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Página 1 de 5 Área de Agua. Ecologistas en Acción, "Algunos aspectos a tener en cuenta en los esquemas de temas importantes y planes hidrológicos", Ecologistas en Acción, Madrid, España, octubre de 2010.

Consultado en:

http://www.ecologistasenaccion.org/article18899.html Fecha de consulta: 07/01/2014.

El área de Agua de Ecologistas en Acción ha elaborado el siguiente documento que se refiere a los aspectos que Ecologistas debe tener en cuenta y exigir que se incluyan, tanto en los esquemas de temas importantes (ETIs), como en los planes hidrológicos (PHs). Representa una guía a la hora de estudiar los ETIs y PHs y poder valorarlos desde el punto de vista medioambiental. También deberá tenerse en cuenta a la hora de fijar posiciones y realizar las correspondientes alegaciones

El trabajo realizado tiene especial interés ahora que van a presentarse de nuevo los ETIs en los próximos días por parte de las diferentes confederaciones con la intención de aprobarlos próximamente:

Algunos aspectos a tener en cuenta en los esquemas de temas importantes (ETIS) y planes hidrológicos (PHS)

Límites de las demarcaciones

La experiencia está demostrando que el anuncio simultáneo de la posible modificación de los límites de una demarcación, y la elaboración del plan hidrológico, lleva a las diferentes administraciones a presionar sobre el diseño de la delimitación, al margen de criterios técnico-ambientales, para que sea de la forma que más les conviene para alcanzar determinadas cuotas de poder en aquellas cuencas que más les interesa, y poder incrementar su influencia sobre la elaboración del documento de planificación. Como consecuencia de ello, ambos procesos se paralizan y empantanan, con el consiguiente perjuicio, tanto para el medio ambiente como para el conjunto de los ciudadanos.

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Página 2 de 5 Por ello, consideramos que tanto los ETIs como los PHs deberían realizarse sobre la delimitación actual de las demarcaciones, no debiendo modificarse las mismas hasta la aprobación definitiva de los documentos. Una vez aprobados definitivamente, se podrá proceder, sin presiones políticas de ningún tipo, a modificar los límites de las demarcaciones, considerando exclusivamente criterios técnicos y medioambientales, y tener en cuenta dichos límites para cuando toque modificar de nuevo los planes hidrológicos, tal y como se hizo en su momento con la Demarcación Hidrográfica Vasca. Dicha política procedimental, debería aplicarse tanto en la demarcación del Júcar como en las del Norte.

Recursos hídricos disponibles

En los últimos años se ha producido una reducción sustancial en los recursos hídricos disponibles en todas las cuencas, como consecuencia de la elevación de las temperaturas por el cambio climático. Actualmente, en la planificación hidrológica, tan sólo se están teniendo en cuenta las aportaciones a los cauces en régimen natural, hasta el año hidrológico 2005-2006. Consideramos que por coherencia debería tenerse en cuenta hasta el año hidrológico 2009-2010. Asimismo, tanto los ETIs como los PHs deberían tener en cuenta una reducción en los recursos hídricos disponibles que se corresponda con la proyección en el tiempo de vigencia de los planes, de la reducción que se está produciendo en cada cuenca en las últimas dos décadas.

En cualquier caso, se considera necesario que los PHs introduzcan una fórmula de revisión que faculte a los órganos de gestión para reducir sólo a la baja las concesiones, al menos en la misma proporción en la que se cuantifique la reducción de tales recursos hídricos disponibles. Para su aplicación se debería de fijar un procedimiento con participación pública cada tres años, en el que se deberían tener en cuenta la variaciones habidas y las previsiones para los tres años siguientes. La revisión no debería en ningún caso dar lugar a derechos indemnizatorios.

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Página 3 de 5 Rechazamos la construcción de nuevos embalses, así como de trasvases entre cuencas, por el gran impacto medioambiental, social y económico que producen, y por su falta de necesidad, pues el nivel de regulación actual es más que suficiente. Además, dicho nivel de regulación se está viendo incrementado como consecuencia de la reducción natural en las aportaciones.

Regadíos

Ninguno de los PHs deberían incorporar la creación de nuevas superficies de regadío. Asimismo, en todas las demarcaciones, menos en la del Duero y las del Norte, debería contemplarse la reducción progresiva de una parte del regadío existente.

Caudales ambientales

Los PHs deberían fijar los caudales ambientales para todos los cursos de agua, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Aguas (art. 42, aptdo 1.b.c´.), Ley de Plan Hidrológico Nacional (art. 23), y Directiva Marco de Aguas.

Se debería de ser muy estricto y prestar especial atención a la hora de fijar los caudales ambientales en los espacios naturales protegidos y la Red Natura 2000. En estos casos los caudales deberían asemejarse en la medida de lo posible en las diferentes épocas del año, al régimen natural. En este sentido hay que recordar que la DMA es subsidiaria de las Directivas de Aves y de Hábitats, que tienen prioridad de aplicación en la Red Natura 2000 y un mayor nivel de exigencia en cuanto a la protección y recuperación de los hábitats naturales y de las especies prioritarias.

Reservas naturales fluviales

Los PHs deberían determinar las reservas naturales fluviales para cada cuenca, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Aguas (art. 42, aptdo 1.b.c´.). Deberían declararse como reservas naturales fluviales, como mínimo todas las contempladas para cada cuenca en el

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Página 4 de 5 trabajo realizado en 2008 por el CEDEX. En las reservas naturales fluviales, los caudales ambientales establecidos deberían coincidir necesariamente con los caudales naturales, tanto cuantitativa como cualitativamente.

Redistribución de los recursos

Los PHs deberían redistribuir los recursos hídricos de tal manera que se asignen las aguas de mejor calidad al abastecimiento de poblaciones, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Aguas (art. 92, aptdo h).

Construcciones en dominio público hidráulico y zonas de alto riesgo de inundación

En cada uno de los PHs, debería incluirse un listado de construcciones y demás infraestructuras (viviendas, minipresas y embalses en desuso, etc.) situadas sobre dominio público hidráulico y zonas de alto riesgo de inundación, que deberían ser eliminadas, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Plan Hidrológico Nacional (Artículo 28). Para la eliminación de dichas construcciones deberáía establecerse un plazo máximo de cinco años.

Captaciones ilegales

En los PHs debería incorporarse un plan de detección y clausura de todas las captaciones ilegales y “alegales”, tanto superficiales como subterráneas, estableciéndose un plazo máximo de 5 años para la eliminación de las mismas.

Lucha contra avenidas y restauración de bosques de riberas

Rechazamos los encauzamientos convencionales, basados en la construcción de diques de hormigón y grandes escolleras, entendiendo que cualquier actuación que se incluya en los PHs referente a lucha contra avenidas, debería ajustarse y respetar la tipología constructiva establecida en la Ley de Plan Hidrológico Nacional (art. 36, aptdo 2). Asimismo, los PHs. deberían incluir un plan de restauración de bosques de ribera a lo largo de todos los cauces

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Página 5 de 5 existentes en la Demarcación, utilizándose para ello exclusivamente especies arbóreas autóctonas propias de la zona.

Seguimiento y control del desarrollo de los PHs

Los PHs deberían incorporar un plan de seguimiento y control del desarrollo de los mismos, así como de autoevaluación de los resultados y objetivos alcanzados.

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