MUNICIPIO ESTIVELLA (VALENCIA)
PROMOTORES ESTIVELLA LES CONQUES PARK, S.L.
EQUIPO REDACTOR DEL ESTUDIO
DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA IMEDES
FECHA MAYO 2010
Estudio de Integración Paisajística para la modificación
de la Declaración de Interés Comunitario de una actividad de Camping en el término municipal
de Estivella (Valencia)
Documentación justificativa
PLAN DE PARTICIPACIÓN
ÍNDICE
1. INTRODUCCIÓN ...2
2. JUSTIFICACIÓN Y MARCO DE DESARROLLO ...4
3. OBJETIVOS DEL PLAN DE PARTICIPACIÓN PÚBLICA ...5
4. PÚBLICO INTERESADO ...5
5. PROGRAMACIÓN DE ACTIVIDADES...7
5.1. Fase I. Inicio del Plan. Puesta a disposición del público. Difusión. ...7
5.2. Fase II. Actividades de participación ...8
5.3. Fase III. Resultados ...8
5.4. Fase IV. Adaptación del Estudio de Integración Paisajística ...9
5.5. Fase V. Presentación del Estudio de Integración Paisajística ...9
5.6. Fase VI. Aprobación del Estudio de Integración Paisajística... 10
6. CRONOGRAMA DE LAS FASES DEL PLAN DE PARTICIPACIÓN PÚBLICA ... 11
7. EVALUACIÓN PERIÓDICA DEL PROCESO DE PARTICIPACIÓN... 13
8. RESUMEN Y EVALUACIÓN FINAL DEL PLAN DE PARTICIPACIÓN PÚBLICA ... 14
1. INTRODUCCIÓN
El presente documento establece las directrices para desarrollar el proceso de participación pública del Estudio de Integración Paisajística relativo a la Modificación de la Declaración de Interés Comunitario de una actividad de Camping en el término municipal de Estivella, (Valencia), en cumplimiento de la Ley 4/2004, de 30 de junio, de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje y del Decreto 120/2006, de 11 de agosto, por el cuál se aprueba el Reglamento de Paisaje de la Comunitat Valenciana (en adelante, RPCV).
El Reglamento del Paisaje establece en su artículo 48 punto 4 letra c), que las
Declaraciones de Interés Comunitario deberán ir acompañadas de un Estudio de Integración Paisajística. Este instrumento de paisaje, a su vez, y según se indica en el artículo 52 del Reglamento, deberá contener un Plan de Participación Pública.
El Plan de Participación Pública es el documento que define la estrategia de participación pública que debe acompañar todo Instrumento de paisaje y la desarrolla detalladamente para cada una de las fases del proceso de elaboración (artículo 14, RPCV).
De acuerdo con lo establecido en el artículo 13 del RPCV, los ciudadanos y público interesado podrán ejercer los siguientes derechos en relación con la participación pública en los instrumentos de paisaje:
1. Participar de manera efectiva y real en la valoración de los paisajes identificados en los instrumentos del paisaje a través de las metodologías específicas reguladas al respecto.
2. Acceder con antelación suficiente a la información relevante relativa a los referidos instrumentos de paisaje y a recibir información actualizada, veraz y comprensible incluso para un público no especializado.
3. Formular alegaciones y observaciones cuando estén aún abiertas todas las opciones y antes de que se adopte la decisión sobre los mencionados instrumentos de paisaje y a que aquellas sean tenidas debidamente en cuenta por la administración Pública correspondiente.
4. A que se haga público el resultado definitivo del procedimiento en el que ha participado y se informe de los motivos y consideraciones en los que se basa la decisión adoptada; así como a recibir una respuesta, escrita y motivada, sobre las alegaciones, sugerencias o recomendaciones que hubieran formulado.
En base a este marco normativo, este Plan de Participación Pública pretende informar al público interesado de su derecho a participar, y obtener información, además de valorar e identificar los posibles recursos paisajísticos del ámbito de estudio, entendiendo como Público Interesado el público afectado, o que puede verse afectado por procedimientos de toma de decisiones de las políticas en materia de paisaje o que tenga un interés en el lugar.
El contenido del presente documento viene regulado por el artículo 16 del RPCV, definiendo de forma esquemática los siguientes aspectos:
1. Fases de elaboración y aplicación del instrumento a que se refiere el Plan. 2. Objetivos del proceso de participación y programación de actividades y
trabajos.
3. Público interesado y afectado para cada uno de ellos y del papel que desempeñan en el proceso de planificación.
4. Metodología y actividades a realizar así como de los programas de trabajo para asegurar el intercambio de información y la consulta conforme el artículo siguiente.
5. Evaluación periódica del proceso de participación.
6. Resumen, actualizado periódicamente, de los resultados del Plan de Participación Pública que deberá ser comunicado al público a través de la página web.
2. JUSTIFICACIÓN Y MARCO DE DESARROLLO
El presente plan de participación pretende desplegar actuaciones de participación ciudadana, estableciendo mecanismos de relación entre el cuerpo técnico que redacta el documento, y el público interesado, el cuál podrá aportar observaciones, valoraciones y sugerencias respecto el paisaje afectado por la actuación.
El Plan de Participación pública, forma parte del procedimiento general para la tramitación del Estudio de Integración Paisajística que acompaña a la modificación de Declaración de Interés Comunitario de una actividad de campamento ubicada en el término municipal de Estivella (Valencia).
El procedimiento en el que se enmarca la tramitación del Plan de Participación Pública de los Estudios de Integración en el Paisaje es la siguiente:
1. Inicio de información pública del Plan de Participación 2. Inicio de las actividades de participación: cuestionarios 3. Análisis y síntesis de los resultados
4. Adaptación del Estudio de Integración Paisajística 5. Presentación del Estudio de Integración Paisajística
6. Aprobación del Estudio de Integración Paisajística para la tramitación de la ampliación de la Declaración de Interés Comunitario
3. OBJETIVOS DEL PLAN DE PARTICIPACIÓN PÚBLICA
El Plan de Participación Pública, conforme establece el artículo 15 del RPCV, tiene por objeto:
1. Hacer accesible la información relevante sobre el instrumento de paisaje a que se refiera el Plan de Participación.
2. Informar del derecho a participar y de la forma en que se puede ejercer este derecho.
3. Reconocer el derecho a formular observaciones y comentarios en aquellas fases iniciales del procedimiento en que estén abiertas todas las opciones. 4. Obtener información útil del público interesado.
5. Identificar los valores atribuidos al paisaje por los agentes sociales y las poblaciones mediante las metodologías reguladas.
6. Justificar la opción adoptada y la forma en que se ha desarrollado el trámite de participación.
4. PÚBLICO INTERESADO
El artículo 14.2 del Decreto 120/2006, de 11 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Paisaje de la Comunidad Valenciana, define quién es público interesado en los procedimientos de participación pública.
En este sentido, se establecen dos grandes grupos:
a) Grupos de interés: organismos y agencias públicas, autoridades locales, asociaciones no gubernamentales, grupos académicos y científicos. Tienen interés tanto local como regional y pueden contribuir en todas las escalas tanto a escala regional como un proyecto local.
b) Grupos del lugar: residentes locales, visitantes, grupos locales. Son individuos que viven y trabajan en un área en particular o la visitan y tiene un interés particular en esa zona.
Se recoge a continuación los distintos grupos y organismos propuestos como agentes implicados en el desarrollo del Plan de Participación Pública que acompaña al Estudio de Integración Paisajística del proyecto de ampliación de D.I.C. del camping en Estivella. En cualquier caso, la relación mencionada a continuación no tiene en ningún caso un carácter cerrado, sino que puede ser completada durante el propio proceso de participación:
Sector Colectivo Dirección
Asociación Cultural La Barsella Carreró de l’Albarda s/n Asociación Bouera de Estivella C/ Vicent Andrés Estellés, 5 Unión Musical de Estivella
Asociación Cultural Arrels de Estivella Sociedad de Columbicultura de Estivella C/ Ausiàs March, 6 Sociedad de Cazadores de Estivella Passatge L’Hostal Asociación de Jubilados y Pensionistas de Estivella C/ Saragossa, 11 Asociaciones Culturales, Deportivas, Vecinales
Asociación de Amas de Casa de Estivella
C/ Calvari, 29
Conservacionista Asociación L´Albardá S/N
Comunidad de Regantes de Estivella C/ Caballero Anadón, 12 Comunidad de Regantes de Beselga C/ Camí Reial, 44 – 9ª
Asociación de Regantes Pozo La Unión
C/ Del Pont, 20
Agrupación de Regantes Pozo Bobalar
C/ Camí Reial, 21 Económico
Asociación de regantes Pozo San Roque
5. PROGRAMACIÓN DE ACTIVIDADES
Para la consecución de los objetivos del plan de participación pública mencionados en el apartado 3 del presente documento, se establecen las siguientes etapas o fases:
5.1. Fase I. Inicio del Plan. Puesta a disposición del
público. Difusión.
En cumplimiento del artículo 17 del Decreto 120/2006, al inicio del proceso se definirá y pondrá a disposición del público interesado el Documento de Plan de Participación Pública, y se irán incorporando el resto de contenidos conforme se desarrolle. En este sentido, durante 30 días naturales se someterá a información pública el Documento de Plan de Participación Pública, en el que figurará el Público Interesado tal como lo define el artículo 14.2 a) y b) del Decreto 120/2006.
En base a lo anterior, la presente fase, incluirá las siguientes actividades:
1. ANUNCIO Y PUESTA A DISPOSICIÓN DEL PÚBLICO DEL DOCUMENTO DE PLAN DE PARTICIPACIÓN PÚBLICA. Para ello, el promotor deberá anunciar el inicio del Plan de Participación Pública, la puesta a disposición del público del documento del Plan, y las modalidades de participación que se habilitarán para su efecto, lugares para ejercerla, fechas, plazos, etc.
2. DIFUSIÓN Y COMUNICACIÓN. El promotor notificará mediante carta certificada el mismo contenido que el anuncio emitido al Público Interesado, y en especial a los grupos organizados, en los términos establecidos en el Artículo 14.2 a) y b) del Decreto 120/2006. Asimismo, realizará un bando a la población, informando sobre el inicio del proceso de participación ciudadana relativa al camping.
Los anuncios que se realicen, así como el bando, deberán indicar lo siguiente: - El inicio del plazo de información pública del Plan de Participación del camping de Estivella.
- Fecha en que finaliza el periodo de consulta y participación. - Lugares donde se puede consultar:
Ayuntamiento de Estivella Camping de Estivella
Nombre de la web del equipo redactor del Estudio de Integración Paisajística (www.participacion-publica.com), donde se podrá cumplimentar el cuestionario.
5.2. Fase II. Actividades de participación
La consulta de preferencias ciudadanas en relación al paisaje y a la integración visual de la actividad, se realizará mediante CUESTIONARIOS. Estos cuestionarios estarán disponibles:
De forma física, en el propio camping de Estivella que nos ocupa.
De forma digital, en una página web habilitada para tal fin:
www.participacion-publica.com, a través de la cuál se podrá cumplimentar el cuestionario de percepción visual, así como consultar el resto de documentos relativos al proceso de participación: Documento de Plan de Participación, informes de resultados, comunicados emitidos, breve introducción del Reglamento de Paisaje, etc.).
Estos CUESTIONARIOS, estará disponibles para su cumplimentación durante 20 días naturales, siendo su contenido el siguiente:
Objeto de la Declaración de Interés Comunitario
Metodología seguida en el estudio de integración paisajística
Propuesta de Unidades y Recursos Paisajísticos
Valoración de las Unidades y Recursos Paisajísticos
Identificación de objetivos de calidad paisajística
Información sobre otros aspectos de la participación
5.3. Fase III. Resultados
De acuerdo con el artículo 16 del Decreto 120/2006, se elaborará un resumen, actualizado periódicamente, de los resultados del Plan de participación Pública que deberá ser comunicado al público a través de la página web.
En este sentido, el promotor informará motivadamente las aportaciones, sugerencias y recomendaciones formuladas por los ciudadanos en el proceso de
participación pública para su posterior integración en el estudio de integración paisajística, dando cuenta de todo ello al Ayuntamiento de Estivella. Para ello, se elaborará un INFORME DE RESULTADOS, cuyo contenido mínimo, conforme establece el artículo 16.6 del RPCV, será el siguiente:
1. Información pública y consultas formuladas, sus resultados, las decisiones aportadas para la definición de los objetivos de calidad y consideración de los resultados de la participación en la toma de éstas.
2. Autoridades locales designadas como interlocutores así como representantes de las partes interesadas.
3. Puntos de contacto y procedimientos para obtener la documentación de base y la información requerida por las consultas públicas.
5.4. Fase IV. Adaptación del Estudio de Integración
Paisajística
El Informe de Resultados será incorporado como un Anexo al Estudio de Integración Paisajística. Los resultados de las consultas de preferencias ciudadanas serán incorporados en el propio estudio, en el apartado correspondiente a la Valoración del Paisaje, siendo el valor de cada Unidad de Paisaje y de cada Recurso Paisajístico el resultado de la media de las puntuaciones resultantes de la calidad otorgada técnicamente y de las preferencias del público, ponderada por el grado de su visibilidad desde los principales puntos de observación (Artículo 37, Decreto 120/2006).
Análogamente, las sugerencias y observaciones formuladas por el público interesado se tendrán en cuenta a la hora de articular las normas de integración paisajística, los objetivos de calidad paisajística, así como en la propuesta y el desarrollo de los Programas de Implementación del Estudio de Integración Paisajística.
5.5. Fase V. Presentación del Estudio de Integración
Paisajística
Se entregará al promotor, el Estudio de Integración Paisajística adaptado, junto a la memoria del Plan de Participación Pública. Igualmente se entregará informe motivado sobre las aportaciones, sugerencias y recomendaciones formuladas por los ciudadanos.
5.6. Fase VI. Aprobación del Estudio de Integración
Paisajística
Toda esta información, será trasladada a los servicios territoriales de urbanismo correspondientes, así como a la Conselleria de Medi Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, al Ayuntamiento de Estivella si así este lo solicita, para que se resuelva la ampliación de la Declaración de Interés Comunitario.
6.
CRONOGRAMA
DE
LAS
FASES
DEL
PLAN
DE
PARTICIPACIÓN PÚBLICA
A continuación se establece un cronograma en el que se indican las distintas etapas del proceso de participación, la forma de acceder a la documentación, incluyendo la descarga telemática, y los lugares y plazos en que se puede ejercer el derecho de la participación.
CRONOGRAMA DEL PLAN DE PARTICIPACIÓN PÚBLICA DEL EIP DE CAMPING DE ESTIVELLA
FASE ACTUACIÓN ACTIVIDAD CALENDARIO
I INICIO DEL PLAN. PUESTA A DISPOSICIÓN DEL PÚBLICO. DIFUSIÓN
Publicación en tablón de Edictos del Ayuntamiento Anuncio en el Camping de Estivella
Bando
Cartas a asociaciones
Día 0
II INICIO DE LAS ACTIVIDADES DE PARTICIPACIÓN
Puesta en marcha de los lugares habilitados para participar: www.participacion-ciudadana.com
Camping Estivella Ayuntamiento Estivella
Donde estará a disposición del Público Interesado: - Documento del PPP
- Cuestionarios de percepción visual
Día 1-20
Recopilación de los cuestionarios cumplimentados,
aportaciones, sugerencias y observaciones. Día 21 III ANÁLISIS Y SÍNTESIS DE LOS RESULTADOS
DEL PLAN DE PARTICIPACIÓN
Análisis, síntesis y emisión del Informe de Resultados A partir del día 28
IV ADAPTACIÓN DEL ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA
Integración del resultado de la participación pública al
Estudio de Integración Paisajística Día 40
V PRESENTACIÓN DEL EIP Entrega del Estudio de Integración Paisajística junto al Plan
de Participación Pública Día 45
VI APROBACIÓN DEL ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA
Aprobación del Estudio de Integración Paisajística por los
7.
EVALUACIÓN
PERIÓDICA
DEL
PROCESO
DE
PARTICIPACIÓN
Para asegurar una correcta comunicación de los resultados, tal cual se vayan obteniendo, se han definido dentro de la planificación las fases de información o consulta pública, necesarias para ir superando cada etapa del proceso así como las actividades de retorno de los resultados obtenidos a los participantes para retroalimentación continua.
Los mecanismos escogidos se canalizarán a través de la página web con carácter permanente, procediendo a la comunicación a la ciudadanía a través de los canales de participación que configuran los grupos de interés local y los propios mecanismos de difusión.
8. RESUMEN Y EVALUACIÓN FINAL DEL PLAN DE
PARTICIPACIÓN PÚBLICA
En cumplimiento con el artículo 16 del RPCV, debe evaluarse periódicamente el proceso de participación, además de poner a disposición del público, un resumen, actualizado periódicamente, de los resultados del Plan de Participación Pública.
En este sentido, la publicidad de dichos resultados se llevará a cabo en dos fases:
1. Se publicarán los resultados obtenidos tras la evaluación de los cuestionarios cumplimentados y las contestaciones a las consultas formuladas a partir de la primera semana tras la finalización de la fase de participación.
2. Una segunda y última en la que se harán públicas en la web las conclusiones elaboradas tras la evaluación final de los cuestionarios y las aportaciones, sugerencias o recomendaciones que se hayan recibido, dónde se informará sobre la decisión adoptada y cuales han sido los criterios que han motivado su elección.
3. Del mismo modo, se informará al público en general sobre las aportaciones recibidas durante el Plan de Participación Pública.
ANEXOS
ANEXO 1. Cuestionario de percepción visual
ANEXO 2. Documentación gráfica:
1. Plano de situación y emplazamiento E: 1:10.000
2. Plano de Unidades del Paisaje y localización Recursos Paisajísticos (propuesta inicial)