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La descripción del servicio aparece en el Anexo I de los pliegos.

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PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL “CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA PRESTACIÓN DE ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES EN LOS COLEGIOS PÚBLICOS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y

PRIMARIA Y CENTROS CULTUALES DE ARGANDA DEL REY”

1.- OBJETO:

El presente pliego tiene por objeto regular la adjudicación y celebración del “Contrato de servicios para la prestación de actividades extraescolares en los Colegios Públicos de Educación Infantil y Primaria, y en Centros Culturales de Arganda del Rey”.

Las actividades extraescolares son aquellas actuaciones que se imparten en los centros educativos de infantil y primaria en horario extraescolar en las instalaciones de los propios centros y en los Centros Culturales de los barrios donde se ubican los centros.

La prestación y dotación de actividades extraescolares en los Colegios Públicos de Educación Infantil y Primaria de Arganda del Rey y Centros Culturales podrán desarrollarse dentro de la modalidad de:

 Apoyo y estudio dirigido  Refuerzo de idiomas  Actividades artísticas

2.- DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO:

Es objeto del presente Contrato la gestión, prestación y dotación de actividades extraescolares en los Colegios Públicos de Educación Infantil y Primaria y en Centros Culturales de Arganda del Rey. Son actividades dirigidas a niños/as de 3 a 12 años en los colegios y de 3 a 17 años en los Centros Culturales.

Las actividades se realizarán de acuerdo a la programación presentada en la Guía de Actividades Extraescolares editada por la Concejalía de Educación, que se encuentra publicada en la página web del Ayuntamiento (www.ayto-arganda.es). Y cualquier ampliación o modificación deberá ser aprobada con carácter previo por dicha Concejalía.

La descripción del servicio aparece en el Anexo I de los pliegos.

a) Periodo de Contrato

El periodo en el que se extenderá su vigencia será 17 de septiembre de 2013 al 30 de mayo de 2014.

El adjudicatario podrá utilizar las instalaciones de los Centros de Educación Infantil y Primaria y Centros Culturales con posterioridad a las fechas autorizadas por un plazo máximo e improrrogable de siete días, siempre y cuando sea para retirar el material, mobiliario y enseres, así como cualquier otro equipamiento que hubiera de su propiedad. En cualquier caso, tiene obligación de dejar las instalaciones y aulas en el mismo estado y según las indicaciones del Área de Educación de este Ayuntamiento. En caso de que el adjudicatario no lo hiciere de acuerdo a las prescripciones municipales, el Ayuntamiento de Arganda del Rey procederá a la retirada del referido equipamiento.

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b) Horario

El horario depende del tipo de actividad extraescolar, así como del Centro Educativo o Centro Cultural donde se realicen las actividades, siendo:

- entre las 16,00 h y las 17,00 h para los centros educativos - entre las 16,00 h y las 20,00 h para los centros culturales.

3.- UTILIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES Y DEL MOBILIARIO:

a) Centros de Educación Infantil y Primaria

La adjudicación del presente contrato lleva aparejada la posibilidad de utilización del mobiliario y enseres actualmente existentes en las aulas de los Centros Educativos, según las directrices establecidas por Concejalía de Educación del Ayuntamiento de Arganda del Rey.

También, el Ayuntamiento de Arganda del Rey cederá a la empresa adjudicataria varias aulas de los Centros Educativos del Municipio para el uso exclusivo de estas actividades extraescolares.

La entidad adjudicataria deberá mantener en buen estado todos los elementos de los Centros Educativos, debiendo reintegrar el coste de los gastos de reposición o reparación de los deterioros, siendo responsable de los daños y perjuicios que ocasionare a las instalaciones, enseres y mobiliario o al uso general o servicio al que estuvieren destinados, daños que en su caso deberá reponer , en el plazo máximo de 15 día , y en el caso de que no lo repusiese, lo hará el Ayuntamiento, con derecho de reclamar indemnización por los daños causados de conformidad con el procedimiento legal establecido.

Los Centros en los que se impartirán las actividades extraescolares son los siguientes:

- CEIP Antonio Machado - CEIP Carretas

- CEIP Benito Pérez Galdós - CEIP Fco. García Lorca - CEIP León Felipe - CEIP La Milagrosa

- CEIP Miguel Hernández - CEIP Rosalía de Castro - CEIP San Juan Bautista

b) Centros Culturales

La adjudicación del presente contrato lleva aparejada el uso del mobiliario y enseres actualmente existentes en las aulas y/o salas de los Centros Culturales, según las directrices establecidas por la Concejalía de Educación de Arganda del Rey.

La entidad adjudicataria deberá mantener en buen estado todos los elementos de los Centros Culturales, debiendo reintegrar el coste de los gastos de reposición o reparación de los deterioros, siendo responsable de los daños y perjuicios que ocasionare a las instalaciones, enseres y mobiliario o al uso general o servicio al que

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estuvieren destinados, daños que en su caso deberá reponer , en el plazo máximo de 15 día, y en el caso de que no lo repusiese, lo hará el Ayuntamiento, con derecho de reclamar indemnización por los daños causados de conformidad con el procedimiento legal establecido

Los Centros en los que se impartirán las Actividades Extraescolares en centros municipales, son los siguientes:

- Centro Cultural Pilar Miró. - Centro Integrado de la Poveda.

- Cualquier otro Centro Municipal, en el caso de que la actividad lo requiera.

4.- TALLERES

Se adjunta en el Anexo II los talleres, ratios y horas de impartición semanales.

5.- INSCRIPCIÓN EN LOS CURSOS Y TALLERES:

La inscripción en las distintas actividades extraescolares se realizará en el Centro Cultural “Pilar Miró” y en el Centro Integrado “La Poveda”, y correrá a cargo del Ayuntamiento.

En ningún caso, las inscripciones podrán superar el número de alumnos por grupo, según la ratio que la Concejalía de Educación especifica en la Guía de Actividades Extraescolares, en beneficio de la mejor calidad de la enseñanza.

El Ayuntamiento informará mensualmente de las bajas y altas de usuarios a la empresa adjudicataria.

Para el desarrollo de cualquier Actividad Extraescolar se deberá contar con un mínimo de alumnos/as establecido (80% de capacidad total del grupo), siendo susceptible de suspensión en caso de bajar de esos mínimos, excepto las Actividades relacionadas con el Apoyo y Estudio dirigido que el mínimo será del 60%. Asimismo, en cualquier momento se formaran grupos nuevos, siempre que existan inscripciones suficientes.

6.- PRECIO PÚBLICOS:

Los precios públicos a percibir por los usuarios de las actividades extraescolares serán los aprobados por el Ayuntamiento para cada curso y aparecerán publicados en la Guía de Actividades Extraescolares.

La empresa adjudicataria percibirá mensualmente las cuotas de los usuarios que genere la actividad, encargándose de la gestión de cobro de las mismas y de la gestión de las devoluciones e impagos, ajustándose a los precios públicos aprobados por cada curso escolar.

La empresa adjudicataria aportará mensualmente a la Concejalía de Educación una copia de la remesa facturada, así como de las devoluciones y pagos de dichas devoluciones. Asimismo, toda la documentación anterior irá acompañada de un informe donde se indicará el número de monitores/horas en activo y las horas de coordinación realizadas.

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Si a la finalización del curso escolar los ingresos obtenidos por los usuarios, no llegara a cubrir el precio ofertado por este contrato, el Ayuntamiento abonará la diferencia a la empresa adjudicataria. En el caso contrario, el adjudicatario abonará al Ayuntamiento la diferencia hasta el límite en ambos casos de 15.000 € por curso escolar por el conjunto de todas las actividades, para ello una vez realizada la prestación satisfactoriamente, se emitirá una factura en la que se adjuntará una memoria, debiendo estar conformada por el responsable del contrato.

La factura reunirá de los requisitos establecidos en el Reglamento de 28 de noviembre 14/96/2003, por el que se aprueba el Reglamento del IVA, y su pago se realizará teniendo en cuanta la Ley 3/2004, la cual incorpora la Directiva 2000/35/CE.

Todos los ingresos que realicen los usuarios se realizarán a través de domiciliación bancaria a nombre de la entidad adjudicataria, en la cuenta bancaria que ésta determine, y constará del nombre del alumno/a y de la actividad que realice.

7.- RESPONSABLE DEL CONTRATO:

La persona responsable del preste contrato es la Coordinadora de Actividades Extraescolares.

La empresa adjudicataria designará a un Coordinador, que en colaboración con la Concejalía de Educación, establecerá los criterios y líneas de actuación, con fin de servir de la mejor forma los intereses y objetivos del presente contrato.

8- PRECIO DEL CONTRATO:

El importe máximo del contrato para el curso escolar 2013/2014 será de 80.000 € y demás gastos incluidos, correspondiendo al periodo del 17 de septiembre al 31 de diciembre de 2013 la cantidad de 30.000 €, y del 1 de enero al 30 de mayo del 2014 la cantidad de 50.000 €.

Se establece un precio máximo de :

- Monitor / hora de 35 € (IVA incluido) - Coordinador / hora de 35 € (IVA incluido) - 300 horas anuales de coordinación

En Arganda del Rey, a 25 de mayo de 2013

Fdo.: Macarena Giráldez Elizo Coordinadora Actividades Extraescolares

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DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO

1.- Es objeto del presente Contrato la gestión, prestación y dotación de actividades extraescolares en los Colegios Públicos de Educación Infantil y Primaria de Arganda del Rey y Centros Culturales podrán desarrollarse dentro de la modalidad de :

 Apoyo y estudio dirigido  Refuerzo de idiomas  Actividades artísticas

2.- El desarrollo de las actividades tendrá lugar:

a) Colegios Públicos de Educación Infantil y Primaria de Arganda del Rey:

- CEIP Antonio Machado. - CEIP Carretas.

- CEIP Benito Pérez Galdós. - CEIP Federico García Lorca. - CEIP León Felipe.

- CEIP La Milagrosa.

- CEIP Miguel Hernández. - CEIP Rosalía de Castro. - CEIP San Juan Bautista.

b) Centros Municipales:

- C.C Pilar Miró - C.I. La Poveda

- Cualquier otro Centro Municipal, en el caso de que la actividad lo requiera.

3.- Estas actividades son de carácter extraescolar, se desarrollarán una vez finalizado el horario escolar durante los días lectivos. Las actividades darán comienzo el día 1 de octubre de 2013 hasta el día 30 de mayo de 2014 y en los propios Centros Educativos que se enumeran.

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4.- El horario de prestación de estas actividades será:

- En los colegios de 16,00 a 17,00 h.

- En los Centros Culturales de 16,00 a 20,00 h.

5.- Para prestar el servicio los monitores tendrán la titulación mínima:

ACTIVIDADES Titulación Mínima

Informática Formación Profesional de la familia de Informática y Comunicaciones

Inglés Maestro de Lengua Extrajera Inglés Avanzado Maestro de Lengua Extrajera Apoyo al aprendizaje Maestro

Taller de animación teatral Animador de Ocio y Tiempo Libre Creatividad Infantil Animador de Ocio y Tiempo Libre Art and Craft Maestro de Lengua Extrajera Manualidades ecológicas Animador de Ocio y Tiempo Libre Taller de lectura y escritura

creativa Maestro

Taller de Ajedrez Animador de Ocio y Tiempo Libre

Baile Moderno Haber cursado cursos relacionados con el Baile Moderno (Stree Dance, Funky, Hip-Hop...)

Cerámica Bachillerato de Artes

Danza Española Haber cursado cursos relacionados con la Danza Clásica, Flamenco, Boleros, etc...

Teatro Animador de Ocio y Tiempo Libre

Pintura Bachillerato de Artes

Expresión Plática Animador de Ocio y Tiempo Libre Apoyo al aprendizaje Maestro

Jump and Dance Maestro de Lengua Extrajera

El requisito de las titulaciones de los monitores, se acreditará una vez clasificadas las empresas y antes de la adjudicación del contrato.

6.- El monitor de cada grupo deberá llevar un control exhaustivo sobre la asistencia de los alumnos, así como deberán asegurarse, una vez finalizada la actividad, que todos los alumnos son recogidos por sus padres o adulto responsable, debidamente autorizado.

7.- Los monitores deberán cumplir el horario establecido para cada grupo.

8.- Para prestar el servicio la empresa adjudicataria podrá utilizar el mobiliario y enseres actualmente existentes en las aulas de los Centros Educativos, como también podrá utilizar, una vez iniciado el contrato, las instalaciones para preparar las aulas o depositar materiales necesarios para su desarrollo. Igualmente podrá acceder a las instalaciones, una vez finalizada la actividad con objeto de su desalojo. La necesidad y forma de uso será valorada y determinada, respectivamente, por el órgano de contratación como por la Concejalía interesada.

9.- La empresa adjudicataria será la responsable del buen uso de los espacios y bienes de los Centros Educativos en la que se desarrollen las actividades.

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10.- Correrá por cuenta de la empresa adjudicataria el material fungible y de papelería básico para el desarrollo de las actividades a desarrollar, necesario para la buena prestación de las especialidades docentes impartidas.

11.- Para la actividad el desarrollo de las actividades la empresa adjudicataria aportará el material mínimo que aparece en el Anexo III.

12.- La empresa adjudicataria nombrará un coordinador que será el único interlocutor válido entre la empresa y el responsable de la Concejalía de Educación. A través de este interlocutor se canalizarán las incidencias de toda clase que surjan en el desarrollo del servicio.

13.- El Contratista organizará su personal de modo que cubra las necesidades de prestación de las actividades extraescolares, y en todo caso deberá sustituir de forma inmediata las ausencias de personal a su cargo con objeto que no se interfiera en el desarrollo del servicio.

14.- La empresa adjudicataria está obligada a la recuperación de las clases no impartidas en las fechas y horas previstas. La fecha y horarios de esta recuperación se definirán de forma consensuada entre la empresa adjudicataria y la Concejalía interesada.

15.- En los días de matriculación y renovación; y en las fechas que la Concejalía de Educación estime oportuno y/o necesario, siempre previo aviso, el adjudicatario pondrá personal de apoyo.

16.- El adjudicatario debe suscribir seguro de Responsabilidad Civil por la gestión de la actividad con un capital mínimo garantizado 300.000 €, así como un seguro de accidentes, específico para los alumnos durante todas las horas de duración de actividad, que preste cobertura sanitaria e indemnizaciones por invalidez o fallecimiento con un mínimo de capital asegurado de 6.000 €.

17.- Todo el personal que la empresa adjudicataria aportase al cumplimiento y seguimiento de este contrato no tendrá vinculación jurídico-laboral con el Ayuntamiento de Arganda del Rey, con independencia de la facultad de control e inspección legal y/o contractual que correspondan a los mismos.

18.- El Ayuntamiento de Arganda del Rey se reserva el derecho a ampliar, modificar o reducir en número de talleres y horas en atención a las necesidades de los usuarios, debiendo notificarlo previamente a la empresa adjudicataria.

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ACTIVIDADES A DESARROLLAR

a) Centros de Educación Infantil y Primaria

ACTIVIDADES Hora/semanaRatio Alumnos

(máximo) Nº de Grupos

Informática 2 Entre 12 y 15

alumnos

Hasta un máximo de 2 grupos

Inglés 2 15 alumnos Hasta un máximo de

32 grupos Inglés Avanzado 2 15 alumnos Hasta un máximo de 2 grupos Apoyo al Aprendizaje 2 15 alumnos Hasta un máximo de 2 grupos

Taller de animación teatral 2 15alumnos Hasta un máximo de 3 grupos

Creatividad Infantil 2 15 alumnos Hasta un máximo de 4 grupos

Art and Craft 2 15 alumnos Hasta un máximo de

2 grupos

Manualidades ecológicas 2 15 alumnos Hasta un máximo de 3 grupos

Taller de lectura y escritura creativa 2 15 alumnos Hasta un máximo de 2 grupos

Taller de Ajedrez 2 15 alumnos Hasta un máximo de 3 grupos

b) Centros Municipales

TALLER Hora/semana Ratio Alumnos

(máximo) Nº de Grupos

Baile Moderno 2 20 alumnos Hasta un máximo de 3

grupos

Cerámica 3 y 4 12 alumnos Hasta un máximo de 2 grupos

Danza Española 2 3 a 6 años: 20

7 a 18 años: 25 alumnos

Hasta un máximo de 10 grupos

Teatro 1 15 alumnos Hasta un máximo de 1 grupo

Pintura 2 25 en Arganda

15 en Poveda

Hasta un máximo de 2 grupos

Expresión Plática 2 20 en Arganda 15 en Poveda

Hasta un máximo de 2 grupos

Ayuda al Estudio 2 15 alumnos Hasta un máximo de 2 grupos

Informática 2 Entre 12 y 15 alumnos Hasta un máximo de 1 grupos

Art and Craft 1 15 alumnos Hasta un máximo de 2

grupos

Jump and Dance 1 15 alumnos Hasta un máximo de 1

grupos ANEXO II

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ANEXO III

MATERIALES A EMPLEAR EN LA PRESTACION DEL SERVICIO

La empresa adjudicataria aportará, como mínimo, el material necesario para el desarrollo de los talleres (tanto fungibles como inventariables) salvo el material de uso individual del alumnado. De forma genérica y para cada uno de las Áreas de intervención:

Área de informática

 Un equipo informático por cada alumno  1 Impresora por aula

 Conexión de red

 Materiales fungibles informáticos  Línea ADSL

 Manuales del alumnado  Software bajo licencia

En el caso de utilización de los equipos informáticos de los Colegios, la empresa adjudicataria se hará cargo de su mantenimiento, reparación, y en su caso, siempre que fuese necesario su reposición.

Área de Plásticas y Técnicas Creativas

 Pintura: papel continuo, ceras, témperas, pasta de papel, fumi, pastel, lápices colores, lapiceros, borras sacapuntas, cartulinas, tijeras, pegamentos, etc.

 Cerámica: palillo modelado, barro rojo, otros barros, juego básico de esmaltes y engobes.

Área de Idiomas

 Televisión y DVD

 Material docente (Dvd’s, cintas, vídeos…)  Equipos de audición

 Guía didáctica del profesor

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Área de Danza

 Equipo de sonido.

 Material musical docente (cd’s) Área de manualidades

Equipo básico de material fungible suficiente para la transmisión de técnicas al grupo y / o reserva para eventualidades:

Referencias

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