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EMA 1-LA SEGURIDAD SOCIAL EN LA
CONSTITUCION-LA LGSS
1.-De acuerdo con el artículo 149 de la
Constitución,
el
Estado
tiene
competencia
exclusiva sobre:
A.Sanidad Interior.
B.Sanidad e Higiene.
C.Sanidad Exterior.
2.-Expresa el artículo 41 de la Constitución: Los
poderes públicos mantendrán un régimen
público de Seguridad Social para todos los
ciudadanos, que garantice la asistencia y
prestaciones
sociales
suficientes
ante
situaciones de necesidad, especialmente…….
A.En caso de jubilación.
B.En caso de protección de la salud.
C.En caso de desempleo.
3.-Los
poderes
públicos
garantizarán,
mediante…………., la suficiencia económica a los
ciudadanos durante la tercera edad:
A.Pensiones contributivas y básicas.
C.Pensiones
adecuadas
y
periódicamente
actualizadas.
4.-Según el artículo 49 de la Constitución los
poderes públicos realizarán una política de
previsión,
tratamiento,
rehabilitación
e
integración
de
los
disminuidos
físicos,
sensoriales y psíquicos a los que prestarán la
atención especializada que requieran y los
ampararán especialmente para el disfrute de los
derechos que……..
A.Le otorgan los derechos humanos.
B.El Título I otorga a todos los ciudadanos.
C.El Título preliminar otorga a todos los ciudadanos.
5.-
La Constitución española de 1978 establece
expresamente que:
A.Las Comunidades Autónomas no podrán asumir
competencias en materia de asistencia social.
B.El Estado tiene competencia exclusiva en materia
de sanidad e higiene.
C.
El condenado a pena de prisión que estuviere
cumpliendo la misma, tendrá derecho a un trabajo
remunerado y a los beneficios correspondientes de
la Seguridad Social.
6.-Compete a los poderes públicos organizar y
tutelar la salud pública...Indique la respuesta
correcta según la Constitución(Art. 43 CE):
A.A través de medidas preventivas y de las
prestaciones y servicios necesarios.
B.A través de las prestaciones y servicios
necesarios.
C.A través de medidas complementarias y de las
prestaciones y servicios necesarios.
7.-Los poderes públicos realizarán una política
de previsión, tratamiento, rehabilitación e
integración de... a los que prestarán la
atención especializada que requieran. Indicar el
colectivo al que se refiere la Constitución(art.
49):
A.Los disminuidos físicos, intelectuales y psíquicos.
B.Los disminuidos físicos, y psíquicos.
C.Los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos.
8.-El Estado tiene competencia exclusiva sobre:
A.Ordenación del territorio, urbanismo y vivienda.
B.La gestión en materia de protección del medio
ambiente.
C.Legislación básica y régimen económico de la
Seguridad Social, sin perjuicio de la ejecución de sus
servicios por las Comunidades Autónomas.
9.-Entre las prestaciones del Régimen General de
la Seguridad Social que recoge la LGSS hay una
de éstas que no se halla vigente:
A.Cuidado de menores afectados por cáncer u otra
enfermedad grave.
B.Recuperación.
C.Riesgo durante la lactancia natural.
10.-
El Estado velará especialmente por la
salvaguardia de los derechos económicos y
sociales de los trabajadores españoles en el
extranjero y …………( Artículo 42 CE)
A.Orientará su política hacia su retorno.
B.Orientará su política hacia la mejora de todo tipo
de prestaciones.
C.Orientará su política en función de la edad del
beneficiario.
11.- El Título I de la LGSS, se aplica directamente
...
A.Al Régimen General y a los Regímenes
Especiales que deben ser regulados por ley.
B.Al Régimen General y a los Regímenes
Especiales que no deben ser regulados por ley.
C.Al Régimen General únicamente.
12.-
Según el artículo 148 de la Constitución las
Comunidades Autónomas no podrán asumir
competencias en las siguientes materias:
A.La ejecución de los servicios de la Seguridad
Social.
B.La asistencia social.
C.Régimen económico de la Seguridad Social.
13.-
El
sistema
de
la
Seguridad
Social,
configurado por la acción protectora en sus
modalidades contributiva y no contributiva, se
fundamenta en los principios de:
A.Universalidad,
coordinación,
solidaridad
e
igualdad.
B.Universalidad, unidad, solidaridad e igualdad.
C.Universalidad, unidad, reparto e igualdad.
14.-¿Qué capítulos relativos a prestaciones no se
recogen en el Título II de la LGSS:
A.
Paternidad.
B.
Muerte y supervivencia.
C.
Asistencia social.
15.-De acuerdo con el artículo 53 de
la Constitución e
l reconocimiento, el
principios
reconocidos
en
el
Capítulo
tercero
informarán
la
legislación positiva, la práctica
judicial y la actuación de los poderes
públicos. Sólo podrán ser alegados
ante la Jurisdicción ordinaria de
acuerdo con...
A.Lo que dispongan las leyes orgánicas que
establezca el Gobierno.
B.Lo que dispongan las leyes que los desarrollen.
C.Lo que dispongan los Decretos Leyes que se
establezcan.
16.- La protección a través de prestaciones no
contributivas, en mayor o menor grado, hace
referencia a la inclusión en el campo de
aplicación del sistema de todas aquéllas
personas que, por cualquier causa……….
A.No hubieran cotizado en los 5 últimos años o lo
suficiente para poder causar derecho a sus
prestaciones, y que no dispusieran de recursos
suficientes para mantener un mínimo nivel de vida.
B.No hubieran cotizado nunca o lo suficiente para
poder causar derecho a sus prestaciones, y
que dispusieran de recursos suficientes para
mantener un mínimo nivel de vida.
C.No hubieran cotizado nunca o lo suficiente para
poder causar derecho a sus prestaciones, y que no
dispusieran de recursos suficientes para mantener
un mínimo nivel de vida.
17.- Será nulo …..
A.Todo pacto, individual o colectivo, por el cual el
trabajador renuncie a los derechos que le confiere la
LGSS.
B.Todo pacto, individual, por el cual el trabajador
renuncie a los derechos que le confiere la LGSS.
C.Todo pacto,colectivo, por el cual el trabajador
renuncie a los derechos que le confiere la LGSS.
18.- De acuerdo con el artículo 38
LGSS,cualquier prestación de
carácter público que tenga como
finalidad complementar, ampliar o
modificar las prestaciones de la
Seguridad Social, en su modalidad
contributiva……..
A.No forma parte del sistema de la Seguridad Social
y no está sujeto a los principios regulados en la
LGSS.
B.Forma parte del sistema de la Seguridad
Social pero no está sujeto a los principios regulados
en la LGSS.
C.Forma parte del sistema de la Seguridad Social y
está sujeto a los principios regulados en la LGSS.
19.- La LGSS, mantiene vigentes los artículos de
la antigua Ley de Seguridad Social de 1974 en
cuanto a las materias: Higiene y seguridad en el
trabajo, Medicina preventiva, Acción formativa,
Personal de las Entidades Gestoras y Asistencia
sanitaria.¿Es correcta esta afirmación?
A.Sólo en cuanto a las materias de asistencia
sanitaria y medicina preventiva.
B.Sí.
C.Sólo en cuanto a las materias de asistencia
sanitaria y acción formativa.
20.- El Estado, por medio de la Seguridad Social,
garantiza a las personas comprendidas en el
campo de aplicación de ésta, por cumplir los
requisitos ………
A.Exigidos en las modalidades contributiva, así
como a los familiares o asimilados que tuvieran a su
cargo, la protección adecuada frente a las
contingencias y en las situaciones que se
contemplan en la LGSS.
B.Exigidos en las modalidades contributiva o no
contributiva, así como a los familiares o asimilados
que tuvieran a su cargo, la protección adecuada
frente a las contingencias y en las situaciones que
se contemplan en la LGSS.
C.Exigidos en las modalidades contributiva o no
contributiva, pero no los familiares o asimilados que
tuvieran a su cargo, la protección adecuada frente a
las contingencias y en las situaciones que se
contemplan en la LGSS.
SOLUCIONES
1-C 2-C 3- C 4- B 5- C 6-A 7-C 8-C
9-B 10- A 11-9-B 12-C 13-9-B 14-C 15-9-B 16-C 17-A
18- C 19- B 20-B
TEMA 1. LA SEGURIDAD SOCIAL EN LA
CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978. EL TEXTO
REFUNDIDO DE LA LEY GENERAL DE LA
SEGURIDAD SOCIAL DE 1994. ESTRUCTURA
Y CONTENIDO.
LA SEGURIDAD SOCIAL EN LA CONSTITUCIÓN
ESPAÑOLA DE 1978.
-Nivel básico de protección.
-Nivel contributivo o profesional.
-Nivel complementario.
-De los principios rectores de la política social
y económica.
-De las garantías de las libertades y derechos
fundamentales.
-Título VII CE : Economía y Hacienda.
-Título VIII CE :Organización Territorial del
Estado.
EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY GENERAL DE
LA SEGURIDAD SOCIAL DE 1994.
ESTRUCTURA Y CONTENIDO.
-Derecho de los españoles a la Seguridad Social.
-Principios y fines de la Seguridad Social.
-Irrenunciabilidad de los derechos de la
Seguridad Social.
-Estructura.
-Contenido.
LA SEGURIDAD SOCIAL EN LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978.
La Constitución española de 1978 refleja un modelo de Seguridad Social donde se observa la unificación del modelo contributivo y asistencial en el artículo 41:
“Los poderes públicos mantendrán un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos, que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad, especialmente en caso de desempleo. La asistencia y prestaciones complementarias serán libres”.
Sólo se reconoce en la Constitución el derecho a la Seguridad Social a favor de los condenados a prisión en el capítulo 2º del Título I en el artículo 25:” El condenado a pena de prisión tendrá derecho a un trabajo remunerado y a los beneficios correspondientes de la Seguridad Social, así como al acceso a la cultura y al desarrollo integral de su personalidad”.
El Sistema de protección de la Seguridad Social, se materializa a través de dos modalidades o niveles: Una modalidad contributiva y otra no contributiva.
A estos niveles hay que añadir un tercero de carácter libre: Fondos y Planes de Pensiones.
Nivel básico de protección
La protección a través de prestaciones no contributivas, en mayor o menor grado, hace referencia a la inclusión en el campo de aplicación del sistema de todas aquéllas personas que, por cualquier causa, no hubieran cotizado nunca o lo suficiente para poder causar derecho a sus prestaciones, y que no dispusieran de recursos suficientes para mantener un mínimo nivel de vida.
Mediante el nivel contributivo de la Seguridad Social, el Estado garantiza a las personas comprendidas en el campo de aplicación de aquélla, por realizar una actividad profesional, y a los familiares o asimilados que tuvieran a su cargo, la protección adecuada en las contingencias y situaciones definidas legalmente.
Nivel complementario
A tenor del inciso final del artículo 41 de la Constitución Española, "la asistencia y prestaciones complementarias serán libres", el modelo constitucional de Seguridad Social contempla la posibilidad de un nivel complementario y voluntario de cobertura, a adicionar, en su caso, al mínimo y obligatorio que garantiza a todos los ciudadanos una protección suficiente ante situaciones de necesidad.
De los principios rectores de la política social y económica
Los derechos sociales se recogen en el capítulo tercero del Título I como principios morales de la política social y económica del Gobierno:
Los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la familia.( Artículo 39 CE)
Los poderes públicos promoverán las condiciones favorables para el progreso social y económico y para una distribución de la renta regional y personal más equitativa, en el marco de una política de estabilidad económica. De manera especial realizarán una política orientada al pleno empleo.
Asimismo, los poderes públicos fomentarán una política que garantice la formación y readaptación profesionales; velarán por la seguridad e higiene en el trabajo y garantizarán el descanso necesario, mediante la limitación de la jornada laboral, las vacaciones periódicas retribuidas y la promoción de centros adecuados.( Artículo 40 CE)
Los poderes públicos mantendrán un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos, que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad,
especialmente en caso de desempleo. La asistencia y prestaciones complementarias serán libres. (Artículo 41CE)
El Estado velará especialmente por la salvaguardia de los derechos económicos y sociales de los trabajadores españoles en el extranjero y orientará su política hacia su retorno.( Artículo 42 CE) Se reconoce el derecho a la protección de la salud. Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios. La ley establecerá los derechos y deberes de todos al respecto. Los poderes públicos fomentarán la educación sanitaria, la educación física y el deporte. Asimismo facilitarán la adecuada utilización del ocio. (Artículo 43 CE)
Los poderes públicos realizarán una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos a los que prestarán la atención especializada que requieran y los ampararán especialmente para el disfrute de los derechos que el Título I otorga a todos los ciudadanos. (Artículo 49 CE)
Los poderes públicos garantizarán, mediante pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas, la suficiencia económica a los ciudadanos durante la tercera edad. Asimismo, y con independencia de las obligaciones familiares, promoverán su bienestar mediante un sistema de servicios sociales que atenderán sus problemas específicos de salud, vivienda, cultura y ocio. (Artículo 50 CE)
De las garantías de las libertades y derechos fundamentales
Los derechos y libertades reconocidos en el Capítulo segundo del Título I (Derechos y libertades) vinculan a todos los poderes públicos. Sólo por ley, que en todo caso deberá respetar su contenido esencial, podrá regularse el ejercicio de tales derechos y libertades, que se tutelarán de acuerdo con lo previsto en el artículo 161, 1, a).(Recurso de inconstitucionalidad)
Cualquier ciudadano podrá recabar la tutela de las libertades y derechos reconocidos en el artículo 14 y la Sección primera del
Capítulo segundo (De los derechos fundamentales y de las libertades
públicas) ante los Tribunales ordinarios por un procedimiento basado
en los principios de preferencia y sumariedad y, en su caso, a través del recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. Este último recurso será aplicable a la objeción de conciencia reconocida en el artículo 30.
El reconocimiento, el respeto y la protección de los principios reconocidos en el Capítulo tercero (artículos 39 a 52) (principios
rectores de la política social y económica) informarán la legislación
positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos. Sólo podrán ser alegados ante la Jurisdicción ordinaria de acuerdo con lo que dispongan las leyes que los desarrollen. (Artículo 53 CE) La Constitución refleja en los Títulos VII y VIII las inquietudes del legislador en materia social:
Título VII CE :Economía y Hacienda
La ley establecerá las formas de participación de los interesados en la Seguridad Social y en la actividad de los organismos públicos cuya función afecte directamente a la calidad de la vida o al bienestar general. Los poderes públicos promoverán eficazmente las diversas formas de participación en la empresa y fomentarán, mediante una legislación adecuada, las sociedades cooperativas. También establecerán los medios que faciliten el acceso de los trabajadores a la propiedad de los medios de producción.( Artículo 129 CE)
Título VIII CE: Organización Territorial del Estado
Las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias en las siguientes materias: Asistencia social y Sanidad e higiene. (Artículo 148 CE)
El Estado tiene competencia exclusiva sobre las siguientes materias: Legislación laboral, sin perjuicio de su ejecución por los órganos de las Comunidades Autónomas,Sanidad exterior, Bases y coordinación general de la sanidad, Legislación sobre productos farmacéuticos,Legislación básica y régimen económico de la
Seguridad Social, sin perjuicio de la ejecución de sus servicios por las Comunidades Autónomas.( Artículo 149)
EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE 1994. ESTRUCTURA Y CONTENIDO.
El texto en vigor es el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, con numerosas modificaciones desde su entrada en vigor el 01.09.1994.
Los conceptos básicos que inician esta Ley son estos:
Derecho de los españoles a la Seguridad Social
El derecho de los españoles a la Seguridad Social, establecido en el artículo 41 de la Constitución, se ajustará a lo dispuesto en la presente Ley.(Artículo 1 LGSS)
Principios y fines de la Seguridad Social
El sistema de la Seguridad Social, configurado por la acción protectora en sus modalidades contributiva y no contributiva, se fundamenta en los principios de universalidad, unidad, solidaridad e igualdad.
El Estado, por medio de la Seguridad Social, garantiza a las personas comprendidas en el campo de aplicación de ésta, por cumplir los requisitos exigidos en las modalidades contributiva o no contributiva, así como a los familiares o asimilados que tuvieran a su cargo, la protección adecuada frente a las contingencias y en las situaciones que se contemplan en esta ley.(Artículo 2 LGSS)
Será nulo todo pacto, individual o colectivo, por el cual el trabajador renuncie a los derechos que le confiere la presente Ley.(Artículo 3 LGSS)
Otras normas básicas de la LGSS son;
Disposición final primera. Aplicación de la Ley:La regulación
contenida en esta Ley será de aplicación general al amparo de lo previsto en el artículo 149.1.17 de la Constitución(legislación básica de la Seguridad Social), salvo los aspectos relativos al modo de ejercicio de las competencias y a la organización de los servicios en las Comunidades Autónomas que, de acuerdo con lo establecido en sus Estatutos de Autonomía, hayan asumido competencias en la materia regulada.
Artículo 4. Delimitación de funciones: Corresponde al Estado la
ordenación, jurisdicción e inspección de la Seguridad Social.
Los trabajadores y empresarios colaborarán en la gestión de la Seguridad Social en los términos previstos en la presente Ley, sin perjuicio de otras formas de participación de los interesados establecidas por las Leyes, de acuerdo con el artículo 129.1 de la Constitución.
En ningún caso, la ordenación de la Seguridad Social podrá servir de fundamento a operaciones de lucro mercantil.
Artículo 38. Acción protectora del sistema de la Seguridad Social. Cualquier prestación de carácter público que tenga como
finalidad complementar, ampliar o modificar las prestaciones de la Seguridad Social, en su modalidad contributiva, forma parte del sistema de la Seguridad Social y está sujeto a los principios regulados en esta Ley.
Lo previsto en el párrafo anterior se entiende sin perjuicio de las ayudas de otra naturaleza que, en el ejercicio de sus competencias, puedan establecer las Comunidades Autónomas en beneficio de los pensionistas residentes en ellas.
Estructura
La LGSS sólo tiene un artículo que aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, que a su vez se compone de 234 artículos, 66 disposiciones adicionales, 22 disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y 7 disposiciones finales.
Consta de los siguientes Títulos:
TÍTULO I. Normas generales del sistema de la Seguridad Social
TÍTULO II. Régimen General de la Seguridad Social
TÍTULO III. Protección por desempleo
Los títulos se componen de capítulos y algunos de éstos en secciones,
Contenido
La LGSS, mantiene vigentes los artículos de la antigua Ley de Seguridad Social de 1974 en cuanto a las materias: Higiene y seguridad en el trabajo, Medicina preventiva, Acción formativa, Personal de las Entidades Gestoras y Asistencia sanitaria.
El Título I de la Ley, se aplica directamente al Régimen General y a los Regímenes Especiales que no deben ser regulados por ley.
No es de aplicación directa a los Regímenes que deben regularse por ley específica ( funcionarios públicos y trabajadores del mar).
Se recogen en este Título las normas generales de afiliación, cotización y recaudación y las características generales de la acción protectora.
Enumera e indica las competencias de las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social. Además se detalla el
régimen económico de la Seguridad Social y la colaboración en la gestión.
El Título II se refiere al Régimen General y determina el campo de aplicación, las normas de inscripción de empresas, afiliación de trabajadores, cotización y recaudación, siendo el resto ocupado por la acción protectora.
Las prestaciones son las siguientes:
Incapacidad temporal, Maternidad, Paternidad, Riesgo durante el embarazo, Riesgo durante la lactancia natural, Cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave, Incapacidad permanente en su modalidad contributiva, Incapacidad permanente en su modalidad no contributiva, Jubilación en su modalidad contributiva, Jubilación en su modalidad no contributiva, Muerte y supervivencia, Prestaciones familiares en su modalidad contributiva y no contributiva. En 2004, desapareció el subsidio de recuperación.
El Título III, relativo a la protección por desempleo, regula el nivel contributivo y el nivel asistencial, desarrollando su régimen jurídico y financiero.