• No se han encontrado resultados

Gaceta municipal de Barcelona. Año 063, nº 03 (30 ene. 1976)

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2020

Share "Gaceta municipal de Barcelona. Año 063, nº 03 (30 ene. 1976)"

Copied!
22
0
0

Texto completo

(1)

Num. 3 - Año LXIII

DE

BARCELONA

30 de Enero de 1976

Se publica cada 10 días DEPOSITO LEGAL B. 1824-1958

PRECIO DE SUSCRIPCION ADMINISTRACION Y SUSCRIPCION

SUMARIO

Páginas

Comisión Municipal Ejecutiva 51

Hacienda 52

Servicios Municipales 52

Urbanismo 52

Comisión Municipal Ejecutiva (Extraordinaria) 55

Publicaciones y Disposiciones Oficiales 57

Anuncios Oficiales:

Gobierno Civil 59

(2)

Núm. 3 - Año LXIII

DE

BARCELONA

30 de Enero de 1976

Se publica cada 10 días DEPOSITO LEGAL B. 1824- 1958

PRECIO DE SUSCRIPCION ADMINISTRACION Y SUSCRIPCION

COMISION

MUNICIPAL

EJECUTIVA

En el Salón del Consulado de Mar de la Casa sede Consistorial de la Ciudad de Barcelona, a

doce de enero de mil novecientos setenta y seis,

sereúne la Comisión municipal ejecutiva, en sesión

ordinaria, bajo la presidencia del Excmo. Sr. Alcalde, don Joaquín Viola Sauret, y concurren los limos, señores Tenientes de Alcalde don

Eu-daldo Travé Montserrat, don Mariano Blasi

Rialp

y don Jaime Abella de Castro, los limos, señores

Concejales, don Mariano Ganduxer Relats, don José

María Dot Bosch, don Antonio GuaschCarreté, don

Jacinto Soler Padró, don Manuel Serra Domín¬

guez, don Rafael Luján López y don Rafael de Ferrater Ramoneda, y los Delegados de Servicios limos .señores doña M.a Rosa Muñoz Codina, don Federico Udina Martorell, don Ricardo Fornesa

Ribó, doña M.a Asunción Guardia Canela, don José

Espinet Chancho, don Rómulo Cruylles de

Perata-llada y Bosch, don Roberto Cortadas Arbat y don Luis Cosculluela Montaner, asistidos por el Secreta¬ rio general interino, don José Balcells Junyent.

Está presente el Interventor de Fondos, don José

María Asensi Terán.

Excusa su asistencia el señor Sangrá Bosch.

Abiertala sesión porla Presidencia alas diecinue¬

ve horas, catorce minutos, es leída

y aprobada el

acta de la anterior.

Se adoptanlos siguientes acuerdos:

Felicitar con satisfacción al Excmo. señor don

Salvador Sánchez Terán, por haber sido nombrado

Gobernador Civil de Barcelona, y cuya presente vinculación a esta Provincia, por haberparticipado

en el estudio técnico

y económico de las autopistas de peaje Montgat-Mataró y Barcelona-Frontera, así

como el interés evidenciado, mientras fue Subsecre¬

tario de Obras Públicas, por el desarrollo de las

infraestructuras hidráulicas y del transporte en

nuestra Ciudad, constituyen, junto

a sus nobles

cualidades humanas, el mejor augurio de una

actuación eficiente y relevante; al limo, señor don

Juan EchevarríaPuig, porhaber sido nombrado Di¬

rector general de Correos y Telecomunicación; al limo, señor don Gabriel A. Ferraté Pascual por haber sido nombrado Director general de Universi¬ dades e Investigación; al limo, señor don Sebastián

Martín-Retortillo, por haber sido nombrado Secre¬

tario general técnico del Ministerio de Educación y Ciencia.

Quedar enterada del decreto de la Alcaldía de 18 de diciembre de 1975, que autoriza gastos con cargo

a la part. 282-6 del Presupuesto ordinario.

Revisar las tarifas delServicioMunicipal dePom¬

pas fúnebres para el año 1976, de conformidad con

la Resolución del Ministerio de la Gobernación, de 23 de junio de 1956, que autoriza la actualización anual de las tarifas del Servicio, según fórmula

matemática, cuyaaplicación establece los precios de los distintos servicios fúnebres, que constan en el documento que se acompaña y aprueba.

El señor Alcalde da cuenta de los siguientes

decretos:

1.° Constitución deuna Ponencia especial mixta

para el estudio de la conservación y restauración de

laestructura del mercado del «Born».

2.° Constitución de una Ponencia especial sobre

el Teatro.

3.° Constitución de una Ponencia especial para

el área social deportiva de Montjuich.

4.° Decreto sobre la incorporación de Adjuntos

alas Juntasmunicipales de Distrito.

5.° Constitución de una Ponencia especial infor¬

mativa sobre la reforma del Plan general Comarcal de Barcelona .

(3)

52 GACETA MUNICIPAL DE BARCELONA

Hacienda

PATRIMONIO

Aprobar, visto

el informe de la Intervención

de

Fondos, las liquidaciones

correspondientes al 2.°

y

al 3.° trimestres de 1975, relativas a la administra¬ ción de diversos bienes de propiedad

municipal

según el detalle siguiente:

Fincas procedentes de la

Exposición

Internacional, 417.971

pesetas;

fincas

propiedad del

Excmo. Ayuntamiento, 852.304

pe¬

setas; herencia Ignacio Iglesias, 10.032 pesetas y Herencia Brugada, 20.718 pesetas;

Viviendas San

Cristóbal, 40.541 pesetas, cuyas

cantidades fueron

ingresadas en arcas municipales

mediante

cargare¬

mes números 3.581, 5.607, 8.172, 8.173 y 8.177 del año mencionado; y asimismo las fincas

procedentes

de laExposiciónInternacional, 683.943 pesetas;

fin¬

caspropiedad del Ayuntamiento,

1.015.076,87

ptas.;

Viviendas San Cristóbal, 39.718 pesetas; Herencia Ignacio Iglesias, 10.032 pesetasy Herencia

Brugada,

26.344 pesetas, cuyas cantidades fueron

ingresadas

en arcas municipales mediante cargaremes núms.

8.165, 10.848, 10.849 y 10.862 del 3.° trimestre

del

año mencionado.

TASAS DE LA VIA PUBLICA

Denegar la exención tributaria solicitada por

la

5.a Jefatura Regional de la Dirección General

de

Transportes Terrestres del Ministerio

de Obras

Públicas, referente al aprovechamiento especial

de

la víapública mediante lareserva

especial

de

parada

autorizada frente a sus oficinas, sitas en el pasaje

Mercader, núm. 14.

Servicios

Municipales

SERVICIOS MUNICIPALES

Estimar las reclamaciones formuladas por don Federico Alvarez Riobo, don José Carrasco Díaz, don Manuel Cid Martínez, don José Fernández

Mo-jica, don Gabriel Gómez Carmona, don Decoroso Méndez Pérez, don Ovidio Méndez Uría, don Ber¬ nardo Niño Romera y don Miguel Sabaté Martí contra su exclusión de las listas provisionales de

conductores admitidosparala adjudicación de licen¬ cias de auto-taxiotorgadas envirtud de lo dispuesto

en la Orden del Ministerio de la Gobernación, de

17 de mayo de 1974, y rectificar la relación defini¬ tiva de adjudicatarios aprobada por la Comisión municipal ejecutiva en9 de abril de 1975, en elsen¬ tido de incluir en la misma a los referidos impug¬

nantes con una antigüedad de cinco años.

Urbanismo

SUBUNIDAD DE PLANEAMIENTO Y ACTUACION URBANISTICA

Declarar subrogada: a doña Pilar Sorolla Cama,

en los derechos y obligaciones de su difunto esposo,

don José Piñol Pueyo, respecto a la indemnización por desocupo del piso 2.°, 2.a, de la finca núm. 64

de la calle Mediana de San Pedro; y a doña

Francisca Morell Carrera, enlos derechos y obliga¬ ciones de su difunto padre don Salvador

Morell

Noguera,respecto de la

indemnización

por

desocupo

del piso entresuelo, 3.a,

de la finca núm. 43

de la

calle Menéndez y Pelayo.

Declarar sobrante de vía pública, de

conformidad

con el proyecto aprobado en 6

de

noviembre de

1918, la parcela de 9,30

m2 de

extensión, proce¬

dente de la Avda. de la Catedral, boy Avda. de

Francisco Cambó, que linda al Norte con

la calle

Freixuras, al Sur, en un vértice, y al Este, con la Avda. de Francisco Cambó y al Oeste con finca

del

solicitante; todo ello a los efectos que

procedan

y al especial de que

pueda inscribirse

en

el Registro

de la Propiedad como dominio del

Municipio,

y adjudicar la descrita parcela a don

Juan

y

don José

Bardera Coromina y don Martín Más Tubau, en común y por terceras partes

indivisas,

por

el precio

de 204.600 pesetas, completamente libre

de

gastos para el Ayuntamiento,

incluso los de

previa

inscrip¬

ción a favor del mismo y con las condiciones in¬

dicadas.

Inscribir en el Registro municipal de

Solares

y

otros inmuebles sujetos a edificación forzosa, las parcelas D y E correspondientes a

la finca

sita en

las calles deGuipúzcoa, Andrade, Avda. José

Anto¬

nio,Puigcerdà y Maresma,

adjudicadas

a

«Deguesa,

S. A.», en el proyecto de reparcelación

formalizado

porla Comisión de Urbanismo y

Servicios

comunes,

en escriturade 1.° demarzo de 1974, autorizadapor el Notario don Pedro Calatayud de Roca,porcuanto

se hallan destinadas en más de un 50 por ciento de su superficie o de su volumen

construido,

a un uso urbanístico contrario al previsto en las vigentes

Ordenanzas y las construcciones existentes en las

mismas, se hallan en manifiesta desproporción con la altura legalmente autorizada y corriente en la

zona y desmerecen por su estado, condición y clase,

de las demás del sector, conforme a lo previsto en los párrafos b) y c) del núm. 5, del art. 5.°,

del

Reglamento de 5 demarzo de 1964,y, advertir, ala propiedad, que la finca pasará a la situación

de

venta forzosa transcurrido el plazo de dos años, a

contar desde la notificación, si no se iniciaren las obras de edificación o no se continuaren a ritmo

normal, y a los ocupantes, que el otorgamiento

de

la licencia de obras, producirá la definitiva extinción de los derechos arrendaticios y demás personales constituidos sobre el inmueble, conforme

a lo dispuesto en el art. 149 de la Ley de 12 de

mayo de 1956.

Aprobar inicialmente el «Estudio de modifica¬ ción de alineaciones en el cruce de la Avenida de

Sarrià y las calles de París y Urgel»; someterlo a información pública por plazo de un mes; para el

supuesto de que no se presenten reclamaciones, tenerlo por aprobado definitivamente, y darcuenta

a la Corporación Metropolitana, conforme alo dis¬

puesto porel art. 10 bis de la Ley de Reforma de la del Suelo y Ordenación urbana.

Acoger la propuesta formulada por don Ramón SuñolMolina, propietario de la finca núms. 130-132 de la calle deFresser; Aceptar la cesióngratuitadel terreno vial de 68,72 m2 de extensión y de las edificaciones que han de ser objeto de derribo correspondientes a dicha finca, afectada por el ensanchamiento de la citada calle y, una vez acredi¬ tado —mediante certificado registral por la pro¬ piedad— el dominio ylibertad decargas de la finca,

formalizar la cesión.

Adjudicar a «Inmobiliaria Calonge, S. A.», pro¬

(4)

CACETA MUNICIPAL DE BARCELONA 53

la parcela de 37 m2 de extensión, procedente de la

expropiación de la finca núms. 61-63 de la calle

Padua, que linda al Nortecon la Ronda del General Mitre y al Sur, enun vértice,Estey Oestecon finca propiedad de la entidad solicitante, completamente libre de gastos para el Ayuntamiento y con las condiciones que se señalan en el anexo num. 1.

Declarar sobrante de víapública, de conformidad

con el proyecto aprobado en 19 de noviembre de

1941, laparcela de 141 m.2 deextensión, procedente del Camino Viejo del Coll, que linda al Norte con

terrenos de la misma procedencia de propiedad municipal, al Sur con la confluencia de las calles de Pantano de Tremp y Dante Alighieri, al Este con finca núms. 142-144 de la calle Dante Alighieri,

perteneciente a la Comunidad de Propietarios y al Oeste con finca de la entidad solicitante; todo ello a los efectos que procedan y al especial de que

pueda inscribirse en el Registro de la Propiedad

como dominio del Municipio y adjudicar la des¬

crita parcela a «Sociedad Anónima Inmobiliaria

Deltaún», propietaria colindante, por el precio de 1.410.000 pesetas completamente libre de gastos para el Ayuntamiento ,incluso los de previa ins¬ cripción a favor del mismo y con las condiciones que se señalan en el anexo núm. 1.

Aprobar definitivamenteel «Estudio de rectifica¬

ción de alineaciones de la calle de la Torre, entrela

de San Magín yla Plaza de Mañéy Flaquer»; deses¬ timar la reclamación presentada por doña María Gloria Masip Armengol, en nombre propio y en re¬

presentación de doña Antonia Armengol Roura y otros; tener en cuenta, en fase de ejecución, la existencia de servicios que se veránafectados, según ha mapifestado «Sociedad General de Aguas de

Barcelona, S. A.», y comunicar este acuerdo a la

Corporación Metropolitana de Barcelona, conforme

alodispuesto en el art. 10 bis de la Ley deReforma

de la del Suelo y Ordenación Urbana.

MOCIONES

1.a De la Alcaldía:

En espera de la publicación de la disposición que establece un incremento de remuneraciones de los

funcionarios de la Administración local, con efectos

desde 1.° deenero de este año,para su acomodación

alos funcionarios civiles del Estado, según previene

el artí 1.°, 1, del Decreto de 7 de agosto de 1973 y

habida cuenta lo dispuesto en la reciente Ley de

Presupuestos del Estado para 1976 que aumenta el sueldo baseen un 14por100, esta Alcaldía, interesa¬

da en que tal aumento no se demore y pueda

ya

figurar en la nómina de este mes, previa oportuna

consulta a la Dirección general de Administración

local y oída la Intervención de Fondos, en el ejerci¬ cio de las atribuciones que le confiere el art. 40 del Reglamento de Organización y Administración,

somete a la Comisión municipal ejecutiva la si¬

guiente moción:

Incrementar, con efectos desde 1.° de enero de

1976, el sueldo base y la cuantía de los trienios

actualmente devengados de los funcionarios muni¬ cipales en un 14 por 100 de su actual importe y en igual porcentaje el sueldo y trienios de los funcio¬ narios de la Policía municipal y del Servicio de Extinción de Incendios y Salvamentos, todo ello

según las determinaciones de nueva disposición de

rango superior, sobre aplicación deeste incremento

y, en su caso, el que proceda sobre los comple¬

mentos.

2.° Del Delegado de Servicios de Urbanismo, señor Cosculluela Montaner:

Denominar «Plaza de laArmada» a laque carece

de nombre oficial, situada en lazona de la Montaña

de Montjuich, junto a la Carretera de Miramar y frente a los estudios de R.T.V.E.

Justificada laurgencia en la forma prevista en el

art. 40, 3 del Reglamento de Organización

y Admi¬ nistración municipal, se aprueban las mociones.

INFORME PARA EL CONSEJO PLENO

Accedera queel saldo de 151.260.641 pesetaspen¬

diente de abonarporel Banco de CréditoLocal, del

contrato de 600 millones de pesetas firmado en 30 de diciembre de 1974, avalado por el Excmo. Ayun¬

tamiento, sea aplicado a la partida destinada a la adquisición de autobuses, para hacer frente a las certificaciones ya remitidas por S.P.M. Transportes deBarcelona, S .A. al Banco,y alasque en el futuro remita.

DECRETO Y, EN SU CASO MOCION PARA EL CONSEJO PLENO

De la Alcaldía, por la que se constituye una Ponencia para el estudio de la Revisión de la Ley especial del Municipio de Barcelona.

La Comisión municipal ejecutiva queda entera¬ da y da suconformidad como Decreto y la informa

favorablemente, con el voto en contra del señor Soler Padró.

Termina la sesióna las veintidós horasy cuarenta

(5)

COMISION MUNICIPAL

EJECUTIVA

(Extraordinaria)

En el Salón del Consulado de Mar de la Casa

sede Consistorial de la Ciudad de Barcelona, atrece de enero de mil novecientos setenta y seis, se rúne la Comisión municipal ejecutiva en sesión extra¬

ordinaria, bajo la presidencia del Excmo. señor

Alcalde, don Joaquín Viola Sauret, y concurren los limos, señores Tenientes de Alcalde, don Eudaldo

Travé Montserrat y don Mariano Blasi Rialp, los limos, señores Concejales, don José M.a Dot Bosch, don Antonio Guasch Carreté, don Jacinto Soler

Padró, don Manuel Serra Domínguez y don Rafael Luján López, y los Delegados de Servicios, limos, señoresdoña M.a Rosa MuñozCodina, don Federico

Udina Martorell, don Ricardo Fornesa Ribó, don

José Espinet Chancho, don Rómulo Cruylles de

Peratallada y Bosch, don Roberto Cortadas Arbat y don Luis Cosculluela Montaner, asistidos por el Secretario general interino, don José Balcells

J unyent.

Está presente el señorInterventor de Fondos, don

José M.a Asensi Terán.

Excusan su asistencia los señores Abella,

Gandu-xer, Sangrá, De Ferrater y doña M.a Asunción Guardia Canela.

Abierta la sesión por la Presidencia a las diecinueve horas, veintitrés minutos, es leída y aprobada el acta de la anterior.

Se adopta el siguiente acuerdo:

Encargar al Delegado de Servicios de Obras

Públicas: 1.° la formulación o definición del pro¬

yecto principal de obras a aprobar, que pueda o deba ser objeto de una contratación directa ,ante la

notoria urgencia y gravísimos perjuicios de no con¬ tinuarse la obra, por concurrir sobradamente lo

previsto en el art. 41, 3 del Reglamento de Contra¬

tación, que habilita tal tipo de contratación. 2.° La

preparación de los otros Proyectos de obras, para

previa su aprobación, proceder a la contratación ordinaria de las mismas. 3.° Gestionar de las Com¬

pañías constructoras la aceptación de los hechos

resultantes y de la previsible contratación, según

los anteriores acuerdos.

* * #

INFORME PARA EL CONSEJO PLENO Conceder a la Sociedad General de Aguas de

Barcelona, con sujeción a las condiciones estableci¬ das por la Ponencia de Deportes

y Subunidad de Patrimonio, el uso, por plazo de 40 años, del sub¬

suelo delCampo Municipal de Hockey del Cincuen¬

tenario, de Montjuich, para instalar un depósito necesario para cubrir las necesidades del consumo deaguapotable de la Ciudad

y previsto enel «Estu¬

dio de Redistribución de Aguas de Barcelona», aprobado por acuerdo del Consejo Pleno, de 2 de febrero de 1967.

MOCIONES PARA EL CONSEJO PLENO

1. Del Delegado de Servicios de Obras públicas, señorEspinet:

Declarar desierto el concurso de las obras de

urbanización, construcción y conservación en el

nuevo Cementerio Norte de Barcelona, convocado

por acuerdo del Consejo pleno de 22 de julio de

1975, vistos los informes de los Servicios técnicos

municipales y de la Comisión designada por la

Delegación de Servicios de Obras púbbcas el 21 de octubre de 1975.

Después de la exposición formulada por el Dele¬ gado de Servicios de Obras públicas y oidos los informes emitidos por la Jefatura de la Unidad y de los Servicios técnicos municipales quehan inter¬ venido en el expediente, la Comisión municipal

ejecutiva delibera ampliamente sobre la moción y

se acuerda informarla favorablemente para el Con¬

sejo pleno, con el voto en contra del señor Blasi.

La Comisión municipal ejecutiva lamenta no haber podido adjudicar el concurso, expresa su reconocimiento a los concurrentes por el evidente

interés demostrado al acudir al mismo y por los trabajos, estudios y maquetas que han presentado y acuerda que la Delegación de Servicios de Obras públicas confeccione un Proyecto de urbanización del cementerio, para la aprobación que proceda, y ésta producida, para contrataciones anuales de las construcciones de sepulturas necesarias para cada

ejercicio, en el primero de los cuales podría consi¬

derarse que todos ellos reúnen las garantías y con¬ diciones especiales para llevar a cabo ese tipo de obras a los efectos del art. 37, 3.° del Reglamento

de Contratación de las Corporacioneslocales.

2. De la Alcaldía que dice:

La Orden del Ministerio de la Gobernación, del

17 de diciembre de 1975, autoriza a las Corpora¬

ciones locales para que, dentro de la esfera de su propia y exclusiva competencia, puedan aplicar la

gracia delindulto, concedidoporDecreto 2940/1975, de 25 de noviembre, a las sanciones

disciplinarias

impuestas a sus funcionarios calificadas de leves y graves, y a las responsabilidades pecunarias deri¬ vadas de infracciones de tráfico y Ordenanzas y

Reglamentos de policía y buen gobierno por hechos cometidos con anterioridad al 22 de noviembre de

1975, con excepción de las sanciones pecuniarias

(6)

56 GACETA MUNICIPAL DE BARCELONA

La propia Orden establece que en los acuerdos plenarios que las Corporaciones locales adopten para la aplicación del indulto, señalarán su exten¬

sión, dentro de los límites fijados en el apartado anterior .

En aplicación de la indicada Orden ministerial, laAlcaldía, al amparo del art.32, 4, del Reglamento de Organización y Administración, somete a in¬ forme de la Comisión municipal ejecutiva para que

sea elevada al Consejo pleno, la siguiente moción:

Aplicar ,como autoriza la Orden del Ministerio de la Gobernación, de 17 de diciembre de 1975, la gracia del indulto a:

1.° Las sanciones disciplinarias impuestas y que estén en cumplimiento o que puedan imponerse a

los funcionarios municipales por faltas leves o graves cometidasco nanterioridad al 22 de noviem¬ bre de 1975 y con esta extensión: a) de la totalidad de las sanciones por faltas leves, y b) de la mitad de las sanciones por faltas graves.

2.° Las responsabilidadespecuniarias, derivadas de sanciones de competencia municipal, por infrac¬ ciones de tráfico referentes a distintos tipos de

aparcamientos y no de otra clase, así como las de Ordenanzas y Reglamentos de Policía y buen gobiernounas y otrashasta un límite de diez multas impagadas por infractor y por hechos cometidos el año anterior al 22 de noviembre de 1975.

No se comprenden en el indulto las sanciones

pecuniarias derivadas de la aplicación de las Orde¬

nanzas de exacciones locales y de las infracciones

urbanísticas.

Justificada y acordada la urgencia en la forma

prevista en el art. 32 del Reglamento de Organiza¬

ción y Administración municipal, ambas mociones

se informan favorablemente para el Consejo pleno.

Termina la sesión a las veintidós horas y diez

(7)

PUBLICACIONES Y DISPOSICIONES

OFICIALES

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Enero 1976

Día 17. Ayuntamiento de Barcelona. Don Ramón Morera Francisca solicita que la finca de su propiedad, señalada con los números 516, 518 y 520 de la calle de Valencia, sea incluida en el Re¬

gistro municipal de Solares sujetos a edificación forzosa.

— Concluido el

contrato de suministro deunlote

de radiología realizado por la firma Siemens-Eléc-trica Española, S .A., se hace público a los efectos le cancelación de la garantía definitiva.

Día 19. Ayuntamiento de Barcelona.—Aproba¬ ción de los proyectos de urbanización comprensivos de obras de pavimentación, de distintas calles de la

Ciudad, por la Comisión municipal ejecutiva del II de septiembre de 1974.

Exposición al público, en la Unidad de los Servicios Centrales, de un nuevo párrafo 3, adicio¬ nado al art. 142 de las Ordenanzas Municipales de Mercados.

Día 20. Ayuntamiento de Barcelona.

Finali-zadadas las obras de pintura en diversos pabellones del Hospital de Nuestra Señora del Mar, adjudica¬ das a donJosé Socías Esvertit, se hace público a los

efectos de cancelación de la garantía definitiva.

Finalizados los trabajos de adaptación de vi¬ trinas e instalación eléctrica en la nueva reestruc¬

turación de las Salas del Museo Románico de Mont-juich, adjudicados a don Salvador Lladó Terés, se hace público a los efectos de cancelación de la ga¬ rantía definitiva.

— Finalizadas

las obras a realizar en diversas

salas del Museo de Arte del Parque de la Ciudadela, adjudicadas a don Salvador Lladó Terés, se hace

público a los efectos de cancelación de la garantía

definitiva.

Día 21. Ayuntamiento deBarcelona.La Comi¬ sión municipal ejecutiva, en sesión celebrada el día 13 de noviembre de 1974, acordó imponer contri¬

bución especial a todos los propietarios de las fin¬

cas que se hallen enclavadas en la calle Moyanés

y resulten beneficiadas con las obras de instalación

del alumbrado en la citada calle, a fin de subvenir a las mismas.

A fin de subvenir a las obras de instalación

del alumbradoen la calle Rabassa, la Comisiónmu¬

nicipal ejecutiva, en sesión celebrada el día 19 de junio de 1974, acordó imponer contribución espe¬

cial a todos los propietarios de las fincas enclava¬

das en la mencionada calle y resulten beneficiadas con aquellas obras.

Exposición al público, en el Negociado de Presupuestos y Cuentas, del expediente relativo al Proyecto reformado del de replanteo previo gene¬ ral de las obras de la 1.a etapa.

Reformado

del Plan de Inversiones.

—-Exposición al público,enelNegociado de Pre¬

supuestosy Cuentas de la Cuenta general del Presu¬

puesto extraordinario detransportes, etapade 1962.

— Gobierno Civil de la

provincia de Barcelona. Circular sobre Presupuesto de las Corporaciones

Locales, ejercicio 1976, y Normas complementarias parala formación de dichos Presupuestos delcitado ejercicio.

Día 24. Ayuntamiento de Barcelona.Finali¬ zadas las obras de ampliación de las Oficinas del Servicio de Talleres Municipales y los trabajos de conservación en el Hogar del Jubilado, adjudicados a ConstruccionesFercón, S .A., se hacepúblico alos

efectos de cancelación de la garantía definitiva. Día 26. Ayuntamiento de Barcelona.—Finali¬

zados los suministros de diversos aparatosy equipos destinados a la instalación del alumbrado público

de las calles de Trafalgar, Ribas, Plaza de Nuestra Señora del Coll, Numancia y Bruch, respectiva¬ mente, adjudicadosa don Jaime Condis Galindo, se hace público a los efectos de cancelación de la ga¬ rantía definitiva.

— Finalizados los suministros de varios

equipos

de lámparas destinados a la instalación del alum¬ brado de las calles Monasterio, Arte y Padilla, res¬

pectivamente, adjudicadosaInstalaciones Eléctricas

RIN, se hace público a los efectos de cancelación de la garantía definitiva.

— Finalizadas las obras de acondicionamiento de

lavadero en el nuevo preventorio municipal de

Psiquiatría, adjudicadas a don Jaime Condis Galin¬

do, se hace público a los efectos de cancelación de la garantía definitiva.

— Finalizados los suministros de varios

equipos de lámparas destinados a la instalación del alum¬ brado público en las calles de Vía Augusta, Londres, Praga y Villar, adjudicados a doña Teresa Rin, se hace público a efectos de cancelación de la garantía definitiva.

La Comisión Municipal ejecutiva, en sesión

celebrada el día 9 de octubre de 1974, acordó impo¬

ner contribución especial a todos los propietarios de las fincas que se hallen enclavadas en la calle Grassoty resulten beneficiadas conlas obras de ins¬

(8)

ANUNCIOS OFICIALES

GOBIERNO CIVIL

CIRCULAR

Presujmesto de las Corporaciones Locales

Ejercicio 1976

La Direción General de Administración Local,en escrito de 26 de diciembre último, núm. 633, dice a

este Gobierno Civil lo siguiente:

«Dictada la Ley 41/1975, de 19 de noviembre,por la que se aprueban las Bases del Estatuto del Ré¬

gimen Local,y previsto enla misma que determina¬ dos ingresos de los que en ella se establecen habrán de entrar en vigoren 1.° de enero de 1976, es de es¬

perar que en plazo inmediato se dicten por el Go¬ bierno las oportunas normas para el cumplimiento de las previsiones referidas .Mas siendo preciso,por otra parte, que las Corporaciones locales conozcan

con la conveniente antelación las orientaciones ne¬

cesarias para poder elaborar sus presupuestos or¬ dinarios para elpróximo ejercicio, se dictanlas pre¬

sentes Instrucciones con la finalidad de atender al

objetivo mencionado.

En su virtud, en uso de las atribuciones conferi¬

das por el artículo7.° de la Ley de Régimen Localy

a propuesta de la Dirección General de la Admi¬

nistración Local, este Ministerio ha tenido a bien disponer:

1.° Se declara en vigor, para la formación de los

presupuestos de lasCorporaciones locales del ejerci¬ cio de 1976, las Instrucciones aprobadas por Orde¬

nes de este Departamento de 10de agosto de 1965 y

21 de octubre de 1966. Dichas Instrucciones se en¬

tenderán adicionadas o rectificadas por las que se

aprueban como anexo de esta Orden.

2.° La estructura de dichos presupuestos se

ajustará a las normas establecidas para el ejercicio de 1975 con las modificaciones previstas en las Ins¬

trucciones adjuntas, quedando autorizada la Direc¬ ciónGeneral de Administración Localpara publicar

una estructura refundida y modificada de acuerdo

con lo que resulte de la aprobación en su día de la nueva legislación de Régimen local.

3.° La Dirección General de Administración Lo¬

cal, como Jefatura Superior del Servicio Nacional deInspecciónyAsesoramiento de las Corporaciones

Locales, podrá dictar las medidas precisas para el desarrollo de esta Orden.

4.° Por los Gobernadores civiles se dispondrá la

inmediata inserción en el Boletín Oficial delaspro¬

vincias respectivas de la presente Orden y de las Instrucciones que la acompañan, que regirán desde

su publicación en el Boletín Oficial del Estado.»

Lo que sehace público alos efectos indicados.

Barcelona, 9 de enero de 1976.—El Gobernador Civil interino, Ramón Soldevila Tomasa.

INSTRUCCIONES COMPLEMENTARIAS PARA LA FORMACION DE LOS PRESUPUESTOS DE LAS CORPORACIONES LOCALES

DEL EJERCICIO DE 1976

I. NORMAS GENERALES

1.a Estructura presupuestaria

1. Se modifica la redacción del art. 1.° del

capí-pítulo 1 de la vigente estructura presupuestaria de ingresos, que quedará redactado así:

CAPITULO 1

Impuestos directos

Artículo 1,1. Sobre el producto y la renta.

Concepto 1,101. Recargo municipal del 10 por 100 sobre la base liquidable de la cuota fija del

Tesoro de la Contribución Territorial rústica.

Concepto

1,102. Recaigo municipal del 10 por 100 sobre la base liquidable de la cuota del Tesoro de la Contribución Territorial Urbana.

Concepto 1,103. Recargo municipal del 35 por 100 sobre la cuota fija o de licencia del Impuesto

Industrial.

Concepto 1,104. Recargo del 40 por 100 sobre la cuota fija o de licencia del Impuesto sobre el Rendimiento del Trabajo Personal de los profesio¬ nales y artistas.

Concepto 1,105. Recargo municipal del 30 por 100 sobre la cuota de primas de las Entidades mutuas de Seguros en el Impuesto sobre la Renta de Sociedades.

Concepto 1,106. Prestación personal y de trans¬ portes.

(9)

60 GACETA MUNICIPAL DE BARCELONA

CAPITULO 4

Subvenciones y partipaciones en ingresos

Artículo 4,1- Del Estado.

Concepto 4,101. Participación municipal del 90 por 100 de la cuota fija de la Contribución Terri¬ torial Rústica.

Concepto 4,102. Participación municipal del 90 por 100 de la Contribución Territorial Urbana.

Concepto 4,103. Participación municipal del 90 por 100 de la cuota fija o de licencia del Impuesto Industrial.

Concepto 4,104. Participación municipal del 90

por 100 de la cuota fija o de licencia del Impuesto sobre los Rendimientos del Trabajo Personal co¬ rrespondientes a profesionales y artistas.

Concepto 4,105. Participación municipal del 90 por 100 del Impuesto sobre la Renta de las Perso¬

nas Físicas en la parte que corresponde a las plus¬

valías inmobiliarias.

Concepto 4,106. Participación municipal del 90 por 100 del Impuesto sobre el Lujo que grava la tenencia y disfrute de automóviles.

Concepto 4,107. Participación municipal del 4

por 100 de los impuestos indirectos del Estado. Concepto 4,108. Compensación de la diferencia entre el desaparecido Impuesto sobre el Producto Bruto de las Explotaciones Mineras y el recargo sobre la cuota de licencia fiscal de las mismas ex¬

plotaciones.

3. Queda suprimido el concepto 7,304 del esta¬ do de Ingresos creado por la Instrucción 5.a de las aprobadas por Orden de este Ministerio de 2 de diciembre de 1974 para los presupuestos de las Corporaciones Locales del ejercicio de 1975.

4. Igualmente queda suprimida la partida 7,2102 del estado de gastos, creada por la Instrucción 15 de las aprobadas por Orden de este Ministerio de 2 de diciembre de 1974, para la formación de los presupuestos de las Corporaciones Locales del ejer¬

cicio de 1975.

2.a Nivelación de presupuestos

La nivelación del presupuestoordinario, de acuer¬ do con el artículo 678 de la Ley de Régimen Local,

habrá de hacerse con los ingresos calculados con

arreglo a estas Instrucciones y demás disposiciones de carácter general. Cuando no sea posible llevar

a cabo tal nivelación, se procederá a dar cuenta

inmediata ala Dirección General de Administración

Local, a través del respectivo Servicio Provincial de

Inspección y Asesoramiento de las Corporaciones

Locales, el cual propondrá a dicho Centro directivo las medidas más adecuadas de entre las previstas en el artículo 3.°, 6, del Decreto-ley 7/1973. Entre tanto, será de aplicación lo previsto en el artículo 688 de la Ley de Régimen Local sobre prórroga interina del Presupuesto del ejercicio anterior.

3.a Normas especiales para Canarias

Seguirán aplicándose, en materia presupuestaria,

las normas contenidas en las Instrucciones aproba¬

das porOrden de este Ministerio de 2 de diciembre de 1972 (BoletínOficial del Estado del 28) para las Corporaciones Locales de Canarias.

II. INGRESOS

4.a Recargos a favor de las Corporaciones Locales sobre impuestos estatales

A) Ayuntamientos

1) Rústica. — Para el cálculo de este concepto

se tendrá en cuenta que, a partir de 1 de enero

de 1976, quedan suprimidos el arbitrio municipal sobre la riqueza rústica y todos los recargos regu¬ lados en la legislación anterior, tanto ordinarios

como extraordinarios, a favor de las Corporaciones

locales, sobre la contribución estatal del mismo

nombre. Uno y otros serán sustituidos por un recar¬ go único del 10 por 100 sobre la base liquidable de lacuota fija del Tesoro de la Contribución Territo¬

rial Rústica y Pecuaria.

2) Urbana. —Igualmente sesuprimeel arbitrio municipal sobre la riqueza urbana y los recargos, ordinarios y extraordinarios, a favor de las Corpo¬ raciones locales que girasen sobre el mismo o so¬ bre la contribución estatal del mismo nombre. To¬

dos quedarán sustituidos por un recargo único del 10 por 100 sobre la base liquidable de la cuota del Tesoro de la Contribución Territorial Urbana.

3) Impuesto industrial. — Desaparecen todos

los recargos provinciales y municipales, tanto

ordi¬

narios como extraordinarios sobre la cuota fija o de licencia de este impuesto, que quedan sustitui¬

dos por un recargo único del 35 por 100 a favor de los Ayuntamientos y del 40 por 100 a favor de las Diputaciones.

4) Trabajo personal de profesionales y artistas. Quedan asimismo unificados los recargos sobre la

cuota fija o de licencia del Impuesto sobre el Ren¬

dimiento del Trabajo Personal satisfecho por pro¬ fesionales y artistas, que se fija en el 40 por 100 para los Ayuntamientos y en otra cuantía idéntica

para las Diputaciones.

5) Mutuas de Seguros. — El recargo sobre la

cuota por primas de las Entidades mutuas de Segu¬

ros en el Impuesto de la Renta de Sociedades será

del 30 por 100 a partir de 1 de enero de 1976.

B) Diputaciones Provinciales

Tráfico de las Empresas e impuestos especiales de fabricación.

Desde 1 de enero de 1976 quedará suprimido

el arbitrio provincial sobre el tráfico de las empresas y sobre los actos gravados para los im¬

puestos especiales de fabricación, creado por el artículo 233 de la Ley 41/1964, de Reforma Tribu¬

taria, siendo sustituido por un recargo provincial sobre aquellas operaciones sujetas al impuesto ge¬ neral sobre el tráfico de las empresas y sobre los

impuestos especiales de fabricación. Sin perjuicio de las normas que en definitiva se dicten sobre la

distribución de este recargo, las Diputaciones po¬ drán consignar provisionalmente en sus presupues¬

tos por este ingreso la cantidad percibida en 1966,

más una cuota por habitante de seiscientas ochenta

(10)

GACETA MUNICIPAL DE BARCELONA 61

En el ejercicio de 1976, los Ayuntamientos deja¬ rán de consignar participación alguna en el nuevo recargo provincial sobre el tráfico de las empresas

e impuestos especiales de fabricación.

5.a Participaciones de las Corporaciones Locales

en impuestos estatales

A) Ayuntamientos

1) Rústica. — Los Ayuntamientos consignarán el importe del 90 por 100 de la cuota fija del Te¬

soro por esta contribución, sirviéndose para ello de

los datos de que se dispone del extinguido arbitrio municipal sobre riqueza rústica.

2) Urbana. — El cálculo de esta participación

se hará conforme a las mismas normas de ejercicios

anteriores. No obstante, los Ayuntamientos que per¬ cibían asignación adicional transitoria conforme al artículo 7.°, 1, de la Ley 48/1966, deberán suprimir dicha asignación a partir de 1976.

3) Impuesto industrial. — La participación en lacuota fija ode licenciase fijará también atenién¬

dose a las normas dadas para ejercicios anteriores. Igualmente los Ayuntamientos tendrán en cuenta la observación hecha en la letra anterior con res¬

pecto a la asignación adicional transitoria, que se

suprime.

4) Trabajo personal de profesionales y artistas. Debe tenerse en cuenta que, a partir de 1 de enero de 1976, los Ayuntamientos percibirán el 90 por

100 de la cuota fija o de licencia del Impuesto sobre el Rendimiento del Trabajo Personal corres¬ pondiente a profesionales y artistas. En principio,

su importe podrá calcularse teniendo en cuenta los

datos disponibles respecto al recargo de dicha cuota fija que venía satisfaciéndose a los Ayuntamientos.

5) Plusvalías inmobiliarias del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. — Las cantidades

a presupuestar por los Ayuntamientos se calcularán

atendiendo los grupos establecidos por el Decreto

3275/1971, aplicando a cada grupo las cuotas si¬ guientes:

Población de derecho de los Cuota por

Municipios habitante

Grupo (habitantes) Pesetas

1.° Más de 1.000.000 18

2.° Más de 150.000 hasta 1.000.000, in¬

clusive 16

3.° Más de 29.000 hasta 150.000, inclu¬

sive 14

4.° Más de 6.000 hasta 29.000, inclusive 10

5.° Hasta 6.000, inclusive 10 Los

Municipios

canarios

y los de Ceuta y Melilla

calcularán su participación en la misma forma

que los de régimen común, sin deducción.

6) Tenencia y Disfrute de Automóviles. — Se

calcularánlas participaciones de los Ayuntamientos

en este

impuesto estatal de forma análoga a la pre¬ vista en el apartado anterior, y conforme al siguien¬ te cuadro:

Población de derecho de los Cuota por

Municipios habitante

Grupo (habitantes) Pesetas

1.° Más de 1.000.000 56

2.° Más de 150.000 hasta 1.000.000, in¬

clusive 50

3.° Más de 29.000 hasta 150.000, inclu¬

sive 44

4.° Más de 6.000 hasta 29.000, inclusive 32

5.° Hasta 6.000, inclusive 32

Las cuotas de los Ayuntamientos canarios y de los de Ceuta y Melilla se calcularán igualmente en la forma que los de régimen común, sin deducción alguna.

7) Impuestos indirectos del Estado. — La par¬

ticipaciónmunicipal en los impuestos indirectos del

Estado, que seeleva al 4 por 100, se fijará tomando

comobase las siguientescuotas porhabitante, según

los grupos establecidos por el Decreto 3275/1971:

Población de derecho de los Cuota por

Municipios habitante

Grupo (habitantes) Pesetas

1.° Más de 1.000.000 470

2.° Más de 150.000 hasta 1.000.000, in¬

clusive 438

3.° Más de 29.000 hasta 150.000, inclu¬

sive 393

4.° Más de 6.000 hasta 29.000, inclusive 278 5.° Hasta 6.000, inclusive 276

Los Ayuntamientos de Ceuta y Melilla consigna¬ rán el 50 por 100 de las cantidades que correspon¬ dan con arreglo al cuadro anterior,

y los de Cana¬

rias, el 17 por 100 de las mismas.

B) Diputaciones Provinciales

Las Diputaciones Provinciales de régimen común

consignarán por primera vez, entre sus ingresos, la participación correspondiente al 1 por 100 en los

impuestos indirectos del Estado. Dicha participa¬ ción se calculará multiplicando la población de de¬

recho de la provincia, según el último Censo apro¬

bado, por la cantidad de 101 pesetas. Los Ayunta¬ mientos de Ceuta y Melilla consignarán el 50 por 100 de las cantidades que resultarían según lo di¬

cho, y los Cabildos insulares de Canarias, el 17 por 100 de las mismas.

6.a Impuesto Municipal de Circulación

Los ingresos por este concepto se calcularán te¬ niendo en cuenta las nuevas tarifas que figuran en

la base 26 de la Ley 41/1975, de 19 de noviembre, de Bases del Estatuto de Régimen Local (Boletín

(11)

62 GACETA MUNICIPAL DE BARCELONA

7.a Otros ingresos locales

Los ingresos locales no mencionados en las

Ins¬

trucciones anteriores seguirán figurando y calcu¬ lándose su rendimiento de conformidad con las

normas del vigente texto articulado de la Ley de

Régimen Local.

8.a Normativa complementaria sobre ingresos

En todo caso, las Corporaciones Locales deberán

tener en cuenta las disposiciones de inminente pu¬ blicación sobre ingresos locales que han de dictarse

como consecuencia de lo establecido en la dispo¬

sición final primera de la Ley 41/1975, de Bases del Estatuto del Régimen Local.

ra. GASTOS

9.a Relaciones de personal

Las relaciones de personal a que se refiere el ar¬ tículo 187, b) del Reglamento de Haciendas Loca¬

les, se acompañarán inexcusablemente al proyecto

de presupuesto y se ajustarán a los modelos apro¬ bados por la Dirección General de Administración Local.

10. Cuotas de la Mutualidad Nacional de Previsión de la Administración Local Sin perjuicio de lo que el Gobierno acuerde en definitiva sobre el particular, las Corporaciones de¬ berán preverla oportuna consignación para el pago de la cuota equivalente al 30 por 100 de los sueldos

iniciales, trienios y pagas extraordinarias de todas lasplazas de la plantilla vigente en 31 de diciembre de 1975, más una sexta parte del indicado porcen¬

taje, de acuerdo con lo previsto en el artículo 13-4 de la Ley 11/1960, de 12 de mayo (Boletín OficAal del Estado del 14).

Cuando se hubiere producido modificación de

plantilla, la cuantía de la cuota sólo podrá alterar¬

se de acuerdo con lo que en cada caso resuelva la

Dirección General de Administración Local.

11. Otras aportaciones a la Mutualidad Nacional de Previsión de la Administración Local Se incluirán en la partida del Capítulo III, con¬

cepto 3,11 de gastos que corresponda, según su na¬

turaleza, los créditos necesarios para el pago de las

porciones de pensión a cargo de la Corporación. Los créditos de esta clase que sean consecuencia de reconocimiento de servicios de carácter interino o

eventual, o reconocidos a funcionarios separados,

figurarán siempre en

partida independiente,

que llevará el número 3,1107, como en ejercicios ante¬ riores.

12. Dotación obligatoria de nuevas plazas de plantilla

Se recuerda a las Corporaciones la necesidad de crear y dotar las correspondientes plazas de

plan¬

tilla cuando se den las circunstancias previstas en

la norma 7,10 de la Instrucción número 1, aproba¬

da por Orden de 15 de octubre de 1963 para

la

aplicación de la Ley 108/1963, es

decir, cuando

por más de dos años se venga satisfaciendo remunera¬

ción por un mismo servicio a

personal

temporero, y no se estime posible la supresión

del

servicio

de

que se trata.

13. Cooperación provincial a los

servicios munici¬

pales y asistencia especial a los

Municipios

menores de 5.000 habitantes

LasDiputaciones Provinciales, además

de las

can¬ tidades que con arreglo al

artículo 257 de la Ley

de Régimen Local les

señale el Ministerio de la

Gobernación con destino a los Planes Provinciales

de Cooperación, preverán

los créditos

necesarios para hacer efectiva, en su caso, laasistencia técnica

alosAyuntamientos y Agrupacionesa que se

refiere

la base 11-5 de la Ley de Bases del Estatuto

de

Régimen Local, así como para asegurar

la función

de intervención económico-fiscal de los mismos.

14. Gastos de renovación del Padrón

municipal de habitantes

Los Ayuntmieantos consignarán los créditos

sufi¬

cientes para satisfacer los gastos de

personal

y ma¬ terial que se calculen han de originarse con motivo de la renovación del Padrón municipal de habitan¬ tes referido al 31 de diciembre de 1975.

Para cálculo de los gastos de personal se tendrán

en cuenta las siguientes normas orientadoras:

a) Siempre que sea posible, y con carácter pre¬

ferente, los trabajos se realizarán con personal de plantilla, retribuyendo los mismos por las

modali¬

dades de horas extraordinarias o de servicios espe¬

ciales y extraordinarios, en el primer caso confor¬

me a los artículos 6.° y 7.° de la Orden de 23 de

octubre de 1973 e Instrucción 8.a de la Orden de

27 de diciembre del mismo año, y en el segundo, conforme al artículo 13 e Instrucción 18 de las mis¬ mas disposiciones.

b) Cuando la modalidad que se estime más con¬ veniente para realizar los trabajos sea la decontra¬

tación de personal temporero, se hará para dicha exclusiva finalidad, y por el tiempo estrictamente necesario para los mismos, teniendo en todo caso

(12)

GACETA MUNICIPAL DE BARCELONA 63

AYUNTAMIENTO DE BARCELONA

SUBASTAS Y CONCURSOS SUBASTAS

Se anuncia subasta de las obras de construcción del Colegio Nacional "Eugeni D'Ors" en el Polígo¬

no Canyellas, por el tipo de 39.327.587 pesetas,

según proyecto que está de manifiesto en el Nego¬ ciado de Obras públicas de esta Secretaría general.

La duración de las obras será de 15 meses.

El pago se efectuará con cargo al Presupuesto ordinario.

Para tomar parte en la subasta los licitadores

deberán constituir previamente la garantía provi¬ sional de 574.313 pesetas; la definitiva, y la com¬ plementaria, en su caso, se deducirán en la forma dispuesta por el art. 82 del Reglamento de Contra¬ tación de las Corporaciones locales.

Las proposiciones, extendidas en papel del Tim¬ bre de tres pesetas y reintegradas con sello mu¬ nicipal de 7.865 pesetas ,se redactarán con arreglo a

estemodelo:

«Don , vecino

de , con domicilio

en , enterado del

pliego de condiciones, presupuesto y planos que han de regir la subasta de las obras deconstrucción del Colegio Nacional «Eugeni D'Ors», en el Polígo¬

no Canyellas, se compromete a ejecutarlas con su¬

jeción a los citados documentos, por

pesetas (en letras y cifras). Asi?nismo se compromete a cumplir lo dis¬ puesto por las Leyes protectoras de la Industria

Nacional y del Trabajo en todos sus aspectos, in¬ cluidos los de Previsión y Seguridad Social. (Fecha y firma del proponente)».

Las proposiciones, juntamente con todos los do¬

cumentos que requiere el Reglamento de Contrata¬

ción, debidamente reintegrados, se presentarán en sobre cerrado, en el que figurará la inscripción: «Proposición para tomar parte en...», en el men¬ cionado Negociado ,durante las horas de oficina,

desde el día siguiente al de la inserción de este anuncio hasta las doce horas del hábil anterior al de la subasta.

La apertura de plicas se verificará en la Dele¬

gación de Servicios de Obras públicas, de la Casa

Consistorial, bajo la presidencia del Excelentísimo Sr. Alcalde o del propio Sr. Delegado, a partir de

las nueve horas del día en que se cumplan los

veintiuno hábiles, desde el día siguiente al de lapu¬ blicación de este anuncio en el Boletín Oficial del

Estado.

Barcelona, 13 de enero de 1976.— El Secretario

general interino, José Balcells Junyent.

CONCURSOS

Se anuncia concurso relativo a la adquisición de

600 luminarias destinadas al plan de modificación y transformación del alumbrado, por el tipo de 2.880.000 pesetas, según proyecto que está de mani¬

fiesto en el Negociado de Obras Públicas de esta

Secretaría general.

La duración del suministro será de un mes.

El pago se efectuará con cargo a IPresupuesto de Urbanismo.

Para tomar parte en el concurso los licitadores

deberán constituir previamente la garantía provi¬ sional de 57.600 pesetas; la definitiva, y la com¬ plementaria, en su caso, se deducirán en la forma dispueats por el art. 82 del Reglamento de Contra¬

tación de las Corporaciones locales.

Las proposiciones, extendidas en papel del Tim¬ bre de tres pesetas y reintegradascon sello munici¬ pal de 585 pesetas, se redactarán co narreglo a este

modelo:

«Don vecino

de , con domicilio

en enterado del

Pliego de condiciones, presupuesto y planos que han de regir el concurso relativo a la adquisición de 600 luminarias destinadas al plan de modifica¬ ción y transformación del alumbrado, se compro¬

mete a ejecutarlas con sujeción a los citados docu¬

mentos por pesetas

(en letras y cifras). Asimismo se compromete a cumplir lo dispuesto por las Leyesprotectoras de la

Industria Nacional y del Trabajo en todos sus as¬ pectos, incluidoslos de Previsión ySeguridadSocial.

(Fecha y firma del proponente»).

Las proposiciones, juntamente con todos los do¬

cumentos que requiere el Reglamento de Contra¬

tación y en su caso el pliego de condiciones,

debi¬

damente reintegrados, s epresentarán en sobre cerrado en, el que figurará la inscripción: «Propo¬ sición para tomar parte en...», en el mencionado Negociado du,rante las horas de oficina, desde el día siguiente al de la inserciónde esteanuncio hasta las doce horas del hábil anterior al del concurso.

La apertura de plicas se verificará en la Delega¬ ción de Servicios de Obras Públicas de la Casa Con¬ sistorial bajo la presidencia del Excelentísimo señor Alcalde o del señor Delegado, a partir de las nueve

horas del día en que se cumplan los veintiuno hábi¬

les, desde el siguiente al de la publicación de este

anuncio en el«Boletín Oficial de la Provincia».

Barcelona, 15 de enero de 1976.—El Secretario

general interino, José Balcells Junyent.

Se anuncia concurso relativo a la adquisición de

70 luminarias destinadas al plan de modificación y transformación del alumbrado, por el tipo de 420.000 pesetas, según proyecto que está de mani¬ fiesto en el Negociado de Obras Públicas de esta

Secretaría general.

La duración del suministro será de un mes.

El pago se efectuará con cargo al Presupuesto de Urbanismo.

Para tomar parte en el concurso los licitadores

deberán constituirpreviamente la garantía provisio¬ nal de 8.400 pesetas; la definitiva, y la complemen¬

taria, en su caso,se deducirán en laforma dispuesta

por el art. 82 del Reglamento de Contratación de las Corporaciones locales.

Referencias

Documento similar

de la calle en proyecto que enlaza la avenida de José Antonio con la carretera del Prat» estará ex¬ puesto al público, en el Negociado de Urbanización. de la Secretaría

sobre cerrado, en el que figurará la inscripción: "Proposición para tomar parte en...", en el mencio¬ nado Negociado, durante las horas de oficina, desde el día siguiente al

«Proposición para tomar parte en...», en el men¬ cionado Negociado, durante las horas de oficina, desde el día siguiente al de la inserción de este anuncio hasta las doce horas

ción, debidamente reintegrados, se presentarán en sobre cerrado, en el que figurará la inscripción: «Proposición para tomar parte en...», en el mencio¬ nado Negociado, durante

«Proposición para tomar parte en...», en el men¬ cionado Negociado, durante las horas de oficina, desde el día siguiente al de la inserción de este anuncio hasta las doce horas

sobre cerrado, en el que figurará la inscripción: «Proposición para tomar parte en...», en el men¬ cionado Negociado, durante las horas de oficina, desde el día siguiente al de

cionado Negociado, durante las horas de oficina, desde el día siguiente al de la inserción de este anuncio hasta las doce horas del hábil anterior al de la subasta.. La apertura

ción, debidamente reintegrados, se presentarán en sobre cerrado, en el que figurará la inscripción: «Proposición para tomar parte en...», en el men¬ cionado Negociado, durante