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BASES PARA LA PARTICIPACIÓN EN EL “PROGRAMA EXTENDA DESARROLLO INTERNACIONAL 2009”
Dentro del Plan Estratégico para la internacionalización de la empresa andaluza 2007-2010, uno de los objetivos es el de apoyar y facilitar las estrategias de las empresas para lograr su internacionalización, así como impulsar la exportación de las empresas de sectores preferentes en los mercados prioritarios para la internacionalización de Andalucía. Para el logro de los objetivos mencionados anteriormente el Plan Estratégico de EXTENDA-Agencia Andaluza de promoción Exterior, S.A. (en adelante EXTENDA), ha diseñado diferentes programas destinados a las empresas andaluzas según la situación de éstas en relación con el mercado internacional, ya sea con nula o poca experiencia, empresas exportadoras o empresas internacionalizadas.
El Programa de Extenda Desarrollo Internacional va dirigido principalmente a las empresas que han participado anteriormente en el Programa de Diagnóstico de Extenda y quieren reforzar su proceso de internacionalización. También podrán participar en el programa aquellas empresas que cuenten con un Diagnóstico sobre el potencial de internacionalización distinto al que desarrolla Extenda, que deberá ser validado previamente a la inclusión de la empresa en el programa.
Dichas empresas se podrán ver beneficiadas mediante la prestación de servicios de asistencia técnica y de apoyo económico-financiero, para aquéllas actuaciones que se articulen de forma coherente y se encuentren integradas en un Plan de Acción para el desarrollo de un negocio exterior. No tendrán cabida en este programa el apoyo a acciones puntuales y aisladas que la empresa lleve a cabo en un mercado exterior.
Objetivo General: Ayudar a la empresa a ejecutar el plan de acción desarrollado a lo largo de su participación con Extenda en el Programa Extenda Diagnóstico, o bien a partir de un Diagnóstico propio que será sometido a validación por parte de Extenda, así como contribuir a la mejora de la gestión de su proceso de internacionalización y a conseguir los objetivos planteados en dicho plan.
Objetivos Específicos:
- Dotar a estas empresas de un enfoque estratégico en cuanto al negocio
internacional.
- Concreción y desarrollo del Plan de Acción propuesto en el Programa de
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- Aprovechar, de una forma más eficiente, el apoyo técnico y económico que las
empresas pueden recibir desde las distintas entidades de apoyo al comercio exterior.
- Conseguir que las empresas logren una mayor autonomía en cuanto a la
gestión del desarrollo de su negocio internacional.
Requisitos de Participación: Sólo podrán ser beneficiarias del Programa las empresas radicadas en Andalucía, que reúnan los requisitos que se indican a continuación:
1. La empresa debe haber participado previamente en el Programa de Diagnóstico de Extenda u otro de similares características, que será sometido a validación, sin que hayan transcurrido más de UN año desde la finalización del mismo.
2. Que las conclusiones del Diagnóstico sean favorables al proceso de internacionalización de la empresa.
3. Haber corregido posibles debilidades determinantes detectadas en el Programa de Diagnóstico o bien demostrar que se están poniendo los medios para corregirlas. 4. La empresa debe estar preparada para invertir en el desarrollo de su negocio
internacional y mostrar su compromiso para ejecutar el plan de acción, tal como se definió en el informe de Diagnóstico o con lo cambios necesarios en éste, a justificar antes de su participación en el programa.
Apoyos Concedidos:
- Económicos: Hasta el 50 % de los gastos elegibles anuales, para cada una de
las dos anualidades del Plan de Acción aprobado a la empresa, con un máximo de 30.000 euros/año.
- Asistencia Técnica.- Independientemente del apoyo del Equipo Técnico de
Extenda, durante el primer año del plan, Extenda financiará y pondrá a disposición de la empresa un consultor especializado en comercio internacional. - En el segundo año, la consultoría es voluntaria para la empresa, pudiendo dentro de los gasto elegibles de su plan de acción, presentar gastos de consultoría hasta un máximo de 4.000 euros/año.
Cuota de Participación y coste del programa: Las empresas que resulten incluidas en el programa deberán abonar la cantidad de 500 € (IVA incluido), en concepto de cuota de
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participación, en el plazo indicado en el escrito por el que se notifica la inclusión en el programa.
Documentación a presentar:
- Solicitud debidamente cumplimentada, conforme al modelo adjunto (Anexo I).
- Plan de Acción de actividades con un horizonte temporal de 12 meses, conforme al
modelo adjunto (Anexo II).
- Para el caso de empresas que no hayan desarrollado el programa de Diagnóstico
con Extenda, deberán aportar también el informe de Diagnóstico que presentan para su validación.
- Declaración jurada sobre si han recibido, van a recibir o han solicitado alguna ayuda a otros organismos públicos o privados para esta misma finalidad (Anexo III). Los modelos de solicitud se podrán obtener en la página web de EXTENDA
www.extenda.es así como en la sede social de ésta, sita en Avda. Marie Curie, nº 5, 41092 Sevilla.
Lugar de presentación de las solicitudes: Las solicitudes deberán presentarse preferentemente en el Registro de la sede social de EXTENDA, a través de correo certificado remitido a EXTENDA, Agencia Andaluza de Promoción Exterior, Avda. Marie Curie, nº 5, 41092 Sevilla, mediante Fax: 902 508 535 o mediante correo electrónico en la siguiente dirección: [email protected].
Criterios de Selección de los Participantes: EXTENDA realizará la selección entre las solicitudes presentadas, en función de:
Idoneidad de las actuaciones planteadas con los objetivos perseguidos. Coherencia con el resto de acciones llevadas a cabo con EXTENDA. Se tendrán en cuenta, de forma preferente, los planes de aquellas
empresas que tengan su sede social en Andalucía.
En caso de insuficiente disponibilidad presupuestaria, tendrán prioridad aquellas empresas cuyo programa de Diagnóstico haya sido desarrollado con Extenda.
Contenido del Programa: Una vez confirmada la participación de la empresa en el programa, ésta tendrá una reunión de lanzamiento con el Equipo Técnico, en la que se trabajará sobre la concreción del documento de Planificación de Actividades presentado
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por la empresa en la solicitud. Se fijarán objetivos con un horizonte de dos años y se trabajará en la concreción del Plan de Acción detallado a doce meses, que contendrá: las líneas maestras de acción estratégica, las acciones a desarrollar, cronograma de actuación y presupuesto.
Dicho documento, que deberá estar firmado por la empresa, será enviado por el consultor a Extenda para su validación. El documento se deberá presentar en Extenda en el plazo de treinta días naturales contados desde el día siguiente al de la notificación de la inclusión del programa.
El proceso de trabajo en el programa se cerrará con una reunión de cierre para evaluar el resultado del año en su conjunto para que la empresa pueda tomar la decisión de si quiere continuar con el segundo año del programa, siempre que el informe de Extenda así lo indique.
Resolución: Presentado el Documento de Planificación de Actividades definitivo a ejecutar por la empresa por la Dirección General de EXTENDA, se procederá a dictar Resolución aprobatoria o denegatoria para la concesión del apoyo económico y técnico.
Dicha Resolución se dictará en el plazo de un mes desde la fecha de presentación en Extenda del Documento de Planificación de Actividades definitivo.
Durante la vigencia del programa se podrá presentar por la empresa beneficiaria una modificación a la Planificación de Actividades aprobada mediante la Resolución, la cual, previo el informe técnico correspondiente, podrá dar lugar a la modificación del Plan aprobado inicialmente, si bien la misma no podrá suponer un aumento de la cuantía concedida como apoyo.
La inclusión en el programa es incompatible con cualquier otro programa sectorial o empresarial que apoye la misma actividad dentro del mismo mercado de destino.
La renuncia de la empresa beneficiaria del programa una vez dictada Resolución, conllevará la pérdida de los derechos obtenidos, así como la obligación de devolver las ayudas que se hayan percibido por este concepto.
Período de la ayuda: Un año natural desde la presentación de la solicitud, siendo la duración máxima del programa de dos años.
Para proceder a la renovación de la ayuda para el segundo año se deberá de haber cumplido al menos con el 50 % del presupuesto y/o las acciones elegibles aprobados en la Resolución, en función de las disponibilidades presupuestarias en Extenda, debiendo presentar la empresa beneficiaria, junto con la SEGUNDA liquidación, un documento que contenga:
- Memoria de actividades del ejercicio anterior.
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Dicho documento, que deberá estar firmado por la empresa, será enviado por el consultor a Extenda para su validación. El responsable de la redacción de dicho documento será el consultor, independientemente de que la empresa decida, o no, solicitar el servicio de consultoría para el segundo año.
Las inversiones realizadas deberán mantenerse en el establecimiento objeto de la ayuda al menos durante cinco años a contar desde la finalización de aquéllas en el caso de las grandes empresas, o tres en el caso de las PYMES.
Plazo de Presentación de Liquidaciones:Los plazos para presentar las liquidaciones se
corresponderán con las siguientes fechas:
- Del 1 al 30 de noviembre, para todas las acciones desarrolladas entre el 1 de mayo
y el 31 de octubre.
- Del 1 al 31 de mayo, para todas las acciones realizadas entre el 1 de noviembre del
año anterior y el 30 de abril del año en curso.
En ambos casos, será obligatorio presentar ambas liquidaciones, sin posibilidad de presentar todos los gastos en una única liquidación.
- Para el caso de las empresas que finalicen su segundo año de programa, o bien, aquéllas que finalicen su primer año y hayan decidido no renovar un segundo año, se permitirá realizar una liquidación de gastos durante los treinta días naturales siguientes al de la fecha de finalización de su período de apoyo elegible.
Conceptos susceptibles de apoyo: Serán los comprendidos en el Plan de Acción propuesto por la empresa y aprobado por EXTENDA. Dichos conceptos se determinan a continuación, para cada una de las actuaciones susceptibles de incluirse en el Plan de Acción.
No se incluirán comisiones ni gastos ocasionales de representantes, agentes, franquicias, o similares.
Las empresas deberán acreditar en el momento de girar la primera factura a EXTENDA estar al corriente en sus pagos a la Seguridad Social así como a la Hacienda Estatal y Autonómica.
Actuaciones que podrán ser incluidas en el Plan de Negocios a presentar para su aprobación en el Programa Extenda Desarrollo Internacional.
En cuanto a los conceptos susceptibles de apoyo, serán aquéllos relacionados con la ejecución del plan de acción y que, estando entre los citados a continuación no estén apoyados dentro del marco de otro programa ofrecido por Extenda u otra institución, estos conceptos son los siguientes:
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1. Asesores externos.
2. Estudios de investigación de mercados. 3. Misiones comerciales.
4. Actividades de comunicación. 5. Actuaciones promocionales. 6. Ferias comerciales.
7. Registro de Patentes y Marcas. 8. Otros gastos.
I. Asesores externos.
Asesores externos a la empresa que se consideren necesarios para el desarrollo de su negocio internacional: asesores técnicos, jurídicos, contables, financieros, fiscales, traductores e intérpretes.
II. Estudios de investigación de mercado.
Deben de ser específicos para un mercado objetivo, mediante la compra de información secundaria o encargo profesional para la investigación primaria.
III. Misiones comerciales directas o inversas individuales
Misiones directas e inversas y viajes de prospección y/o negociación con los mercados exteriores definidos como objetivo en el plan, siempre que no haya misiones, ni viajes equivalentes organizados por Extenda y tampoco sea proyecto individual con la Oficina de Promoción de Negocio correspondiente de la Red Exterior de Andalucía.
Se apoyan tanto las Misiones Directas (desplazamiento de la empresa andaluza al mercado de elección) como las Misiones Inversas (desplazamiento del cliente extranjero a Andalucía).
1. La empresa andaluza será responsable de la organización de visitas, contratación de servicios, y cualquier otro tipo de actuación que sea necesaria para el buen desempeño de la misión.
2. En el caso de Misiones Directas, la ayuda de EXTENDA consistirá en una Bolsa de Viaje destinada a cubrir el desplazamiento de una única persona por viaje, independientemente de que se desplacen más personas por empresa.
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3. En el caso de Misiones Inversas, EXTENDA determinará el número de personas desplazadas que se apoyan.
4. Se establecen las siguientes cantidades máximas en concepto de Bolsa de Viaje: Para viajes a o desde Europa: 1.000 €
Para viajes a o desde otros destinos : 1.300 €
5. Sólo son aceptados los gastos de desplazamiento y alojamiento, en la medida de lo siguiente:
Desplazamiento: incluye los gastos del billete de avión, barco, tren o autobús al país de destino, gastos de desplazamientos internos que supongan desplazamientos de una ciudad a otra. En ningún caso se admiten los vehículos de alquiler ni taxis.
Alojamiento: sólo se incluye el coste de la habitación en régimen de Alojamiento y Desayuno, y las tasas obligatorias del país, el resto de los conceptos que puedan detallarse en las facturas del hotel no son admisibles.
6. EXTENDA determinará en la Resolución qué otros gastos de la Misiones Comerciales Inversas serán elegibles.
7. Con la aprobación definitiva del Plan de Acción se determinará el número de Misiones Comerciales Directas o Inversas que se apoyan.
EXTENDA apoyará estos gastos hasta en un 50% dentro de las limitaciones presupuestarias del programa y de las cantidades máximas establecidas por Bolsa de Viaje.
IV. Actividades de comunicación
Estos gastos no incluyen en ningún caso los gastos correspondientes a la propia elaboración de dichos materiales y soportes.
En cuanto a la publicidad, tanto la creatividad del material utilizado para los mercados exteriores objetivo del plan como la adaptación del ya existente a los mismos, así como el coste de inserción en los medios.
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Aquí se incluye la organización de otras actuaciones promocionales, entendidas como tales las siguientes: Promociones en Puntos de Venta, Seminarios, Jornadas Técnicas, Show Rooms, Demostraciones, así como cualesquiera otra de idéntica índole que las anteriores. Se incluyen expresamente los patrocinios de carácter comercial que se realicen en destino, los gastos de contratación de agencias de relaciones públicas contratadas para estos fines.
También se apoyarán las exposiciones permanentes en los mercados objetivo del plan.
1. Únicamente se podrán llevar a cabo presentaciones de productos andaluces. EXTENDA no apoyará acciones de promoción en las que se incluyan productos de distinta procedencia.
2. Se deberá incluir un logotipo genérico que identificará la procedencia andaluza de los productos promocionados. Este logotipo se solicitará al Área de Comunicación de EXTENDA.
3. Las entregas de producto, muestras y la referenciación no se considerarán gastos elegibles.
VI. Ferias Comerciales.
Se apoyará la participación en ferias comerciales siempre que no formen parte de la oferta de EXTENDA.
VII. Registro de patentes y marcas.
Se apoyarán los gastos de Registro de patentes y marcas en el exterior, así como los gastos jurídicos para procedimiento de defensa de la marca en el mercado objetivo.
Asimismo, EXTENDA también apoyará los gastos de homologación oficial en el extranjero, así como certificaciones y precalificaciones ante grandes clientes en el exterior.
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Excepcionalmente puede ser susceptible de apoyo cualquier otro gasto para la internacionalización de la empresa y sus negocios y no estén recogidos explícitamente entre los anteriores.
Documentación a presentar para la justificación y liquidación de las actuaciones aprobadas una vez realizadas. Estos requisitos son de obligado cumplimiento para el reembolso de los gastos aprobados en el plan de actuación presentado.
Liquidación de gastos: Para obtener el correspondiente apoyo, una vez realizadas las actuaciones incluidas en el Plan de Acción aprobado por EXTENDA se deberá justificar cada una de ellas debidamente.
Los documentos que deben presentar para la liquidación de la ayuda de EXTENDA son los siguientes :
1. Hoja de Liquidación de Gastos. 2. Facturas (Copia)
3. Pagos (Copia)
4. Tarjetas de Embarque - Billetes de Tren/Barco/Autobús (Originales) 5. Justificación Técnica.
I. Hoja de Liquidación de Gastos
- Previo a la emisión de factura a cargo de EXTENDA por la correspondiente parte
proporcional de los gastos presentados, deberán presentar relación detallada de gastos con arreglo al modelo que figura en la web www.extenda.es Esta relación será revisada por EXTENDA, quien confirmará el importe final por el que se deberá emitir factura definitiva.
- No se considerarán elegibles los gastos correspondientes a IVA para las acciones
desarrolladas en los países integrantes de la Unión Europea, al ser posible la solicitud de su devolución (salvo el incluido en facturas emitidas por hoteles en concepto de alojamiento, cuya devolución no es posible)
- PAGO EN DIVISAS DESDE UNA CUENTA EN EUROS : El tipo de cambio a
aplicar para el cálculo del gasto será el mismo que haya aplicado el banco, descontando todo tipo de gastos y/o comisiones.
- PAGO EN DIVISAS DESDE UNA CUENTA EN DIVISAS : El tipo de cambio a
aplicar será el que facilite el convertidor de divisas
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II. Facturas.
- Todos los gastos presentados deberán ser justificados con una factura a cargo de la empresa solicitante del programa. No serán aceptados como gastos los generados por regalo y/o descuento en el producto, ni los descuentos en facturas.
- Sólo se considerarán facturas de terceros, sin admitirse aquéllas que supongan un coste interno de la empresa.
- La factura debe consignar claramente el motivo del gasto. En el caso de facturas por el concepto II) Catálogos y Materiales Impresos, debe consignar CLARAMENTE el idioma en que ha sido realizado dicho material.
- La factura debe estar correctamente confeccionada, incluyendo fecha,
número de la misma y datos completos de la empresa andaluza, incluido CIF.
III. Pagos.
- La única forma de pago admitida es MEDIANTE SALIDA DE BANCO de
una cuenta en la que figure como titular la empresa andaluza beneficiaria de la ayuda.
- No se admitirá como válida ninguna otra forma de pago.
- No se admitirá el pago en efectivo.
- No se admitirá el pago mediante compensación de cuentas proveedor–
cliente.
- No se admitirá el pago mediante descuento en factura.
- Debe aparecer como ordenante del pago la empresa andaluza.
- El pago debe estar realizado a nombre del proveedor que emite la factura.
- Para cada una de las facturas, habrá que remitir los siguientes documentos
justificativos del pago:
i. Copia del pago (orden de pago, transferencia, cheque, pagaré, extracto de tarjeta de crédito)
ii. Copia del extracto bancario donde aparezca el cargo del pago y figure como titular de la cuenta la empresa andaluza beneficiaria de la ayuda.
- El importe del pago debe coincidir exactamente con el importe de la factura
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- Si el importe del pago fuera superior al total de la factura (pagos agrupados), deberán añadir a los justificantes arriba mencionados el siguiente documento :
i. Desglose de todas las facturas que se está abonando
IV. Tarjetas de Embarque-Billetes de Tren/Barco/Autobús
- Todas las facturas relativas a viajes deberán venir acompañada de las tarjetas de embarque originales, o billetes de tren/barco/autobús originales (salvo en el caso de una Misión Comercial Inversa).
V. Justificación Técnica
I. ACCIONES DE COMUNICACIÓN Muestra original del anuncio.
Ficha informativa que incluya los siguientes datos : Nombre de la Publicación o Medio.
Producto o productos incluidos en el/los anuncio/s. Fecha de publicación del anuncio o folleto.
II. CATÁLOGOS-MATERIAL IMPRESO
Muestra original del folleto o material impreso o foto del material impreso (si se tratara de cartelería u otro formato grande)
III. MISIONES COMERCIALES DIRECTAS e INVERSAS
Informe de Resultados, que debe incluir la siguiente información: Fecha y Lugar de celebración de la misión
Nombre y cargo de las personas participantes en la misión. Agenda de actividades
Objetivos y resultados IV. FERIAS LOCALES
Fotografías del stand y de la feria
Informe de participación, que debe incluir la siguiente información : Fecha y Lugar de celebración
Datos de asistentes y participación Objetivos y resultados
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Para la compra de pliegos deberá remitirse copia de la
expresión de interés o justificación de la compra del pliego en caso de no haberla.
Para la suscripción a servicios de información sobre licitaciones internacionales será necesaria la referencia expresa del servicio de información contratado.
En el caso de participación en seminarios, congresos y
cualquier otro evento similar será necesario la presentación de un breve informe sobre el mismo, así como copia de la acreditación correspondiente.
VI. OTRAS ACCIONES
Fotografías de cada una de las promociones realizadas en cada comercio y en las que aparezcan claramente los productos incluidos.
Informe, que debe incluir la siguiente información : Fecha(s) y Lugar(es) de celebración Relación de productos promocionados Objetivos y resultados
Recortes originales de los anuncios que se hayan realizado, si es el caso La anterior documentación, a excepción de las tarjetas de embarque y billetes de transporte cuyos originales son obligatorios presentar, podrá ser presentada en formato digital.
Una vez comprobada la documentación y realizada la liquidación de las facturas presentadas, por la empresa andaluza beneficiaria de la ayuda se deberá presentar la siguiente documentación:
DECLARACIÓN DE OTRAS AYUDAS
Según el modelo adjunto (Anexo III) se deberá cumplimentar y remitir el mismo a EXTENDA firmado y sellado.
FACTURA A CARGO DE EXTENDA
- La factura a cargo de EXTENDA irá girada por el importe que figure en la Liquidación realizada, al que se deberá añadir el 16% de IVA (debe esperar a que se haya aprobado la Liquidación de gastos – no emita factura antes)
- CONCEPTO DE LA FACTURA : El concepto deberá ser el siguiente :
“Actuaciones comprendidas Programa Extenda Desarrollo Internacional 2009 con arreglo a la Liquidación de Gastos Nº [indicar nº de liquidación]”
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- OTROS DATOS A CONSIGNAR EN LA FACTURA: Para el abono de su
factura por parte de EXTENDA, deben indicar el número de cuenta donde desee se le haga el ingreso.
Sevilla, 27 febrero 2009 LA DIRECTORA GENERAL