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En el 2015 Eficiencia Radical con la TECNOLOGÍA

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(1)

Servicio de Rentas Internas

Comprobantes Electrónicos

En el 2015

Eficiencia Radical

con la TECNOLOGÍA

(2)

COMPROBANTES ELECTRÓNICOS

Es la emisión de comprobante de

venta,

retención

y

documentos

complementarios el cual cumple con

los requisitos legales y reglamentarios

exigibles, garantizando la autenticidad

de su origen y la integridad de su

contenido.

Un

comprobante

electrónico

tendrá

validez legal siempre que contenga

una firma electrónica del receptor.

(3)

Factura Comprobantes de retención Notas de crédito Notas de débito Guías de remisión

COMPROBANTES ELECTRÓNICOS

(4)

Objetivos:

• Facilitar y simplificar el cumplimiento tributario y deberes formales.

• Brindar un nuevo servicio para que la ciudadanía pueda emitir comprobantes firmados electrónicamente con validez legal.

• Mantener información de los comprobantes firmados electrónicamente en las bases del SRI.

• Brindar el soporte para el servicio de emisión de comprobantes electrónicos activo con alta disponibilidad y capacidad 24x7.

• Exponer ambientes de prueba y producción para los contribuyentes.

(5)

Menor costo en el cumplimiento de obligaciones tributarias.

Mayor seguridad en el resguardo de los documentos.

Eliminación de almacenamiento físico.

Cuidado del medio ambiente.

Consulta en línea de validez de comprobantes.

Misma validez tributaria que en facturación física, pudiendo

mantener todas las modalidades.

Proceso ágil y sencillo.

(6)

El Servicio de Rentas Internas recuerda que esta obligación nace por

disposición expresa de Ley, con ocasión de la transferencia de

bienes o prestación de servicios, aún cuando estos se encuentren

gravados con tarifa 0% de IVA.

La obligación de emitir y entregar un

comprobante de venta, establecida en

la Ley, no faculta al sujeto pasivo

emisor a realizar cobro alguno por este

concepto.

Emisión de comprobantes no tiene costo

Art. 8 y 11 del Reglamento de Comprobantes de Venta, Retención y Documentos Complementarios

(7)

Fase

Piloto

Voluntariedad

Obligatoriedad

Obligatoriedad

Objetivo

Contribuyentes invitados

para desarrollo e

implementación

Contribuyentes que deseen

adherirse al esquema

propuesto

Determinados sectores de

contribuyentes de acuerdo

a la norma que se emita

para el efecto

Sector Público

Plazo

2012

2013

2014

2015

Plan de Implementación

(8)

COMPROBANTES ELECTRÓNICOS:

Resolución NAC-DGERCGC14-00366, Registro Oficial 257 de 30 de mayo de 2014

GRUPO FECHA DE

INICIO SUJETOS PASIVOS

1 1 de agosto de

2014  Sociedades emisoras y administradoras de tarjetas de crédito

2 1 de octubre de 2014

 Instituciones financieras bajo el control de la Superintendencia de Bancos y Seguros, excepto mutualistas de ahorro y crédito para la vivienda, sociedades emisoras.

 Contribuyentes especiales con actividades económicas: telecomunicaciones y televisión pagada

 Exportadores calificados como contribuyentes especiales

3 1 de enero de 2015

 Los demás contribuyentes especiales

 Contribuyentes con autorización de autoimpresores.

 Contribuyentes que realicen ventas a través de internet.

 Contribuyentes que realicen actividades económicas de exportación.

(9)

COMPROBANTES ELECTRÓNICOS:

GRUPO FECHA DE

INICIO SUJETOS PASIVOS

1 01 de enero de 2015

 Empresas públicas y empresas de servicios públicos.

 Entidades del Sector Público Financiero.

 Empresas de economía mixta.

2 01 de abril de 2015

 Organismos y entidades de la Función Ejecutiva.

 La Asamblea Nacional.

 Organismos y entidades de la Función Judicial, con excepción de sus organismos auxiliares mencionados en el Art. 178 de la Constitución de la República del Ecuador.

 Organismos y entidades de la Función de Transparencia y Control Social.

 Organismos y entidades de la Función Electoral.

 Universidades y Escuelas Politécnicas públicas.

3 01 de julio de 2015

 Los organismos y entidades de los Gobiernos Autónomos Descentralizados, incluidas las mancomunidades conformadas por los mismos.

 Los organismos y entidades públicas no descritas en ninguno de los Grupos señalados anteriormente.

Resolución NAC-DGERCGC14-00157, Registro Oficial 215 de 31-03-2014

(10)

COMPROBANTES ELECTRÓNICOS:

Registro Oficial 414 de 12-01-2015

COMPROBANTES ELECTRÓNICOS:

Calendario de Obligatoriedad

• Establece la

obligatoriedad

de emisión de

comprobantes

electrónicos

para notarios .

Resolución

No.

NAC-

DGERCGC15-00000004

1 de

Febrero de

2015

(11)

INFORMACIÓN ESTADÍSTICA DE COMPROBANTES ELECTRÓNICOS:

264´779.837

Comprobantes Autorizados (Producción)

Facturas

245´225.778

Comprobantes

de Retención

7´839.654

Notas de

Crédito

4´233.241

Notas de

Débito

625.795

Guías de

Remisión

6´855.369

RESULTADOS A FEBRERO DE 2015 Pruebas:11.850 Contribuyentes Producción: 6.845 contribuyentes

(12)

Facturación Electrónica

Comprobantes Electrónicos

Autoemisores

Máquinas Fiscales

Canal de Trasmisión de Información Modalidades de Emisión Sistemas de Emisión

Teléfono Móvil

Sistema del Contribuyente Aplicaciones SRI Facturador Electrónico Portal Mipymes Resolución de Trasmisión de Información

Carga de Preimpresos

Resolución para modalidades de Emisión

(13)

Nuevas Resoluciones:

TRANSMISIÓN ELECTRÓNICA DE INFORMACIÓN

Expedir las normas para la

transmisión electrónica de información

de

comprobantes de venta, retención y documentos complementarios a la

administración tributaria.

Ámbito de aplicación:

Contribuyentes que cuenten con autorización activa para

las distintas modalidades.

Modalidades de emisión:

-Comprobantes electrónicos -Autoemisores

-Máquinas fiscales -Carga de Preimpresos -Otros por Resolución

Procedimiento:

Directrices establecidas en la “Ficha Técnica” que el SRI publicará en el portal web

institucional, para cada modalidad.

(14)

Esquema de autorización 3 segundos

Proceso de emisión, autorización y recepción

Individual

o por lote - Validación.

Emisor Receptor

BCE Security Data

(15)

Nuevo Esquema Comprobantes Electrónicos:

Emisor Receptor BCE Security Data ANF Individual o agrupado RIDE: Representación impresa de documento electrónico

Resolución NAC-DGERCGC14-00790, publicada en 3S.R.O. 346 de 02-10-2014

• Envío a correo electrónico

• Disponible en Portal

(16)

Expedir las normas para la

emisión y autorización

de comprobantes de venta,

retención y documentos complementarios mediante comprobantes electrónicos.

RIDE:

(Representación Impresa del Documento Electrónico) Tiene validez legal.

Notificación al receptor: -Portal web -Correo electrónico -Entre otros Unicidad: Los comprobantes tendrán una clave de

acceso única por comprobante, la misma que corresponderá al número de autorización Estado: Los emisores electrónicos enviarán los comprobantes al SRI para su validación.

Resolución NAC-DGERCGC14-00790, publicada en 3S.R.O. 346 de 02-10-2014

Nuevas Resoluciones:

NUEVO ESQUEMA DE AUTORIZACIÓN Y EMISIÓN

DE COMPROBANTES ELECTRÓNICOS

(17)

RIDE: Tiene validez legal

RIDE: Representación impresa de documento electrónico

RIDE:

- Cuando no exista el consentimiento del usuario o consumidor para recibir el comprobante electrónico;

- Cuando la impresión sea requerida de manera expresa por el receptor, en el momento de la emisión o después; y,

- Cuando en la compra no se identifique al consumidor o usuario (consumidor final).

(18)

El emisor deberá proporcionar al consumidor o usuario la clave de acceso de su comprobante electrónico, lo que le servirá para comprobar en la página web del SRI el estado del comprobante electrónico.

Los comprobantes electrónicos tendrán como requisito obligatorio una clave de acceso de carácter numérico que será generada por el emisor y esta constituye el número de autorización del comprobante, que será único para cada documento. Ya no existirá el esquema de contingencia.

Resolución NAC-DGERCGC14-00790, Registro Oficial 346 de 2 de octubre de 2014.

(19)

Esquema de Emisión – Validación – Autorización:

Con el comprobante validado se genera una

respuesta:

AUTORIZADO

Es la respuesta en el caso de un comprobante válido con su respectiva fecha y hora.

RECHAZADO

Si los comprobantes electrónicos tienen algún problema con una de las validaciones antes mencionadas, se genera una respuesta de rechazo indicando el motivo respectivo.

(20)

Solamente en caso de que los sujetos pasivos, por la naturaleza de su actividad económica emitan comprobantes electrónicos masivamente, podrán enviarlos al SRI de forma conjunta en las condiciones señaladas en la ficha técnica,

dentro de un máximo de 24 horas.

Los sujetos pasivos que emitan comprobantes electrónicos deberán remitirlos a la Administración Tributaria en el momento de realizarse la transacción. A través de este mecanismo se realizará el envío, recepción, validación autorización o rechazo de los comprobantes electrónicos.

Resolución NAC-DGERCGC14-00790, Registro Oficial 346 de 2 de octubre de 2014.

(21)

La AT ofrece a los sujetos pasivos la opción de consulta en detalle de los comprobantes electrónicos emitidos y/o recibidos en un determinado periodo.

Quienes emitan o reciban comprobantes electrónicos deberán conservar dicha información por un plazo igual al establecido para los comprobantes emitidos en la modalidad de preimpresión.

Conservación y Consultas:

(22)

Proceso de facturación: Física y Electrónica

Facturación Física

Facturación Electrónica

(23)

Comprobante electrónico: XML = RIDE

Resolución NAC-DGERCGC14-00790 2/10/2014

XML FACTURA

RIDE FACTURA

Informac ión T ributari a Informac ión Adi c ional

(24)

Firma Electrónica:

• Detalla la información relativa al titular del certificado.

Identidad

• Garantiza la integridad del documento firmado, y determina si la firma ha sido realizada empleando dispositivos y algoritmos seguros.

Integridad

No repudio

• Respeta todos los requerimientos que establecen las normas internacionales en esta materia.

Larga vigencia

• Es un atributo jurídico que imposibilita que el signatario pueda denegar su intervención personal en la transacción

Para la generación y emisión de los documentos electrónicos deberán obligatoriamente firmar cada archivo xml bajo el estándar de firma digital de documentos XML: XadES_BES

(25)

COMPROBANTES ELECTRÓNICOS

Banco central del Ecuador

- Entidad pública

- Octubre 2008

ANF – AC ECUADOR

- Entidad privada

- Octubre 2010

Segurity Data

Consejo de la Judicatura

- Entidad Pública

- Diciembre 2010

 El número de RUC del emisor debe tener vigente el certificado de firma electrónica (no esté revocada o caducada).

(26)

• Ingreso por única vez.

• En esta fase deberán efectuar todos

los ajustes necesarios en sus

sistemas computarizados.

• Los comprobantes emitidos en este ambiente no tienen validez tributaria.

AMBIENTE DE PRUEBAS:

• Los comprobantes emitidos en este ambiente y que sean autorizados por el SRI tienen validez tributaria.

AMBIENTE DE PRODUCCIÓN (REAL):

La autorización de emisión electrónica en ambos ambientes es indefinida.

(27)

1

2 3

4

Solicitud de Inscripción

(28)

Resolución No. NAC-DGERCGC12-00105, publicada en R.O. 666 de 21-03-2012

5

6

Solicitud de Inscripción

(29)

COMPROBANTES ELECTRÓNICOS

La Administración Tributaria pone a disposición de los contribuyentes una herramienta gratuita, que

le permitirá facturar electrónicamente.

Podrá generar, emitir, firmar electrónicamente, enviar sus comprobantes

para la autorización del SRI.

Previamente deberán contar con un certificado

digital de firma

electrónica y mantenerlo válido y vigente, éste puede ser adquirido en una de las Entidades de Certificación autorizadas

en el país.

Facturador Electrónico:

(30)

Descarga del Facturador Electrónico

Herramienta Gratuita para Facturación Electrónica

1

2

La Administración Tributaria pone a disposición de los contribuyentes una

herramienta, que le permitirá facturar electrónicamente.

(31)
(32)

Consultas Públicas

Es un link que la Administración Tributaria pone a disposición de los

contribuyentes el sistema de Comprobantes Electrónicos con el

propósito de verificar la validez de los documentos recibidos sin que

deba ingresar con su ruc y contraseña

Al final de las consultas públicas disponibles

para los contribuyentes encontrará la opción de

Consultas de Comprobantes Electrónicos

.

(33)

Ingresa la clave de acceso / número de autorización / ó carga el archivo

(34)

La información detallada proporcionada a través del sistema de

Comprobantes Electrónicos es confidencial por tal motivo se deberá

ingresar con las claves respectiva.

(35)

Opción que permite recuperar

el listado de comprobantes

electrónicos autorizados para

un contribuyente.

(36)
(37)

COMPROBANTES ELECTRÓNICOS

¿

Hacia dónde vamos?

Simplificar el cumplimiento tributario y brindar nuevos servicios a la

ciudadanía:

Perspectivas

• Devoluciones de impuestos automático.

• Los comprobantes electrónicos no se reportarán en el ATS.

• Información de Gastos Personales por proveedores.

(38)

Referencias

Documento similar