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1.- OBJETO DEL CONTRATO

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA EL DESARROLLO DEL SERVICIO DE ANIMACIÓN SOCIOCULTURAL EN LOS CENTROS MUNICIPALES DE MAYORES DEL DISTRITO DE TETUÁN: “REMONTA”, “LEÑEROS” Y “PAMPLONA”.

Referencia: 300/2015/463

Asunto: CONTRATO DE SERVICIOS

Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Fecha: 30 de marzo de 2015

1.- OBJETO DEL CONTRATO

El objeto del presente contrato es el desarrollo de un Servicio de Animación Sociocultural en los Centros Municipales de Mayores del distrito de Tetuán.

2.- CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO

El vigente Reglamento de Régimen Interior de los Centros Municipales de Mayores, aprobado por Acuerdo del Pleno el 25/02/2011 (BOCM 18/03/2011), establece en su art. 4 que los centros contarán, al menos y cuando su espacio lo permita, con el servicio básico de “Animación sociocultural” entre otros. Los tres centros municipales de mayores del distrito de Tetuán cuentan con espacio suficiente para este servicio. La Carta de Servicios de los Centros Municipales de Mayores, aprobada el 13 de

marzo de 2013, recoge específicamente la realización de programas socioculturales,

ocupacionales, formativos o de acceso a las nuevas tecnologías, con el objetivo favorecer el envejecimiento activo, la calidad de vida, la relación y convivencia a través de distintas y variadas actividades, dinamizadas por el servicio de animación sociocultural.

En la referida Carta se incluyen como principales actividades:

• Acoger a los/as nuevos/as socios/as e informar sobre programas.

• Planificar las actividades/ talleres con la participación de las Juntas Directivas

de los Centros Municipales de Mayores.

• Realizar la inscripción de las actividades o talleres.

• Organizar otras actividades, puntuales o esporádicas (conferencias,

carnavales, excursiones, visitas culturales o viajes, etc.)

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Por ello el servicio de animación sociocultural deberá contener en su programación los siguientes objetivos:

a) Establecer una dinámica que favorezca la comunicación e interacción de los socios y socias de los tres Centros Municipales de Mayores.

b) Favorecer la integración de los Centros de Mayores en su entorno próximo: vecindario, entidades sociales y otras organizaciones.

c) Fomentar la autonomía de los mayores por medio del incentivo de su capacidad de auto organización a través del trabajo en comisiones, grupos de autoayuda e impulso del voluntariado.

d) Impulsar la creatividad de los socios y socias favoreciendo la participación activa en los eventos que se programen tanto en los Centros como en otras organizaciones.

e) Facilitar la incorporación de nuevos socios y socias a las actividades y funcionamiento de los Centros.

f) Promover el intercambio y aproximación entre diferentes generaciones.

3.- LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO

La prestación del servicio o ejercicio de la actividad se llevará a cabo en los tres Centros Municipales de Mayores: Centro Municipal de Mayores Remonta, Centro Municipal de Mayores Leñeros y Centro Municipal de Mayores Pamplona.

No obstante, cuando la prestación del servicio o el desarrollo de la actividad lo requieran, se realizará en los lugares adecuados -a los que dará su conformidad

el/la técnico municipalresponsable (Coordinadora de los Centros de Mayores)- cuya

localización y gestión de uso serán por cuenta de la entidad adjudicataria.

4.-METODOLOGIA

Las actividades dirigidas a los mayores se llevarán a cabo de modo dinámico y participativo, teniendo siempre una orientación convivencial y educativa y respondiendo a intereses de los participantes, de manera que resulten atractivas y favorezcan la interiorización de valores y normas de comportamiento positivas.

5.- PLAZO DE EJECUCION DEL CONTRATO

El plazo de ejecución del contrato será de 12 meses y estará comprendido entre el 1 de septiembre de 2015 y el 31 de agosto de 2016, ambos inclusive.

6.- CONDICIONES TECNICAS GENERALES

Los objetivos específicos a desarrollar, así como la metodología concreta para su consecución, se definirán por el adjudicatario en un proyecto de trabajo ajustado a las siguientes directrices:

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a) La empresa adjudicataria pondrá a disposición del Programa tres animadores/as socioculturales debidamente titulados, a jornada completa, con un cómputo anual de 1.680 horas cada uno, que se distribuirá en horario de mañana y tarde y con la flexibilidad necesaria en un trabajo de estas características, adecuándose siempre a la mejor atención de los mayores. Sus actividades básicas serán las que a continuación se indican, sin perjuicio de otras que puedan plantearse a petición del técnico municipal responsable (Coordinadora de los Centros de Mayores):

− Acogida e información de nuevos socios y socias.

− Motivación y captación de monitores/as voluntarios entre los socios y

socias con capacidad de transmitir técnicas de manualidades, expresión artística u otras habilidades que se consideren de interés.

− Coordinación, supervisión y apoyo a los monitores/as voluntarios, cuyos

talleres se encargarán de potenciar por medio de las directrices necesarias, facilitando la proyección de su trabajo en exposiciones y muestras. Además potenciará la creación y mantenimiento de un proyecto de voluntariado que incluya tanto los monitores voluntarios como otras acciones de carácter voluntario orientadas a proyecto sociales tales como acompañamiento, apoyo, etc.

− Organización y realización de actividades puntuales enmarcadas en

fechas que se festejen o conmemoren a lo largo del año (carnavales, fiestas patronales, día de la mujer trabajadora, Día del Voluntariado, Bodas de Oro, socios/as centenarios, Navidad, Reyes,…).

− Organización y desarrollo de actividades intergeneracionales.

− Organización y desarrollo de charlas sobre temas de interés para los

mayores.

− Organización y desarrollo de visitas culturales o actividades fuera del

centro, así como su difusión y acceso por parte de los socios y socias.

− Organización y desarrollo del programa de actividades que integraran

cada año la “Semana del Mayor” con la gestión y coordinación de las diferentes actividades, actuaciones y actos programados.

− Inscribir y realizar el seguimiento de la asistencia de los socios y socias

a los diferentes talleres que se desarrollen en los centros. Gestión de la lista de espera.

− Organización y desarrollo de un baile semanal en cada Centro.

b) Se preverá la localización de los/as animadores/as en cada uno de los Centros de Mayores del Distrito (Remonta, Pamplona y Leñeros).

c) La empresa adjudicataria dispondrá la figura de un/a Coordinador/a del Servicio que mantendrá con el técnico municipal responsable (Coordinadora de los Centros de Mayores) una coordinación al menos quincenal en el Centro de Mayores previamente acordado.

d) La empresa adjudicataria pondrá a disposición de los/as animadores/as teléfono móvil para facilitar el contacto y comunicación con los técnicos

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municipales y poder realizar las gestiones necesarias para las actividades que se programen. Asimismo, pondrá a disposición de cada uno/a de los animadores/as un equipo informático con conexión a Internet e impresora para el desarrollo de su trabajo, permitiendo tanto recibir información por parte del Departamento como realizar aquellas gestiones necesarias para la planificación de las actividades propias de la animación sociocultural (búsqueda de actividades de interés, reservas, etc.). El soporte técnico informático para el desarrollo de su tarea debe facilitar información actualizada y constante al Departamento sobre la ejecución del contrato. e) Cuando la participación del/la animador/a en alguna actividad suponga una

jornada superior a la ordinaria, compensará con la reducción en ésta del exceso de horas trabajadas, debiendo acordarse previamente con el técnico municipal responsable (Coordinadora de los Centros de Mayores) con el fin de evitar que se vea afectado el Servicio.

f) Para el fomento de la participación se prevé un apoyo técnico a cada una de las juntas directivas y una acción de tutoría informática continua a lo largo del contrato que incluya un equipo informático completo con acceso a internet e impresora, así como su mantenimiento, para cada una de las juntas directivas.

g) Organización y desarrollo de una Semana del Mayor que tendrá carácter anual y se realizará en los meses de octubre o noviembre, de acuerdo con la programación que al efecto se señale desde el Departamento de Servicios Sociales, quien también se reserva la facultad de elegir otros meses para su celebración. La programación incluirá como mínimo las siguientes actividades: diseño, impresión y distribución de cinco (5) carteles y ciento cincuenta (150) dípticos del programa de actos, los premios que procedan según homenajes o concursos, Una actuación especial en uno de los edificios dependientes de la Junta Municipal de Distrito (a determinar por el departamento de servicios sociales), el baile semanal que habitualmente se realiza en cada centro de mayores con música en directo, concursos, exposición de talleres, actuación especial de los grupos voluntarios de los C.M.M del distrito ó de otros Centros ó Asociaciones que quieran participar , facilitando para todos ellos luz, sonido y el apoyo técnico necesario , acto de clausura que incluirá al menos entrega de placas de reconocimiento a las juntas directivas y reportaje fotográfico de la Semana del Mayor.

h) Organización de actividades específicas con motivo de las Fiestas Navideñas: Concurso de Belenes y Fiesta de Reyes (intergeneracional), con diversas actividades.

i) Una actuación en directo mensual (música o espectáculo) en el Centro Municipal de Mayores “Remonta” y con carácter alternativo, un mes en cada centro, en el Centro Municipal de Mayores “Pamplona” y “Leñeros” (cinco actuaciones en el Centro Municipal de Mayores “Pamplona” y cuatro

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actuaciones en Centro Municipal de Mayores “Leñeros”), entre los meses de octubre a junio, ambos inclusive.

j) Organización y desarrollo de un baile semanal en cada uno de los Centros de Mayores (excepto los meses de julio y agosto), así como de otros dos anuales con concurso de disfraces y mantones, respectivamente, con motivo de las Fiestas de Carnaval y de San Isidro, así como cualesquiera otros que a propuesta de la Coordinadora de los Centros de Mayores se estimen oportunos. Para el desarrollo de ésa actividad el adjudicatario deberá aportar el equipo técnico de audio / música necesario, con la potencia adecuada a las características del local, así como personal técnico para su uso, y los premios de los concursos indicados.

k) Celebración de las bodas de oro de los socios/as de los Centros de Mayores, así como de los socios/as centenarios con un acto homenaje en los que se hará entrega a cada pareja de socios y socios/as centenarios de una placa conmemorativa, un ramo de flores y reportaje fotográfico. En función de los homenajeados se decidirá por parte del técnico municipal responsable el lugar de la celebración.

l) Fomentar la participación de los socios de los Centros de Mayores en las fiestas populares del Distrito, y cuantas actividades organice la Junta de Distrito dirigidas a los mayores.

m) Otras actividades que puedan surgir del desarrollo normal de la vida de los Centros, y que se consideren convenientes para el mismo por parte de la Coordinadora de los Centros de Mayores

n) La programación de todas las actividades señaladas en los puntos anteriores se coordinarán y acordarán con la Coordinadora de los Centros de Mayores. o) La entidad adjudicataria destinará la cantidad de 1.800,00 € (IVA no incluido)

del presente contrato, para los gastos corrientes derivados del desarrollo de las actividades de los Centros de Mayores, que quedarán expresamente justificados por medio de las facturas correspondientes, incluida la reposición de juegos de mesa. No se tendrá en cuenta dentro de esta cantidad ningún gasto derivado de la celebración de la Semana del Mayor.

p) La Junta de Distrito se reserva el derecho a formular cuantas objeciones fundamentadas estime convenientes modificando las orientaciones, según las conveniencias del Servicio, debiendo someterse el adjudicatario a las directrices e instrucciones que le sean formuladas por el funcionario responsable, con objeto de tener la máxima eficacia y coordinación.

q) La empresa adjudicataria se responsabilizará de que los transportes necesarios para el desarrollo de las actividades que lo requieran, esté al día en las cuestiones relativas a lo exigido por la ley, presentando con antelación al desarrollo de las mismas, copia de la documentación que así lo garantice, a

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la Coordinadora de los Centros de Mayores y en ausencia de ésta a la Jefa de Sección de Programas y Equipamientos.

r) La entidad adjudicataria será responsable del buen uso y conservación de los espacios, maquinaria, aparatos y demás material a utilizar en la prestación del servicio o actividad, que sean de propiedad municipal.

s) Serán causas de resolución de contrato además de las legalmente previstas, cualquier alteración en la programación o prestación del Servicio sin previa conformidad de la Junta de Distrito, o si hay realización defectuosa de forma reiterada.

t) La empresa adjudicataria hará entrega de la siguiente documentación técnica: programación mensual de actividades en cada centro, ficha mensual de participación en las actividades realizadas, programación específica para el periodo estival y programación y memoria anual (periodo septiembre-junio).

PERSONAL

La titulación y experiencia requerida al personal que ejecutará el contrato será la siguiente:

Un coordinador/a titulado en alguna de las siguientes ramas: Educación Social, Psicología o Trabajo Social.

Tres animadores/as socioculturales debidamente titulados acreditado mediante titulación en disciplinas relacionadas con el ámbito de las ciencias sociales: psicología, pedagogía, sociología, trabajo social, educación social, terapia ocupacional, profesorado, animación sociocultural, técnico en integración social, o monitor de ocio y tiempo libre.

Todos ellos con experiencia de al menos tres años en trabajos de similares características

a) Relación de personal

La plantilla de personal al servicio de la empresa adjudicataria que desarrolle las actividades en los Centros de Mayores será detallada en una relación de puestos de trabajo, que deberá presentarse al inicio del contrato con el siguiente desglose de información:

- Nombre y funciones del puesto. - Jornada semanal.

- Nombre de la persona que ocupe el puesto.

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- Acreditación de su capacitación.

- Informe curricular del personal adscrito al servicio.

b) Ausencias de personal

Las personas responsables del desarrollo de las actividades deberán permanecer hasta el cumplimiento del contrato.

La entidad adjudicataria organizará su personal de modo que cubra las necesidades de funcionamiento del servicio, garantizando su sustitución en caso de ausencia de forma inmediata, con objeto de que no se interfiera en la prestación del servicio.

No obstante, si durante la ejecución del contrato alguno de ellos causara baja definitiva, podrá ser sustituido por acuerdo del órgano contratante, a propuesta del contratista, tras cumplir los requisitos señalados.

CONFIDENCIALIDAD, PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN

La empresa adjudicataria y el personal a su servicio en la prestación del contrato, tal y como se define en la letra g) del artículo 3 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, están obligados en su calidad de encargados de tratamiento de datos personales por cuenta del Distrito de Tetuán al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como de las disposiciones que en materia de protección de datos se encuentren en vigor a la adjudicación del contrato o que puedan estarlo durante su vigencia .

La empresa adjudicataria se obliga especialmente a lo siguiente:

1º) Deberá guardar la debida confidencialidad y secreto sobre los hechos, informaciones, conocimientos, documentos y otros elementos a los que tenga acceso con motivo de la prestación del servicio (art. 10 LOPD), sin que pueda conservar copia o utilizarlos para cualquier finalidad distinta a las expresamente recogidas en el presente pliego, incurriendo en caso contrario en las responsabilidades previstas en la legislación vigente (art. 12.4 LOPD). Igualmente, deberá informar a sus empleados de que sólo pueden tratar la información del Ayuntamiento para cumplir los servicios objeto de este pliego y también de la obligación de no hacer públicos, ceder o enajenar cuantos datos conozcan (artículo 9 LOPD) . Esta obligación subsistirá aún después de la finalización del contrato. 2º) Asimismo, deberá incluir una cláusula de confidencialidad y secreto en los términos descritos (art. 10 LOPD) en los contratos laborales que suscriban los

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trabajadores destinados a la prestación del servicio objeto del presente pliego. La empresa adjudicataria, al igual que su personal, se someterán a los documentos de seguridad vigentes en el Ayuntamiento de Madrid para cada uno de los ficheros a los que tengan acceso, e igualmente a las especificaciones e instrucciones de los responsables de seguridad en materia de protección de datos de cada una de las dependencias municipales afectadas.

3º) Dicho compromiso afecta tanto a la empresa adjudicataria como a los participantes y colaboradores en el proyecto y se entiende circunscrito tanto al ámbito interno de la empresa como al ámbito externo de la misma. El Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho al ejercicio de las acciones legales oportunas en caso de que bajo su criterio se produzca un incumplimiento de dicho compromiso. 4º) Únicamente tratará los datos personales a los que tenga acceso para la prestación del contrato conforme al contenido de este pliego de prescripciones técnicas y a las instrucciones que el Distrito de Tetuán le pueda especificar en concreto y que se incluyan como una Adenda al presente contrato. No aplicará o utilizará los datos personales indicados con fin distinto al previsto en el contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas salvo autorización expresa por parte del responsable del fichero en los términos previstos en el artículo 21 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

5º) A cumplir todas y cada una de las medidas de seguridad (nivel básico, medio o alto) que sean de aplicación en función de la tipología de datos que se utilicen y traten para la prestación del servicio objeto del presente contrato y que vienen previstas en el Título VIII del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. A este respecto no se registrarán datos de carácter personal en ficheros que no reúnan las condiciones determinadas en el referido Titulo VIII respecto a su integridad y seguridad y a las de los Centros de tratamiento, locales, equipos, sistemas y programas. (Artículo 9.2. LOPD).

6º) Los diseños, desarrollos o mantenimientos de software deberán, con carácter general, observar los estándares que se deriven de la normativa de seguridad de la información y de protección de datos, y en concreto lo relativo a la identificación y autenticación de usuarios, estableciendo un mecanismo que permita la identificación de forma inequívoca y personalizada de todo aquel usuario que intente acceder al sistema de información y la verificación de que está autorizado, limitando la posibilidad de intentar reiteradamente el acceso no autorizado al sistema de información.

7º) El Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho de efectuar en cualquier momento los controles y auditorias que estime oportunos para comprobar el correcto cumplimiento por parte del adjudicatario de sus obligaciones, el cual está obligado a facilitarle cuantos datos o documentos le requiera para ello.

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8º) Todos los datos personales que se traten o elaboren por la empresa adjudicataria como consecuencia de la prestación del contrato, así como los soportes del tipo que sean en los que se contengan son propiedad del Ayuntamiento de Madrid.

9º) Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal deberán ser destruidos o devueltos al Ayuntamiento de Madrid conforme a las instrucciones que haya dado, al igual que cualquier soporte o documento que contenga algún dato de carácter personal objeto del tratamiento.

10º) De conformidad con lo que establece el artículo 12.4 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el incumplimiento por parte del adjudicatario de las estipulaciones del presente contrato lo convierten en responsable del tratamiento respondiendo directamente de las infracciones en que hubiera incurrido, así como del pago del importe íntegro de cualquier sanción que, en materia de protección de datos de carácter personal, pudiera ser impuesta al Ayuntamiento de Madrid, así como de la totalidad de los gastos, daños y perjuicios que sufra el Ayuntamiento de Madrid como consecuencia de dicho incumplimiento (art. 12.4 LOPD).

11º) Aportará una memoria descriptiva de las medidas que adoptará para asegurar la confidencialidad e integridad de los datos manejados y de la documentación facilitada. Asimismo, el adjudicatario deberá comunicar al organismo contratante antes de transcurridos siete días de la fecha de comunicación de la adjudicación la persona que serán directamente responsables de la puesta en práctica y de la inspección de dichas medidas de seguridad, adjuntando su perfil profesional.

Madrid, 30 de marzo de 2015 LA JEFA DE DEPARTAMENTO

DE SERVICIOS SOCIALES,

Fdo. Blanca Azpeitia García.

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