UNIVERSIDAD TÉCNICA DE AMBATO
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA Y CIENCIAS SOCIALES
CARRERA
DE DERECHOTEMA:
“LOS MÉTODOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS CON RELACIÓN AL MEJORAMIENTO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EN LA PARROQUIA AUGUSTO N. MARTINEZ DEL CANTÓN AMBATO PROVINCIA DE TUNGURAHUA EN EL PRIMER SEMESTRE DEL AÑO 2011”
Trabajo de Graduación previa a la obtención del Título de Abogado de los Juzgados y Tribunales de la República del Ecuador
AUTOR:
Alexander Israel Rivera Pérez
TUTOR:
Dr. Borman Vargas
Ambato- Ecuador 2012
II TEMA:
“LOS MÉTODOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS CON RELACIÓN AL MEJORAMIENTO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EN LA PARROQUIA AUGUSTO N. MARTINEZ DEL CANTÓN AMBATO PROVINCIA DE TUNGURAHUA EN EL PRIMER SEMESTRE DEL AÑO 2011”
III
APROBACIÓN DEL TUTOR
En calidad de Tutor del Trabajo de Investigación sobre el Tema: "LOS MÉTODOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS CON RELACIÓN AL MEJORAMIENTO DE LA "ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EN LA PARROQUIA AUGUSTO N. MARTINEZ DEL CANTON AMBATO PROVINCIA DE TUNGURAHUA EN EL PRIMER SEMESTRE. DEL AÑO 2011", de Egresado de la Facultad de Jurisprudencia y Ciencias Sociales de la Universidad Técnica de Ambato, considero que dicho trabajo de graduación reúne los requisitos y méritos suficientes para ser sometidos a Evaluación de Grado, que el H. Consejo Directivo de la Facultad designe, para su correspondiente estudio y calificación.
Ambato, 05 de Marzo 2012
………. Dr. Borman Vargas
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APROBACIÓN DEL TRIBUNAL DE GRADO
Los Miembros del Tribunal de Grado APRUEBAN en Trabajo de Investigación sobre el tema “LOS MÉTODOS ALTERNATIVOS DE
SOLUCIÓN DE CONFLICTOS CON RELACIÓN AL MEJORAMIENTO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EN LA PARROQUIA AUGUSTO N. MARTINEZ DEL CANTÓN AMBATO PROVINCIA DE TUNGURAHUA EN EL PRIMER SEMESTRE DEL AÑO 2011” presentado
por el Sr. Marcelo Alejandro Espín Haro, de conformidad con el Reglamento de Graduación para obtener el Titulo Terminal de Tercer Nivel de la Universidad Técnica de Ambato.
Ambato,………
Para constancia firma:
Presidente
V AUTORÍA
Los criterios emitidos en el trabajo de investigación "LOS MÉTODOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS CON RELACIÓN AL MEJORAMIENTO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EN LA PARROQUIA AUGUSTO N. MARTINEZ DEL CANTON AMBATO PROVINCIA DE TUNGURAHUA EN EL PRIMER SEMESTRE DEL AÑO 2011", como también los contenidos, ideas, análisis, conclusiones, y propuestas son de responsabilidad del autor.
Ambato, 05 de Marzo de 2012
EL AUTOR
………. Alexander Rivera Pérez
VI
DERECHO DE AUTOR
Autorizo a la Universidad Técnica de Ambato, para que haga de esta tesis o parte de ella un documento disponible para su cultura, consulta y procesos de investigación, según las normas de la Institución.
Cedo los Derechos en línea patrimoniales de mi tesis, con fines de difusión pública, además apruebo la reproducción de esta tesis, dentro de las regulaciones de la Universidad, siempre y cuando esta reproducción no suponga una ganancia económica y se realice respetando mis derechos de autor.
Ambato, 05 de Marzo de 2012
EL AUTOR
…………..……….. Alexander Rivera Pérez
VII
DEDICATORIA
A mis padres quienes han estado a mi lado dándome la fuerza y los consejos necesarios para salir adelante y enfrentar día a día los obstáculos puestos en mi camino, con mucho amor y -cariño les dedico todo mi esfuerzo y trabajo puesto para la realización de esta tesis.
VIII
AGRADECIMIENTO
En primer lugar a Dios por haberme guiado por el camino de la felicidad hasta ahora; en segundo lugar a cada uno de los que son parte de mi familia a mi PADRE Gustavo Rivera, mi MADRE Azucena Pérez, y a mi hijo; por siempre haberme dado su fuerza y apoyo incondicional que me han ayudado en todo. Por último a mis compañeros de tesis porque en esta armonía grupal lo hemos logrado y a mi director de tesis quién nos ayudó en todo momento, Dr. Borman Vargas
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ÍNDICE GENERAL
A. SECCION PRELIMINAR: Pág.
Portada……….……….……… Tema……….…….………..……….……. Aprobación del Tutor...………..………..………….……… Aprobación del Tribunal de Revisión y Calificación………..…….………..….…. Autoría………..……….……… Derechos de Autor………..… ………..….……… Dedicatoria……….………….………. Agradecimiento……….……….….…… Índice General………..……….………. Índice de Cuadros……….…………..………..……….……… Índice de Gráficos………..……… Resumen ejecutivo………... B. TEXTO INTRODUCCION……….………. i ii iii iv v vi vii viii ix xiv xvi xviii 1 CAPITULO I EL PROBLEMA
Planteamiento del problema……….……….………….…………. Contextualización Macro……….………..…..……….. Contextualización Meso……… Contextualización Micro………..………... Análisis Critico………..……… Prognosis………..……….. Formulación del problema………....……..…. Interrogantes de la Investigación………..……….……. Delimitación del Objeto de la Investigación……….……….… Justificación……….………...…. 3 3 5 7 11 12 13 13 13 14
X Objetivos………..……….………. General………...…………..……….. Especifico………..………. 16 16 16 CAPÍTULO II MARCO TEÓRICO Antecedentes Investigativos………... Fundamentación Filosófica…………..………..……….. Fundamentación Legal.…….………..……….………... Fundamentación Sociológica………..………... Constitución de la Republica………..………. Tratados y convenios internacionales………..……… Ley de mediación y arbitraje………..………….. Mediación………..……. Arbitraje………..………. Métodos alternativos y solución de conflictos……..…………...……… Concepto………..……… Tipos……….………... Efectos de cosa juzgada………..……….. Justicia indígena………..………. Características……….……… Ventajas……….………….. Desventajas……….………. Fundamentación legal………..…… Fundamento constitucional……….………..……….. Conflicto………..………. Administración de justicia por la vía de jurisdicción ordinaria…………..…...…….. Jurisdicción………..………. Principios básicos………... Limites……… Clasificación………... Momentos de la jurisdicción……….. 17 20 21 24 30 32 35 35 37 39 42 43 44 45 46 48 48 49 50 54 55 59 60 61 62 63
XI
Fases del conocimiento………..………. Fase de la decisión……… Fase de la ejecución……….. Proceso judicial………. Proceso adversario……….……… Casos civiles……….. Principios y garantías………..……… Partes procesales………..……… Legitimación………..……….. La postulación……… Mecanismos de representación………... Mecanismos de defensa técnica………..………. Pluralidad de las partes……….………….. Estructura del proceso……….……… El rol del estado en la administración de justicia………. Poder judicial en el Ecuador………..……… El consejo de la magistratura………..……… Administrativos……… Principios fundamentales de la administración de justicia……..……….. Independencia………..……….. Inamovilidad………..……… Responsabilidad……… Responsabilidad penal……….. Responsabilidad civil………..…… Publicidad………..………. Gratuidad………..……….. Justicia……….. Teorización sobre la justicia……….. Hipótesis……….……… Señalamiento de Variable……….. Variable Independiente……….. Variable Dependiente……….. 63 63 64 64 65 66 67 72 72 74 74 75 76 78 79 80 81 82 83 83 85 85 85 86 86 86 87 88 89 89 89 89
XII
CAPÍTULO III METODOLOGÍA
Enfoque de la investigación……….……….……. Modalidad Básica de la Investigación……….….. Nivel o Tipo de Investigación……….……… La Población y Muestra……….………...……... Operacionalización de Variables………...………….……...………… Técnicas e Instrumentos………..……… Plan de Procesamiento de la Información………...…….
90 90 91 92 98 100 102 CAPITULO IV MARCO ADMINISTRATIVO
Análisis e interpretación de los resultados……… Interpretación de datos de la encuesta……….……… Verificación de la hipótesis………..……… 105 105 136 CAPÍTULO V CONCLUSIONES Y RECOMENDASIONES Conclusiones……….……… Recomendaciones………..……….. 140 141 CAPÍTULO VI PROPUESTA Datos informativos………..………..………. Antecedentes de la propuesta………..………. Justificación……….………..……… Objetivos………..………. Análisis de factibilidad……….…..……… Fundamentación………..…..……….. Metodología………. Modo Operativo……… 142 143 144 144 145 146 150 152
XIII C. MATERIALES DE REFERENCIA Bibliografía……….………..……… Cuerpos Legales……… Linkografia………..……… Glosario……….. Anexos……….……… 154 155 156 157 159
XIV
ÍNDICE DE CUADROS
Pág.
Cuadro N.- 1 Agrupación por edades en base a aspectos de desarrollo
psicosocial………...
Cuadro N.- 2 Determinación del Tamaño de la Muestra………...………… Cuadro N.- 3 Determinación de la Representatividad del Sexo………. Cuadro N.- 4 Operacionalización de Variables V.I……… Cuadro N.- 5 Operacionalización de Variables V.D.…………..………...…………... Cuadro N.- 6 Plan de recolección de la información de la Investigación………. Cuadro N.7 Pregunta 1……….………..………... Cuadro N.8 Pregunta 2………..……….………..….… Cuadro N.9 Pregunta 3……….……… Cuadro N.10 Pregunta 4……….………...……… Cuadro N.11 Pregunta 5………... Cuadro N.12 Pregunta 6………..…….… Cuadro N.13 Pregunta 7………..……….……….…… Cuadro N.14 Pregunta 8………..……….……… Cuadro N.15 Pregunta 9………... Cuadro N.16 Pregunta 10……… Cuadro N.17 Pregunta 11………..……… Cuadro N.18 Pregunta 12.………..……… Cuadro N.19 Pregunta 13………..……… Cuadro N.20 Pregunta 14……….……… Cuadro N.21 Pregunta 15………..……… Cuadro N.22 Pregunta 16……… Cuadro N.23 Pregunta 17………..……… Cuadro N.24 Pregunta 18……….……… Cuadro N.25 Pregunta 19………..……… Cuadro N.26 Pregunta 20……….……… Cuadro N.27 Pregunta 21……….……… Cuadro N.28 Pregunta 22……….……… Cuadro N.29 Pregunta 23………..………… 95 96 97 98 99 102 105 107 108 109 110 111 112 113 114 115 116 117 118 119 120 121 122 123 124 125 126 127 128
XV Cuadro N.30 Pregunta 24………….……… Cuadro N.31 Pregunta 25.………..……… Cuadro N.32 Pregunta 26……….……… Cuadro N.33 Pregunta 27……….……… Cuadro N.34 Pregunta 28……….……… Cuadro N.35 Pregunta 29………..……… Cuadro N.36 Pregunta 30………..……… Cuadro N. 37 Frecuencia observada……….……… Cuadro N. 38 Frecuencia esperada………..………. Cuadro N. 39 Cálculo matemático……….……….. Cuadro N. 40 Modo operativo………..……… Cuadro N. 41 implementación de la propuesta……….………..
129 130 131 132 133 134 135 137 137 138 152 153
XVI
ÍNDICE DE GRÁFICOS
Pág.
Gráfico N.- 1 Árbol de Problemas………….……… Gráfico N.- 2 Categorías Fundamentales……….………. Gráfico N.- 3 Constelación de Ideas de la Variable Independiente……….……. Gráfico N.- 4 Constelación de Ideas de la Variable Dependiente…..………... Gráfico N.- 5 Pregunta 1……….……….. Gráfico N.- 6 Pregunta 2……….……….. Gráfico N.- 7 Pregunta 3………..……….. Gráfico N.- 8 Pregunta 4……….. Gráfico N.- 9 Pregunta 5……….……….. Gráfico N.- 10 Pregunta 6……… Gráfico N.- 11 Pregunta 7……….……… Gráfico N.- 12 Pregunta 8……… Gráfico N.- 13 Pregunta 9………..…... Gráfico N.- 14 Pregunta 10………..……….……….… Gráfico N.- 15 Pregunta 11……….………….………. Gráfico N.- 16 Pregunta 12………..………. Gráfico N.- 17 Pregunta 13………….………..……….….. Gráfico N.- 18 Pregunta 14……….. Gráfico N.- 19 Pregunta 15………. Gráfico N.- 20 Pregunta 16………. Gráfico N.- 21 Pregunta 17……….………. Gráfico N.- 22 Pregunta 18……….………. Gráfico N.- 23 Pregunta 19……….………. Gráfico N.- 24 Pregunta 20……….………. Gráfico N.- 25 Pregunta 21……….………. Gráfico N.- 26 Pregunta 22………. Gráfico N.- 27 Pregunta 23………….………. Gráfico N.- 28 Pregunta 24………..………. Gráfico N.- 29 Pregunta 25………..………. Gráfico N.- 30 Pregunta 26……….…. 10 27 28 29 105 107 108 109 110 111 112 113 114 115 116 117 118 119 120 121 122 123 124 125 126 127 128 129 130 131
XVII Gráfico N.- 31 Pregunta 27………..………. Gráfico N.- 32 Pregunta 28……….………. Gráfico N.- 33 Pregunta 29……….……… Gráfico N.- 34 Pregunta 30……… 132 133 134 135
XVIII
Resumen Ejecutivo
Resumen
La evolución de la sociedad ha determinado nuevos mecanismos para la solución de conflictos entre los individuos, este proceso ha tenido un fuerte impulso en el Ecuador, a partir que en el Art. 191, inciso 3, de la Constitución del Ecuador, otros procedimientos alternativos para la resolución de conflictos.
La investigación se centra en determinar el grado de desconocimiento de la población de la parroquia Augusto N. Martínez y como esta afecta a la Administración Justicia polla Vía Ordinaria.
Los resultados obtenidos, dan cuenta de que existe un grado alto de desconocimiento de los Métodos Alternativos de Solución de Conflictos, por lo tanto podemos establecer las debilidades del sistema judicial así como su solución.
A nivel mundial, la situación de crisis de la Administración de Justicia ha conducido a la búsqueda de medios alternativos a la intervención jurisdiccional en la solución de los conflictos entre los particulares
En la búsqueda de un mejor acceso a la justicia, se ha insistido en la necesidad de impulsar estas alternativas como soporte a los mecanismos jurisdiccionales, a los fines
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INTRODUCCIÓN
El presente trabajo investigativo tiene como tema: “Los métodos alternativos de solución de conflictos con relación al mejoramiento de la administración de Justicia en la Parroquia Augusto N. Martínez del Cantón Ambato Provincia de Tungurahua en el primer semestre del año 2011”
El Capitulo I, denominado: El Problema, contiene un análisis Macro, Meso y Micro que hace relación al origen de la problemática con un panorama Nacional, Provincial y Cantonal, respectivamente en la cual nos referiremos específicamente a los problemas dentro de la parroquia Augusto N. Martínez.
El Capítulo II denominado: MARCO TEORICO se fundamenta en una visión social y psicológica en la parroquia Augusto N. Martínez del problema donde expondremos sus antecedentes, las fundamentaciones en que se basa y sus categorías fundamentales.
El Capítulo III denominado METODOLOGIA: abordará el enfoque de la investigación el mismo que será critico-propositivo. La modalidad de la investigación será bibliográfica documental, de campo, de intervención social.
El Capítulo IV denominado: ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN de resultados se sustentará en el análisis e interpretación de los resultados estadísticos aplicados a las personas encuestadas en la parroquia Augusto N. Martínez
El Capítulo V denominado: CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES será el reflejo final de la investigación realizada en la parroquia Augusto N. Martínez con sus respectivas conclusiones y recomendaciones, las mismas que tendrán coherencia con los objetivos específicos como capacitar socializar y planificar a todos los habitantes de la parroquia Augusto N. Martínez.
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El Capítulo VI denominado PROPUESTA se encargará de la socialización capacitación de los habitantes de la parroquia Augusto N. Martínez sobre el significado y aplicación de la mediación y arbitraje
3 CAPÍTULO I
EL PROBLEMA
Planteamiento del problema
Contextualización Macro
La dinámica de los procesos de los métodos alternativos reforma y modernización de los sistemas de administración de justicia está en marcha, y sus urgencias y mayores desafíos tienen que ver con la capacidad del sistema para conocer, asumir y resolver las solicitudes y disputas ciudadanas. El perfeccionamiento y la consolidación de las democracias requieren de sociedades integradas y Estados de Derecho con instituciones legitimadas socialmente.
Los "sistemas de justicia" y los "planes de justicia" deben integrar y comprender en una sola y gran estrategia estos objetivos. Las modalidades de resolución de conflictos, las expresiones concretas para la des judicialización de los conflictos, las diferentes realidades de justicia local y comunitaria, etcétera, no son "alternativas" en el sentido de opuestas y contradictorias al sistema de justicia. Ellas pueden ser consideradas y promovidas como parte integrante del sistema y de los planes de justicia.
Las diferentes expresiones de este fenómeno conocido como Métodos Alternativos de solución de Conflictos se hacen cada vez más presentes en nuestros países. Ellos vienen siendo propuestos y promovidos, principalmente, por diferentes sectores de la sociedad civil.
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La consideración y valoración de los Métodos Alternativos de la solución de Conflictos, por parte de la institucionalidad gubernamental tanto del sector justicia como del sector educación, no ha sido suficiente. Su sustentabilidad y la participación y la satisfacción ciudadanas en los procesos democráticos requieren de una construcción social de la justicia, cada vez más cercana y accesible para las personas.
Pero, también han ocurrido a nivel general otros cambios evidentes, Se ha incrementado la utilización del sistema arbitral, tanto en nuestro país como en otros países, la mayoría de las legislaciones sobre arbitraje han sido actualizadas y cada vez se expande más el conocimiento de las ventajas del sistema. La jurisprudencia surgida de los tribunales de arbitraje o de las decisiones de las cortes de nuestro país, sobre acciones de nulidad del laudo, continúan enriqueciendo el tema.
En fin, no cabe duda que el arbitraje en el Ecuador se encuentra en pleno desarrollo y continua evolucionando positivamente, es así que el más importante de tales cambios es el mencionado por Roque J. Caivano en su obra el Arbitraje la Justicia Alternativa (página 23; año 2007) en el que dice: El más importante de los cambios que se presentó con relación a los Métodos Alternativos de Solución de Conflictos a nivel legislativo, fue la promulgación de la ley reformatoria a la ley de Arbitraje y Mediación publicada en el Registro Oficial 532 del 25 de febrero del 2005 y finalmente con fundamento en dicha ley reformatoria se promulgó la codificación de la Ley de Arbitraje y Mediación, publicada en el registro Oficial 417.
Desafortunadamente la justicia estatal se encuentra actualmente inmersa en una gran crisis que nadie puede negar, Varias son las causas de ella, entre las que podemos citar: Exceso de juicios, demora de resoluciones, costos del proceso, estos son los hechos que han originado desconfianza en la sociedad, pero sin embargo debemos apoyarnos en lo que dice nuestra carta magna el respecto de los métodos alternativos de la solución de conflictos ven sus artículos (97 y 189).
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Todas las organizaciones podrán desarrollar formas alternativas de mediación y solución de conflictos, en los casos que permita la ley; actuar por delegación de la autoridad competente, con asunción de la debida responsabilidad compartida con esta autoridad.
Las juezas y jueces de paz resolverán en equidad y tendrán competencia exclusiva y obligatoria para conocer aquellos conflictos individuales, comunitarios, vecinales y contravenciones, que sean sometidos a su jurisdicción, de conformidad con la ley.
Las juezas y jueces de paz utilizarán mecanismos de conciliación, diálogo, acuerdo amistoso y otros practicados por la comunidad para adoptar sus resoluciones, que garantizarán y respetarán los derechos reconocidos por la Constitución.
No será necesario el patrocinio de abogada o abogado.
Las juezas y jueces de paz deberán tener su domicilio permanente en el lugar donde ejerzan su competencia y contar con el respeto, consideración y apoyo de la comunidad.
Pese a estas indiscutibles ventajas que ofrecen los métodos alternativos de solución de conflictos, la sociedad se muestra todavía indiferente a aceptar el arbitraje como método alternativo de la solución de conflictos.
Meso
Tungurahua es una provincia que se encuentra situada en la Sierra de Ecuador. Tiene un gran atractivo cultural. Se llama así por encontrarse aquí el volcán del mismo nombre según la enciclopedia libre de internet www.wikipedia.com (16/07/2011 a las 11H00) dice:
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“La provincia de Tungurahua históricamente fue la zona de asentamiento de los panzaleos, el propio nombre Tungurahua tiene su origen en el idioma panzaleo, El 22 de julio de 1860 adquiere la categoría de provincia y el 21 de mayo de 1861 se crea como tal mediante decreto de la Convención Nacional, Ambato es su capital provincial.
Tiene una extensión de 3.334 km², se encuentra a 2.620 metros sobre el nivel del mar.”
Con el objetivo de ayudar a la ciudadanía a resolver sus conflictos sin la necesidad de llegar a juicios, a través de un asesoramiento adecuado y con una cultura de paz y justicia, se da paso al funcionamiento de Centros de Mediación en la Provincia de Tungurahua especialmente en su cabecera cantonal que es Ambato.
El Consejo Nacional de la Judicatura por medio de su Dirección Ejecutiva Mediante el oficio No 591-DE-CNJ-MJ-07 ( 11 de septiembre del 2007) es el que da a señalar todos los centros de mediación que existen en la Provincia con la finalidad de descongestionar la justicia ordinaria en el mismo que dice:
“Ambato ubicado en las calles Montalvo 03-31 y Rocafuerte, Ed. Las Cámaras, 2do. Piso., Centro De Mediación Y Arbitraje Conciliando, ubicado en la calles Castillo 6-18 y Av. Cevallos, 2do. Piso, Of. 102. Centro De Mediación De La Superintendencia De Compañías, ubicado en las callesAv. De las Américas 20-24 entre Cuba y Nicaragua. Centro De Mediación “María Alejandra”–Fundema, Dirección: Sucre 0952 y Pasaje Rodó, 2do piso alto, Ed. Sucre, mismos que se hallan inscritos en el Concejo Nacional de la Judicatura”
Los centros de mediación antes mencionados son una herramienta profesional de trabajo, sujeta a reglas, están integrados por profesionales de la ciudad en el área del derecho y algunos peritos que prestarán su atención en lo que respecta a la solución de conflictos educativos y sobretodo familiares.
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La intención de este centro es promover una cultura de paz y justicia a través de métodos alternativos de solución de conflictos los mismos que ofrecen soluciones en forma rápida, económica, eficaz y privada, el poder llegar a acuerdos satisfactorios ante la presencia de litigios mayúsculos o minúsculos, que aparecen dentro del ámbito del género humano, la solución de conflictos de la provincia de Tungurahua se ha convertido en un proceso equitativo y confidencial que evita la concurrencia de un litigio.
Bajo el nuevo paradigma de funcionamiento de los centros de arbitraje y mediación, es necesario que las responsabilidades de dichos centros estén completamente determinadas ya que las funciones que cumplen son importantísimas sobre todo si consideramos que su actuación tiende a resolver la conflictividad social, corregir la desintegración social y forma parte, aunque de forma temporal, de la administración de justicia, es decir existe de por medio el ejercicio de una función pública.
Los objetivos directos más expuestos entre los argumentos gubernamentales han sido la necesaria descongestión de los tribunales, la mayor celeridad en el conocimiento y resolución de las contiendas y el necesario mejoramiento del acceso a la justicia para las poblaciones.
Micro
Hablar de la mediación comunitaria es adentrarse en una experiencia que nos ha permitido encontrar opciones satisfactorias y eficaces para manejar los diversos conflictos que se suscitan en una determinada sociedad.
Al respecto, coincido con Albie Davis, pues creo que la mediación comunitaria se constituye en “el alma” del movimiento de la solución alternativa de disputas en el sentido que se preocupa por la comunidad y su organización y por el modo como las personas comunes y corrientes se relacionan con el sistema jurídico.
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La parroquia Augusto N Martínez según la página www.ame.gob.ec (8/08/2011 a las 10H00) diagnóstico territorial parroquia datos generales, datos históricos, diagnostico posicionamiento dice:
Augusto N Martínez se encuentra al Norte del Cantón Ambato a 4 Km de distancia desde el centro de la ciudad a una altura: 2700.00 m.s.n.m., con una superficie de 40,00 Km2, está conformada por cuatro comunidades que son: San José de Angahuana, Llatantoma, Calhua Chico, Calhua Grande; cuatro caseríos: Pucarumi, Pondoa, Samanga, y Laquigo Santa Marianita; y por nueve barrios: Moras pamba, San Vicente, La Florida, Vicentino, San Vicente Bajo, barrio Central, San José, San Luis, Las Palmas, Inapisi, sus límites son Norte: Provincia de Cotopaxi Sur: La parroquia Atocha Este: la parroquias: Cunchibamba, Unamuncho y Atahualpa Oeste: Parroquias: C. Fernández, S. Bartolomé En la parroquia encontramos dos quebradas secas: que son los limites parroquiales y a demás cuenta con acequias de gran caudal como la chacón Sevilla .
Para poder establecer la cantidad de habitantes el INEC nos ha proporcionado los siguientes datos; INEC (12/6/2001) dice: Existe una población de 5.918 personas de las cuales 5193 son alfabetos y analfabetos un total de 722 de los que 237 son hombres y 485 son mujeres.
Augusto N Martínez cuenta con autoridades Administrativas, Civiles, Deportivas, Religiosas, pero a pesar de ello no cuenta con un centro de Mediación y Arbitraje por lo que la única forma de resolver sus controversias sin intervención de la Justicia ordinaria es la Tenencia Política, pero debido a la gran cantidad de controversias los moradores de la parroquia tienen que acudir a la vía judicial para tratar de buscar una solución.
Según las autoridades antes mencionadas de la parroquia, como el Teniente Político, han manifestado que sería bueno la creación de un Centro de Mediación y Arbitraje para que esta parroquia al igual que muchas más, tengan pronta solución a sus conflictos y esta sea de una manera mucho más económica.
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Poniendo en consideración que este es un procedimiento garantizado en el artículo 190 de la Constitución de la República, ya que los problemas y conflictos son múltiples entre los cuales puedo mencionar los siguientes:
Problemas civiles como linderos amojonamientos y disputa de linderos Problemas por deudas y cobranzas
Intrafamiliares,
Problemas de destrucción a la propiedad privada Agresiones y lesiones físicas
La aplicación de los Métodos Alternativos de Solución de Conflictos se debe apegar a los principios fundamentales establecidos en nuestra Constitución Política de la República y en los tratados internacionales ratificados por nuestro país.
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Árbol del problema
Efectos
Problema
Causas
GRAFICA No1 Fuente: Investigador
Elaborado: por el investigado
Disputa de Tierras
Riñas y embargos entre los moradores
Daños Psicológicos para los menores
Pérdidas económicas
“LOS MÉTODOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS CON RELACIÓN AL MEJORAMIENTO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EN LA PARROQUIA AUGUSTO N. MARTINEZ DEL CANTÓN AMBATO PROVINCIA DE TUNGURAHUA EN EL PRIMER SEMESTRE DEL AÑO 2011”
Violencia Intrafamiliar
Problemas deudas y cobranzas
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Análisis Crítico
El desconocimiento de los métodos alternativos de solución de conflictos que incide en el congestionamiento de la administración de justicia por la vía de jurisdicción ordinaria en la parroquia Augusto N Martínez es debido a la falta de control de las autoridades, desconocimiento de los moradores y porque no decirlo por la inexistencia de un centro de mediación y arbitraje que ayude a la pronta solución de las controversias presentadas en la parroquia, evitando así los engorrosos trámites de un proceso llevado por la administración de justicia Ordinaria y los altos costos que el mismo produce.
En la parroquia Augusto N. Martínez podemos encontrar un sin número de problemas que se sucitan, los mismos que se desencadena en causas muchas veces fatales.
La violencia intrafamiliar es uno de los principales problemas que existe ya sea debido al exceso del consumo de alcohol o por la idiosincrasia de los moradores debido a su mal infundado machismo esto trae como consecuencia la desintegración familiar así como daño psicológico y físico tanto de los cónyuges como de los menores existentes en los hogares ya que estos son los más perjudicados y porque no decirlo el Divorcio, que según el Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual del Dr. Guillermo Cabanellas Tomo III 28 edición (pág. 291) dice:
“Divorcio es la ruptura del matrimonio valido, es ponerle fin a la convivencia y al nexo de consortes, es irse cada uno por su lado”.
La existencia de terrenos en la parroquia Augusto N. Martínez que muchas de las veces no se encuentra con sus escrituras correctamente legales son otra de las consecuencias ya que los presuntos dueños no saben el verdadero metraje de los mismos, y mueven constantemente los linderos perjudicando de esta manera a los dueños de los terrenos colindantes, trayendo como consecuencia disputas por las tierras que terminan con peleas y enemistades, para tener un mejor
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conocimiento de lo que son los linderos tomamos lo que nos dice el Dr. Guillermo Cabanellas en su Diccionario Jurídico de Derecho Usual (pág. 210 Edición 28 Tomo V) que dice:
Es la señal con la que se determina el área de un terreno su metraje y superficie.
Otro de los problemas más comunes por ser un sector rural es el robo de animales conocido como abigeato, produciendo así grandes pérdidas económicas de los moradores de la parroquia, por lo que muchas veces acuden a los préstamos de terceras personas, produciendo un gran problema al momento del cobro de estos dineros, Según el Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual del Dr. Guillermo Cabanellas Tomo I 28 edición (pág. 32) dice:
“Abigeato es hurto de ganado o bestias más conocido como cuatrerismo”.
Prognosis
Al no darse una pronta solución a las controversias sucitadas en esta Parroquia Augusto N. Martínez, todos los problemas que surgen aquí, serán tramitados por la Justicia Ordinaria creando congestión en la administración de Justicia por lo que los cabildos y la junta parroquial de Augusto N. Martínez deberían realizar capacitaciones sobre el significado de la mediación y arbitraje para evitar que exista congestionamiento en los juzgados y tribunales de Ambato y así los habitantes de la Parroquia Augusto N. Martínez asistan a los centros de mediación y arbitraje existentes en la provincia para solucionar sus conflictos y con ello dar paso a una de los principios de justicia que es la celeridad procesal.
Tomemos en cuenta que de no buscar una solución pronta al problema en el menor tiempo posible podría originar un sin número de circunstancias en muy corto plazo como pude ser:
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El incremento de los problemas ya mencionados y el malestar de los moradores así como la desconfianza en la Administración de Justicia, provocando que la parroquia Augusto N. Martínez se hunda más en las controversias judiciales e incrementando la incertidumbre entre los moradores de la parroquia.
Formulación del problema
¿Cómo incide el desconocimiento de los métodos alternativos de solución de conflictos en el congestionamiento de la administración de justicia por la vía de jurisdicción ordinaria en la provincia de Tungurahua, cantón Ambato, parroquia Augusto N Martínez en el período Julio - Diciembre 2011?
Interrogantes de la Investigación
1. ¿Existe desconocimiento de los métodos alternativos de la solución de
conflictos en la provincia Tungurahua, cantón Ambato, parroquia Augusto N. Martínez en el periodo julio - diciembre 2011?
2. ¿Se ha congestionado la administración de justicia en la provincia
Tungurahua, cantón Ambato, parroquia Augusto N. Martínez en el periodo julio - diciembre 2011?
3. ¿Qué alternativa de solución se da al problema planteado?
Delimitación del Objeto de la Investigación
CAMPO: Constitución de la República
AREA: Derecho
ASPECTO: Métodos Alternativos de Solución de Conflictos
Delimitación espacial: Provincia de Tungurahua, cantón Ambato, parroquia
14 Delimitación Temporal: Julio – diciembre 2011
Unidades de Observación
Teniente Político de la Parroquia Augusto N. Martínez. Junta Parroquial Martínez.
Juntas administradoras de agua de riego y potable. Liga deportiva parroquial Martínez.
directivas barriales y comunales del UNOCAN Instituciones educativas escuela Secundino Egüez Comité pro mejoras parroquial de Augusto N. Martínez Presidentes Barriales: Sr Juan Portero Sr. Vicente Reyes Moradores de la Parroquia Augusto N. Martínez.
Justificación
El tema que analizado es uno de los más interesantes y los de menos aplicación en la práctica jurídica con relación a la solución de controversias , al hacer un análisis con los entendidos en el derecho y los juzgados de paz de la parroquia antes mencionada se observa que su criterio y conocimiento para analizar y aplicar esta temática no se manifiestan de forma espontanea, o lo hacen esporádicamente sin base de conocimientos sobre la solución de conflictos sin la intervención de la justicia ordinaria lo hacen sin llegar a satisfacer cierto nivel requerido.
Es por eso lo novedoso de este tema que involucra a los profesionales del derecho y abre nuevos campos para una aplicación libre de controversia judicial creando una fuente de soluciones rápidas y de menor costo y tiempo, ayudando a que la ciudadanía se dé cuenta de las grandes ventajas que estos prestaría y porque no decirlo creando una nueva fuente de trabajo para los profesionales del derecho en la Parroquia Augusto N. Martínez.
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Entre estos métodos, medios y modalidades podemos identificar algunos de ellos para lo cual caracterizaremos los principales tales como la Conciliación, sistemas espontáneos o tradicionales, la Mediación y el Arbitraje.
Debemos tener en cuenta que a diferencia de nosotros en varios países del mundo se hace también comprensible este término a prácticas culturales o comunitarias (Pueblos Indígenas y Comunidades Campesinas), que llamamos "sistemas espontáneos o tradicionales" de resolución de conflictos. Según lo manifiesta la página http://iusfilosofico.blogspot.com (18/06/2011 14h00) la misma que nos manifiesta:
La mediación es un método alternativo de solución de conflictos por el cual las partes, asistidos por un mediador, procuran un acuerdo voluntario
La creación de los centros DE MEDIACION Y ARBITRAJE a más de ser una gran ayuda a la colectividad, son una fuente de estudio y trabajo para profesionales del derecho así como para los estudiantes de las diferentes universidades del país ya que se podría dar un espacio para la realización de pasantías en estos centros de mediación para que los futuros profesionales del derecho traten de buscar soluciones mucho más viables, rápidas y con ello ayudar a descongestionar la justicia.
Otro aspecto a ser destacado, a partir de la diversidad temática de los conflictos susceptibles de ser resueltos por los métodos de solución de conflictos, está dado por la importancia de formalizar lo informal.
Las experiencias de utilización de los Métodos alternativos de la solución de controversias van demostrando que los compromisos y acuerdos que surgen de estos métodos, en su mayoría simplificados en su formalidad, suelen alcanzar un mayor grado de cumplimiento cuando son reconocidos o incorporados en alguna instancia o procedimiento formal posterior.
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Esto se pone de manifiesto en los procesos de sistematización y evaluación de programas de Mediación en temáticas medio ambientales, de familia y escolares, a los que hemos tenido acceso, en donde los porcentajes de cumplimiento y ejecución de los acuerdos son definitivamente más importantes cuando ha habido una formalización del acuerdo que cuando no la ha habido.
Objetivos
General
Diagnosticar en qué medida el desconocimiento de los métodos alternativos de solución de conflictos incide en el congestionamiento de la administración de justicia por la vía de jurisdicción ordinaria en la provincia de Tungurahua, cantón Ambato , parroquia Augusto N. Martínez en el periodo julio - diciembre 2011
Específicos
1. Determinar si existe desconocimiento de los métodos alternativos de la
solución de conflictos en la provincia Tungurahua, cantón Ambato, parroquia Augusto N. Martínez en el periodo julio - diciembre 2011.
2. Analizar congestionamiento de la administración de justiciase en la
provincia Tungurahua, cantón Ambato, parroquia Augusto N. Martínez en el periodo julio - diciembre 2011.
3. Diseñar una propuesta que de solución a los conflictos sucitados en la
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CAPÍTULO II
MARCO TEÓRICO
Antecedentes de la investigación
Luego de realizar una investigación bibliográfica sobre el presente tema de investigación no se encontró una investigación previa realizada en la parroquia Augusto N. Martínez pero se encontraron las doctrinas que sirven como antecedentes investigativos que sirvieron de sustento a la investigación.
ARMENDARIZ, P. (2003) (INSTITUTO DE ALTOS ESTUDIOS NACIONALES-ECUADOR) “LOS PROCEDIMIENTOS DE MEDIACIÓN
YARBITRAJE COMO ALTERNATIVAS DESOLUCIÓN DE
CONFLICTOS”
El objetivo de esta investigación fue difundir el uso de técnicas alternativas de solución de conflictos, la misma que fue aplicada a través de organizaciones públicas y privadas.
El tipo de investigación que utilice en su estudio fue la investigación de campo, ya que su estudio lo realice en el lugar de los hechos, también utilice una investigación documental bibliográfica para obtener datos que le ayudaron en su.
Estudio, los niveles de investigación que utilice fueron el descriptivo y el exploratorio.
De lo analizado se concluye que si bien todos los sistemas y procesos legales tienen bondades y falencias en su aplicación.
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Existen varios elementos que influyen negativamente en estos, como: vacíos legales, falta de eficacia de la administración de justicia, injerencia política en la función judicial; lo que sumado a un inadecuado nivel de académico de la ciudadanía, da como resultado que antes que la creación de nuevas leyes, lo que se debe atacar son dichos elementos, pues caso contrario el fin para el que fueron creados la mediación y el arbitraje, resultan deformados e inútiles.
ORTIZ, F. (2007) (UNIVERSIDAD ANDINA SIMON BOLIVAR SEDE ECUADOR) “PROPUESTA PARA MEJORAR LOS SISTEMAS DEMEDIACIÓN Y CONCILIACIÓN EN LOS BARRIOSPOPULARES DE ECUADOR Y PERU”
El objetivo de esta investigación fue describir, analizar y proyectar la realidad del funcionamiento del Sistema de Mediación en el Ecuador y de Conciliación en el Perú.
El tipo de investigación que utilice en su estudio fue la investigación de campo, ya que su estudio lo realice en el lugar de los hechos, también utilice una investigación documental bibliográfica para obtener datos que le ayudaron en su estudio, los niveles de investigación que utilice fueron el descriptivo y el exploratorio.
La conclusión a la que se llegue en esta investigación fue que existe la necesidad de concientizar a todos los segmentos poblacionales de los barrios populares, sectores gubernamentales y empresariales que los niveles de vida en esas zonas pueden mejorar si se impulsan modelos populares de mediación y Conciliación eficientes que ahorren recursos millonarios que ahorrase destinan inútilmente a intentar resolver los conflictos solo por la vía judicial.
PERALTA, T. (2009) (UNIVERSIDAD TÉCNICA PARTICULAR DE LOJA) “LA MEDIACIÓN COMUNITARIA COMO MEDIO
ALTERNATIVO DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS EN LA
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El objetivo de esta investigación es proponer un modelo alternativo que permita la solución de conflictos comunitarios.
El tipo de investigación que utilice en su estudio fue la investigación de campo, ya que su estudio lo realice en el lugar de los hechos, también utilice una investigación documental bibliográfica para obtener datos que le ayudaron en su estudio, los niveles de investigación que utilice fueron el descriptivo y el exploratorio.
Al terminar la investigación concluyó que la Mediación, en resumen, ayuda a la construcción social favoreciendo la creación de espacios de gestión de conflictos y estimulando las actitudes cooperativas de los actores sociales a través del ejercicio de competencias que facilitan y fomentan la participación responsable de los ciudadanos y la toma de decisiones públicas consensuadas sobre las cuestiones que se plantean en acceso y el uso de los derechos sociales en concreto y en la vida en comunidad en general.
POVEDA, G. (2006) (UNIVERSIDAD ANDINA SIMON BOLIVAR SEDE ECUADOR) “MEDIOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS EN ECUADOR: LA MEDIACIÓN”
El propósito de esta Tesis, es establecer el sustento legal de la Mediación como mecanismo alternativo en la solución de conflictos; así como la vinculación que tiene con las otras normas legales del país, con el objetivo final de conocer modificaciones importantes que se requiere para impulsar su debida utilización.
El tipo de investigación que utilice en su estudio fue la investigación de campo, ya que su estudio lo realice en el lugar de los hechos, también utilice una investigación documental bibliográfica para obtener datos que le ayudaron en su estudio, los niveles de investigación que utilice fueron el descriptivo y el exploratorio.
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Al terminar la investigación se concluyó que con la utilización de los Métodos Alternos de Resolución de Conflictos, como la Mediación se pretende formar una cultura de paz en nuestra sociedad en donde los acuerdos se den a través del diálogo directo entre las partes en conflicto sobre una materia transigible.
Fundamentación
Filosófica
La investigación en el congestionamiento de la administración de justicia nos ha llevado a la recolección de información ya sea de datos estadísticos históricos y de campo a los cuales se ha aplicado el método constructivista social, en la cual ponemos nuestros conocimientos adquiridos a los largo de la investigación y los analizamos conjuntamente con la construcción de la realidad y de las leyes de nuestro País para la solución de conflictos.
La existencia de los problemas sociales en Augusto N, Martínez que existen entre vecinos o moradores de una misma parroquia, se refiere en general a las personas en todos sus aspectos, ya que se debe tener en cuenta que los problemas no son un producto del ambiente, ni el resultado de las disposiciones internas de un determinado grupo de personas, sino una construcción propia que se va produciendo día a día como resultado de la interacción entre personas y de los factores por los cuales están rodeados.
Las personas no tienen problemas y nunca los tuvieron, pero en el medio donde se desenvuelven existen problemas y las personas lo único que hicieron fue adherirse a ellos como un método de construcción propia del desarrollo de la vida en sociedad. De la misma manera como se crearon los problemas, a consecuencia de la construcción de las personas al adherirse al medio donde se desarrollan, porque no buscar la manera de construir los métodos para solucionar aquellos problemas.
21 Legal
Constitución De La República Del Ecuador
El Art.97 de la Constitución establece que “Todas las organizaciones podrán desarrollar formas alternativas de mediación y solución de conflictos, en los casos que permita la ley”.
En cualquier sector del Ecuador se podrá crear formas alternativas para que exista mediación y solución de conflictos
Por su parte el Art. 189 en la sección séptima que trata sobre los Jueces de Paz, establece que: Las juezas y jueces de paz resolverán en equidad y tendrán competencia exclusiva y obligatoria para conocer aquellos conflictos individuales, comunitarios, vecinales y contravenciones, que sean sometidos a su jurisdicción, de conformidad con la ley. En ningún caso podrá disponer la privación de la libertad ni prevalecerá sobre la justicia indígena.
Todos los jueces de paz deberán resolver con imparcialidad y solo ellos tienen competencia para conocer todo tipo de conflictos que se puede llegar en una mediación.
Las juezas y jueces de paz utilizarán mecanismos de conciliación, diálogo, acuerdo amistoso y otros practicados por la comunidad para adoptar sus resoluciones, que garantizarán y respetarán los derechos reconocidos por la Constitución. No será necesario el patrocinio de abogada o abogado. Las juezas y jueces de paz deberán tener su domicilio permanente en el lugar donde ejerzan su competencia y contar con el respeto, consideración y apoyo de la comunidad. Serán elegidos por su comunidad, mediante un proceso cuya responsabilidad corresponde al Consejo de la Judicatura y permanecerán en funciones hasta que la propia comunidad decida su remoción, de acuerdo con la ley.
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Al igual que muchos otros artículos de la Constitución, este nos parece un poco confuso porque al principio del artículo establece que los jueces de paz resolverán en equidad y posteriormente se establece que tienen que obligatoriamente utilizar métodos alternativos. Dos instituciones jurídicas diferentes. Es decir si se emplean mecanismos de diálogo y si a través de este método se llega a un acuerdo amistoso, entonces, ya no cabe resolución del juez, entonces habrá desaparecido el litigio o controversia que fue llamado a resolver. La resolución del juez de paz (resolución en equidad) deberá producirse cuando, pese al uso de los métodos alternativos de solución de conflictos, no se obtiene el avenimiento de las partes, porque caso contrario ha desaparecido el conflicto y no cabría resolución alguna.
Al analizar el inciso segundo del Art. 189 los jueces de paz están obligados a utilizar mecanismos de conciliación, diálogo, acuerdo amistoso, etc., como medio para adoptar sus resoluciones. Comúnmente entre los métodos alternativos de solución de conflictos tenemos el diálogo, la negociación, la conciliación, la mediación y el arbitraje, estos son considerados como métodos independientes pero al mismo tiempo complementarios. Nuestra Ley de Arbitraje y Mediación establece a la conciliación y a la mediación como sinónimos, y se emplean estos dos vocablos indistintamente. Sin embargo, hay que entenderlos por separado porque así lo presenta la Constitución.
Del mismo modo nuestra Constitución en su Art. 190 establece en forma particularizada los medios alternativos de solución de conflictos, al decir que
Se reconoce el arbitraje, la mediación y otros procedimientos alternativos para la solución de conflictos. Estos procedimientos se aplicarán con sujeción a la ley, en materias en las que por su naturaleza se pueda transigir.
En la contratación pública procederá el arbitraje en derecho, previo pronunciamiento favorable de la Procuraduría General del Estado, conforme a las condiciones establecidas en la ley.
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Dado que este artículo nos remite a la Ley tendremos que hacer el análisis respectivo que consta en dicho cuerpo legal.
Justicia indígena
Art. 171.- Las autoridades de las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas ejercerán funciones jurisdiccionales, con base en sus tradiciones ancestrales y su derecho propio, dentro de su ámbito territorial, con garantía de participación y decisión de las mujeres. Las autoridades aplicarán normas y procedimientos propios para la solución de sus conflictos internos, y que no sean contrarios a la Constitución y a los derechos humanos reconocidos en instrumentos internacionales. El Estado garantizará que las decisiones de la jurisdicción indígena sean respetadas por las instituciones y autoridades públicas. Dichas decisiones estarán sujetas al control de constitucionalidad. La ley establecerá los mecanismos de coordinación y cooperación entre la jurisdicción indígena y la jurisdicción ordinaria.
LEY DE ARBITRAJE Y MEDIACIÓN
Art. 1.- El sistema arbitral es un mecanismo alternativo de solución de conflictos al cual las partes pueden someter de mutuo acuerdo, las controversias susceptibles de transacción, existentes o futuras para que sean resueltas por los tribunales de arbitraje administrado o por árbitros independientes que se conformaren para conocer dichas controversias.
Art. 2.- El Arbitraje es administrado cuando se desarrolla con sujeción a esta Ley y a las normas y procedimientos expedidos por un Centro de Arbitraje, y es independiente cuando se realiza conforme a lo que las partes pacten, con arreglo a esta Ley.
Todo acuerdo a que lleguen las partes deberán ser respetadas según las normas y procedimientos establecidos.
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Art. 4.- Podrán someterse al arbitraje regulado en esta Ley las personas naturales o jurídicas que tengan capacidad para transigir, cumpliendo con los requisitos que establece la misma.
Todas las personas que tengan capacidad legal podrán someterse a esta ley siempre y cuando se cumplan con los requisitos establecidos.
La Ley de Arbitraje y Mediación establece que la mediación en sí misma es un método alternativo de solución de controversias o conflictos, y podemos emplearla en toda oportunidad en que se abra la posibilidad de hacerlo.
Pero la confusión que manifestamos anteriormente radica en que ¿Cómo se pueden desarrollar formas alternativas de mediación? y, ¿Para qué? ¿Con qué objeto? ¿Cuándo? ¿En qué circunstancias?
Debemos saber que la mediación es el más importante método de solución alternativa de controversias o conflictos. Es un método judicial alternativo, esto es, no sujeto ni sometido a la justicia ordinaria, o a la Función Judicial.
Art. 43.- La mediación es un procedimiento de solución de conflictos por el cual las partes, asistidas por un tercero neutral llamado mediador, procuran un acuerdo voluntario,
Sociológica
Los problemas que se dan en la parroquia Augusto N. Martínez vecinales no son un hecho social cualquiera, la función de la los métodos alternativos de la solución de conflictos es la integración de cada persona en la sociedad, así como el desarrollo de sus potencialidades individuales la convierte en un hecho social central con la suficiente identidad e idiosincrasia como para constituir el objeto de una reflexión sociológica específica.
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El devenir histórico del proceso de formación de los problemas y la falta de soluciones alejadas de la administración de justicia por la vía de jurisdicción ordinaria por la falta de centros especializados en mediación y arbitraje que nos den celeridad procesal, en otros países se ha caracterizado por revelar el quehacer del profesional del derecho en su vinculación a las exigencias sociopolíticas de cada época.
En estos países se han definido con claridad los fines y objetivos de la Solución de conflictos por medio de métodos alternativos y se ha identificado la función que esto juega para con la sociedad.
Los cambios científicos tecnológicos determinan que los centros de educación superior transformen sus misiones y objetivos para poder cumplir responsablemente con la preparación, recalificación y formación continua de los recursos humanos que exige la reestructuración económica de cada país.
Por tanto la formación profesional debe lograr una preparación para la investigación, el desarrollo, la aplicación y la transferencia de tecnologías adecuadas a los contextos, lo que implica una formación que responda a la magnitud de los cambios y transformaciones y permita un rápido accionar con criterio propio.
Por todos los cambios ocurridos en la sociedad se hace necesario reestructurar el trabajo metodológico en la Universidad, decir que el trabajo metodológico debe partir de una necesidad o problema siendo en este caso su punto de partida.
Así se supone que es necesario establecer a partir de las necesidades actuales y perspectivas de la misión de la Universidad las bases del proceso de formación de los profesionales a través de la enseñanza del derecho y de los métodos alternativos de la solución de conflictos.
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El objetivo del Trabajo metodológico es optimizar el proceso del profesional del derecho en la universidad para lograr eficiencia, efectividad y eficacia en el proceso de resolución de conflictos por medio de métodos alternativos de solución de conflictos.
Las condiciones y formas de actividad que asume el cumplimiento de las funciones del entendido en derecho exige del enfoque interdisciplinario que tiene la labor de servir a la ciudadanía , dada la complejidad de los problemas que se asumen actualmente y que reclaman una actividad científico colectiva, donde cada sujeto socializa sus conocimientos, busca en niveles superiores la efectividad social en la toma de decisiones para ofrecer la respuesta más efectiva a cada situación, en una aplicación cada vez más consciente y rigurosa de los métodos alternativos de solución de conflictos , lo que conduce a la construcción y enriquecimiento de la teoría del derecho y de una ética que se caracteriza por poseer los valores y cualidades morales que han sido cultivados .
27 Constitución de La Republica Tratados y Convenios Internacionales República Ley de Mediación y Arbitraje Desconocimient o de los métodos alternativos de solución de conflictos Categorías Fundamentales Incide Grafico N.- 2 Fuente: Grafico 1 Elaboración: Investigador
Variable independiente. Variable dependiente
Código Orgánico de la Función Judicial Poder Judicial Jurisdicción Ordinaria Congestionamie nto de la administración de justicia por la vía de jurisdicción ordinaria
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Constelación de Ideas de la Variable Independiente
Grafico N.- 3 Fuente: Grafico 2 Elaboración: Investigador Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos Qué es el conflicto Modos de Resolución Caracterí sticas Tipos Conciliación Tipos Concepto Mediación Arbitraje Conflicto Métodos alternativos Características Ventajas Desventajas Marco Legal Justicia Indígena Fundamento Constitucional Fundamento Legal Los MASC y el acceso a la justicia
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Constelación de Ideas de la Variable Dependiente
Grafico N.- 4 Fuente: Grafico 2 Elaboración: Investigador Principios básicos Limites Clasificación Jurisdicción Concepto Teoría de la justicia Justicia Administración de Justicia por la vía
de Jurisdicción Ordinaria Principios y Garantías Partes Procesales Estructura del Proceso El Proceso Judicial Poder Judicial en el Ecuador
El rol del estado en la administración de justicia Ventajas y Desventajas La actividad jurisdiccional del Estado Principios de la Adm. de justicia
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CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA
Puesto que este artículo refiere a la mediación en el ámbito de la administración pública, se explicará el principio de legalidad, para luego citar los fundamentos legales que sustentan el procedimiento de mediación en el ordenamiento jurídico ecuatoriano.
El funcionamiento de la Administración Pública no obedece a pautas discrecionales de actuación de los funcionarios que la integran, sino que enmarca su actividad dentro del respeto al principio de legalidad. En otras palabras, la Administración Pública debe actuar siempre en el marco de las competencias y atribuciones que le han sido asignadas por la ley.
Ninguna de sus actividades, puede justificarse en su propia autoridad, pues solo la ley puede otorgar a los entes administrativos sus facultades de actuación. Si la administración no tiene previamente una autorización legal para actuar, simplemente no puede hacerlo. (La Defensoría del Pueblo: Retos y Posibilidades, 1998).
Históricamente, el sistema procesal ecuatoriano, por norma general, contempló, como fórmula para concluir un litigio, una instancia denominada “audiencia de conciliación”.
No obstante, ésta se ha depreciado, convirtiéndose en mero trámite al que concurren los abogados para ratificar y ventilar los fundamentos de hecho y de derecho contenidos en la demanda y su contestación, ante un funcionario del juzgado. La práctica judicial y la tendencia a la confrontación ha malbaratado un valioso recurso para resolver, por mejor vía, el conflicto.
En el mundo actual, el Ecuador se inscribe dentro de los mecanismos alternativos para resolver conflictos y la vieja conciliación judicial se remoza en la figura de la mediación como institución jurídica autónoma e independiente.
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La Carta Política de 1998 contempla ya la “transacción” en materia laboral: “Será válida la transacción en materia laboral, siempre que no implique renuncia de derechos y se celebre ante autoridad competente”.
El artículo. 118, inciso 3 de la Constitución codificada en 1997 señala:” Se reconoce el sistema arbitral, la negociación y otros procedimientos alternativos para la solución de las controversias”;y el artículo 191 inciso 3, de la actual Carta Política, consagra definitivamente como principio constitucional, los procedimientos alternativos para la resolución de conflictos: “Se reconocerán el arbitraje, la mediación y otros procedimientos alternativos para la resolución de conflictos, con sujeción a la ley”.
Este mecanismo está permitido por la nueva Constitución del Ecuador del año 2008 y se complementa con la Ley de Arbitraje y Mediación promulgada en el año 1997 que ha tenido algunas reformas para reforzar el Arbitraje en el Ecuador.
Los Centros de Mediación y Arbitraje en el Ecuador se han especializado y actualmente cuentan con personalidades del derecho y de la sociedad civil que conforman las listas de Árbitros y Mediadores tanto en Derecho como en Equidad.
Art. 1.- El sistema arbitral es un mecanismo alternativo de solución de conflictos al cual las partes pueden someter de mutuo acuerdo, las controversias susceptibles de transacción, existentes o futuras para que sean resueltas por los tribunales de arbitraje administrado o por árbitros independientes que se conformaren para conocer dichas controversias.
Art. 2.- El Arbitraje es administrado cuando se desarrolla con sujeción a esta Ley y a las normas y procedimientos expedidos por un Centro de Arbitraje, y es independiente cuando se realiza conforme a lo que las partes pacten, con arreglo a esta Ley.
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Art. 3.- Las partes indicarán si los árbitros deben decidir en equidad o en derecho, a falta de convenio, el fallo será en equidad. Si el laudo debe expedirse fundado en la equidad, los árbitros actuarán conforme a su leal saber y entender y atendiendo a los principios de la sana crítica. En este caso, los árbitros no tienen que ser necesariamente abogados. Si el laudo debe expedirse fundado en derecho, los árbitros deberán atenerse a la ley, a los principios universales del derecho, a la jurisprudencia y a la doctrina. En este caso, los árbitros deberán ser abogados.
Art. 4.- Podrán someterse al arbitraje regulado en esta Ley las personas naturales o jurídicas que tengan capacidad para transigir, cumpliendo con los requisitos que establece la misma .Para que las diferentes entidades que conforman el sector público puedan someterse al arbitraje, además de cumplir con los requisitos que establece esta Ley, tendrán que cumplir los siguientes requisitos adicionales.
TRATADOS Y CONVENIOS INTERNACIONALES
Un tratado internacional es un acuerdo escrito entre ciertos sujetos de Derecho internacional y que se encuentra regido por este, que puede constar de uno o varios instrumentos jurídicos conexos, y siendo indiferente su denominación.
Como acuerdo implica siempre que sean, como mínimo, dos personas jurídicas internacionales quienes concluyan un tratado internacional. Por ejemplo los gobernantes de cada país se reúnen para ponerse de acuerdo con sus límites de países para no tener problemas con sus territorios.
Lo más común es que tales acuerdos se realicen entre Estados, aunque pueden celebrarse entre Estados y organizaciones internacionales. Los primeros están regulados por la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1969; los segundos, por la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados celebrados entre Estados y Organizaciones Internacionales de 1986.
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Los acuerdos entre empresas públicas de un Estado y Estados no son tratados internacionales. La Corte Internacional de Justicia tuvo la oportunidad de pronunciarse acerca de esta cuestión en el caso "Anglo-IranianOil" (1952). Irán había firmado un acuerdo con la empresa "Anglo-IranianOil" para la explotación de los recursos petrolíferos. Este acuerdo tenía dos caras: era un acuerdo de concesión y al mismo tiempo tenía la naturaleza de un Tratado entre Irán y el Reino Unido. Esta tesis no fue aceptada por la Corte Internacional de Justicia porque los Tratados internacionales solo pueden tener lugar entre estados y porque los acuerdos con empresas se rigen por las normas del Derecho internacional privado.
Los Tratados internacionales deben realizarse por escrito aunque pueden ser verbales. En este último caso no se regirían por la Convención de Viena de 1969.Su denominación es indiferente pues, si se dan las condiciones anteriores, nos encontramos ante un Tratado internacional independientemente del nombre que reciba.
Según la materia, pueden ser: Tratados comerciales, políticos, culturales, humanitarios, sobre derechos humanos, o de otra índole.
Según el tipo de obligaciones creadas diferenciamos entre: Tratados-ley y Tratados-contrato. Los primeros establecen normas de aplicación general que jurídicamente se encuentran en un pedestal superior a las leyes internas de los países firmantes, los segundos suponen un intercambio de prestaciones entre partes contratantes.
Esta distinción está bastante superada pues ambas particularidades se funden.
Por la índole de los sujetos participantes, distinguimos: Tratados entre Estados, entre Estados y Organizaciones internacionales, y entre Organizaciones internacionales.
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Por su duración: se diferencian entre Tratados de duración determinada y Tratados de duración indeterminada.
Según la posibilidad de hacerse parte sin haber tomado parte en su negociación: Tratados abiertos y cerrados. Estos últimos no admiten nuevos miembros, por lo que su admisión implica la celebración de un nuevo tratado.
Por su forma de conclusión, podemos encontrar: Tratados concluidos de forma solemne y Tratados concluidos de forma simplificada que luego son enviados por el poder ejecutivo al poder legislativo para opinión y aceptación. Así entonces las naciones intercambian ideas y objetivos comunes de interés para ambos.
Cuando hablamos de partidos se alude al género, no obstante, estos instrumentos internacionales a lo largo de la historia han adoptado y siguen adoptando en la práctica diversas denominaciones particulares, sin dejar por ello de responder a su naturaleza de Tratado Internacional. Es decir, esos nombres particulares no tienen implicaciones jurídicas, ni afectan su calidad, siempre y cuando se cumplan con los requisitos generales de los Tratados.
Un Tratado en particular puede denominarse: Acuerdo, Convención, Convenio, Carta (normalmente se usa para designar a los tratados constitutivos de organizaciones internacionales), Estatuto, Compromiso, Concordato (el que regula las relaciones del Estado y la Iglesia), Protocolo (complementario de un tratado anterior), etc.
Es un escrito celebrado entre Estados con un grado de formalidad menor al de un tratado. Normalmente, un convenio es acordado en aspectos Económicos y Comerciales entre los estados. Los convenios pueden estar dados entre dos Estados, denominado un Convenio Bilateral, normalmente celebrado para brindar facilidades en materias Comerciales.