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FONDO SANTANDER PATRIMONIAL, S.A. DE C.V., SOCIEDAD DE INVERSIÓN COMÚN (ESPECIALIZADA) ( EL FONDO )

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Página 1 de 14 PROSPECTO DE INFORMACIÓN AL PÚBLICO INVERSIONISTA

F

ONDO

S

ANTANDER

P

ATRIMONIAL

, S.A.

DE

C.V.,

S

OCIEDAD DE

I

NVERSIÓN

C

OMÚN

(ESPECIALIZADA) (“EL FONDO”)

ST&ER-A

Aut. CNBV: DGSI-99/792- 8292

1. ANTECEDENTES

1.1. Denominación social

La denominación social del Fondo es Fondo Santander Patrimonial, S.A. de C.V., Sociedad de Inversión Común.

1.2. Fecha de constitución

La autorización del Fondo fue otorgada por la CNBV, según oficio No. DGSI-95/2046-7387 del 9 de mayo de 1995. El Fondo fue constituido el 6 de septiembre de 1995, ante la fe de la Lic. Ana Patricia Bandala T., Notario Público No. 195 de la Ciudad de México, D.F., en los términos de la escritura pública No. 14,484, cuyo primer testimonio quedó inscrito en el Registro Público de Comercio de la Ciudad de México, D.F., en el folio mercantil No. 204584, con fecha del 15 de enero de 1996.

1.3. Domicilio social

El domicilio del Fondo es la Ciudad de México, D.F.

1.4.Capital social autorizado

El capital social autorizado es de $5,000’000,001.75 M.N. a valor nominal de los cuales $1'000,000.95 M.N., corresponden al capital mínimo fijo y está representado por 512,821 acciones de la Serie "A", con valor nominal de $1.95 M.N., cada una y los restantes $4,999’000,000.80 M.N., corresponden al capital variable representado por 2,563'589,744 acciones ordinarias de la Serie "B" con un valor nominal de $1.95 M.N., cada una.

1.5. Operadora del Fondo

Con el objeto de contar con adecuados sistemas administrativos, el Fondo ha designado a Gestión Santander México, S.A. de C.V., Sociedad Operadora de Sociedades de Inversión, Grupo Financiero Santander Mexicano, como Administradora (“Sociedad Operadora”), con la cual ha celebrado contrato de prestación de servicios administrativos, asimismo ha celebrado contratos de codistribución de acciones con: i) Gestión Santander México, S.A. de C.V., Sociedad Operadora de Sociedades de Inversión, Grupo Financiero Santander Mexicano, ii) Casa de Bolsa Santander Mexicano, S.A. de C.V., Grupo Financiero Santander Mexicano, iii) Banco Santander Mexicano, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander Mexicano.

1.6. Organización del Fondo (Principales órganos de decisión)

El Fondo es administrado por un Consejo de Administración, asimismo cuenta con un Comité de Inversiones el cual tiene por objeto determinar la estrategia de inversión y la composición de los activos del Fondo, lo anterior con el propósito de obtener las mejores decisiones posibles.

El Consejo de Administración está formado por las siguientes personas:1

CONSEJEROS PROPIETARIOS

Sr. Pablo Mancera de Arrigunaga PRESIDENTE Sr. Miguel Alvarez del Río

Sr. Carlos López Galán Sr. Gabriel Kuri Labarthe Sr. Jesús Mendoza del Río Sr. Francisco Vizcaya Ramos

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Sr. Manuel Canal Hernando COMISARIO PROPIETARIO Sr. Jerónimo Curto de la Calle COMISARIO SUPLENTE

SECRETARIO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN

Sra. Silvia Malagón Soberanes

El Comité de Inversiones está formado por las siguientes personas:2

Sr. Pablo Mancera de Arrigunaga Sr. Héctor Chávez López

Sr. Esteban del Cueto García Sr. José Miguel Garaicochea Berjón Sr. Jesús Mendoza del Río

Sr. Carlos Peyrelongue Diener Sr. Carlos Ponce Bustos Sr. Mario Velázquez Robinson Sr. Francisco Vizcaya Ramos

SECRETARIO DEL COMITÉ DE INVERSIONES

Sr. Roberto Cano Díaz

DIRECTOR GENERAL

Sr. Pablo Mancera de Arrigunaga

La entidad valuadora es:3

COVAF, S.A. de C.V., Sociedad Valuadora de Acciones de Sociedades de Inversión; la cual es independiente de la sociedad que la designa.

I.7. Clave de pizarra

La clave de pizarra es ST&ER- A; aunque dicha clave podrá ser modificada en el futu ro, con previa autorización de la Bolsa Mexicana de Valores.

1.8. Clasificación del Fondo

Sociedad de Inversión Común Agresiva.

2. OBJETIVO DEL FONDO Y HORIZONTE DE INVERSIÓN

2.1. Objetivo del Fondo

El objetivo del Fondo es invertir los recursos obtenidos de la colocación de sus acciones entre el público inversionista, principalmente en la compraventa de valores de renta variable de alta bursatilidad, entendiendo por emisoras de alta bursatilidad a empresas que tienen el mayor dinamismo de intercambio en el mercado accionario, y que muestran la mayor frecuencia de cotización y facilidad de compraventa comparada con el resto de la emisoras de dicho mercado, así como en valores de renta variable en general, instrumentos de deuda de corto, mediano y largo p lazo, títulos opcionales y aquellos otros que en un futuro autorice la Comisión Nacional Bancaria y de Valores con la finalidad de optimizar los rendimientos de cada uno de los valores, ya sea de manera conjunta o separadamente.

2.2. Horizonte de inversión

El horizonte de inversión es de largo plazo.

3. ESTRATEGIA DEL FONDO

3.1. Política de selección y adquisición de valores

El Comité de Inversiones se reunirá periódicamente para determinar la estrategia de inversión de la cartera del Fondo, dadas las expectativas de los mercados en general, así como de los instrumentos en particular

2 El Comité de Inversiones sólo podrá ser cambiado en Asamblea Especial.

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Página 3 de 14 sobre los cuales se tienen inversiones realizadas y se tomarán las decisiones sobre las nuevas inversiones a efectuarse. Para ello, se contará con el apoyo del área de Análisis Bursátil y de la opinión de los distintos miembros del Comité.

El Fondo deberá operar con valores y documentos inscritos en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios o listados en el Sistema Internacional de Cotizaciones, excepto con aquéllos que tengan en propiedad o administración entidades pertenecientes al mismo grupo financiero o grupo empresarial (tenedora, subsidiaria, asociada y afiliada) del que forme parte su sociedad operadora y los demás que la CNBV desapruebe o determine que impliquen conflicto de intereses.

El Fondo seleccionará al menos el 60% del total de sus activos en emisoras de alta bursatilidad.

Las emisoras de alta bursatilidad por lo general tienen un número importante de acciones colocadas en el mercado y por lo tanto volúmenes de operación altos que dan por resultado el que tengan el mayor nivel de liquidez del mercado accionario. Por lo general son emisoras con fortaleza en la administración de sus empresas, así como aquellas emisoras que demuestren en el futuro las características aquí descritas podrán ser seleccionadas para incorporarse a la cartera.

Todas las decisiones anteriores se llevarán a cabo dentro del marco de la Ley de Sociedades de Inversión y las disposiciones de carácter general de la CNBV.

3.2. Política de diversificación

La política de diversificación del Fondo, será determinada por el Comité de Inversiones invirtiendo cuando menos el 60% del activo total del Fondo en emisoras de Alta Bursatilidad.

3.3. Parámetros de inversión

El Fondo operará con valores y documentos inscritos en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios o listados en el Sistema Internacional de Cotizaciones en los términos establecidos por los artículos 16 y 18 de la Ley de Sociedades de Inversión y las normas de carácter general expedidas por la CNBV, sujetándose a lo siguiente:

1. Por lo menos el 96% del activo total del Fondo, estará representado por efectivo y valores, incluyendo cuentas por cobrar derivadas de operaciones de venta de valores al contado que no le hayan sido liquidadas y los intereses devengados acumulados no cobrados sobre los valores integrantes de la cartera.

2. La inversión en renta variable podrá ser hasta del 99% del activo total del Fondo con un mínimo del 60%, dicho mínimo deberá estar compuesto por emisoras de Alta Bursatilidad.

3. La inversión en valores emitidos por una misma empresa, no podrá exceder el 40% del activo total del Fondo.

4. La inversión en valores a cargo de empresas pertenecientes a un mismo grupo empresarial (tenedora, subsidiaria y asociada), no podrá exceder en su conjunto del 70% del activo total del Fondo.

5. La inversión en títulos opcionales (warrants), no podrá exceder en conjunto del 15% del activo total del Fondo.

6. La inversión en acciones representativas del capital social de una misma emisora, en ningún caso podrá exceder el 50% de dicho capital.

7. Con excepción de instrumentos emitidos, avalados o aceptados por instituciones de crédito o por el Gobierno Federal, la inversión en valores que realicen las sociedades de inversión administradas por una misma Sociedad Operadora, no podrán exceder en su conjunto del 30% del total de la emisión o serie de que se trate.

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8. La inversión en valores emitidos por el Gobierno Federal, podrá ser hasta del 40% del activo total del Fondo.

9. La inversión en instrumentos de deuda a cargo de instituciones de crédito (emitidos, avalados o aceptados), podrá ser en una sola institución o en su conjunto hasta del 40% del activo total del Fondo. 10. La inversión en valores con plazo de vencimiento menor a tres meses, no será inferior al 1% del activo

total del Fondo.

11. La inversión en obligaciones subordinadas emitidas por controladoras de grupos financieros, así como por entidades financieras de cualquier tipo, se regirá por las disposiciones que al efecto sean aplicables.

12. La inversión en valores que se encuentren listados en el Sistema Internacional de Cotizaciones, podrá ser de hasta el 25% del activo total del Fondo.

13. La inversión en títulos de deuda de los Estados Unidos Mexicanos cotizados en Mercados Internacionales e inscritos en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios, podrá ser de hasta el 25% del activo total del Fondo.

14. La inversión en acciones de la parte variable de las sociedades de inversión de capitales que coticen en bolsa, no podrá exceder del 10% del capita l social pagado de dichas sociedades.

15. El Fondo no podrá invertir en obligaciones subordinadas convertibles en acciones emitidas por casas de bolsa.

Los porcentajes de inversión señalados, se calcularán de acuerdo a promedios mensuales de saldos diarios incluyendo días inhábiles, en relación al activo total del Fondo, excepto los puntos 6 y 14 los cuales son respecto al capital social del emisor y el punto 7 que se refiere al total de una misma emisión o serie. El Fondo podrá participar en las operaciones de préstamo de valores en calidad de prestamista hasta por el 50% de los activos del Fondo y por un plazo máximo de cinco días hábiles.

3.4. Política de liquidez

El Fondo mantendrá un mínimo de 1% de su activo total en valores con vencimiento menor a tres meses, así como un mínimo del 60% en valores de alta bursatilidad, con lo cual atenderá los requerimientos de liquidez de los inversionistas.

4. POLÍTICA DE OPERACIÓN DEL FONDO

4.1. Política de distribución

Las acciones únicamente podrán ser distribuidas por instituciones financieras u organismos que cuenten con la autorización de la CNBV, de acuerdo con los contratos de codistribución a que se refiere el numeral 1.5 de este prospecto.

4.2. Posibles adquirentes

Personas físicas o morales mexicanas, personas físicas o morales extranjeras; instituciones de crédito que actúen por cuenta propia y de fideicomisos de inversión; instituciones de seguros y fianzas; uniones de crédito, arrendadoras financieras y empresas de factoraje financiero; fondos de ahorro y de pensiones; entidades financieras del exterior; agrupaciones de personas extranjeras físicas o morales; la Sociedad Operadora que opera los valores que integren los activos del Fondo, así como por el fideicomiso previsto por el artículo 89 de la Ley del Mercado de Valores.

4.3. Perfil del Inversionista

Los inversionistas que participen en este Fondo buscan un retorno de su inversión en el largo plazo, entendiendo por esto un plazo mayor a un año, conscientes de que la búsqueda de dicho retorno podría aumentar el riesgo de mercado en su inversión, ocasionado por las fluctuaciones en el precio de las

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Página 5 de 14 emisoras que componen la cartera del Fondo. El cual ha sido diseñado para aquellos inversionistas que desean colocar sus recursos en emisoras de alta bursatilidad y que conocen los riesgos que implica invertir en el mercado accionario.

4.4. Límites de tenencia por accionista

Ninguna persona física o moral podrá ser propietaria directa o indirectamente del 10% o más del capital pagado del Fondo, excepto e n los siguientes casos:

a) Los accionistas fundadores y quienes las adquieran durante los seis meses siguientes al inicio de operaciones del Fondo, los cuales deberán disminuir su porcentaje de tenencia conforme a los planes de venta de acciones emitidas por el Fondo.

b) La Sociedad Operadora de sociedades de inversión, en cuyo caso la CNBV, por motivo justificado y con carácter temporal, podrá autorizar que se rebase dicho límite. Esta autorización también podrá otorgarse a instituciones de crédito que actúen como fiduciarias en fideicomisos, cuyos beneficiarios sean personas físicas, así como a fondos de previsión social que reúnan los requisitos establecidos por las leyes fiscales; y

c) Cualquier otra persona física o moral que previa solicitud justificada autorice con carácter temporal la CNBV.

Cuando por causas que no le sean imputables, algún inversionista adquiera acciones con exceso al porcentaje establecido en el primer párrafo de este apartado, deberá proceder a su venta dentro de los 30 días siguiente s a la notificación que le haga la CNBV. Si en dicho plazo no se ha efectuado la venta, la CNBV ordenará la disminución de capital necesaria para reembolsar las acciones al precio de valuación vigente en la fecha del pago.

4.5. Comisiones

Las comisiones de compraventa ordenadas por la clientela inversionista, serán las mismas que se apliquen en el mercado de renta variable, a saber hasta 1.7% sobre el monto total de compra o venta para operaciones de menos de $200,000.00 M.N., y hasta 1.0% sobre el monto total de compra o venta para operaciones de $200,000.00 M.N., o más.

Las comisiones de compraventa ordenadas por el Fondo a quien opere la orden, tendrá una remuneración máxima de hasta el 0.5% sobre el monto de cada operación.

4.6. Gastos de administración

Por concepto de servicios administrativos el Fondo pagará por la administración una comisión máxima de hasta 0.4167% mensual sobre el valor de los activos netos del Fondo registrados en el mes anterior al cobro, de acuerdo a las disposiciones que para éste indique la CNBV. La comisión vigente se publicará mensualmente en los boletines de la Bolsa Mexicana de Valores. Por activos netos se entiende la totalidad de los activos a costo, más la plusvalía del Fondo menos los pasivos, de acuerdo a la valuación que realice la entidad valuadora.4

4.7. Mecánica de valuación y periodicidad de la misma, medios en donde se dará a conocer al público inversionista

Con el propósito de que la acción del Fondo presente en forma permanente el valor real de la cartera de inversión, se valuará por una entidad valuadora, que determinará el precio sobre el cual deben realizarse las operaciones de compra y venta de sus acciones, para lo cual tomará como base el resultado de dividir, entre las acciones en circulación del Fondo, la cantidad que resulte de sumar al importe de los valores de que sea propietaria, todos sus demás activos y restar sus pasivos. Toda valuación, se realiza de acuerdo con las disposiciones de carácter general que dicte la CNBV.

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La valuación se realiza todos los días hábiles y el precio se registra en la Bolsa Mexicana de Valores a más tardar a las 13:00 horas, del día hábil siguiente, para su publicación, o en su defecto saldrá publicado en por lo menos un periódico de circulación nacional.

Cuando en una misma sesión de remate en la Bolsa Mexicana de Valores se produzca una baja generalizada del 3% o más en el Indice de Precios y Cotizaciones y no se operen acciones de alguna de las series que componen el capital social de una emisora de que sea propietario el Fondo, se deberá aplicar a dicha serie de acciones, respecto del último hecho registrado en bolsa, el porcentaje de variación general del índice, para con ello obtener el precio que servirá de base para la valuación. La subvaluación señalada se mantendrá hasta que se produzca el primer hecho posterior en bolsa, de la serie accionaria de la emisora relativa.

4.8. Solicitud de órdenes

Todas las órdenes de compraventa podrán ser solicitadas todos los días hábiles, las cuales se liquidarán 48 horas después; para solicitar una orden de venta deberán haber transcurrido como mínimo 48 horas de haberse solicitado la compra correspondiente. Para situaciones extremas del mercado ver el procedimiento indicado en "advertencias generales".

El horario para poner órdenes de operación es de 9:00 a 13:30 horas, hora del centro de México, en las oficinas de las codistribuidoras. Las órdenes pueden ser indicadas personalmente, vía telefónica o por los medios electrónicos que proporcione la Sociedad Operadora y/o codistribuidoras.

Asimismo, el Fondo podrá limitar el monto de compra por inversionista. Esta restricción sólo será aplicable cuando existan circunstancias que pudieran resultar en perjuicio de los accionistas del Fondo.

4.9. Precio de liquidación

El precio de liquidación será el que se determinó el día de concertación de la operación.

El Fondo podrá aplicar al precio de valuación de las acciones que emita, un diferencial de hasta el 2% para la realización de operaciones de compra y venta sobre dichas acciones. En su caso, el diferencial que se establezca deberá aplicarse consistentemente a todas las operaciones que celebre el Fondo con su clientela inversionista, el día de la valuación. El importe del diferencial quedará en el Fondo, en beneficio de los accionistas que permanezcan en él.

4.10. Plazo mínimo de permanencia

El tiempo mínimo de permanencia sugerido por el Fondo es de un año.

4.11. Límites, condiciones y derechos de recompra

El Fondo se compromete a recomprar el 100% de la tenencia accionaria de cada inversionista, sujetándose a la política de “solicitud de órdenes”, siempre y cuando el total de la recompra no exceda el 10% del activo total del Fondo. Aquellas órdenes que no llegasen a ser liquidadas se efectuarán conforme a la realización de los valores que integren la cartera del Fondo; la mecánica de asignación de éstas órdenes sería de acuerdo al principio de “primeras entradas, primeras salidas”. Sin embargo, si en algún momento por causas externas el Fondo se viera imposibilitado a recomprar acciones, le dará la opción de obtener liquidez a cada inversionista en forma proporcional, según lo permitan las circunstancias o existirá la opción de obtener la parte proporcional de los activos que integren la cartera o su equivalente en un s olo instrumento.

4.12. Préstamos y créditos

El Fondo únicamente podrá obtener préstamos y créditos de instituciones de crédito e intermediarios financieros no bancarios y de entidades financieras del exterior, para facilitar el cumplimiento de su objeto, de acuerdo a las tasas de interés, montos, plazos y demás características que determine el Banco de México.

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5. RÉGIMEN FISCAL

5.1. Régimen fiscal al que el Fondo está sujeto

Para las personas físicas las utilidades obtenidas por la enajenación de las acciones del Fondo serán exentas del impuesto sobre la renta según lo dispuesto en los artículos 71-A y 77 fracción XVI de la Ley del Impuesto Sobre la Renta; para las personas morales se considerarán ingresos acumulables de acuerdo con la fracción V del artículo 17 y 19 de la misma Ley. Para el resto de los adquirentes descritos en el numeral 4.2 de este prospecto, les serán aplicables las disposiciones fiscales vigentes.

Las comisiones de compraventa que el cliente pague a las codistribuidoras, causarán IVA a la tasa vigente. El Fondo causará el IVA a la tasa vigente por concepto de gastos de administración pagados a la operadora.

El Fondo pagará impuestos en todas aquellas inversiones que marque la Ley del Impuesto Sobre la Renta vigente al momento en q ue se hagan dichas inversiones.

5.2. Consideraciones para inversionistas extranjeros

Al igual, toda persona extranjera que compre acciones del Fondo, se le considerará como mexicana y se le aplicarán las disposiciones fiscales vigentes.

El régimen fiscal del Fondo se ajustará en todo momento a las leyes aplicables y será modificado cuando dichas leyes así lo indiquen.

6. INFORMACIÓN PÚBLICA SOBRE EL FONDO

6.1. Forma y lugar donde se publicará el precio diario

El precio de valuación junto con el diferencial que en su caso se aplique se dará a conocer al público a través de su publicación en cuando menos un periódico de circulación nacional. Esta obligación se considerará cumplida al darse a conocer el precio a través de los listados que publica en periódicos de circulación nacional la Bolsa Mexicana de Valores sin perjuicio de que el Fondo lo pueda difundir por separado.

6.2. Forma donde podrá verificar la cartera semanal

El Fondo deberá exhibir en lugar visible de sus oficinas y en las de su operadora y/o codistribuidoras de sus acciones, el informe de la cartera de valores integrante de sus activos y tenerla disponible por escrito el último día hábil de cada semana para los inversionistas que lo soliciten. Este informe deberá actualizarse el día hábil anterior a que corresponda e incluir la clasificación del Fondo.

6.3. Forma donde podrá verificar la cartera mensual

En los estados de cuenta que envíen mensualmente la operadora y/o las codistribuidoras a los accionistas se incluirá la clasificación del Fondo, y se especificará el nombre de cuando menos un periódico nacional en el que se publique la integración de los activos de la Sociedad de Inversión. Dicha integración corresponderá al cierre del mes anterior, se publicará a más tardar el quinto día hábil de cada mes y deberá incluir la clasificación del Fondo.

7. ADVERTENCIAS GENERALES

7.1. Riesgos del mercado en que dicho Fondo opera

El precio de las acciones del Fondo varía todos los días de manera positiva o negativa y por lo general refleja las condiciones del mercado accionario, tasas de interés, tipo de cambio, noticias políticas y

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económicas, así como las condiciones particulares de cada emisora y sector en particular. El Fondo procura dispersar este riesgo a través de diversificar su cartera en la selección de emisoras, industrias y sectores.

El Fondo invierte en instrumentos de renta variable, pero si en algún momento por causas externas se viera imposibilitado a recomprar acciones, el Fondo le dará opción de venta a cada inversionista en forma proporcional, según lo permitan las circunstancias, o existirá la opción de obtener la parte proporcional de los activos que integran la cartera.

7.2. Advertencia de interés particular

La valuación de documentos que integren la cartera del Fondo y cuyos emisores no los amorticen en la fecha de vencimiento o no cubran total o parcialmente las obligaciones consignadas en ellos será igual a cero, excepto tratándose de valores con garantía hipotecaria, fiduciaria y cuyas características justifiquen darles un tratamiento similar, previa consulta con la institución calificadora de valores de la emisora, en cuyo caso se deberá aplicar el 50% de su precio de valuación. Esto se observará hasta que se celebre la asamblea general de obligacionistas o la asam blea general de tenedores de los instrumentos de deuda de que se trate que resuelvan lo conducente y mientras esté vigente una resolución de prórroga o espera para el pago, en caso contrario o al vencimiento de la prórroga, la valuación será equivalente a cero.

7.3. Cambios al prospecto

La CNBV, oyendo la opinión de Banco de México y previa solicitud razonada del Fondo podrá autorizar modificaciones al régimen de inversión y/o recompra previstos en el presente prospecto, siempre que haya transcurrido como mínimo un plazo de seis meses posteriores a su establecimiento o la modificación inmediata anterior a dichos regímenes.

Cuando se presenten condiciones extraordinarias que afecten el mercado de las sociedades de inversión, a solicitud expresa del Fondo, se podrán autorizar adecuaciones al prospecto de información al público inversionista en un plazo que podrá ser inferior al señalado en el párrafo anterior. Esta autorización podrá otorgarse mediante acuerdo de la junta de gobierno de la propia CNBV.

Previamente a la solicitud que se presenta a la CNBV, el Fondo en sesión que celebre el consejo de administración resolverá sobre el cambio de régimen de inversión y/o recompra del Fondo.

Con el acuerdo favorable del consejo de administración y considerando las razones de la petición, la CNBV podrá autorizar el cambio del régimen de inversión y/o recompra, en cuyo supuesto cualquier accionista tendrá derecho a que el propio Fondo le recompre a precio de valuación y sin aplicar diferencial al precio de las acciones, hasta el 100% de su tenencia accionaria, dentro de un plazo máximo de diez días hábiles a partir de que se hayan hecho de su conocimiento las citadas modificaciones, mediante la publicación correspondiente en un periódico de circulación nacional y en comunicación escrita, con acuse de recibo, a cada inversionista del Fondo.

Tanto la publicación como la comunicación previstas deberán realizarse con una anticipación no menor de 20 días hábiles a que surtan efectos las modificaciones correspondientes.

El Fondo podrá incorporar mediante anexos al presente prospecto, cambios que permitan la adquisición y venta de nuevos instrumentos, nuevos mecanismos bursátiles y diversos tipos de operaciones, así como nuevos parámetros de inversión, que fueren autoriza dos por la CNBV mediante disposiciones de carácter general que le sean aplicables a las sociedades de inversión, con posterioridad a la autorización del presente prospecto. Dichos anexos serán remitidos a la CNBV.

7.4. Inspección y vigilancia por parte de la CNBV

La inspección y vigilancia del Fondo y de su Sociedad Operadora, queda confiada a la CNBV a la que deberán proporcionar la documentación e información para tal efecto.

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Página 9 de 14 Tanto las acciones emitidas por el Fondo, como los valores y documentos que integran la cartera, deberán ser depositados en una institución para el depósito de valores, conforme a lo previsto por el Art. 74 de la Ley del Mercado de Valores.

7.6. Operaciones del Fondo

Todas las operaciones que lleve a cabo el Fondo, incluidas las que se describen en el presente prospecto de información al público inversionista deberán ajustarse estrictamente a las disposiciones legales aplicables.

8. INFORMACIÓN ADICIONAL

La inscripción de las acciones de Fondo Santander Patrimonial, S.A. de C.V., Sociedad de Inversión Común (Especializada) en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios, no implica certificación sobre la bondad del valor o solvencia del emisor.

Todas las condiciones, operaciones y regímenes de inve rsión y de recompra contenidos en el presente prospecto de información al público inversionista, son estricta responsabilidad de la Sociedad Operadora en los términos previstos en el mismo.

Le rogamos tomar nota de todo lo anterior para la mejor decisión de sus inversiones en el Mercado de Valores a través de este Fondo.

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PROSPECTO SIMPLIFICADO DE INFORMACIÓN AL PÚBLICO INVERSIONISTA

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ANTANDER

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ATRIMONIAL

, S.A.

DE

C.V.,

S

OCIEDAD DE

I

NVERSIÓN

C

OMÚN

(ESPECIALIZADA) (“EL FONDO”)

CLAVE DE PIZARRA: ST&ER-A

CLASIFICACIÓN del Fondo: Sociedad de Inversión Común Agresiva.

Operadora del Fondo

Gestión Santander México, S.A. de C.V., Sociedad Operadora de Sociedades de Inversión, Grupo Financiero Santander Mexicano.

Objetivo del Fondo

El objetivo del Fondo es invertir los recursos obtenidos de la colocación de sus acciones entre el público inversionista, principalmente en la compraventa de valores de renta variable de alta bursatilidad, entendiendo por emisoras de alta bursatilidad a empresas que tienen el mayor dinamismo de intercambio en el mercado accionario, y que muestran la mayor frecuencia de cotización y facilidad de compraventa comparada con el resto de las emisoras de dicho mercado, así como en valores de renta variable en general, instrumentos de deuda de corto, mediano y largo plazo, títulos opcionales y aquellos otros que en un futuro autorice la Comisión Nacional Bancaria y de Valores con la finalidad de optimizar los rendimientos de cada uno de los valores, ya sea de manera conjunta o separadam ente.

Horizonte de inversión

El horizonte de inversión es de largo plazo.

Política de selección y adquisición de valores

El Comité de Inversiones se reunirá periódicamente para determinar la estrategia de inversión de la cartera del Fondo, dadas las expectativas de los mercados en general, así como de los instrumentos en particular sobre los cuales se tienen inversiones realizadas y se tomarán las decisiones sobre las nuevas inversiones a efectuarse. Para ello, se contará con el apoyo del área de Análisis Bursátil y de la opinión de los distintos miembros del Comité.

El Fondo deberá operar con valores y documentos inscritos en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios o listados en el Sistema Internacional de Cotizaciones, excepto con aquéllos que tengan en propiedad o administración entidades pertenecientes al mismo grupo financiero o grupo empresarial (tenedora, subsidiaria, asociada y afiliada) del que forme parte su sociedad operadora y los demás que la CNBV desapruebe o determine que impliquen conflicto de intereses. El Fondo seleccionará al menos el 60% del total de sus activos en emisoras de alta bursatilidad.

Las emisoras de alta bursatilidad por lo general tienen un número importante de acciones colocadas en el mercado y por lo tanto volúmenes de operación altos que dan por resultado el que tengan el mayor nivel de liquidez del mercado accionario. Por lo general son emisoras con fortaleza en la administración de sus empresas, así como aquellas emisoras que demuestren en el futuro las características aquí descritas podrán ser seleccionadas para incorporarse a la cartera. Todas las decisiones anteriores se llevarán a cabo dentro del marco de la Ley de Sociedades de Inversión y las disposiciones de carácter general de la CNBV.

Política de diversificación

La política de diversificación del Fondo, será determinada por el Comité de Inversiones invirtiendo cuando menos el 60% del activo total del Fondo en emisoras de Alta Bursatilidad.

Parámetros de inversión

1. Min. 96% del activo total del Fondo en efectivo y valores.

2. Min. 60%y Max. 99% del activo total del Fondo en renta variable, dicho mínimo deberá ser compuesto por emisoras de Alta Bursatilidad.

3. Max. 40% del activo total del Fondo en valores emitidos por una misma empresa.

4. Max. 70% del activo total del Fondo en valores a cargo de empresas pertenecientes a un mismo grupo empresarial (tenedora, subsidiaria y asociada).

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Página 11 de 14 6. La inversión en acciones representativas del capital social de una misma emisora, en ningún caso podrá exceder el

50% de dicho capital.

7. Con excepción en instrumentos emitidos, avalados o aceptados por instituciones de crédito o por el Gobierno Federal la inversión en valores que realicen las sociedades de inversión administradas por una misma Sociedad Operadora, no podrá exceder en su conjunto del 30% del total de la emisión o serie de que se trate.

8. Max. 40% del activo total del Fondo en valores emitidos por el Gobierno Federal.

9. Max. 40% del activo total del Fondo en instrumentos de deuda a cargo de instituciones de crédito, en una sola institución o en su conjunto.

10. Min. 1% del activo total del Fondo en valores con plazo de vencimiento menor a tres meses.

11. La inversión en obligaciones subordinadas emitidas por controladoras de grupos financieros , así como por entidades financieras de cualquier tipo, se regirá por las disposiciones que al efecto sean aplicables.

12. Max. 25% del activo total del Fondo en valores que se encuentren listados en el Sistema Internacional de Cotizaciones. 13. Max. 25% del activo total del Fondo en títulos de deuda de los Estados Unidos Mexicanos cotizados en Mercados

internacionales e inscritos en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios.

14. La inversión en acciones de la parte variable de las sociedades de inversión de capitales que coticen en bolsa, no podrá exceder del 10% del capital social pagado de dichas sociedades.

15. El Fondo no podrá invertir en obligaciones subordinadas convertibles en acciones, emitidas por casas de bolsa. Los porcentajes de inversión señalados, se calcularán de acuerdo a promedios mensuales de saldos diarios incluyendo días inhábiles, en relación al activo total del Fondo, excepto los puntos 6 y 14 los cuales son respecto al capital social del emisor y el punto 7 que se refiere al total de una misma emisión o serie.

El Fondo podrá participar en las operaciones de préstamo de valores en calidad de prestamista hasta por el 50% de los activos del Fondo y por un plazo máximo de cinco días hábiles.

Política de liquidez

El Fondo mantendrá un mínimo de 1% de su activo total en valores con vencimiento menor a tres meses, así como un mínimo del 60% en valores de alta bursatilidad, con lo cual atenderá los requerimientos de liquidez de los inversionistas.

Posibles adquirentes

Personas físicas o morales mexicanas, personas físicas o morales extranjeras; instituciones de crédito que actúen por cuenta propia y de fideicomisos de inversión; instituciones de seguros y fianzas; uniones de crédito, arrendadoras financieras y empresas de factoraje financiero; fondos de ahorro y de pensiones; entidades financieras del exterior; agrupaciones de personas extranjeras físicas o morales; la Sociedad Operadora que opera los valores que integren los activos del Fondo, así como por el fideicomiso previsto por el artículo 89 de la Ley del Mercado de Valores.

Límites de tenencia por accionista

Max. 9.9% del Capital Pagado del Fondo.

Comisiones

Las comisiones de compraventa ordenadas por la clientela inversionista, serán las mismas que se apliquen en el mercado de renta variable, a saber hasta 1.7% sobre el monto total de compra o venta para operaciones de menos de $200,000.00 M.N., y hasta 1.0% sobre el monto total de compra o venta para operaciones de $200,000.00 M.N., o más. Las comisiones de compraventa ordenadas por el Fondo a quien opere la orden, tendrá una remuneración máxima de hasta el 0.5% sobre el monto de cada operación.

Gastos de administración

Por concepto de servicios administrativos el Fondo pagará por la administración una comisión máxima de hasta 0.4167% mensual sobre el valor de los activos netos del Fondo registrados en el mes anterior al cobro, de acuerdo a las disposiciones que para éste indique la CNBV. La comisión vigente se publicará mensualmente en los boletines de la Bolsa Mexicana de Valores. Por activos netos se entiende la totalidad de los activos a costo, más la plusvalía del Fondo menos los pasivos, de acuerdo a la valuación que realice la entidad valuadora.5

Mecánica de valuación y periodicidad de la misma, medios en donde se dará a conocer al público inversionista

Con el propósito de que la acción del Fondo presente en forma permanente el valor real de la cartera de inversión, se valuará por una entidad valuadora, que determinará el precio sobre el cual deben realizarse las operaciones de compra y venta de sus acciones, para lo cual tomará como base el resultado de dividir, entre las acciones en circulación del Fondo,

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la cantidad que resulte de sumar al importe de los valores de que sea propietaria, todos sus dem ás activos y restar sus pasivos. Toda valuación, se realiza de acuerdo con las disposiciones de carácter general que dicte la CNBV.

La valuación se realiza todos los días hábiles y el precio se registra en la Bolsa Mexicana de Valores a más tardar a las 13:00 horas, del día hábil siguiente, para su publicación, o en su defecto saldrá publicado en por lo menos un periódico de circulación nacional.

Cuando en una misma sesión de remate en la Bolsa Mexicana de Valores se produzca una baja generalizada del 3% o más en el Indice de Precios y Cotizaciones y no se operen acciones de alguna de las series que componen el capital social de una emisora de que sea propietario el Fondo, se deberá aplicar a dicha serie de acciones, respecto del último hecho registrado en bolsa, el porcentaje de variación general del índice, para con ello obtener el precio que servirá de base para la valuación. La subvaluación señalada se mantendrá hasta que se produzca el primer hecho posterior en bolsa, de la serie accionaria de la em isora relativa.

Solicitud de órdenes

Todas las órdenes de compraventa podrán ser solicitadas todos los días hábiles, las cuales se liquidarán 48 horas después; para solicitar una orden de venta deberán haber transcurrido como mínimo 48 horas de haberse solicitado la compra correspondiente. Para situaciones extremas del mercado ver el procedimiento indicado en "advertencias generales".

El horario para poner órdenes de operación es de 9:00 a 13:30 horas, hora del centro de México, en las oficinas de las codistribuidoras. Las órdenes pueden ser indicadas personalmente, vía telefónica o por los medios electrónicos que proporcione la Sociedad Operadora y/o codistribuidoras.

Asimismo, el Fondo podrá limitar el monto de compra por inversionista. Esta restricción sólo será aplicable cuando existan circunstancias que pudieran resultar en perjuicio de los accionistas del Fondo.

Precio de liquidación

El precio de liquidación será el que se determinó el día de concertación de la operación.

El Fondo podrá aplicar al precio de valuación de las acciones que emita, un diferencial de hasta el 2% para la realización de operaciones de compra y venta sobre dichas acciones. En su caso, el diferencial que se establezca deberá aplicarse consistentemente a todas las operaciones que celebre el Fondo con su clientela inversionista, el día de la valuación. El importe del diferencial quedará en el Fondo, en beneficio de los accionistas que permanezcan en él.

Límites, condiciones y derechos de recompra

El Fondo se compromete a recomprar el 100% de la tenencia accionaria de cada inversionista, sujetándose a la política de “solicitud de órdenes”, siempre y cuando el total de la recompra no exceda el 10% del activo total del Fondo. Aquellas órdenes que no llegasen a ser liquidadas se efectuarán conforme a la realización de los valores que integren la cartera del Fondo; la mecánica de asignación de éstas órdenes sería de acuerdo al principio de “primeras entradas, primeras salidas”. Sin embargo, si en algún momento por causas externas el Fondo se viera imposibilitado a recomprar acciones, le dará la opción de obtener liquidez a cada inversionista en forma proporcional, según lo permitan las circunstancias o existirá la opción de obtener la parte proporcional de los activos que integren la cartera o su equivalente en un solo instrumento.

Información pública sobre el Fondo

El precio de valuación junto con el diferencial que en su caso se aplique se dará a conocer al público a través de su publicación en cuando menos un periódico de circulación nacional. Esta obligación se considerará cumplida al darse a conocer el precio a través de los listados que publica en periódicos de circulación nacional la Bolsa Mexicana de Valores sin perjuicio de que el Fondo lo pueda difundir por separado. El Fo ndo deberá exhibir en lugar visible de sus oficinas y en las de su operadora y/o codistribuidoras de sus acciones, el informe de la cartera de valores integrante de sus activos y tenerla disponible por escrito el último día hábil de cada semana para los inversionistas que lo soliciten. Este informe deberá actualizarse el día hábil anterior a que corresponda e incluir la clasificación del Fondo. En los estados de cuenta que envíen mensualmente la operadora y/o las codistribuidoras a los accionistas se incluirá la clasificación del Fondo, se especificará el nombre de cuando menos un periódico nacional en el que se publique la integración de los activos de la Sociedad de Inversión. Dicha integración corresponderá al cierre del mes anterior, se publicará a más tardar el quinto día hábil de cada mes y deberá incluir la clasificación del Fondo.

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Página 13 de 14 El precio de las acciones del Fondo varía todos los días de manera positiva o negativa y por lo general refleja las condiciones del mercado accionario, tasas de interés, tipo de cambio, noticias políticas y económicas, así como las condiciones particulares de cada emisora y sector en particular. El Fondo procura dispersar este riesgo a través de diversificar su cartera en la selección de emisoras, industrias y sectores.

El Fondo invierte en instrumentos de renta variable, pero si en algún momento por causas externas se viera imposibilitado a recomprar acciones, el Fondo le dará opción de venta a cada inversionista en forma proporcional, según lo permitan las circunstancias, o existirá la opción de obtener la parte proporcional de los activos que integran la cartera.

La valuación de documentos que integren la cartera del Fondo y cuyos emisores no los amorticen en la fecha de vencimiento o no cubran total o parcialmente las obligaciones consignadas en ellos será igual a cero, excepto tratándose de valores con garantía hipotecaria, fiduciaria y cuyas características justifiquen darles un tratamiento similar, previa consulta con la institución calificadora de valores de la emisora, en cuyo caso se deberá aplicar el 50% de su precio de valuación. Esto se observará hasta que se celebre la asamblea general de obligacionistas o la asamblea general de tenedores de los instrumentos de deuda de que se trate que resuelvan lo conducente y mientras esté vigente una resolución de prórroga o espera para el pago, en caso contrario o al vencimiento de la prórroga, la valuación será equivalente a cero.

Cambios al prospecto

La CNBV, oyendo la opinión de Banco de México y previa solicitud razonada del Fondo podrá autorizar modificaciones al régimen de inversión y/o recompra previstos en el presente prospecto, siempre que haya transcurrido como mínimo un plazo de seis meses posteriores a su establecimiento o la modificación inmediata anterior a dichos regímenes.

Cuando se presenten condiciones extraordinarias que afecten el mercado de las sociedades de inversión, a solicitud expresa del Fondo, se podrán autorizar adecuaciones al prospecto de información al público inversionista en un plazo que podrá ser inferior al señalado en el párrafo anterior. Esta autorización podrá otorgarse mediante acuerdo de la junta de gobierno de la propia CNBV.

Previamente a la solicitud que se presenta a la CNBV, el Fondo en sesión que celebre el consejo de administración resolverá sobre el cambio de régimen de inversión y/o recompra del Fondo.

Con el acuerdo favorable del consejo de administración y considerando las razones de la petición, la CNBV podrá autorizar el cambio del régimen de inversión y/o recompra, en cuyo supuesto cualquier accionista tendrá derecho a que el propio Fondo le recompre a precio de valuación y sin aplicar diferencial al precio de las acciones, hasta el 100% de su tenencia accionaria, dentro de un plazo máximo de diez días hábiles a partir de que se hayan hecho de su conocimiento las citadas modificaciones, mediante la publicación correspondiente en un periódico de circulación nacional y en comunicación escrita, con acuse de recibo, a cada inversionista del Fondo.

Tanto la publicación como la comunicación previstas deberán realizarse con una anticipación no menor de 20 días hábiles a que surtan efectos las modificaciones correspondientes.

El Fondo podrá incorporar mediante anexos al presente prospecto, cambios que permitan la adquisición y venta de nuevos instrumentos, nuevos mecanismos bursátiles y diversos tipos de operaciones, así como nuevos parámetros de inversión, que fueren autorizados por la CNBV mediante disposiciones de carácter general q ue le sean aplicables a las sociedades de inversión, con posterioridad a la autorización del presente prospecto. Dichos anexos serán remitidos a la CNBV.

Información adicional

La inscripción de las acciones de Fondo Santander Patrimonial, S.A. de C.V., Sociedad de Inversión Común (Especializada) en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios, no implica certificación sobre la bondad del valor o solvencia del emisor.

Todas las condiciones, operaciones y regímenes de inversión y de recompra contenidos en el presente prospecto de información al público inversionista, son estricta responsabilidad de la Sociedad Operadora en los términos previstos en el mismo.

Le rogamos tomar nota de todo lo anterior para la mejor decisión de sus inversiones en el Mercado de Valores a través de este Fondo.

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