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CÓDIGO DE PRÁCTICAS DE SEGURIDAD PARA TRABAJOS EN ALTURA

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CÓDIGO DE PRÁCTICAS DE SEGURIDAD

PARA TRABAJOS EN ALTURA

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PRÁCTICAS DE SEGURIDAD PARA TRABAJOS EN ALTURA

ÍNDICE

1. Alcance y propósito 2. Definiciones

3. Requisitos generales

4. Selección y capacidad de los empleados

5. Deberes y responsabilidades de los empleadores

6. Deberes y responsabilidades del gerente de programa de trabajos en altura 7. Deberes y responsabilidades del supervisor de trabajos en altura

8. Deberes y responsabilidades del técnico principal de trabajos en altura 9. Deberes y responsabilidades del obrero de trabajos en altura

10. Equipo de trabajos en altura 11. Sistemas de comunicación

12. Uso de plataformas suspendidas en conjunción con trabajos en altura 13. Herramientas y equipo de trabajo

14. Servicios de rescate y emergencia 15. Apéndice

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1 ALCANCE Y PROPÓSITO

1.1 Alcance

Este documento expone las prácticas aceptadas para efectuar los trabajos verticales en altura. Este documento no aplica a la respuesta a emergencias ni a la capacitación de respuesta a emergencias, con excepción de las condiciones descritas en la sección 14.

1.2 Propósito

El propósito de este documento es proporcionar información y orientación sobre las prácticas y los procedimientos aceptables para proteger a los empleados de los peligros asociados con los métodos de trabajos en altura cuando se trabaja arriba de 1.80m. Se dirige este documento a todas las personas que se ocupan de los trabajos en altura, pero especialmente a aquellas cuya responsabilidad principal es el establecimiento y la administración de los métodos de trabajos en altura. Este documento contiene los requisitos a seguir recomendados por las autoridades reguladoras cuando se establecen reglamentos o códigos para los métodos de trabajos en alturas

1.3 “Debe” y “Debería”

Las disposiciones son obligatorias cuando se usa la palabra «debe» y recomendadas cuando se usa la palabra «debería».

1.4 Excepciones

Es posible que las agencias reguladoras tengan requisitos que difieren de esta norma.

2 DEFINICIONES

Anclaje: Un lugar o instalación fija o creada que soporta los diferentes sistemas de Arresto de caídas y al cual están conectados los trabajadores.

Línea de vida con absorvedor de impacto: Dispositivo por el cual va conectado un trabajador desde el arnés de arresto de caídas al punto de anclaje, utilizado para proteger al trabajador en caso de una caída

Arnés de arresto de caídas: Un conjunto de cintas planas que rodean y envuelven al trabajador y lo soportan en caso de una caída.

Ayudante: Un individuo ubicado en el lugar de los trabajos en altura que vigila a los obreros y que realiza todos los deberes del ayudante asignados en el programa de trabajos en altura del empleador.

Freno: Un sistema que se adiciona a una cuerda o cable de seguridad con el propósito de soportar una carga mediante el principio de prensar o generar presión en un punto de la cuerda o cable.

Carga de prueba: Un peso de ensayo aplicado a una pieza o al equipo en su conjunto para verificar que no presentará deformación permanente bajo ese peso, en ese preciso momento simulando un uso real.

Carga segura de trabajo (SWL, por sus siglas en inglés): La carga máxima de trabajo designada a una pieza de equipo, calculada por el empleador usando la resistencia

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Eslingas de seguridad o Línea de vida: Sistema de seguridad conformado por cintas con ganchos en los extremos que evita el desplazamiento del trabajador en caso de una caída.

Sistema de arresto de caídas: Equipo, sistema o estructura que sujeta a un trabajador que se está cayendo frenando su desplazamiento.

Empleador: Una sociedad anónima, sociedad colectiva, empresa unipersonal, agencia gubernamental u otra organización que autoriza a sus empleados a realizar trabajos verticales en cuerda.

Equipo aprobado: El equipo que se considera apropiado para usar en trabajos en altura. El equipo aprobado debe cumplir con las especificaciones expuestas aquí, u otras especificaciones indicadas en el permiso de acceso, de ser éstas más estrictas.

Factor de caída: La fuerza ejercida en una caída tomando en cuenta la distancia de la caída.

Factor 1 de caída: Cuando la máxima distancia recorrida en una caída es de 1.8 mt (longitud total de la línea de vida) esto vendría a ser cuando el punto de anclaje al cual se está conectado se encuentra por encima y/o es igual a la altura de los hombros del trabajador.

Factor 2 de caída: Cuando la máxima distancia recorrida en una caída es de 3.6 mt (el doble de la longitud de la línea de vida) esto vendría a ser cuando el punto de anclaje al cual se está conectado se encuentra por debajo de la altura de los hombros del trabajador.

Factor de seguridad: La resistencia mínima del sistema dividida por la carga máxima prevista, expresado en forma de una razón de cambio.

Gerente de programa de trabajos verticales en cuerda: Una persona autorizada por su empleador para ser responsable por manejar el programa de trabajos en altura del empleador y que tiene los conocimientos, la experiencia y la capacitación adecuados para manejar dicho programa. Esto incluye asuntos relacionados con seguridad, capacitación, reglamentos, dotación de personal, selección de equipo y administración entre otras responsabilidades de programa designadas por el empleador.

Ganchos o conectores de seguridad: Un tipo de conector para trabajos en altura.

Permiso de acceso: Una declaración escrita preparada por el empleador que describe cómo se debería emprender un trabajo determinado (o tipos de trabajo cuando los trabajos son prácticamente idénticos) para garantizar que se minimizan los riesgos a la salud y a la seguridad de los obreros u otros que puedan verse afectados.

Prevención de caídas: El equipo, el sistema o la estructura que previene que ocurra una caída.

Recuperación: El procedimiento para rescatar a los obreros de trabajos en altura sin colocar a un rescatista en caso de una caída.

Rescatista: Un individuo que el empleador designa como miembro del servicio de rescate para rescatar a los miembros del personal en caso de una caída.

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Resistencia mínima de ruptura: La calificación del fabricante usada por el empleador para calcular cargas de trabajo seguro.

Servicio de rescate: La organización que el empleador determina capaz de llevar a cabo un rescate seguro y efectivo de los obreros de trabajos en altura en caso de un caída.

Sistema de recuperación: El equipo (incluye una cuerda de recuperación, un arnés, un aparato que sirve para acarrear y un anclaje) que se usa para rescatar a los obreros de trabajos en altura sin colocar a un rescatista en una cuerda. La cuerda de seguridad se puede usar como la cuerda de recuperación en un sistema de recuperación.

Técnico de trabajos en altura: Una persona que tiene la capacitación y experiencia apropiadas para usar un sistema de trabajos en altura y desempeñar los deberes requeridos de acuerdo con el nivel de responsabilidad asignado. Existen tres niveles de técnico de trabajos en altura:

-Supervisor de trabajos en altura Técnico de nivel III

Una persona con la capacitación, las destrezas, la experiencia y las calificaciones necesarias para asumir la responsabilidad del lugar entero donde se realizan los trabajos en altura, incluso la administración y orientación de otros técnicos de trabajos en altura en el lugar de trabajo, y que es capaz de diseñar, analizar, evaluar y especificar los sistemas de arresto de caídas y que cuenta con el conocimiento y la experiencia para dirigir las operaciones de rescate de los sistemas arresto de caídas, tanto como las destrezas necesarias para llevar a cabo rescates avanzados de sistemas de arresto de caídas.

-Técnico principal de trabajos en altura Técnico de nivel II

Una persona con la capacitación, las destrezas, la experiencia y las calificaciones apropiadas para realizar, bajo la dirección de un Supervisor de trabajos en altura Nivel III, toda instalación de sistemas de arresto de caídas y todo trabajo en altura y que, como mínimo, tiene las destrezas necesarias para llevar a cabo rescates ordinarios de sistemas de arresto de caídas.

-Obrero de trabajos en altura Técnico de nivel I

Una persona con la capacitación, las destrezas y las calificaciones apropiadas para realizar, bajo la dirección directa de un Técnico principal de trabajos en altura Nivel II o Supervisor Nivel III, operaciones ordinarios de trabajos en altura y que, como mínimo, tiene las destrezas necesarias para llevar a cabo trabajos en altura.

Trabajos en altura: Todo trabajo que se realiza más arriba de 1.80 m, en las que se utilizan técnicas para obtener acceso, mediante el uso de sistemas de arresto de caídas, a edificios, otras estructuras en la tierra o en el mar, formaciones geológicas tales como los acantilados o construcciones tales como las represas. Se aplica a todos los casos y escenarios en que se usan los sistemas de arresto de caídas:

- Como medio principal de soporte.

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- Cuando las personas se desplazan horizontal o verticalmente.

Zona de acceso: El área donde las personas están en peligro de sufrir una caída, como por ejemplo en un pozo o cerca de un borde desprotegido. Esta área requiere medidas de protección, tales como advertencias verbales, letreros y elementos de señalización, barreras, cuerdas de seguridad, sistemas de arresto de caídas u otros dispositivos diseñados para prevenir o detener una caída.

Zona de peligro: Cualquier área donde una persona puede estar en riesgo de accidentes por el trabajo que se está realizando.

Zona de seguridad: Cualquier área fuera de la zona de peligro o la zona de acceso.

3 REQUISITOS GENERALES

3.1 *El empleador debe preparar un permiso de acceso antes de comenzar los trabajos en altura. El permiso de acceso debe incluir, pero no estar limitado a los siguientes objetivos de seguridad:

-Hacer una lista de los métodos de trabajos en altura que se van a usar para el trabajo propuesto.

-Hacer una lista de los nombres de los miembros del equipo de trabajo e identificar sus deberes (Nota: el supervisor de trabajos en altura debe evaluar si cada miembro del equipo está preparado para el trabajo a realizarse).

-Hacer una lista del equipo de trabajos en altura que se va a usar para el trabajo.

-Hacer una lista de los peligros asociados con el trabajo a realizarse.

-Hacer una lista del equipo de protección personal (EPP) apropiado que se va a usar.

-Hacer una lista de las previsiones tomadas para proporcionar seguridad al anclaje.

-Hacer una lista de las previsiones de seguridad pública.

-Considerar, anotar y difundir la información del servicio de rescate y la manera en que se avisará al mismo.

3.2 *Además del sistema de protección contra caídas, se deben usar dispositivos u otros aparatos de detención de caídas apropiados, a menos que el empleador pueda demostrar que estos dispositivos u otros aparatos de detención de caídas crearían un peligro mayor o que sería imposible usar los mismos.

3.3 Cuando un sistema de arresto de caídas se usa junto a un dispositivo u otros aparatos de detención de caídas debería estar conectado al arnés del obrero. Esto no impide que el obrero pueda sufrir una fatalidad en caso de una caída.

3.4 *El empleador debe asegurarse de que se han evaluado los anclajes para garantizar que se puede cumplir con todos los factores de seguridad del sistema.

3.5 *Antes de adoptar las técnicas de trabajos en altura para un trabajo determinado, los propietarios, contratistas principales y otros responsables de

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encargar el trabajo deben realizar una evaluación de los riesgos, la cual incluiría considerar las diferentes alternativas disponibles para los trabajos en altura y sus respectivos riesgos y ventajas. En especial, se debe prestar atención a los siguientes aspectos:

-La capacidad de la persona para usar de manera segura las herramientas, el equipo o los materiales necesarios para hacer el trabajo, y si el uso de cualquier herramienta pudiera poner en riesgo a la persona o a sus compañeros de labores.

-Si al desempeñar el trabajo se pudiese soltar algún material que pudiera convertirse en un peligro para el obrero u otras personas en la zona de trabajo.

-Si el tiempo requerido para terminar el trabajo en cualquier lugar fuera tal que pudiera haber niveles inaceptables de riesgo.

-Si sería posible rescatar rápidamente a los obreros que están usando las técnicas de trabajos en altura de cualquier posición y situación en que se pudieran encontrar.

3.6 El empleador debe designar a un gerente de programa de trabajos en altura para que sea el punto de contacto principal para los asuntos relacionados con la seguridad, la capacitación y la reglamentación de los trabajos en altura. La persona designada debería tener el conocimiento, la experiencia y la habilidad adecuados en las técnicas de trabajos en altura.

3.7 Las previsiones para el rescate o auto rescate rápido y para los servicios de emergencia deben ser la responsabilidad del empleador anfitrión.

4 SELECCIÓN Y CAPACIDAD DE LOS EMPLEADOS

4.1 *Los empleadores deberían verificar la experiencia y/o la capacitación previa en trabajos en altura.

4.2 El empleador debe determinar que los miembros del personal tengan suficiente capacidad física y estén libres de cualquier incapacidad que pueda impedir que trabajen de forma segura. Los empleados deberían someterse a un examen médico antes de comenzar un trabajo en altura y también a intervalos regulares.

4.3 El empleador debe usar un técnico principal de trabajos en altura para montar los sistemas de arresto de caídas y revisar la seguridad de los mismos.

4.4 El empleador debe utilizar obreros y/o técnicos principales de trabajos en altura capacitados para realizar todo el trabajo en altura.

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5 DEBERES Y RESPONSABILIDADES DE LOS EMPLEADORES

5.1 Los empleadores deben desarrollar e implementar una declaración de política que ofrece orientación y metas generales para un programa de trabajos en altura que acentúa el compromiso de la gerencia de proporcionar un lugar de trabajo seguro para el personal que desempeña los trabajos en altura.

5.2 Los empleadores deben proporcionar los recursos necesarios para el desarrollo, implementación y operación de su programa de trabajos en altura.

5.3 Los empleadores deben nombrar a un gerente de programa de trabajos en altura que cumpla con los requisitos de esta norma y que tiene la autoridad para manejar y dirigir el programa de trabajos en altura.

5.4 Los empleadores deben desarrollar y mantener procedimientos por escrito de trabajos en altura y de rescate para cada lugar donde sus empleados realizan trabajos en altura.

5.5 Los empleadores deben asegurarse de que los empleados se mantienen informados sobre peligros previsibles que podrían confrontar mientras desempeñan sus deberes.

5.6 Los empleadores deben asegurarse de que todos los empleados tienen la capacitación y los conocimientos necesarios para llevar a cabo de manera segura el trabajo en altura que les corresponde.

5.7 Los empleadores deben asegurarse de que todo personal asignado a supervisar o de otra forma dirigir a los otros miembros del personal en el lugar de trabajo, sea capaz en cuanto a sus conocimientos, capacitación y experiencia de proveer dicha supervisión.

6 DEBERES Y RESPONSABILIDADES DEL GERENTE DE PROGRAMA DE TRABAJOS EN ALTURA.

6.1 Un gerente de programa de trabajos en altura es responsable del desarrollo, implementación, seguimiento, revisión y modificación del programa de trabajos en altura del empleador y es el encargado general del programa.

6.2 El gerente de programa de trabajos en altura debe:

6.2.1 Reconocer las limitaciones de su personal (en términos de capacitación, calificaciones, experiencia y pericia) en cuanto al desempeño de los trabajos en altura y asegurarse de que no se emprende ningún trabajo que sobrepase esas limitaciones.

6.2.2 Tener conocimientos básicos de los reglamentos federales, estatales y locales vigentes que aplican a los trabajos en altura, directa o indirectamente, y asegurar la implementación de todos dichos requisitos.

6.2.3 Establecer e implementar los procedimientos para asegurar y verificar que todos los empleados tienen la capacitación, destrezas y experiencia necesarias para

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cada proyecto de trabajos en altura al que están asignados, de acuerdo con sus deberes y responsabilidades según se delinean en esta norma.

6.2.4 Establecer e implementar los procedimientos para asegurar que se identifican todos los peligros a los que se pueden exponer los empleados en un proyecto de trabajos en altura, y se controlan o eliminan los mismos antes del comienzo del proyecto.

6.2.5 Asegurar que todos los proyectos de trabajos en altura reciben la debida supervisión.

6.2.6 Asegurar que la adquisición, inspección, seguimiento y reemplazo del equipo que se usa en los proyectos de trabajos en altura los hace una persona (o personas) que tiene los conocimientos, capacitación y experiencia adecuados para llevar a cabo la tarea asignada tal y como se relaciona con las operaciones del empleador de trabajos en altura.

6.2.7 Asegurar la comunicación y coordinación con los clientes y sus representantes de seguridad referente a los procedimientos de seguridad y rescate de trabajos en altura.

6.2.8 Suministrar al personal, o verificar que se les suministre, todo el equipo apropiado de trabajos en altura, rescate y protección personal para cada proyecto de trabajos en altura.

6.2.9 Asegurar que se han implementado los procedimientos para establecer y marcar las zonas de trabajo y para mantener a los otros miembros del personal y al público fuera de las áreas de trabajo afectadas.

6.2.10 Asegurar que los procedimientos concuerdan con todos los requisitos y normas reguladores pertinentes relacionados con el ambiente de trabajo, y que todos los empleados cumplen con dichos requisitos.

6.2.11 Establecer e implementar los procedimientos para asegurar que toda planificación y documentación, incluso los permisos de trabajo, análisis de seguridad en el trabajo y planes de rescate, se completa antes del comienzo de los proyectos de trabajos en altura y que todo personal afectado recibe las instrucciones preliminares apropiadas.

6.2.12 Verificar que el personal de trabajos en altura se mantiene al día con todas las capacitaciones y certificaciones necesarias.

6.2.13 Asegurar que se registran debidamente las horas de trabajo y capacitación de los empleados en cuanto a los trabajos en altura.

6.2.14 Proveer, o verificar la provisión de, toda capacitación de empleados requerida para cumplir con las disposiciones de esta norma y del programa de trabajos en altura del empleador.

6.2.15 Participar en la investigación de todos los incidentes relacionados con las lesiones o casi lesiones en los que están envueltos los empleados al realizar o practicar los trabajos en altura, o designar a un individuo calificado para investigar el(los)

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incidente(s), y tomar las medidas correctivas necesarias para eliminar las causas de tales incidentes.

6.2.16 Cumplir con todos los otros deberes y responsabilidades necesarios para el desarrollo, implementación y mantenimiento de un programa de trabajos en altura seguro y efectivo, tomando en cuenta la naturaleza particular de las operaciones del empleador y el ambiente en que se va a realizar los trabajos en altura.

6.2.17 Informar al ente certificador del técnico, en caso de notar alguna negligencia o irresponsabilidad en el proceso de la realización de un trabajo en altura.

7 DEBERES Y RESPONSABILIDADES DEL SUPERVISOR DE TRABAJOS EN ALTURA (TÉCNICO DE NIVEL III)

7.1 Un supervisor de trabajos en altura (técnico de nivel III) tendrá la responsabilidad general del lugar donde se realizan los trabajos en altura y del personal de trabajos en altura asignado a ese lugar.

7.2 Si se asignan deberes o responsabilidades a otros miembros calificados del personal que también se consideran deberes o responsabilidades del supervisor de trabajos en altura, dicho supervisor mantendrá la responsabilidad principal de asegurar y/o verificar que se realiza la tarea asignada.

7.3 Cuando proceda, el supervisor de trabajos en altura puede también desempeñar los deberes y responsabilidades del técnico principal de trabajos en altura (técnico de nivel II) y el obrero de trabajos en altura (técnico de nivel I), hasta el punto que no impida el desempeño efectivo de los deberes y responsabilidades del supervisor requeridos por esta sección.

7.4 El supervisor de trabajos en altura tendrá la autoridad para detener el trabajo inmediatamente si no es seguro proceder.

7.5 El supervisor de trabajos en altura debe:

7.5.1 Ser responsable de la supervisión, implementación y vigilancia inmediatas del programa de trabajos en altura en el lugar de trabajo.

7.5.2 Tener suficiente conocimiento de los reglamentos vigentes que aplican, directa o indirectamente, a los trabajos en altura, para asegurar que los empleados bajo su supervisión cumplen con los mismos.

7.5.3 Dirigir los esfuerzos de otros técnicos para asegurar la seguridad y cumplimiento con el programa de trabajos en altura.

7.5.4 Comunicarse y coordinar con los clientes y sus representantes de seguridad, y otros contratistas en el lugar de trabajo cuando proceda, en cuanto a los procedimientos de seguridad y rescate de los trabajos en altura.

7.5.5 Identificar todos los peligros a los que se pueden exponer los empleados en un proyecto de trabajos en altura, especificar la manera en que dichos peligros se

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controlarán o eliminarán antes del comienzo del trabajo y asegurar que se ha logrado dicho control o eliminación.

7.5.6 Especificar el equipo de protección personal (EPP) apropiado que usarán los empleados, asegurar que los empleados están debidamente capacitados en el uso de dicho EPP para trabajos en altura y asegurar que los empleados usan el EPP según indicado.

7.5.7 Identificar las zonas de trabajo, asegurar que estas zonas se marcan debidamente y verificar que se toman medidas adecuadas para mantener a los otros miembros del personal y al público fuera de las áreas afectadas.

7.5.8 Completar toda la planificación y documentación requerida, incluso los permisos de trabajo, análisis de seguridad en el trabajo y planes de rescate, según dirigido por el gerente de programa de trabajos en altura, antes de comenzar los proyectos de trabajos en altura.

7.5.9 Revisar todos los procedimientos antes de comenzar a trabajar y según se van cambiando las actividades en el lugar de trabajo para determinar si se necesitan prácticas, procedimientos o capacitación adicionales para poder comenzar o continuar con el trabajo.

7.5.10 Llevar a cabo reuniones sobre la seguridad en el lugar de trabajo con todo el personal afectado, referente a los permisos de trabajo, análisis de seguridad en el trabajo, planes de rescate o cualquier otra información pertinente antes de comenzar el trabajo.

7.5.11 Informar al ente certificador del técnico, en caso de notar alguna negligencia o irresponsabilidad en el proceso de la realización de un trabajo en altura.

7.5.11 Verificar que están disponibles los servicios de emergencia necesarios, incluso los servicios de emergencias médicas y servicios de rescate auxiliares (cuando aplique), y que funcionan los medios para convocarlos.

7.5.12 Especificar el equipo, los sistemas y los componentes de los sistemas de arresto de caídas y supervisar su instalación, uso e inspección.

7.5.13 Con excepción de lo dispuesto en la sección de este documento que trata el rescate:

7.5.13.1 Asegurar que se puede lograr un rescate rápido del personal de trabajos en altura.

7.5.13.2 Manejar los esfuerzos de rescate que pudieran ser necesarios durante el trabajo.

7.5.13.3 Especificar los procedimientos de rescate apropiados.

7.5.14 Sacar de servicio todo equipo de trabajos en altura u otro equipo (como herramientas) que se usa en los trabajos en altura que está dañado o que posiblemente ha sostenido algún daño (tal como de una carga de choque grande), hasta que se pueda establecer que dicho equipo se puede usar sin peligro.

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7.5.15 Asegurar que se protege de daños todo el equipo en el lugar de trabajo y que se mantiene en una condición segura durante todo el trabajo.

7.5.16 Documentar y validar las horas de trabajo de los empleados de la manera indicada por el gerente de programa de trabajos en altura.

7.5.17 Realizar todos los otros deberes designados en el programa de trabajos en altura del empleador, o identificados por el gerente de programa o supervisor, para supervisar, manejar, o de otra forma mantener un lugar de trabajos en altura seguro.

7.6 Cuando se determina que se requiere el uso de una capacidad de rescate auxiliar en caso de necesitar un rescate durante las operaciones de trabajos en altura, el supervisor coordinará con el prestador de la capacidad de rescate auxiliar, según lo requerido en la sección sobre rescate de este documento.

8 DEBERES Y RESPONSABILIDADES DEL TÉCNICO PRINCIPAL DE TRABAJOS EN ALTURA (TÉCNICO DE NIVEL II)

8.1 Un técnico principal de trabajos en altura (nivel de técnico II) debe tener la capacitación, experiencia y calificaciones apropiadas para desempeñar todo trabajo en altura, instalación de sistemas y como mínimo, procedimientos de rescate ordinarios.

8.2 Un técnico principal de trabajos en altura (nivel de técnico II) podrá supervisar de manera limitada a los obreros de trabajos en altura (nivel de técnico I) y otros técnicos de nivel II bajo la dirección estricta de un supervisor de trabajos en altura.

Sólo se podrán delegar estas responsabilidades de supervisor al técnico principal si:

8.2.1 El supervisor determina que el técnico principal es capaz de supervisar de manera limitada, dadas las circunstancias de los trabajos en altura que se están realizando.

8.2.2 El supervisor determina que el técnico principal está preparado para manejar todos los variables de trabajo y requisitos de rescate potenciales.

8.3 El técnico principal de trabajos en altura (técnico de nivel II) debe:

8.3.1 Ajustar, inspeccionar, mantener, usar apropiadamente, cuidar y almacenar todo el equipo de trabajos en altura necesario para realizar el trabajo.

8.3.2 Utilizar el equipo de protección personal apropiado según indicado por el supervisor y el programa de trabajos en altura del empleador.

8.3.3 Reconocer los peligros en el lugar de trabajo, tomar medidas correctivas para eliminar o controlar esos peligros y avisar al supervisor sobre todos los peligros y las medidas correctivas tomadas.

8.3.4 Identificar las zonas de trabajo (ej. la zona de peligro).

8.3.5 Entender y seguir los requisitos de todos los permisos de trabajo y análisis de seguridad en el trabajo aplicables.

8.3.6 Tener un conocimiento y entendimiento básico del programa de trabajos en altura del empleador y de todas las políticas y los procedimientos aplicables.

8.3.7 Seguir las instrucciones del supervisor en cuanto al trabajo a realizarse.

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8.3.8 Avisar al supervisor si se le asigna una tarea o responsabilidad más allá de la capacitación, destrezas, calificaciones o experiencia del técnico principal.

8.3.9 Entender y comunicar toda advertencia escrita o verbal.

8.3.10 Inspeccionar y analizar sistemas de arresto de caídas seguros.

8.3.11 Llevar a cabo procedimientos ordinarios de rescate usados por el empleador para el ambiente de trabajo específico.

8.3.12 Desempeñar todos los otros deberes designados en el programa de trabajos en altura del empleador, o identificados por el gerente de programa o supervisor, de acuerdo a la capacitación, destrezas, experiencia y calificaciones de ese técnico principal, para llevar a cabo operaciones de trabajos en altura seguras y mantener un lugar de trabajo seguro.

9 DEBERES DEL OBRERO DE TRABAJOS EN ALTURA (TÉCNICO DE NIVEL I)

9.1 El obrero de trabajos en altura (técnico de nivel I) debe tener la capacitación y las calificaciones apropiadas para llevar a cabo operaciones ordinarias de trabajos en altura bajo la supervisión directa de un supervisor (técnico de nivel III) o técnico principal (técnico de nivel II) y, como mínimo, destrezas pará poder realizar labores de trabajos en altura sin peligro.

9.2 El obrero de trabajos en altura debe:

9.2.1 Tener un entendimiento básico del programa de trabajos en altura del empleador y de todas las políticas y procedimientos aplicables.

9.2.2 Ajustar, inspeccionar, mantener, cuidar y almacenar su equipo personal de en altura.

9.2.3 Tener los conocimientos necesarios para utilizar correctamente los sistemas de arresto de caídas y componentes de anclaje.

9.2.4 Reconocer los peligros en el lugar de trabajo y avisar al supervisor sobre todos dichos peligros.

9.2.5 Ser capaz de identificar las zonas de trabajo.

9.2.6 Entender los permisos de trabajo y análisis de seguridad en el trabajo aplicables.

9.2.7 Entender y comunicar toda advertencia escrita o verbal.

9.2.8 Estar familiarizado con los procedimientos y uso correcto de los sistemas de arresto de caídas.

9.2.9 Utilizar el equipo de protección personal apropiado según designado por el supervisor.

9.2.10 Seguir las instrucciones del supervisor, o del técnico principal según apropiado de acuerdo con los requisitos del documento de prácticas seguras, sobre el trabajo a realizarse.

9.2.11 Avisar al supervisor si se le asigna una tarea o responsabilidad más allá de la capacitación, destrezas, calificaciones o experiencia del obrero.

9.2.12 Desempeñar todos los otros deberes designados en el programa de trabajos en

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acuerdo a la capacitación, calificaciones y experiencia del obrero, para llevar a cabo operaciones de trabajos en altura en seguras y mantener un lugar de trabajo seguro.

9.2.13 Informar al ente certificador del técnico, en caso de notar alguna negligencia o irresponsabilidad en el proceso de la realización de un trabajo en altura.

10 *EQUIPO DE TRABAJOS EN ALTURA

10.1 Los componentes que se usan en cualquier sistema deben ser compatibles.

10.2 Cualquier equipo que se escoja para soportar a una persona en altura debería ser tal que no se pueda quitar, desplazar o desatar por accidente mientras haya una persona suspendida en ellos.

10.3 *Arneses.

Los arneses deberán contar obligatoriamente como mínimo un anillo D en la espalda, los arneses deberán ser confeccionados con cintas planas, deberán ser del tamaño o talla del trabajador, deberán permitir (en caso de estar suspendido ) flexionar los miembros inferiores ( piernas ) a posición de sentado , el comportamiento y la construcción de los arneses deberían cumplir con las normas pertinentes , nacionalmente e internacionales reconocidas, tales como NFPA, UIAA, ANSI,OSHA, EN, CSA, NTP o ASTM.

10.4 *Ganchos o conectores de seguridad.

Los ganchos o conectores de seguridad con puerta o cerradura automática de doble seguro deberán ser los únicos que proporcionan el nivel requerido de seguridad para este tipo de trabajo. Si se usan para enganchar a cables de acero, grilletes o armellas, los Ganchos o conectores de seguridad deberían estar hechos de acero o de otros metales adecuadamente duros. Los que se van a enganchar a cualquier anclaje (ej.

sujetadores, armellas o grilletes) deberían tener un diseño y tamaño que les permita girar libremente sin dificultad y sin aflojar el anclaje, deberán cumplir con las normas pertinentes, nacionalmente o internacionales reconocidas, tales como NFPA, UIAA, ANSI,OSHA, EN, CSA, NTP o ASTM. Resistencia mínima: 22 kN (5,000 libras o 2,267 kilogramos).

10.5 *Eslingas de seguridad o Línea de vida.

Las eslingas de seguridad o líneas de vida deberán contar con un amortiguador de impacto acorde al tipo de caída al cual se podría estar expuesto, no deberán medir mas (incluyendo los ganchos y el amortiguador de impacto) de 1.80 m deberían darle al usuario suficiente control y movimiento para realizar sus labores con seguridad.

Además, deberán cumplir con las normas pertinentes, nacionalmente o internacionales reconocidas, tales como NFPA, UIAA, ANSI,OSHA, EN, CSA, NTP o ASTM. Resistencia mínima: 22 kN (5,000 libras o 2,267 kilogramos).

10.6 *Amortiguadores de impacto.

Los amortiguadores de impacto ya sea par caídas de factor 1 o factor 2 deberán disminuir la fuerza de choque de una caída como mínimo a 4 kan (900 libras o 400 kilogramos), se deberá utilizar un tipo de amortiguador de impacto de pendiendo la caída a la cual se está expuesto (caída factor 1 o caída factor 2).

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En el caso de amortiguadores de impacto utilizados para caídas de factor 1, el amortiguador de impacto activado no deberá medir más de 1.10 m.

En el caso de amortiguadores de impacto utilizados para caídas de factor 2, el amortiguador de impacto activado no deberá medir más de 1.55 m

Los amortiguadores de impacto deberán cumplir con las normas pertinentes, nacionalmente o internacionales reconocidas, tales como NAPA, HUÍA, ANSI, OSHA, EN, CASA, FTP o ATM.

10.7 Anclajes

10.7.1 *Los anclajes deberán ser instalados y testeados por personal calificado, deberán soportar como mínimo una fuerza de 22 Kn (5000 libras o 2267 kilogramos), deberán ser sometidos a pruebas de testeo dependiendo su uso (uso diario 2 veces al año, uso periódico 1 vez al año), deberán ser testeados al 72% de su capacidad. Se pueden utilizar anclajes temporales o removibles los cuales podrían ser útiles en situaciones específicas. En tales casos, se debe tener mucho cuidado al verificar si son adecuados para el trabajo a realizar.

10.8 Eslingas de anclajes.

De nueva, la eslinga de anclaje que se usa debe tener una resistencia mínima de ruptura de por lo menos 22 kN (5,000 libras o 2267 kilogramos). Las fibras de alto módulo tales como Spectra, Kevlar, Vectran y fibras parecidas con elongación mínima pueden romperse cuando se someten a una carga de choque y no se deben usar cuando existe la posibilidad de que haya una carga de choque, deberán tener conexión para los ganchos de seguridad. Deberán cumplir con las normas pertinentes y nacionalmente o internacionales reconocidas, tales como NFPA, UIAA, ANSI, OSHA, EN, CSA, NTP o ASTM.

10.9 Líneas de vida horizontales

Las líneas de vida horizontales ya sean permanentes o temporales deberán ser instaladas por personal calificado, de ser de cable de acero deberá este cable de acero ser de una medida mínima de 8 mm de diámetro , deberá contar con guarda cabos en los extremos, deberá no tener más de 30 m de longitud continua sin apoyos medios, no deberá tener un seno mayor de 15% , se deberá instalar dependiendo especificaciones del fabricante, de utilizar grapas tipo U, prisioneros o candados se

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debe respetar la distancia , tipo y torque de la siguiente tabla :

No deberá haber más de 2 trabajadores por tramo sin apoyo.

10.11 Líneas de vida verticales

Las líneas de vida verticales ya sean permanentes o temporales deberán ser instaladas por personal calificado, de ser de cable de acero deberá este cable de acero ser de una medida mínima de 8 mm de diámetro, deberá contar con guarda cabos en los extremos, deberá no tener más de 30 m de longitud continua, se deberá utilizar los frenos o seguros pertinentes para cada tipo, se deberá instalar dependiendo especificaciones del fabricante.

10.12 Andamios

Los andamos deberán ser certificados, los andamios deberán mantener una proporción base altura dependiendo el entorno que se trabaje (exteriores 4 a 1, interiores 3 a 1) en los casos que no se pueda respetar la proporción base altura se deberá anclar con arriostres, vientos o anclajes, los componentes de anclajes de los andamios deberán ser capaces de soportar una fuerza de 22 Kn (5000 libras o 2267 kilogramos).

10.13 *Certificación.

Se recomienda usar solamente equipo que tenga un certificado vigente de carga segura de trabajo o resistencia mínima de ruptura, u otra certificación donde conste la fiabilidad del equipo. Se debe verificar que todos los certificados tienen el respaldo de pruebas de testeo o por muestreo hechas hasta fallar o pruebas hechas de cada pieza por separado, además de un programa probado de garantía de la calidad, de acuerdo con una norma pertinente. El equipo se debería usar sólo según la indicación del fabricante.

10.14 *Cuidado e inspección del equipo

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10.14.1 El empleador debe demostrar que todo el equipo se usa, se inspecciona y se mantiene conforme a las instrucciones del fabricante. Se deben tomar previsiones para descartar el equipo según sea necesario.

10.14.2 El empleador debe establecer y vigilar un procedimiento para asegurar que todas las piezas de equipo se inspeccionan antes de cada uso.

10.14.3 El empleador debe asegurarse de que el equipo no sufra daños mientras se está usando.

10.15 Zona de acceso.

10.15.1 Se debe establecer una zona de acceso.

10.15.2 Normalmente, los anclajes se deberían montar fuera de la zona de acceso para que los obreros se puedan poner los arneses y cascos y conectarse a los sistemas de arresto de caídas antes de entrar en la zona de acceso.

10.15.3 Nadie puede entrar en la zona de acceso por ninguna razón a menos que tenga puesto un arnés y esté conectado a un sistema de arresto de caídas.

10.16 Zona de peligro.

10.16.1 Se debe establecer una zona de peligro y se debe marcar, bloquear o identificar la misma para advertir al personal de trabajos en altura y a transeúntes de los peligros asociados con el trabajo que se está realizando.

10.16.2 Nadie puede entrar en la zona de peligro a menos que lleve puesto el equipo de protección personal apropiado.

11 *SISTEMAS DE COMUNICACIÓN

11.1 Se debe establecer un sistema de comunicación efectivo antes de comenzar el trabajo y dicho sistema debería permanecer efectivo durante todo el tiempo que se esté realizando el trabajo.

11.2 Se deberían usar sistemas de radio o equipo de comunicación de línea continua para la comunicación a menos que todos los que se encuentran en el área de trabajo se puedan ver y oír entre sí siempre.

12 USO DE PLATAFORMAS SUSPENDIDAS O ANDAMIOS COLGANTES EN CONJUNCIÓN CON TRABAJOS EN ALTURA

12.1 Se debería usar una plataforma suspendida provisional si el trabajo es tal que el técnico principal de trabajos en altura se puede agotar o se le puede afectar la circulación.

12.2 Cuando se usan las plataformas suspendidas en conjunción con los métodos de trabajos en altura, los anclajes para la plataforma deberían ser completamente independientes de los que usa el personal de trabajos en altura utilizando para esto cuerdas de seguridad.

12.3 Las plataformas suspendidas deberán contar con sistemas de contrapesos

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incluyendo, peso total del los trabajadores, la plataforma y herramientas a utilizar, se deberá respetar el siguiente grafico:

12.4 Otra opción sería proporcionarle soporte al técnico principal de trabajos en altura mediante un asiento de confort o una correa que se incorpore al sistema de arnés. El soporte se debería poner de tal manera que el arnés siga siendo el medio principal de seguridad.

13 HERRAMIENTAS Y EQUIPO DE TRABAJO

13.1 *Todo el equipo y las herramientas deben ser adecuados para el trabajo a realizarse y compatibles con los trabajos en altura. En particular, no deberían constituir un peligro para la operación segura ni la integridad del sistema de arresto de caídas.

13.2 *Cuando los obreros cargan herramientas y equipo, se deben tomar las medidas necesarias para evitar que se les caigan o que caigan encima de las personas debajo.

13.3 *Todo el equipo eléctrico, los enchufes, los tomacorrientes, los acopladores, los cables, etc. deberían ser apropiados para el ambiente en que se van a usar.

13.4 A las herramientas eléctricas que pesan más de 10 libras se les debería colocar un sistema de suspensión separado, asegurado a un anclaje independiente.

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Los anclajes y los sistemas de arresto de caídas que se usan para el equipo se deberían identificar claramente para evitar confusión con los que se usan para soportar a las personas.

13.5 No se debería permitir que las piezas móviles de las herramientas se acerquen al operador, a los cables eléctricos ni al equipo de suspensión.

13.6 Se debe proporcionar una conexión a tierra apropiada cuando sea necesario.

13.7 Cualquier herramienta eléctrica que pudiera causar daños a los usuarios o al equipo de trabajos en altura debería contar con un interruptor automático de seguridad que la apagaría en caso de un error, un accidente o una emergencia.

14 SERVICIOS DE RESCATE Y EMERGENCIA

14.1 Las previsiones externos para el rescate o auto rescate rápido además de los servicios de emergencia deben ser la responsabilidad del empleador anfitrión.

14.2 Cuando el empleador anfitrión escoge a sus propios empleados o a contratistas de trabajos en altura para llevar a cabo los servicios de rescate y emergencia, aplicarán los siguientes requisitos:

-El empleador debe asegurase de que a cada trabajador que pudiera realizar un rescate se le proporciona, y se capacita para usar debidamente, el equipo de protección personal y equipo de rescate necesarios para realizar rescates en situaciones de trabajos en altura.

-Se debe capacitar a cada miembro que pudiera o este en la capacidad (dependiendo el nivel de certificación de trabajos en altura que tenga) para realizar los deberes un rescate asignados. Además, cada trabajador debe recibir la capacitación requerida en el nivel requerido.

-Cada trabajador (dependiendo el nivel de certificación de trabajos en altura que tenga) de debe practicar los rescates en situaciones de trabajos en altura por lo menos una vez cada 90 días mediante operaciones simuladas de rescate, en las cuales rescaten a personas, muñecos o maniquíes de situaciones de trabajos en altura.

-Cada trabajador (dependiendo el nivel de certificación de trabajos en altura que tenga) debe una certificación vigente de técnico en trabajos en altura que demuestre entrenamiento de rescate para el nivel en el que esta certificado.

14.3 Cuando el empleador anfitrión escoge a otros que no sean sus propios empleados o contratistas de trabajos en altura para llevar a cabo trabajos en altura, el empleador anfitrión debe asegurarse de que los trabajadores:

-Puede responder efectiva y oportunamente a una situación de rescate mediante el nivel de certificación de trabajos en altura que tenga.

-Estén equipado y capacitado y capaz de desempeñar sus funciones adecuadamente para llevar a cabo el rescate de los obreros de trabajos en altura en las instalaciones del empleador.

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-Tiene de antemano acceso a las áreas que requieren trabajos en altura para que el trabajador o contratista independiente pueda desarrollar planes de rescate apropiados y practicar operaciones de rescate.

-Proporciona documentación donde consta que el trabajador o contratista independiente cumple con la sección 14.2 de esta norma.

14.4 Los sistemas o métodos de recuperación deben estar disponibles en el lugar cuando un obrero de trabajos en altura, a menos que el uso del equipo de recuperación aumente el riesgo general del trabajo, o no contribuya al rescate del obrero.

14.5 Los procedimientos de recuperación que usan sistemas de recuperación se deberían practicar con regularidad y antes del comienzo de cualquier situación de trabajo en altura desconocida para los miembros del equipo de trabajo (sistemas pre armados de rescate).

-Es consciente de los peligros que podría enfrentar al ser llamado para realizar un rescate en las instalaciones del empleador anfitrión.

APÉNDICE

A2 Ganchos o conectores de seguridad. Podría incluir el tipo estándar de ganchos de seguridad de doble seguro que la compuerta resiste 8 Kn (1800 libras o 818 kilogramos).

A3.1 Antes de comenzar un trabajo determinado el empleador debe evaluar detenidamente el trabajo que se va a desempeñar y asegurar que se identifiquen todos los peligros posibles. Se requiere examinar el lugar para determinar los medios de acceso, los riesgos a las personas que no son empleados y la naturaleza del ambiente de trabajo. Con esta evaluación, los empleadores pueden entonces preparar un plan de trabajo adecuado, y preparar planes de trabajo separados para cada aspecto particular del trabajo. Este documento debería exponer los principios generales y procedimientos de trabajo para cada situación particular y los empleados y las personas autónomas contratadas para trabajar seguirán los mismos. En muchos casos donde los tipos de trabajo son parecidos, algunas secciones del permiso de trabajos en altura podrían ser idénticas, por lo que podrían estar presentadas en forma de un documento general.

A3.2 Al planear cumplir con estos objetivos, cabe mencionar que la experiencia ha mostrado que se podrían obtener beneficios de seguridad importantes si el sistema de trabajo incluye siempre por lo menos un medio de soporte alternativo para evitar que la persona se caiga. Esto significa que si fallara una pieza en el sistema de protección contra caídas, habría suficiente refuerzo para prevenir un accidente catastrófico. Sin embargo, en algunas situaciones tales medidas adicionales podrían causar más peligro del que mitigan. Se deberían documentar estas situaciones completamente en el permiso de acceso.

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A3.4 El empleador debe asegurarse de que se han tomado en consideración los anclajes para garantizar que se pueden satisfacer los factores de seguridad del sistema.

Se deberían usar anclajes bien planeados. En algunos casos, se deberían instalar los anclajes antes de usarlos. En estos casos, una persona calificada con experiencia en sistemas de anclaje de trabajos verticales en cuerda debería diseñar un punto de anclaje para instalarse. En otros casos, se necesitará crear un punto de anclaje con estructuras ya existentes. Algunos posibles puntos de anclaje apropiados incluyen, pero no se limitan a, elementos de acero, vigas en I, árboles sanos de buen tamaño y masa, rocas grandes, equipo pesado y puntos de anclaje especialmente diseñados.

A3.5 Las personas que están otorgando permisos, planeando, supervisando y realizando el trabajo deberían asegurarse de que se satisfacen los objetivos de seguridad expuestos en los siguientes párrafos.

a) El objetivo principal es organizar, planear y administrar los trabajos en altura para que haya un margen de seguridad adecuado para minimizar cualquier riesgo.

b) Cuando el trabajo se realiza en un área particularmente peligrosa o restringida, tal como una que pudiera producir envenenamiento, asfixia, etc., el adiestramiento, las capacidades, la experiencia, la competencia y el tamaño del equipo de trabajo deberían estar a un nivel adecuado para que puedan reaccionar en cualquier emergencia que surja al desempeñar el trabajo.

c) En las circunstancias en que las cuerdas Líneas de vida o eslingas de seguridad mojadas pudieran convertirse en conductores de descargas eléctricas, se deberían tomar las precauciones adecuadas.

d) A excepción del trabajo que está dispuesto para permitir la travesía horizontal, se debe planear el trabajo de tal manera que los obreros puedan descender verticalmente, con mínima oscilación para minimizar el riesgo de hacer rozar los sistemas de protección contra caídas o sobrecargar los anclajes.

e) El trabajo debería comenzar en áreas seguras y bien protegidas o áreas hechas seguras instalando andamios o barreras provisionales. Tales áreas deberían tener además un medio de acceso seguro.

f) Los anclajes deberían tener factores de seguridad que satisfacen o superan los requeridos de los sistemas de protección contra caídas. La conexión al anclaje debería tener por lo menos la misma resistencia que el sistema conectado a ella. Si hubiera la posibilidad de de exceder la fuerza permitida, se deberían considerar las fuerzas adicionales producidas.

g) Se debería supervisar debidamente a todos los obreros de trabajos en altura (nivel I) y los mismos deberían ser capaces de trabajar independientemente. Los equipos de trabajo deberían constar de por lo menos el número mínimo de miembros necesario para asegurar que si alguien necesitara ayuda, pudieran realizar una recuperación rápida. Para satisfacer este requisito, un equipo de trabajo debería estar compuesto de por lo menos dos miembros. Un miembro del equipo de trabajo debería estar

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El supervisor debería asegurarse de que las previsiones tomadas para un rescate sean adecuadas. Debería haber suficiente personal disponible de inmediato para ofrecer asistencia en caso de una emergencia.

A4.1 Las personas que se escogen para el trabajo deberían tener una actitud apropiada para trabajar en altura. Para poder trabajar en altura con seguridad, las personas que desempeñan el trabajo necesitan tener características especiales. Los futuros empleados deberían tener una aptitud y actitud no propensa al pánico, a que cometan errores de haber una crisis o a que trabajen de forma imprudente o indisciplinada. La aptitud y actitud pueden variar según la altura y el ambiente del trabajo a realizarse.

Frecuentemente, las personas que trabajan en altura estarán apartadas o donde el supervisor de trabajos en altura no puede verlos. Por lo tanto, es especialmente importante que se pueda confiar siempre en que los obreros se comporten con sensatez y responsabilidad.

Para evaluar si una persona es capaz de realizar este tipo de trabajo, se necesita considerar detenidamente su experiencia previa. Los empleadores deberían verificar la capacitación previa en trabajos en altura.

Se debe obtener referencias para verificar la experiencia y niveles de competencia que pretenden tener.

Los empleadores recibirán asistencia en el proceso de verificación y vigilancia de la experiencia de un obrero cuando sus obreros o aspirantes tienen un registro personal que muestra la capacitación recibida y describe su experiencia de trabajo.

Como parte de sus deberes para mantener un lugar seguro de trabajo, los empleadores deberían controlar cualquier tendencia de los empleados a trabajar de una manera indisciplinada, anotando la situación en sus registros personales. No se incluiría una nota de corrección que cancelara un comentario desfavorable hasta que el empleador estuviera completamente seguro de que no se repitiera.

Los empleadores deben asegurarse de que los empleados mantienen su nivel de capacidad. Se deberían ofrecer cursos de repaso para los obreros que no han estado desempeñando este tipo de trabajo continuamente. Debido a la aptitud y condicionamiento mental necesarios para la exposición a alturas, los obreros que no han practicado trabajos en altura durante seis meses o más deberían asistir a un curso de repaso adecuado antes de permitírseles trabajar de esta manera. Puede ser un curso de repaso o un curso completo al nivel apropiado.

A10 Todas las piezas de equipo que se podrían usar para soportar a una persona (ej.

Anclajes, arnés eslinga de vida, línea de vida y otros accesorios) deberían ser suficientemente resistentes para ofrecer un factor de seguridad adecuado por encima de la combinación más severa de cargas que se pueda prever. La selección de factores de seguridad adecuados variará dependiendo de si el equipo se someterá a una caída

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de factor 1 o caída de factor 2. También variará dependiendo de si se está sometiendo o no a una abrasión mecánica severa o contaminación química u otro deterioro importante. Las piezas se deberían marcar con la marca del fabricante y un número único para permitir la identificación de su prueba, inspección o certificados de conformidad.

A10.3 Si se usará el arnés como soporte principal, la cinta que forma las perneras debería ser de grueso y diseño adecuados para soportar a quien lo lleva en una posición de trabajo cómoda y segura mientras permite la operación de otro equipo y herramientas sin estorbo.

A10.4 Las resistencias que aparecen son para cargas de una persona. Podrían ser necesarias resistencias más fuertes para lograr factores de seguridad similares para cargas de dos personas o de rescate.

A10.5 Para traslados de un anclaje a otro se deberá tomar en cuenta las líneas de vida doble.

A10.6 Los frenos para líneas de vida verticales se podrían usar para ascender una cuerda o cable de seguridad. En caso de sufrir una caída o perdiera control el operador, el propósito de los frenos para líneas de vida verticales de es agarrar la cuerda o cable de seguridad sin causar daño a la misma y también absorber cualquier carga de choque que pudiera ocurrir.

A10.7 Las eslingas de vida o líneas de vida de polietileno de alto módulo, polipropileno de alta tenacidad, Kevlar y Nomex son tipos de líneas que se podrían considerar en circunstancias excepcionales. Estas líneas de vida podrían ser útiles donde hay contaminación química severa o donde el peso propio de las cuerdas podría constituir un problema. Sin embargo, el polietileno de alto módulo y el polipropileno de alta tenacidad tienen temperaturas de fusión mucho más bajas que las del nailon o poliéster y podrían ser afectados por el calor por fricción producido por los aparatos de descenso. El ablandamiento peligroso del polipropileno ocurre a temperaturas de hasta 27 grados C (80 grados F). Kevlar y el Nomex tiene un punto de fusión muy alto pero poca resistencia a la abrasión, la luz ultravioleta (incluso la luz del sol) y al doblarse repetidamente.

A10.8 Parte del proceso de otorgar permisos para los trabajos en altura es la evaluación y determinación de cuáles normas aplican al equipo que se está usando para el tipo de trabajo que se está realizando. El equipo de “protección contra caídas”

convencional que satisface las calificaciones de ANSI ,OSHA, EN,CSA puede que no sea suficiente para los trabajos en altura debido a requisitos diferentes de construcción y funcionamiento. La mayoría del equipo cumplirá con las normas de CE, ASTM, Cordage Institute o NFPA. El elemento más crítico es asegurar que el equipo que se está usando es apropiado para el trabajo a realizarse.

A10.9 Se deberían mantener registros de todo el equipo expedido, con referencias a la prueba original o certificados de conformidad. En algunos casos, será útil incluir

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almacenaje y cualquier incidente que pudiera afectar su duración (ej. cargas desacostumbradas, uso en un ambiente con muchas sustancias químicas o suciedad, exposición a aire salino, etc.). Los registros deben incluir cuándo se inspeccionó cada pieza de equipo, quién hizo la inspección y cualquier comentario sobre la condición de la pieza en ese momento.

A11 Las señales audibles o de mano que se usarán para comunicaciones normales o urgentes se deberían acordar y practicar antes de comenzar el trabajo.

A13.1 Por lo general, el trabajo en altura expone al obrero a más peligro que la mayoría de los otros métodos de trabajo debido a factores que incluyen la incapacidad del obrero de moverse del trabajo que está haciendo y de cualquier fuente de energía o herramientas que se están usando. Como resultado, ciertas herramientas que se pueden usar sin peligro desde el suelo, las plataformas u otras superficies de trabajo, podrían causar riesgos al obrero o su equipo de suspensión a menos que se tomen muchas precauciones.

A13.2 Las herramientas pequeñas se pueden amarrar bien al arnés del obrero con eslingas, se pueden cargar en un cubo o una bolsa bien amarrada al arnés del obrero o ir aseguradas de otra forma.

Los cálculos de factores de seguridad siempre toman en consideración el peso de las herramientas.

A13.3 En algunos casos podría ser necesario soportar adecuadamente los cables eléctricos o asegurarlos a su punto alto de suspensión para que aguanten su propio peso, o asegurarlos a puntos intermedios. Se deberían tomar precauciones para asegurar que cualquier sistema de este tipo no estorbe el sistema de trabajos en altura o su refuerzo.

Referencias

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