I n n o v a m o s p a r a t u A p r e n d i z a j e
V i r t u @ l
Accidente de Trabajo
A nivel nacional se conoce dentro del ámbito laboral dos términos que pueden ser comunes al escucharlos, pero al hablar de ellos podemos tener una clase de controversia interpretativa, ya que, alguno de estos se pueden camuflar dentro de un contexto diferente al que nos plantean los entes gubernamentales. Por tal razón, se hace necesario citar las definiciones plenas dadas en la normatividad colombiana, y así posteriormente dar una explicación concisa de los mismos.
Comencemos, con la definición de Accidente de Trabajo:
Es todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o Psiquiátrica, una invalidez o la muerte.
Éste se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o contratante durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo.
El que se produzca durante el traslado de los trabajadores o contratistas desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador.
También se le conoce como accidente de trabajo el ocurrido durante el ejercicio de la función sindical, siempre que el accidente se realice en el cumplimiento de dicha función.
Por último, “se considera accidente de trabajo el que se produzca por la ejecución de actividades recreativas, deportivas o culturales, cuando se actúe por cuenta o en representación del empleador o de la empresa usuaria cuando se trate de trabajadores de empresas de servicios temporales que se encuentren en misión.” (Ley 1562, 2012)
Con lo anterior podemos entender entonces que el accidente de trabajo es todo aquel suceso que se presenta en las instalaciones de la empresa y/o compañía para la que una persona presta sus servicios, y trae como consecuencia lesiones que impiden continuar con sus actividades laborales.
Si pudiéramos catalogar en porcentaje, sería aquella lesión que sufre un trabajador que lo limita a cumplir con el 100% de su actividad física para el desempeño de la labor que fue contratado por causa de una lesión repentina en el centro de trabajo.
Para que un accidente de trabajo se presente o se materialice, tiene que existir en media una serie de factores conocidos como “Factores de Riesgo”, presentes en las instalaciones, dependencias, áreas, espacios, lugares y/o en las tareas asignadas.
Estos factores de riesgo llevan a que el empleador quien es el contratante directo, reporte el riesgo y así mismo sea la persona encargada de minimizar, reducir y eliminar tales factores, con el fin de asegurar que el trabajador llegue y salga con la totalidad de su integridad física y psicológica.
Para el caso de los trabajadores que son contratados por empresas temporales, quienes reciben el nombre de trabajadores en misión, los empleadores directos son las empresas temporales, más quienes ponen el riesgo son las empresas para las cuales los trabajadores realizan las funciones. En este, los empleadores directos y los encargados de las empresas misionarias, tienen el deber y la obligación de coordinar actividades que promuevan la reducción y/o eliminación de los riesgos.
Cuando hablamos de un accidente de trabajo que ocurre fuera de las instalaciones del lugar de trabajo podemos llegar a confundirlos con accidentes de origen común, la forma más sencilla de entender cuando es un accidente de trabajo estando fuera es la siguiente:
Si el transporte que una persona toma para llegar de su residencia a las instalaciones del trabajo es suministrado por el empleador es considerado accidente de trabajo. Si el transporte no es suministrado y en el trayecto hay un accidente en el cual este sufre una lesión, es considerado de origen común.
Ejemplo1.
La empresa de lácteos Vacunim con sede principal en Cajicá tiene trabajadores que viven en el municipio de Soacha, para agilizar el trayecto de éstos, la gerencia decide hacer circular una ruta que va desde la autopista sur hasta las instalaciones de la empresa. Los únicos que pueden abordar esta ruta son los trabajadores de nómina ya
previamente avisados y mencionados por el área de Recursos Humanos; en uno de los trayectos que realizaba la ruta, sufren un accidente que deja 3 trabajadores heridos con lesiones múltiples.
Para el caso del ejemplo anterior, deducimos que es accidente de trabajo ya que los trabajadores fueron mencionados por el área de Recursos Humanos y el empleador dio la ruta para el trayecto de los mismos.
1. Si dentro del manual de funciones que es asignado al trabajador al momento de la contratación, se especifica que debe realizar salidas de la empresa para radicación, compras o diferentes actividades y le ocurre un accidente, es accidente de trabajo. Si en el manual de funciones que es asignado al trabajador no especifica nada, pero el jefe le solicita que salga de la empresa a realizar cualquier tipo de actividad y le sucede un accidente, es catalogado como origen laboral.
Ejemplo:
El Trabajador Carlos Suárez quien es un Auxiliar de enfermería, está contratado para atender la unidad renal del Centro de Rehabilitación Renal (CRR); el día 25 de Enero de 2015 el señor tuvo que pagar unos recibos de su casa y salió al frente del CRR donde se encuentra el punto de pagos de servicios públicos de la ciudad, al atravesar la calle un vehículo iba pasando y no se dio cuenta del señor Carlos, ocasionándole que la llanta trasera de este pasara por encima de su pie derecho, lo cual le generó inflamación e incapacidad para el movimiento.
Para el anterior caso no se considera accidente de trabajo, ya que dentro de las funciones del trabajador no están contemplados pagos y/o actividades fuera de la institución.
Para este caso de accidente, es necesario tener en cuenta que la orden debe ser dada por el empleador o jefe inmediato y que al momento en que uno de estos mandos decida dar una orden de este tipo, evalúe si dentro de las funciones del trabajador está el realizar actividades fuera de las instalaciones de la empresa.
2. Cuando un trabajador con Fuero Sindical, solicita permiso a la empresa para estar fuera de las instalaciones por actividades de este tipo, y le ocurre un accidente en función del permiso, se considera accidente de trabajo. Se hace aclaración que para que sea accidente de trabajo, el trabajador está en la obligación de reportar con anterioridad al área de Recursos Humanos de la empresa dicho permiso y así incluirlo dentro del marco de Accidente de Trabajo.
3. Cuando por actividades de bienestar el trabajador es asignado por la empresa para ser representante y es informado que debe asistir a eventos deportivos o culturales realizados por ésta, y en función de la participación el trabajador sufre un accidente, éste se considera accidente de trabajo. Hay que tener en cuenta que el trabajador tiene que ser informado y autorizado para tal actividad, con documento que haga constar dicha orden.
Si la empresa realiza actividades de bienestar, pero deja abierta la invitación para todo el trabajador que quiera o desee asistir y en esta actividad hay un trabajador que sufre un accidente, no es considerado
como accidente de trabajo, ya que dentro de la legislación colombiana las actividades de bienestar que están abiertas al público, no se consideran actividades laborales.
Para los trabajadores en misión hay dos tipos de cobertura, si la empresa contratante, en este caso la temporal asigna a un trabajador para algún tipo de actividad deportiva o cultural y le ocurre al trabajador asignado un accidente, éste es considerado como accidente de trabajo. La otra cobertura es cuando la empresa usuaria para la que el trabajador en misión presta sus servicios lo asigna a actividades de este tipo, y le ocurre un accidente, se considera accidente de trabajo el evento ocurrido al trabajador.
Con lo anterior podemos concluir que sí un trabajador está participando en una actividad que sea de origen deportivo o cultural promovida por una empresa, y para que un evento adverso sea considerado como accidente de trabajo, debe haber un documento que certifique que dicho trabajador está en función de órdenes del empleador.
Es importante tener en cuenta la definición y correcta interpretación de la norma, con el fin de no generar falsas expectativas a una empresa o trabajador.
Otros ejemplos para tener en cuenta son:
- Si un trabajador está contratado con un horario de 7:00 a.m. a 1:00 p.m., y para su ingreso y salida es necesario firmar o dejar huella para comprobar su horario, y al terminar la jornada laboral deja plasmada la huella o la firma y saliendo de la empresa sufre un accidente, éste no es considerado como accidente de trabajo puesto que su función laboral ya se había dado por terminada.
- Si un trabajador está contratado con un horario de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. y tiene derecho a la hora del almuerzo, cualquier accidente que le ocurra durante esta hora, no es considerado accidente de
trabajo, ya que los horarios adicionales como hora del almuerzo y horarios de Break no son horas pagas, por esta razón no es considerado accidente de trabajo. Recuerden que es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo y/o labor realizada para la cual fue contratado.
Una vez entendido y definido lo que es un accidente de trabajo, hablamos ahora de la clasificación de éstos, según lo reglamenta la normatividad colombiana, veamos a continuación que dice.
Existen tres tipos de accidente, grave, Leve y mortal.
Los accidentes de trabajo se pueden clasificar según la exposición y/o forma del accidente y depende del contacto que tenga con el trabajador.
En la página de la Organización Internacional del Trabajo se pueden observar la clasificación de estos según la forma del accidente.
Entrándonos más en el tema, los accidentes de trabajo se pueden clasificar en dos tipos, de origen humano (Causas Básicas) y de origen ambiental (causas inmediatas), a su vez estas dos se clasifican cada una en dos (2), veamos:
1. Causas básicas:
a. Factores Personales.
b. Factores del Trabajo.
2. Causas Inmediatas:
a. Condiciones Ambientales.
b. Actos Sub-estándar.
trabajador. Los actos Sub-estándar o actos inseguros son las omisiones de seguridad provocadas por el trabajador, lo que hace que se ocasione el accidente de trabajo. Y las condiciones Sub-estándar o condiciones inseguras, son dadas por la falta de control en los riesgos presentados en los lugares de trabajo.
Para conocer directamente los códigos e ítems de cada uno de estos factores, podemos hacer uso de la Norma Técnica Colombiana (NTC) diseñada para tal fin; la cual nos permite que al observarlos, se
nos amplíe el panorama y especifique las condiciones que pudieron dar origen a la materialización del accidente. Norma Técnica Colombiana,( s.f.)
La clasificación de los accidentes de trabajo, es una parte fundamental para realizar las investigaciones de éstos, ya que permite al equipo investigador tener una visión clara y pertinente acerca del ¿Cómo?, pudo haberse ocasionado y ¿Cuáles? eran las condiciones posibles en las que se encontraba el trabajador para que se diera lugar al accidente de trabajo.
Para que se presente un accidente de trabajo, es necesario tener en
cuenta que este es la suma de muchos incidentes que van ligados a las condiciones presentadas en los lugares de trabajo.
A continuación hablaremos acerca de los incidentes que dan paso a que se efectúen y consoliden los accidentes de trabajo.
2 A nivel nacional se conoce dentro del ámbito
laboral dos términos que pueden ser comunes al escucharlos, pero al hablar de ellos podemos tener una clase de controversia interpretativa, ya que, alguno de estos se pueden camuflar dentro de un contexto diferente al que nos plantean los entes gubernamentales. Por tal razón, se hace necesario citar las definiciones plenas dadas en la normatividad colombiana, y así posteriormente dar una explicación concisa de los mismos.
Comencemos, con la definición de Accidente de Trabajo:
Es todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o Psiquiátrica, una invalidez o la muerte.
Éste se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o contratante durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo.
El que se produzca durante el traslado de los trabajadores o contratistas desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador.
También se le conoce como accidente de trabajo el ocurrido durante el ejercicio de la función sindical, siempre que el accidente se realice en el cumplimiento de dicha función.
Por último, “se considera accidente de trabajo el que se produzca por la ejecución de actividades recreativas, deportivas o culturales, cuando se actúe por cuenta o en representación del empleador o de la empresa usuaria cuando se trate de trabajadores de empresas de servicios temporales que se encuentren en misión.” (Ley 1562, 2012)
Con lo anterior podemos entender entonces que el accidente de trabajo es todo aquel suceso que se presenta en las instalaciones de la empresa y/o compañía para la que una persona presta sus servicios, y trae como consecuencia lesiones que impiden continuar con sus actividades laborales.
Si pudiéramos catalogar en porcentaje, sería aquella lesión que sufre un trabajador que lo limita a cumplir con el 100% de su actividad física para el desempeño de la labor que fue contratado por causa de una lesión repentina en el centro de trabajo.
Para que un accidente de trabajo se presente o se materialice, tiene que existir en media una serie de factores conocidos como “Factores de Riesgo”, presentes en las instalaciones, dependencias, áreas, espacios, lugares y/o en las tareas asignadas.
Estos factores de riesgo llevan a que el empleador quien es el contratante directo, reporte el riesgo y así mismo sea la persona encargada de minimizar, reducir y eliminar tales factores, con el fin de asegurar que el trabajador llegue y salga con la totalidad de su integridad física y psicológica.
Para el caso de los trabajadores que son contratados por empresas temporales, quienes reciben el nombre de trabajadores en misión, los empleadores directos son las empresas temporales, más quienes ponen el riesgo son las empresas para las cuales los trabajadores realizan las funciones. En este, los empleadores directos y los encargados de las empresas misionarias, tienen el deber y la obligación de coordinar actividades que promuevan la reducción y/o eliminación de los riesgos.
Cuando hablamos de un accidente de trabajo que ocurre fuera de las instalaciones del lugar de trabajo podemos llegar a confundirlos con accidentes de origen común, la forma más sencilla de entender cuando es un accidente de trabajo estando fuera es la siguiente:
Si el transporte que una persona toma para llegar de su residencia a las instalaciones del trabajo es suministrado por el empleador es considerado accidente de trabajo. Si el transporte no es suministrado y en el trayecto hay un accidente en el cual este sufre una lesión, es considerado de origen común.
Ejemplo1.
La empresa de lácteos Vacunim con sede principal en Cajicá tiene trabajadores que viven en el municipio de Soacha, para agilizar el trayecto de éstos, la gerencia decide hacer circular una ruta que va desde la autopista sur hasta las instalaciones de la empresa. Los únicos que pueden abordar esta ruta son los trabajadores de nómina ya
previamente avisados y mencionados por el área de Recursos Humanos; en uno de los trayectos que realizaba la ruta, sufren un accidente que deja 3 trabajadores heridos con lesiones múltiples.
Para el caso del ejemplo anterior, deducimos que es accidente de trabajo ya que los trabajadores fueron mencionados por el área de Recursos Humanos y el empleador dio la ruta para el trayecto de los mismos.
1. Si dentro del manual de funciones que es asignado al trabajador al momento de la contratación, se especifica que debe realizar salidas de la empresa para radicación, compras o diferentes actividades y le ocurre un accidente, es accidente de trabajo. Si en el manual de funciones que es asignado al trabajador no especifica nada, pero el jefe le solicita que salga de la empresa a realizar cualquier tipo de actividad y le sucede un accidente, es catalogado como origen laboral.
Ejemplo:
El Trabajador Carlos Suárez quien es un Auxiliar de enfermería, está contratado para atender la unidad renal del Centro de Rehabilitación Renal (CRR); el día 25 de Enero de 2015 el señor tuvo que pagar unos recibos de su casa y salió al frente del CRR donde se encuentra el punto de pagos de servicios públicos de la ciudad, al atravesar la calle un vehículo iba pasando y no se dio cuenta del señor Carlos, ocasionándole que la llanta trasera de este pasara por encima de su pie derecho, lo cual le generó inflamación e incapacidad para el movimiento.
Para el anterior caso no se considera accidente de trabajo, ya que dentro de las funciones del trabajador no están contemplados pagos y/o actividades fuera de la institución.
Para este caso de accidente, es necesario tener en cuenta que la orden debe ser dada por el empleador o jefe inmediato y que al momento en que uno de estos mandos decida dar una orden de este tipo, evalúe si dentro de las funciones del trabajador está el realizar actividades fuera de las instalaciones de la empresa.
2. Cuando un trabajador con Fuero Sindical, solicita permiso a la empresa para estar fuera de las instalaciones por actividades de este tipo, y le ocurre un accidente en función del permiso, se considera accidente de trabajo. Se hace aclaración que para que sea accidente de trabajo, el trabajador está en la obligación de reportar con anterioridad al área de Recursos Humanos de la empresa dicho permiso y así incluirlo dentro del marco de Accidente de Trabajo.
3. Cuando por actividades de bienestar el trabajador es asignado por la empresa para ser representante y es informado que debe asistir a eventos deportivos o culturales realizados por ésta, y en función de la participación el trabajador sufre un accidente, éste se considera accidente de trabajo. Hay que tener en cuenta que el trabajador tiene que ser informado y autorizado para tal actividad, con documento que haga constar dicha orden.
Si la empresa realiza actividades de bienestar, pero deja abierta la invitación para todo el trabajador que quiera o desee asistir y en esta actividad hay un trabajador que sufre un accidente, no es considerado
como accidente de trabajo, ya que dentro de la legislación colombiana las actividades de bienestar que están abiertas al público, no se consideran actividades laborales.
Para los trabajadores en misión hay dos tipos de cobertura, si la empresa contratante, en este caso la temporal asigna a un trabajador para algún tipo de actividad deportiva o cultural y le ocurre al trabajador asignado un accidente, éste es considerado como accidente de trabajo. La otra cobertura es cuando la empresa usuaria para la que el trabajador en misión presta sus servicios lo asigna a actividades de este tipo, y le ocurre un accidente, se considera accidente de trabajo el evento ocurrido al trabajador.
Con lo anterior podemos concluir que sí un trabajador está participando en una actividad que sea de origen deportivo o cultural promovida por una empresa, y para que un evento adverso sea considerado como accidente de trabajo, debe haber un documento que certifique que dicho trabajador está en función de órdenes del empleador.
Es importante tener en cuenta la definición y correcta interpretación de la norma, con el fin de no generar falsas expectativas a una empresa o trabajador.
Otros ejemplos para tener en cuenta son:
- Si un trabajador está contratado con un horario de 7:00 a.m. a 1:00 p.m., y para su ingreso y salida es necesario firmar o dejar huella para comprobar su horario, y al terminar la jornada laboral deja plasmada la huella o la firma y saliendo de la empresa sufre un accidente, éste no es considerado como accidente de trabajo puesto que su función laboral ya se había dado por terminada.
- Si un trabajador está contratado con un horario de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. y tiene derecho a la hora del almuerzo, cualquier accidente que le ocurra durante esta hora, no es considerado accidente de
trabajo, ya que los horarios adicionales como hora del almuerzo y horarios de Break no son horas pagas, por esta razón no es considerado accidente de trabajo. Recuerden que es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo y/o labor realizada para la cual fue contratado.
Una vez entendido y definido lo que es un accidente de trabajo, hablamos ahora de la clasificación de éstos, según lo reglamenta la normatividad colombiana, veamos a continuación que dice.
Existen tres tipos de accidente, grave, Leve y mortal.
Los accidentes de trabajo se pueden clasificar según la exposición y/o forma del accidente y depende del contacto que tenga con el trabajador.
En la página de la Organización Internacional del Trabajo se pueden observar la clasificación de estos según la forma del accidente.
Entrándonos más en el tema, los accidentes de trabajo se pueden clasificar en dos tipos, de origen humano (Causas Básicas) y de origen ambiental (causas inmediatas), a su vez estas dos se clasifican cada una en dos (2), veamos:
1. Causas básicas:
a. Factores Personales.
b. Factores del Trabajo.
2. Causas Inmediatas:
a. Condiciones Ambientales.
b. Actos Sub-estándar.
omisiones de seguridad provocadas por el trabajador, lo que hace que se ocasione el accidente de trabajo. Y las condiciones Sub-estándar o condiciones inseguras, son dadas por la falta de control en los riesgos presentados en los lugares de trabajo.
Para conocer directamente los códigos e ítems de cada uno de estos factores, podemos hacer uso de la Norma Técnica Colombiana (NTC) diseñada para tal fin; la cual nos permite que al observarlos, se
nos amplíe el panorama y especifique las condiciones que pudieron dar origen a la materialización del accidente. Norma Técnica Colombiana,( s.f.)
La clasificación de los accidentes de trabajo, es una parte fundamental para realizar las investigaciones de éstos, ya que permite al equipo investigador tener una visión clara y pertinente acerca del ¿Cómo?, pudo haberse ocasionado y ¿Cuáles? eran las condiciones posibles en las que se encontraba el trabajador para que se diera lugar al accidente de trabajo.
Para que se presente un accidente de trabajo, es necesario tener en
cuenta que este es la suma de muchos incidentes que van ligados a las condiciones presentadas en los lugares de trabajo.
A continuación hablaremos acerca de los incidentes que dan paso a que se efectúen y consoliden los accidentes de trabajo.
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3 A nivel nacional se conoce dentro del ámbito
laboral dos términos que pueden ser comunes al escucharlos, pero al hablar de ellos podemos tener una clase de controversia interpretativa, ya que, alguno de estos se pueden camuflar dentro de un contexto diferente al que nos plantean los entes gubernamentales. Por tal razón, se hace necesario citar las definiciones plenas dadas en la normatividad colombiana, y así posteriormente dar una explicación concisa de los mismos.
Comencemos, con la definición de Accidente de Trabajo:
Es todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o Psiquiátrica, una invalidez o la muerte.
Éste se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o contratante durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo.
El que se produzca durante el traslado de los trabajadores o contratistas desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador.
También se le conoce como accidente de trabajo el ocurrido durante el ejercicio de la función sindical, siempre que el accidente se realice en el cumplimiento de dicha función.
Por último, “se considera accidente de trabajo el que se produzca por la ejecución de actividades recreativas, deportivas o culturales, cuando se actúe por cuenta o en representación del empleador o de la empresa usuaria cuando se trate de trabajadores de empresas de servicios temporales que se encuentren en misión.” (Ley 1562, 2012)
Con lo anterior podemos entender entonces que el accidente de trabajo es todo aquel suceso que se presenta en las instalaciones de la empresa y/o compañía para la que una persona presta sus servicios, y trae como consecuencia lesiones que impiden continuar con sus actividades laborales.
Si pudiéramos catalogar en porcentaje, sería aquella lesión que sufre un trabajador que lo limita a cumplir con el 100% de su actividad física para el desempeño de la labor que fue contratado por causa de una lesión repentina en el centro de trabajo.
Para que un accidente de trabajo se presente o se materialice, tiene que existir en media una serie de factores conocidos como “Factores de Riesgo”, presentes en las instalaciones, dependencias, áreas, espacios, lugares y/o en las tareas asignadas.
Estos factores de riesgo llevan a que el empleador quien es el contratante directo, reporte el riesgo y así mismo sea la persona encargada de minimizar, reducir y eliminar tales factores, con el fin de asegurar que el trabajador llegue y salga con la totalidad de su integridad física y psicológica.
Para el caso de los trabajadores que son contratados por empresas temporales, quienes reciben el nombre de trabajadores en misión, los empleadores directos son las empresas temporales, más quienes ponen el riesgo son las empresas para las cuales los trabajadores realizan las funciones. En este, los empleadores directos y los encargados de las empresas misionarias, tienen el deber y la obligación de coordinar actividades que promuevan la reducción y/o eliminación de los riesgos.
Cuando hablamos de un accidente de trabajo que ocurre fuera de las instalaciones del lugar de trabajo podemos llegar a confundirlos con accidentes de origen común, la forma más sencilla de entender cuando es un accidente de trabajo estando fuera es la siguiente:
Si el transporte que una persona toma para llegar de su residencia a las instalaciones del trabajo es suministrado por el empleador es considerado accidente de trabajo. Si el transporte no es suministrado y en el trayecto hay un accidente en el cual este sufre una lesión, es considerado de origen común.
Ejemplo1.
La empresa de lácteos Vacunim con sede principal en Cajicá tiene trabajadores que viven en el municipio de Soacha, para agilizar el trayecto de éstos, la gerencia decide hacer circular una ruta que va desde la autopista sur hasta las instalaciones de la empresa. Los únicos que pueden abordar esta ruta son los trabajadores de nómina ya
previamente avisados y mencionados por el área de Recursos Humanos; en uno de los trayectos que realizaba la ruta, sufren un accidente que deja 3 trabajadores heridos con lesiones múltiples.
Para el caso del ejemplo anterior, deducimos que es accidente de trabajo ya que los trabajadores fueron mencionados por el área de Recursos Humanos y el empleador dio la ruta para el trayecto de los mismos.
1. Si dentro del manual de funciones que es asignado al trabajador al momento de la contratación, se especifica que debe realizar salidas de la empresa para radicación, compras o diferentes actividades y le ocurre un accidente, es accidente de trabajo. Si en el manual de funciones que es asignado al trabajador no especifica nada, pero el jefe le solicita que salga de la empresa a realizar cualquier tipo de actividad y le sucede un accidente, es catalogado como origen laboral.
Ejemplo:
El Trabajador Carlos Suárez quien es un Auxiliar de enfermería, está contratado para atender la unidad renal del Centro de Rehabilitación Renal (CRR); el día 25 de Enero de 2015 el señor tuvo que pagar unos recibos de su casa y salió al frente del CRR donde se encuentra el punto de pagos de servicios públicos de la ciudad, al atravesar la calle un vehículo iba pasando y no se dio cuenta del señor Carlos, ocasionándole que la llanta trasera de este pasara por encima de su pie derecho, lo cual le generó inflamación e incapacidad para el movimiento.
Para el anterior caso no se considera accidente de trabajo, ya que dentro de las funciones del trabajador no están contemplados pagos y/o actividades fuera de la institución.
Para este caso de accidente, es necesario tener en cuenta que la orden debe ser dada por el empleador o jefe inmediato y que al momento en que uno de estos mandos decida dar una orden de este tipo, evalúe si dentro de las funciones del trabajador está el realizar actividades fuera de las instalaciones de la empresa.
2. Cuando un trabajador con Fuero Sindical, solicita permiso a la empresa para estar fuera de las instalaciones por actividades de este tipo, y le ocurre un accidente en función del permiso, se considera accidente de trabajo. Se hace aclaración que para que sea accidente de trabajo, el trabajador está en la obligación de reportar con anterioridad al área de Recursos Humanos de la empresa dicho permiso y así incluirlo dentro del marco de Accidente de Trabajo.
3. Cuando por actividades de bienestar el trabajador es asignado por la empresa para ser representante y es informado que debe asistir a eventos deportivos o culturales realizados por ésta, y en función de la participación el trabajador sufre un accidente, éste se considera accidente de trabajo. Hay que tener en cuenta que el trabajador tiene que ser informado y autorizado para tal actividad, con documento que haga constar dicha orden.
Si la empresa realiza actividades de bienestar, pero deja abierta la invitación para todo el trabajador que quiera o desee asistir y en esta actividad hay un trabajador que sufre un accidente, no es considerado
como accidente de trabajo, ya que dentro de la legislación colombiana las actividades de bienestar que están abiertas al público, no se consideran actividades laborales.
Para los trabajadores en misión hay dos tipos de cobertura, si la empresa contratante, en este caso la temporal asigna a un trabajador para algún tipo de actividad deportiva o cultural y le ocurre al trabajador asignado un accidente, éste es considerado como accidente de trabajo. La otra cobertura es cuando la empresa usuaria para la que el trabajador en misión presta sus servicios lo asigna a actividades de este tipo, y le ocurre un accidente, se considera accidente de trabajo el evento ocurrido al trabajador.
Con lo anterior podemos concluir que sí un trabajador está participando en una actividad que sea de origen deportivo o cultural promovida por una empresa, y para que un evento adverso sea considerado como accidente de trabajo, debe haber un documento que certifique que dicho trabajador está en función de órdenes del empleador.
Es importante tener en cuenta la definición y correcta interpretación de la norma, con el fin de no generar falsas expectativas a una empresa o trabajador.
Otros ejemplos para tener en cuenta son:
- Si un trabajador está contratado con un horario de 7:00 a.m. a 1:00 p.m., y para su ingreso y salida es necesario firmar o dejar huella para comprobar su horario, y al terminar la jornada laboral deja plasmada la huella o la firma y saliendo de la empresa sufre un accidente, éste no es considerado como accidente de trabajo puesto que su función laboral ya se había dado por terminada.
- Si un trabajador está contratado con un horario de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. y tiene derecho a la hora del almuerzo, cualquier accidente que le ocurra durante esta hora, no es considerado accidente de
trabajo, ya que los horarios adicionales como hora del almuerzo y horarios de Break no son horas pagas, por esta razón no es considerado accidente de trabajo. Recuerden que es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo y/o labor realizada para la cual fue contratado.
Una vez entendido y definido lo que es un accidente de trabajo, hablamos ahora de la clasificación de éstos, según lo reglamenta la normatividad colombiana, veamos a continuación que dice.
Existen tres tipos de accidente, grave, Leve y mortal.
Los accidentes de trabajo se pueden clasificar según la exposición y/o forma del accidente y depende del contacto que tenga con el trabajador.
En la página de la Organización Internacional del Trabajo se pueden observar la clasificación de estos según la forma del accidente.
Entrándonos más en el tema, los accidentes de trabajo se pueden clasificar en dos tipos, de origen humano (Causas Básicas) y de origen ambiental (causas inmediatas), a su vez estas dos se clasifican cada una en dos (2), veamos:
1. Causas básicas:
a. Factores Personales.
b. Factores del Trabajo.
2. Causas Inmediatas:
a. Condiciones Ambientales.
b. Actos Sub-estándar.
omisiones de seguridad provocadas por el trabajador, lo que hace que se ocasione el accidente de trabajo. Y las condiciones Sub-estándar o condiciones inseguras, son dadas por la falta de control en los riesgos presentados en los lugares de trabajo.
Para conocer directamente los códigos e ítems de cada uno de estos factores, podemos hacer uso de la Norma Técnica Colombiana (NTC) diseñada para tal fin; la cual nos permite que al observarlos, se
nos amplíe el panorama y especifique las condiciones que pudieron dar origen a la materialización del accidente. Norma Técnica Colombiana,( s.f.)
La clasificación de los accidentes de trabajo, es una parte fundamental para realizar las investigaciones de éstos, ya que permite al equipo investigador tener una visión clara y pertinente acerca del ¿Cómo?, pudo haberse ocasionado y ¿Cuáles? eran las condiciones posibles en las que se encontraba el trabajador para que se diera lugar al accidente de trabajo.
Para que se presente un accidente de trabajo, es necesario tener en
cuenta que este es la suma de muchos incidentes que van ligados a las condiciones presentadas en los lugares de trabajo.
A continuación hablaremos acerca de los incidentes que dan paso a que se efectúen y consoliden los accidentes de trabajo.
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4 A nivel nacional se conoce dentro del ámbito
laboral dos términos que pueden ser comunes al escucharlos, pero al hablar de ellos podemos tener una clase de controversia interpretativa, ya que, alguno de estos se pueden camuflar dentro de un contexto diferente al que nos plantean los entes gubernamentales. Por tal razón, se hace necesario citar las definiciones plenas dadas en la normatividad colombiana, y así posteriormente dar una explicación concisa de los mismos.
Comencemos, con la definición de Accidente de Trabajo:
Es todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o Psiquiátrica, una invalidez o la muerte.
Éste se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o contratante durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo.
El que se produzca durante el traslado de los trabajadores o contratistas desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador.
También se le conoce como accidente de trabajo el ocurrido durante el ejercicio de la función sindical, siempre que el accidente se realice en el cumplimiento de dicha función.
Por último, “se considera accidente de trabajo el que se produzca por la ejecución de actividades recreativas, deportivas o culturales, cuando se actúe por cuenta o en representación del empleador o de la empresa usuaria cuando se trate de trabajadores de empresas de servicios temporales que se encuentren en misión.” (Ley 1562, 2012)
Con lo anterior podemos entender entonces que el accidente de trabajo es todo aquel suceso que se presenta en las instalaciones de la empresa y/o compañía para la que una persona presta sus servicios, y trae como consecuencia lesiones que impiden continuar con sus actividades laborales.
Si pudiéramos catalogar en porcentaje, sería aquella lesión que sufre un trabajador que lo limita a cumplir con el 100% de su actividad física para el desempeño de la labor que fue contratado por causa de una lesión repentina en el centro de trabajo.
Para que un accidente de trabajo se presente o se materialice, tiene que existir en media una serie de factores conocidos como “Factores de Riesgo”, presentes en las instalaciones, dependencias, áreas, espacios, lugares y/o en las tareas asignadas.
Estos factores de riesgo llevan a que el empleador quien es el contratante directo, reporte el riesgo y así mismo sea la persona encargada de minimizar, reducir y eliminar tales factores, con el fin de asegurar que el trabajador llegue y salga con la totalidad de su integridad física y psicológica.
Para el caso de los trabajadores que son contratados por empresas temporales, quienes reciben el nombre de trabajadores en misión, los empleadores directos son las empresas temporales, más quienes ponen el riesgo son las empresas para las cuales los trabajadores realizan las funciones. En este, los empleadores directos y los encargados de las empresas misionarias, tienen el deber y la obligación de coordinar actividades que promuevan la reducción y/o eliminación de los riesgos.
Cuando hablamos de un accidente de trabajo que ocurre fuera de las instalaciones del lugar de trabajo podemos llegar a confundirlos con accidentes de origen común, la forma más sencilla de entender cuando es un accidente de trabajo estando fuera es la siguiente:
Si el transporte que una persona toma para llegar de su residencia a las instalaciones del trabajo es suministrado por el empleador es considerado accidente de trabajo. Si el transporte no es suministrado y en el trayecto hay un accidente en el cual este sufre una lesión, es considerado de origen común.
Ejemplo1.
La empresa de lácteos Vacunim con sede principal en Cajicá tiene trabajadores que viven en el municipio de Soacha, para agilizar el trayecto de éstos, la gerencia decide hacer circular una ruta que va desde la autopista sur hasta las instalaciones de la empresa. Los únicos que pueden abordar esta ruta son los trabajadores de nómina ya
previamente avisados y mencionados por el área de Recursos Humanos; en uno de los trayectos que realizaba la ruta, sufren un accidente que deja 3 trabajadores heridos con lesiones múltiples.
Para el caso del ejemplo anterior, deducimos que es accidente de trabajo ya que los trabajadores fueron mencionados por el área de Recursos Humanos y el empleador dio la ruta para el trayecto de los mismos.
1. Si dentro del manual de funciones que es asignado al trabajador al momento de la contratación, se especifica que debe realizar salidas de la empresa para radicación, compras o diferentes actividades y le ocurre un accidente, es accidente de trabajo. Si en el manual de funciones que es asignado al trabajador no especifica nada, pero el jefe le solicita que salga de la empresa a realizar cualquier tipo de actividad y le sucede un accidente, es catalogado como origen laboral.
Ejemplo:
El Trabajador Carlos Suárez quien es un Auxiliar de enfermería, está contratado para atender la unidad renal del Centro de Rehabilitación Renal (CRR); el día 25 de Enero de 2015 el señor tuvo que pagar unos recibos de su casa y salió al frente del CRR donde se encuentra el punto de pagos de servicios públicos de la ciudad, al atravesar la calle un vehículo iba pasando y no se dio cuenta del señor Carlos, ocasionándole que la llanta trasera de este pasara por encima de su pie derecho, lo cual le generó inflamación e incapacidad para el movimiento.
Para el anterior caso no se considera accidente de trabajo, ya que dentro de las funciones del trabajador no están contemplados pagos y/o actividades fuera de la institución.
Para este caso de accidente, es necesario tener en cuenta que la orden debe ser dada por el empleador o jefe inmediato y que al momento en que uno de estos mandos decida dar una orden de este tipo, evalúe si dentro de las funciones del trabajador está el realizar actividades fuera de las instalaciones de la empresa.
2. Cuando un trabajador con Fuero Sindical, solicita permiso a la empresa para estar fuera de las instalaciones por actividades de este tipo, y le ocurre un accidente en función del permiso, se considera accidente de trabajo. Se hace aclaración que para que sea accidente de trabajo, el trabajador está en la obligación de reportar con anterioridad al área de Recursos Humanos de la empresa dicho permiso y así incluirlo dentro del marco de Accidente de Trabajo.
3. Cuando por actividades de bienestar el trabajador es asignado por la empresa para ser representante y es informado que debe asistir a eventos deportivos o culturales realizados por ésta, y en función de la participación el trabajador sufre un accidente, éste se considera accidente de trabajo. Hay que tener en cuenta que el trabajador tiene que ser informado y autorizado para tal actividad, con documento que haga constar dicha orden.
Si la empresa realiza actividades de bienestar, pero deja abierta la invitación para todo el trabajador que quiera o desee asistir y en esta actividad hay un trabajador que sufre un accidente, no es considerado
como accidente de trabajo, ya que dentro de la legislación colombiana las actividades de bienestar que están abiertas al público, no se consideran actividades laborales.
Para los trabajadores en misión hay dos tipos de cobertura, si la empresa contratante, en este caso la temporal asigna a un trabajador para algún tipo de actividad deportiva o cultural y le ocurre al trabajador asignado un accidente, éste es considerado como accidente de trabajo. La otra cobertura es cuando la empresa usuaria para la que el trabajador en misión presta sus servicios lo asigna a actividades de este tipo, y le ocurre un accidente, se considera accidente de trabajo el evento ocurrido al trabajador.
Con lo anterior podemos concluir que sí un trabajador está participando en una actividad que sea de origen deportivo o cultural promovida por una empresa, y para que un evento adverso sea considerado como accidente de trabajo, debe haber un documento que certifique que dicho trabajador está en función de órdenes del empleador.
Es importante tener en cuenta la definición y correcta interpretación de la norma, con el fin de no generar falsas expectativas a una empresa o trabajador.
Otros ejemplos para tener en cuenta son:
- Si un trabajador está contratado con un horario de 7:00 a.m. a 1:00 p.m., y para su ingreso y salida es necesario firmar o dejar huella para comprobar su horario, y al terminar la jornada laboral deja plasmada la huella o la firma y saliendo de la empresa sufre un accidente, éste no es considerado como accidente de trabajo puesto que su función laboral ya se había dado por terminada.
- Si un trabajador está contratado con un horario de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. y tiene derecho a la hora del almuerzo, cualquier accidente que le ocurra durante esta hora, no es considerado accidente de
trabajo, ya que los horarios adicionales como hora del almuerzo y horarios de Break no son horas pagas, por esta razón no es considerado accidente de trabajo. Recuerden que es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo y/o labor realizada para la cual fue contratado.
Una vez entendido y definido lo que es un accidente de trabajo, hablamos ahora de la clasificación de éstos, según lo reglamenta la normatividad colombiana, veamos a continuación que dice.
Existen tres tipos de accidente, grave, Leve y mortal.
Los accidentes de trabajo se pueden clasificar según la exposición y/o forma del accidente y depende del contacto que tenga con el trabajador.
En la página de la Organización Internacional del Trabajo se pueden observar la clasificación de estos según la forma del accidente.
Entrándonos más en el tema, los accidentes de trabajo se pueden clasificar en dos tipos, de origen humano (Causas Básicas) y de origen ambiental (causas inmediatas), a su vez estas dos se clasifican cada una en dos (2), veamos:
1. Causas básicas:
a. Factores Personales.
b. Factores del Trabajo.
2. Causas Inmediatas:
a. Condiciones Ambientales.
b. Actos Sub-estándar.
omisiones de seguridad provocadas por el trabajador, lo que hace que se ocasione el accidente de trabajo. Y las condiciones Sub-estándar o condiciones inseguras, son dadas por la falta de control en los riesgos presentados en los lugares de trabajo.
Para conocer directamente los códigos e ítems de cada uno de estos factores, podemos hacer uso de la Norma Técnica Colombiana (NTC) diseñada para tal fin; la cual nos permite que al observarlos, se
nos amplíe el panorama y especifique las condiciones que pudieron dar origen a la materialización del accidente. Norma Técnica Colombiana,( s.f.)
La clasificación de los accidentes de trabajo, es una parte fundamental para realizar las investigaciones de éstos, ya que permite al equipo investigador tener una visión clara y pertinente acerca del ¿Cómo?, pudo haberse ocasionado y ¿Cuáles? eran las condiciones posibles en las que se encontraba el trabajador para que se diera lugar al accidente de trabajo.
Para que se presente un accidente de trabajo, es necesario tener en
cuenta que este es la suma de muchos incidentes que van ligados a las condiciones presentadas en los lugares de trabajo.
A continuación hablaremos acerca de los incidentes que dan paso a que se efectúen y consoliden los accidentes de trabajo.
!
5 A nivel nacional se conoce dentro del ámbito
laboral dos términos que pueden ser comunes al escucharlos, pero al hablar de ellos podemos tener una clase de controversia interpretativa, ya que, alguno de estos se pueden camuflar dentro de un contexto diferente al que nos plantean los entes gubernamentales. Por tal razón, se hace necesario citar las definiciones plenas dadas en la normatividad colombiana, y así posteriormente dar una explicación concisa de los mismos.
Comencemos, con la definición de Accidente de Trabajo:
Es todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o Psiquiátrica, una invalidez o la muerte.
Éste se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o contratante durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo.
El que se produzca durante el traslado de los trabajadores o contratistas desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador.
También se le conoce como accidente de trabajo el ocurrido durante el ejercicio de la función sindical, siempre que el accidente se realice en el cumplimiento de dicha función.
Por último, “se considera accidente de trabajo el que se produzca por la ejecución de actividades recreativas, deportivas o culturales, cuando se actúe por cuenta o en representación del empleador o de la empresa usuaria cuando se trate de trabajadores de empresas de servicios temporales que se encuentren en misión.” (Ley 1562, 2012)
Con lo anterior podemos entender entonces que el accidente de trabajo es todo aquel suceso que se presenta en las instalaciones de la empresa y/o compañía para la que una persona presta sus servicios, y trae como consecuencia lesiones que impiden continuar con sus actividades laborales.
Si pudiéramos catalogar en porcentaje, sería aquella lesión que sufre un trabajador que lo limita a cumplir con el 100% de su actividad física para el desempeño de la labor que fue contratado por causa de una lesión repentina en el centro de trabajo.
Para que un accidente de trabajo se presente o se materialice, tiene que existir en media una serie de factores conocidos como “Factores de Riesgo”, presentes en las instalaciones, dependencias, áreas, espacios, lugares y/o en las tareas asignadas.
Estos factores de riesgo llevan a que el empleador quien es el contratante directo, reporte el riesgo y así mismo sea la persona encargada de minimizar, reducir y eliminar tales factores, con el fin de asegurar que el trabajador llegue y salga con la totalidad de su integridad física y psicológica.
Para el caso de los trabajadores que son contratados por empresas temporales, quienes reciben el nombre de trabajadores en misión, los empleadores directos son las empresas temporales, más quienes ponen el riesgo son las empresas para las cuales los trabajadores realizan las funciones. En este, los empleadores directos y los encargados de las empresas misionarias, tienen el deber y la obligación de coordinar actividades que promuevan la reducción y/o eliminación de los riesgos.
Cuando hablamos de un accidente de trabajo que ocurre fuera de las instalaciones del lugar de trabajo podemos llegar a confundirlos con accidentes de origen común, la forma más sencilla de entender cuando es un accidente de trabajo estando fuera es la siguiente:
Si el transporte que una persona toma para llegar de su residencia a las instalaciones del trabajo es suministrado por el empleador es considerado accidente de trabajo. Si el transporte no es suministrado y en el trayecto hay un accidente en el cual este sufre una lesión, es considerado de origen común.
Ejemplo1.
La empresa de lácteos Vacunim con sede principal en Cajicá tiene trabajadores que viven en el municipio de Soacha, para agilizar el trayecto de éstos, la gerencia decide hacer circular una ruta que va desde la autopista sur hasta las instalaciones de la empresa. Los únicos que pueden abordar esta ruta son los trabajadores de nómina ya
previamente avisados y mencionados por el área de Recursos Humanos; en uno de los trayectos que realizaba la ruta, sufren un accidente que deja 3 trabajadores heridos con lesiones múltiples.
Para el caso del ejemplo anterior, deducimos que es accidente de trabajo ya que los trabajadores fueron mencionados por el área de Recursos Humanos y el empleador dio la ruta para el trayecto de los mismos.
1. Si dentro del manual de funciones que es asignado al trabajador al momento de la contratación, se especifica que debe realizar salidas de la empresa para radicación, compras o diferentes actividades y le ocurre un accidente, es accidente de trabajo. Si en el manual de funciones que es asignado al trabajador no especifica nada, pero el jefe le solicita que salga de la empresa a realizar cualquier tipo de actividad y le sucede un accidente, es catalogado como origen laboral.
Ejemplo:
El Trabajador Carlos Suárez quien es un Auxiliar de enfermería, está contratado para atender la unidad renal del Centro de Rehabilitación Renal (CRR); el día 25 de Enero de 2015 el señor tuvo que pagar unos recibos de su casa y salió al frente del CRR donde se encuentra el punto de pagos de servicios públicos de la ciudad, al atravesar la calle un vehículo iba pasando y no se dio cuenta del señor Carlos, ocasionándole que la llanta trasera de este pasara por encima de su pie derecho, lo cual le generó inflamación e incapacidad para el movimiento.
Para el anterior caso no se considera accidente de trabajo, ya que dentro de las funciones del trabajador no están contemplados pagos y/o actividades fuera de la institución.
Para este caso de accidente, es necesario tener en cuenta que la orden debe ser dada por el empleador o jefe inmediato y que al momento en que uno de estos mandos decida dar una orden de este tipo, evalúe si dentro de las funciones del trabajador está el realizar actividades fuera de las instalaciones de la empresa.
2. Cuando un trabajador con Fuero Sindical, solicita permiso a la empresa para estar fuera de las instalaciones por actividades de este tipo, y le ocurre un accidente en función del permiso, se considera accidente de trabajo. Se hace aclaración que para que sea accidente de trabajo, el trabajador está en la obligación de reportar con anterioridad al área de Recursos Humanos de la empresa dicho permiso y así incluirlo dentro del marco de Accidente de Trabajo.
3. Cuando por actividades de bienestar el trabajador es asignado por la empresa para ser representante y es informado que debe asistir a eventos deportivos o culturales realizados por ésta, y en función de la participación el trabajador sufre un accidente, éste se considera accidente de trabajo. Hay que tener en cuenta que el trabajador tiene que ser informado y autorizado para tal actividad, con documento que haga constar dicha orden.
Si la empresa realiza actividades de bienestar, pero deja abierta la invitación para todo el trabajador que quiera o desee asistir y en esta actividad hay un trabajador que sufre un accidente, no es considerado
como accidente de trabajo, ya que dentro de la legislación colombiana las actividades de bienestar que están abiertas al público, no se consideran actividades laborales.
Para los trabajadores en misión hay dos tipos de cobertura, si la empresa contratante, en este caso la temporal asigna a un trabajador para algún tipo de actividad deportiva o cultural y le ocurre al trabajador asignado un accidente, éste es considerado como accidente de trabajo. La otra cobertura es cuando la empresa usuaria para la que el trabajador en misión presta sus servicios lo asigna a actividades de este tipo, y le ocurre un accidente, se considera accidente de trabajo el evento ocurrido al trabajador.
Con lo anterior podemos concluir que sí un trabajador está participando en una actividad que sea de origen deportivo o cultural promovida por una empresa, y para que un evento adverso sea considerado como accidente de trabajo, debe haber un documento que certifique que dicho trabajador está en función de órdenes del empleador.
Es importante tener en cuenta la definición y correcta interpretación de la norma, con el fin de no generar falsas expectativas a una empresa o trabajador.
Otros ejemplos para tener en cuenta son:
- Si un trabajador está contratado con un horario de 7:00 a.m. a 1:00 p.m., y para su ingreso y salida es necesario firmar o dejar huella para comprobar su horario, y al terminar la jornada laboral deja plasmada la huella o la firma y saliendo de la empresa sufre un accidente, éste no es considerado como accidente de trabajo puesto que su función laboral ya se había dado por terminada.
- Si un trabajador está contratado con un horario de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. y tiene derecho a la hora del almuerzo, cualquier accidente que le ocurra durante esta hora, no es considerado accidente de
trabajo, ya que los horarios adicionales como hora del almuerzo y horarios de Break no son horas pagas, por esta razón no es considerado accidente de trabajo. Recuerden que es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo y/o labor realizada para la cual fue contratado.
Una vez entendido y definido lo que es un accidente de trabajo, hablamos ahora de la clasificación de éstos, según lo reglamenta la normatividad colombiana, veamos a continuación que dice.
Existen tres tipos de accidente, grave, Leve y mortal.
Los accidentes de trabajo se pueden clasificar según la exposición y/o forma del accidente y depende del contacto que tenga con el trabajador.
En la página de la Organización Internacional del Trabajo se pueden observar la clasificación de estos según la forma del accidente.
Entrándonos más en el tema, los accidentes de trabajo se pueden clasificar en dos tipos, de origen humano (Causas Básicas) y de origen ambiental (causas inmediatas), a su vez estas dos se clasifican cada una en dos (2), veamos:
1. Causas básicas:
a. Factores Personales.
b. Factores del Trabajo.
2. Causas Inmediatas:
a. Condiciones Ambientales.
b. Actos Sub-estándar.
Las causas básicas son aquellas causas reales que evidencian los motivos por la cual ocurren los accidentes, y permiten generar controles de tipo administrativo. Los factores personales muestran las capacidades del trabajador, y los factores del trabajo muestran la gestión directa de la empresa en cuanto a mantenimientos, calidad de los equipos, condiciones de las instalaciones.
omisiones de seguridad provocadas por el trabajador, lo que hace que se ocasione el accidente de trabajo. Y las condiciones Sub-estándar o condiciones inseguras, son dadas por la falta de control en los riesgos presentados en los lugares de trabajo.
Para conocer directamente los códigos e ítems de cada uno de estos factores, podemos hacer uso de la Norma Técnica Colombiana (NTC) diseñada para tal fin; la cual nos permite que al observarlos, se
nos amplíe el panorama y especifique las condiciones que pudieron dar origen a la materialización del accidente. Norma Técnica Colombiana,( s.f.)
La clasificación de los accidentes de trabajo, es una parte fundamental para realizar las investigaciones de éstos, ya que permite al equipo investigador tener una visión clara y pertinente acerca del ¿Cómo?, pudo haberse ocasionado y ¿Cuáles? eran las condiciones posibles en las que se encontraba el trabajador para que se diera lugar al accidente de trabajo.
Para que se presente un accidente de trabajo, es necesario tener en
cuenta que este es la suma de muchos incidentes que van ligados a las condiciones presentadas en los lugares de trabajo.
A continuación hablaremos acerca de los incidentes que dan paso a que se efectúen y consoliden los accidentes de trabajo.
6 A nivel nacional se conoce dentro del ámbito
laboral dos términos que pueden ser comunes al escucharlos, pero al hablar de ellos podemos tener una clase de controversia interpretativa, ya que, alguno de estos se pueden camuflar dentro de un contexto diferente al que nos plantean los entes gubernamentales. Por tal razón, se hace necesario citar las definiciones plenas dadas en la normatividad colombiana, y así posteriormente dar una explicación concisa de los mismos.
Comencemos, con la definición de Accidente de Trabajo:
Es todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o Psiquiátrica, una invalidez o la muerte.
Éste se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o contratante durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo.
El que se produzca durante el traslado de los trabajadores o contratistas desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador.
También se le conoce como accidente de trabajo el ocurrido durante el ejercicio de la función sindical, siempre que el accidente se realice en el cumplimiento de dicha función.
Por último, “se considera accidente de trabajo el que se produzca por la ejecución de actividades recreativas, deportivas o culturales, cuando se actúe por cuenta o en representación del empleador o de la empresa usuaria cuando se trate de trabajadores de empresas de servicios temporales que se encuentren en misión.” (Ley 1562, 2012)
Con lo anterior podemos entender entonces que el accidente de trabajo es todo aquel suceso que se presenta en las instalaciones de la empresa y/o compañía para la que una persona presta sus servicios, y trae como consecuencia lesiones que impiden continuar con sus actividades laborales.
Si pudiéramos catalogar en porcentaje, sería aquella lesión que sufre un trabajador que lo limita a cumplir con el 100% de su actividad física para el desempeño de la labor que fue contratado por causa de una lesión repentina en el centro de trabajo.
Para que un accidente de trabajo se presente o se materialice, tiene que existir en media una serie de factores conocidos como “Factores de Riesgo”, presentes en las instalaciones, dependencias, áreas, espacios, lugares y/o en las tareas asignadas.
Estos factores de riesgo llevan a que el empleador quien es el contratante directo, reporte el riesgo y así mismo sea la persona encargada de minimizar, reducir y eliminar tales factores, con el fin de asegurar que el trabajador llegue y salga con la totalidad de su integridad física y psicológica.
Para el caso de los trabajadores que son contratados por empresas temporales, quienes reciben el nombre de trabajadores en misión, los empleadores directos son las empresas temporales, más quienes ponen el riesgo son las empresas para las cuales los trabajadores realizan las funciones. En este, los empleadores directos y los encargados de las empresas misionarias, tienen el deber y la obligación de coordinar actividades que promuevan la reducción y/o eliminación de los riesgos.
Cuando hablamos de un accidente de trabajo que ocurre fuera de las instalaciones del lugar de trabajo podemos llegar a confundirlos con accidentes de origen común, la forma más sencilla de entender cuando es un accidente de trabajo estando fuera es la siguiente:
Si el transporte que una persona toma para llegar de su residencia a las instalaciones del trabajo es suministrado por el empleador es considerado accidente de trabajo. Si el transporte no es suministrado y en el trayecto hay un accidente en el cual este sufre una lesión, es considerado de origen común.
Ejemplo1.
La empresa de lácteos Vacunim con sede principal en Cajicá tiene trabajadores que viven en el municipio de Soacha, para agilizar el trayecto de éstos, la gerencia decide hacer circular una ruta que va desde la autopista sur hasta las instalaciones de la empresa. Los únicos que pueden abordar esta ruta son los trabajadores de nómina ya
previamente avisados y mencionados por el área de Recursos Humanos; en uno de los trayectos que realizaba la ruta, sufren un accidente que deja 3 trabajadores heridos con lesiones múltiples.
Para el caso del ejemplo anterior, deducimos que es accidente de trabajo ya que los trabajadores fueron mencionados por el área de Recursos Humanos y el empleador dio la ruta para el trayecto de los mismos.
1. Si dentro del manual de funciones que es asignado al trabajador al momento de la contratación, se especifica que debe realizar salidas de la empresa para radicación, compras o diferentes actividades y le ocurre un accidente, es accidente de trabajo. Si en el manual de funciones que es asignado al trabajador no especifica nada, pero el jefe le solicita que salga de la empresa a realizar cualquier tipo de actividad y le sucede un accidente, es catalogado como origen laboral.
Ejemplo:
El Trabajador Carlos Suárez quien es un Auxiliar de enfermería, está contratado para atender la unidad renal del Centro de Rehabilitación Renal (CRR); el día 25 de Enero de 2015 el señor tuvo que pagar unos recibos de su casa y salió al frente del CRR donde se encuentra el punto de pagos de servicios públicos de la ciudad, al atravesar la calle un vehículo iba pasando y no se dio cuenta del señor Carlos, ocasionándole que la llanta trasera de este pasara por encima de su pie derecho, lo cual le generó inflamación e incapacidad para el movimiento.
Para el anterior caso no se considera accidente de trabajo, ya que dentro de las funciones del trabajador no están contemplados pagos y/o actividades fuera de la institución.
Para este caso de accidente, es necesario tener en cuenta que la orden debe ser dada por el empleador o jefe inmediato y que al momento en que uno de estos mandos decida dar una orden de este tipo, evalúe si dentro de las funciones del trabajador está el realizar actividades fuera de las instalaciones de la empresa.
2. Cuando un trabajador con Fuero Sindical, solicita permiso a la empresa para estar fuera de las instalaciones por actividades de este tipo, y le ocurre un accidente en función del permiso, se considera accidente de trabajo. Se hace aclaración que para que sea accidente de trabajo, el trabajador está en la obligación de reportar con anterioridad al área de Recursos Humanos de la empresa dicho permiso y así incluirlo dentro del marco de Accidente de Trabajo.
3. Cuando por actividades de bienestar el trabajador es asignado por la empresa para ser representante y es informado que debe asistir a eventos deportivos o culturales realizados por ésta, y en función de la participación el trabajador sufre un accidente, éste se considera accidente de trabajo. Hay que tener en cuenta que el trabajador tiene que ser informado y autorizado para tal actividad, con documento que haga constar dicha orden.
Si la empresa realiza actividades de bienestar, pero deja abierta la invitación para todo el trabajador que quiera o desee asistir y en esta actividad hay un trabajador que sufre un accidente, no es considerado
como accidente de trabajo, ya que dentro de la legislación colombiana las actividades de bienestar que están abiertas al público, no se consideran actividades laborales.
Para los trabajadores en misión hay dos tipos de cobertura, si la empresa contratante, en este caso la temporal asigna a un trabajador para algún tipo de actividad deportiva o cultural y le ocurre al trabajador asignado un accidente, éste es considerado como accidente de trabajo. La otra cobertura es cuando la empresa usuaria para la que el trabajador en misión presta sus servicios lo asigna a actividades de este tipo, y le ocurre un accidente, se considera accidente de trabajo el evento ocurrido al trabajador.
Con lo anterior podemos concluir que sí un trabajador está participando en una actividad que sea de origen deportivo o cultural promovida por una empresa, y para que un evento adverso sea considerado como accidente de trabajo, debe haber un documento que certifique que dicho trabajador está en función de órdenes del empleador.
Es importante tener en cuenta la definición y correcta interpretación de la norma, con el fin de no generar falsas expectativas a una empresa o trabajador.
Otros ejemplos para tener en cuenta son:
- Si un trabajador está contratado con un horario de 7:00 a.m. a 1:00 p.m., y para su ingreso y salida es necesario firmar o dejar huella para comprobar su horario, y al terminar la jornada laboral deja plasmada la huella o la firma y saliendo de la empresa sufre un accidente, éste no es considerado como accidente de trabajo puesto que su función laboral ya se había dado por terminada.
- Si un trabajador está contratado con un horario de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. y tiene derecho a la hora del almuerzo, cualquier accidente que le ocurra durante esta hora, no es considerado accidente de
trabajo, ya que los horarios adicionales como hora del almuerzo y horarios de Break no son horas pagas, por esta razón no es considerado accidente de trabajo. Recuerden que es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo y/o labor realizada para la cual fue contratado.
Una vez entendido y definido lo que es un accidente de trabajo, hablamos ahora de la clasificación de éstos, según lo reglamenta la normatividad colombiana, veamos a continuación que dice.
Existen tres tipos de accidente, grave, Leve y mortal.
Los accidentes de trabajo se pueden clasificar según la exposición y/o forma del accidente y depende del contacto que tenga con el trabajador.
En la página de la Organización Internacional del Trabajo se pueden observar la clasificación de estos según la forma del accidente.
Entrándonos más en el tema, los accidentes de trabajo se pueden clasificar en dos tipos, de origen humano (Causas Básicas) y de origen ambiental (causas inmediatas), a su vez estas dos se clasifican cada una en dos (2), veamos:
1. Causas básicas:
a. Factores Personales.
b. Factores del Trabajo.
2. Causas Inmediatas:
a. Condiciones Ambientales.
b. Actos Sub-estándar.
Las causas básicas son aquellas causas reales que evidencian los motivos por la cual ocurren los accidentes, y permiten generar controles de tipo administrativo. Los factores personales muestran las capacidades del trabajador, y los factores del trabajo muestran la gestión directa de la empresa en cuanto a mantenimientos, calidad de los equipos, condiciones de las instalaciones.
omisiones de seguridad provocadas por el trabajador, lo que hace que se ocasione el accidente de trabajo. Y las condiciones Sub-estándar o condiciones inseguras, son dadas por la falta de control en los riesgos presentados en los lugares de trabajo.
Para conocer directamente los códigos e ítems de cada uno de estos factores, podemos hacer uso de la Norma Técnica Colombiana (NTC) diseñada para tal fin; la cual nos permite que al observarlos, se
nos amplíe el panorama y especifique las condiciones que pudieron dar origen a la materialización del accidente. Norma Técnica Colombiana,( s.f.)
La clasificación de los accidentes de trabajo, es una parte fundamental para realizar las investigaciones de éstos, ya que permite al equipo investigador tener una visión clara y pertinente acerca del ¿Cómo?, pudo haberse ocasionado y ¿Cuáles? eran las condiciones posibles en las que se encontraba el trabajador para que se diera lugar al accidente de trabajo.
Para que se presente un accidente de trabajo, es necesario tener en
cuenta que este es la suma de muchos incidentes que van ligados a las condiciones presentadas en los lugares de trabajo.
A continuación hablaremos acerca de los incidentes que dan paso a que se efectúen y consoliden los accidentes de trabajo.