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Reglamento de Convivencia Escolar

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Academic year: 2022

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Casablanca Bilingual School RBD 14643-9

Reglamento de Convivencia Escolar

2016 - 2018

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ÍNDICE

LIBRO I... 4

INTRODUCCION ... 4

PREVENCIÓN ... 6

IDERECHOS DE LOS ESTUDIANTES ... 8

DEBERES DE LOS ESTUDIANTES... 9

SALIDAS DE CLASES Y DEL ESTABLECIMIENTO ... 10

PUNTUALIDAD Y ASISTENCIA ... 10

PRESENTACIÓN PERSONAL ... 11

DE OTRAS SITUACIONES ... 122

DERECHOS DE LOS PROFESORES, COEDUCADORES, DIRECTIVOS, ADMINISTRATIVOS Y PERSONAL AUXILIAR ... 133

DEBERES DE LOS PROFESORES, COEDUCADORES, DIRECTIVOS, ADMINISTRATIVOS Y PERSONAL AUXILIAR ... 14

DERECHOS DE LOS PADRES Y APODERADOS ... 14

DEBERES DE LOS PADRES Y APODERADOS... 15

FALTAS DE LOS ESTUDIANTES ... 16

DEFINICIÓN DE SITUACIONES ESPECIALMENTE GRAVES DE VIOLENCIA ESCOLAR Y POLÍTICAS ESPECIALES DE PREVENCIÓN . 18 DEFINICIÓN DE LAS SANCIONES, GRAVEDAD Y RESPONSABLES DE SU APLICACIÓN ... 21

PROCEDIMIENTOS Y SANCIONES ... 23

REGLAMENTO INTERNO DE ORDEN, HIGIENE Y SEGURIDAD ... 25

TITULO PRELIMINAR ... 25

TITULO 1: ... 26

OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES ... 26

Párrafo 1: Obligaciones del Empleador ... 26

Párrafo 2: Obligaciones Generales del Personal ... 27

Párrafo 3: Prohibiciones Generales para el Personal ... 28

TITULO II ... 30

DEL PERSONAL Y SUS OBLIGACIONES ESPECÍFICAS ... 30

Párrafo N° 1: De los Docentes Directivos ... 31

Párrafo 2: De los docentes de aula y Profesores de asignatura ... 36

TÍTULO III ... 41

DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO: ... 41

Párrafo 1: Del Ingreso ... 42

Párrafo 2: Del Contrato de Trabajo ... 42

Párrafo 3: Del Término del Contrato ... 42

Párrafo 4: De la Jornada de Trabajo ... 43

Párrafo 5: De las Horas Extraordinarias ... 43

Párrafo 6: Del Control de Asistencia ... 44

TITULO IV: ... 44

DE LAS REMUNERACIONES Y DE LOS DESCUENTOS... 44

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TITULO VI ... 45

DE LAS LICENCIAS Y PERMISOS ... 45

Párrafo 2: De las Licencias por Enfermedad ... 45

Párrafo 3: De los Permisos ... 47

TÍTULO VII: ... 48

INFORMACIONES, PETICIONES Y RECLAMOS ... 48

Párrafo 1: Informaciones ... 48

Párrafo 2: Peticiones y Reclamos ... 48

Párrafo 3: Sanciones y Amonestaciones ... 49

Párrafo 4: De las Subrogancías y Reemplazos ... 49

TITULO VIII: ... 50

DE LA INVESTIGACIÓN Y SANCIÓN DEL ACOSO SEXUAL ... 50

TÍTULO IX: ... 53

CONSIDERACIONES FINALES ... 53

LIBRO II... 54

NORMAS DE HIGIENE Y SEGURIDAD ... 54

TITULO X ... 54

NORMAS DE PREVENCIÓN, HIGIENE Y SEGURIDAD ... 54

TITULO FINAL ... 59

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LIBRO I

INTRODUCCION

El Casablanca Bilingual School, es un establecimiento particular subvencionado, que imparte jornada escolar completa, destinada a la enseñanza personalizada de niños desde Pre-básica, hasta alumnos que cursan cuarto año de enseñanza media. Esta institución ha creado su Proyecto Educativo Institucional (PEI), adaptando ideas provenientes del modelo norteamericano e insertándolas en la educación chilena, respetando la cultura e idiosincrasia, obteniendo así una formación de excelencia que fortalece los pilares de la actual reforma educativa chilena y al mismo tiempo da herramientas complementarias para un mundo globalizado.

Como objetivo también, el establecimiento desarrolla en sus estudiantes una cultura medioambiental, lo que implica la valoración del entorno natural y del propio cuerpo, con prácticas y contenidos de sustentabilidad y vida saludable.

Además, sustenta un marco valórico de excelencia a través de la integración de seis valores fundamentales: respeto, responsabilidad, disciplina, compañerismo, autoestima y esfuerzo, que se desarrollan junto con sustentabilidad medio ambiental y vida sana.

Este Reglamento Interno y de Convivencia Escolar tiene por objetivo otorgar un marco regulatorio a los problemas de convivencia que pudieran surgir en la comunidad educativa, considerando documentos del MINEDUC, la Declaración Universal de DD.HH, Convención Sobre los Derechos del Niño, la Constitución Política de la República de Chile, Ley Penal Juvenil (Ley 20.191) y Ley de Violencia Escolar (Ley 20536).

Entendemos por Convivencia Escolar, la capacidad que tienen las personas de vivir con otras en un marco de respeto mutuo y de solidaridad

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recíproca, expresada en la interrelación armoniosa y sin violencia, agresividad u hostilidad entre los diferentes actores y estamentos de la comunidad educativa.

La Violencia Escolar la entenderemos como toda acción u omisión que interfiera o afecte negativamente la convivencia escolar.

Es importante considerar que este reglamento tiene un enfoque formativo, en tanto se trata de aprendizajes enmarcados dentro de los Objetivos de Aprendizajes Transversales (OAT), y es de responsabilidad compartida por toda la comunidad educativa. Esto requiere que tanto los alumnos, padres, profesores y asistentes de la educación de nuestra institución, adquieran un compromiso decidido con la educación y formación de nuestros estudiantes.

Este Reglamento Interno y de Convivencia Escolar incluye la prevención y pretende ordenar y normar los deberes y derechos de los profesores, estudiantes y sus familias como asimismo establecer las conductas constitutivas de faltas y sus respectivas sanciones.

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PREVENCIÓN

La Convivencia Escolar la entendemos como un proceso de aprendizaje en donde todos los miembros de la comunidad educativa y especialmente nuestros estudiantes, desarrollen valores, actitudes y una nueva conciencia respecto al significado de vivir con otros.

Nuestro establecimiento tiene como objetivo prioritario contribuir a crear un contexto proclive al desarrollo de valores y actitudes que faciliten la convivencia escolar y permitan a nuestros niños/as y jóvenes participar de mejor manera en la sociedad en la que estamos insertos.

Para desarrollar una mejor Convivencia, como factor preventivo de la Violencia Escolar, nuestro colegio plantea mantener y fortalecer las Políticas de Prevención que ha venido poniendo en ejecución desde hace un largo tiempo.

Para ello planteamos la necesidad de que todas las personas que convivimos a diario en este espacio humano, continuemos estimulando y promoviendo la mejor Convivencia Escolar mediante acciones cotidianas que favorecen nuestro modo de relacionarnos. Entre ellas se cuentan:

1. El buen trato (normas de cortesía, deferencia, calidez y respeto en las interacciones diarias). En este contexto, nuestro colegio tiene diversas acciones cotidianas, que incluyen a todos los miembros de esta comunidad, que apuntan a establecer un modo permanente de relacionarnos de manera cordial y respetuosa.

2. Todos los profesores de las diversas asignaturas promueven y estimulan la participación y el diálogo de los estudiantes dentro de un ambiente respetuoso y democrático.

3. Profesores practican y enseñan a los estudiantes de manera permanente y asociada las experiencias cotidianas, el respeto por la diversidad y la resolución de conflictos a través del diálogo.

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4. Incentivos y Estímulos. Profesores destacan de manera regular y permanente las buenas conductas y cualidades de los estudiantes.

También hay reconocimientos públicos. Para ello se establecen premiaciones a estudiantes destacados de cada curso mensualmente.

Se destaca y premia el respeto, responsabilidad, disciplina, compañerismo, autoestima y esfuerzo. En este punto se incluyen las familias responsables, que apoyan a sus hijos de manera destacada en su proceso educativo, y que además, se muestran comprometidas con el establecimiento. El reconocimiento se realiza en las reuniones de apoderados, en las tutorías con profesores jefes y de asignatura y finalmente en las actividades de finalización del año escolar.

Nuestra institución sabe también que el mejoramiento de la Convivencia Escolar es una tarea compleja y continua, que se aprende a partir de la experiencia e interacción con el otro, y que incluye a todos los miembros de la Comunidad Educativa. Estamos conscientes de la necesidad de trabajar el tema de la Prevención de la Violencia en el marco del fortalecimiento de la Convivencia Escolar de una manera sistemática, a través de Programas estructurados, que cumplan con objetivos y metas pre-establecidas.

En dicho contexto preventivo, nuestro establecimiento se compromete a seguir trabajando a través de diversos Programas, orientados especialmente hacia los estudiantes y padres de nuestro establecimiento. Entre los Programas se cuentan:

1. Programa de Valores Transversales para una Convivencia Positiva para alumnos/as desde Pre-Básica hasta Cuarto año medio.

2. Programa de Desarrollo de Habilidades Sociales en Estudiantes.

3. Programa de Educación Sexual.

4. Programa de Escuela Para Padres.

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DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES

 A recibir una formación y educación integral y de calidad.

 A recibir atención respetuosa y digna por parte de todos los estamentos de la comunidad educativa.

 A que los profesores que guían su proceso formativo cumplan con sus tareas profesionales como puntualidad, preparación de clases, responsabilidad en las evaluaciones, etc.

 A conocer oportunamente la información sobre su situación académica y conductual.

 A poder discrepar y ser considerados, en un marco de respeto recíproco.

 A utilizar adecuada y responsablemente los espacios y recursos que ofrece el establecimiento.

 A una programación dosificada de trabajos, tareas y evaluaciones previamente establecido por el establecimiento.

 A recibir información y orientación oportuna respecto a las observaciones que se registran en el libro de clases.

 A que sus padres sean informados de manera rápida en caso de accidente o enfermedad.

 A ser informados oportunamente sobre los horarios y las actividades que son parte de la formación.

 A ser informados sobre las consecuencias de las transgresiones a las normas vigentes.

 A ser orientados en el proceso de desarrollo personal, tanto por profesores como por otros profesionales del establecimiento.

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DEBERES DE LOS ESTUDIANTES

 Reconocer y respetar los derechos de los otros.

 Asistir diariamente a clases y con puntualidad.

 Asistir y responder con responsabilidad a las clases y actividades académicas del colegio. De no ser así, el apoderado deberá justificar toda inasistencia a través de una comunicación escrita en la libreta de comunicaciones y/o de manera presencial en inspectoría del establecimiento.

 Aprovechar al máximo el tiempo de trabajo en clases, mostrando una actitud acorde con el contexto. No se permite el uso de celulares en la sala ni traer objetos de valor al colegio. La eventual pérdida de éstos será de exclusiva responsabilidad del estudiante.

 Llevar oportunamente a los padres la información que envíe el establecimiento.

 Estar dispuestos al diálogo con el propósito de fortalecer las relaciones interpersonales.

 Entregar al Profesor Jefe o Inspector todo objeto que encuentre y que no le pertenezca.

 No portar armas ni elementos que puedan causar daño físico a sí mismo u otra persona.

 Contribuir a mantener al aseo y orden del establecimiento como asimismo, cuidar los materiales y la infraestructura.

 Solucionar los conflictos a partir de la práctica de la no-violencia, la negociación y el diálogo.

 Presentarse con uniforme y óptima higiene personal al establecimiento y a toda actividad organizada por el mismo.

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SALIDAS DE CLASES Y DEL ESTABLECIMIENTO

 Ningún estudiante podrá abandonar el establecimiento en horario de clases.

 En casos excepcionales, el Inspector general y/o Dirección podrán autorizar la salida del establecimiento de estudiantes que, por motivos justificados por el apoderado en la libreta de comunicaciones y/o de manera presencial, deban concurrir a médico o realizar algún trámite impostergable. En ese caso, el estudiante deberá ser retirado por un adulto responsable debidamente autorizado. No obstante, dado que la asistencia y permanencia de los estudiantes en el establecimiento es muy importante para el aprendizaje, se sugiere que todo evento extraescolar sea organizado y realizado fuera del horario de clases.

PUNTUALIDAD Y ASISTENCIA

 El horario de entrada a clases como de salida son los que a continuación se indican para los diferentes niveles de este establecimiento:

CURSOS ENTRADA SALIDA

Desde pre – kínder a octavo año básico.

8:30 16:00

Desde primer año medio hasta cuarto año medio.

8:30 Lunes: 16:00

Martes: 17:50 Miércoles: 17:50 Jueves: 16:00 Viernes: 13:30

 Los estudiantes que lleguen atrasados o que falten a clases, serán anotados en el libro de clases informándose al apoderado mensualmente.

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 Los atrasos reiterados (tres o más en un mes) como la ausencia a clases estando en el establecimiento, serán consideradas faltas leves.

 Toda inasistencia a clases deberá ser justificada por el apoderado en la agenda del estudiante.

 El estudiante no podrá ingresar a clases cuando el apoderado no se presente a una citación por alguna falta grave o gravísima

 Si la inasistencia se produce por enfermedad, se debe presentar el respectivo certificado médico.

 Se deja constancia que para ser promovido, el estudiante debe cumplir con el 85% mínimo de asistencia, sin perjuicio que se espera que los alumnos y alumnas tengan por sobre 95% de asistencia.

PRESENTACIÓN PERSONAL

 La presentación de cada estudiante debe ser limpia y ordenada con el buzo del colegio y zapatillas de un solo color (blanco, gris y/o negro), durante toda la jornada de clases.

 Todos los estudiantes del establecimiento deben usar el uniforme del establecimiento.

 Delantal o cotona será obligatorio de 1° a 6° básico.

 Buzo institucional será obligatorio para toda salida programada de los cursos fuera del establecimiento.

 No se permite el uso de piercing, expansores, collares, pulseras, anillos y otros accesorios que no corresponden al uniforme.

 El o la estudiante debe evitar el teñido de su cabello con colores llamativos (mechas, visos u otros estilos).

 Los varones deben utilizar corte de pelo escolar y sin patilla que no sobrepase el cuello del uniforme y llegar afeitado (en el caso de los alumnos mayores) .Las niñas con el pelo tomado y ordenado.

 En clases de educación física, el alumno debe utilizar el buzo del colegio, zapatillas de deporte y polera blanca sin estampado. En caso de los varones deben usar short plomo sin estampado y las niñas calzas rojas.

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 Todas las prendas deben venir marcadas con el nombre y curso del alumno.

El colegio no se hace responsable de las posibles pérdidas.

 Se permitirá el uso de celulares y/ equipos electrónicos sólo como recurso educativo, debidamente autorizado y requerido por el profesor de asignatura.

El establecimiento no se hace responsable ante la pérdida de objetos de valor.

DE OTRAS SITUACIONES

 El comportamiento de los estudiantes en los alrededores del colegio deberá ser acorde a las normas de convivencia y comportamiento que rigen dentro del establecimiento.

 Los padres y apoderados deberán responder por la eventual responsabilidad de su pupilo en el daño o deterioro del material pedagógico, del mobiliario e instalaciones de la escuela, daños a la propiedad de compañeros, y también por daños causados a la propiedad de casas o establecimientos aledaños a la escuela.

 Durante la hora de almuerzo, el estudiante deberá mostrar respeto y buenos modales.

 Cada estudiante deberá tener su libreta de comunicaciones institucional diariamente y en buenas condiciones, la cual servirá para registrar información relevante, para optimizar la comunicación entre apoderados y profesores, para justificar atrasos e inasistencias de los estudiantes, para dejar constancia de cambios de actividades en la escuela, etc. También el estudiante consignará horarios de clases, tareas, fechas de pruebas y evaluaciones.

 Los padres deberán asistir a tutorías y reuniones de apoderados de manera obligatoria. En caso de no asistir, se citará en los días posteriores a tutoría con el profesor jefe y/o inspectoría. En caso de reiterar esta misma situación, deberá firmar una carta de compromiso.

 Los horarios de almuerzo son los siguientes:

CURSOS HORARIOS.

Pre-básico 11:20 a 11:50

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Primer ciclo básico (1° a 4°) 11:30 a 12:00 Segundo ciclo básico (5° a 8°) 12:00 a 12:20 Enseñanza media (1° a 4° medio) 12:20 a 12:50

DERECHOS DE LOS PROFESORES, COEDUCADORES, DIRECTIVOS, ADMINISTRATIVOS Y PERSONAL AUXILIAR

 Todo trabajador de este establecimiento tiene derecho a recibir respeto y consideración hacia su persona y hacia la labor que desempeña.

 A participar en la vida y actividades del establecimiento de acuerdo a su rol y a los canales establecidos.

 A hacer uso, mediante protocolo establecido, de los días otorgados por la institución en caso de matrimonio del trabajador o muerte de un familiar directo, como asimismo de los dos días administrativos para trámites personales (excluyendo días lunes, viernes o anterior o posterior a un feriado; solicitados a dirección con al menos tres días hábiles de anticipación).

 A recibir oportunamente la remuneración establecida por contrato.

 A ser escuchados con respeto, considerando todos los medios de prueba, cuando exista una denuncia o situación que afecte a un trabajador de este establecimiento.

 A regirse por la normativa establecida en el Estatuto Docente.

 A utilizar los medios pedagógicos, tecnológicos e instalaciones del Establecimiento para una mejor realización de su labor docente, como asimismo, a poder proponer al equipo directivo la realización de actividades extraescolares o complementarias para su mejor quehacer pedagógico.

 A ser informados de todo lo relativo a reglamentaciones educativas, administrativas, legales y profesionales que afectan el ejercicio de sus funciones.

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DEBERES DE LOS PROFESORES, COEDUCADORES, DIRECTIVOS, ADMINISTRATIVOS Y PERSONAL AUXILIAR

 Todo el personal de esta institución deberá relacionarse con los estudiantes de manera cordial y respetuosa.

 Atender a las necesidades específicas de los estudiantes de acuerdo a su rol.

 Favorecer un ambiente de compañerismo y trabajo en equipo.

 Cumplir con las funciones asociadas al rol y con las normativas, horarios, reglamentos y disposiciones en el ámbito de su competencia.

 Justificar oportunamente las inasistencias al trabajo con dirección del establecimiento y/o jefa de finanzas, vía telefónica o por correo electrónico, otros medios como mensajes de texto no serán considerados como aviso.

 Mostrar respeto hacia todos los miembros de la Comunidad Educativa, sin excepciones.

 Colaborar con el mantenimiento del orden, cuidado del material, medios e infraestructura del colegio, como también con el correcto comportamiento de los estudiantes dentro del recinto escolar.

 No fumar ni consumir bebidas alcohólicas en dependencias del colegio.

 Profesores se rigen por la normativa establecida en el Estatuto Docente.

 Profesores deben cumplir en los plazos establecidos con planificaciones, procesos de evaluación de los estudiantes, tutorías y reuniones individuales y grupales con padres y apoderados, turnos de reemplazos en caso necesario, y labores administrativas inherentes a su cargo.

 Profesores deben informar oportunamente a los apoderados tanto de los avances como de las dificultades o faltas de su pupilo.

DERECHOS DE LOS PADRES Y APODERADOS

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 A ser informados por las instancias correspondientes sobre los procesos de aprendizaje, desarrollo personal, social y conductual de su pupilo en el establecimiento.

 A recibir sugerencias que orienten el proceso de búsqueda de soluciones ante eventuales dificultades que puedan afectar al estudiante.

 A ser citados oportunamente a entrevistas, tutorías, reuniones y encuentros programados por el colegio.

 A ser atendidos por la persona requerida, según horario establecido.

 A ser tratados con respeto y consideración por parte de todos los miembros del establecimiento.

 A ser elegidos para integrar una directiva de curso y/o de Centro General de Padres y Apoderados.

 A ser informados oportunamente sobre las normas del establecimiento y las transgresiones a ellas.

 A apelar ante la dirección del colegio por sanciones aplicadas al estudiante.

DEBERES DE LOS PADRES Y APODERADOS.

 Conocer, apoyar y participar del Proyecto Educativo Institucional.

 Cumplir puntualmente con los eventuales compromisos con el establecimiento.

 Brindar apoyo, protección y acompañamiento a su pupilo en su proceso de formación.

 Respetar los derechos del estudiante y acompañarlos en el cumplimiento de sus deberes.

 Asistir puntualmente a todos los llamados del establecimiento en relación al proceso formativo de su pupilo.

 Asistir a tutorías y reuniones de apoderados de manera obligatoria. En caso de no asistir, se citará en los días posteriores a tutoría con el

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profesor jefe. En caso de reiterar esta misma situación, deberá firmar una carta de compromiso.

 Justificar las inasistencias a clases del estudiante, como así también la ausencia a reuniones de apoderados u otras actividades de la escuela.

 Mostrar un trato respetuoso y cordial hacia todas las personas o estamentos de la comunidad educativa.

 Responder, en los plazos fijados, las comunicaciones.

 Evitar comentarios negativos frente a personas extrañas, estudiantes u otros padres, que vayan en contra del establecimiento o de algún miembro de la comunidad educativa.

 Estar abiertos a aceptar eventuales sugerencias respecto de la búsqueda de soluciones ante posibles dificultades.

 Supervisar y exigir la asistencia a clases y la puntualidad del estudiante.

 Aceptar la pérdida del derecho a seguir siendo miembro de la comunidad cuando la familia no se adecue al Proyecto Educativo Institucional o cuando el estudiante no cumpla con los requisitos de promoción y permanencia estipulados en el reglamento de evaluación y promoción del establecimiento.

 No incurrir en conductas tipificadas como delitos.

 Prohibición de fumar en las dependencias del establecimiento.

FALTAS DE LOS ESTUDIANTES

Faltas Leves: Se entiende por faltas leves las actitudes y comportamientos que alteran la convivencia, pero no involucran daño físico ni sicológico a otros miembros:

 Atrasos e inasistencias ocasionales.

 Olvidos reiterados de materiales solicitados.

 Uso de celular en clases o actos del establecimiento.

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 Escuchar música en clases o actos del establecimiento, con o sin audífonos.

 No entrar a tiempo a la sala luego del recreo.

 No usar el buzo completo del establecimiento.

 Usar prendas de vestir que no correspondan al uniforme institucional.

Faltas Graves: Se entiende por faltas graves las actitudes y comportamientos que alteran la convivencia, que involucran daño físico o psicológico a otros miembros y afectan el bien común:

 Dañar infraestructura o materiales del establecimiento o de los compañeros/as.

 Ofender a algún miembro de la Comunidad Educativa.1

 Falsear o alterar calificaciones y comunicaciones.

 Tener conducta inadecuada y/o inmoral dentro del establecimiento o durante salidas pedagógicas.

 Burlas y discriminación hacia compañeros.

 Amenazas a compañeros.

 Agresión verbal a un compañero.

 Utilizar un lenguaje ofensivo o soez.

 Falta de honradez.

 Fumar en dependencias del establecimiento.

 No respetar la autoridad de directivos, docentes y asistentes de la educación.

Faltas Gravísimas: Se entiende por faltas gravísimas las actitudes y comportamientos que alteran la convivencia o que involucran daño físico o

1 De forma verbal, física o psicológica.

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psicológico sostenido a otros miembros. Se incluyen también todas las conductas tipificadas como delitos):

 Agresión física a compañeros.

 Agresión verbal y/ o física a profesores u otro miembro de la comunidad escolar.

 Robo a algún miembro de la comunidad escolar.

 Abuso sexual a un compañero/a.

 Realizar material pornográfico dentro del establecimiento.

 Traer material pornográfico al colegio.

 Difundir material pornográfico dentro o fuera del establecimiento.

 Acosar o agredir mediante medios tecnológicos y/o redes sociales.

 Realizar bullying a compañeros u otro miembro de la comunidad escolar.

 Portar armas de todo tipo en el colegio.

 Traer y/o consumir drogas o alcohol en el colegio.

DEFINICIÓN DE SITUACIONES ESPECIALMENTE GRAVES DE VIOLENCIA ESCOLAR Y POLÍTICAS ESPECIALES DE PREVENCIÓN

Las conductas descritas a continuación son consideradas faltas gravísimas y su reiteración puede llegar a la expulsión del estudiante.

1. Bullying. Se define como toda forma situación de acoso y hostigamiento hacia un estudiante, que se produce entre pares, en donde existe abuso

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de poder y es sostenido en el tiempo. Es importante destacar que en la prevención del Bullying es de suma importancia la intervención oportuna y decidida de los adultos de la comunidad educativa. Se deberá tener especial consideración frente a las siguientes situaciones:

A. No se puede justificar ninguna forma de hostigamiento hacia un estudiante. No se deben permitir los sobrenombres o burlas reiteradas por ninguna razón.

B. Las situaciones de acoso u hostigamiento deben ser abiertamente conversadas entre el profesor y sus alumnos, incluyendo a las familias.

C. Tratar el tema del Bullying de manera regular en Consejo de Curso.

D. Jamás se debe minimizar una situación en donde un estudiante es hostigado o acosado apelando a la etapa de desarrollo del o de los acosadores.

2. Abuso Sexual. Se refiere a todo tipo de actividad sexual impuesta por seducción, coacción o por la fuerza entre un niño y alguien mayor, en donde la persona mayor obtiene gratificación sexual.

3. Ciber-acoso. Consiste en hacer uso de Internet u otro medio tecnológico para ofender, amenazar, injuriar o desprestigiar a un estudiante o cualquier otro integrante de la comunidad escolar. Se incluye también la exhibición o difusión de fotos u otra información privada del estudiante a través de chats, blogs, facebook, instagram, twitter, mensajes de texto, correo electrónico o a través de cualquier otro medio tecnológico.

4. Discriminación. Se refiere a toda forma de burla, amenaza, aislamiento o intimidación hacia un estudiante ya sea por su condición social, económica, religiosa, política, filosófica, étnica, sexual o cualquier otra circunstancia.

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Las políticas especiales de prevención son:

Semanalmente en horario de Orientación o Consejo de Curso se trabajarán los siguientes temas con todos los estudiantes de primero básico a octavo cuarto año medio.

1. Qué es el bullying.

2. Qué es el ciber-bullying.

3. Qué es abuso sexual.

4. Qué es la discriminación.

5. Debates sobre cada tema.

6. Señales que pueden ser síntoma de que un estudiante está siendo objeto de algún tipo de agresión o acoso.

7. Establecer compromisos grupales, enfatizando que la prevención de estos hechos nos involucran a todos y en los cuales todos tenemos responsabilidades.

Cabe destacar que durante las horas de orientación también se trabajarán, durante todo el año, los Programas tendientes a promover la buena convivencia escolar:

 Valores transversales para una convivencia positiva.

 Prevención del abuso sexual infantil.

 Educación sexual.

 Programa de habilidades sociales.

Dichos temas serán tratados en reuniones de apoderados, enfatizando la responsabilidad de las familias y sensibilizando a los apoderados respecto a los temas.

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Ante situaciones de Bullying u otra agresión grave, existirá una hoja especial de registro y seguimiento para seguridad tanto del estudiante agredido, de su familia como del colegio, respecto a la erradicación definitiva del hecho.

DEFINICIÓN DE LAS SANCIONES, GRAVEDAD Y RESPONSABLES DE SU APLICACIÓN

SANCIÓN FALTA

LEVE

FALTA GRAVE

FALTA GRAVÍSIMA

RESPONSABLES.

Amonestación

directa. Llamado de atención ante una falta.

X X X PROFESOR E INSPECTOR.

Amonestación escrita. Es la censura y registro escrito en el libro de clases frente a una reiteración de una falta leve, grave o gravísima.

X X X PROFESOR E INSPECTOR.

Comunicación al

apoderado. Es el envío al apoderado vía libreta de comunicación de la falta cometida por el estudiante.

X X INSPECTOR Y PROFESOR.

Permanencia en

inspectoría. El estudiante permanece el tiempo estimado necesario en la oficina del inspector

X X INSPECTOR Y PROFESOR.

Citación al apoderado. Es la citación al colegio del adulto responsable del niño/a para exponerle personalmente la magnitud e implicancias de la conducta de su pupilo.

X X INSPECTOR Y PROFESOR.

Exposición de un

tema. Consiste en que el estudiante sancionado expone un tema formativo ante sus compañeros y profesores.

X X INSPECTOR Y PROFESOR.

Reparación del daño X X INSPECTOR, PROFESOR Y

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ocasionado. Se trata de la restitución del bien dañado, su pago monetario y/o las disculpas correspondientes al estudiante agredido mediante una conversación directa y también a través de una carta del estudiante agresor en conjunto con sus padres, dirigida .al estudiante afectado, en donde se compromete a no reincidir.

DIRECCIÓN.

Suspensión de salidas y

actividades extra

programáticas. El estudiante no podrá participar de paseos, salidas pedagógicas o actividades extracurriculares.

X X INSPECTOR Y DIRECCIÓN.

Servicio comunitario en la escuela. Implica la obligatoriedad para el estudiante de colaborar en los quehaceres propios de la escuela: limpieza del establecimiento, cuidado de niños más pequeños, turnos en el comedor, etc.

X X INSPECTOR Y DIRECCIÓN

Suspensión temporal. Consiste en la separación del estudiante de toda actividad académica o extra-académica por un periodo definido. La gradualidad de la sanción estará sujeta al análisis de la falta.

X X INSPECTOR Y DIRECCIÓN.

Condicionalidad de la matrícula. Se refiere a la situación de permanencia de un estudiante en el establecimiento si cumple con la condición de no cometer una nueva falta durante la vigencia de la condicionalidad.

X DIRECCIÓN, CONSEJO DE

PROFESORES, INSPECTOR Y PSICÓLOGOS.

Expulsión. Consiste en la separación total y permanente

del estudiante del

establecimiento educacional. El

X DIRECCIÓN, CONSEJO DE

PROFESORES, INSPECTOR Y PSICÓLOGO (con previa información al consejo escolar).

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estudiante pierde la condición de alumno de esta escuela.

PROCEDIMIENTOS Y SANCIONES

La primera forma de corrección será siempre el diálogo para que el estudiante dimensione la magnitud y consecuencias de su falta. Luego de aquello, y de acuerdo a la gravedad de la falta, se procederá con las siguientes medidas:

1. Las sanciones frente a faltas leves serán:

 Amonestación directa.

 Amonestación registrada en libro de clases.

 Permanencia en inspectoría.

 Comunicación escrita al apoderado frente a reiteración (tres veces).

 Si continúa la falta, se citará al apoderado a conversar con el Inspector.

2. Las sanciones frente a faltas graves serán:

 Amonestación directa.

 Amonestación registrada en libro de clases.

 Si es reiterada (dos veces o más) se citará al apoderado.

 Reparación, restitución o cancelación de bienes dañados.

 Disculpas directas a la o las personas afectadas.

 Servicio comunitario, como aseo del colegio y turno en horario de almuerzo durante una semana, por ejemplo.

 Suspensión de toda salida o actividad extraprogramática durante un mes.

 Si la falta se repite luego de la citación al apoderado, el estudiante será suspendido por un día y deberá concurrir al día siguiente con su apoderado. A la tercera vez el estudiante quedará con matrícula condicional.

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3. Las sanciones frente a faltas gravísimas serán:

 Tres días de suspensión inmediata.

 Amonestación registrada en libro de clases.

 Estudiante deberá concurrir con su apoderado al cuarto día.

 Condicionalidad de la matrícula.

 Disculpas directas a la persona afectada y carta firmada por el agresor y su apoderado comprometiéndose a no reincidir.

 Suspensión de toda salida o actividad extra-programática durante un semestre.

 La reiteración de una falta gravísima podrá llevar a la expulsión del estudiante, previo acuerdo entre la Dirección del Establecimiento y el Consejo de Profesores e Inspectoría.

Las sanciones y procedimientos consignados en este Manual rigen para los estudiantes de enseñanza básica y media. .

Las faltas de estudiantes de pre básica se manejarán de manera especial y se evaluará de manera individual con el profesor (a) jefe cuál sanción aplicar cuando corresponda.

Las faltas de los estudiantes de aquellos cursos con necesidades educativas especiales (N.E.E.), se evaluarán también de manera individual, pues no todos los estudiantes de dichos cursos están en condiciones de comprender las faltas y sanciones.

Cabe destacar que cualquier situación no contemplada en este Manual de Convivencia Escolar será resuelta por el Consejo de Profesores, Inspector General y Dirección del Establecimiento.

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Este Manual será revisado cada 3 años para realizar las actualizaciones y ajustes pertinentes, pudiéndose modificar en aspectos puntuales anualmente.

REGLAMENTO INTERNO DE ORDEN, HIGIENE Y SEGURIDAD

TITULO PRELIMINAR

Artículo 1: El presente Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad, contiene las obligaciones y prohibiciones por las cuales debe regirse el personal, en relación con sus labores y permanencia en las dependencias del establecimiento.

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La Sociedad Educacional Casablanca Bilingual school (en adelante “el empleador”), en su calidad de empleador, garantizará a cada uno de sus trabajadores un buen ambiente laboral, para ello tomará todas las medidas necesarias para que todos laboren en condiciones acordes con su dignidad.

Artículo 2: Este reglamento, será suplementario de cada contrato de trabajo y en su calidad de tal, obliga al personal al cumplimiento fiel y escrito de las disposiciones contenidas en este texto. Desde la fecha de ingreso a la Sociedad Educacional Casablanca Bilingual school (el personal no podrá alegar ignorancia de las disposiciones contenidas en el presente reglamento, debiendo hacer declaración expresa de conocerlo y su obligación de cumplirlo en el respectivo contrato de trabajo.

Se deja constancia que cada trabajador recibirá un ejemplar del presente reglamento en forma gratuita por parte del Empleador.

De igual forma y de modo complementario, este reglamento se encontrará en, a lo menos dos sitios visibles del lugar de trabajo, cumpliendo con lo señalado en el artículo 156 del título III del Código del Trabajo

.

TITULO 1:

OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES

Párrafo 1: Obligaciones del Empleador

Artículo 3: El Empleador está obligado a cumplir y respetar las normas contractuales y laborales, en forma especial:

A. Respetar siempre a todo el personal en su dignidad de persona.

(27)

B. Pagar las remuneraciones en el tiempo acordado y en conformidad a las estipulaciones contractuales y legales.

C. Dar a cada trabajador la ocupación efectiva de las labores convenidas.

D. Instruir en forma oportuna y con los medios necesarios, acerca de los beneficios otorgados por los organismos de seguridad social y previsional.

E. Promover el perfeccionamiento de todo el personal en conformidad a la legislación sobre capacitación profesional.

F. Escuchar y atender los reclamos que formula el personal ya sea directamente o a través de sus representantes.

G. Informar y hacer cumplir las normas Técnico Pedagógicas emanadas del Ministerio de Educación.

H. Otorgar las facilidades para que pueda realizarse eficazmente la labor de supervisión e inspección de los Centros Educativos, por parte de los organismos del Ministerio de Educación, conforme a la legislación vigente.

I. Proporcionar, de acuerdo a sus posibilidades, materiales de enseñanza necesarios para el desarrollo del quehacer educativo.

Párrafo 2: Obligaciones Generales del Personal

Artículo 4°: El personal está obligado a respetar y cumplir las siguientes normas:

A. Mantener en todo momento, trato cordial y amable con los alumnos, padres y apoderados, y en general, con todos los integrantes de la comunidad educativa.

(28)

B. Mantener en todo momento relaciones jerárquicas deferentes con jefes, compañeros de trabajo, subalternos y alumnos/as.

C. Realizar el trabajo convenido en contrato laboral a fin de que la institución pueda cumplir adecuadamente con los fines de la educación.

D. Realizar personalmente la labor convenida de acuerdo con las normas e instrucciones del Ministerio de Educación, y la Sociedad Educacional Casablanca Bilingual school.

E. Desempeñar su labor con esmero y dedicación y colaborar en el desarrollo del proceso educacional de los Centros Educativos.

F. Guardar la debida lealtad y respeto hacia el personal del Establecimiento, donde se desempeña.

G. Dar aviso oportuno de su ausencia, por causa justificada, a la Dirección o a quien corresponda vía correo electrónica o llamada telefónica.

H. Respetar los horarios de entrada y salida.

I. Mantener la sobriedad y corrección en su presentación personal.

J. Velar por los intereses del colegio, evitando pérdidas, deterioros o gastos innecesarios.

K. Comunicar con 3 días de sucedido, cualquier cambio en antecedentes personales para ser anotado en el contrato de trabajo, especialmente cambio de domicilio y teléfono particular.

L. Firmar el libro de asistencia según horario establecido en el contrato de trabajo, en el caso del establecimiento, se cuenta con biométrico, en el cual por medio de la huella digital, se debe marcar ingreso y salida. . M. Todo el personal tiene que cumplir dos horas cronológicas

extraordinarias, de acuerdo a las necesidades del Colegio y que sean autorizadas por el Director del Establecimiento Educativo; bajo firma del funcionario y Director.

Párrafo 3: Prohibiciones Generales para el Personal

(29)

Artículo 5°: El no acatar las disposiciones expuestas en este documento, será motivo de amonestaciones verbales y escritas que se registraran en la carpeta personal del funcionario e incluso puede ser causal de despido, con la correspondiente comunicación a la Inspección del trabajo.

A. Incumplimiento a cualquier punto estipulado en su contrato laboral, especialmente a lo referido a la asistencia y puntualidad.

B. Hacer abandono de su trabajo en horas de labor sin la debida autorización.

C. Suspender ilegalmente las labores o inducir a tales actividades.

D. Incurrir en atrasos reiterados en la hora de llegada.

E. Presentarse al trabajo en estado de ebriedad, bajo la influencia del alcohol, drogas o estupefacientes.

F. Causar daño voluntario o intencional a las instalaciones del Establecimiento donde se desempeñe.

G. Estimular y/o provocar actitudes negativas o de rebeldía en los alumnos, apoderados y funcionarios hacia la Institución Educativa, su organización y funcionamiento.

H. No acatar las órdenes del superior jerárquico o persona encargada en ese momento, acordes con obligaciones contractuales.

I. No respetar los conductos regulares del organigrama del colegio, exceptuando los problemas contractuales, los que en todo deben ser informados al Director o al Representante Legal del establecimiento según corresponda.

J. Interrumpir, detener o impedir el trabajo de otro funcionario o estamento por la presencia prolongada en el lugar o dependencia afectada.

K. Introducir bebidas alcohólicas, drogas o estupefacientes y/o darlas a consumir.

L. Fumar tabaco en cigarrillo, pipa o similar, dentro del Establecimiento donde ejerza y frente a los alumnos y/o apoderados.

(30)

M. Efectuar comercio dentro de los Centros Educativos, sin la debida autorización.

N. Alterar u omitir su firma en el libro de asistencia o registro de biométrico.

O. Castigar física, psicológica y/o verbalmente a los alumnos/as.

P. Alterar el registro de asistencia de los alumnos.

Q. Alterar o modificar el registro de calificaciones de los alumnos

R. Faltar sin aviso previo escrito, salvo imprevistos, dando aviso telefónico y/o correo electrónico.

S. Queda estrictamente prohibido a todo trabajador ejercer en forma indebida, por cualquier medio, requerimientos de carácter sexual, no consentidos por quien los recibe y que amenacen o perjudiquen su situación laboral o sus oportunidades en el empleo, lo cual constituirá para todos los efectos una conducta de acoso sexual y será tratado según lo establecido en la ley N°2005 que tipifica y sanciona el acoso sexual.

T. Ningún trabajador podrá alegar desconocimiento de lo estipulado en este reglamento.

U. Ingerir alimentos o bebidas en horarios de trabajo en: oficinas, salas de clases o dependencias no destinadas para ello.

V. Uso de teléfonos celulares durante horas de clases o reuniones.

TITULO II

DEL PERSONAL Y SUS OBLIGACIONES ESPECÍFICAS

Artículo 6°: Para los efectos del presente reglamento, y de acuerdo con la naturaleza de sus funciones, el personal que se desempeña en el Establecimiento, se clasifican de la siguiente forma:

A. Docentes Directivos.

B. Docentes de aula y Profesor Jefe.

C. Personal Administrativo / asistente de la educación.

(31)

D. Personal de servicio / asistente de la educación.

Párrafo N° 1: De los Docentes Directivos

Artículo 7°: Docente directivo: Es el profesional titulado que tiene a su cargo el desempeño de funciones directivas de acuerdo con los fines y objetivos de la Educación y establecimiento. En el colegio se distinguen los siguientes docentes directivos:

A. Director

B. Jefe Unidad Técnica Pedagógica

C. Coordinador del Programa de Integración Escolar.

D. Inspector General

Artículo 8°: El Director(a): Es el docente nombrado por el empleador en esta función y que, es responsable de la dirección, organización y funcionamiento del establecimiento, de acuerdo a las normas legales y reglamentarias vigentes.

Tiene calidad de empleado de confianza del empleador y en todo obra de acuerdo con las orientaciones emanadas desde ese nivel.

Son deberes del Director:

A. Es el responsable y representante directo y oficial del Establecimiento donde labore, ante las autoridades civiles, educacionales.

B. Dirigir el colegio, de acuerdo a los principios de la administración educacional, teniendo siempre presente que la principal función del Centro Educativo, es educar.

C. Determinar los objetivos propios de la Institución, de acuerdo con las instrucciones emanadas de los representantes legales, en concordancia con los requerimientos de la comunidad escolar y de la comunidad local.

(32)

D. Coordinar y supervisar las tareas y responsabilidades del personal a su cargo.

E. Establecer la estructura organizativa Técnico Pedagógica que estime conveniente para su Institución, debiendo salvaguardar los niveles básicos de planificación, dirección, ejecución, evaluación de los docentes, personal administrativo, servicios y control de los mismos.

F. Propiciar un ambiente educativo en el establecimiento, estimulando al trabajo de su personal, y creando condiciones favorables para la obtención de los objetivos institucionales.

G. Impartir instrucciones para establecer una adecuada organización, funcionamiento y de evaluación del currículo del colegio, procurando una eficiente distribución de los recursos asignados.

H. Presidir los diversos consejos técnicos y/o administrativos, así como el Consejo Escolar, y delegar funciones cuando lo estime conveniente

I. Velar por el cumplimiento de las normas de prevención, orden, higiene seguridad dentro del establecimiento,

J. Cumplir las normas e instrucciones, emanadas de las autoridades Educacionales y Administrativas competentes.

K. Remitir al Ministerio de Educación las actas estadísticas y otros documentos que se le exijan conforme a la reglamentación vigente.

L. Arbitrar las medidas necesarias para que se realice normalmente la supervisión e inspecciones del Ministerio de Educación, conforme a sus instrucciones.

M. Autorizar en casos justificados, permisos o ausencia del personal a su cargo con goce de sueldo.

N. Llevar un registro por cada funcionario, destinado a anotar antecedentes positivos y negativos de él. Cada vez que se efectúe una anotación el funcionario afectado firmara en señal de que toma conocimiento, con el objeto de conocer y tomar las medidas necesarias en lo positivo y negativo del desempeño de sus funciones.

(33)

O. Vincular al colegio con los organismos de la comunidad, (Carabineros de Chile, Bomberos, redes con las Universidades de la región.

Artículo 9°: Jefe de la Unidad Técnica Pedagógica: Es el docente técnico nombrado por el empleador, que tiene bajo su responsabilidad coordinar las actividades académicas del Establecimiento, a fin de que el proceso educativo se desarrolle dentro de un ámbito de calidad, orden y armonía.

Forma parte del equipo directivo y en todo obra de acuerdo a las directrices emanadas por el Departamento Provincial de Educación, el empleador y el Director del Centro Educativo.

Son deberes del Jefe de UTP:

A. Programar, organizar, supervisar y evaluar, junto con el Director las actividades correspondientes al proceso Enseñanza-Aprendizaje, que realice cada docente.

B. Velar por acrecentar el rendimiento escolar de los alumnos, procurando su mejoramiento permanente.

C. Propiciar la integración entre los diversos programas de estudios de las diferentes subsectores.

D. Asesorar al Director en el proceso de elaboración del plan curricular del Establecimiento.

E. Asesorar y supervisar en forma directa a los docentes, en la organización, programación y desarrollo de las actividades de aula, evaluación y en la aplicación de planes y programas de estudios.

F. Programar, coordinar, supervisar y evaluar la realización de las actividades

G. Contribuir al perfeccionamiento del personal docente del colegio en materias de evaluación y currículo.

H. Dirigir los consejos técnicos que le competen.

(34)

I. Supervisar en forma periódica a los docentes en el aula, sin aviso y con aviso, para ir verificando el desempeño profesional frente al proceso Enseñanza Aprendizaje.

J. Planificar, supervisar y evaluar los planes y programas especiales acordes a las necesidades y características de la comunidad escolar y conforme a las normas vigentes.

K. Participar en las reuniones del Consejo Directivo y Consejo Escolar.

L. Reemplazar al Director por ausencia de este.

M. Revisar las Planificaciones tanto anuales, como las Planificaciones clases a clase de cada uno de los docentes que ejercen en el Colegio, y Practicantes, y retroalimentar dichas Planificaciones en forma oportuna, en base al marco curricular vigente.

Artículo 10º Coordinador del Programa de Integración Escolar. Es el responsable de conducir el proceso de organización del Programa de Integración Escolar en Establecimiento y a nivel de sala de clases, por otros especialistas y por cada docente.

Son deberes del Coordinador:

A. Planificar, coordinar y evaluar las actividades de PIE.

B. Asesorar a los profesores Jefes, proporcionar materiales de apoyo y de información. Ayudar a descubrir problemas de aprendizajes.

C. Asesorar a los profesores de asignatura, administrar instrumentos que faciliten determinar diferentes ritmos de aprendizajes.

D. Atender problemas que se relacionen con ajustes curriculares.

E. Ocuparse del seguimiento de los alumnos que se encuentran dentro del programa y que han egresado.

F. Contribuir al perfeccionamiento docente.

(35)

G. Participar en los consejos técnico que corresponda.

H. Determinar los rasgos de indisciplina que permiten la continuidad de los alumnos en establecimiento.

Articulo 11º Inspector General

A. Atender, con diligencia y buen trato, las informaciones u orientaciones solicitadas por los alumnos, profesores y/o apoderados.

B. Llevar registro actualizado de atrasos e inasistencia de alumnos.

C. Realizar labores de vigilancia, durante las horas de permanencia de alumnos en el colegio, en pasillo, patios y dependencias en general.

D. Llevar registro de alumnos que permanecen fuera de la sala durante las horas de clases.

E. Realizar labores de vigilancia en la puerta principal del colegio, a lo menos 15 minutos antes del toque de campana.

F. Supervisar el procedimiento a seguir en caso de ocurrencia de accidente escolar.

G. En caso de atraso o inasistencia imprevista de un docente, asumir el control del curso.

H. Informa a la Dirección del colegio cualquiera anomalía observada, en el colegio, durante la jornada de trabajo.

I. Supervisar la salida de los alumnos/as por la puerta principal del establecimiento, tomando medidas en el caso de alumnos que no sean retirados oportunamente por sus padres.

J. Realizar turnos de patio durante los recreos, en conjunto con inspectores de patio y docentes designados de común acuerdo para esta actividad en horas de colaboración.

K. Una vez concluido el año escolar, realizar labores de apoyo de acuerdo a las necesidades institucionales.

(36)

Párrafo 2: De los docentes de aula y Profesores de asignatura

Artículo 110: Personal Docente de aula: Es el funcionario que ha sido contratado para impartir clases en algún o algunos niveles que tengan relación con su formación profesional y será evaluado periódicamente sus procedimientos pedagógicos.

Son deberes y obligaciones del docente de aula:

A. Depende administrativamente del Director del Establecimiento y técnicamente de la UTP.

B. Planificar, desarrollar y evaluar las actividades para la implementación efectiva del currículo, cumpliendo rigurosamente con los plazos y las exigencias técnicas entregadas por la UTP.

C. Participar en las distintas reuniones y consejos a las que sea citado.

D. Poner en práctica los acuerdos adoptados en los diferentes consejos realizados.

E. Es el responsable directo de llevar al día el Libro de Clases, en los aspectos de registros de materias, contenidos evaluados, observaciones personales de los alumnos y asistencia diaria. En el caso de la asistencia, deberá consignarla en la segunda hora de la mañana.

F. Preparar informes de evaluación cuando le sean requeridos.

G. Es el responsable directo del grupo de alumnos a su cargo en la hora de clases o actividad que le corresponda realizar según su horario de trabajo. Esta responsabilidad se entiende en los aspectos pedagógicos, formativo valórico y/o disciplinario.

H. Deberá informar, de manera oportuna, al profesor jefe respectivo de cualquiera situación producida con un alumno(as) o padre y/o apoderado.

I. Citar a los apoderados en horas de atención de apoderados, por ningún motivo en horas de clases.

(37)

J. Respetar y seguir procedimientos en relación a la salud y los accidentes que pudieran sufrir los alumnos.

K. Consignar en el libro de salida, cuando tenga actividades fuera del Establecimiento, las autorizaciones correspondiente, indicando día, hora, número de alumnos, y lugar de visita.

L. Mantener una relación de respeto con los alumnos. No está permitido el tuteo y el uso de sobrenombres.

M. Mantenerse atento y dispuesto a supervisar, durante los períodos de recreo o actividades internas, etc., el comportamiento de los alumnos, corrigiendo conductas y formando hábitos de aseo y limpieza.

N. Cuidar los bienes generales del local escolar y conservación del edificio, y responsabilizarse de aquellos que se confían por inventario.

O. Mantener informados a los padres y/o apoderados de sus pupilos respecto al proceso de enseñanza-aprendizaje y de las actitudes y conductas de ellos.

P. Cumplir con las horas de colaboración estipuladas en el contrato.

Q. Resguardar el cumplimiento de los objetivos de los planes y programas de estudio en el desempeño de su función docente.

R. Promover permanentemente la buena imagen del Establecimiento como institución.

S. Participar activamente cuando Institución, organiza algún evento artístico, cultural, deportivo, preocupándose que la actividad tenga el realce que corresponda, sin descuidar ningún detalle para que la actividad resulte en orden, en cumplimiento a los objetivos propuestos, en la medida que se desarrollen en el horario de trabajo.

T. Mantener corrección y sobriedad en el vestir, haciendo obligatorio el uso de tenida formal para damas y varones.

U. Mantener al día sus responsabilidades profesionales relativas al uso del libro de Clases, especialmente en el control de asistencia de los alumnos,

(38)

firmas de las horas realizadas y anotación de contenidos y/o actividades en los respectivos leccionarios.

V. El libro de clases debe estar siempre con el docente en el aula y es responsabilidad del profesional llevarlo hacia la sala de clases y luego devolverlo al lugar indicado a principio del año académico.

W. Desarrollar cabalmente las “Horas de Colaboración”.

X. Registrar la hora de entrada y salida en el libro correspondiente, relativas al inicio y término de sus funciones en el Establecimiento, y de cada jornada si correspondiera, junto al registro de la firma del profesional (biométrico).

Y. Mantener dentro del Establecimiento una actitud de vida compatible con el ejercicio de la docencia.

Z. De acuerdo a las necesidades de Establecimiento y si la situación lo requiere, se implementará un sistema de turnos de patio para todos los profesores, previo acuerdo cuya labor será la de supervisar a los alumnos, evitando la realización de juegos bruscos y accidentes escolares.

AA. Entregar las planificaciones anuales al inicio del año lectivo, y con una semana de anterioridad hacer entrega de la planificación clases a clase a la UTP.

Artículo 12: El profesor jefe de curso: Es el docente que, en cumplimiento de sus funcione es responsable de la marcha y orientación del curso a su cargo, en lo concerniente a los aspectos pedagógicos y administrativos del mismo.

Son deberes del profesor jefe:

A. Participar en los consejos a los que sea citado.

B. Depender administrativamente del Director y técnicamente de la Unidad Técnica, cumpliendo las normativas indicadas por esta.

(39)

C. Coordinar actividades con los profesores que dictan las asignaturas del curso a su cargo.

D. Servir de nexo entre alumnos, apoderados y profesores del curso a su cargo.

E. Asesorar a la Directiva de los alumnos para el desarrollo del Consejo de Curso y padres y/o apoderados para la planificación, desarrollo y evaluación de las reuniones de estos.

F. Dirigir el Consejo de Profesores de su curso.

G. Velar por el cumplimiento de los acuerdos emanados del Consejo de profesores del curso.

H. Confeccionar, al comenzar el año escolar, el panorama del curso, de acuerdo a las instrucciones entregadas por la UTP.

I. Mantener al día el Libro de Clases de su curso, especialmente en los siguientes aspectos: Panorama General de los alumnos, horario diario a desarrollar, listas de alumnos, Hoja de Observaciones personales de los alumnos.

J. Atender, diligentemente, consultas realizadas por los apoderados, respecto al desarrollo del proceso de aprendizaje de sus hijos o pupilos.

K. Citar a entrevistas, a lo menos una vez al año, a todos los padres y/

apoderados y alumnos del curso, aumentando su frecuencia en casos especiales, entregando las orientaciones que sean necesarias, dejando constancia escrita de estas.

L. Acompañar al curso en las actividades planificadas en conjunto.

M. Conducir la parte pedagógica y formativa valórica de las reuniones de padres, y velar porque en ella se respeten los principios que el colegio sustenta.

Artículo 13: Personal administrativo: Es el asistente de la educación que cumple con diferentes funciones de tipo administrativo.

(40)

Jefe Administrativo: Profesional nombrado la sociedad educacional.

Son deberes del Jefe Administrativo:

A. Efectuar pagos a proveedores.

B. Emitir base de datos para pagos de sueldos.

C. Llevar registro y control de caja chica.

D. Llevar libreta de bancos al día.

E. Confeccionar documentos requeridos para depósitos.

F. Llevar registro de fondos por rendir.

G. Realizar trámites bancarios.

H. Realizar compras.

I. Confeccionar presupuestos.

J. Confeccionar egresos, ingresos y orden de compra.

K. Coordinar las mantenciones y reparaciones necesarias, tanto a la infraestructura, mobiliario y equipos al interior del establecimiento.

L. Mantener al día libro de remuneraciones.

M. Mantener al día declaraciones y pago de leyes sociales.

N. Confeccionar liquidaciones de sueldos.

O. Tramitación de licencias médicas, asignaciones y bonos para el personal.

P. Confeccionar contratos de trabajo.

Q. Mantener estadísticas de apoderados deudores R. Recepción y archivo de documentos.

S. Mantener actualizado el inventario de cada Establecimiento.

Secretaria de Dirección:

Deberes de la Secretaria de Dirección:

A. Atender a público que requiera información respecto al colegio, con diligencia y trato cordial.

B. Recibir y despachar correspondencia emitida por la Dirección del colegio.

(41)

C. Confeccionar circulares, oficios, actas, certificados, etc.

D. Tener al día y ordenada la correspondencia despachada y recibida.

E. Informar a los padres y/o apoderados respecto a cualquiera situación ocurrida a su hijo o pupilo.

F. Completar documentación en caso de accidente escolar, avisar a los padres y/o apoderados y velar por el pronto envío de este a un centro de atención.

G. Sacar material pedagógico a petición de los docentes con autorización de dirección.

Artículo 14°: Auxiliar de Servicios: Es el responsable directo de la vigilancia, aseo, cuidado y Mantención del mobiliario, enseres e instalaciones del local escolar, y demás funciones subalternas de índole similar.

Son deberes del Auxiliar de Servicios;

A. Mantener el aseo y orden en todas las dependencias del local escolar, de acuerdo a las indicaciones entregadas por la Institución

B. Desempeñar, cuando proceda, funciones de portería.

C. Retirar, repartir y franquear mensajes, correspondencia y otros.

D. Ejecutar reparaciones y restauraciones menores que se le encomienden.

E. Ejecutar encargos, debidamente visados por la autoridad del Establecimiento.

F. Ejecutar reparaciones, restauraciones e instalaciones menores que se le encomienden.

G. Cuidar y responsabilizarse del uso y conservación de herramientas y máquinas que se le hubieren asignado.

TÍTULO III

DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO:

(42)

Párrafo 1: Del Ingreso

Artículo 15°: Toda persona que se incorpore a trabajar, deberá presentar la documentación que se indica:

A. Fotocopia de Cédula de Identidad, del RUT y una fotografía tamaño carné.

B. Currículum Vitae.

C. Certificado de título profesional de estudios, de perfeccionamiento y/o capacitación.

D. Certificado de trabajo del último empleador, del aviso de cesación de servicios y documento que acredite cuál es la institución de afiliación provisional y de salud, si hubiere trabajado con anterioridad.

E. Certificado de nacimiento de sus cargas familiares si la tuviere.

F. Cada vez que los antecedentes personales sufran modificaciones, deberán ser comunicadas al Jefe Administrativo, dentro de los 3 días desde que se produzcan.

G. Certificado de Antecedentes.

La comprobación posterior por parte del empleador de la presentación de uno o más documentos falsos, inexactos o adulterados, será causal de terminación inmediata del contrato de trabajo

.

Párrafo 2: Del Contrato de Trabajo

Artículo 16°: La contratación del personal estará a cargo de la Sociedad Educacional Casablanca Bilingual school, o de quien éste designe para tales funciones y de conformidad a lo establecido en la Ley Laboral y el Estatuto Docente.

Párrafo 3: Del Término del Contrato

(43)

Artículo 17°: El personal contratado por la Sociedad Educacional Casablanca Bilingual school, podrá ser despedido, en conformidad a las disposiciones legales vigentes.

Párrafo 4: De la Jornada de Trabajo

Artículo 18°: La jornada ordinaria de trabajo semanal será la que se estipula en el Contrato de trabajo, distribuidas generalmente de lunes a viernes, no pudiendo exceder de 44 horas; cronológicas semanales en el caso de los docentes y de 45 horas semanales en el caso del personal administrativo y de servicios menores.

Las horas destinadas a colaboración de los docentes propiamente tales, serán distribuidas y asignadas de acuerdo de las necesidades del colegio.

Artículo 19°: La distribución de la carga horaria de los docentes y demás personal del establecimiento, deberá ser conocida por estos al inicio del año escolar.

Los Establecimientos, permanecerán abiertos el tiempo necesario para desarrollar las o la jornada de trabajo.

Párrafo 5: De las Horas Extraordinarias

Artículo 20°: Se considerarán horas extraordinarias las que excedan del máximo legal o de la pactada contractualmente y su cancelación se efectuará en conformidad a las disposiciones legales vigentes. Las horas extras permanentes deberán ser autorizadas previamente por el sostenedor, en casos imprevistos serán autorizadas por el Director del establecimiento. Las horas extras solo están previstas para el personal administrativo o de servicios.

(44)

Párrafo 6: Del Control de Asistencia

Artículo 21°: El empleador mantendrá un control de asistencia, tanto para dejar constancia de la hora de llegada como de la salida del personal.

Quedará constancia en el control de asistencia de la ausencia parcial o total del trabajador, durante su jornada de trabajo.

La ausencia parcial o total será considerada como tiempo no trabajado y se procederá a realizar los respectivos descuentos en su remuneración mensual.

TITULO IV:

DE LAS REMUNERACIONES Y DE LOS DESCUENTOS

Artículo 22º: Se entiende por remuneración la contraprestación en dinero, y en los adicionales en especies evaluables en dinero que debe percibir el personal por causa del contrato de trabajo.

Artículo 23°: El empleador deberá deducir de las remuneraciones:

A. Los impuestos legales.

B. Las cotizaciones de seguridad social.

C. Las obligaciones con instituciones de previsión o con organismos públicos.

D. Las cuotas sindicales, si la hubieren.

A dichos descuentos no es aplicable la limitación del inciso siguiente.

Podrán deducirse de las remuneraciones sumas o porcentajes determinados, previo acuerdo escrito entre el empleador y el trabajador, destinados a efectuar pagos de cualquier naturaleza.

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