante la ubicación, accesos y capacidad de cada uno de los rellenos descritos a continuación:
Tabla 3: Ubicación de rellenos orgánicos
Nro. Locación Ubicación UTM (WGS84-Z18) Distrito Este Norte
1 CAPAHUARI SUR 340960 9691900 Andoas
2 HUAYURI 364277 9713239 Trompeteros
3 DORISSA 366298 9695858 Trompeteros
4 SHIVIYACU - TENIENTE LOPEZ 374881 9720646 Trompeteros
5 FORESTAL 371447 9741886 San Jacinto
6 SAN JACINTO 404102 9745402 San Jacinto
7 CSUR 341685 9690556 Andoas
8 CAPAHUARI NORTE 339508 9692164 Andoas
9 HUAYURI 366561 9707943 Trompeteros
10 JIBARITO 386317 9693953 Trompeteros
11 SHIVIYACU - TNTE LOPEZ 376153 9719071 Trompeteros
12 FORESTAL 369865 9740224 San Jacinto
13 SAN JACINTO 404102 9745390 San Jacinto
Fuente: Pluspetrol Norte
El Relleno Orgánico Capahuari Sur km 7 - SHIPPING LINE (línea de transporte) cuenta con 2 pozas enterradas, con capacidad para 54 TN. Se encuentra ubicado a la altura del Km 7 de la carretera a Capahuari Sur, a manera de referencia cerca a la línea de transporte (Shipping Line).
El relleno orgánico Huayuri cuenta con 1 poza, con capacidad para 19 TN y se encuentra ubicado a la altura del Km 54 de la carretera que guía a la batería de Huayuri.
El relleno orgánico Dorissa con capacidad para 61 TN, se encuentra ubicado a la altura de la progresiva 18+900 en tránsito a la batería Dorissa. Cabe indicar que en este relleno se viene desarrollando la segregación y acondicionamiento de residuo, ya que este relleno orgánico ha sido operado desde antes de las operaciones de PPN.
El relleno orgánico Shiviyacu-Teniente Lopez, con capacidad para 323 TN, se encuentra ubicado a la altura del Km 3.5 de la carretera a la Batería Shiviyacu y con capacidad para 69 TN el relleno orgánico Forestal.
El relleno Orgánico de San Jacinto cuenta con capacidad para 130 TN y se encuentra ubicado en la Batería San Jacinto.
El relleno orgánico (CSUR celda orgánicos costado de incinerador) con capacidad para 173 TN, se encuentra ubicado en Capahuari Sur. Cabe indicar que cercano a este relleno orgánico se cuenta con un incinerador, el cual también será objeto de abandono, este se encuentra ubicado en las siguientes coordenadas 9690180.46 N 341461.76E.
El relleno orgánico de Capahuari Norte cuenta con 4 celdas, con capacidad para 307 TN, a su vez se encuentra ubicado en la Locación Capahuari Norte, al costado del pozo 32.
El relleno orgánico (Huayuri) cuenta con 2 celdas, con capacidad para 154 TN y se encuentra ubicado en la Locación Huayuri.
El relleno orgánico de Jibarito cuenta con 1 celda y capacidad para 77 TN, se encuentra ubicado en la Locación Jibarito.
Entre Shiviyacu y Teniente López. Se encuentra el relleno orgánico de Shiviyacu que cuenta con 1 celda y con capacidad para 154 TN.
El relleno orgánico Forestal cuenta con 2 celdas y capacidad para 16 TN, se encuentra ubicado en la locación forestal.
En la locación de SAN JACINTO se encuentra ubicado el relleno orgánico con el mismo nombre que cuenta con 2 celdas y capacidad para 154 TN. (Ver mapa N° 2: Ubicación de 13 rellenos orgánicos).
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2.1.3 Residuos
Sólidos
Enterrados
Pluspetrol propone desarrollar mecanismos de gestión ambiental para las zonas consideradas “ emplazamientos de disposición de residuos sólidos enterrados localizados en las cuencas de los ríos Corrientes, Tigres y Pastaza, los mismos que están asociados a las actividades históricas de exploración – explotación de hidrocarburos en el Lote 1AB.
En adelante de detalla la ubicación de los emplazamientos así como el área estimada y cercanía a las comunidades nativas, así como la ubicación de los 19 emplazamientos de residuos sólidos enterrados. (Ver Mapa N° 3.1, 3.2, 3.3 y 3.4: Ubicación 19 emplazamientos de residuos sólidos enterrados).
Tabla 4: Emplazamientos en la cuenca del río Corrientes
Ítem Emplazamientos Sitios Identificados Coordenadas (WGS 84) Comunidad Nativa (CCNN) Distancia a CCNN (m) Este Norte 1 Bahía Jibarito CN-R358 385901 9701404 Antioquia 2492 CN-R359 385905 9701410 2491 CN-R360 385912 9701418 2490 CN-R361 385920 9701411 2479
Tabla 5: Emplazamientos en la cuenca del río Pastaza
Ítem Emplazamientos Sitios Identificados Coordenadas (WGS 84) Comunidad Nativa (CCNN) Distancia a CCNN (m) Este Norte
1 Camino acceso a locación Pozo CN-R121 339769 9691848
Nuevo Andoas
2922 CAPSUR 32 - LD
2 Ex - Campamento de G y M CN-R129 338536 9690193 1000
(frente a la escuela contra incendios)
3 Km 7 +600 Carretera principal hacia Huayurí, acceso a Shipping Line CN-R127 340894 9691969 3902
4 Patio de arenado – Andoas CN-R072 338781 9689498 Los
Jardines
1000
CN-R111 338765 9689570 1000
5 Camino de Acceso a Bahía Los Jardines CN-075 339746 9689267 1310
6 Km 4+300 Carretera hacia CAPNOR
CN-R174 337556 9695082 Titiyacu 4178 CN-R175 337635 9695173 4299 CN-R176 337515 9695070 4141 CN-R177 337573 9694943 4093
00038
Ítem Emplazamientos Sitios Identificados Coordenadas (WGS 84) Comunidad Nativa (CCNN) Distancia a CCNN (m) Este Norte CN-R178 337596 9694905 4083 CN-R179 337677 9694976 4192
7 Km 2+000 Carretera hacia CAPNOR CN-R147 338983 9693030 Porvenir 3701
CN-R148 339005 9693076 3750
Tabla 6: Emplazamientos en la cuenca del río Tigre
Ítem Emplazamiento Código del Sitio Identificado Coordenadas Comunidad Nativa (CCNN) Distancia a CCNN (m) Este Norte 1
Lado derecho de la carretera principal km 150 - San Jacinto, al frente del ingreso al
pozo 2 - 4 CN-R539 403,250 9,745,626
Doce de Octubre
11968
2 parte trasera del almacén de PPN, zona Parte lateral del Taller de SKANSKA y perimetral de patio de tubería
CN-R605 403,536 9,744,822 11164
CN-R606 403,633 9,744,922 11180
CN-R607 403,747 9,744,856 11057
CN-R609 403,479 9,744,759 11153
3
Campamento San Jacinto parte trasera, entre los postes LMT 09 y 10, frente al módulo 1 y al campamento volante de
CH2MHILL
CN-R608 403,476 9,744,544 10992
4
Carretera principal Km. 148+00 Acceso al ex relleno sanitario San Jacinto. Lado
Izquierdo, frente a la garita control
CN-R612 403,957 9,744,558 6000
CN-R613 403,982 9,744,550 6000
5
Carretera principal Km. 148+00 Acceso al ex relleno sanitario San Jacinto. Lado
Derecho CN-R614 404,028 9,744,534 6000 CN-R615 404,043 9,744,577 6000 CN-R620 404,040 9,744,632 2300 CN-R621 404,053 9,744,663 2300 CN-R622 404,053 9,744,680 2300 CN-R623 404,037 9,744,765 2300 CN-R624 404,039 9,744,796 2300 CN-R625 404,182 9,744,800 2300 CN-R626 404,062 9,744,947 2300
6 Carretera principal Km. 150+000 Lado izquierdo, frente al poste 29. CN-R679 402,796 9,745,942 600
7 Jacinto 1A, Km. 4+650 Lado Izquierdo. Carretera acceso hacia Locación San CN-R716 404,200 9,736,766 650
Plan de Abandono Global – Lote 1AB P á g i n a | 3 4 Ítem Emplazamiento Código del Sitio Identificado Coordenadas Comunidad Nativa (CCNN) Distancia a CCNN (m) Este Norte
9 Carretera Principal KM. 144+300 Lado izquierdo, al costado del campamento militar Cahuide
CN-R731 405,774 9,742,420 5800
10 Carretera principal Km. 130 + 100 Lado derecho carretera a San Jacinto CN-R743 412,242 9,737,712 2000
11 Carretera principal hacia San Jacinto, Km 111+500 Lado derecho. CN-R752 401,431 9,730,001 1150
CN-R753 401,485 9,729,859 1150
Fuente: Pluspetrol Norte
3
PLAN DE ABANDONO DE 17 POZOS
3.1 Descripción y Actividades de Abandono
Las actividades de abandono que se contemplan en el siguiente ítem son: Etapa de movilización y logística, etapa de abandono de 17 pozos y desmovilización de equipos e instalaciones, en adelante se detallan cada una de la etapas mencionadas:
3.1.1 Etapa de Movilización y Logística
La principal vía de acceso para la ejecución del proyecto de abandono es la vía terrestre, la cual se realizará desde el Campamento Base (Andoas) hacia la plataformas de los pozos Capahuari Sur, Capahuari Norte, Shiviyacu, Forestal, Carmen, Jibarito, Dorissa y San Jacinto, sin embargo cabe indicar que para la locación San Jacinto (pozo 07) y locación Tambo (pozo 01XD), se requerirá el transporte aéreo, debido al difícil acceso por vía terrestre, al respecto indicamos que no se habilitara helipuertos se usaran espacios libres en las plataformas para la carga y descarga de materiales y equipos, cabe indicar que el traslado de personal será terrestre.
a. Personal
Para cada pozo en abandono se requerirá aproximadamente de 20 personas durante las actividades de abandono del área y los pozos por cada Locación. En la siguiente Tabla se detalla el personal requerido.
Tabla 7: Personal requerido
Cantidad Personal Responsabilidad/Cargo Empresa
2 Supervisor de WO responsable de la operación Pluspetrol
1 Supervisor de seguridad Pluspetrol
1 Enfermero capacitado en Primeros Auxilios o un medico Pluspetrol 1 Vigilante encargado de la seguridad del campamento Seguritas
1 Cocinero – Mozo Sodexo
1 Supervisor de la unidad de Logging Contratista
1 Winchero de la unidad de logging Contratista
3 Ayudante de la unidad de logging Contratista
Plan de Abandono Global – Lote 1AB P á g i n a | 4 0
Cantidad Personal Responsabilidad/Cargo Empresa
1 Operador de la grúa Galion – Mecánico Contratista
1 Flow master – Ayudante de la grúa Galion Contratista
3 Cuadrilla de operadores de CT Contratista
Fuente: Pluspetrol Norte
Cabe indicar que el personal podrá variar en número de acuerdo a los equipos a utilizar durante el cierre de pozos, así mismo a las condiciones de acceso al área de trabajo.
Es importante mencionar que todo el personal tanto técnico como operario estará dotado de los implementos de seguridad necesarios acordes a las actividades que realicen.
b. Equipos
Equipos de tubería continua (Coiled Tubing).
Unidad de tubería continua, unidad de Bombeo y unidad de logging. (utilizar helicóptero Chinook para el transporte de la unidad de tubería continua y algunos componentes con pesos entre 3.5 – 10 TN máximo).
Dos (2) tanques de 50 bls para agua que serán abastecidos mediante cisternas. Materiales – Insumos, necesarios para los trabajos de abandono.
c. Campamento
Para el presente Plan de Abandono, se ha considerado la instalación de 2 campamentos móviles en locaciones remotas tales como en la locación San Jacinto (pozo 07 – plataforma J) y Locación Tambo (pozo 01XD – Plataforma D). Estos campamentos serán acondicionados en sitios donde no se requiera desboscar ni generar impactos sobre el medio, cabe indicar que estos campamentos tendrán un tiempo de permanencia de aproximadamente 20 días durante el cierre del pozo, en cuanto al uso de agua para estos campamentos será agua embotellada para el consumo humano y para las actividades de limpieza y operaciones se captara agua de las quebradas más próximas a la locación.
El campamento donde pernoctará el equipo de trabajo para los trabajos de abandono de las locaciones de Capahuari Norte, Capahuari Sur, será el campamento de Andoas, y en el caso de las demás locaciones se pernoctara en campamentos, baterías cercanas a las locaciones
donde se encuentran las plataformas de los pozos en abandono, cabe decir (locaciones Jibarito, San Jacinto, Shiviyacu, entre otras).
3.1.2 Etapa de Abandono de Pozos
A continuación se detalla el procedimiento de abandono del pozo, cabe indicar que la relación de los 17 pozos de desarrollo para abandono fue entregada a Perúpetro con carta PPN-CO-13-0263-GOB de 18 de Julio 2013.
Así mismo Los Pozos CAPS-21, CAPS-28, CARM-1509R, FORE-1X, FORE-7, JBTO-3, SHIV-1, y SHIV-20; fueron revisados y sus programas entregados a Perúpetro con carta PPN-CO-13-0436-GOB de 17 de diciembre 2013.
A su vez Perupetro dio conformidad al Programa de Abandono de 17 pozos del Lote 1AB, mediante carta GGRL-SUPC-GFST-0150-2014.
a. Pozo Capahuari Sur 08D
Programa Propuesto de abandono de pozo. Desarmar cabezal y armar cabezal
Armar unidad de Coiled Tubing o Equipo de Servicio de Pozos Armar unidad de Cementación.
Realizar prueba de línea de superficie con 1000 psi. Por 5 minutos. Bajar Coiled tubing a 1575 m y circular.
Balancear 13 bbls de cemento (57 m de cemento). Levantar Coiled tubing a 1450 m. y esperar 8 horas. Presurizar pozo con 500 psi durante 15 minutos.
Si pozo mantiene presión continuar con el siguiente paso, de lo contrario repetir tapón de cemento.
Sacar Coiled tubing a superficie y bajar CT con cortador de tubing de 3 1/2".
Plan de Abandono Global – Lote 1AB P á g i n a | 4 2
Balancear 9 bbls de pildora viscosa (40 m). Levantar Coiled tubing a 200 m circular un fondo.
Balancear 47 bbls de cemento y sacar Coiled tubing a superficie.
Sacar cabezal, soldar plato de seguridad, instalar placa con nombre de pozo y coordenadas según normas.
Diagrama N° 1: Diagrama de diseño del pozo