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Año XVII Palacio Legislativo de San Lázaro, viernes 5 de septiembre de 2014 Número 4106-C

Viernes 5 de septiembre

CONTENIDO

Informe

Sobre el uso de la facultad conferida al Ejecutivo federal en materia arancelaria que se presenta de conformidad con el ar-tículo 131 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

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PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LA UNIÓN. P r e s e n t e .

En cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 131 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 4o. de la Ley de Comercio Exterior, me permito someter a la aprobación de esa Soberanía el Informe sobre el uso de las

facultades que en materia arancelaria ha ejercido el Ejecutivo Federal a mi cargo

durante el periodo comprendido entre el 9 de septiembre de 2013 y el 8 de septiembre de 2014.

Las modificaciones arancelarlas a la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE) realizadas en este período, se basaron en las premisas de establecer una política Industrial comprometida a facilitar la actividad de la producción nacional, con el fin de apoyar la reconversión de sus procesos productivos; atender de manera expedita la problemática de abasto de alimentos de consumo básico y contener su efecto negativo en los precios, derivada de condiciones climáticas y sanitarias.

Durante el periodo del 9 de septiembre de 2013 al 8 de septiembre de 2014, se realizaron las modificaciones a la TIGIE conforme a lo siguiente:

a) Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de diciembre de 2013:

Se suprimió 1 fracción arancelaría y se crearon 2 fracciones

arancelarías para ampliar la Identificación de las pilas y baterías eléctricas que rebasan los límites permisibles de metales pesados, los cuales pueden convertirse en contaminantes en el aire, agua superficial, subterránea, otros ambientes acuáticos y suelo. Asimismo, se incluyó 1 nota aclaratoria a nivel de subpartida para esclarecer el tipo de dichas mercancías, y obtener bases de datos de flujo de importación de pilas desechables.

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PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Se crearon 2 fracciones arancelarias con el fin de establecer un monitoreo

preventivo, en el campo del comercio exterior para evitar la proliferación y desvío de algunas sustancias que pueden ser utilizadas como precursores químicos para la fabricación de drogas sintéticas.

Se restablecieron los aranceles de 4 fracciones arancelarias a la

importación de limón y tomate verde, las cuales se modificaron para hacer

frente a precios especulativos que derivaron de las condiciones climáticas y

sanitarias adversas que se presentaron en nuestro país, en razón de que el comportamiento de las variables de la oferta y precios del mercado de dichos productos, regresaron a su tendencia natural.

Se incrementaron los aranceles de 2 fracciones arancelarías para la importación de maíz blanco y de sorgo, como una política comercial orientada a promover la productividad de nuestra economía; incrementando

la disponibilidad y el acceso a alimentos, y fomentar la producción nacional.

Se suspendió la última etapa de desgravaclón de 9 fracciones

arancelarlas de aceites vegetales, toda vez que los organismos

empresariales de la industria aceitera nacional se comprometieron con la

Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación

a fomentar la producción, procesamiento y comercialización de cultivos oleaginosos en el país.

Se exentó de arancel a 21 fracciones arancelarias relativas a

medicamentos, con la finalidad de alentar la competencia en el mercado farmacéutico nacional y con ello garantizar el acceso de la población a medicamentos con precios más accesibles. Por lo que hace a la industria

fabricante de muebles metálicos se redujo el arancel promedio de

importación y se homologaron los aranceles de 5 fracciones arancelarlas relativas a muebles metálicos de la subpartida 9403.20 de la tarifa arancelaria, a fin de evitar asimetrías arancelarias que inducen a clasificaciones arancelarias erróneas, sobre todo en mercancías similares.

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PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Se publicaron aranceles-cupo exentos para la importación de 9

fracciones arancelarias de productos alimentarios taies como tomate verde, iimón y aceites vegetaies, con la finalidad de establecer medidas

oportunas para garantizar el abasto de alimentos a la población, el cual

resultó afectado por contingencias sanitarias y climáticas ocurridas en nuestro país; igualmente, se estableció un arancel-cupo para 4 fracciones arancelarias de filetes de tiiapia, con el propósito de completar la producción nacional y atender las necesidades de ios consumidores.

Se extendió la vigencia del arancel-cupo de 4 fracciones arancelarias aplicable a la importación de artículos para bebé; así como para 3 fracciones arancelarias que describen el café tostado y molido en envases individuales con un peso de hasta 40 gramos; lo anterior para apoyar las empresas a efecto de que se diversifique ia producción nacional.

Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 2013:

Se prorrogó para enero de 2016 ia aplicación de ia desgravación arancelaria, prevista en el Decreto del 23 de noviembre de 2012, para mantener la misma tasa aplicable de 7 fracciones arancelarias con el objeto de que diversos sectores de la economía puedan ajustarse a las condiciones actuales que presenta el país en materia económica.

Se aplazó a partir de enero de 2015 la aplicación de la desgravación arancelaria de 5 fracciones arancelarias y a partir de enero de 2016 la de

2 fracciones arancelarias, respecto a productos de calzado, de la

confección y de la Industria química, previsto en el Decreto del 23 de noviembre de 2012, con el objeto de promover una mayor integración de la cadena productiva y pasar hacia la innovación y generación de productos con mayor valor agregado, propiciando condiciones para la consolidación de esos sectores en el mercado y abastecer al consumidor de productos necesarios para la vida diaria.

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PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Se aplazó para enero de 2015 la entrada en vigor de la desgravación

arancelaria para 94 fracciones arancelarias de los sectores del calzado y de la confección, prevista en el Decreto del 24 de diciembre de 2008, y su posterior modificación del 31 de diciembre de 2012, con el propósito de adoptar acciones que permitan establecer condiciones para que dichos sectores avancen en la reconversión de sus procesos productivos, la consolidación de sus planes de crecimiento para responder mejor preparados a las nuevas tendencias del mercado, y coadyuvar al desarrollo económico del país.

Se creó 1 fracción arancelaría para la importación de máquinas de funcionamiento eléctrico, electrónico, mecánico o combinación de ellos, a través de las cuales se llevan a cabo sorteos con números o símbolos, que están sujetos al azar, con el objeto de permitir su monitoreo y vigilancia de

las mismas, debido a que la industria del juego constituye un fenómeno

social y económico que puede interferir en las relaciones familiares, sociales y laborales de los implicados en ella.

Se suprimieron 3 fracciones arancelarías que se encontraban repetidas en su descripción en diversas fracciones arancelarias sobre compuestos químicos, a fin de otorgar claridad y certidumbre en la clasificación arancelaria.

Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 2013;

Se amplió la vigencia al 31 de diciembre de 2016 para 1,793 fracciones arancelarias, 1,487 exentas de arancel, y 306 con 5% del Decreto que establece el impuesto general de importación para la región fronteriza y la franja fronteriza norte, con el objeto de coadyuvar en el marco de las políticas públicas para concluir en forma progresiva y efectiva con el proceso de convergencia al esquema arancelario del país; así mismo, se realizan adecuaciones para señalar a quiénes les serán aplicables los beneficios del citado Decreto para dar certeza jurídica a los usuarios del comercio exterior.

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PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

d) Decreto publicado en el Diarlo Oficial de la Federación el 30 de enero de 2014;

Se prorrogó al 31 de diciembre de 2014 la vigencia del Decreto que regula

la importación definitiva de vehículos usados, con el objeto de regular su importación definitiva al territorio nacional, en virtud de que las condiciones que motivaron la emisión del citado Decreto aún se encuentran presentes, a fin de contar con un marco regulatorio que otorgue seguridad jurídica a los importadores de vehículos automotores usados.

e) Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de julio de 2014:

Se estableció un arancel-cupo a la importación de 6 fracciones

arancelarias de productos utilizados en la elaboración de carnes frías y embutidos, a fin de contar con un abasto suficiente para cumplir las necesidades de demanda del mercado, y hacer frente a su incremento de precios.

f) Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de agosto de 2014:

Se prorrogó hasta el 31 de enero de 2019 la desgravación arancelaría

prevista en el Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 2008, y sus posteriores modificaciones, para los productos de la industria del calzado clasificados en el Capítulo 64 de la TIGIE. Lo anterior, con el objeto de brindar a esta industria un periodo para la consolidación de sus proyectos de innovación, brindar certidumbre a la inversión y potenciar el

efecto de las acciones públicas, reformas y programas orientados a promover

la innovación y transformación de los sectores, a efecto de que estos se encuentren mejor preparados frente a las nuevas tendencias del mercado, y de esta manera coadyuvar en el desarrollo económico del país.

En el periodo comprendido de! 9 de septiembre de 2013 al 8 de septiembre de

2014, la Comisión de Comercio Exterior se reunió en 14 ocasiones con el fin de

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PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Al mes de septiembre la TIGIE cuenta con 12,315 fracciones arancelarias, y como resultado de las medidas señaladas, los indicadores arancelarios son: una medía arancelaria simple de 5.7% y una desviación estándar de 10.7%. El arancel

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PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Esta hoja forma parte de! informe sobre el

uso de la facultad conferida al Ejecutivo Federal en materia arancelaria que se

presenta de conformidad con el artículo

131 de la Constitución Política de ios

Estados Unidos Mexicanos.

Reitero a Usted, Ciudadano Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de

Diputados del Honorable Congreso de la Unión, las seguridades de mi

consideración atenta y distinguida.

México, Distrito Federal, a cinco de septiembre de dos mil catorce.

EL PRESIDENTE DE LOS ESTAI^ UNIDOS MEXICANOS

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Gaceta Parlamentaria Viernes 5 de septiembre de 2014

Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, LXII Legislatura

Secretaría General

Secretaría de Servicios Parlamentarios

Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados

Director: Juan Luis Concheiro Bórquez, Edición: Casimiro Femat Saldívar, Ricardo Águila Sánchez, Antonio Mariscal Pioquinto.

Apoyo Documental:Dirección General de Proceso Legislativo. Domicilio:Avenida Congreso de la Unión, número 66, edificio E, cuarto nivel, Palacio Le-gislativo de San Lázaro, colonia El Parque, CP 15969. Teléfono: 5036 0000, extensión 54046. Dirección electrónica: http://gaceta.diputados.gob.mx/

Mesa Directiva

Diputados:Presidente, Silvano Aureoles Conejo; vicepresidentes, Tomás Torres Mercado, PVEM; Francisco Agustín Arroyo Vieyra, PRI; María Beatriz Zavala Peniche, PAN; Aleida Alavez Ruiz, PRD; secretarios, Laura Barrera Fortoul, ,

PRI; Xavier Azuara Zúñiga, PAN; Graciela Saldaña Fraire, PRD; Javier Orozco Gómez, PVEM; Merilyn Gómez Pozos, MOVIMIENTOCIUDADANO; Magdalena del

Socorro Núñez Monreal, PT; Fernando Bribiesca Sahagún, NUEVAALIANZA.

Junta de Coordinación Política

Diputados: Manlio Fabio Beltrones Rivera, PRI, pre-sidente; José Isabel Trejo Reyes, PAN; Agustín Mi-guel Alonso Raya, PRD; Arturo Escobar y Vega, PVEM; Ricardo Monreal Ávila, MOVIMIENTOCIUDA -DANO; Alberto Anaya Gutiérrez, PT; María Sanjuana Cerda Franco, NUEVAALIANZA.

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