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PCM ANEXO - DECRETO SUPREMO N PCM

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Reglamento de Organizaci6n yFunciones del Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos, Amaz6nicosyAfroperuano - INDEPA

ANEXO - DECRETO SUPREMO N° 028-2006-PCM (EI Decreta Supremo de la referencia se publico el 30 de mayo de 2006)

REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DEL INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO DE PUEBLOS ANDINOS, AMAZONICOS Y AFROPERUANO INDEPA

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TiTULO I

TiTULO II

DISPOSICIONES GENERALES

CAPITULO I DEL CONTENIDO, BASE LEGAL Y ALCANCE

CAPITULO II DE LA NATURALEZA Y FUNCION DE lA ESTRUCTURA ORGANICA Y FUNCIONES CAPITULO I CAPITULO II CAPITULO III CAPITULO IV CAPITULO V CAPITULO VI DE LA ESTRUCTURA DE LA ALTA DIRECCION DEL ORGANO DE CONTROL

DE LOS ORGANOS DE ASESORAMIENTO DE LOS ORGANOS DE APOYO

DELOSORGANOSDEL~EA TiTULO III

TiTULO IV ANEXO

DE LAS RELACIONES INSTITUCIONAlES DEL REGIMEN LABORAl Y ECONOMICO ORGANIGRAMA ESTRUCTURAl DEL INDEPA

REGlAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DEL INSTITUTO NACIONAl DE DESARROllO DE PUEBLOS ANDINOS, AMAZONICOS Y AFROPERUANO - INDEPA

TiTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES

CAPiTULO I

DEL CONTENIDO, BASE lEGAL Y AlCANCE Articulo 1.- Contenido

EI presente Reglamento de Organizaci6n y Funciones es el instrumento tecnico de gesti6n que establece la estructura orqanica, las funciones y atribuciones del Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos, Amaz6nicos y Afroperuano - INDEPA.

Articulo 2.- Base legal

Constituye base legal del presente reglamento la Ley N° 28495, Ley de creaci6n del INDEPA y el Decreto Supremo N° 065-2005-PCM que aprueba su Reglamento.

Para efectos del presente reglamento, la referencia a Ley y Reglamento corresponden a la Ley N° 28495 Yal Decreto Supremo N° 065-2005-PCM, respectivamente.

Articulo 3.- Alcance

Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento son de aplicaci6n y cumplimiento obligatorio por todos los 6rganos que integran el INDEPA.

CAPiTULO II

DE lA NATURAlEZA, FINALIDAD Y FUNCIONES Articulo 4.- Naturaleza

EI Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos, Amaz6nicos y Afroperuano creado por Ley N° 28495, en adelante INDEPA, es un Organismo Publico Descentralizado - OPD, con rango Ministerial, personerfa jurfdica de derecho publico, con autonomfa funcional, tecnica, econ6mica, financiera, administrativa y presupuestal.

Constituye un Pliego Presupuestal adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros. Articulo 5.- Finalidad

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Articulo 6.- Funciones Son funciones del INDEPA:

a. Formular y aprobar conforme a ley, las politicas, planes, programas, y proyectos de alcance nacional para el desarrollo integral de los Pueblos Andinos, Amaz6nicos y Afroperuano.

b. Planificar, programar y coordinar con los Gobiernos Regionales y Locales las actividades de desarrollo integral de los Pueblos Andinos, Amaz6nicos y Afroperuano.

c. Coordinar con los Gobiernos Regionales la ejecuci6n de los programas y proyectos de alcance regional, para el desarrollo de los Pueblos Andinos, Amaz6nicos y Afroperuano en concordancia con el articulo 45 de la Ley orqanlca de Gobiernos Regionales.

d. Concertar, articular y coordinar las acciones de apoyo, fomento, consulta popular, capacitaci6n, asistencia tecnica y otros, de las entidades publicas y privadas a favor de los Pueblos Andinos, Amaz6nicos y Afroperuano.

e. Coordinar con los Gobiernos Regionales las acciones pertinentes para la protecci6n de la diversidad biol6gica peruana y los conocimientos colectivos de los pueblos indigenas, a las que se refiere la Ley N° 28216, Ley de Protecci6n al Acceso a la Diversidad Biol6gica Peruana y los Conocimientos Colectivos de los Pueblos Indigenas.

f. Promover y asesorar a los Pueblos Andinos, Amaz6nicos y Afroperuano en las materias de su competencia.

g. Elaborar y mantener actualizada la estadistica de Pueblos Andinos, Amaz6nicos y Afroperuano, basandose en los Registros Publicos y de aquellos que se encuentren en proceso de reconocimiento.

h. Estudiar los usos y costumbres de los Pueblos Andinos, Amaz6nicos y Afroperuano, como fuente de derecho buscando su reconocimiento formal.

i. Canalizar los recursos financieros destinados para el INDEPA, con fines de desarrollo de los Pueblos Andinos, Amaz6nicos y Afroperuano.

j. Coordinar con el Proyecto Especial de Titulaci6n de Tierras y Catastro Rural (PETT), a efecto de culminar con el proceso de saneamiento ffsico legal territorial de los Pueblos Andinos, Amaz6nicos y Afroperuano.

k. Las establecidas en el Reglamento de la Ley N° 28495 Y dernas que por norma legal Ie corresponda. TiTULO SEGUNDO

DE lA ESTRUCTURA ORGANICA Y FUNCIONES CAPiTULO I

DE lA ESTRUCTURA Articulo 7.- Estructura Orqanica

La estructura orqanica dellNDEPA es la siguiente: AlTA DIRECCION

- Consejo Directivo - Presidencia Ejecutiva - Secreta ria Tecnica

- Unidad de Imagen Institucional y Comunicaciones ORGANO DE CONTROL

- Organo de Controllnstitucional ORGANOS DE ASESORAMIENTO - Oficina de Asesoria Juridica

- Oficina General de Planeamiento y Presupuesto - Oficina de Planeamiento

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- Oficina de Proyectos y Cooperacion Tecnica Internacional ORGANOS DE APOYO

- Oficina General de Adrninistracion y Finanzas - Oficina de Contabilidad y Tesoreria

- Oficina de Logistica

- Oficina de Recursos Humanos - Oficina de Informatica y Estadistica ORGANOS DE liNEA

- Direccion de Biodiversidad, Conocimientos Colectivos y Territorio - Unidad de Biodiversidad y Conocimientos Colectivos

- Unidad de Saneamiento y Territorio - Unidad de lnvestiqacion y Cultura

- Unidad de Pueblos en Aislamiento Voluntario y Contacto Inicial

- Direccion de Desarrollo de Pueblos Andinos, Arnazonicos y Afroperuano - Unidad de Desarrollo de Pueblos Andinos

- Unidad de Desarrollo de Pueblos Arnazonicos - Unidad de Desarrollo del Pueblo Afroperuano

CAPiTULO II DE lA ALTA DIRECCION

CONSEJO DIRECTIVO Articulo 8.- Del Consejo Directivo

EI Consejo Directivo es el maximo organa del INDEPA, esta conformado por los miembros sefialados en el articulo 6 de la Ley N° 28495.

Articulo 9.-De las Funciones y Atribuciones

EIConsejo Directivo tiene las siguientes funciones y atribuciones:

a. Formular la polftica nacional de desarrollo integral de los Pueblos Andinos, Arnazonicos y Afroperuano. b. Aprobar su Reglamento Interno.

c. Aprobar los programas y proyectos de alcance regional dirigidos a la prornocion, defensa, afirmacion de los derechos y desarrollo con identidad de los Pueblos Andinos, Arnazonicos y Afroperuano, en coordinacion con los dernas sectores de la Adrninistracion Publica.

d. Designar0 remover al Secreta rio Tecnico.

e. Las establecidas en el Reglamento de la Ley y dernas que por norma legal Ie corresponda. Articulo 10.- De laeleccion, acreditacionyvacancia.

Los miembros del Consejo Directivo son acreditados mediante Resolucion Suprema de la Presidencia del Consejo de Ministros. Los integrantes del Consejo Directivo que representan a los Pueblos Andinos, Arnazonicos y Afroperuano, son elegidos de acuerdo al Reglamento de la Ley N° 28495 del Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos, Arnazonicos y Afroperuano.

La vacancia de los miembros del Consejo Directivo se declara por las causales establecidas en el articulo 10 del Reglamento de la Ley mencionada en el parrafo anterior.

PRESIDENCIA EJECUTIVA Articulo 11.- Del Presidente Ejecutivo

EI Presidente Ejecutivo es el titular del Pliego Presupuestal y tiene rango de Ministro, el cual es designado por la Presidencia del Consejo de Ministros mediante Resolucion Suprema. Tiene las siguientes funciones y atribuciones:

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b. Proponer las polfticas nacionales de desarrollo integral de los Pueblos Andinos, Arnazonicos y Afroperuano.

c. Formular y emitir opinion tecnica sobre las polfticas nacionales y los lineamientos de las mismas, vinculadas a la prornocion, defensa, afirmacion de los derechos y desarrollo con identidad de los Pueblos Andinos, Arnazonicos y Afroperuano, en coordinacion con los dernas sectores de la Adrninistracion Publica.

d. Ejecutar las polfticas y estrategias que apruebe el Consejo Directivo.

e. Proponer los instrumentos de qestion del INDEPA para su aprobacion conforme a Ley.

f. Dirigir, controlar y supervisar las actividades de la entidad, conforme a la Ley del INDEPA y dernas normas legales.

g. Efectuar la qestion presupuestaria, en las fases de proqrarnacion, forrnulacion, aprobacion, ejecucion y evaluacion, y el control del gasto, de conformidad con las normas legales en materia presupuestaria.

h. Aprobar la Memoria Anual.

i.Designar a los funcionarios de confianza de la lnstitucion.

j. Aprobar la estructura de cargos y niveles remunerativos de la lnstitucion conforme a las disposiciones vigentes.

k. Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la lnstitucion de acuerdo a Ley.

I. Presentar semestralmente a la Presidencia del Consejo de Ministros un informe sobre los avances realizados por el INDEPA.

m. Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias al Consejo Directivo a traves de la Secretarfa Tecnica. n. Asistir a sesiones del Consejo de Ministros con voz pero sin voto.

o. Aprobar la apertura y el cierre de oficinas del INDEPA.

p. Autorizar el ingreso, cese y rotacion de personal, en concordancia con la normatividad vigente.

q. Delegar en los Directores y Jefes las facultades y atribuciones que Ie asigne la Ley y el Reglamento de orqanlzaclon y Funciones, que no sean privativas como titular del pliego.

r. Expedir Resoluciones Presidenciales en materia de adrninistracion y su competencia. s. Las establecidas en el Reglamento de la Ley y dernas que por norma legal Ie corresponda.

SECRETARiA TECNICA Articulo 12.- De la SecretariaTecnica

La Secretarfa Tecnica es el organa responsable de la marcha administrativa y operativa de la institucion, de la ejecucion y del cumplimiento de las polfticas y lineamientos establecidos para el INDEPA.

Articulo 13.- De las funciones

Son funciones de la Secretarfa Tecnica:

a. Articular, coordinar y supervisar las labores, funciones y responsabilidades de las areas operativas y administrativas de la lnstitucion.

b. Cumplir con las funciones asignadas por el Presidente Ejecutivo.

c. Proponer al Consejo Directivo el Plan Operativo y Presupuesto institucional para su trarnite de aprobacion, coordinando las acciones necesarias con los orqanos responsables para garantizar su cumplimiento.

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e. Asistir, asesorar y emitir opinion tecnica a la Presidencia Ejecutiva y al Consejo Directivo del INDEPA, en asuntos tecnicos, administrativos y legales, cuando corresponda.

f.Dirigir el trarnite documentario Institucional. g. Actuar como Secreta rio del Consejo Directivo.

h. Dirigir las acciones en materia de defensa nacional, en 10 que corresponda al INDEPA.

i.Las dernas que Ie asigne el Presidente Ejecutivo y el presente Reglamento. Articulo 14.- Unidad de Imagen Institucional yComunicaciones

La Unidad de Imagen Institucional y Comunicaciones es la encargada de fortalecer la imagen de la institucion a traves de la informacion, marketing y difusion de las actividades relevantes; entrelazando acciones de protocolo y de eventos sociales en las que participa la Alta Direccion. Depende de la Secretarfa Tecnica.

Articulo 15.- De las funciones

Son funciones de la Unidad de Imagen Institucional y Comunicaciones:

a. Desarrollar las polfticas y actividades de imagen institucional relacionadas con comunicaciones, relaciones publicas, prensa y protocolo.

b. Velar por la proyeccion de la buena imagen de la institucion a traves de los instrumentos pertinentes a nivel nacional.

c. Mantener debidamente informada a la opinion publica sobre las actividades que desarrolla el INDEPA. d. Desarrollar y ejecutar las estrategias de publicidad.

e. Establecer y mantener relaciones permanentes con los medios de cornunicacion,

asi

como con entidades publicas y privadas, nacionales e internacionales.

f.Mantener estrecha coordinacion con todas las unidades orqanicas del INDEPA, a fin de informar respecto de las actividades que tengan como objetivo difundir mensajes sobre las acciones que desarrolla la institucion.

g. Disefiar y difundir la Revista y el Boletfn Institucional.

h. Organizar eventos oficiales y cumplir los pactos protocolares de la lnstitucion.

i.Apoyar a los orqanos dellNDEPA en todas aquellas necesidades de difusion y cornunicacion.

j. Atender, analizar y resolver las consultas de los ciudadanos a traves de la atencion en linea personalizada, internet y buzones de sugerencias

k. Actualizar la informacion para la paqina web, en 10 relacionado con la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica.

I.Elaborar la Memoria Anual de la lnstitucion.

m. Otras funciones que se Ie asigne en materia de su competencia. CAPiTULO III

DEL ORGANa DE CONTROL ORGANa DE CONTROL INSTITUCIONAl Articulo 16.- De la Oficina de Control Institucional

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Articulo 17.- De las funciones

Son funciones del Organo de Control Institucional:

a. Ejercer el Control interno posterior a los actos y operaciones de la entidad, sobre la base de los lineamientos y cumplimiento del Plan Anual de Control, y el control externo por encargo de la Contralorfa General.

b. Efectuar auditorfas a los estados financieros y presupuestarios de la entidad,

asi

como a la qestion de la misma, de conformidad con las pautas que seriate la Contralorfa General. Alternativamente, estas auditorias podran ser contratadas por la entidad con Sociedades de Auditorfa Externa, con sujecion al reglamento sobre la materia.

c. Ejecutar las acciones y actividades de control a los actos y operaciones de la entidad, que disponga la Contralorfa General,

asi

como, las que sean requeridas por el Titular de la entidad. Cuando estas ultirnas tengan caracter de no programadas, su realizacion sera comunicada a la Contralorfa General por el Jefe del OCI. Se consideran actividades de control, entre otras, las evaluaciones, diligencias, estudios, investigaciones, pronunciamientos, supervisiones y verificaciones.

d. Efectuar control preventivo sin caracter vinculante, al organa de mas alto nivel de la entidad con el proposito de optimizar la supervision y mejora de los procesos, practicas e instrumentos de control interno, sin que ello genere prejuzgamiento u opinion que comprometa el ejercicio de su funcion,

via

el control posterior.

e. Remitir los informes resultantes de sus acciones de control a la Contralorfa General,

asi

como, al Titular de la entidad y del Sector cuando corresponda, conforme a las disposiciones sobre la materia.

1. Actuar de oficio, cuando en los actos y operaciones de la entidad, se adviertan indicios razonables de ilegalidad, de ornision 0 de incumplimiento, informando al Titular de la entidad para que adopte las medidas correctivas pertinentes.

g. Recibir y atender las denuncias que formulen los funcionarios y servidores publicos y ciudadanos, sobre actos y operaciones de la entidad, otorqandole el trarnite que corresponda a su rnerito y docurnentaclon sustentatoria respectiva.

h. Formular, ejecutar y evaluar el Plan Anual de Control aprobado por la Contralorfa General, de acuerdo a los lineamientos y disposiciones emitidas para el efecto.

i.Efectuar el seguimiento de las medidas correctivas que adopte la entidad, como resultado de las acciones y actividades de control, comprobando su rnaterializacion efectiva, conforme a los terminos y plazos respectivos. Dicha funcion comprende efectuar el seguimiento de los procesos judiciales y administrativos derivados de las acciones de control.

j. Apoyar a las comisiones que designe la Contralorfa General para la ejecucion de acciones de control en el ambito de la entidad. Asimismo, el jefe del OCI y el personal de dicho Organo colaboraran, por disposicion de la Contralorfa General, en otras acciones de control externo, por razones operativas 0 de especialidad.

k. Verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y normativa interna aplicables a la entidad, por parte de las unidades orqanicas y personal de esta.

I. Formular y proponer el presupuesto anual del organa de Control Institucional para su aprobacion correspondiente por la entidad.

m. Cumplir diligentemente con los encargos, citaciones y requerimientos que Ie formule la Contralorfa General.

n. Otras que establezca la Contralorfa General y las normas vigentes. CAPiTULO IV

DE lOS ORGANOS DE ASESORAMIENTO OFICINA DE ASESORiA JURiDICA Articulo 18.- De la Oficina de Asesoria Juridica

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Articulo 19.- De las funciones

Son funciones de la Oficina de Asesorfa Jurfdica:

a. Asesorar a la Alta Direccion y a los dernas orqanos de la lnstitucion en los asuntos jurfdicos que se Ie encomiende.

b. Elaborar y visar resoluciones y proyectos de dispositivos legales, que permitan al INDEPA, cumplir con sus objetivos Institucionales.

c. Absolver consultas legales formuladas por las oficinas sobre asuntos relacionados con eIINDEPA.

d. Emitir opinion sobre los asuntos 0 recursos impugnativos que se resuelven en ultima instancia administrativa por el INDEPA.

e. Emitir opinion jurfdica en los proyectos de ley de iniciativa del Poder Ejecutivo,

asi

como en los casos de Decretos y dernas normas en materia de competencia la lnstitucion.

1. Compilar, concordar y sistematizar la leqislacion de competencia del INDEPA. g. Las dernas que Ie asigne la Secretarfa Tecnica y que sean de su competencia.

OFICINA GENERAL DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO Articulo 20.- De la Oficina General de PlaneamientoyPresupuesto

La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto es el organa encargado de formular y evaluar las polfticas, planes, programas institucionales y proyectos; responsable de conducir las etapas del proceso presupuestario del Pliego, de conformidad con las normas vigentes,

asi

como de la cooperacion tecnica. Coordina la forrnulacion de los documentos de qestion Institucional de su competencia.

Articulo 21.- De las funciones

Son funciones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto:

a. Asesorar a la Alta Direccion del INDEPA, en la forrnulacion de la Polftica de Desarrollo Institucional, de corto, mediano y largo plazo.

b. Elaborar y proponer el Plan Estrateqico Institucional y el Plan Operativo Anual.

c. Conducir el proceso de proqrarnacion, forrnulacion, aprobacion, control y evaluacion del presupuesto institucional.

d. Efectuar el seguimiento y evaluacion del Plan Estrateqico del INDEPA.

e. Disefiar e implementar el Sistema de Monitoreo y Evaluacion Institucional de los planes, programas, proyectos y cooperacion tecnica deIINDEPA.

1. Coordinar la aprobacion de los documentos normativos de qestion tales como el Reglamento de orqanlzaclon y Funciones (ROF), Manual de orqanlzaclon y Funciones (MOF), el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), el Cuadro para Asiqnacion de Personal (CAP), y otros que sean necesarios.

g. Las dernas que Ie asigne la Secretarfa Tecnica y las que sean de su competencia funcional.

Articulo 22.- Para el cumplimiento de sus funciones, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto esta conformada por la Oficina de Planeamiento, la Oficina de Presupuesto y la Oficina de Proyectos y Cooperacion Tecnica Internacional.

Articulo 23.- De la Oficina de Planeamiento

La Oficina de Planeamiento es la encargada de coordinar el proceso de formulacion, supervision yevaluacion de los planes estrateqicos, planes operativos,

asi

como formular, coordinar y proponer los documentos de qestion que coadyuven a la rnodernizacion de los procesos de la institucion.

Articulo 24.- De las funciones

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a. Dirigir la forrnulacion, seguimiento y evaluacion del plan estrateqico institucional y los planes operativos institucionales de acuerdo a los lineamientos y directivas vigentes.

b. Planificar y organizar actividades de proqrarnacion, ejecucion y evaluacion del proceso de racionalizacion administrativa dentro del contexto del proceso de rnodernizacion del Estado.

c. Coordinar, elaborar y proponer el desarrollo y actualizacion de los documentos de gestion institucional, como el ROF, MOF, CAP, TUPA Y otros,

d. Dirigir la forrnulacion de normas, evaluacion y reformulacion de planes estrateqicos y operativos.

e. Coordinar y conducir la elaboracion de normas, procedimientos, reglamentos y otros relacionados con los organos, evaluando los resultados y proponiendo las modificaciones y/o actualizaciones correspondientes.

f.Emitir opinion tecnica sobre los proyectos de directivas, manuales y otros instrumentos normativos internos, en concordancias con la normatividad vigente, as! como aquellas que Ie sean requeridas en el ambito de su competencia.

g. Las dernas relacionadas a su ambito de accion, que Ie sean encomendadas por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto.

Articulo 25.- De la Oficina de Presupuesto

La Oficina de Presupuesto es la encargada de conducir la forrnulacion del presupuesto, evaluar su ejecucion y proponer las modificaciones presupuestales.

Articulo 26.- De las funciones

Son funciones de la Oficina de Presupuesto:

a. Coordinar, asesorar y ejecutar el proceso de Proqrarnacion y Forrnulacion del Presupuesto como instrumento de qestion econornica y financiera en el marco de las polfticas y objetivos contenidos en el Plan Estrateqico Sectorial e Institucional.

b. Coordinar y proponer las modificaciones presupuestarias, as! como evaluar la ejecucion presupuestaria del Pliego Institucional;

c. Evaluar el grado de cumplimiento de los avances ffsico y financiero del Pliego Institucional a nivel de Metas Presupuestarias, Componentes, Actividades, Proyectos, Subprogramas, exponiendo los logros obtenidos, problemas presentados, causas que 10 motivaron y las medidas correctivas y/o sugerencias a adoptar;

d. Elaborar las normas y directivas internas relacionadas a su accionar para la forrnulacion, ejecucion, evaluacion del presupuesto.

e. Procesar la estadistica presupuestaria, as! como proyectar estimaciones de ingresos y egresos en las fuentes que financian el presupuesto sectorial e institucional;

f.Coordinar y proponer las necesidades de gastos en terrninos de objetivos y metas de las dependencias de la institucion, mediante los respectivos Calendarios de Compromisos;

g. Emitir informes sobre disponibilidad presupuestaria, as! como opinion sobre todo tipo de rnodiflcacion presupuestaria y,

h. Las dernas relacionadas a su ambito de accion, que Ie sean encomendadas por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto.

Articulo 27.- De la Oficina de Proyectos y Cooperaci6n Tecnica Internacional

La Oficina de Proyectos y Cooperacion Tecnica Internacional es el organa encargado de formular, evaluar, gestionar y viabilizar la aprobacion de proyectos, con el proposito de promover el desarrollo de los Pueblos Andinos, Arnazonicos y Afroperuano; y en cuanto a la Cooperacion Tecnica Internacional, actua como responsable de la qestion, neqociacion, seguimiento y evaluacion de los programas y proyectos a cargo de la lnstitucion.

Articulo 28.- De las funciones

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a. Identificar, Formular y Evaluar Proyectos de prornocion de los Pueblos Andinos, Arnazonicos y Afroperuano.

b. Dirigir y coordinar el proceso de forrnulacion, aprobacion y de ser el caso la ejecucion y evaluacion de los proyectos en concordancia con las normas vigentes.

c. Elaborar y proponer proyectos sociales a favor de los pueblos andinos, arnazonicos, afroperuano y pueblos en aislamiento voluntario.

d. Promover proyectos de Inversion en el Sector orientados a la cooperacion internacional en el marco del Sistema Nacional de Inversion Publica.

e. Establecer los criterios y mecanismos de aplicacion, en el control y supervision del cumplimiento de la unidad ejecutora de los programas y proyectos con los sectores en convenio (Regional, Local y Otros).

f. Conducir la qestion y neqociacion de la Cooperacion Internacional en el INDEPA en coordinacion con las Instituciones Gubernamentales y no Gubernamentales competentes,

asi

como, ante las Fuentes Cooperantes correspondientes.

g. Coordinar con los Gobiernos Regionales y Locales, los programas y proyectos orientados a favor de los pueblos para promover la Cooperacion Tecnica y Financiera Internacional.

h. Brindar asesorfa tecnica y orientacion sobre la oferta y demanda de la Cooperacion Tecnica y Financiera Internacional,

asi

como de los procedimientos normativos para su qestion y neqociacion correspondiente.

i. Seguimiento a la ejecucion de los Convenios, Programas, Proyectos y Actividades del INDEPA con la Cooperacion Internacional.

j. Captar fuentes de financiamiento externo, y verificar e informar de sus resultados en concordancias a las polfticas institucionales y a la normatividad vigente.

k. Mantener actualizado el Banco de Proyectos del INDEPA

I.Las dernas que Ie asigne la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto. CAPiTULO V

DE LOS ORGANOS DE APOYO

OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACION Y FINANZAS Articulo 29.- De la Oficina General deAdrninistracion yFinanzas

La Oficina General de Adrninistracion y Finanzas es el organa encargado de administrar los recursos humanos, financieros y materiales y proveer los servicios necesarios para el normal desenvolvimiento del INDEPA.

Articulo 30.- De las funciones

Son funciones de la Oficina General de Adrninistracion y Finanzas:

a. Programar, dirigir y supervisar el cumplimiento de las actividades relacionadas con recursos humanos, contabilidad, tesorerfa, logfstica, informatica y estadfstica en concordancia con las normas tecnicas y legales.

b. Supervisar la forrnulacion y el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del INDEPA.

c. Consolidar mensualmente a nivel de Pliego los balances y estados financieros, en cumplimiento de las disposiciones legales vigentes.

d. Proponer, cumplir y hacer cumplir las normas y procedimientos administrativos de las areas de personal, logfstica, contabilidad y tesorerfa.

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f. Procesar y consolidar la ejecucion presupuestal del pliego en coordinacion con la Oficina General de Planificacion y Presupuesto.

g. Recibir y controlar financieramente las donaciones que se realicen a la institucion de acuerdo a las normas y procedimientos vigentes.

h. Formular y proponer a la Presidencia Ejecutiva las directivas de adrninistracion de los recursos humanos, financieros, materiales y la provision de bienes y servicios.

i.Proponer a la Presidencia Ejecutiva la escala remunerativa y la polftica salarial del INDEPA. j. Supervisar la correcta ejecucion de los servicios generales de la lnstitucion.

k. Elevar al titular del Pliego la informacion para la elaboracion de la cuenta General de la Republica para su rernision a la Direccion Nacional de Contabilidad Publica.

I. Evaluar y verificar el cumplimiento financiero de los contratos bajo su competencia, dentro de los plazos establecidos.

II. Asegurar la correcta adrninistracion de los seguros de la lnstitucion.

m. Supervisar el control previa y concurrente en las acciones de su competencia, en cumplimiento de las normas del Sistema Nacional de Control.

n. Participar, en coordinacion con la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en las fases de proqrarnacion y forrnulacion del Presupuesto institucional.

n.

Administrar los recursos econornicos y financieros en concordancia con el Plan Estrateqico Institucional y los Planes Operativos Institucionales aprobados.

o. Supervisar el registro de las fases de ejecucion de gastos en el Sistema Integrado de Adrninistracion Financiera del Sector Publico (SIAF-SP), conforme a la normatividad vigente;

p. Informar oportuna y periodicarnente a la Alta Direccion y a los organismos competentes sobre la situacion econornica y financiera deIINDEPA.

q. Administrar el desarrollo del potencial humano aplicando procesos tecnicos que contribuyan a elevar el nivel de calidad, productividad y satisfaccion en el trabajo del personal de la institucion, dentro del marco etico y moral generando una cultura de servicio al usuario;

r. Planificar y promover programas de capacitacion y de bienestar social para los trabajadores de la institucion;

s. Ejecutar los procesos de remuneraciones y pensiones;

1. Supervisar la atencion de los requerimientos de bienes y servicros conforme al Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones,

asi

como las adquisiciones de Menor Cuantfa y compras directas en concordancia con la Ley de Contrataciones del Estado y con otras normas aplicables a las adquisiciones;

u. Administrar los bienes muebles e inmuebles de la entidad controlando su mantenimiento,

asl

como el margesf de los mismos;

v. Supervisar el proceso de incorporacion0 baja,

asi

como de adrninistracion de los bienes patrimoniales; w. Supervisar las actividades relacionadas a informatica y estadfstica deIINDEPA;

x. Supervisar el servicio de seguridad, limpieza y otros de las edificaciones e instalaciones de la institucion; y. Emitir Resoluciones Directorales en el ambito de su competencia.

(12)

Articulo 31.- Para el cumplimiento de sus funciones la Oficina General de Adrninistracion y Finanzas esta conformada por las Oficina de Contabilidad y Tesorerfa, Logfstica, Recursos Humanosy la Oficina de Informatica y

Estadfstica.

Articulo 32.- De la Oficina de ContabilidadyTesoreria

La Oficina de Contabilidad y Tesorerfa es la encargada de organizar, coordinar, ejecutar y controlar los procesos tecnicos del sistema de contabilidad

Articulo 33.- De las funciones

Son funciones de la Oficina de ContabilidadyTesorerfa:

a. Planificar y dirigir la proqrarnacion, ejecucion y evaluacion de los procesos tecnicos del Sistema de contabilidad yel sistema de Tesorerfa;

b. Dirigiry coordinar la forrnulacion de los estados financieros;

c. Conducir la fase de ejecucion presupuestaria en sus etapas de compromisos, devengados y giros en el Sistema Integrado de Adrninistracion Financiera del Sector Publico (SIAF-SP);

d. Elaborar y presentar los Balances de Cornprobacion Mensual, Balance General, Estado de Gestion, Estado de cambios en el Patrimonio Neto y Estado de Flujos de Efectivo,

asi

como el informe de los Estados de Ejecucion Presupuestaria para la Cuenta General de la Republica;

e. Coordinar el desarrollo de las actividades contables con los orqanos de la institucion y obtener la informacion financiera necesaria que permita tomar decisiones;

1. Participar en las fases de proqrarnacion y forrnulacion del presupuesto de la institucion, en coordinacion con la Oficina General de PlanificacionyPresupuesto;

g. Supervisar el proceso contable de control patrimonial, bajas, altasydepreciaciones de los bienes;

h. Ejercer el control previa de las operaciones financieras, contables yadministrativas en 10 que corresponde;

i. Verificar el cumplimiento de las normas y directivas del Sistema Nacional de Control y de los diferentes sistemas administrativos;

j. Verificar y dar conformidad de la correcta ernision y sustentacion de la docurnentacion fuente para la ejecucion de compromisos, devengadosypagos;

k. Participaryproponer la elaboracion de directivas en el ambito de su competencia funcional;

I. Asesoraryorientar a los orqanos de la institucion acerca de los metod osynormas del sistema contable; m. Controlar la ejecucion, liquidacion, renovacion del fonda para pagos en efectivo y de cajas chicas, y

efectuar arqueos inopinados de acuerdo a las normas;

n. Controlar la liquidacion oportuna de los fondos otorgados a los funcionarios (encargosyviaticos),

asi

como de los fondos entregados a otras entidades con cargo a rendir cuentas, en virtud a convenios0 similares; y,

o. Planificarydirigir la proqrarnacion, ejecucionyevaluacion de procesos tecnicos del Sistema de Tesorerfa; p. Conducir la fase de ejecucion presupuestaria en su etapa de giro en el Sistema Integrado de Adrninistracion Financiera del Sector Publico (SIAF-SP)

q. Efectuar el control de ingresos financieros de la institucion;

r. Efectuar la conciliacion de estados de cuentas corrientes bancarias; s. Custodiarycontrolar las cartas fianzas ydocumentos valorados;

1.Participaryproponer la elaboracion de directivas en el ambito de su competencia funcional;

(13)

v. Supervisar y controlar el uso y la liquidaci6n oportuna de los fondos en efectivo y cajas chicas; w. Organizar y administrar el Archivo tecnico de Contabilidad y Tesorerfa.

x. Cumplir las dernas funciones que Ie asigne el Director General de Administraci6n y Finanzas y otras que sean de su competencia funcional.

Articulo 34.- De la Oficina de Logistica

La Oficina de Logfstica, es la encargada de programar, dirigir, ejecutar y coordinar las acciones administrativas del sistema de abastecimiento, planificar y coordinar las adquisiciones y contrataciones de bienes y servicios, mantenimiento, servicios generales, control patrimonial y seguridad institucional.

Articulo 35.- De las funciones

Son funciones de la Oficina de Logfstica:

a. Planificar, dirigir y evaluar la programaci6n de las adquisiciones de bienes y contrataci6n de servicios requeridos por las diversas areas de la Entidad.

b. Elaborar y proponer el Plan anual de Adquisiciones y Contrataciones,

asi

como sus modificatorias;

c. Atender los requerimientos de los diversos 6rganos de la entidad, en base a la programaci6n efectuada, remitiendo, sequn corresponda, el expediente tecnico aprobado al Cornite Especial Permanente 0 a los Comites Especiales de los procesos de selecci6n, quienes se encarqaran de la conducci6n de los mismos, de acuerdo a la normatividad que rige a las contrataciones y adquisiciones del Estado;

d. Elaborar las especificaciones tecnicas de los bienes y servicios en coordinaci6n con los 6rganos de la instituci6n requeridos para su normal funcionamiento;

e. Asistir tecnicarnente a los Comites designados para lIevar a cabo los procesos de selecci6n;

1. Celebrar contratos y/o emitir 6rdenes de servicios 0 de compra, derivados de procesos de selecci6n 0, en su caso, de contrataciones y/o adquisiciones en donde no resulte aplicable la normatividad que rige a las contrataciones y adquisiciones del Estado;

g. Verificar la conformidad de la recepci6n de los bienes en el alrnacen central y supervisar las existencias de bienes del Alrnacen;

h. Ejercer el control y custodia de los bienes de activos fijos de la instituci6n;

i. Supervisar la actualizaci6n permanente del cataloqo de bienes de la instituci6n,

asi

como la actualizaci6n de las estadfsticas de precios de bienes y servicios utilizados por la instituci6n;

j. Conducir los procesos de inventarios patrimoniales peri6dicos e informar ala Oficina de Contabilidad; y, k. Dirigir y controlar los servicios generales, el mantenimiento y reparaci6n de las instalaciones, equipos, muebles y vehfculos del INDEPA;

I. Supervisar y controlar el uso adecuado de los vehfculos y combustible de la Entidad;

m. Cumplir las dernas funciones de su competencia funcional que Ie asigne el Director General de Administraci6n y Finanzas;

Articulo 36.- De la Oficina de Recursos Humanos

La Oficina de Recursos Humanos, es la encargada de planear, coordinar y aplicar los procesos tecnicos de personal de la instituci6n.

Articulo 37.- De las funciones

Son funciones de la Oficina de Recursos Humanos:

(14)

b. Elaborar programas de capacitacion para el personal, en coordinacion con las diferentes dependencias de la lnstitucion;

c. Elaborar y coordinar programas de asistencia y prornocion social, velando por el bienestar del personal; d. Formular y proponer el Presupuesto Analftico de Personal (PAP) para su aprobacion, de acuerdo a la normatividad vigente y formular el Presupuesto Normativo de Personal;

e. Apoyar en la forrnulacion del Cuadro de Asiqnacion de Personal;

f.Coordinar y controlar las acciones referentes a los procesos de ingreso, cambios, desplazamiento y terrnino de los servicios de personal;

g. Participar en coordinacion con la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto en la fase de proqrarnacion y forrnulacion del presupuesto del personal;

h. Elaborar las Planillas Unica de Pago;

i.Formular el Plan Anual de Proqrarnacion de vacaciones del personal de la institucion; j. Administrar y controlar al personal practicante;

k. Elaborar y proponer los proyectos de resolucion inherentes a la adrninistracion de personal; I. Difundir, cumplir y hacer cumplir las normas que rigen el sistema de personal;

m. Dirigir y controlar la aplicacion de las evaluaciones del desernpefio laboral del personal; n. Participar en los procesos de seleccion de personal;

o. Participar y proponer la elaboracion de directivas en el ambito de su competencia funcional; p. Expedir Resoluciones Directorales en materia de personal, conforme a la normatividad vigente; y,

q. Expedir las constancias de haberes, descuentos y retenciones del personal activo, pensionista y contratado de la institucion; y,

r. Cumplir las dernas funciones de su competencia que Ie asigne el Director General de Adrninistracion y Finanzas.

Articulo 38.- De la Oficina de Informatica yEstadistica

La Oficina de Informatica y Estadfstica es la encargada de la orqanizacion, implernentacion y desarrollo de los sistemas informaticos y estadfsticos.

Articulo 39.- De las funciones

Son funciones de la Oficina de Informatica y Estadfstica:

a. L1evar el registro y efectuar el mantenimiento y actualizacion permanente del parque inforrnatico y las licencias correspondientes.

b. Planificar, dirigir y dar su conformidad para la irnplantacion y/o desarrollo de los sistemas de informatica en eIINDEPA.

c. Promover y verificar el uso de los avances tecnoloqicos en materia de hardware y software, en los proyectos de rnecanizacion de los sistemas de informacion.

d. Dirigir, coordinar y supervisar la estandarizacion de los sistemas de informacion emitiendo las normas y procedimientos sobre los servicios inforrnaticos.

(15)

f. Elaborar el Plan de Contingencia, que establezca los procedimientos a utilizarse para evitar interrupciones en la operatividad del sistema de compute.

g. Brindar apoyo inforrnatico a todas las unidades orqanicas,

h. Elaborar, proponer y ejecutar el Plan de informatica sujeto a los objetivos trazados por la institucion. i. Planear, desarrollar e implementar la base de datos de proyectos inforrnaticos, gestion administrativa, Intranet institucional,

asl

como otros sistemas de informacion requeridos por el INDEPA.

j. Identificar y desarrollar innovaciones tecnoloqicas para mejorar la calidad de los productos y servicios. k. Apoyar cuando corresponda el ingreso de informacion al portal inforrnatico de la institucion y brindar servicios a traves de Internet a las entidades demandantes de informacion.

I. Mantener actualizada la paqina web de la entidad.

m. Administrar la red interna

asl

como manejar el correo electronico institucional. CAPiTULO VI

DE LOS ORGANOS DE LINEA

DIRECCION DE BIODIVERSIDAD, CONOCIMIENTOS COLECTIVOS Y TERRITORIO Articulo 40.- De laDireccion de Biodiversidad, Conocimientos Colectivos yTerritorio

La Direccion de Biodiversidad, Conocimientos Colectivos y Territorio, es el organa encargado de realizar los estudios e investiqacion sobre la biodiversidad y cultura de los pueblos y en base a la informacion cuantitativa, cualitativa y grafica existente, efectua las propuestas de polfticas nacionales y reformas legales que permitan impulsar el desarrollo de los Pueblos. Asimismo coordina con los organismos correspondientes el reconocimiento y forrnalizacion de la Propiedad Comunal de los Pueblos.

Articulo 41.- De las funciones

Son funciones de la Direccion de Biodiversidad, Conocimientos Colectivos y Territorio:

a. Dirigir, organizar y supervisar la ejecucion de acciones que permitan identificar y estudiar los usos y costumbres de los pueblos a efectos de ejecutar las acciones correspondientes a la salvaguarda de la biodiversidad, conocimientos colectivos y territorio

b. Coordinar con las distintas instituciones del gobierno, organismos nacionales, no gubernamentales e internacionales para resolver los problemas de biodiversidad, reconocimiento y forrnalizacion de la propiedad de las comunidades campesinas y nativas,

asi

como la declaracion y proteccion de las reservas territoriales a favor de pueblos en aislamiento voluntario y contacto inicial.

c. Mantener una estrecha relacion y coordinacion con las organizaciones y los pueblos andinos, arnazonicos y afroperuano, para optimizar el apoyo sobre los aspectos de Biodiversidad, Conocimientos Colectivos y Territorio con el objeto de fortalecer el derecho de los pueblos a preservar y enriquecer sus lenguas, conocimientos ancestrales y todos los elementos que constituyen su cultura e identidad,

asi

como su derecho a decidir sus formas internas de convivencia y orqanizacion social, econornica, polftica y cultural.

d. Sistematizar en un registro la informacion proveniente de instituciones publicas y privadas,

asi

como del estudio e investiqacion del trabajo de campo efectuada de los pueblos andinos, arnazonicos y afroperuano.

e. Coordinar con los Gobiernos Regionales las acciones pertinentes para la proteccion de la diversidad bioloqica peruana y los conocimientos colectivos de los pueblos indfgenas, en concordancia con la Ley N° 28216.

f. Elaborar el sustento tecnico y legal de las propuestas de las polfticas nacionales,

asi

como las reformas legales necesarias para incorporar el reconocimiento formal de la diversidad cultural.

(16)

Articulo 42.- Para el cumplimiento de sus funciones la Direccion de Biodiversidad, Conocimientos Colectivos y Territorio cuenta con: la Unidad de Biodiversidad y Conocimientos Colectivos, la Unidad de Saneamiento y Territorio la Unidad la lnvestiqacion y Cultura, y la Unidad de Pueblos en Aislamiento Voluntario y Contacto Inicial.

Articulo 43.- De la Unidad de BiodiversidadyConocimientos Colectivos

La Unidad de Biodiversidad y Conocimientos Colectivos se encarga de realizar acciones orientadas a promover la proteccion de los recursos bioloqicos y econornicos,

asi

como los valores religiosos, sociales y culturales de los Pueblos Indfgenas.

Articulo 44.- De las funciones

Son funciones de la Direccion de Biodiversidad y Conocimientos Colectivos: a. Investigar y promover los beneficios del uso de los conocimientos colectivos.

b. Coordinar con los organismos de la cooperacion tecnica nacional e internacional, la prornocion y proteccion de la Biodiversidad.

c. Proponer polfticas nacionales de proteccion y difusion del uso racional de los recursos naturales en base a los conocimientos colectivos.

d. Mantener estrecha relacion con las comunidades y organizaciones indfgenas de nivel nacional, regional y local, para evitar casos del uso no autorizado de conocimientos colectivos 0 biopiraterfa.

e. Otras que Ie sefiale la Direccion General de Biodiversidad, Conocimientos Colectivos y Territorio Articulo 45.- De la Unidad de SaneamientoyTerritorio

La Unidad de Saneamiento y Territorio es la encargada de asesorar a los Pueblos Indfgenas en el proceso de reconocimiento y forrnalizacion de su propiedad

asi

como proponer procedimientos y reformas legales pertinentes al reconocimiento de sus derechos.

Articulo 46.- De las funciones

Son funciones de la Unidad de Saneamiento y Territorio.

a. Formular propuestas de polfticas 0 normas legales que coadyuven a resolver problemas de forrnalizacion de la propiedad comunal.

b. Generar informacion relacionada a la propiedad de las comunidades derivandolas a la Unidad de lnvestiqacion y Cultura.

c. Orientar y asesorar a los pueblos a fin de formalizar su personerfa jurfdica y titulacion.

d. Orientar y asesorar a los pueblos indfgenas a fin de formalizar su personerfa jurfdica y titulacion, coordinando para tal fin con el Proyecto Especial de Titulacion de Tierras y Catastro Rural - PETT Y otros organismos competentes.

e. Otras que Ie sefiale la Direccion de Biodiversidad, Conocimientos Colectivos y Territorio. Articulo 47.- De la Unidad de Investigaci6nyCultura

La Unidad de lnvestiqacion y Cultura es el organa encargado de la investiqacion y del establecimiento de un Banco de Datos Estadfsticos y Socioculturales que seran fuente de informacion de las propuestas de polfticas nacionales para el desarrollo con identidad de los pueblos.

Articulo 48.- De las funciones

Son funciones de la Unidad de lnvestiqacion y Cultura:

a. Implementar un sistema de docurnentaclon e informacion sociocultural de los pueblos andinos, arnazonicos y afroperuano existentes en el Peru.

b. Desarrollar un sistema de cornunicacion e intercambio de informacion, tendientes a la valoracion, fortalecimiento y afirmacion de la identidad cultural del pais.

(17)

d. Recopilar y sistematizar la informacion cultural de los Pueblos Andinos Arnazonicos y Afroperuano para su difusion.

e. Atender los requerimientos de informacion y consulta para la elaboracion de propuestas de las polfticas, investigaciones y otros.

f. Organizar bases de datos alfanurnerica y grMica sobre los pueblos andinos, arnazonicos y afroperuano. g. Propiciar la participacion del sector estatal y privado para canalizar recursos para el financiamiento de trabajos de investiqacion.

h. Otras queseriate la Direccion de Biodiversidad, Conocimientos Colectivos y Territorio. Articulo 49.- De la Unidad de Pueblos en Aislamiento Voluntario yContacto Inicial

La Unidad de Pueblos en Aislamiento Voluntario y Contacto Inicial es el organa encargado de realizar las coordinaciones con las diferentes organizaciones indfgenas e instituciones del gobierno, organismos nacionales, no gubernamentales e internacionales, a fin de formular propuestas de polfticas, procedimientos y mecanismos que coadyuven a su reconocimiento y proteccion de los derechos colectivos e individuales de los pueblos indfgenas en situacion de aislamiento voluntario0 contacto inicial.

Articulo 50.- De las funciones

Son funciones de la Unidad de Pueblos en Aislamiento Voluntario y Contacto Inicial.

a. Formular propuestas de polfticas y procedimientos que ayuden a impulsar la proteccion y garantizar los derechos colectivos e individuales de los pueblos indfgenas en situacion de aislamiento voluntario0 contacto inicial.

b. Identificar y promover acciones a fin de salvaguardar los derechos reales sobre los territorios que ocupan y promover el acceso a sus actividades tradicionales y de subsistencia de los pueblos indfgenas en situacion de aislamiento voluntario0 contacto inicial.

c. Participar activamente con los organismos de la cooperacion tecnica nacional e internacional, cuando

asi

se requiera, a fin de coordinar con las organizaciones de los pueblos indfgenas de la region mediante procesos participativos y concertados para establecer planes de control y proteccion sobre las rutas de acceso a las Reservas Territoriales Indfgenas

d. Involucrar a los organismos de la cooperacion tecnica nacional e internacional en la problernatica de los pueblos indfgenas en situacion de aislamiento voluntario 0 contacto inicial y en zonas de frontera.

e. Apoyar y propiciar la proteccion de las comunidades indfgenas en situacion de aislamiento voluntario 0 contacto inicial y en zonas de frontera.

f. Propiciar el apoyo de la cooperacion internacional para el manejo de programas sostenibles de proteccion de los pueblos indfgenas en situacion de aislamiento voluntario0 contacto inicial y en zonas de frontera.

g. Otras que Ie sefiale la Direccion de Biodiversidad, Conocimientos Colectivos y Territorio.

DIRECCION DE DESARROLLO DE PUEBLOS ANDINOS, AMAZONICOS Y AFROPERUANO Articulo 51.- De laDireccion de Desarrollo de Pueblos Andinos, Arnazonicos yAfroperuano

La Direccion de Desarrollo de Pueblos Andinos, Arnazonicos y Afroperuano es el organa encargado de organizar y ejecutar las actividades que propicien la afirmacion y el desarrollo con identidad, participa activamente en la qestion para la obtencion de financiamiento de organismos nacionales e internacionales,

asi

como supervisar el cumplimiento de las polfticas nacionales a favor de los pueblos.

Articulo 52.- De las funciones

Son funciones de la Direccion de Desarrollo de Pueblos Andinos, Arnazonicos y Afroperuano:

a. Promover el desarrollo social y econornico con identidad, yen pleno respeto a los derechos ancestrales de los pueblos.

(18)

c. Supervisar el cumplimiento de las polfticas nacionales para la inclusion y desarrollo con identidad de los pueblos.

d. Participar en la elaboracion y forrnulacion de programas y proyectos para el desarrollo de los pueblos. e. Otras que Ie sefiale la Secretarfa Tecnica del INDEPA.

UNIDAD DE DESARROLLO DE PUEBLOS ANDINOS Articulo 53.- De la Unidad de Desarrollo de Pueblos Andinos

La Unidad de Desarrollo de Pueblos Andinos es el orqano encargado de organizar y ejecutar las actividades de prornocion y desarrollo con identidad de los pueblos andinos.

Articulo 54.- De las funciones

Son funciones de la Unidad de Desarrollo de Pueblos Andinos:

a. Supervisar el cumplimiento de las polfticas nacionales para la inclusion y desarrollo con identidad de los pueblos andinos.

b. Organizar y supervisar la ejecucion de acciones para el desarrollo de las culturas andinas, a fin de concretar una polftica pluricultural y rnuitilinque y el derecho a mantener sus formas internas de convivencia y orqanizacion social, econornica, polftica y cultural.

c. Sistematizar las potencialidades de los pueblos andinos y ejecutar acciones para propiciar su desarrollo con identidad.

d. Identificar, proponer y participar en la forrnulacion de programas y proyectos para el desarrollo de los pueblos andinos.

e. Promover el fortalecimiento de las capacidades de los pueblos andinos a traves de actividades de capacitacion.

1. Otras que Ie sefiale la Direccion de Desarrollo de los Pueblos Andinos, Arnazonicos y Afroperuano del INDEPA.

UNIDAD DE DESARROLLO DE PUEBLOS AMAZONICOS Articulo 55.- De la Unidad de Desarrollo de Pueblos Amaz6nicos

La Unidad de Desarrollo de Pueblos Arnazonicos es el orqano encargado de organizar y ejecutar las actividades de prornocion y desarrollo con identidad de los pueblos arnazonicos.

Articulo 56.- De las funciones

Son funciones de la Unidad de Desarrollo de Pueblos Arnazonicos:

a. Supervisar el cumplimiento de las polfticas nacionales para la inclusion y desarrollo con identidad de los pueblos arnazonicos y los pueblos en zonas de frontera.

b. Organizar y supervisar la ejecucion de acciones para el desarrollo de las culturas amazonlcas, a fin de concretar una polftica pluricultural y rnultilinque y el derecho a mantener sus formas internas de convivencia y orqanizacion social, econornica, polftica y cultural.

c. Sistematizar las potencialidades de los pueblos arnazonicos y ejecutar acciones para propiciar su desarrollo con identidad.

d. Identificar, proponer y participar en la forrnulacion de programas y proyectos para el desarrollo de los pueblos arnazonicos.

e. Promover el fortalecimiento de las capacidades de los pueblos arnazonicos a traves de actividades de capacitacion.

(19)

UNIDAD DE DESARROllO DEL PUEBLO AFROPERUANO Articulo 57.- De la Unidad de Desarrollo del Pueblo Afroperuano

La Unidad de Desarrollo del Pueblo Afroperuano es el organa encargado de organizar y ejecutar las actividades de prornocion y desarrollo con identidad del pueblo afroperuano.

Articulo 58.- De las funciones

Son funciones de la Unidad de Desarrollo del Pueblo Afroperuano:

a. Mantener estrecha relacion con las organizaciones del pueblo afroperuano, tanto a nivel nacional, regional y local, a fin de planificar y programar las actividades correspondientes para su desarrollo.

b. Supervisar el cumplimiento de las polfticas nacionales para la inclusion y desarrollo con identidad del pueblo afroperuano.

c. Organizar y supervisar la ejecucion de acciones para el desarrollo e inclusion del pueblo afroperuano a fin de concretar una polftica pluricultural y el derecho a mantener sus manifestaciones culturales.

d. Sistematizar las potencialidades del pueblo afroperuano y ejecutar acciones para propiciar su desarrollo con identidad.

e. Participar en la elaboracion y forrnulacion de programas y proyectos para el desarrollo del pueblo afroperuano.

1. Promover el fortalecimiento de las capacidades del pueblo afroperuano a traves de actividades de capacitacion.

g. Otras que Ie sefiale la Direccion de Desarrollo de los Pueblos Andinos, Arnazonicos y Afroperuano del INDEPA.

DE lAS OFICINAS DESCONCENTRADAS Articulo 59.- De las Oficinas Desconcentradas

Las Oficinas Desconcentradas del INDEPA, son orqanos de alcance regional, encargadas de coordinar con los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales las acciones para promover, facilitar, supervisar el cumplimiento de la Ley N° 28495, su Reglamento y las disposiciones y normas de la lnstitucion;

asi

como las labores que Ie encarguen los orqanos de linea. Se irnplernentara sequn disponibilidad presupuestal.

Articulo 60.- Funciones

Son funciones de las Oficinas Desconcentradas del INDEPA, las siguientes:

a. Promover, propiciar, coordinar, facilitar, apoyar y desarrollar en los diferentes sectores publicos como Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y otros, acciones de desarrollo de proyectos sociales de los Pueblos Andinos, Arnazonicos y Afroperuano.

b. Formular y proponer a la Secreta ria Tecnica contratos, acuerdos y convenios de cooperacion mutua para la aplicacion de la polftica y programas disefiados por el INDEPA;

asi

como monitorear, supervisar, evaluar e informar sobre compromisos suscritos por eIINDEPA, con los Gobiernos Regionales y Locales.

c. Representar al INDEPA en trabajos y estudios de investiqacion que se Ie encomiende sobre temas de -interes institucional; manteniendo en forma especial coordinacion y cornunicacion f1uida con los Gobiernos Regionales y Locales de su jurisdiccion;

d. Otras funciones que Ie asigne la Secretarfa Tecnica. TiTULO TERCERO

(20)

EI Presidente Ejecutivo como representante del INDEPA es el responsable de dirigir y conducir las relaciones con los diferentes organismos y niveles de la administraci6n publica, asi como con las instituciones privadas y de la sociedad civil.

TiTULO CUARTO

DEL REGIMEN LABORAl Y ECONOMICO Articulo 62.- Regimen laboral

EI personal del INDEPA, conforme a la Quinta Disposici6n Complementaria, Transitoria y Final de la Ley N° 28495, esta sujeto al regimen laboral de la actividad privada, en tanto se aprueben las leyes dispuestas por la Ley Marco del Empleo Publico, momenta en que se adecuaran al nuevo regimen.

Articulo 63.- Regimen econ6mico

EI INDEPA obtiene sus recursos de las siguientes fuentes:

a. Las asignaciones que se Ie confiere mediante la Ley Anual de Presupuesto de la Republica y sus modificatorias.

b. Los ingresos propios que pueda generar

c. Las que se obtenga de la cooperaci6n internacional.

d. Los aportes, asignaciones, legados, donaciones, transferencias, subvenciones y cualquier otro acto de liberalidad en dinero0 especies que Ie otorguen personas naturales 0jurfdicas nacionales 0 extranjeras.

Referencias

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