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PROTOCOLO DE REAPERTURA RECINTO DEPORTIVO FASE 1 Y FASE 2 DEL PLAN PASO A PASO

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PROTOCOLO DE REAPERTURA RECINTO DEPORTIVO

FASE 1 Y FASE 2

DEL PLAN PASO A PASO

CENTRO DE ENTRENAMIENTO DEPORTIVO, VIDA SALUDABLE Y BIENESTAR

DIRECCIÓN: AV. TRONCAL SAN FRANCISCO 3205, RECINTO N°2 COMUNA DE PUENTE ALTO, SANTIAGO.

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CONTENIDO

1. OBJETIVO Y DEFINICIONES. ... 3

2. PROTOCOLO OPERACIONAL. ... 4

BIBLIOGRAFÍA ... 14

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1. OBJETIVO Y DEFINICIONES.

1.1. OBJETIVO GENERAL:

El objetivo del presente protocolo es establecer los procedimientos y planes de acción necesarios y obligatorios para el uso adecuado del recinto CENTRO DE ENTRENAMIENTO DEPORTIVO, VIDA SALUDABLE Y BIENESTAR, en el marco de la ley y de la regulación vigente en Chile, en un entorno COVID-19 en Fase 1 y 2 del Plan Paso a Paso del Gobierno de Chile, garantizado así, la seguridad de los atletas, practicantes, trabajadores y la comunidad en general.

1.2. DEFINICIONES:

En relación al aforo permitido por sub-recinto deportivo:

Tabla 1. Utilización por sub-recinto deportivo.

Recinto Deportivo: Recinto o instalación que posee los recursos necesarios para el aprendizaje, la práctica y/o la competición de uno o más deportes. El recinto puede incluir las áreas donde se realizan las actividades deportivas (sub-recinto deportivo), diferentes espacios complementarios y los de servicios auxiliares. Los recintos deportivos se componen de uno o más sub-recintos deportivos específicos para un tipo de deporte.

Sub-recinto Deportivo: Es el espacio donde se desarrolla una actividad deportiva específica (ej.: cancha de tenis, sala de artes marciales, pista de carreras en un estadio de atletismo, entre otros).

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2. PROTOCOLO OPERACIONAL.

2.1. INGRESO Y OCUPACIÓN DEL RECINTO.

Ingreso al recinto: El ingreso de toda persona al recinto será controlado por el personal destinado a esa labor, para verificar que cuenta con las medidas de movilidad definidas en el instructivo de desplazamiento del Ministerio del Interior y Seguridad Pública para comunas en Fase 1 y Fase 2 (pase de movilidad o permiso de desplazamiento). Si no cumple con ello, no podrá acceder al recinto.

Capacidad de ocupación: El reciento cuenta con un sub-recinto deportivo acorde a la normativa sanitaria actual. Por lo cual, el aforo permitido será tal cual lo señalado en la Tabla 1, para las fases 1 y 2 del Plan Paso a Paso del Gobierno de Chile.

Bloques de ocupación: Los bloques horarios específicos de ocupación inician en los siguientes horarios, para los días de semana:

Los bloques horarios específicos de ocupación inician en los siguientes horarios, para los días fines de semana y festivos:

Todo bloque horario específico de ocupación tendrá una duración máxima de 60 minutos por usuario. A modo de ejemplo, una atleta o practicante que ingrese al recinto en el bloque horario específico de las 8:00 hrs., deberá retirarse del reciento a las 9:00 hrs.

Para llevar un control completo de todos los atletas o practicantes que ingresen al recinto, previamente, deberán realizar la reserva del bloque horario específico de ocupación en el cual deseen entrenar, a través de la página web oficial del CENTRO DE ENTRENAMIENTO DEPORTIVO, VIDA SALUDABLE Y BIENESTAR, https://forzafit.cl/. Para realizar su reserva, deberán ingresar sus datos personales y de contacto, información que se confirmará y verificará en forma presencial cuando ingresen al recinto. Todo esto, para efectos de la trazabilidad. Esta medida de

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reservas online, además, permitirá controlar el aforo, ya que, la plataforma web indicará en forma inmediata cuando un bloque de horario específico se encuentre con aforo máximo cumplido, inhabilitando la posibilidad de realizar más reservas en dicho bloque. Cualquier atleta o practicante que se acerque al recinto sin haber realizado reserva previa antes señalada no podrá ingresar.

Posterior a cada bloque horario específico de ocupación, se define un espacio de 30 minutos para realizar la sanitización de todo el recinto según las indicaciones del ente regulador y en el marco de la legislación vigente para un entorno COVID-19 en Fase 1 y 2 del Plan Paso a Paso del Gobierno de Chile.

El recinto operará con normalidad desde 1 atleta o practicante, hasta la cantidad definida por el aforo máximo antes señalado.

Espacios comunes: Se disponibilidad un espacio determinado y señalizado al interior del recinto para que los atletas, practicantes y trabajadores dejen sus bolsos o pertenencias; el lugar será sanitizado en cada bloque definido para tal labor.

Además, existen dispensadores para la eliminación de artículos de higiene de manera segura y también, debidamente señalizados.

2.2. ENCARGADOS Y ZONA COVID -19.

Coordinador/supervisor del recinto: Se dispone de un coordinador/supervisor en el recinto deportivo encargado de la aplicación del protocolo, junto con el registro de entrada y salida de personas. En casos justificados, derivará al área médica o símil del recinto previa coordinación con personal correspondiente. Además, el coordinador/supervisor dará énfasis a la educación sobre medidas preventivas relacionadas a COVID-19. Por último, informará al personal de aseo de las instalaciones utilizadas para su mantención específica.

Box de Paciente Sospechoso/Aislamiento: En la zona interior del recinto se dispondrá de un sector exclusivo (box) para pacientes con sintomatología COVID- 19, con elementos de protección personal adecuados (pecheras desechables manga larga, antiparras clínicas, mascarillas clínicas, guantes de procedimientos y gorro clínico desechable). Se notificará al área médica o símil del recinto para la evaluación del paciente. En caso de requerirse, el mismo sector exclusivo del recinto

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servirá de zona de aislamiento hasta la derivación oportuna del paciente acorde a instrucción de autoridad sanitaria.

Área médica: Se cuenta con personal sanitario para alertar y conducir cualquier situación que pudiese aumentar el riesgo de contagio. El personal sanitario deberá regirse por el documento “Directrices de la OMS sobre higiene de las manos en la atención de la salud”.

2.3. SANITIZACIÓN Y ASEO.

Insumos y comportamiento de higiene personal: El recinto dispone de insumos de higiene en puntos estratégicos. El uso de mascarilla es de carácter obligatorio y será responsabilidad del usuario contar con ella. Se debe mantener distanciamiento social acorde a lo expuesto por las autoridades sanitarias y un distanciamiento deportivo de 9 metros cuadrados.

Personal calificado para aseo terminal: Se dispondrá de personal de aseo con la preparación adecuada para la realización de aseo tipo terminal en el box de aislamiento.

Ventilación de espacios: los espacios cerrados serán ocupados en su mínima expresión y se ventilarán en todo momento.

2.4. CONTROL DE SÍNTOMAS Y PREVENCIÓN .

Ingreso y salidas únicas: Se dispone de un sector exclusivo de acceso y de salida, debidamente señalizado, con el fin de poder realizar por personal capacitado un control clínico de ingreso (control de temperatura) de todos/as los/las usuarios/as de las instalaciones.

Triage de ingreso: Todo/a usuario/a del recinto deportivo podrá hacer uso efectivo de su bloque horario específico de ocupación habiendo contestado el cuestionario de síntomas COVID-19 para cada día (ver Anexo n°1). Este cuestionario deberá ser rellenado cada día que el atleta o practicante ingrese a un recinto.

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Medidas preventivas: Se informará y educará, en forma continua, con las medidas preventivas más importantes, las que deben ser cumplida en todo momento:

o Lavado frecuente de manos.

o Estornudar o toser en el antebrazo o en pañuelo desechable.

o Uso de mascarilla cuando no se está realizando la actividad física y deportiva (se entiende por mascarilla cualquier material que cubra la nariz y boca para evitar la propagación del virus, ya sea de fabricación artesanal o industrial (numeral 25, Resolución Exenta Nº341, Ministerio de Salud)).

o Distanciamiento social de al menos 1 metro cuando no se está realizando la actividad física y deportiva.

o Evitar tocarse los ojos, nariz y boca.

o No compartir artículos de higiene ni de alimentación.

o Evitar saludar con la mano o dar besos.

o Mantener ambientes limpios y ventilados.

o Estar alerta a los síntomas por COVID-19.

o En caso de dificultad respiratoria acudir a servicio de urgencia, o de lo contrario llamar a Salud Responde.

2.5. RESTRICCIONES.

o No se permitirá el uso de camarines y duchas (“entrar, entrenar y salir”).

o No está permitido el uso de otros espacios complementarios como cafeterías, restaurantes, entre otros.

o Todas las limpiezas realizadas en los diferentes recintos se deben realizar acorde al “Protocolo de Limpieza y Desinfección de Ambientes - Covid-19” del Ministerio de Salud de Chile.

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Figura 1. Algoritmo operacional de flujo de usuarios/as durante Fase 1 y 2 en retorno a la actividad deportiva.

2.6. DEFINICIONES OPERACIONALES COVID -19

Con el fin de operacionalizar la conducta médica frente a las posibles presentaciones clínicas de COVID-19, se categorizarán a los pacientes como (se debe actualizar categorización acorde a lo expuesto por las autoridades sanitarias en la página web: https://saludresponde.minsal.cl/tipos-de-caso-y-contacto- covid19/):

• Caso no sospechoso.

• Caso sospechoso:

o aquella persona que presenta un cuadro agudo de enfermedad y que presente al menos un síntoma cardinal o dos síntomas no cardinales de COVID-19*.

o aquella persona que presenta una infección respiratoria aguda grave que requiere hospitalización.

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o caso sospechoso de reinfección: Si una persona presenta un resultado positivo para Test RT-PCR para SARS-CoV-2 90 días después de haber sido caracterizada como un caso confirmado, se considerará como caso sospechoso de reinfección y se tratará como caso confirmado.

En caso de confirmarse un caso COVID-19, es la Autoridad Sanitaria Regional quién determina quién es categorizado como contacto estrecho. No obstante, debido a la importancia de poder identificar posibles focos de contagio de manera prematura, la jefatura del recinto podrá realizar una identificación preliminar con el objetivo de derivar a cuarentena preventiva a dichas personas. Una vez identificadas, la jefatura del recinto debe informar a la mutualidad correspondiente de estos casos identificados como contacto estrecho. Será la mutualidad la encargada de informar a la autoridad sanitaria para que finalmente puedan determinar y realizar el seguimiento correspondiente.

2.7. Síntomas de COVID-19.

Síntomas cardinales:

• Fiebre (temperatura corporal de 37.8°C o más).

• Pérdida brusca o disminución del olfato (anosmia o hiposmia).

• Pérdida brusca o disminución del gusto (disgeusia o ageusia).

Síntomas no cardinales:

• Tos.

• Dificultad respiratoria (disnea).

• Congestión nasal.

• Aumento de la frecuencia respiratoria (taquipnea).

• Dolor de garganta al tragar líquidos o alimentos (odinofagia).

• Dolor muscular (mialgias).

• Debilidad general o fatiga.

• Dolor torácico.

• Calofríos.

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• Dolor de cabeza (cefalea).

• Diarrea.

• Anorexia o nauseas o vómitos.

Figura 2. Algoritmo operacional para detección prematura de COVID-19.

2.8. GRUPOS VULNERABLES.

Los grupos vulnerables como algunos para-atletas, practicantes y funcionarios con afecciones médicas de base pueden tener mayor riesgo de infección. Las personas con afecciones médicas concomitantes necesitan un tratamiento individualizado en consulta con su (s) médico (s) tratante (s) regular (es) antes de regresar a la actividad deportiva. Las consideraciones incluyen una mayor susceptibilidad a las infecciones respiratorias, equipos únicos (por ejemplo, sillas de ruedas) que requieren limpieza, accesibilidad a los recursos médicos, riesgo de secuelas médicas de COVID-19 y acceso a opciones alternativas de entrenamiento. Atletas / para-atletas con afecciones médicas crónicas que incluyen: (i) enfermedades respiratorias o cardíacas, (ii) lesión medular a nivel torácico o cervical, (iii) hipertensión, (iv) diabetes, (v) obesidad y (vi) inmunosupresión debida a una enfermedad o medicación pueden estar en mayor riesgo.

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Las posibles intervenciones para atletas / para-atletas, practicantes vulnerables incluyen1:

- Retrasar el regreso al deporte o actividad.

- Entrenamiento programado en los momentos designados de "menor riesgo" (es decir, sin nadie más cerca).

- Mantener medidas de distanciamiento social y deportiva.

- Exclusión de atletas o practicantes "de alto riesgo" / otro personal del entorno de entrenamiento.

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BIBLIOGRAFÍA

1. Hughes, D. et al. The Australian Institute of Sport Framework for Rebooting Sport in a COVID-19 Environment. J. Sci. Med. Sport S1440244020305272 (2020) doi:10.1016/j.jsams.2020.05.004.

2. World Health Organization. Guidance for the use of the WHO mass gathering risk assessment tools. https://www.who.int/publications-detail-redirect/10665-333187.

3. MINSAL. Tipos de Caso y Contacto COVID19. Salud Responde https://saludresponde.minsal.cl/tipos-de-caso-ycontacto-covid19/ (2021).

Referencias

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