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Francisco Javier Amorós Dorda
TRANSPARENCIA PRINCIPIO POLÍTICO
PRINCIPIO
POLÍTICO
Consustancial a la
democracia
Permite la rendición de
cuentas y constituye un
freno para la corrupción
Posibilita la participación
política
Fortalece el
funcionamiento
democrático de las
instituciones públicas
p
TRANSPARENCIA NIVEL OPERATIVO
NIVEL
OPERATIVO
Posibilita el ejercicio de otros derechos, tanto
FUNDAMENTALES como NO FUNDAMENTALES
Mejora la
organización y los
procesos de gestión
de las AAPP
Incide positivamente en la
actividad económica
(aumenta la eficiencia de
actores públicos y
privados y puede ser
actividad generadora de
valor
)
A recibir información por cualquier medio (art. 20 CE)
A participar en los asuntos públicos (art. 23.1 CE)
A acceder en condiciones de igualdad a los cargos públicos
(art. 23.2 CE)
A la calidad de los servicios públicos
A recurrir las decisiones de las AAPP
A ser oídos en los procedimientos administrativos que nos afectan)
COMPETENCIAS ESTADO
COMPETENCIAS EXCLUSIVAS DEL ESTADO
Condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos
los españoles en el ejercicio de los derechos y en el
cumplimiento de los deberes constitucionales
(art. 149.1.1ª CE)
Bases y coordinación de la planificación general de la
actividad económica (art. 149 1.13ª CE)
Bases del régimen jurídico de las Administraciones
Públicas y el procedimiento administrativo común, sin
perjuicio de las especialidades propias de las CCAA (art.
COMPETENCIAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS
COMPETENCIAS EXCLUSIVAS DE LAS
COMUNIDADES AUTÓNOMAS
Organización de sus instituciones de autogobierno
(art. 148.1.1ª CE)
El fomento del desarrollo económico de la
Comunidad Autónoma dentro delos objetivos
marcados por la política económica nacional (art.
148.1.13ª CE)
Desarrollar las bases del régimen jurídico de sus
AAPP y regular sus especialidades
procedimentales (art. 149.1.18ª CE a sensu
contrario)
COMPETENCIAS ESTADO Y CCAA EN LA LEY 19/2013
Artículo 6.2, apartado 2 Competencias de las inspecciones Generales de Servicios para la evaluación del cumplimiento de los planes y programas Artículo 9Facultades de control del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno Artículo 10 Portal de la Transparencia de la AGE Artículo 11 Principios técnicos del Portal de la Transparencia Artículo 21.2 Unidades especializadas de Información y Transparencia Artículo 25.1
Altos cargos en el ámbito de la AGE Título II Consejo de Transparencia y Buen Gobierno Disposición adicional segunda. Revisión y simplificación normativa Disposición final 8ª de la Ley 19/2013
La Ley es BÁSICA al amparo de lo dispuesto en los artículos 149.1.1.ª, 149.1.13.ª y 149.1.18.ª de la Constitución
LEYES DE TRANSPARENCIA DE LAS CCAA
CCAA SIN LEYES APROBADAS Cantabria Ciudad de Ceuta Ciudad de Melilla CCAA CON LEYES EN TRAMITACIÓN País Vasco Principado de AsturiasCCAA CON LEYES ANTERIORES A LA LEY 19/2013 Galicia Islas Baleares Comunidad Foral de Navarra Extremadura
CCAA CON LEYES POSTERIORES Andalucía Rioja Madrid Región de Murcia Canarias Murcia Cataluña Comunidad valenciana Aeragón Castilla y León
CCAA SIN LEYES
CCAA CON LEYES EN TRAMITACIÓN (1)
CASTILLA – LA MANCHA
ACUERDO de 3 de septiembre de 201 del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban medidas
para la implantación en la
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha de la Ley estatal 19/2013, de 9 de diciembre, de
Transparencia,
Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
DOCLM 171 de 5 de septiembre
La elaboración del Anteproyecto de Ley deberá producirse antes de 31 de diciembre de 2014.
PRINCIPADO DE ASTURIAS
PROYECTO DE LEY de Transparencia
Boletín Oficial de la Junta Gral. del Principado de Asturias 51.1 de 23 de abril de 2014
Esta ley entrará en vigor a los 6 meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias», a excepción de la previsión contenida en su
artículo 30 “Reclamación ante el Consejo para la Transparencia del Principado de Asturias”scuya vigencia se producirá a la entrada en vigor de la regulación relativa a la reclamación ante el Consejo de
Transparencia y Buen Gobierno recogida en la normativa básica en materia de transparencia
PROYECTO DE LEY de Buen Gobierno e Incompatibilidades de Altos Cargos
Aprobado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 26 de marzo de 2014
Esta ley entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el Boletín Oficial del
CCAA CON LEYES EN TRAMITACIÓN (2)
PAIS VASCOPROYECTO DE LEY de la Administración Pública Vasca
Boletín Oficial del Parl.Vasco, de 17 de octubre de 2015
La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del País
CCAA CON LEYES ANTERIORES A LA LEY 19/2013 (1)
GALICIALEY 4/2006, de 30 de junio, de transparencia y de buenas prácticas en la Administración
pública gallega
BOE 198, de 19 de agosto.
DOG 136, de 14 de julio
Entró en vigor a los veinte días de su publicación en el «Diario Oficial de Galicia».
ISLAS BALEARES
LEY 4/2011, de 31 de marzo, de la buena administración y del buen gobierno de las
Illes Balears
BOE 103 de 30 de abril BOIB 53, de 30 de abril
Esta Ley entra en vigor al día siguiente de su publicación en el «Butlletí Oficial de les Illes
CCAA CON LEYES ANTERIORES A LA LEY 19/2013 (2)
COMUNIDAD FORAL DE NAVARRALEY FORAL 11/2012, de 21 de junio, de la Transparencia y del Gobierno Abierto
BOE 168 de 14 de julio BON 125 de 28 de juni
Entró en vigor a los seis meses de su publicación en el «Boletín Oficial de Navarra».
EXTREMADURA
LEY 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto
BOE 136, de 7 de junio DOE 99, de 24 de mayo
Entró en vigor a los seis meses de su publicación en el «Diario Oficial de Extremadura».
CCAA CON LEYES POSTERIORES (1)
ANDALUCÍA
LEY 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía
BOE 172, de 16 de julio BOJA 124 de 30 de junio
La presente ley entrará en vigor al año de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía.
Las entidades locales andaluzas dispondrán de un plazo máximo de dos años, desde la entrada en vigor
de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, para adaptarse a las obligaciones contenidas en esta ley
RIOJA
LEY 3/2014, de 11 de septiembre,de Transparencia y Buen Gobierno de La Rioja
BOE, 1 de octubre BOR 115, de 17 de septiembre
Los TÍTULOS I “Disposiciones generales”, III “Buen gobierno”, IV “Reutilización de la información del
sector público autonómico” y V “Software libre” entró en vigor el día siguiente al de su publicación
en el «Boletín Oficial de La Rioja».
El título II “Transparencia” –que contiene normas sobre publicidad activa, derecho de acceso a la información pública y derecho de participación ciudadana- entró en vigor el 10 de diciembre de 2014. No obstante, todos los sujetos incluidos en el ámbito
de aplicación disponen hasta el día 10 de diciembre de 2015 para adaptarse a las obligaciones derivadas
CCAA CON LEYES POSTERIORES (2)
MADRID
LEY 4/2014, de 22 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas
.
BOE 49 de 26 de febrero
Sin perjuicio de las competencias atribuidas en este Título a otros órganos, en la Comunidad de Madrid corresponde a la Consejería competente en materia
de calidad de los servicios promover la transparencia de la actividad pública y velar por el cumplimiento de las obligaciones de publicidad en
los términos previstos en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, información pública y
buen gobierno
La presente ley entrará en vigor el día 1 de enero de 2015.
REGIÓN DE MURCIA
LEY 12/2014, de 16 de diciembre, de Transpa-rencia y Participación Ciudadana
BOE 8, de 9 de enero de 2015 BORM 290, de 18 de diciembre de 2014 Los títulos I “Disposiciones generales”, III “Participación ciudadana” y IV “Organización y
fomento de la transparencia y la participación ciudadana en la administración regional” entrarán en
vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia».
Los títulos II “Transparencia de la actividad pública” –que contiene normas sobre publicidad activa y
acceso a la información pública- y V “Régimen sancionador” entrarán en vigor a los seis meses de su publicación en el «Boletín Oficial de la Región de
Murcia».
CCAA CON LEYES POSTERIORES (3)
CANARIAS
LEY 12/2014, de 26 de diciembre, de
transparencia y de acceso a la
información pública.
BOE 32, de 6 de febrero BOC 5 de 9 de eneroLa presente ley entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial de Canarias», salvo el
título II, que entrará en vigor a los seis meses de su publicación en dicho «Boletín»
CATALUÑA
LEY 19/2014, de 29 de diciembre, de
transparencia, acceso a la información
pública y buen gobierno
BOE 18, de 21 de enero de 2015 DOGC 6858, de 24 de abril
Entra en vigor a los seis meses de su publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat
de Catalunya»
El TÍTULO II “De la transparencia” –con normas sobre transparencia en la actividad pública, publicidad activa, transparencia en la gestión administrativa y reutilización de la información
pública- entrará en vigor al cabo de un año de que la Ley haya sido publicada en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya» en lo
referente a los entes que integran la Administración local.
CCAA CON LEYES POSTERIORES (4)
COMUNIDAD VALENCIANALEY 2/2015, de 2 de abril, de Transparencia, Buen Gobierno y Participación Ciudadana
BOE 100, de 27 de abril DOCV 7500, de 8 de abril Esta ley entrará en vigor:
Las siguientes disposiciones, a los 6 meses de su publicación en el «Diari Oficial de la Comunitat
Valenciana»:
El Capítulo I “Publicidad activa” del TÍTULO I “Transparencia de la actividad pública”
Las DDAA 1ª (“La Generalitat colaborará con las EELL para la promoción y el fomento de la transparencia”), 2ª
(“Los centros directivos de la Administración y sus entidades autónomas, las entidades de derecho público,
consorcios adscritos, las sociedades mercantiles y las fundaciones públicas facilitarán al centro directivo competente la información que deba ser difundida a
través del Portalde Transparencia o que les sea requerida para su publicación o difusión”) y 7ª
El resto, al día siguiente de su publicación
ARAGÓN
LEY 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudad
ana
BOE 115 de 14 de mayo BOA 68, de 10 de abril
Esta ley entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón»
CCAA CON LEYES POSTERIORES (5)
CASTILLA Y LEÓN
Ley 3/2015, de 4 de marzo, de Transparencia y Participación Ciudadana de Castilla y León.
BOE 74, de 27 de marzo BOCyL 49, de 12 de marzo
La entrada en vigor de esta ley se producirá de acuerdo con las siguientes reglas:
Las disposiciones previstas en el TÍTULO III, “Participación ciudadana a través del Portal de Gobierno Abierto” las DDTT y las DDFF entrarán en
vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».
La DA 3ª entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».
El resto de la norma entrará en vigor el 10 de diciembre de 2015.
AMBITO SUBJETIVO DE APLICACIÓN
LEY 19/2013 LEY DE TRANSPARENCIA DE CATALUÑA
LEY DE TRANSPARENCIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA Administración General del
Estado, Administraciones de las Comunidades Autónomas y entidades que integran la Administración Local.
Entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social así como Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales Organismos Autónomos Agencias Estatales Entidades públicas empresariales
Entidades de Derecho Público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de cualquiera de las AAPP
Universidades públicas
Entidades de Derecho Público que, con independencia
funcional o una especial autonomía reconocida por la Ley, tienen funciones de regulación o supervisión de carácter externo.
Administración de la
Generalidad y los entes que integran la Administración local en Cataluña
Organismos y entes público
Entidades de derecho público dependientes o vinculadas,
Universidades públicas de
Cataluña y lentes dependientes, vinculados o participados,
incluidas las sociedades
mercantiles, fundaciones y otros entes instrumentales
Entidades de Derecho Público que, con independencia
funcional o una autonomía especial, ejercen funciones de regulación o supervisión externa sobre un determinado sector o actividad,
Administración de la Generalitat
Entidades integrantes de la Administración local de la Comunitat Valenciana.
Entidades de su sector público vinculadas o dependientes
Universidades públicas
valencianas y las entidades de su sector público
AMBITO SUBJETIVO DE APLICACIÓN (2)
LEY 19/2013 LEY DE TRANSPARENCIA DE CATALUÑA
LEY DE TRANSPARENCIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA
Asociaciones constituidas por las Administraciones, organismos y entidades previstos. Se incluyen los órganos de cooperación previstos en la Ley 30/1992 (LRJPAC)
Consorcios u otras formas
asociativas y sus entes vinculados y sociedades mercantiles en que participa de forma mayoritaria la Administración de la Generalidad o la Administración local en Cataluña
Consorcios y asociaciones
constituidas por la Administración de la Generalitat o la
Administración local de la Comunitat Valenciana Sociedades mercantiles en cuyo
capital social la participación, directa o indirecta, de las entidades previstas en este
artículo sea superior al 50 por 100.
Sociedades con participación mayoritaria o vinculadas,,
Sociedades mercantiles
Fundaciones del sector público Fundaciones del sector público Fundaciones del sector público. Corporaciones de Derecho
Público, en lo relativo a sus actividades sujetas a derecho administrativo.
Corporaciones de derecho público en lo que afecta al ejercicio de sus funciones públicas
Corporaciones de derecho público, en lo relativo a sus actividades sujetas a derecho administrativo Casa de SM el Rey, Congreso de
los Diputados, Senado, Tribunal Constitucional, Consejo General del Poder Judicial, Banco de España, Consejo de Estado, Defensor del Pueblo, Tribunal de Cuentas, Consejo Económico en relación con sus actividades sujetas a Derecho Administrativo.
Consejo de Garantías
Estatutaria, Síndic de Greuges Sindicatura de Cuentas y Consejo Audiovisual de Cataluña.,
Les Corts, Síndic de Greuges, Sindicatura de Comptes, Consell Valencià de Cultura, l’Acadèmia Valenciana de la Llengua, Comité Econòmic i Social, el Consell Jurídic Consultiu y cualquier otra institución estatutaria análoga en relación con su actividad
AMBITO SUBJETIVO DE APLICACIÓN (3)
LEY 19/2013 LEY DE TRANSPARENCIA DE CATALUÑA
LEY DE TRANSPARENCIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA
Partidos políticos, organizaciones sindicales y organizaciones empresariales.
Partidos políticos y asociaciones y fundaciones vinculadas, organizaciones sindicales y empresariales que: a) Perciban subvenciones o ayudas públicas de más de 100.000 euros anuales. b) Perciban subvenciones o ayudas públicas por importe de, al menos, el 40 % de sus ingresos anuales, siempre que esta cantidad sea de más de 5.000 euros.
Partidos políticos, organizaciones sindicales y organizaciones empresariales.
Entidades privadas que perciban durante el período de un año ayudas o subvenciones públicas en una cuantía superior a 100.000 euros o cuando al menos el 40 % del total de sus ingresos anuales tengan carácter de ayuda o subvención pública, siempre que alcancen como mínimo la cantidad de 5000 euros.
Entidades privadas que:
a) Perciban subvenciones o ayudas públicas de más de 100.000 euros anuales.
b) Perciban subvenciones o ayudas públicas por importe de, al menos, el 40 % de sus ingresos anuales, siempre que esta cantidad sea de más de 5.000 euros.
Entidades privadas que perciban ayudas o subvenciones públicas en una cuantía superior a 100.000 euros o cuando, al menos, el 40% del total de sus ingresos anuales tengan carácter de ayuda o subvención pública, siempre que alcancen como mínimo la cantidad de 5.000 euros .
AMBITO SUBJETIVO DE APLICACIÓN (4)
LEY 19/2013 LEY DE TRANSPARENCIA DE CATALUÑA
LEY DE TRANSPARENCIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA
Personas privadas físicas o
jurídicas que perciban, durante el periodo de un año, ayudas o subvenciones, de la
administración autonómica por importe superior a 10.000 euros. Personas físicas o jurídicas que
ejercen funciones públicas o potestades administrativas, que prestan servicios públicos o que perciben fondos públicos para funcionar o para llevar a cabo sus actividades por cualquier título jurídico
Entidades privadas o personas jurídicas que presten servicios públicos.
Personas físicas o jurídicas que realizan actividades calificadas legalmente como servicios de interés general o universal Grupos de interés, en los términos establecidos por el título IV de la Ley.
INFORMACIÓN SUJETA A
PUBLICIDAD ACTIVA
LEY 19/2013
LEY DE TRANSPARENCIA DE CANARIAS
Información institucional,
organizativa
y de planificación
Información institucional.
Información en materia organizativa.
Información relativa al personal de libre
nombramiento.
Información en materia de empleo en el sector
público.
Información sobre los servicios y procedimientos.
Información de la planificación y programación
Información de relevancia
jurídica
Información en materia normativa.
Información económica,
presupuestaria y estadística
.
Información económico-financiera
Información del patrimonio.
Información de las obras públicas.
Información de los contratos.
Información de encomiendas de gestión.
Información sobre concesión de servicios públicos.
Información de las ayudas y subvenciones.
Información en materia de ordenación del territorio.
Información en materia de retribuciones
LEY 19/2013
Información institucional,
organizativa
y de planificación
FUNCIONES que desarrollan
NORMATIVA que les es de aplicación
ESTRUCTURA ORGANIZATIVA
Organigrama actualizado que identifique a los
responsables de los diferentes órganos
y su perfil y trayectoria profesional.
PLANES Y PROGRAMAS ANUALES Y
PLURIANUALES en los que se fijen objetivos
concretos y actividades, medios y tiempo previsto
para su consecución.
GRADO DE CUMPLIMIENTO Y RESULTADOS, junto
con los INDICADORES DE MEDIDA Y VALORACIÓN.
LEY DE TRANSPARENCIA DE CANARIAS (1)
Información en materia institucional
Líneas básicas del ESTATUTO DE AUTONOMÍA
INSTITUCIONES de la Comunidad, detallando composición, funciones y competencias y reglas básicas de funcionamiento
Composición, funciones y funcionamiento del CONSEJO DE GOBIERNO
Composición, funciones y funcionamiento de los CABILDOS INSULARES
Número, composición, funciones y funcionamiento de los AYUNTAMIENTOS ORDEN DEL DÍA del Consejo de Gobierno, ACUERDOS DEL GOBIERNO de Canarias y acuerdos suscritos con los SINDICATOS Y ORGANIZACIONES EMPRESARIALES Y OTROS AGENTES sociales y económicos relevantes
Información en materia organizativa
DEPARTAMENTOS O CONSEJERÍAS, detallando áreas funcionales; órganos superiores, territoriales y colegiados; organismos y entidades públicas adscritas; órganos; competencias y funciones; titulares; número de personas.
ORGANISMOS AUTÓNOMOS Y ENTIDADES PÚBLICAS, especificando funciones y competencias; recursos financieros; actividades; régimen presupuestario y contable; órganos de dirección; composición; titulares.
UNIDADES ADMINISTRATIVAS a nivel de servicio, especificando responsable y funciones.
SOCIEDADES MERCANTILES, FUNDACIONES PÚBLICAS, CONSORCIOS Y DEMÁS ENTIDADES PRIVADAS, especificando objeto social, fin fundacional o funciones; capital social, dotación fundacional o participación; recursos
financieros; actividades; órganos y composición, titulares, número de personas.
ACUERDOS DEL GOBIERNO en los que se disponga la CREACIÓN,
MODIFICACIÓN, PARTICIPACIÓN O EXTINCIÓN de sociedades mercantiles, fundaciones públicas y consorcios, así como los estatutos por los que han de regirse, y sus modificaciones.
LEY DE TRANSPARENCIA DE CANARIAS (2)
Información relativa al personal de libre
nombramiento
ALTOS CARGOS en los DEPARTAMENTOS O CONSEJERÍAS, especificando identificación y nombramiento; perfil, méritos académicos y trayectoria profesional; funciones; órganos colegiados administrativos o sociales de los que es miembro; actividades públicas y privadas para las que se les ha concedido la compatibilidad
PERSONAL DIRECTIVO de los ORGANISMOS Y ENTIDADES PÚBLICAS, así como de las SOCIEDADES MERCANTILES, FUNDACIONES PÚBLICAS Y CONSORCIOS, especificando identificación y nombramiento; perfil, méritos académicos y trayectoria profesional; funciones; órganos colegiados administrativos o sociales de los que es miembro; actividades públicas y privadas para las que se les ha concedido la compatibilidad
PERSONAL EVENTUAL de confianza o asesoramiento especial en cada uno de los DEPARTAMENTOS O CONSEJERÍAS ORGANISMOS Y ENTIDADES PÚBLICAS, así como de las ENTIDADES PRIVADAS DEL SECTOR PÚBLICO AUTONÓMICO, especificando su identificación; nombramiento; funciones; órgano o directivo al que presta sus servicios y, en su caso, régimen del contrato laboral, y detallando perfil, méritos académicos y trayectoria profesional; órganos colegiados administrativos o sociales de los que es miembro y actividades públicas y privadas para las que se le ha concedido la compatibilidad
DECLARACIONES ANUALES DE BIENES Y ACTIVIDADES de los miembros del Gobierno y demás altos cargos de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, en los términos previstos legalmente.
LEY DE TRANSPARENCIA DE CANARIAS (3)
Información en materia de empleo en
el sector público
RELACIONES DE PUESTOS DE TRABAJO, CATÁLOGOS DE PUESTOS, PLANTILLAS DE PERSONAL o instrumentos similares de la Administración de la Comunidad y sus organismos y entidades públicas, especificando la identidad del personal que los ocupa y las vacantes.
NÚMERO DE EMPLEADOS PÚBLICOS de la Comunidad Autónoma de Canarias y sus organismos y entidades públicas, y su distribución por
GRUPOS DE CLASIFICACIÓN, especificando tipo de relación funcionarial, estatutaria o laboral, así como, en el caso del personal funcionario y
estatutario, los de carrera y los interinos, y para el personal laboral, los fijos, los indefinidos y los temporales.
NÚMERO DE EMPLEADOS PÚBLICOS de la Comunidad Autónoma de Canarias y sus organismos y entidades públicas, y su distribución por
DEPARTAMENTOS O CONSEJERÍAS, ORGANISMOS, ENTIDADES
PÚBLICAS, SOCIEDADES MERCANTILES, FUNDACIONES PÚBLICAS Y CONSORCIOS
NÚMERO DE LIBERADOS SINDICALES existentes en los distintos
departamentos de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como en sus organismos autónomos y demás entidades de Derecho Público vinculadas o dependientes de la misma, identificando el sindicato al que en cada caso pertenece. Asimismo, número de horas sindicales utilizadas.
LEY DE TRANSPARENCIA DE CANARIAS (4)
Información sobre los servicios y procedimientos
SERVICIOS que presta cada UNIDAD ADMINISTRATIVA.
REQUISITOS Y CONDICIONES de acceso, incluyendo horario y tasas, tarifas o precios.
LISTAS DE ESPERA existentes.
CARTAS DE SERVICIOS.
CATÁLOGO DE PROCEDIMIENTOS, incluidos los de carácter tributario, con indicación de los disponibles en formato electrónico. En el catálogo se
facilitará a la información necesaria sobre los procedimientos así comopara el inicio de la tramitación electrónica
Procedimiento para la presentación de QUEJAS Y RECLAMACIONES.
Número de RECLAMACIONES PRESENTADAS y número o proporción de las aceptadas
Información de planificación y programación
PROYECTOS DE PLANES Y PROGRAMAS anuales y plurianuales, generales o sectoriales, departamentales o interdepartamentales
PLANES Y PROGRAMAS anuales y plurianuales, generales o sectoriales, departamentales o interdepartamentales, aprobados, con indicación de
objetivos estratégicos, actividades y medios necesarios, estimación temporal para su consecución, identificación de los órganos responsables de su
ejecución, indicadores de seguimiento y evaluación
GRADO DE CUMPLIMIENTO y modificaciones introducidas o que pretenden introducirse respecto de lo planificado.
LEY 19/2013
Información de
relevancia jurídica
PROYECTOS DE REGLAMENTO. Cuando sea preceptiva la solicitud de dictámenes, la publicación se producirá una vez que estos hayan sido solicitados a los órganos consultivos correspondientes
ANTEPROYECTOS DE LEY Y PROYECTOS DE DECRETOS
LEGISLATIVOS cuya iniciativa les corresponda, cuando se soliciten los dictámenes a los órganos consultivos correspondientes. En el caso en que no sea preceptivo ningún dictamen la publicación se realizará en el momento de su aprobación
PROYECTOS DE REGLAMENTO. Cuando sea preceptiva la solicitud de dictámenes, la publicación se producirá una vez que estos hayan sido solicitados a los órganos consultivos correspondientes
MEMORIAS E INFORMES que conformen los expedientes de
elaboración de los textos normativos, en particular, la memoria del análisis de impacto normativo.
DOCUMENTOS que, conforme a la legislación sectorial vigente, deban ser sometidos a un período de información pública durante su
LEY DE TRANSPARENCIA DE CANARIAS
Información en materia normativa
PROGRAMA LEGISLATIVO DEL GOBIERNO, en el que se incluirán los
anteproyectos de ley previstos en el programa de gobierno, así como un informe semestral de seguimiento y modificaciones.
ANTEPROYECTOS DE LEY Y PROYECTOS DE REGLAMENTO
Iniciación de los PROCEDIMIENTOS DE ELABORACIÓN, relación actualizada de los mismos indicando su objeto y estado de tramitación.
TEXTOSsimultáneamente a la solicitud de los informes preceptivos
Lista de EVALUACIÓN, MEMORIA O INFORME JUSTIFICATIVO INFORMES Y DICTÁMENES preceptivos
Resultado de la PARTICIPACIÓN en los anteproyectos y proyectos reglamentarios sujetos a participación pública
DISPOSICIONES AUTONÓMICAS APROBADAS
BASE DE DATOS DE LAS NORMAS dictadas por la Comunidad Autónoma, incluyendo los textos consolidados con las modificaciones
SENTENCIAS que afecten a la vigencia e interpretación de las normas dictadas en la Comunidad Autónoma
DIRECTRICES, INSTRUCCIONES Y CIRCULARES que tengan incidencia en los ciudadanos, respuestas a CONSULTAS planteadas por los particulares u otros órganos en la medida en que supongan una interpretación del
LEY 19/2013
Información
económica,
presupuestaria y
estadística
Todos los CONTRATOS, con indicación de su objeto, duración, importe de licitación y de adjudicación, procedimiento de celebración, publicidad, número de licitadores, identidad del adjudicatario, modificaciones,
desistimientos y renuncias. La publicación de la información relativa a los CONTRATOS MENORES podrá realizarse trimestralmente.
Datos estadísticos sobre EL PORCENTAJE EN VOLUMEN
PRESUPUESTARIO DE CONTRATOS ADJUDICADOS POR CADA PROCEDIMIENTO de adjudicación.
Relación de CONVENIOS SUSCRITOS, con mención de las partes, su objeto, plazo de duración, modificaciones, obligados y,obligaciones económicas . .
ENCOMIENDAS DE GESTIÓN, con indicación de su objeto, presupuesto, duración, obligaciones económicas y subcontrataciones
.
SUBVENCIONES Y AYUDAS concedidas, con importe, finalidad y beneficiarios
PRESUPUESTOS, con información sobre ejecución y el cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera
CUENTAS ANUALES e INFORMES DE AUDITORÍA DE CUENTAS Y DE FISCALIZACIÓN de los órganos de control externo
RETRIBUCIONES anuales de ALTOS CARGOS Y MÁXIMOS RESPONSABLES INDEMNIZACIONES percibidas con ocasión del abandono del cargo por ALTOS CARGOS Y MÁXIMOS RESPONSABLES
RESOLUCIONES DE AUTORIZACIÓN DE COMPATIBILIDAD de sus empleados públicos así como AUTORIZACIONES DE EJERCICIO DE ACTIVIDAD PRIVADA al cese de los altos cargos o asimilados
Información estadística necesaria para valorar el grado de cumplimiento y CALIDAD DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS que sean de su competencia
LEY DE TRANSPARENCIA DE CANARIAS
Información económica y presupuestaria
A) Información presupuestaria y contable
LÍMITE DE GASTO no financiero aprobado para el ejercicio
PROYECTO DE LEY Y LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES
CUENTA GENERAL (balance, cuenta de resultados, memoria y liquidación Presupuesto)
EJECUCIÓN TRIMESTRAL DE LOS PRESUPUESTOS
CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS, suplementos y modificaciones de crédito
PRESUPUESTOS Y CUENTAS ANUALES de los entes y organismos del sector público
INFORMES DE FISCALIZACIÓN de la Audiencia de Cuentas de Canarias
INFORMESsobre el cumplimiento de los objetivos de ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y SOSTENIBILIDAD FINANCIERA
PLANES ECONÓMICO-FINANCIEROS para el cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, de deuda pública y de la regla de gasto
PLANES DE REEQUILIBRIO para los supuestos de déficit estructural.
PLANES DE AJUSTE aprobados por medidas de apoyo a la liquidez.
INFORMES DE SEGUIMIENTO de los planes
B) Transparencia en los ingresos y gastos
TRIBUTOSpropios, tributos cedidos, tributos del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, FONDO DE GARANTÍA DE SERVICIOS PÚBLICOS, FONDO DE SUFICIENCIA GLOBAL
LEY DE TRANSPARENCIA DE CANARIAS
Información económica y presupuestaria
B) Transparencia en los ingresos y gastos (continuación) INGRESOS Y GASTOS POR HABITANTE:
INVERSIÓN POR HABITANTE
GASTOS DE PERSONAL y su porcentaje sobre el total, especificando los gastos del personal directivo y eventual y de los liberados sindicales
Gasto efectuado en concepto de ARRENDAMIENTO DE BIENES INMUEBLES
Gastos realizados en CAMPAÑAS DE PUBLICIDAD o comunicación institucional
Gasto en concepto de PATROCINIO.
Gasto en AYUDAS O SUBVENCIONES PARA ACTIVIDADES ECONÓMICAS.
Gastos en las DISTINTAS POLÍTICAS y su porcentaje sobre el gasto total..
C) Transparencia en el endeudamiento
DEUDA PÚBLICA ACTUAL de la Comunidad y EVOLUCIÓN A LO LARGO DE LOS CINCO EJERCICIOS ANTERIORES, recogiendo el endeudamiento público por habitante y el endeudamiento
OPERACIONES DE PRÉSTAMO, CRÉDITO Y EMISIONES DE DEUDA PÚBLICA en todas sus modalidades realizadas por las entidades del sector público autonómico
AVALES Y GARANTÍAS prestadas en cualquier clase de crédito por las entidades del sector público autonómico
OPERACIONES DE ARRENDAMIENTO FINANCIERO por las entidades del sector público autonómico
LEY DE TRANSPARENCIA DE CANARIAS
Información patrimonial.
Relación de BIENES DEMANIALES de uso, servicio o acceso público
Relación de BIENES INMUEBLES de titularidad de la Comunidad o sobre los que ostenta algún derecho real, especificando su ocupación
Relación de BIENES CEDIDOS A TERCEROS, persona o entidad beneficiaria y destino de la cesión.
Relación de BIENES INMUEBLES ARRENDADOS y uso o servicio público de los mismos
Relación de VEHÍCULOS OFICIALES de titularidad o arrendados.
Acceso al INVENTARIO DE BIENES Y DERECHOS DE LA COMUNIDAD Procedimiento, participantes, ofertas, importe final y adjudicatarios de los
NEGOCIOS JURÍDICOS SOBRE INMUEBLES Y DERECHOS PATRIMONIALES de la Comunidad
Información de obras públicas
En fase de ADJUDICACIÓN:
a) Presupuesto, pliegos y criterios de adjudicación.
a) Número de empresas que han concurrido a la licitación. b) Empresa o empresas adjudicatarias
En fase de EJECUCIÓN
a) Denominación y descripción de la obra
b) Importe de su ejecución, diferenciando el presupuesto inicial y las revisiones posteriores, sean por modificaciones de la obra o por revisión de precios c) Administraciones, organismos o entidades que la financian, incluyendo el
importe que les corresponde.
d) Persona o entidad adjudicataria de la ejecución material.
e) Fecha de inicio y conclusión, así como prórrogas o ampliaciones del plazo. f) Penalizaciones impuestas por incumplimientos del contratista.
LEY DE TRANSPARENCIA DE CANARIAS
Información de los contratos.
A) Actividad contractual de los órganos de contratación de la Comunidad Entidades y ÓRGANOS DE CONTRATACIÓN
CONTRATOS programados, contratos adjudicados, licitaciones anuladas y cualquier otra in formación que se considere necesaria o conveniente para la adecuada gestión de la contratación.
LICITACIONES EN CURSO, con acceso a la totalidad de las condiciones de ejecución del contrato y la documentación complementaria
Composición y convocatorias de las MESAS DE CONTRATACIÓN
PREGUNTAS FRECUENTES y aclaraciones relativas al contenido de los contratos.
B) Contratos formalizados
CONTRATOS FORMALIZADOS, con indicación de su objeto, duración, importe de licitación y de adjudicación, procedimiento utilizado, publicidad, número de licitadores e identidad de los adjudicatarios.
Datos estadísticos sobre el PORCENTAJE EN VOLUMEN PRESUPUESTARIO DE CONTRATOS ADJUDICADOS POR CADA PROCEDIMIENTOde adjudicación.
NÚMERO DE CONTRATOS MENORES formalizados trimestralmente, especificando su importe global y el porcentaje que representan respecto de la totalidad.
MODIFICACIONES, PRÓRROGAS Y VARIACIONES DEL PLAZO
PENALIDADES IMPUESTAS POR INCUMPLIMIENTO de los contratistas
Relación de CONTRATOS RESUELTOS y decisiones de desistimiento y renuncia de los contratos
LEY DE TRANSPARENCIA DE CANARIAS
Información de convenios
RELACIÓN DE CONVENIOS CELEBRADOS POR LA COMUNIDAD y sus organismos y entidades dependientes, incluyendo:
a) PARTES.
b) OBJETO, con indicación de las actuaciones o actividades
comprometidas y los órganos o unidades encargados de la ejecución de las mismas.
c) FINANCIACIÓN.
d) PLAZO Y CONDICIONES DE VIGENCIA.
e) Objeto y fecha de las MODIFICACIONES
f) BOLETÍN OFICIAL en que fue publicado y REGISTRO en el que está inscrito
Información de encomiendas de gestión
RELACIÓN DE ENCOMIENDAS DE GESTIÓN efectuadas por la Comunidad y sus organismos y entidades, incluyendo:
a) ENTIDAD a la que se realiza.
b) Número y categorías profesionales de las PERSONAS incluidas, así como importe destinado a GASTOS DE PERSONAL
c) MEDIOS MATERIALES que la entidad encomendante haya acordado poner a disposición de la encomendada para la realización del trabajo.
d) MOTIVOS de que NO SE PRESTEN LOS SERVICIOS CON MEDIOS PERSONALES PROPIOS.
e) OBJETO Y PRESUPUESTO.
f) TARIFAS o precios fijados.
g) MODIFICACIONES Y REVISIONES, así como LIQUIDACIÓN FINAL.
h) SUBCONTRATACIONES, con indicación de procedimiento, persona o entidad adjudicataria e importe de la adjudicación
LEY DE TRANSPARENCIA DE CANARIAS
Información de retribuciones
RETRIBUCIONES DE LOS ALTOS CARGOS Y DEL PERSONAL DIRECTIVO
en función de la clase o categoría del órgano, así como de los gastos de representación que tienen asignados. Asimismo INDEMNIZACIONES
PERCIBIDAS, EN SU CASO, CON OCASIÓN DEL ABANDONO DEL CARGO.
Retribuciones delPERSONAL DE CONFIANZA O ASESORAMIENTO ESPECIAL, articulada en función de la clase y/o categoría.
Retribuciones del PERSONAL, FUNCIONARIO, ESTATUTARIO Y LABORAL, articulada en función de los niveles y cargos existentes.
Devengo y cuantías de las iNDEMNIZACIONES POR RAZÓN DEL SERVICIO EN CONCEPTO DE VIAJES, MANUTENCIÓN, ALOJAMIENTO Y ASISTENCIA
a órganos colegiados o sociales.
Con carácter semestral, cuantías de las iNDEMNIZACIONES POR DIETAS Y GASTOS DE VIAJE percibidas por los CARGOS DE LA ADMINISTRACIÓN, EL PERSONAL DIRECTIVO Y EL PERSONAL DE CONFIANZA O
ASESORAMIENTO ESPECIAl.
Información de ayudas y subvenciones
PLANES ESTRATÉGICOS de ayudas y subvenciones aprobados.
RELACIÓN DE LAS LÍNEAS DE AYUDAS O SUBVENCIONES PREVISTAS EN EL EJERCICIO PRESUPUESTARIO, con indicación de importes, objetivo o
finalidad y posibles beneficiarios
RELACIÓN DE AYUDAS Y SUBVENCIONES CONCEDIDAS a lo largo de cada ejercicio, indicando su importe, objetivo o finalidad y beneficiarios..
RELACIÓN DE SUBVENCIONES DE CONCESIÓN DIRECTA CONCEDIDAS, especificando la persona o entidad beneficiaria, importe y destino de la misma. Se publicará trimestralmente, expresando las razones o motivos que justifiquen la no existencia de convocatoria pública
LEY DE TRANSPARENCIA DE CANARIAS
Información sobre concesión de servicios
públicos
SERVICIO PÚBLICO objeto de la concesión administrativa. Identificación delCONCESIONARIO.
PLAZO DE LA CONCESIÓN, régimen de financiación y condiciones de prestación del servicio.
Información en materia de ordenación del
territorio
BASE DE DATOS actualizada y accesible, que contenga de forma unitaria todos los INSTRUMENTOS DE ORDENACIÓN DEL SISTEMA DE PLANEAMIENTO DE CANARIAS y sus modificaciones y revisiones, incluyendo las resoluciones judiciales firmes.
ACCESO a toda la información geográfica disponible en el SISTEMA DE INFORMACIÓN TERRITORIAL DE CANARIAS a través de la Infraestructura de Datos Espaciales de Canarias (IDE Canarias), o de cualquier otra infraestructura
Respecto de los INSTRUMENTOS DE ORDENACIÓN QUE SEAN DE SU COMPETENCIA, contenido íntegro del expediente, convenios urbanísticos, informes alegaciones formuladas y contestación a las misma e informes técnicos y jurídicos emitidos por el órgano tramitador
Información estadística
Información estadística necesaria para valorar el GRADO DE CUMPLIMIENTO Y CALIDAD DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS que sean de su competencia, así como la INFORMACIÓN ESTADÍSTICA DE INTERÉSde la Comunidad Autónoma de Canarias
SIN ÓRGANOS ESPECÍFICOS DE CONTROL
CONSEJO DE TRANSPARENCIA Y
BUEN GOBIERNO
Será competente para conocer de la reclamación previa frente a las resoluciones expresas o presuntas de las solicitudes de derecho de acceso a la información pública el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno integrado en la Administración General del Estado
CONSEJERO TITULAR DEL DEPARTAMENTO COMPETENTE EN MATERIA DE PRESIDENCIA DEFENSOR DEL PUEBLO DE NAVARRA
Los actos u omisiones de la Administración Pública que
vulneren los derechos reconocidos en materia de
información y participación y colaboración públicas serán objeto de los recursos administrativos regulados en la normativa básica sobre procedimiento administrativo común y en Ley Foral de la Administración de Navarra
Los recursos de alzada interpuestos se resolverán por el
Consejero titular del Departamento competente en materia de Presidencia
Sin perjuicio de los recursos administrativos que puedan
interponerse en materia de acceso a la información pública, el solicitante de la información pública podrá dirigir una queja al Defensor del Pueblo de Navarra
Las resoluciones dictadas serán objeto de los recursos
administrativos y contencioso-administrativos previstos en la legislación que resulte de aplicación.
Frente a toda resolución expresa o presunta en materia
de acceso dictada así como frente a la resolución de los recursos administrativos que contra aquella sean
procedentes, podrá interponerse una reclamación, con carácter potestativo y previo a la impugnación en vía contencioso-administrativa, en los términos establecidos en la legislación básica del Estado.
ORGANOS DE CONTROL (1)
AGENCIA VASCA DE TRANSPARENCIA-GARDENA COMISIÓN DE GARANTÍA DEL
DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
SÍNDIC DE GREUGES, SINDICATURA DE CUENTAS OFICINA ANTIFRAUDE DE CATALUÑA
CONSEJO DE TRANSPARENCIA Y PROTECCIÓN DE DATOS DE ANDALUCÍA
CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS CONSEJO DE LA TRANSPARENCIA DE
ORGANOS DE CONTROL (2)
CONSEJO DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y BUEN GOBIERNO DE LA COMUNIDAD
VALENCIANA
CONSEJO DE TRANSPARENCIA DE ARAGÓN
COMISIONADO O COMISIONADA DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DE CANARIAS
OFICINA DE EVALUACIÓN PÚBLICA DE LAS ILLES BALEARS
CONSEJO CONSULTIVO DE LA COMUNIDAD DE MADRID
COMISIÓN DE TRANSPARENCIA DE CASTILLA Y LEÓN
COMISIONADO DE TRANSPARENCIA -PROCURADOR DEL COMÚN
ORGANOS DE CONTROL (3)
Las Comunidades Autónomas
podrán atribuir la competencia para
la resolución de la reclamación
prevista en el artículo 24 de la Ley
19/2013 al Consejo de
Transparencia y Buen Gobierno.
A tal efecto, deberán celebrar el
CORRESPONDIENTE CONVENIO
CON LA ADMINISTRACIÓN
GENERAL DEL ESTADO,
en el
que se estipulen las condiciones en
que la Comunidad sufragará los
gastos derivados de esta asunción
de competencias
.
Ley 3/2014, de 11 de septiembre, de
Transparencia y Buen Gobierno de La
Rioja.
Será competente para conocer de la
reclamación previa frente a las
resoluciones expresas o presuntas de
las solicitudes de derecho de acceso a
la información pública el Consejo de
Transparencia y Buen Gobierno
integrado en la Administración general
COMPETENCIAS EELL
[1
El Municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover actividades y prestar los servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones
de la comunidad vecinal
En todo caso, ejercerá como COMPETENCIAS PROPIAS, en los términos de la legislación del Estado y de las CCAA, competencias en las siguientes materias ñ) Promoción en su término municipal de
la participación de los ciudadanos en el uso eficiente y sostenible de las tecnologías de la información y las comunicaciones Las competencias municipales se determinarán por Ley debiendo
evaluar la conveniencia de la implantación de servicios locales conforme a los principios de descentralización, eficiencia,
estabilidad y sostenibilidad financiera
Artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local , redactado por el artículo primero, apartado ocho, de la Ley 27/2013, de 27
COMPETENCIAS EELL
[1
Los ayuntamientos deberán establecer y regular en normas de carácter orgánico procedimientos y órganos adecuados para la
efectiva participación de los vecinos en los asuntos de la vida pública local, tanto en el ámbito del municipio en su conjunto como
en el de los distritos, en el supuesto de que existan en el municipio dichas divisiones territoriales
Asimismo, las entidades locales y, especialmente, los municipios, deberán impulsar la utilización interactiva de las TIC para facilitar la
participación y la comunicación con los vecinos, para la presentación de documentos y para la realización de trámites
administrativos, de encuestas y, en su caso, de consultas ciudadanas.
Las Diputaciones provinciales, Cabildos y Consejos insulares colaborarán con los municipios que, por su insuficiente capacidad económica y de gestión, no puedan desarrollar en grado suficiente el
deber establecido en este apartado
Artículo 70 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local , redactado por el artículo primerode la Ley 57/2003, de 16 de
ORDENANZA TIPO DE TRANSPARENCIA DE LA FEMP
[1AMBITO DE APLICACIÓN
a) Las EELLb) Los Organismos Autónomos, las Entidades Públicas Empresariales y
las entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de las
EELL
c) Las sociedades mercantiles en cuyo capital social la participación, directa o indirecta, de las EELL o
sus organismos vinculados o dependientes sea superior al 50 por
100
d) Las fundaciones de iniciativa pública local o de participación mayoritaria de las EELL, ya sea en
su dotación fundacional o en sus órganos de gobierno.
e) Las asociaciones constituidas por las EELL, organismos y demás
entidades mencionadas
Las personas físicas o jurídicas que presten
servicios públicos o ejerzan potestades
administrativas de titularidad local deberán
proporcionar a las EELL la información precisa
para cumplir con las obligaciones de transparencia Igualmente deberán hacerlo los adjudicatarios de contratos públicos en los términos que se establezcan en los respectivos contratos
PUBLICIDAD ACTIVA ORDENANZA FEMP
[1 Información sobre la institución, su organización, planificación y personalPUBLICIDAD ACTIVA ORDENANZA FEMP
Competencias y funciones, tanto propias como delegadas.
Normativa que le es de aplicación.
Entes dependientes o participados por ella y aquéllos a los que
pertenece, incluyendo enlaces a sus páginas web.
Organigrama descriptivo de su estructura organizativa con
identificación de los órganos decisorios, consultivos, de participación o de gestión, especificando sede, composición y competencias
Identificación de los responsables de los distintos órganos señalados,
especificando su perfil y trayectoria profesional
Estructura departamental, con identificación de los máximos
responsables departamentales
•.
Número de puestos reservados a personal eventual.
Relaciones de puestos de trabajo, catálogos u otros instrumentos.
Oferta de empleo público.
Procesos de selección y provisión de puestos de trabajo.
Ientificación de las personas que forman parte de los órganos de
PUBLICIDAD ACTIVA ORDENANZA FEMP
[1
Planes y mapas estratégicos, especificando objetivos
concretos, actividades, medios y tiempo previsto para su consecución.
Programas anuales y plurianuales, especificando objetivos concretos, actividades, medios y tiempo previsto para su
consecución.
Dcumentos que reflejen su grado de cumplimiento y resultados,
junto con los indicadores de medida y valoración, con frecuencia anual Planes y m concretos, act Programas an concretos, ac Dcumentos que
junto con los indi
Información sobre retribuciones altos cargos y personas que ejercen la máxima responsa-bilidad Información sobre planes y programas •.
Retribuciones percibidas anualmente.
Indemnizaciones percibidas, en su caso, con ocasión del abandono del cargo.
Resoluciones que autoricen el ejercicio de actividad privada con motivo del cese de los mismos.
Declaraciones anuales de bienes y actividades En todo caso,
se omitirán los datos relativos a la localización concreta de los bienes inmuebles y se garantizará la privacidad y seguridad
PUBLICIDAD ACTIVA ORDENANZA FEMP
[1 Información de relevancia jurídica y patrimonialEl texto completo de las Ordenanzas, Reglamentos y otras disposiciones.
Los proyectos de Ordenan-zas, Reglamentos y otras disposiciones incluyendo las memorias e informes que conformen los expedientes de elaboración.
Las directrices, instrucciones, acuerdos, circulares o res-puestas a consultas planteadas por los particulares
u otros.
Los documentos que, conforme a la legislación vigente, deban ser sometidos a un periodo de información pública.
Relación de los bienes inmuebles que sean de su propiedad o sobre los que ostenten algún derecho real
PUBLICIDAD ACTIVA ORDENANZA FEMP
[1 Información sobre los servicios prestados por la Entidad y los procedimientos administrativos aplicablesCatálogo general de los servicios que presta.
Sedes de los servicios y equipamientos de la entidad,
dirección, horarios, enlaces a sus páginas web y direcciones
de correo electrónico.
Cartas de Servicios
Catálogo de los procedimientos administrativos de su
competencia, así como instancias y formularios que tengan asociados
PUBLICIDAD ACTIVA ORDENANZA FEMP
[1 Información económica, financiera y presupuestaria Presupuestos anuales, con descripción de las principales partidas
presupuestarias e información actualizada trimestralmente sobre su estado de ejecución.
Modificaciones presupuestarias.
Información sobre el cumplimiento de los objetivos de estabilidad
presupuestaria y sostenibilidad financiera.
Liquidación del presupuesto.
Cuentas e informes de auditoría de cuentas y fiscalización.
PUBLICIDAD ACTIVA ORDENANZA FEMP
[1 Información sobre contratación, convenios y subvencionesContratos formalizados por la Entidad Local, con indicación de
objeto, importe licitación y adjudicación, duración, prórrogas, procedimiento de celebración, publicidad, número de licitadores,
identidad del adjudicatario, modificaciones y desistimientos
Contratos menores (relación trimestral).
Perfil del contratante.
Datos estadísticos sobre volumen presupuestario de los
contratos adjudicados por cada uno de los procedimientos previstos.
Relación de convenios suscritos, con mención de partes
firmantes, objeto, duración, modificaciones, obligados y obligaciones económicas
Encomiendas de gestión con indicación de objeto, presupuesto,
duración, obligaciones económicas y subcontrataciones con mención de los adjudicatarios, procedimiento seguido e importe.
Subvenciones y ayudas públicas, con indicación de importe,
LIMITES TRANSPARENCIA ORDENANZA FEMP
Competencias delegadas Protección de datos de carácter personalLa protección de datos no supondrá un límite “cuando el
titular del dato haya fallecido, salvo que concurran otros
derechos” o cuando “los titulares de los datos los
hubieran hecho manifiestamente públicos previamente” o
fuera posible la disociación “sin que resulte información
engañosa o distorsionada y sin que sea posible la identificación de las personas afectadas”.
En los supuestos en que las EELL han recibido una delegación de competencias estatales o autonómicas
y los datos o informaciones a publicar estén
vinculados al ejercicio de las mismas, habrá que estar