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Nº Expediente 2/2016/REHCONT

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Academic year: 2021

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Nº Expediente 2/2016/REHCONT

La alcaldesa del Ayuntamiento de Almassora

ANTECEDENTES

Visto el informe de la Adjunta de sección de Recursos Humanos de fecha 2 de mayo de 2016.

I.- Por resolución de Alcaldía de fecha 26 de abril de 2016 se aprobaron las bases del VIII plan de empleo Municipal 2016.

II.- Vista el acta de baremación de fecha 26 de abril de 2016, según la cual previa oferta de empleo del Servef realiza la selección de los siguientes candidatos:

Según los acuerdos adoptados, el resultado de la baremación es el siguiente:

Nº ORDEN NOMBRE Y APELLIDOS DNI/NIE -Para contratar como Oficiales de primera:

1 MIGUEL RUIZ PASTOR 18924658M

2 JUAN ANTONIO HUERTAS SOLER 18903409P 3 DAVID BERMÚDEZ MARTINEZ 05140596G 4 JUAN MIGUEL FERNÁNDEZ MUÑOZ 18924220G OFERTA 10/2016/340847-CNO 7121

-Para contratar como peones agrícolas:

1 JOSE MANUEL NAVARRO RECATALA 18924237K 2 SANTIAGO MOLLÁ GARCÍA 18903420L

OFERTA 10/2016/340864

-Para contratar como peones en general : 1 SAUL VILLARROYA MULET 20461976A 2 JUAN BAUTISTA CUEVA FONT 79090043N 3 JOSE VICENTE BELTRÁN SARRIÓN 18951557V 4 MIGUEL PERIS GIL 19011703H

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OFERTA/2016/340869-CNO 9601

-Para contratar como peones de limpieza:

1 ROSA ANA JUAREZ EDO 18948641E

2 FLOR MARÍA MORALES ORTIZ 75708865H 3 MAJDA EL AMARI ABARCHAH 24476471D 4 ANA GRACIELA MUÑOZ PONS 20490304H OFERTA 10/2016/340845-CNO 9210

-Para contratar como ordenanza, subalterno, telefonista o conserje:

1 EUGENIO MEDIAVILLA BELTRAN 18943465K 2 IVAN CERVERA FERNÁNDEZ 53726757E 3 MARIA ISABEL MONTIEL GIL 18988188D 4 BEGOÑA CARMONA VIZCARRO 53382283L 5 ANA ADELANTADO FLETES 53727911A 6 MARIA DEL MAR SIMÓ JIMENEZ 18965893R 7 EMILIO BUSTAMANTE HERNÁNDEZ 20242285P 8 LUIS MARINAS VALLS 73387309J

9 PETROSLAV TOSHKOV PETROV X5396054R 10 JOSÉ FORCADA ARIAS 20491014S

-OFERTA 10/2016/340852-CNO 9431

Las posibles bajas que puedan originarse durante la realización de este programa, y debido a la especial complejidad de la selección de los candidatos, se cubrirán a partir de informe emitido por el Técnico de Empleo de este Ayuntamiento.

III.- En fecha 28 de abril de 2016 D. Santiago Molla García con DNI 18903420L, presenta renuncia para el programa que ha sido seleccionado dentro del Plan de Empleo Municipal 2016.

IV.- En fecha 28 de abril de 2016 Pedro Timón Magarzo, Coordinador de promoción económica, empleo y consumo informa que vista la renuncia de Santiago Mollá García y que en el acta de baremación se especifica que las posibles bajas que puedan originarse durante la realización del programa, se cubrirán a partir de informe emitido por el técnico de empleo del ayuntamiento, en consecuencia informa que procede contratar a D. Juan Beneyto Castellano, provisto de DNI 53.384476 G, por ser el candidato de mayor puntuación como peón agrícola.

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FUNDAMENTOS DE DERECHO

I.- Por aplicación del art. 7.4 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, de Régimen Jurídico de las Administraciones Pública y Procedimiento Administrativo Común, las Entidades Locales solo podrán ejercer competencias distintas de las propias y de las atribuidas por delegación cuando no se ponga en riesgo la sostenibilidad financiera del conjunto de la Hacienda municipal, de acuerdo con los requerimientos de la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera y no se incurra en un supuesto de ejecución simultánea del mismo servicio público con otra Administración Pública. A estos efectos, serán necesarios y vinculantes los informes previos de la Administración competente por razón de materia, en el que se señale la inexistencia de duplicidades, y de la Administración que tenga atribuida la tutela financiera sobre la sostenibilidad financiera de las nuevas competencias.

En todo caso, el ejercicio de estas competencias deberá realizarse en los términos previstos en la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas.

II.- La Orden 1/2015 de 26 de mayo, conjunta de la Consellería de Presidencia y Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua y de la Consellería de Hacienda y Administración Pública, por la que se regula el procedimiento para la obtención de los informes preceptivos previstos en el artículo 7.4 de la LRBRL para el ejercicio de las competencias de los entes locales distintas a las propias y a las atribuidas por delegación.

III.- El informe fecha29 de marzo de 2016 la Dirección General de Administración Local según el cual no existe duplicidad para el ejercicio por el Ayuntamiento de la competencia en materia de empleo para la aprobación del VIII Plan de empleo municipal 2016 y el informe de fecha 21 de abril de 2016 de la Dirección General Sobre Sostenibilidad Financiera que manifiesta que la aprobación de dicho plan de empleo no pone en riesgo la sostenibilidad financiera del conjunto de la hacienda municipal.

IV.- Las bases para la selección de trabajadores desempleados dentro del VIII plan municipal de empleo 2016 para atender a las tareas de mantenimiento y limpieza de instalaciones municipales se enmarcan dentro de la competencia de empleo que el Ayuntamiento puede ejercer, habida cuenta de que se ha tramitado el procedimiento para el ejercicio de la misma previsto en la normativa aplicable anteriormente referida.

V.- Como se pone de manifiesto en la memoria del concejal delegado la actuación en materia de desempleo se ha convertido en una cuestión urgente e inaplazable que afecta a un servicio público esencial por su incidencia directa en el bienestar de la población, ya que como se ha dicho anteriormente, desde el servicio de promoción del empleo se ha podido comprobar que la situación empieza a ser preocupante, dado que muchas familias tienen a todos sus miembros en situación de desempleo o tan sólo trabaja un miembro de la unidad familiar, con el problema añadido de que se empiezan a agotar en éstas las prestaciones por desempleo y/o subsidios, con lo que en consecuencia, desde este punto de vista, esta actuación se enmarca dentro de la excepción que a la contratación laboral temporal impone el art. 20. uno. dos de la ley 48/2015 de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para 2016.

VI.-La modalidad contractual viene regulada en el art. 15.1 a) del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores RDL 2/2015 de 23 de octubre, en base al cual el contrato por obra o servicio es el que se celebra para la realización de una obra o servicio determinados, con autonomía y sustantividad propia dentro de la actividad de la empresa y cuya ejecución, aunque limitada en el tiempo, sea en principio de duración incierta.

Estos contratos no podrán tener una duración superior a tres años ampliable hasta doce meses más por convenio colectivo de ámbito sectorial estatal o, en su defecto, por convenio colectivo sectorial de ámbito inferior.

Transcurridos estos plazos, los trabajadores adquirirán la condición de trabajadores fijos de la empresa.

VII.- Existe crédito adecuado y suficiente con cargo a :

Partida 03.2410.131 , AD nº 18726 por importe de 86.448'05 €.

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Partida 03.2410.16000, AD nº 18727 por importe de 38.146'71 € Por todo lo expuesto

RESUELVO

PRIMERO.- Efectuar las siguientes contrataciones de carácter urgente e inaplazable en el marco del VIII Plan de Empleo Municipal para 2016 con la memoria "Tareas de apoyo en reparación, limpieza y mantenimiento de vías y edificios públicos , así como otros servicios municipales" a los siguientes trabajadores:

Nº ORDEN NOMBRE Y APELLIDOS FECHA -Para contratar como Oficiales de primera:

1 MIGUEL RUIZ PASTOR 5/5 al 4/9 de 2016

2 JUAN ANTONIO HUERTAS SOLER 5/5 al 4/9 de 2016 3 DAVID BERMÚDEZ MARTINEZ 1/9 al 31/12 de 2016 4 JUAN MIGUEL FERNÁNDEZ MUÑOZ 1/9 al 31/12 de 2016 -Para contratar como peones agrícolas:

1 JOSE MANUEL NAVARRO RECATALA 1/6 al 30/11 de 2016 2 JUAN BENEYTO CASTELLANO 1/6 al 30/11 de 2016

-Para contratar como peones en general :

1 SAUL VILLARROYA MULET 5/5 al 4/9 de 2016 2 JUAN BAUTISTA CUEVA FONT 5/5 al 4/9 de 2016

3 JOSE VICENTE BELTRÁN SARRIÓN 1/9 al 31/12 de 2016 4 MIGUEL PERIS GIL 1/9 al 31/12 de 2016

-Para contratar como peones de limpieza:

1 ROSA ANA JUAREZ EDO 1/7 al 30/9 de 2016 2 FLOR MARÍA MORALES ORTIZ 1/7 al 30/9 de 2016 3 MAJDA EL AMARI ABARCHAH 1/9 al 31/12 de 2016 4 ANA GRACIELA MUÑOZ PONS 5/5 al 4/9 de 2016

-Para contratar como ordenanza, subalterno, telefonista o conserje:

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1 EUGENIO MEDIAVILLA BELTRAN 5/5 al 4/9 de 2016 2 IVAN CERVERA FERNÁNDEZ 5/5 al 4/9 de 2016 3 MARIA ISABEL MONTIEL GIL 1/9 al 31/12 de 2016 4 BEGOÑA CARMONA VIZCARRO 1/9 al 31/12 de 2016 5 ANA ADELANTADO FLETES 5/5 al 4/11 de 2016 6 MARIA DEL MAR SIMÓ JIMENEZ 5/5 al 4/11 de 2016 7 EMILIO BUSTAMANTE HERNÁNDEZ 1/6 al 30/9 de 2016 8 LUIS MARINAS VALLS 1/6 al 30/9 de 2016

9 PETROSLAV TOSHKOV PETROV 1/9 al 31/12 de 2016 10 JOSÉ FORCADA ARIAS 1/9 al 31/12 de 2016

Se aplicará a los 24 trabajadores citados el contrato de obra o servicio determinado para atender la memoria

"Tareas de apoyo en reparación, limpieza y mantenimiento de vías y edificios públicos , así como otros servicios municipales" dentro del marco del VIII Plan de Empleo Municipal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 del RDLeg 2/2015 de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

Se establece un periodo de prueba de un mes de duración.

El salario bruto a aplicar a los peones, ordenanzas, telefonistas y subalternos será de 757,01 € mensuales mas pagas extraordinarias y demás indemnizaciones legalmente establecidas.

El salario bruto a aplicar a los Oficiales de 1º será de 841'20 € mensuales mas pagas extraordinarias y demás indemnizaciones legalmente establecidas.

SEGUNDO.- Autorizar y disponer de crédito con cargo a : Partida 03.2410.131, AD nº 18726 por importe de 86.448'05 €.

Partida 03.2410.16000, AD nº 18727 por importe de 38.146'71 €

TERCERO.- Contra la presente resolución que es definitiva en la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el acto. El plazo para su interposición será de un mes contado a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución.

Asimismo podrá interponer directamente, sin necesidad de utilizar el recurso de reposición, recurso contencioso(administrativo, a su elección, ante el Juzgado de lo Contencioso(Administrativo de Castellón o ante el Juzgado de lo contencioso(administrativo de su propio domicilio, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación, según establecen los art. 109 y 116 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 8 y 46 de la Ley 29/1998, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso(Administrativa.

Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso o acción que estime procedente.

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Por el servicio Intervenido y conforme

02/05/2016 03/05/2016

03/05/2016

04/05/2016

Marta López Segura

Adjunta de sección de Recursos Humanos

Javier de Miguel Astorga El interventor

Ignacio Martínez Vila El secretario

Susanna Nicolau Hidalgo Almassora, a 4 de Mayo de 2016 L'Alcaldessa,

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