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1 OBJETO DE LA CONTRATACIÓN

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Concejalía de Medio Ambiente, Mantenimiento y Obras Dirección de Medio Ambiente y Mantenimiento de la Ciudad

DEPARTAMENTO DE MANTENIMIENTO DE EDIFICIOS E INSTALACIONES

Fecha: 24 de mayo de 2021

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ASUNTO: ASISTENCIA TÉCNICA PARA SERVICIOS CONSISTENTES EN LA, COORDINACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA OBRA DE ADECUACIÓN DE LAS INSTALACIONES TÉRMICAS DEL EDIFICIO CONSISTORIAL DEL AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS.

1 OBJETO DE LA CONTRATACIÓN

Constituye el objeto del contrato la adjudicación de los trabajos de asistencia técnica para la Coordinación de Seguridad y Salud de la obra de adecuación de las instalaciones térmicas del edificio consistorial del Ayuntamiento de Alcobendas.

La ejecución de las obras tiene la finalidad de reformar la instalación de climatización del edificio consistorial del Ayuntamiento de Alcobendas debido a la obsolescencia de los equipos, así como a la adaptación de las instalaciones a las necesidades y normativa actual, mejorando la eficiencia energética de la instalación.

Por otro lado, es necesario reformar la instalación de clima para adaptarla a las necesidades climáticas del edificio para producción de frío y calor simultáneamente (4 tubos) así como liberar espacio para futuras actuaciones en las plantas del edificio.

La actuación que se ha proyectado en la instalación de climatización del edificio consistorial viene definidas en dos proyectos independientes.

a) Proyecto Técnico para la ejecución de las obras de adecuación de las instalaciones térmicas del edificio consistorial del Ayuntamiento de Alcobendas. El cual engloba la modificación de las instalaciones de Producción de calor del edificio consistorial y la adecuación de la sala de calderas. se adjudica mediante decreto nº 10154/2018 de fecha 12 de septiembre la realización de estos trabajos a la empresa GESPROING 14, S.L.P. El proyecto está firmado por el Ingeniero Técnico Industrial don Luis Rodríguez Carbonell con nº de colegiado 28824, el cual figura como socio en la empresa GESPROING 14, S.L.P.

b) Proyecto Técnico de reforma de instalación térmica del Ayuntamiento de Alcobendas. El cual engloba las actuaciones para la modificación de las instalaciones de Producción de frío, integración de los sistemas de control y actuaciones en las plantas del edificio consistorial. Este proyecto se ha diseñado para su ejecución por fases, siendo 8 las fases previstas. Proyecto redactado por la empresa PLENUM INGENIEROS, S.L. El proyecto está firmado por el Ingeniero Técnico Industrial, colegiado nº 18.081, D. Mariano Martín Lechuga de la empresa PLENUM INGENIEROS, S.L..

Las actuaciones, objeto de la obra cuya Coordinación de Seguridad y Salud se licita, son las siguientes:

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DEPARTAMENTO DE MANTENIMIENTO DE EDIFICIOS E INSTALACIONES

Fecha: 24 de mayo de 2021

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RESUMEN PEM GG 13% BI 6% SUMA IVA 21% TOTAL

1.- PROYECTO ADECUACIÓN DE LAS INSTALACIONES

TERMICAS EDIFICIO AYUNTAMIENTO 119.967,66 15.595,80 7.198,06 142.761,52 29.979,92 172.741,44 2.- PROYECTO CLIMATIZACIÓN EDIFICIO

AYUNTAMIENTO.

CAPITULOS (1 Y 2) y partidas 00.00, 00.14 y 00.15

del Capitulo actuaciones previas 278.393,99 36.191,22 16.703,64 331.288,85 69.570,65 400.859,50 ACTUACIONES PREVIAS Partida 00.06 4.373,04 568,50 262,38 5.203,92 1.092,82 6.296,74 ACTUACIONES PREVIAS Partida 00.14 38.633,12 5.022,31 2.317,99 45.973,42 9.654,42 55.627,84 ACTUACIONES PREVIAS Partida 00.15 168,16 21,86 10,09 200,11 42,02 242,13 SUSTITUCION DE ENFRIADORA 124.194,48 16.145,28 7.451,67 147.791,43 31.036,20 178.827,63 INSTALACIÓN DE CONTROL 111.025,19 14.433,27 6.661,51 132.119,97 27.745,19 159.865,16

TOTAL 398.361,65 51.787,02 23.901,70 474.050,37 99.550,57 573.600,94

2 COORDINACIÓN EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD

2.1 Descripción y características

El coordinador de seguridad y salud de la obra participará en todas las tareas de replanteo que indique la Administración contratante. En cuanto a las reuniones de seguimiento de obra, éstas se celebrarán con una periodicidad máxima semanal, debiendo dejar constancia de la misma por escrito en el Libro de Órdenes y Asistencias o en Actas redactadas a tales efectos.

El adjudicatario facilitará a la Administración contratante, sin coste adicional alguno, cuantos servicios profesionales se estimen necesarios por ésta para el correcto desarrollo y cumplimiento del objeto de los contratos, como asistencia a reuniones explicativas, información al público o a los servicios afectados, etc., hasta la extinción del plazo de garantía.

2.2 Coordinación en materia de seguridad y salud

Las funciones de la Coordinación en materia de Seguridad y Salud y para la aprobación del Plan de Seguridad y Salud, serán las indicadas en el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las Disposiciones Mínimas de Seguridad y Salud en las obras de construcción, incluyendo la aprobación del Plan de Seguridad.

El Coordinador en materia de seguridad y de salud durante la ejecución de la obra será un técnico competente integrado en la dirección facultativa, designado por el promotor para llevar a cabo las tareas que se mencionan en el artículo 9 del RD 1627/1997.

Se cuidarán todos los detalles para que los trabajos se realicen con la menor afección en la actividad diaria, buscando alternativas que permitan la convivencia de las personas con las obras en las debidas condiciones de seguridad y salubridad.

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Fecha: 24 de mayo de 2021

3 Tareas del Coordinador:

 EL Coordinador de Seguridad y Salud deberá aprobar el Plan de Seguridad y Salud que presente la concesionaria, así como a la propuesta de la misma del técnico que ha de desemplear las labores de Coordinador de Seguridad y Salud en la fase de ejecución.

 Establecer unos objetivos y una relación de las tareas que se deben llevar a cabo en la fase de ejecución, de acuerdo con las características del proyecto, el promotor y la dirección facultativa y los contratistas.

 Organizar y planificar las actividades como coordinador de seguridad y salud en la fase de ejecución.

 Disponer de los documentos e instrumentos de gestión adecuados para el trabajo encargado.  Conseguir los documentos y los instrumentos de gestión adecuados para el trabajo

encargado.

 Analizar las características del proyecto que se está elaborando y, con esta información y de acuerdo con el contrato firmado con el cliente, preparar la planificación del trabajo. Para ello, es preciso disponer de los datos de los interlocutores de esta fase para poder establecer el sistema de comunicación más ágil con ellos.

 Elaborar un calendario o un plan del trabajo, de acuerdo con las características del proyecto, de la contratación (si ya se ha realizado) y el contrato firmado con el cliente. En este punto, debe disponerse de los datos de los interlocutores de esta fase para poder establecer un sistema de comunicación.

El coordinador de seguridad y salud se le encomienda:

1. Coordinar la aplicación de los principios generales de prevención y seguridad (artículo 15 LPRL). 2. Al tomar las decisiones técnicas de organización para planificar las distintas fases de los trabajos. 3. Al estimar la duración requerida para la ejecución de las distintas fases.

4. Coordinar las actividades de la obra para garantizar que los contratistas y el resto de entidades apliquen de manera coherente los principios del artículo 15 LPRL, durante la ejecución de las siguientes actividades señaladas en el artículo 10 del Real Decreto 1627/1997:

5. El mantenimiento de la obra en buen estado de orden y limpieza.

6. La manipulación de los distintos materiales y la utilización de medios auxiliares.

7. La elección del emplazamiento de los puestos y áreas de trabajo, teniendo en cuenta sus condiciones de acceso, y la determinación de vías de desplazamiento y circulación.

8. El mantenimiento, el control previo a la puesta en servicio y el control periódico de las instalaciones y dispositivos necesarios para la ejecución de la obra, con objeto de corregir los defectos que pudieran afectar a la seguridad y salud de los trabajadores.

9. La delimitación y el acondicionamiento de las zonas de almacenamiento y depósito de los distintos materiales, en particular de materias y sustancias peligrosas.

10. La recogida de los materiales peligrosos utilizados.

11. El almacenamiento, eliminación o evacuación de los distintos residuos y escombros.

12. La adaptación en función de la evolución de la obra, del período de tiempo efectivo que habrá que dedicarse a los distintos trabajos o fases de trabajo.

13. La cooperación entre los contratistas, subcontratistas y trabajadores autónomos.

14. Las interacciones e incompatibilidades con cualquier otro tipo de trabajo o actividad que se realice en la obra o cerca del lugar de la obra.

15. Aprobar el plan de seguridad y salud elaborado por el contratista y, en su caso, las modificaciones introducidas en el mismo.

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Fecha: 24 de mayo de 2021

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16. Organizar la coordinación de actividades que prevé el artículo 24 LPRL:

a) Cuando en un mismo centro de trabajo desarrollen actividades trabajadores de dos o más empresas, éstas deberán cooperar en la aplicación de la normativa sobre prevención de riesgos laborales. A tal fin, establecerán los medios de coordinación que sean necesarios en cuanto a la protección y prevención de riesgos laborales y la información sobre los mismos a sus respectivos trabajadores, en los términos previstos en el apartado 1 del artículo 18 de esta Ley.

b) El empresario titular del centro de trabajo adoptará las medidas necesarias para que aquellos otros empresarios que desarrollen actividades en su centro de trabajo reciban la información y las instrucciones adecuadas, en relación con los riesgos existentes en el centro de trabajo y con las medidas de protección y prevención correspondientes, así como sobre las medidas de emergencia a aplicar, para su traslado a sus respectivos trabajadores. c) Las empresas que contraten o subcontraten con otras la realización de obras o servicios

correspondientes a la propia actividad de aquéllas y que se desarrollen en sus propios centros de trabajo, deberán vigilar el cumplimiento por dichos contratistas y subcontratistas de la normativa de prevención de riesgos laborales.

d) El contratista deberá informar respecto a la utilización y manipulación de maquinaria, equipos, productos, materias primas o útiles proporcionados por la empresa principal, para el desarrollo de las operaciones contratadas.

e) Los deberes de cooperación y de información e instrucción recogidos en los apartados 1 y 2 serán de aplicación respecto de los trabajadores autónomos que desarrollen actividades en dichos centros de trabajo.

Alarma y Evacuación:

Hay que coordinar las empresas que trabajen en la obra para que elaboren un plan de emergencia que prevea las operaciones requeridas en caso de alarma y de necesidad de evacuación de la obra, cuando sea previsible que se pueda llegar a producir esta situación.

El plan deberá ser ajustado a las características de la obra. Debe prever qué hay que hacer y quién debe hacerlo para asegurar que, en caso de alarma o necesidad de evacuación, que todas las personas que estén en la obra tengan conocimiento de la situación y puedan seguir las instrucciones previstas. Coordinar las acciones y funciones de control de la aplicación correcta de los métodos de trabajo. Adoptar las medidas necesarias para que sólo las personas autorizadas puedan acceder a la obra. 3 CPV DE LA ACTIVIDAD

La codificación del objeto del contrato, según el Vocabulario Común de Contratos Públicos (CPV) aprobado por el Reglamento 213/2008-CE, de 28 de noviembre de 2007, es:

71300000-1 Servicios de Ingeniería 4 OFERTA ECONÓMICA

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Concejalía de Medio Ambiente, Mantenimiento y Obras Dirección de Medio Ambiente y Mantenimiento de la Ciudad DEPARTAMENTO DE MANTENIMIENTO DE EDIFICIOS E INSTALACIONES Fecha: 24 de mayo de 2021 5 5 % IVA A APLICAR

El importe del impuesto del valor añadido a aplicar en esta contratación es el 21%. 6 FECHA LIMITE PRESENTACION DE OFERTAS

Se establece la fecha límite para la presentación de ofertas el día 11/06/2021 a las 12:00h. 7 PLAZO DE EJECUCION

Se establece un plazo de ejecución, igual al de la obra cuya Coordinación de Seguridad y Salud se licita (25 semanas desde la firma del Acta de Comprobación del Replanteo), OBRA DE ADECUACIÓN DE LAS INSTALACIONES TÉRMICAS DEL EDIFICIO CONSISTORIAL DEL AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS.

8 SOLVENCIA

TÉCNICA

Será requisito imprescindible disponer de un mínimo de dos técnicos titulados con experiencia de al menos 5 años en obras de similares características, para la Coordinación de Seguridad y Salud. Las titulaciones académicas y profesionales habilitantes para desempeñar la función de coordinador de seguridad y salud en obras de edificación, son las de arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico, Grado o Master en Ingeniería, de acuerdo con sus competencias y especialidades.

El número de técnicos adscritos al contrato no podrá ser superior a tres. Para la comprobación de lo anteriormente indicado es necesario lo siguiente:

 Indicación del equipo técnico propuesto para adscribirse al contrato, acompañado de las correspondientes titulaciones académicas y profesionales habilitantes debidamente compulsadas y de los currículums vitae de cada uno de los técnicos. El historial profesional podrá ser comprobado por el Órgano de Contratación o por quien delegue el mismo, ya sea por referencias, o por cualquier documento que pudiera solicitarse al licitador (contratos de trabajo, vida laboral, certificados, etc…).

La relación de técnicos puestos a disposición del contrato se redactará según modelo que figura como en el Anexo I del presente documento.

Asimismo, la relación de técnicos puestos a disposición del contrato no podrá variarse a lo largo de la prestación del servicio. Si por causa de fuerza mayor, fuera necesaria la incorporación de un nuevo técnico, se deberá comunicar al responsable (de la administración) del contrato y deberá autorizarse expresamente por el mismo. El nuevo técnico cumplirá con los requisitos establecidos en este pliego. La necesidad de tener dos técnicos adscritos al contrato es para garantizar el servicio en caso de ausencia o baja del Coordinador.

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Concejalía de Medio Ambiente, Mantenimiento y Obras Dirección de Medio Ambiente y Mantenimiento de la Ciudad DEPARTAMENTO DE MANTENIMIENTO DE EDIFICIOS E INSTALACIONES Fecha: 24 de mayo de 2021 6 PROFESIONAL

Relación de obras, realizadas como Coordinador de Seguridad y Salud, por los técnicos designados para C.S.S. en los últimos cinco (5) años.

Será requisito haber ejercido la Coordinación de Seguridad y Salud en actuaciones cuyos Presupuestos de Ejecución Material de obra que sumen en conjunto, como mínimo, 1.000.000,00 euros en ese periodo.

Para la comprobación de lo anteriormente indicado es necesario lo siguiente:

 Es necesario incluir documentación acreditativa mediante la aportación de una relación firmada por el licitador acompañada de los correspondientes certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, en su caso, la falta de este certificado se podrá acreditar con una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al Órgano de Contratación por la autoridad competente, cuando el destinatario sea una entidad. También se podrá acreditar mediante certificados o listados del Colegio Oficial correspondiente.

La relación se redactará según modelo que figura en los Anexos II del presente documento. 9 CRITERIOS DE VALORACIÓN

Los criterios que servirán de base de valoración para la adjudicación de la ASISTENCIA TECNICA PARA SERVICIOS CONSISTENTES EN LA, COORDINACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA OBRA DE ADECUACIÓN DE LAS INSTALACIONES TÉRMICAS DEL EDIFICIO CONSISTORIAL DEL AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS, son los siguientes:

NÚM CRITERIO PUNTUACIÓN

1 Oferta Económica 50

2 Cualificación del Equipo Técnico 25

3 Registro de Coordinadores de la Comunidad de Madrid 15

5 Entrega de documentación 10

9.1 Criterio número 1: PRECIO. Ponderación: hasta 50,00 puntos.

La puntuación de las ofertas económicas se determinará según la siguiente fórmula:

Siendo,

Pi: puntuación de la oferta. Pmax: puntuación máxima

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Fecha: 24 de mayo de 2021

7 Bmax: Baja máxima.

Bi: Baja de la oferta que se valora.

La baja máxima no podrá ser superior al 20 % del tipo máximo de licitación (5.000 euros), es decir no podrá superar el importe 1.000 euros.

La oferta más baja respecto al presupuesto base de licitación, obtendría la máxima puntuación. La baja igual al presupuesto base de licitación obtendría cero puntos.

9.2 Criterio número 2: Cualificación del equipo técnico (criterio relacionado con la calidad, de acuerdo al art. 145.4 de la LCSP): hasta 25 puntos

CUALIFICACIÓN TECNICA. HASTA 6 PUNTOS

Se valorará la experiencia que supere la mínima exigida de 5 años en el apartado 8 Solvencia de la siguiente forma:

Por cada técnico, asignado al contrato, se valorará con 0,4 puntos cada año completo a partir del sexto año, hasta un máximo de 6 puntos (2 puntos por cada técnico como máximo).

Para la comprobación de lo anteriormente indicado es necesario lo siguiente:

 Indicación del equipo técnico propuesto para adscribirse al contrato, acompañado de las correspondientes titulaciones académicas y profesionales habilitantes debidamente compulsadas y de los currículums vitae de cada uno de los técnicos. EL historial profesional podrá ser comprobado por el Órgano de Contratación o por quien delegue el mismo, ya sea por referencias, o por cualquier documento que pudiera solicitarse al licitador (contratos de trabajo, vida laboral, certificados, etc…).

La relación de técnicos puestos a disposición del contrato se redactará según modelo que

figura

como en el Anexo I del presente Pliego.

CUALIFICACIÓN PROFESIONAL. HASTA 19 PUNTOS

Se valorará la experiencia, por haber realizado obras, como Coordinador de Seguridad y Salud en obras cuyos Presupuestos de Ejecución Material (PEM) sean igual o superior a 450.759,08 euros por actuación, en los últimos 10 años, se puntuará de la siguiente forma:

o Para obras con PEM, cuyo valor este comprendido entre 450.759,08 y 1.000.000 euros se le asignará 2 puntos por actuación.

o Para obras con PEM, cuyo valor sea superior a 1.000.000 euros se le asignará 4 puntos por actuación.

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8 La puntuación máxima en este apartado es de 19 puntos

Para la comprobación de lo anteriormente indicado es necesario lo siguiente:

 Es necesario incluir documentación acreditativa mediante la aportación de una relación firmada por el licitador acompañada de los correspondientes certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, en su caso, la falta de este certificado se podrá acreditar con una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al Órgano de Contratación por la autoridad competente, cuando el destinatario sea una entidad. También se podrá acreditar mediante certificados o listados del Colegio Oficial correspondiente.

La relación se redactará según modelo que figura como Anexo II del presente Pliego

9.3 Inscripción en el Registro de Coordinadores de Seguridad y Salud de la Comunidad de Madrid. Hasta un máximo de 15 puntos

Los profesionales que ejerzan las funciones de Coordinador de Seguridad y Salud en obras de construcción, según lo establecido en R.D. 1627/1997, de 24 de octubre, podrán inscribirse de forma voluntaria en el Registro de coordinadores.

Se valorará que el profesional adscrito a las funciones de Coordinador de Seguridad y Salud, esté inscrito en el Registro y en el fichero manual y fichero automatizado de datos de carácter personal de técnicos competentes para desarrollar funciones de coordinador en materia de seguridad y salud en las obras de construcción de la Comunidad de Madrid.

- Si acreditan su inscripción en el Registro de Coordinadores de Seguridad y Salud se otorgarán 5 puntos por cada técnico.

- Si acreditan haber solicitado su inscripción en el Registro de Coordinadores de Seguridad y Salud, en obras de construcción se otorgarán 2,5 puntos por cada técnico.

El número de técnicos adscritos al contrato por este concepto no podrá ser superior a 3. En el Anexo I del presente Pliego se indicará de la siguiente manera:

- Afirmativo: cuando el técnico disponga del registro actualizado. - Negativo: cuando el técnico no disponga del registro actualizado. - Solicitud: cuando sólo disponga de la solicitud.

9.4 Documentación de la obra: (criterio relacionado con la calidad, de acuerdo al art. 145.4 de la LCSP): hasta 10 puntos.

Se valorará con la mayor puntuación la propuesta que describa mejor la entrega de documentación que deberá realizarse por la Coordinación de Seguridad y Salud, antes de la recepción de la obra por parte de esta administración.

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Se deberá indicar la prelación de documentos que previsiblemente se emitirán durante la obra (certificados, documentos de control, documentos oficiales, actas, etc…), así como los formatos en los cuales se presentará la citada documentación (papel físico, pendrive, CD, etc…).

10 FORMA DE PAGO

El pago se efectuará mediante la presentación de la correspondiente factura que deberá ser informada por los Servicios Municipales correspondientes y aprobada por parte del Órgano Municipal competente.

El pago de los honorarios por Coordinación en materia de Seguridad y Salud durante la ejecución de la obra, se efectuará una vez aprobado y dispuesto el crédito presupuestario correspondiente. Los honorarios se facturarán junto a cada certificación ordinaria de obra en la parte proporcional que corresponda al importe de obra certificado.

11 PARTIDA PRESUPUESTARIA

El importe PARA LA ASISTENCIA TÉCNICA PARA SERVICIOS CONSISTENTES EN LA COORDINACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA OBRA DE ADECUACIÓN DE LAS INSTALACIONES TÉRMICAS DEL EDIFICIO CONSISTORIAL DEL AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS e realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 413 92015 63301.

Fdo.: José Antonio López Sanz Ingeniero del Departamento de

Mantenimiento de Edificios e Instalaciones

VºBº

Fdo.: Francisco Javier García García

Jefe del Departamento de Mantenimiento de Edificios e Instalaciones

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DEPARTAMENTO DE MANTENIMIENTO DE EDIFICIOS E INSTALACIONES

Fecha: 24 de mayo de 2021

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ANEXO I. RELACIÓN TECNICOS ADSCRITOS AL CONTRATO DEL EQUIPO

FUNCIÓN NOMBRE Y APELLIDOS TITULACIÓN

REGISTRO CSS COMUNIDAD

DE MADRID

EQUIPO TÉCNICO:

Coordinación de Seguridad y Salud Técnico 1

Coordinación de Seguridad y Salud Técnico 2

Coordinación de Seguridad y Salud Técnico 3

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Fecha: 24 de mayo de 2021

11 COMO COORDINADOR DE SEGURIDAD Y SALUD

NOMBRE: IDENTIFICACION DE LA Y SITUACIÓN AUTOR DEL ENCARGO FECHA FIN DE LA

OBRA IMPORTE P.E.M. SUPERFICIE

SUMA

Referencias

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