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DIRECCION GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL JEFATURA DE PROGRAMAS SOCIALES ESTUDIANTES AVANZANDO BECAS ESCOLARES

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DIRECCION GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL

JEFATURA DE PROGRAMAS SOCIALES

“ESTUDIANTES AVANZANDO”

BECAS ESCOLARES

1. INTRODUCCIÓN

El Programa Estudiantes Avanzando en su área de BECAS ESCOLARES se ha concebido como un programa de ayuda social directa, mediante el otorgamiento de becas, consistentes en un estímulo económico, una despensa, así como la incorporación del beneficiario al programa Mueve a tu Familia. (Cursos de desarrollo humano, disciplinas deportivas, artísticas y culturales).

A través de Becas Escolares, se pretende contribuir a elevar el nivel educativo y competitivo de cada uno de los estudiantes que se vean beneficiados, además de minorizar la carga económica que puede generarse por los materiales que se necesitaran en el transcurso de un ciclo escolar, también se pretende que los estudiantes beneficiados se sientan motivados y de alguna forma logren darle continuidad en el transcurso de su vida como estudiantes y logren tener un nivel de preparación adecuado para su futuro.

2. JUSTIFICACIÓN

Apoyar a estudiantes de Educación Básica, especialmente a los que sean de escasos recursos, a través de un estimulo económico y una despensa con el fin de contribuir al mejoramiento de su desempeño escolar y su desarrollo educativo, para que en un futuro este preparado para la obtención de un empleo y pueda lograr una buena calidad de vida.

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3. OBJETIVOS

A).- Objetivo General

Evitar que los estudiantes de bajos recursos de las colonias marginadas del Municipio de Puerto Vallarta dejen sus estudios por falta de recursos e incentivar a los alumnos sobresalientes para que mantengan su buen desempeño escolar y darle una mayor expectativa a su nivel de vida a través de la educación.

B).- Objetivos Específicos

El Gobierno en Movimiento será el responsable de establecer los lineamientos que deben seguirse para la integración al Programa, así como de construir las reglas de operación que le den funcionalidad a dicho programa, se podrán realizar modificaciones siempre y cuando sustenten un beneficio común, además dichas modificaciones deben ser valoradas y aprobadas por la Contraloría Municipal y por el titular de la Dirección General de Desarrollo Social.

4. LINEAMIENTOS GENERALES

A. El Programa necesita de la participación activa de las instituciones de Educación Pública Municipal, de la sociedad vallartense y del Gobierno en Movimiento, esto con el fin de que los recursos asignados sea distribuidos equitativamente y los servicios se presten con la calidez que los estudiantes

merecen, el titular del Departamento de Educación Municipal deberá

participar en la ejecución y seguimiento de los lineamientos previamente establecidos.

B. Se proporcionará a los estudiantes de escasos recursos un apoyo económico que consiste de tres entregas en el año de $800 pesos para estudiantes de educación primaria y de $1200 para estudiantes de educación secundaria. C. Se apoyará con una despensa básica que será entregada a la par del estímulo

económico únicamente para estudiantes de nivel primaria.

D. Se atenderá al mayor número de estudiantes en las escuelas del Municipio de Puerto Vallarta, tomando en cuenta la disponibilidad presupuestal del Gobierno en Movimiento.

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E. Se deberá crear una Comité Honorifico con base en estas reglas de operación, con la finalidad de aprobar casos especiales, tales como, no alcanzar el promedio mínimo de 8.5, no cumplir con algún requisito, etc. Dicho comité lo tendrán que integrar las siguientes personas:

 Director General de Desarrollo Social, como Presidente del Comité.  Jefe de los Programas Sociales, como Secretario del Comité.

 Sub-Director de Educación Municipal, como Vocal del Comité.

 Regidor Presidente de la Comisión de Educación, como Vocal del Comité.

 Titular de la Contraloría Social Municipal (puede ser un representante), como Vocal del Comité.

F. El programa operará en todas las colonias del Municipio de Puerto Vallarta tomando como prioridad las colonias y las escuelas ubicadas dentro de los polígonos de pobreza determinados por HABITAT. (programa de SEDESOL) G. Los directores de educación básica del Municipio deberán dar su apoyo y

colaboración, con el único fin de cumplir con las necesidades de conservación del recurso.

H. Solamente se otorgara una beca por familia.

5. REQUISITOS

A. Estar inscrito en una escuela pública del Municipio de Puerto Vallarta en nivel de educación básica.

B. Ser alumno regular, que se encuentre inscrito de 1º a 5º grado de primaria y de 1º a 2º de secundaria.

C. Pertenecer a un núcleo familiar de nivel socioeconómico marginado; mostrar disposición para colaborar y participar en actividades de la escuela y de la sociedad civil, así como disposición para participar en el Programa Social del Gobierno en Movimiento: “Mueve a tu Familia”.

D. El alumno deberá tener un promedio mínimo de 8.5, para poder ser incorporación al programa.

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E. El estudiante deberá cumplir con los siguientes requisitos:  Acta de nacimiento del estudiante.

 2 fotografías tamaño infantil B/N o a color.

 CURP del estudiante.

 Constancia de estudios y/o boleta de calificaciones (con promedio mínimo de 8.5).

 Copia de credencial de elector (IFE) del padre o tutor.

 Comprobante de domicilio.

 Estudio socioeconómico, emitido por la Dirección General de Participación Ciudadana o por la Dirección General de Desarrollo Social (realizado por el coordinador del sector social al que pertenezca el beneficiario).

5.1 REQUISITOS PARA PERMANECER ACTIVOS EN EL PROGRAMA.

A. Mantener un promedio mínimo de 8.5 y participar regularmente en las actividades que contribuyan a la conservación del promedio mínimo requerido. B. Los que hayan obtenido promedio menor de 8.5 y hayan mostrado esfuerzo

por mejorar su calificación y aprobaron el año, previo análisis y aprobación por parte del personal de la Dirección General de Desarrollo Social y de la Subdirección de Educación Municipal, se le otorgara el beneficio.

C. Cuando se presenten casos de niños becarios que resultaron reprobados, cada uno de ellos deberá ser revisado cuidadosamente por personal de la Dirección General de Desarrollo Social y de la Subdirección de Educación Municipal, con el propósito de analizar los factores que influyen en el aprovechamiento del niño y así algunos de ellos pudieran conservar la beca, siempre y cuando se determine que la reprobación se debió a causas ajenas al aprovechamiento escolar y se consideran casos de excepción.

D. Ninguna persona en forma individual podrá cancelar o asignar becas, el proceso para cancelación o asignación será siempre por medio del Dirección General de Desarrollo Social y De la Subdirección de Educación Municipal.

E. El becario podrá conservar la beca hasta concluir su Educación Básica, siempre y cuando cumpla con los requisitos señalados en los incisos anteriores.

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F. Una vez que el beneficiario haya concluido sus estudios (que pase de primaria a secundaria) tendrá que realizar un trámite de corrección de datos, deberá presentarse en las oficinas de la Dirección General de Desarrollo Social a proporcionar nueva información.

6. DEPENDENCIAS RESPONSABLES

A. La Dirección General de Desarrollo Social del Municipio de Puerto Vallarta, será la dependencia responsable de la operación y seguimiento del programa. B. Instancias Ejecutoras :

Dirección General de Desarrollo Social Responsabilidad:

Encargada de coordinar y supervisar las acciones, envía requisición a la Jefatura de Proveeduría Municipal.

La Jefatura de Programas Sociales Responsabilidad:

Integra el expediente de los alumnos becados, elabora gafete de identificación, solicita el recurso económico y en especie para con esto programar las rutas de entrega.

Dirección General de Participación Ciudadana Responsabilidad:

Encargada de coordinar y supervisar las encuestas o estudios socioeconómicos que se le realizaran a los beneficiarios, esto por medio de sus coordinadores de zonas.

Contraloría Ciudadana del Municipio de Puerto Vallarta Responsabilidad:

Supervisara la entrega de los recursos, dará cumplimiento a la normatividad vigente y velara por la mejor distribución de los recursos. Tendrá que enviar un representante a los lugares de entrega.

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Subdirección de Educación Municipal Responsabilidad:

Para realizar la entrega del recurso deberá estar presente personal de la subdirección de educación y todos los niños beneficiarios, acreditándose como beneficiario con la respectiva credencial de identificación de la institución educativa a la que pertenecen, además se encargara de informar a los directivos de las instituciones educativas de las fechas y horarios de entrega.

Dirección de Seguridad Ciudadana Responsabilidad:

Prestara el apoyo con dos elementos de seguridad pública por cada lugar de entrega, los que tendrán la función de resguardar la entrega de despensas y de los recursos económicos en efectivo o cheque.

Dirección de Comunicación Social Responsabilidad:

La difusión del Programa se realizará a través de convocatoria, carteles, así como en medios de comunicación local (difusión en programas de radio con spots y prensa escrita local) dentro del Municipio para la inscripción de los estudiantes y las entregas de los beneficios.

7. OPERACIÓN DEL PROGRAMA

A. Se emitirá convocatoria para la difusión del programa con el objetivo de incorporar a la mayor cantidad de estudiantes de educación básica del Municipio de Puerto Vallarta, con base a partir del mes de Enero de 2013.

B. Los estudiantes que deseen participar, deberán realizar el trámite de inscripción al programa en los lugares que se establezca para ello la Dirección General de Desarrollo Social.

C. Con base en los criterios señalados en el presente, la necesidad y la disponibilidad de recursos, se elegirá a los estudiantes que integraran el padrón de beneficiarios.

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D. Las solicitudes serán recibidas en las oficinas de la Dirección General de Desarrollo Social, por personal designado en la Jefatura de Programas Sociales, en este caso, con el coordinador del programa Becas Escolares.

E. Se verificara de forma cuatrimestral a cada uno de los beneficiarios del programa, esto se hará a través de los directores de los planteles, por medio de Educación Municipal se les pedirá un informe sobre el rendimiento de cada uno de los alumnos beneficiados.

F. Se beneficiarán a alumnos que no alcancen el promedio mínimo de 8.5, previa aprobación del Comité Honorifico del Programa, además se aprobaran casos especiales.

8. DERECHOS Y OBLIGACIONES

A. Obligaciones del Programa Becas Escolares.

 Atender y brindar información relacionada al programa a toda persona que lo solicite.

 Vincular a las personas que soliciten apoyo a la dependencia

correspondiente, que pueda dar seguimiento a su solicitud.  Apoyar en las actividades y lineamientos del programa.

 Otorgar los beneficios del programa de acuerdo a la calendarización establecida.

 Monitorear a los estudiantes beneficiados para asegurar que el apoyo otorgado se aplique correctamente en la educación del alumno, ya que los maestros han detectado carencias, como la falta de materiales, así como en su aspecto personal.

 Ubicar las necesidades de la zona en la que se encuentra el plantel educativo y así determinar la cantidad de beneficiados en los programas sociales, especialmente el programa de becas escolares.

 Observar la situación económica de los alumnos de la escuela, ya que las condiciones de vida de cada niño varia de un turno a otro y de esta forma poder determinar la ayuda que sea necesario otorgar.

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B. Derechos y Obligaciones de los Beneficiarios. Derechos:

 Entregar la documentación requerida para formar parte del padrón de beneficiarios.

 El becario podrá conservar la beca hasta concluir su Educación Básica, siempre y cuando cumpla con los requisitos señalados en los incisos anteriores.

 Recibir un estimulo económico tres veces al año y por el tiempo que conserve la beca además una despensa básica familiar ( solo alumnos de Primaria) que será entregada a la par del estímulo económico.

Obligaciones:

 Mantener un promedio mínimo de 8.5 y participar regularmente en las actividades que contribuyan a la conservación del promedio mínimo requerido, con el fin de fomentar el aprendizaje.

 Mantener una buena conducta dentro del plantel educativo conforme a las

reglas internas del plantel.

 Involucrar a los padres de familia de los estudiantes beneficiados por los diferentes programas sociales, en las actividades que ayuden al mantenimiento y mejoramiento del plantel al que asistan, al igual que en la contribución en la educación del menor involucrado.

 Participar en actividades de limpieza y conservación de aéreas en su colonia, asi como la disposición para participar en actividades de mejoramiento urbano.

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9. TRANSPARENCIA

A. El manejo, así como la ejecución de los recursos estarán publicados en línea de acuerdo a los lineamientos establecidos en la Ley de Transparencia Acceso a la Información Pública de Estado de Jalisco.

B. Toda información relacionada con los componentes del programa o a su generalidad serán publicados en línea en la página oficial del Gobierno en Movimiento y puestos a disposición del público en general.

ATENTAMENTE

ING. ARTURO DAVALOS PEÑA

DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL.

H. AYUNTAMIENTO DE PUERTO VALLARTA 2012-2015.

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