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Cruz Roja Ecuatoriana Junta Provincial Loja

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Academic year: 2021

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Cruz R

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ja

Ecuatoriana

Junta Provincial Loja

CONVENIO INTERINSTITUCIONAL DE COOPERACIÓN ENTRE LA JUNTA PROVINCIAL DE LA CRUZ ROJA DE LOJA, Y LA UNIVERSIDAD TÉCNICA PARTICULAR DE

LOJA.-En la ciudad de Loja, a los cuatro días del mes de noviembre del2014, comparece la Junta Provincial de la Cruz Roja de Loja, legalmente representada por la Señora Maricela Cárdenas Chiriboga, en su calidad de Presidente y representante legal, conforme consta en el acta de posesión y forman parte integral de este instrumento; y por otra parte, La Universidad Técnica particular de Loja", representada legalmente por el Dr. Santiago Acosta Aide, en su calidad de Rector-Canciller (e) de la Universidad Técnica Particular de Loja, conforme consta del nombramiento que se acompaña y forma parte integral de este instrumento, a quien para efectos del presente se denominará "CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL" los comparecientes son de nacionalidad ecuatoriana, mayores de edad, legalmente capaces para obligarse y contratar, quienes manifiestan su intención de suscribir el presente convenio de cooperación interinstitucional al tenor de las siguientes cláusulas:

CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES.- La Sociedad Nacional de la Cruz Roja Ecuatoriana, es una entidad autónoma, de derecho privado y sin fines de lucro, constituida conforme las resoluciones de la Conferencia Internacional de Ginebra de 1864 y de los Principios de la Convención de Ginebra de 1906. Se fundó en la ciudad de Guayaquil el 22 de abril de 1910, se ratificó su constitución por Ley del Congreso de la República del26 de octubre de 1910, publicada en el Registro Oficial Nro.1392 del14 de noviembre del mismo año.

La Sociedad Nacional de la Cruz Roja Ecuatoriana se regula por la ley que la constituyó, por los Convenios y Tratados Internacionales legítimamente aprobados por el Ecuador y por sus Estatutos. Es una corporación de derecho privado de las reguladas por las disposiciones del título XXX del Libro Primero del Código Civil; y, sus actuales Estatutos fueron aprobados por el Ministerio de Bienestar Social, según Acuerdo: 094, de 24 de agosto de 2009.

Dentro del Proyecto de obtención de Sangre de la Cruz Roja Ecuatoriana se contempla la necesidad de realizar campañas de captación de Donantes Voluntarios Altruistas Repetitivos de Sangre, acudiendo a las instituciones, empresas, universidades y colectivos que se han destacado por ser socialmente responsables con su entorno y la comunidad en general.

CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO GENERAL.- El presente convenio interinstitucional tiene como objeto que el personal y los estudiantes de la Universidad Técnica Particular de Loja", done sangre en forma voluntaria y altruista, para que mediante este acto solidario satisfacer las necesidades de personas que necesitan de este elemento vital.

CLÁUSULA TERCERA: EL PLAZO.- El plazo de duración del presente convenio

interinstitucional será de cinco años, terminado el mismo cualquiera de las partes lo pued.~e _ _ dar por terminado al presente convenio, en cualquier tiempo, debiendo mediar únic

entre la fecha de notificación y la terminación, 30 días como mínimo.

Av. Universitaria 04-26 y Quito· Teléfonos: (593 7) 257020012577300 • Emergencias: 911 / . .13.L E-mail: [email protected] • Loja-Ecuador PROC

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Cruz Roja

Ecuatoriana

Junta Provincial Loja

En el evento de que existiera una campaña de donación voluntaria de sangre en ejecución o programada, la terminación del convenio interinstitucional operará una vez ejecutadas dichas campañas.

CLÁUSULA CUARTA: OBLIGACIONES DE LA "UNIVERSIDAD TÉCNICA PARTICUALAR DE LOJA".- Le compete lo siguiente:

4.1. Facilitar el ingreso y la movilización dentro de las instalaciones de la institución al personal asignado por la Cruz Roja Ecuatoriana para la colecta de sangre;

4.2. Difundir la Donación Voluntaria entre todo el personal del Grupo en sus instalaciones;

4.3. Consensuar y programar campañas posteriores de donación; 4.4. Facilitar la salida de los colaboradores para realizar su donación;

4.5. Incentivar la donación voluntaria de sangre entre el personal del Grupo; y,

4.6. Realizar campañas de DVS cada 6 meses.

CLÁUSULA QUINTA: OBLIGACIONES DE LA CRUZ ROJA

ECUATORIANA.-Le compete a Cruz Roja Ecuatoriana, lo siguiente:

5.1. Dotar del personal técnico y de apoyo necesario para la realización de la Colecta de Donación Voluntaria de Sangre en las instalaciones de la institución;

5.2. Entrega de camets a la Dirección de Recursos Humanos dentro de los 15 días posteriores a la donación; y,

5.3. Entrega de un refrigerio a los donantes voluntarios.

CLÁUSULA SEXTA: BENEFICIOS DE LA DONACIÓN VOLUNTARIA DE SANGRE.- Cruz Roja Ecuatoriana entregará los siguientes beneficios al "La Universidad Técnica Particular de Loja", como al personal que haya donado sangre de la siguiente manera:

6.1. El Donante voluntario tiene derecho a cinco unidades de sangre en forma gratuita, para él o sus hijos menores de 17 años y dos unidades para sus padres mayores de 65 años, en vista de que la sangre es un producto biológico de corta duración este beneficio tiene una duración de 6 meses;

6.2. "La Universidad Técnica Particular de Loja", al auspiciar campañas de Donación Voluntaria de Sangre en sus instalaciones, puede disponer de dos unidades de sangre por cada diez unidades donadas efectivas, para el personal que requieran, previa presentación de documentos que lo acrediten, los mismos que son solicitados a través de la Dirección de la institución. En vista de que la sangre es un producto biológico de corta duración este beneficio tiene una duración de 6 meses.

Para la efectivización de este beneficio el representante legal de la Institución, deberá enviar una carta en físico o vía e-mail ([email protected]), solicitando dicho beneficio;

Av. Universitaria 04-26 y Quito • Teléfonos: (593 7) 2570200 1 2577300 • Emergencias: 91tJib E-mail: [email protected] • Loja -Ecuador e

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Cruz Roja Ecuatoriana

Junta Provincial Loja

6.3. Se Entregará una certificación a la institución, misma que puede ser utilizado para informes de Responsabilidad Social Institucional.

CLÁUSULA SÉPTIMA: PROCEDIMIENTOS GENERALES.- Por la naturaleza específica del presente convenio interinstitucional el "La Universidad Técnica Particular de Loja" y "La Cruz Roja Ecuatoriana" no contraen relación laboral de dependencia sobre el personal de la otra institución que participe en la ejecución del presente convenio interinstitucional.

Ninguna de las partes puede delegar o subcontratar la ejecución de este convenio, salvo acuerdo expreso entre las partes. Este convenio y sus documentos anexos constituyen el convenio completo entre las partes.

Cualquier corrección y/o modificación al mismo deberá efectuarse por escrito y en forma expresa y estar firmado por los representantes y partes.

CLÁUSULA OCTAVA: TERMINACIÓN LEGAL Y ANTICIPADA.- Sin perjuicio de otras causales señaladas en leyes pertinentes y de lo estipulado en este convenio, el mismo podrá darse por terminado por las siguientes causas:

8.1. Por mutuo acuerdo entre las partes;

8.2. Por incumplimiento de las obligaciones de las partes, descritas en el presente convenio interinstitucional;

8.3. Por decisión unilateral de cualquiera de las partes: y, 8.4. Por las causales previstas en el Código Civil.

En el caso de terminación anticipada del presente convenio, esta declaratoria será notificada a la otra parte con treinta días de anticipación; y, este convenio interinstitucional terminará de pleno derecho.

CLÁUSULA NOVENA: CONTROVERSIAS.- En todo caso, las diferencias que

puedan surgir o que sobrevinieren de la ejecución del presente convenio, las partes convienen en que toda controversia será resuelta de forma obligatoria a través de los procesos de mediación.

En fe y constancia de lo acordado y convenido, firman las partes el presente convenio interinstitucional, en tres ejemplares del mismo tenor y valor.

Dr. Santiago Acosta Aide RECTOR CANCILLER (e) DE LA "UTPL"

Av. Universitaria 04-26 y Quito • Teléfonos: (593 7) 2570200 1 2577300 • Emergencias: g'fqc~

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UNIVERSIDAD TÉCNICA PARTICULAR DE LOJA 1. 2. Fecha de Solicitud: Evento de Suscripción:

Datos del Solicitante

3. Dependencia Solicitante: 4. Responsable SOLICITUD DE CONVENIOS 27 de octubre de 2014 SI ( ) NO ( x ) Fecha de Evento:

DIRECCIÓN GENERAL DE MISIONES UNIVERSITARIAS

Mgs. Ruth Simaluiza Masabanda

Datos de la Entidad Suscriptora 5.

6. 7.

Razón Social:

Representante

Legai(Nombre): Cargo:

Datos del Convenio 8.

Plazo:

9.

Objeto:

Cruz Roja Ecuatoriana -Loja

Sra. Maricela Cárdenas Ch

PRESIDENTA DE CRUZ ROJA ECUATORIANA- LOJA

Indefinido Fecha de

Inicio: 27 de Octubre de 2014

Motivar al personal y estudiantes de la "Universidad Técnica Particular de Loja", a donar sangre en forma voluntaria y altruista, para mediante este acto solidario satisfacer las

necesidades de personas que necesitan de este elemento vital.

Mgs. Ruth SimaiUIZa asaoanda

DIRECTORA GENERAL DE MISIONES UNIVERSITARIAS

f) Vto. Bueno DIRECTOR~-C' Fech AUTORIZACIÓN f) Vto. Bueno DIRECCIÓN GENERAL

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CARTA DE RESPONSABILIDAD POR CONTROL Y SEGUIMIENTO DE

CONVENIO

Yo, Ruth Simaluiza Masabanda, Directora General e Misiones Universitarias

me comprometo a velar por el cumplimiento de lo establecido en el Convenio

firmado con la Cruz Roja Ecuatoriana - Laja, cuyo objeto es motivar al personal y estudiantes de la "Universidad Técnica Particular de Laja", a donar sangre en forma voluntaria y altruista, para mediante este acto solidario satisfacer las necesidades de personas que necesitan de este elemento vital, siendo el responsable para el desarrollo del mismo, delegando como responsable directo del seguimiento y control de la ejecución a Abigail Cañar Torres, Responsable del Área Social

Declaro haber leído el texto del convenio y por ende conocer en su totalidad la

magnitud y alcance de los compromisos asumidos, por lo que me comprometo

a realizar el seguimiento durante la ejecución y cumplimiento de las

obligaciones asumidas por la Universidad Técnica Particular de Laja.

Declaro además que la Dirección General de Misiones Universitarias, a mi

cargo está en capacidad de desarrollarlo en los plazos establecidos,

presupuestos y planificación, caso contrario advertiré a tiempo sobre las

dificultades que se presentaren en el transcurso del mismo, para evitar

problemas de tipo legal y administrativo.

Para constancia, suscribo este compromiso conjuntamente con el responsable

de la ejecución del convenio.

Mgs. Rut Simaluiza M

DIRECTOR

lng. Abigail Cañar Torres

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Dirección Genera

l

de Misiones Universitarias

Oficio 756- DGMU-UTPL-14

Loja, 28 de octubre del 2014

Doctor

Roberto Beltrán Zambrano

PROCURADOR DE LA UTPL

Loja.

De mi consideración:

Por el presente me permito solicitar a usted de la manera más comedida autorizar

a quien corresponda la revisión del Convenio de Cooperación Institucional entre la Cruz Roja Ecuatoriana-Leja y la Universidad Técnica Particular de Loja para la

donación voluntaria de sangre.

Por la favorable atención que se digne dar al presente les expresamos nuestros

sentimientos de gratitud, aprecio y consideración.

Atentamente,

Mg. Ruth Sima uiza Masabanda, M. Id.

DIRECTORA GENERAL DE

MISIONES UNIVERSITARIAS

Adj. Solicitud de Convenio, Carta de Responsabilidad y Convenio

San Cayetano Alto s/n

Laja-Ecuador Telf.: (593-7) 2570275 Fax: (593-7) 2584893 Apartado Postal: 11-01-608

informacjón,@utpl edu ec

www.utpl.edu.ec

Referencias

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