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Grado en Ciencias de la Seguridad. (+34)

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Academic year: 2021

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Convalidaciones y reconocimiento de créditos

(pág. 4)

Información de acceso

(pág. 12)

Plan de estudios

(pág. 7)

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Presentación

La seguridad, además de un valor jurídico, normativo y político, es un valor social, uno de los pilares primordiales de la sociedad, se encuentra en la base de la libertad y la igualdad que contribuye al desarrollo pleno de los individuos.

El objetivo central del título de Grado en Ciencias de la Seguridad de la Universidad Isabel I es formar a profesionales que den respuesta a las necesidades que las Administraciones públicas y la sociedad civil demandan en relación con la gestión integral de la seguridad, entendida en torno a dos conceptos fundamentales safety & security.

Estos dos términos nos dan una visión de la seguridad en su concepto más amplio; es decir, la cualidad de estar libre y exento de todo peligro, daño o riesgo.

Nos referimos a todo el espectro relacionado con la integridad física de las personas y la protección del medio ambiente, la seguridad patrimonial, la seguridad informática...

El Grado en Ciencias de la Seguridad, tal y como se plantea, está enfocado al ámbito de la seguridad pública (en concreto de la protección civil y de la seguridad ciudadana) y al ámbito de la seguridad privada, sin olvidar otros sectores de la seguridad.

La necesidad de formación en esta materia está justificada si se toma en consideración que, hasta hace pocos años, no existía en el ámbito universitario lo que se podría denominar «formación universitaria de seguridad», sino que la preparación de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de la Seguridad, servicios de bomberos, protección civil y miembros de la seguridad privada, estaba reservada para estos gremios en las academias propias de los diferentes Cuerpos de las Administraciones públicas, sin conexión con el mundo universitario.

Los alumnos del Grado de Ciencias de la Seguridad pueden obtener la titulación de Director de Seguridad y Jefe de Seguridad privada cursando dos asignaturas a mayores. Estas titulaciones son habilitantes y están acreditadas por el Ministerio de Interior.

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Convalidaciones y reconocimiento de créditos

Reconocimiento de créditos

Se entiende por reconocimiento la aceptación por una universidad de los créditos que, habiendo sido obtenidos en unas enseñanzas oficiales, en la misma universidad u otra, son computados en otras distintas a efectos de la obtención de un título oficial.

La experiencia laboral y profesional acreditada podrá ser también reconocida en forma de créditos que computarán a efectos de la obtención de un título oficial, siempre que dicha experiencia esté relacionada con las competencias inherentes a dicho título.

Consúltanos y realizaremos, según tu caso particular, un informe previo en el que te indicaremos el número de créditos reconocidos y el número de créditos pendientes para la obtención del grado. Para ello, completa el formulario de preinscripción del grado que deseas cursar, indicando que solicitas información acerca de este estudio y un orientador se pondrá en contacto contigo.

Equiparación con Formación Profesional

En nuestros grados los alumnos que hayan cursado Formación Profesional Superior tendrán, como mínimo, los reconocimientos que establece la normativa legal para la convalidación de asignaturas en las especialidades que proceda.

Convalidaciones

• Director de Seguridad y Jefe de Seguridad Privada - Cursando 2 asignaturas del Grado en Criminología.

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Salidas profesionales

En el ámbito privado de la seguridad pública:

• Elaboración de planes de autoprotección para el desarrollo de actividades que legalmente lo requieren.

• Elaboración de planes de emergencia interior para determinadas actividades críticas.

• Elaborar planes de autoprotección integrales para entornos industriales complejos.

• Elaborar planes de emergencia para los centros de trabajo.

• Elaboración de planes de emergencia para espectáculos públicos, conforme a la normativa autonómica.

• Elaboración de planes de seguridad y emergencia para espectáculos de pirotecnia.

• Elaborar informes de análisis de riesgos y proponer medidas preventivas y de respuesta a incidentes, para actividades que no requieran de Plan de Autoprotección.

• Llevar a cabo actividades de formación del personal implicado en los planes.

• Llevar a cabo la implantación de planes de emergencia y planes de autoprotección.

• Realizar estudios de necesidades en materia de seguridad.

• Colaborar con los responsables de las Administraciones públicas en la integración de los planes de autoprotección con el sistema público de protección civil.

• Colaborar con las Administraciones públicas en la elaboración de planes territoriales y planes especiales de protección civil.

• Colaborar con las Administraciones públicas en la realización de simulacros relacionados con la implantación de planes territoriales y planes especiales.

• Capacidad para aplicar en los planes de autoprotección y planes de emergencia la normativa relativa a la protección de incendios en las diferentes edificaciones.

• Llevar a cabo acciones de dinamización y promoción de iniciativas de mejora de la seguridad en los grupos de trabajo de las empresas para las que presten sus servicios.

• Desarrollar planes de evacuación de centros docentes de Educación General Básica, Bachillerato y Formación Profesional.

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Salidas profesionales

En el ámbito de las Administraciones públicas:

• Acceso conforme a los sistemas selectivos establecidos, a las Administraciones públicas, como técnico superior de protección civil, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, Servicios de Extinción de Incendios y Salvamento y promoción interna de los mismos.

• Supervisión y control de los planes de autoprotección elaborados por técnicos competentes.

• Colaboración con el sector privado en la redacción e implantación de planes de autoprotección y planes de emergencia interior.

• Redacción e implantación de planes territoriales y planes especiales de protección civil, tanto en el ámbito local como autonómico o estatal, conforme a la normativa exigida.

• Director de seguridad privada. Planes especiales conforme a:

• Directriz básica de planificación de protección civil ante el riesgo de inundaciones.

• Directriz básica de protección civil para el control y la planificación ante el riesgo de accidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas.

• Directriz básica de planificación de protección civil de emergencia por incendios forestales.

• Directriz básica de planificación de protección civil ante el riesgo sísmico.

• Directriz básica de planificación de protección civil ante el riesgo volcánico.

• Directriz básica de planificación de protección civil ante el riesgo de accidentes en los transportes de mercancías peligrosas por carretera y ferrocarril.

• Llevar a cabo proyectos y planes de recuperación de normalidad de áreas afectadas por desastres naturales.

• Elaboración de planes de autoprotección, planes de emergencia para actividades públicas.

• Elaboración de planes de seguridad y emergencias para espectáculos de pirotecnia.

• Supervisar simulacros realizados en las empresas privadas dentro de sus planes de autoprotección.

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Asignatura ECTS Carácter

trim

es

tr

e Aplicación de las TIC a la Práctica Profesional 6 Básico

Comunicación Profesional en Inglés 6 Básico

Seguridad Pública y Seguridad Privada 6 Básico

trim

es

tr

e Fundamentos Comunitarios y Constitucionales 6 Básico

Riesgos I 6 Obligatorio

Derecho de la Seguridad 6 Básico

trim

es

tr

e Técnicas de Comunicación Profesional 6 Básico

Tecnologías Aplicadas a la Gestión de la Seguridad 6 Obligatorio Psicología Social. La conducta humana ante situaciones de emergencia 6 Básico Prácticas de Iniciación Profesional. Primer curso (Trimestres 1-3) 6 OB

1º curso

2º curso

3º curso

4º curso

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Asignatura ECTS Carácter

trim

es

tr

e Empresa e Iniciativa Emprendedora 6 Básico

Código Técnico de la Edificación 6 Obligatorio Introducción a la Seguridad Privada. Ámbitos de actuación, actividades,

servicios y funciones 6 Obligatorio

trim

es

tr

e Comunicación científica en Inglés 6 Básico

Seguridad contra Incendios 6 Obligatorio

Riesgos II 6 Obligatorio

trim

es

tr

e Derecho Administrativo de la Seguridad 6 Básico

Planes de Autoprotección I 6 Obligatorio

Protección de Datos de Carácter Personal y Seguridad 6 Básico Prácticas de Iniciación Profesional. Segundo curso (Trimestres 4-6) 6 Obligatorio

1º curso

2º curso

3º curso

4º curso

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Asignatura ECTS Carácter

trim

es

tr

e Derecho Penal de la Seguridad 6 Obligatorio

Planes de Autoprotección II 6 Obligatorio

Reglamento de Protección contra Incendios y RIPI 6 Obligatorio

trim

es

tr

e Elaboración e Implantación de Planes Territoriales y Especiales 6 Obligatorio

Técnicas de Dirección y Gestión de Equipos 6 Obligatorio Responsabilidad Civil, Penal y Administrativa 6 Obligatorio

trim

es

tr

e La Dirección y la Planificación en la Seguridad Privada. Calidad de Servicio 6 Obligatorio Centros de Coordinación de Emergencias 6 Obligatorio Mecanismos para el Control de Riesgo en la Seguridad Privad 6 Obligatorio Prácticas de Iniciación Profesional. Tercer curso (Trimestres 7-9) 6 Prácticas Externas

1º curso

2º curso

3º curso

4º curso

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Asignatura ECTS Carácter

trim

es

tr

e Planes de Autoprotección III 6 Obligatorio

Valores Sociales y Deontología Profesional 6 Obligatorio

trim

es

tr

e Optativa 1 6 Optativa

Plan de seguridad integral en la Seguridad Privada 6 Obligatorio

trim es tr e Optativa 2 6 Optativa Optativa 3 6 Optativa

Trabajo Fin de Grado 18 Trabajo Fin de Grado Prácticas Externas. Cuarto curso (trimestres 10-12) 6 Prácticas Externas

1º curso

2º curso

3º curso

4º curso

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Plan de estudios

Asignaturas optativas

Asignatura ECTS Curso Trimestre

Ley orgánica 4/2015, de Protección de la Seguridad Ciudadana 6 4 2

Ciberseguridad en Redes y Sistemas 6 4 3

Seguridad Ambiental 6 4 2

Planes de Seguridad y Emergencias en Espectáculos Pirotécnicos 6 4 3 Catálogo Nacional de Medios y Recursos Movilizables y Emergencias 6 4 3 Gestión de la Tensión Psicológica, Negociación y Mediación 6 4 2

Trim.: trimestre; B: básico; OB: obligatorio, OP: optativo; PE: prácticas externas; TFG: Trabajo Fin de Grado. En el curso académico 2017-2018 estarán disponibles las asignaturas del curso 1º.

En el curso académico 2018-2019 estarán disponibles las asignaturas de los cursos 1º y 2º. En el curso académico 2019-2020 estarán disponibles las asignaturas de los cursos 1º, 2º y 3º.

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Información de acceso

El grado no exige conocimientos previos (y, como se ha destacado, los referidos a nuestra metodología online se desarrollarán en el taller de formación inicial) ya que las materias impartidas arrancan de la base adquirida, ya sea en Bachillerato o en los ciclos formativos de Formación Profesional relacionados, dedicándose los primeros trimestres a ofrecer la formación de base necesaria para afrontar los conocimientos que se tratarán posteriormente a lo largo de la titulación.

La persona que solicite cursar estudios universitarios en la Universidad Isabel I conducentes a la obtención de una titulación oficial tiene que cumplir los requisitos que establezca la legislación vigente para el acceso a los estudios universitarios de carácter oficial, sin establecerse, por tanto, criterios o pruebas de acceso especiales por parte de esta Universidad.

De la misma manera, el estudiante tendrá que cumplir los requisitos de acceso que establezca la propia Universidad Isabel I en las «Normas de Organización y Funcionamiento de la Universidad Isabel I», que la Universidad elaborará conforme a lo dispuesto por el artículo 1.3 de la Ley 3/2011, de 22 de marzo, por la que se reconoce como universidad privada a la «Universidad Isabel I».

Los criterios de acceso atenderán a lo previsto en Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de grado, y que determinarán los siguientes requisitos de acceso:

1. Estudiantes en posesión del título de Bachiller del sistema educativo español o de otro declarado equivalente.

2. Estudiantes en posesión del título de Bachillerato europeo o del diploma de Bachillerato internacional.

3. Estudiantes en posesión de títulos, diplomas o estudios de Bachillerato o Bachiller procedentes de sistemas educativos de Estados miembros de la Unión Europea o de otros Estados con los que se hayan suscrito acuerdos internacionales aplicables a este respecto, en régimen de reciprocidad.

4. Estudiantes en posesión de títulos, diplomas o estudios homologados al título de Bachiller del sistema educativo español, obtenidos o realizados en sistemas educativos de Estados que no sean miembros de la Unión Europea con los que no se hayan suscrito acuerdos internacionales para el reconocimiento del título de Bachiller en régimen de reciprocidad, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4.

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Información de acceso

5. Estudiantes en posesión de los títulos oficiales de técnico superior de Formación Profesional, de técnico superior de Artes Plásticas y Diseño o de técnico deportivo superior perteneciente al sistema educativo español, o de títulos, diplomas o estudios declarados equivalentes u homologados a dichos títulos, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4.

6. Estudiantes en posesión de títulos, diplomas o estudios, diferentes de los equivalentes a los títulos de Bachiller, técnico superior de Formación Profesional, técnico superior de Artes Plásticas y Diseño, o de técnico deportivo superior del sistema educativo español, obtenidos o realizados en un Estado miembro de la Unión Europea o en otros Estados con los que se hayan suscrito acuerdos internacionales aplicables a este respecto, en régimen de reciprocidad, cuando dichos estudiantes cumplan los requisitos académicos exigidos en dicho Estado miembro para acceder a sus Universidades.

7. Personas mayores de 25 años que superen la prueba de acceso establecida en este real decreto.

8. Personas mayores de 45 años que superen la prueba de acceso establecida en este real decreto.

9. Estudiantes en posesión de un título universitario oficial de grado, máster o título equivalente.

10. Estudiantes en posesión de un título universitario oficial de diplomado universitario, arquitecto técnico, ingeniero técnico, licenciado, arquitecto, ingeniero, correspondientes a la anterior ordenación de las enseñanzas universitarias o título equivalente.

11. Estudiantes que hayan cursado estudios universitarios parciales extranjeros o españoles, o que, habiendo finalizado los estudios universitarios extranjeros, no hayan obtenido su homologación en España y deseen continuar estudios en una universidad española. En este supuesto, será requisito indispensable que la universidad correspondiente les haya reconocido al menos 30 créditos ECTS

12. Estudiantes que estuvieran en condiciones de acceder a la Universidad según ordenaciones del sistema educativo español anteriores a la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre.

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Información de acceso

Todo ello teniendo siempre en cuenta lo dispuesto sobre requisitos de acceso en el artículo 3 de la Ley 3/2011 por la que se crea nuestra Universidad y que establece lo siguiente:

1. Podrá acceder a la Universidad Isabel I el alumnado que cumpla los requisitos establecidos en la normativa vigente para acceder a la enseñanza universitaria.

2. La Universidad Isabel I regulará el régimen de acceso y permanencia del alumnado en sus centros, con respeto a los principios de igualdad, mérito y capacidad, garantizando, en todo caso, que no exista discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

Sin perjuicio de todo lo anterior, la Universidad Isabel I establecerá a través de su normativa aquellos procedimientos de admisión que considere oportunos para garantizar el éxito del alumno a la hora de cursar sus estudios y minimizar la tasa de abandono.

La Universidad Isabel I no ha establecido pruebas de acceso y/o admisión especiales. No obstante, en la selección de los aspirantes, para el caso de que la demanda supere la oferta, la admisión de estudiantes se realizará, en primer lugar, por expediente académico.

Subsidiariamente, en segundo lugar se priorizará la admisión de alumnos con vinculación a la rama de conocimiento de los estudios que hubiera cursado y/o la PAU/Bachillerato a los estudios para los que solicita la admisión.

Finalmente, en caso de que, tras la aplicación de los anteriores criterios, la demanda de plazas continuara superando a la oferta, se respetará la cronología de llegada de la solicitud.

Referencias

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