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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA,
ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE
4305
Resolución de 10 de abril de 2017, de la Subsecretaría, por la que se convoca
concurso general para la provisión de puestos de trabajo.
Vacantes puestos de trabajo en el Departamento, dotados presupuestariamente,
Este Ministerio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 30/1984, de 2
de agosto, y en el artículo 40.1 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio
de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado
por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, previa la aprobación de la Secretaría de
Estado de Función Pública, ha dispuesto convocar concurso general (referencia 01G/2017)
para cubrir las vacantes que se relacionan en el Anexo A de esta Orden, con arreglo a las
siguientes bases.
El presente concurso tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y
hombres, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española; la Directiva 2006/54/CE,
de 5 de julio de 2006; la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva
de mujeres y hombres, y la Resolución de 26 de noviembre de 2015, de la Secretaría de
Estado de Administraciones Públicas, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de
Ministros de 20 de noviembre de 2015, por el que se aprueba el II Plan para la Igualdad
entre Mujeres y Hombres en la Administración General del Estado y en sus organismos
públicos. Todas las menciones a los funcionarios recogidas en las bases de esta
convocatoria deben entenderse referidas a funcionarios y funcionarias.
Primera.
Quién puede participar.
1. a) De acuerdo con lo dispuesto en el apartado c) del artículo 20.1 de la
Ley 30/1984, de 2 de agosto, introducido por la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, podrán
participar en el presente concurso todos los funcionarios de carrera en cualquier situación
administrativa, excepto los suspensos en firme mientras dure la suspensión, con las
siguientes excepciones.
En el marco de la racionalización y optimización de los recursos humanos disponibles
y en el contexto de austeridad en materia de empleo público que hace especialmente
necesario atender a criterios de eficiencia en la distribución del personal, no podrán
participar en la presente convocatoria de concurso los funcionarios que presten servicios
o que encontrándose en situación administrativa distinta al servicio activo tengan su puesto
de reserva en las siguientes unidades:
– Ministerio de Empleo y Seguridad Social:
Oficinas de Prestaciones del Servicio Público de Empleo Estatal.
Direcciones Provinciales del Servicio Público de Empleo Estatal: Aquellos funcionarios
que realicen funciones relacionadas con la gestión y/o reconocimiento de las prestaciones
por desempleo.
Fondo de Garantía Salarial.
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Tampoco podrán participar los funcionarios que estén ocupando o que tengan
reservado alguno de los siguientes puestos, por encontrarse en situación administrativa
distinta al servicio activo con derecho a reserva del mismo:
Jefe de Sección de Inspección Farmacéutica y Control de Drogas en las Áreas y
Dependencias de Sanidad de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno.
Inspector de Sanidad Vegetal en las Áreas y Dependencias de Agricultura y Pesca de
las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno.
Coordinador de Inspección de Sanidad Vegetal en las Áreas y Dependencias de
Agricultura y Pesca de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno.
b) Los funcionarios destinados en el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación
y Medio Ambiente podrán participar en la provisión de todos los puestos de este concurso
sin limitación alguna por razón de su destino, siempre que reúnan el resto de los requisitos
exigidos en la convocatoria a la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes.
A tenor del Acuerdo de la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de
Retribuciones de fecha 30 de enero de 2004, la referencia al sector sanitario que recoge
la definición de la clave «EX11» no afecta al personal estatutario de los grupos de la
función administrativa, regulado en el artículo 12.3 del derogado Estatuto de Personal no
Sanitario de las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, que ocupe puestos de
trabajo en la Administración General del Estado a la fecha de la aprobación de la resolución
de la CECIR anteriormente citada.
De acuerdo con la Resolución aprobada por la Comisión Ejecutiva de la Comisión
Interministerial de Retribuciones de 27 de julio de 2007, se deja sin efecto la clave que
impedía a los funcionarios pertenecientes a Cuerpos y Escalas de Correos y Telégrafos
ocupar determinados puestos en la Administración General del Estado. En consecuencia,
los funcionarios de este colectivo podrán participar en este concurso siempre que reúnan
el resto de los requisitos de la convocatoria.
A tenor del Acuerdo de la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de
Retribuciones de fecha 13 de febrero de 2008, la referencia al sector del transporte aéreo
y meteorología que recoge la definición de la clave EX11, no afecta al Cuerpo de
Administrativos-Calculadores de Meteorología del Estado a extinguir.
De acuerdo con la Resolución aprobada por la Comisión Ejecutiva de la Comisión
Interministerial de Retribuciones de 25 de febrero de 2010, se deja sin efecto la clave que
impedía a los funcionarios pertenecientes a los Cuerpos del Sector del Transporte Aéreo y
Meteorología, código 17, Cuerpo Especial Técnico de Telecomunicaciones Aeronáuticas,
a extinguir, y Cuerpo de Técnicos Especialistas Aeronáuticos, a extinguir, ocupar
determinados puestos en la Administración General del Estado. En consecuencia, los
funcionarios de estos colectivos podrán participar en este concurso siempre que reúnan el
resto de los requisitos de la convocatoria.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 103.cuarto.5 de la Ley 31//1990, de 27 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, la movilidad de los funcionarios
que desempeñen puestos de trabajo en la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y
que pertenezcan a especialidades o escalas adscritas a ella, para la cobertura de puestos
de trabajo en otras Administraciones Públicas, estará sometida a la condición de la previa
autorización de aquélla, que podrá denegarla en atención a las necesidades del servicio.
2. Cumplidos los requisitos establecidos en el apartado anterior, las condiciones
generales exigidas en las bases de la convocatoria y las formalidades previstas en la
correspondiente relación de puestos de trabajo, los puestos que se ofertan en el presente
concurso son los que se detallan en el Anexo A.
Segunda.
Situaciones administrativas de los participantes.
1. Los funcionarios deberán permanecer en cada puesto de trabajo de destino
definitivo un mínimo de dos años para poder participar en los concursos de provisión, salvo
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en el ámbito de una Secretaría de Estado o de un Departamento ministerial, en defecto de
aquélla, o en los supuestos previstos en el párrafo segundo del artículo 20.1.e) de la Ley de
Medidas para la reforma de la Función Pública y en el de supresión de puestos de trabajo.
2. Los funcionarios en situación de servicios en otras Administraciones Públicas,
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido
del Estatuto Básico del Empleado Público, artículo 88, que después de transcurridos dos
años desde su transferencia o traslado hayan tomado posesión en un ulterior destino
definitivo obtenido voluntariamente, no podrán participar hasta haber transcurrido dos años
desde la incorporación al mismo; todo ello sin perjuicio de eventuales excepciones a causa
de remoción, cese o supresión acaecidas en ese ulterior puesto.
3. Los funcionarios en excedencia voluntaria por interés particular, artículo 89.2 y en
excedencia voluntaria por agrupación familiar, artículo 89.3, solo podrán participar si al
término del plazo de presentación de instancias llevan más de dos años en dicha situación.
4. Los funcionarios en situación de excedencia por cuidado de familiares, artículo 89.4
y de servicios especiales, artículo 87, solo podrán participar si en la fecha de finalización
del plazo de presentación de instancias han transcurrido dos años desde la toma de
posesión del último destino definitivo obtenido, salvo en los supuestos contemplados en la
base Segunda punto 1.
5. Los funcionarios que hayan accedido a otro Cuerpo o Escala por promoción
interna o por integración y permanezcan en el puesto de trabajo que desempeñaban, se
les computará el tiempo de servicios prestados en dicho puesto en el Cuerpo o Escala de
procedencia, a efectos de la permanencia de dos años en destino definitivo para poder
concursar.
6. Los funcionarios en servicio activo con destino provisional en este Departamento,
salvo los que se hallen en comisión de servicios, estarán obligados a participar en el
presente concurso solicitando como mínimo todas las vacantes a las que puedan acceder
por reunir los requisitos establecidos en esta convocatoria, excepto los funcionarios que
hayan reingresado al servicio activo mediante adscripción provisional, que solo tendrán la
obligación de participar solicitando el puesto que ocupan provisionalmente.
Los funcionarios sin destino definitivo que no obtengan vacante, podrán ser adscritos
a los puestos que resulten dentro de la localidad, después de atender las solicitudes del
resto de los concursantes.
7. Los funcionarios que pertenezcan a dos o más Cuerpos o Escalas del mismo o
distinto grupo sólo podrán participar en el concurso desde uno de ellos. La certificación
deberá referirse a los requisitos y méritos correspondientes a dicho Cuerpo o Escala.
8. Los funcionarios en situación administrativa de expectativa de destino y excedencia
forzosa están obligados a concursar, de acuerdo con lo establecido en el artículo 29,
apartados 5 y 6, de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, tal y como resulta de la modificación
operada por la Ley 22/1993, de 29 de diciembre.
9. Los funcionarios de los Cuerpos o Escalas que tengan reservados puestos en
exclusiva, no podrán participar en este concurso para cubrir otros puestos de trabajo
adscritos con carácter indistinto, salvo autorización del Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas, de conformidad con el Departamento al que se hallen adscritos
los indicados Cuerpos o Escalas.
Cuando los puestos indicados dependan del propio Departamento al que estén
adscritos los Cuerpos o Escalas con puestos en exclusiva, corresponderá al mismo
conceder la referida autorización.
10. Los aspirantes que procedan de la situación administrativa de suspensión de
funciones, acompañarán a su solicitud la documentación acreditativa de haber finalizado
el periodo de suspensión.
Tercera.
Modelos, plazos y condiciones de presentación de solicitudes.
1. Las solicitudes para tomar parte en este concurso se dirigirán a la Subdirección
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presentarán en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de la
publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», en el Registro
General del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, Plaza de
San Juan de la Cruz, s/n (Nuevos Ministerios), 28071 Madrid, o en los registros a que se
refiere artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Las solicitudes se presentarán prioritariamente por medios telemáticos, a través del
Portal Funciona, siendo imprescindible la acreditación por medio de certificado electrónico
(DNI-e o certificado de la FNMT), sin perjuicio de lo indicado en esta base. Si durante el
plazo antes indicado se presentara más de una instancia, ya sea telemáticamente o en
papel, sólo se atenderá a la presentada en último lugar, quedando anuladas las anteriores.
En el caso de que el concursante no pueda acceder en su puesto de trabajo a estos
medios, lo podrá en conocimiento de la Unidad de personal del Ministerio u Organismo
respectivo, la cual le deberá facilitar dicho acceso. Si ello no resultara posible por
causas técnicas o de otra índole, la Unidad de personal informará al concursante de
que la instancia se de presentar cumplimentando el Anexo I que aparece publicado en
la página web: http://www.magrama.gob.es/es/ministerio/servicios/empleo-publico/. y
dirigirlo a dicha Unidad de personal, la cual asumirá la tramitación de la solicitud. En
todo caso, se garantiza el derecho de los concursantes a presentar su solicitud de
participación en el concurso.
Los funcionarios en situación de excedencia que no puedan realizar telemáticamente
su solicitud por no estar prestando servicios en la Administración General del Estado,
podrá presentar sus solicitudes tal y como se indica en el primer párrafo de esta base.
La forma de presentación no telemática o a través de las unidades de personal será
admitida en los casos expresamente previstos en esta base. En ningún caso podrá
presentarse de forma no telemática una solicitud complementaria de una solicitud
telemática.
Los concursantes deberán unir a su solicitud cuantos documentos hayan de ser
tenidos en cuenta.
La solicitud a presentar consistirá en los siguientes documentos:
– Anexo I: Solicitud de participación.
– Anexo II: Certificado de méritos, expedido por el órgano competente en materia de
gestión de personal.
– Anexo III: Méritos alegados por el candidato.
– Documentos acreditativos de dichos méritos que se presentarán en formato UNE A4
sin encuadernación y unidos con una sola grapa para los casos de su presentación en
papel según lo establecido en estas bases.
Los modelos de los anexos I y III para imprimir y cumplimentar se encuentran
disponibles en la página web del Departamento: http://www.magrama.gob.es/es/ministerio/
empleo-publico/
– Certificación /es expedida/s por el/los centro/s donde el candidato/a desempeñó
puestos de trabajo (méritos específicos).
No serán admitidas aquellas solicitudes que no lleven el sello de entrada de las
diferentes Unidades registrales dentro del plazo establecido para la presentación de
instancias.
2. La cumplimentación de estos anexos seguirá rigurosamente las instrucciones que
en ellos se contienen a pie de página.
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El Anexo II de esta orden (certificado de méritos) recogerá aquellos méritos, requisitos
y datos imprescindibles que en él se señalan y deberá ser expedido por:
a) Si se trata de funcionarios destinados en servicios centrales, la Subdirección
General competente en materia de personal de los Departamentos ministeriales, o la
Secretaría General o similar de los Organismos Autónomos.
b) Cuando se trate de funcionarios destinados en los servicios periféricos de ámbito
regional o provincial, será expedido por las Secretarías Generales de las Delegaciones,
Subdelegaciones y Direcciones Insulares del Gobierno.
c) Las certificaciones de los funcionarios destinados en el Ministerio de Defensa,
serán expedidas por la Subdirección General de Personal Civil de dicho Departamento
cuando se trate de funcionarios destinados en Madrid, y por los Delegados de Defensa
cuando dichos funcionarios estén destinados en los servicios periféricos del Ministerio de
Defensa.
d) Las certificaciones de los funcionarios que se encuentren en servicio en otras
Administraciones Públicas, serán expedidas por el órgano competente en materia de
personal.
e) Las certificaciones de los funcionarios que se encuentren en situación
administrativa distinta a la de activo con derecho a reserva de puesto de trabajo, serán
expedidas por las unidades de personal donde hubieran tenido su último destino en
servicio activo.
f) Las certificaciones de los funcionarios que se encuentren en situación administrativa
distinta a la de activo sin derecho a reserva de puesto de trabajo, serán expedidas por la
Dirección General de la Función Pública, para funcionarios pertenecientes a cuerpos o
escalas adscritos a la Secretaría de Estado de Función Pública, teniendo en cuenta que
los servicios que se hayan prestado en otras Administraciones Públicas mientras el
funcionario se encontrase en dicha situación administrativa serán acreditados por el
órgano competente de la Administración Pública en la que se prestasen los servicios. En
el caso de funcionarios pertenecientes a cuerpos o escalas adscritos a otros
Departamentos, el Ministerio de adscripción correspondiente.
g) En el caso de los funcionarios de Cuerpos y Escalas de Correos y Telégrafos que
se encuentren en servicio activo destinados en la Sociedad Estatal de Correos y
Telégrafos S.A. o que se encuentren en situación administrativa de excedencia voluntaria
o forzosa y que hayan ocupado su último destino en servicio activo en la misma, la
certificación de los méritos no específicos deberá ser expedida por la Unidad de personal
de la citada Sociedad Estatal.
h) En el caso de los funcionarios de Cuerpos y Escalas de Correos y Telégrafos en
situación administrativa de excedencia voluntaria o forzosa, cuyo último destino en servicio
activo fue en la Caja Postal de Ahorros, el certificado deberá ser expedido por la
Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Economía, Industria y
Competitividad.
3. Los funcionarios con alguna discapacidad podrán pedir la adaptación del puesto o
de los puestos de trabajo correspondientes. A la solicitud se deberá acompañar un informe
expedido por el órgano competente en la materia, que acredite la procedencia de la
adaptación y la compatibilidad con el desempeño de las funciones que tenga atribuido el
puesto o los puestos solicitados. La compatibilidad con el desempeño de las funciones
propias del puesto de trabajo se valorará teniendo en cuenta las adaptaciones que se
puedan realizar en él.
4. En el supuesto de estar interesados en las vacantes de un mismo municipio que
se anuncian en este concurso de méritos dos funcionarios, aunque pertenezcan a distintos
Cuerpos o Escalas, podrán condicionar su petición por razones de convivencia familiar al
hecho de que ambos obtengan destino en este concurso y en el mismo municipio,
entendiéndose en caso contrario anuladas las peticiones formuladas por ambos. Los
concursantes que se acojan a esta petición condicional deberán acompañar a su instancia
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Cuarta.
Baremo de valoración.
La valoración de los méritos se efectuará de acuerdo con el siguiente baremo:
1.1 Valoración del grado personal consolidado.
El grado personal consolidado se valorará en sentido positivo en función de su posición
en el intervalo correspondiente y en relación con el nivel de los puestos de trabajo ofrecidos
hasta un máximo de tres puntos de la siguiente forma:
– Por un grado personal superior al nivel del puesto al que se concursa: Tres puntos.
– Por un grado personal igual al nivel del puesto al que se concursa: Dos puntos.
– Por un grado personal inferior al nivel del puesto al que se concursa: Un punto.
En este apartado se valorará, en su caso, el grado reconocido en otras Administraciones
Públicas en el Cuerpo o Escala desde el que participa el funcionario, cuando se halle
dentro del intervalo de niveles establecido en el artículo 71.1 del Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo, para el grupo de titulación en el que se encuentra clasificado el mismo.
1.2 Valoración del trabajo desarrollado.
1.2.1 Por el desempeño de puestos de trabajo del mismo nivel del que se ocupa,
hasta un máximo de cuatro puntos, según la distribución siguiente no acumulativa:
Por el desempeño de puestos de trabajo con nivel de complemento de destino igual o
superior al del puesto que se solicita durante los últimos cinco años y un mínimo de un
año, un máximo de cuatro puntos, distribuidos de la siguiente forma:
Cinco años o más, cuatro puntos.
Cuatro años o más, 3,75 puntos.
Tres años o más, 3,50 puntos.
Dos años o más, 3,35 puntos.
Un año o más, tres puntos.
Por el desempeño de puestos de trabajo con nivel de complemento de destino inferior
en no más de dos niveles al del puesto que se solicita durante los últimos cinco años y un
mínimo de un año, un máximo de tres puntos, distribuidos de la siguiente forma:
Cinco años o más, tres puntos.
Cuatro años o más, 2,75 puntos.
Tres años o más, 2,50 puntos.
Dos años o más, 2,35 puntos.
Un año o más, dos puntos.
Por el desempeño de puestos de trabajo con nivel de complemento de destino inferior
en más de dos niveles al del puesto que se solicita durante los últimos cinco años y un
mínimo de un año, un máximo de dos puntos, distribuidos de la siguiente forma:
Cinco años o más, dos puntos.
Cuatro años o más, 1,75 puntos.
Tres años o más, 1,50 puntos.
Dos años o más, 1,35 puntos.
Un año o más, un punto.
1.2.2 Por el desempeño y aptitud o rendimiento apreciados en los candidatos en
puestos de trabajo pertenecientes al área funcional o sectorial a que corresponde el
convocado o de similar contenido técnico o especialización se adjudicarán hasta un
máximo de dos puntos.
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1.3 Cursos de formación o perfeccionamiento.
Se valorarán aquellos cursos de formación y perfeccionamiento recibidos en el marco
de la formación para el empleo de las Administraciones Públicas incluidos en la
convocatoria que deberán tener relación directa con las actividades a desarrollar en el
puesto de trabajo (Anexo A) de la presente Resolución hasta un máximo de tres puntos.
Por la participación o superación como alumno de los cursos de formación y
perfeccionamiento siempre que se haya expedido diploma o certificado de asistencia o, en
su defecto, certificación de aprovechamiento.
La puntuación para cada curso se realizará en función de su actualización, contenido
y duración hasta 0,50 puntos por cada uno, de acuerdo con los siguientes criterios:
– Por cada curso de hasta 25 horas lectivas de duración: 0,20 puntos, más 0,10 puntos
si el curso se ha realizado en los cinco últimos años.
– Por cada curso de hasta 35 horas lectivas de duración: 0,30 puntos, más 0,10 puntos
si el curso se ha realizado en los cinco últimos años.
– Por cada curso de más de 35 horas lectivas de duración: 0,40 puntos, más
0,10 puntos si el curso se ha realizado en los cinco últimos años.
No se valorarán, tanto los cursos que no acrediten una duración mínima de 10 horas
lectivas, como los pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, los
derivados de procesos selectivos y los diplomas relativos a jornadas, seminarios,
simposios, master y similares.
Los cursos de formación y perfeccionamiento del personal militar de carrera susceptibles
de valoración en este concurso en los términos establecidos en el artículo 44.1 d) del real
Decreto 364/1995 de 10 de marzo, deberán haber sido realizados en centros oficiales de
formación del personal militar.
Cada curso solo podrá ser valorado una vez.
1.4 Antigüedad.
Se valorará a razón de 0,10 puntos por cada año de servicio, hasta un máximo de tres
puntos, computándose a estos efectos los reconocidos que se hubieran prestado con
anterioridad a la adquisición de la condición de funcionario.
Méritos relativos a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
1.5 Destino previo del cónyuge funcionario.
Cuando haya sido obtenido mediante convocatoria pública en la localidad donde
radique el puesto o puestos de trabajo solicitados, se valorará con 1,5 puntos, siempre que
acceda desde localidad distinta.
1.6 Cuidado de hijos o de familiar.
a) Cuidado de hijos, tanto cuando lo sean por naturaleza o por adopción o
acogimiento permanente o preadoptivo, hasta que el hijo cumpla doce años, siempre que
se acredite por los interesados fehacientemente que el puesto que se solicita permite una
mejor atención del menor, se valorará con 1,5 puntos.
b) El cuidado de un familiar; hasta el segundo grado inclusive de consanguinidad o
afinidad siempre que, por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad no pueda
valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida, siempre que se acceda desde un
municipio distinto, y siempre que se acredite fehacientemente por los interesados que el
puesto que se solicita permite una mejor atención del familiar, se valorará con 1,5 puntos.
La valoración de este supuesto será incompatible con la otorgada por el cuidado de
hijos.
1.7 Méritos específicos adecuados a las características del puesto.
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2. Puntuación mínima exigida para la adjudicación de destino.
La valoración de los méritos se efectuará mediante la puntuación obtenida con la
media aritmética de las otorgadas por cada uno de los miembros de la Comisión de
Valoración.
La adjudicación de destino exigirá que, como mínimo, el aspirante alcance una
puntuación total de todos los méritos reflejados en el presente baremo de 10 puntos.
Las puntuaciones otorgadas, así como la valoración final obtenida, deberán reflejarse
en el acta que se levantará al efecto.
Quinta.
Acreditación de los méritos.
1. Los méritos no específicos se acreditarán en el certificado de méritos (Anexo II).
El funcionario que considere tener un grado personal consolidado, o que pueda ser
consolidado durante el período de presentación de instancias, deberá recabar del órgano
o unidad a que se refiere el punto 2 de la Base Tercera, que dicha circunstancia quede
expresamente reflejada en el citado Anexo.
2. Los méritos a que se hace referencia en la base cuarta, apartado 1.2.2 deberán
acreditarse por certificado y/o descripciones expedidas por el Centro Directivo o Unidad
del que dependan los puestos de trabajo desempeñados por los candidatos.
3. La antigüedad quedará acreditada en el apartado correspondiente del Anexo II.
4. Para la valoración del trabajo desarrollado, los aspirantes deberán justificar el
contenido de los puestos ocupados mediante certificados u otros documentos fehacientes.
5. Aquellos funcionarios que aleguen participación en cursos en su solicitud, deberán
aportar los certificados correspondientes.
6. Los funcionarios que aleguen como mérito el destino previo del cónyuge
funcionario, deberán aportar:
Destino del cónyuge: certificación de la Unidad de personal que acredite la localidad
de destino del cónyuge, el puesto que desempeña y la forma en que lo obtuvo.
Parentesco: Copia del libro de familia o certificación actualizada del Registro Civil de
inscripción matrimonial.
7. Los funcionarios que aleguen como mérito el cuidado de hijos deberán aportar:
Edad del menor: copia del libro de familia o de la resolución administrativa o judicial de
la adopción, acogimiento permanente o preadoptivo.
Mejor atención del menor: Declaración del progenitor solicitante justificando las
razones que avalan que el cambio de puesto permite la mejor atención del menor, así
como documentación que acredite fehacientemente esta declaración.
8. Los funcionarios que aleguen como mérito el cuidado de un familiar deberán
aportar:
Parentesco: copia del libro de familia y/o de otros documentos públicos que acrediten
la relación de consanguinidad o afinidad en el grado que establece el precepto.
Situación de dependencia por edad, accidente, enfermedad o discapacidad: certificado
médico oficial o documento de los órganos de la Administración Pública competente en la
materia, acreditativo de tales extremos.
No desempeño de actividad retributiva: Certificado que acredite que no se está de alta
en ningún Régimen de la Seguridad Social por la realización de un trabajo por cuenta
propia o ajena y declaración de la persona dependiente de que no desempeña actividad
retribuida alguna.
Acceso desde municipios distintos: Si se accede desde municipio distinto, el funcionario
solicitante deberá prestar su consentimiento fehaciente para realizar la consulta al Sistema
de Verificación de Datos de Residencia para que los datos de empadronamiento sean
recabados de oficio. Si no prestara tal consentimiento, o se produjeran otros supuestos
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que se detallan en la normativa reguladora, el solicitante deberá aportar el certificado de
empadronamiento, de acuerdo con el Real Decreto 523/2006, de 28 de abril, y la Orden
PRE/4008/2006, de 27 de diciembre, normas que suprimen la exigencia de aportar el
certificado de empadronamiento como documento probatorio del domicilio y residencia.
Mejor atención del familiar: Declaración del solicitante justificando las razones que
avalan que el cambio de puesto permite la mejor atención al familiar, así como
documentación que acredite fehacientemente esta declaración.
La declaración referida a una mejor atención del hijo o del familiar prevista en este
apartado podrá no tenerse en cuenta si la Comisión de Valoración dispone de
documentación oficial que invalide, de forma negativa, la justificación contenida en dicha
declaración.
9. La acreditación documental de los méritos alegados por los concursantes,
consistirá únicamente en certificados de funciones, certificados de cursos requeridos en la
convocatoria, diplomas, títulos, justificantes o cualquier otro medio de prueba, reseñados
en el anexo III de la convocatoria. Asimismo se podrá reseñar sin necesidad de su
presentación cualquier otra documentación que se podrá solicitar por la Comisión de
Valoración según lo dispuesto en el punto 7 de la Base Sexta de la convocatoria.
Sexta.
Consideraciones sobre la valoración de los méritos.
1. Los requisitos, méritos y cualesquiera otros datos alegados por los solicitantes,
deberán estar referidos a la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias.
2. Para la valoración de los méritos en las convocatorias de puestos de trabajo se
tendrán en cuenta los niveles establecidos con carácter mínimo en el tercer párrafo del
apartado Séptimo del Acuerdo Administración Sindicatos, sobre ordenación de
retribuciones, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 12 de junio de 1998 y
publicado por Resolución de 18 de junio de 1998, de la Secretaría de Estado para la
Administración Pública, a efectos de valoración de grado y de puesto desempeñado.
3. La valoración de los méritos se efectuará conforme a lo establecido en el
artículo 44 del Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración
General del Estado y de Provisión de puestos de trabajo y Promoción profesional de los
funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo. El resultado de su aplicación determinará el orden de
prioridad de los concursantes para la adjudicación de las plazas.
4. En caso de empate en la puntuación se acudirá, para dirimirlo, a lo dispuesto en el
artículo 44.4 del citado Reglamento.
5. El grado reconocido en la Administración de las Comunidades Autónomas se
valorará cuando se halle dentro del intervalo de niveles establecido en el artículo 71 del
Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del
Estado y de Provisión de puestos de trabajo y Promoción profesional de los funcionarios
civiles de la Administración General del Estado para el subgrupo de titulación a que
pertenezca el funcionario.
En el supuesto de que el grado reconocido en una Comunidad Autónoma exceda del
máximo establecido en la Administración General del Estado, de acuerdo con el artículo 71
del Reglamento mencionado en el punto anterior, para el subgrupo de titulación a que
pertenezca el funcionario, deberá valorársele el grado máximo correspondiente al intervalo
de niveles asignado a su subgrupo de titulación en la Administración General del Estado.
6. Para la valoración del nivel del puesto de trabajo desempeñado (base cuarta,
apartado 1.2.1 se tendrá en cuenta lo siguiente:
Cuando se trate de funcionarios procedentes de las situaciones de excedencia por el
cuidado de familiares y de la de servicios especiales con derecho a reserva de puesto, se
tomará como referencia para la valoración del nivel de complemento de destino el del
puesto que tenga reservado, o de un puesto equivalente al que ocupaba ya fuera con
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7. La Comisión de Valoración en cualquier momento del proceso, podrá contrastar
todos los datos alegados por los interesados, con los existentes en el Registro Central de
Personal así como solicitar las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que
se estime necesaria para la comprobación de los méritos, requisitos o datos legados, así
como aquellos otros que se consideren precisos para una ajustada inclusión o valoración
y consecuentemente modificar la puntuación otorgada, Las discrepancias o dudas
subsiguientes serán resueltas definitivamente según los datos aportados por el Registro
Central de Personal.
8. En el supuesto contemplado en el punto 3 de la base Tercera (solicitud de
adaptación por discapacidad del puesto o puestos de trabajo solicitados), la Comisión de
Valoración podrá recabar del interesado la información complementaria que estime
necesaria en orden a la adaptación solicitada. Previamente, el Presidente de la Comisión
de Valoración pedirá informe a los Centros directivos de los que dependan los puestos
solicitados sobre la posibilidad de la adaptación. Los Centros directivos, a través de sus
representantes en la Comisión de Valoración, trasladarán a ésta informe al respecto.
De darse este supuesto, la resolución del concurso, en los puestos afectados directa
o indirectamente, se producirá una vez recibidos, analizados y evaluados por la Comisión
de Valoración los informes pertinentes.
9. Los puestos de trabajo incluidos en la convocatoria no podrán declararse desiertos
cuando existan concurrentes que hayan obtenido las puntuaciones mínimas exigidas en
cada caso, excepto cuando, como consecuencia de una reestructuración, se hayan
amortizado o se encuentren en curso de modificación en sus características funcionales,
orgánicas o retributivas ante la Comisión Interministerial de Retribuciones.
Séptima.
Comisión de valoración.
1. Los méritos serán valorados por una Comisión cuya composición se ajustará al
principio de composición equilibrada de mujeres y hombres, de acuerdo con la normativa
vigente en materia de igualdad y que constará de los siguientes miembros:
Presidente: Un funcionario destinado en la Subsecretaría.
Secretario: Un funcionario destinado en la Subsecretaría.
Vocales: Un funcionario en representación de la Subsecretaría.
Tres funcionarios en representación de los Centros directivos, de los que al menos uno
será designado a propuesta del Centro Directivo al que figuren adscritos los puestos de
trabajo convocados.
Asimismo, tienen derecho a formar parte de la Comisión de Valoración un miembro en
representación y a propuesta de cada una de las Organizaciones Sindicales más
representativas y de las que cuenten con más del 10 por 100 de representantes en el
conjunto de las Administraciones Públicas, o en el ámbito correspondiente.
2. Los miembros titulares de la Comisión así como los suplentes, que en caso de
ausencia justificada les sustituirán con voz y voto, deberán pertenecer a Cuerpos o Escalas
de subgrupo de titulación igual o superior al exigido para los puestos convocados.
3. Se podrán incorporar a la Comisión de Valoración, cuando ésta lo considere
oportuno, expertos que en calidad de asesores actúen con voz pero sin voto, de acuerdo
con el artículo 46 del Real Decreto 364/1995. Su designación recaerá en el Órgano
convocante previa solicitud de la Comisión de Valoración.
4. La Comisión de Valoración propondrá a los candidatos que hayan obtenido mayor
puntuación entre los que consigan la mínima exigida para cada puesto en la presente
convocatoria.
5. Las puntuaciones otorgadas, así como la valoración final, deberán reflejarse en el
acta que se levantará al efecto.
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Octava.
Obtención de un puesto de trabajo definitivo durante la participación en el
concurso.
Si en cualquier momento anterior a la resolución del presente concurso un funcionario
participante hubiera obtenido un puesto de trabajo definitivo por cualquiera de los
supuestos reglamentarios previstos, deberá comunicarlo a la mayor brevedad a la
Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Agricultura y Pesca,
Alimentación y Medio Ambiente. Teléfono 91 597.62.51 Fax 91 597 59 58, para proceder a
lo que corresponda en relación con su continuidad en el concurso.
Novena.
Resolución del concurso.
1. La convocatoria se resolverá por Resolución de la Subsecretaría de Agricultura y
Pesca, Alimentación y Medio Ambiente en un plazo máximo de cuatro meses, desde el día
siguiente al de la finalización de la presentación de instancias, y se publicará en el «Boletín
Oficial del Estado», salvo que concurran las circunstancias expuestas en la base Tercera
punto 3, en cuyo caso podrá procederse a la resolución parcial de los puestos no afectados
directa o indirectamente por estas circunstancias.
2. En la Resolución, que deberá estar motivada en los términos del artículo 47.2 del
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, se hará indicación expresa del puesto de origen
de los participantes a quienes se les adjudique destino, así como de su subgrupo de
titulación (Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el
testo refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, artículo 76 tal y como se
establece en su Disposición Transitoria Tercera), del Ministerio o Comunidad Autónoma de
procedencia, localidad y nivel de complemento de destino, y, en su caso, situación
administrativa de procedencia.
3. El personal que consiga destino a través de este concurso no podrá participar u
obtener puestos a través del sistema de concurso de méritos que convoquen tanto la
Administración General del Estado como otras Administraciones Públicas hasta que hayan
transcurrido dos años desde la toma de posesión del puesto adjudicado, salvo en los
supuestos contemplados en el artículo 20.1.f) de la Ley 30/1984.
4. El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido será de tres días hábiles
si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes si comporta cambio de
residencia o el reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese,
que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la
resolución del concurso en el «Boletín Oficial del Estado». Si la resolución comporta el
reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá contarse desde dicha
publicación.
El cómputo del plazo para el cese se iniciará cuando finalicen los permisos y licencias
que, en su caso, estén disfrutando los interesados.
El Subsecretario del Departamento donde presta servicios el funcionario podrá, no
obstante, diferir de su cese por necesidades del servicio, de hasta veinte días hábiles,
debiendo comunicarse ésta a la Subsecretaría (Subdirección General de Recursos
Humanos) del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.
Excepcionalmente, a propuesta del Departamento por exigencias del normal
funcionamiento de los servicios, la Secretaría de Estado de Función Pública podrá aplazar
la fecha del cese hasta un máximo de tres meses, computada la prórroga prevista en el
párrafo anterior.
Con independencia de lo establecido en los párrafos anteriores, la Subsecretaria de
Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente podrá conceder una prórroga de
incorporación de hasta veinte días hábiles, si el destino implica cambio de residencia y así
lo solicita el interesado por razones justificadas.
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Décima.
Destinos adjudicados.
Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de
toma de posesión se hubiese obtenido otro destino por convocatoria pública, en cuyo caso
deberá comunicarse por escrito al órgano que se expone en la base Tercera punto 1.
Los destinos adjudicados se considerarán de carácter voluntario y, en consecuencia,
no generarán derecho al abono de indemnización por concepto alguno.
Undécima.
Publicación de la resolución del concurso.
1. La publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la Resolución del concurso,
con adjudicación de los puestos, servirá de notificación a los interesados, y a partir de la
misma empezarán a contarse los plazos establecidos para que los organismos afectados
efectúen las actuaciones administrativas procedentes.
En la correspondiente baja de haberes deberá constar si ha percibido o no la paga
extraordinaria correspondiente al periodo de devengo.
Duodécima.
Recursos.
Contra la presente Resolución, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso
de reposición ante el Subsecretario de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en
el plazo de dos meses desde su publicación, ante las Salas de lo Contencioso
Administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia, de conformidad con lo dispuesto
en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de
reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea
resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Madrid, 10 de abril de 2017.–El Subsecretario de Agricultura y Pesca, Alimentación
y Medio Ambiente, Jaime Haddad Sánchez de Cueto.
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ANEXO A
01G/2017
Denominación puesto de trabajo N .º Plazas Localidad NV CD Complemento específico a nu al € GR A D M Cuerpo Titulación requerida Obs erv a- ciones Materias sobre cursos de formación y perfeccionamiento Descripción puesto de trabajo Mér itos específicos SECRETA RÍA DE ESTA DO DE MEDIO AM B IE N TE Gabinete del Secretario de Estado Jefe/Jefa de Sección (2765392) 1 M ad rid 22 3. 95 1, 78 A 2C 1 A E E X 11 Ofimá tica. R eg is tro d e en tra da y salida de documentos en ESTELA. Coordinación, tratamiento, control y seguimiento de las figuras parlamentarias en AGORA con las Unidades en la gestión integral de las citadas figuras. Elaboración periódica de informes estadísticos, análisis de figuras en AGORA. Control y seguimiento de proposiciones no de Ley . Apoy o en la recopilación y transmisión de documentación para las comparecencias parlamentarias. Experiencia en: Funcio nes similare s a las descr itas. Manejo de aplicaciones informáticas de gestión. en http://www .boe.esBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
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N .º orden Denominación puesto de trabajo N .º Plazas Localidad NV CD Complemento específico a nu al € GR A D M Cuerpo Titulación requerida Obs erv a- ciones Materias sobre cursos de formación y perfeccionamiento Descripción puesto de trabajo Mér itos específicos 2 Jefe/Jefa de Negociado de Documentación (2925654) 1 M ad rid 18 3. 95 1, 78 C 1C 2 A E E X 11 G es tió n
administrativo contable. Contratación
del Sector Público. O fimática. Apoy o a la tramitación de expedientes de gasto, en firme a justificar y caja fija. Apoy o en tareas relacionadas con la mesa de contratación. Apoy o en el seguimiento, elaboración y control a la ejecución del pr es up ue st o. A po yo e n la el ab or ac ió n de documentos contables, para la tramitación de expedientes de gastos, en SOROLLA Y DOCEL Web. Apoy o en la tramitación, control y seguimiento de las figuras parlamentarias, en AGORA. Seguimiento y control de las proposiciones no de Ley . Experien cia en: Tr am ita ci ón d e expediente de contratación. Manejo de aplicaciones informáticas de gestión de preguntas parlamentarias. Manejo de aplicaciones para la gestión contable. Manej o de herrami entas of im át ic as . DIRECCIÓN GENERA L DEL AG UA Subdirección General de Planificación y Uso Sostenible del Ag ua 3 Jefe/Jefa de Negociado (4704109) 1 Madrid 16 3.410,40 C1C2 AE EX11 Bases de datos de registros de documentos. Ofimática. Archivo de documentación. Apoy o a la tramitación de expedientes administrativos. Experien cia en: Funcio nes similare s a las descr itas. Manej o de herrami entas of im át ic as . en http://www .boe.es
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Denominación puesto de trabajo N .º Plazas Localidad NV CD Complemento específico a nu al € GR A D M Cuerpo Titulación requerida Obs erv a- ciones Materias sobre cursos de formación y perfeccionamiento Descripción puesto de trabajo Mér itos específicos Subdirección General de Programación Económica Jefe/Jefa de Sección (1338909) 1 M ad rid 22 3. 95 1, 78 A 2C 1 A E E X 11 C on tra ta ci ón administrativa. Gestión pres up ue st ar ia . Gestión de archivos. Administr ación electrónica. Ofimática. Gestión administrativo contable y tramitación de expedientes de varios capítulos del pr es up ue st o. Tram itación de expedientes de Sociedades Estatales , Convenio de Gestión Directa y
documentación relacionada. Gestión
de documentos contables y tramitación de contratos menores. Tramitación, archivo y control de autorizaciones para contratar y cumplimiento de instrucciones de contratación. Tramitación de expedientes de gasto en todas sus fases administrativas. Tramitación electrónica de expedientes. Experien cia en: Funcio nes similare s a las descr itas. Manejo de aplicaciones de gestión administrativo contable. Manejo de bases de datos de gestión económica. Manej o de herrami entas of im át ic as . Analista Funcional (3927816) 1 M ad rid 20 7. 77 6, 58 A 2C 1 A E E X 11 G es tió n de recursos humanos. Bases de datos de registro de documentos. Gestión económico financiero. Ofimática. Apoy o a la gestión de recursos humanos de
personal funcionario y laboral:
concursos, libre de si gn ac ió n, c om is io ne s de servicio, adscripción provisional, solicitudes de puestos al fondo de vacantes. Control y mantenimiento de bases de datos de: -P er so na l, -Control horario. Gestión, control y seguimiento de las indemnizaciones por razón de servicio. Registro y archivo de documentos. Tramitación económica de expedientes. Experien cia en: Funcio nes similare s a las descr itas. Manejo de bases de datos de gestión de personal. Manejo de aplicaciones informáticas para la elaboración de expedientes de gasto. Manejo de herramientas of im át ic as . en http://www .boe.es
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N .º orden Denominación puesto de trabajo N .º Plazas Localidad NV CD Complemento específico a nu al € GR A D M Cuerpo Titulación requerida Obs erv a- ciones Materias sobre cursos de formación y perfeccionamiento Descripción puesto de trabajo Mér itos específicos 6 Jefe/Jefa de Sección (5065347) 1 Madrid 20 3.624,46 A2C1 AE EX11 Ofimática. Coordinación sobre expedientes administrativos con los
Organismos Autónomos. Seguimiento
de la tramitación de expedientes administrativos del Centro Directivo. Identificación, catalogación y clasificación de expedientes relacionados con la gestión del agua. Tramitación electrónica de expedientes y archivo. Experien cia en: Funcio nes similare s a las descr itas. Sistemas de información que permitan el control y seguimiento de expedientes de inver sión. Subdirección General de In fr ae st ru ct ur as y Tecnología 7 Programador/Programa-dora de Segunda (4239408) 1 M ad rid 15 3. 95 1, 78 C 1C 2 A E E X 11 O fim át ic a. R eg is tro d e en tra da y salida de documentos en ESTELA. Atención telefónica, contr ol de visitas, preparación de reuniones de trabajo. Control y seguimiento de expedientes en SENDA y PO SEIDO C. Gestión y control de preguntas parlamentarias en A GORA . Experien cia en: Funciones similares a las descr itas. Archivo y clasificación de documentos. Manejo de aplicaciones infor máticas. Manej o de herrami entas of im át ic as . en http://www .boe.es
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Denominación puesto de trabajo N .º Plazas Localidad NV CD Complemento específico a nu al € GR A D M Cuerpo Titulación requerida Obs erv a- ciones Materias sobre cursos de formación y perfeccionamiento Descripción puesto de trabajo Mér itos específicos O FICINA ESPA ÑO LA DEL CA MBIO CLIMA TICO Subdirección General de c oo rd in ac ió n de Acciones frente al Cambio Climático Jefe/Jefa de Negociado (2460023) 1 Madrid 18 3.410,40 C1C2 AE EX11 Bases de datos de registro de documentos. Ofimática. Tareas administrativas de apoy o a la Unidad. Apoy o en la organización de reuniones, seminarios y taller es. Apoy o en la elaboración de informes, estudios y trabajos. Gestión de buzones ge né ric os d e co rr eo electrónico. Mantenimiento de bases de datos. E xp er ie nc ia e n: Funcio nes similare s a las descr itas. Manejo de aplicaciones informáticas de gestión. M an ej o de h er ra m ie nt as of im át ic as . ORGA NIS M OS A U TO N O M O S CONFEDE RA C IÓN HIDROGRA FICA DEL MIÑO-SIL Dirección Técnica Aux ilia r de O ficina (5197212) 1 Ponferrad a 14 3. 14 8, 32 C 2 A E E X 11 C on tra ta ci ón administrativa. Ofimática. R eg is tro d e documentación. Tramitación de expedientes de co nt ra ta ci ón d e ob ra s y ser vicios. Apoy o en la comprobación de proy ectos y liquidación de obra. Atención a los interesados. Apoy o a la gestión informatizada de trámites administrativos. E xp er ie nc ia e n: Funcio nes similare s a las descr itas. M an ej o de h er ra m ie nt as of im át ic as . Archivo de documentación. en http://www .boe.es
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N .º orden Denominación puesto de trabajo N .º Plazas Localidad NV CD Complemento específico a nu al € GR A D M Cuerpo Titulación requerida Obs erv a- ciones Materias sobre cursos de formación y perfeccionamiento Descripción puesto de trabajo Mér itos específicos Comisaría de Aguas 10 Jefe/Jefa de Negociado (4174510) 1 Ourense 16 3.410,40 C1 AE EX11 Información y atención al público. Le ng ua je
administrativo gallego. Ofimática.
Tramitación
de
expedientes sancionadores. Tramitación
de expedientes de ordenación del terri tori o. Tramitación de expedientes de constitución de comunidades y/ o usuarios de aguas. Experien cia en: Funcio nes similare s a las descr itas. Manejo de sistemas de información geográfica. CONFEDE RA C IÓN HIDROGRÁFICA DEL CA NTA B AR IC O Secretaría General 11 Jefe/Jefa de Negociado (4702720) 1 O vi ed o 16 3. 41 0, 40 C 1C 2 A E E X 11 N or m at iv a so br e gestión de ingresos y
recaudación. Normativa presupuestaria, contable
y
de
contratación. Prácticas administrativas
y utilización eficiente de los recursos públicos. Ofimática. Tareas de apoy o administrativo, a la gestión de la contabilidad y recaudación del Organismo: Tasas, cánones, expedientes sancionadores, etc. tanto en vía voluntaria, ejecutiva y de compensación. Apoy o a la elaboración de escritos: propuestas de resolución, comunicaciones internas y externas. Atención e información a los interesados. Archivo de documentos. Experien cia en: Funcio nes similare s a las descr itas. Manejo de aplicaciones informáticas asociadas y recaudación. Manej o de herrami entas of im át ic as . en http://www .boe.es
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Denominación puesto de trabajo N .º Plazas Localidad NV CD Complemento específico a nu al € GR A D M Cuerpo Titulación requerida Obs erv a- ciones Materias sobre cursos de formación y perfeccionamiento Descripción puesto de trabajo Mér itos específicos Aux iliar de O ficina (5102248) 1 Oviedo 14 3.148,32 C2 AE EX11 BADARAL y RCP. SIG P . R ég im en d e perso nal. O fimática. Apoy o administrativo en m at er ia d e re cu rso s
humanos. Tramitación informatizada
de expedientes relacionados con recursos humanos. Control seguimiento y archivo de los expedientes de personal de los empleados públicos del Organismo. Manejo de bases de datos de control de presencia. Info rm ac ió n en m at er ia de recursos humanos al personal del Organismo y a interesados externos. E xp er ie nc ia e n: Funcio nes similare s a las descr itas. Manejo de aplicaciones informáticas de gestión de p er so na l. Comisaría de Aguas Jefe/Jefa de Negociado (4703687) 1 Santande r 16 3.410,40 C1C2 AE EX11 Atención al público. Ofimática. Tramitación y seguimiento de
expedientes administrativos relacionados
con el dominio público hidráulico. Atención a los interesados. Apoy o a la gestión informatizada de expedientes administrativos. E xp er ie nc ia e n: Funcio nes similare s a las descr itas. M an ej o de h er ra m ie nt as of im át ic as . Aux iliar de O ficina (2927413) 1 Oviedo 16 3.148,32 C2 AE EX11 Archivo. Ofimática. Archivo y escaneo de la documentación. Información al ciudadano sobre la tramitación de expedientes de autorizaciones y concesiones. Gestión informatizada de trámites administrativos. E xp er ie nc ia e n: Funcio nes similare s a las descr itas. M an ej o de h er ra m ie nt as of im át ic as . en http://www .boe.es
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N .º orden Denominación puesto de trabajo N .º Plazas Localidad NV CD Complemento específico a nu al € GR A D M Cuerpo Titulación requerida Obs erv a- ciones Materias sobre cursos de formación y perfeccionamiento Descripción puesto de trabajo Mér itos específicos CONFEDE RA C IÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO Secretaría General 15 Opera do r/Operadora de Consola (2147512) 1 Valladolid 15 3.951,78 C1C2 AE EX11 Archivo. Gestión de documentos. Ofimática. Ta reas aux iliar es en la ejecución y control de la documentación procedente de las transferencias de documentos al archivo general del Organismo: revisión, signaturado, instalación y conservación de los documentos físicos según el tipo de soporte. Experien cia en: Tarea s de archivo . Digitalización de documentos. Manej o de herrami entas of im át ic as . Dirección Técnica 16 Jefe/Jefa de Negociado (1740203) 1 Valladolid 16 3.410,40 C1 AE EX11
Contratación pública. Legislación
de aguas y medio ambiente. Arc hi vo . O fimática. Apoy o administrativo en la gestión y tramitación de expedientes relacionados con los proy ectos, obras y la aplicación de aguas. Experien cia en: Funcio nes similare s a las descr itas. Manej o de herrami entas of im át ic as . Comisaría de Aguas 17 Jefe/Jefa de Negociado (1934075) 1 Valladolid 16 3.410,40 C1C2 AE EX11 Normativa de aguas. Arc hi vo . Atención al ciudadano. Ofimática. Tramitación de expedientes administrativos de los diferentes usos del dominio público hidráulico. Información al ciudadano y usuario. Archivo de
documentos. Trabajos administrativos.
Experien cia en: Funcio nes similare s a las descr itas. Atención al ciudadano. O fimática. en http://www .boe.es
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Denominación puesto de trabajo N .º Plazas Localidad NV CD Complemento específico a nu al € GR A D M Cuerpo Titulación requerida Obs erv a- ciones Materias sobre cursos de formación y perfeccionamiento Descripción puesto de trabajo Mér itos específicos CONFEDE RA C IÓN HIDROGRÁFICA DEL GUA D IA NA Secretaría General Jefe/Jefa de Sección (4739363) 1 Badajoz 20 3.624,46 A2C1 AE EX11
Régimen económico- financiero
y gestión económico- presupuestaria de los organismos de
cuenca. Gestión recaudatoria
de tasas en los organismos de cuenca. Administr ación electrónica y reducción de
cargas administrativas. Atención
e información al público. Ofimática. Liquidación de tasas propias del Organismo y puesta al cobro. Depuración de errores de identificación de los obligados al pago. Tareas de control de deuda pendiente en periodo voluntario y ejecutivo. Tramitación de propuestas de modificación y anulación de tasas y resolución de incidencias. Atención e información a los obligados al pago. Experien cia en: Funcio nes similare s a las descr itas. Manejo de aplicaciones pa ra la re ca ud ac ió n de ta sa s. Jefe/Jefa de Negociado (2052533) 1 Badajoz 16 3.410,40 C1C2 AE EX11
Nóminas. Recursos humanos. Archivo
de documentos. Ofimática. Tareas relacionadas con las retribuciones del personal funcionario y laboral. Tramitación de altas, bajas y cotización a la Seguridad Social, en sistema RED. Tramitación de la incapacidad temporal y accidentes de trabajo en DELTA y sistema RED. Cotización a Muface y Der echos Pasivos. Asesoramiento y atención al personal del Organismo. Despacho de correspondencia y archivo de documentos. Experien cia en: Funcio nes similare s a las descr itas. Manejo de aplicaciones infor máticas y herramientas ofimáticas para la gestión de las nóminas. en http://www .boe.es
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N .º orden Denominación puesto de trabajo N .º Plazas Localidad NV CD Complemento específico a nu al € GR A D M Cuerpo Titulación requerida Obs erv a- ciones Materias sobre cursos de formación y perfeccionamiento Descripción puesto de trabajo Mér itos específicos 20 Jefe/Jefa de Negociado (3626628) 1 Don Benito 16 3.410,40 C1C2 AE EX11 Atención e información al ciudadano. Régimen de las oficinas de re gi st ro . Acceso electrónico de los ciudadanos a los ser vicios públicos. Ofimática. Atención telefónica y personal al ciudadano. Información, asesoramiento y registro de documentos. Tramitación de
expedientes administrativos. Manejo
de escáner. Experiencia en: Información y atención al público. Manej o de registro electrónico. Emisión de certificados. Manej o de herrami entas of im át ic as . 21 Jefe/Jefa de Negociado (4613115) 1 Ciudad Real 15 3.148,32 C1C2 AE EX11 Archivo. Régimen de las oficinas de re gi st ro . Atención al ciudadano. Administr ación electrónica. Ofimática. Atención telefónica y personal al ciudadano. Registro de entrada y salida de documentos. Manejo del escáner. Experien cia en: Información y atención al público. Información, asesoramiento y registro de documentos. Emisión de certificaciones. Tramitación de expedientes administr ativos. Manej o de herrami entas of im át ic as . 22 Operador/Operadora Periférico (1121169) 1 Ciudad Real 14 3.624,46 C2 AE EX11 Atención e información al ciudadano. Régimen de las oficinas de re gi st ro . Acceso electrónico de los ciudadanos a los ser vicios públicos. Ofimática. Atención telefónica y personal al ciudadano. Información, asesoramiento y registro de documentos. Tramitación de
expedientes administrativos. Manejo
de escáner. Experiencia en: Información y atención al público. Manej o de registro electrónico. Emisión de certificados. Manej o de herrami entas of im át ic as . Comisaría de Aguas 23 Agente Medioambiental N16 (5172468) 1 Daimiel 16 6.889,82 C1 AE EX11 H.E. Control y vigilancia del dominio público hidráulico. Legislación de
Aguas. Legislación medioambiental. Aguas subterráneas. Ofimática.
Contro l y vigilancia del dominio público hidráulico, seguimiento de actuaciones. Comprobación de autorizaciones y permisos otorgados sobre el terreno. Redacción de informes y levantamiento de actas públicas. Experien cia en: Funcio nes similare s a las descr itas. Conducción de vehícul os 4x 4. Manej o de herrami entas of im át ic as . en http://www .boe.es
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Denominación puesto de trabajo N .º Plazas Localidad NV CD Complemento específico a nu al € GR A D M Cuerpo Titulación requerida Obs erv a- ciones Materias sobre cursos de formación y perfeccionamiento Descripción puesto de trabajo Mér itos específicos Agente Medioambiental (5366084) 1 Belmonte 16 6.889,82 C1 AE EX11 H.E. Control y vigilancia del dominio público hidráulico. Legislación de
Aguas. Legislación medioambiental. Aguas subterráneas. Ofimática.
Contro l y vigilancia del dominio público hidráulico, seguimiento de actuaciones. Comprobación de autorizaciones y permisos otorgados sobre el terreno. Redacción de informes y levantamiento de actas públicas. Experien cia en: Funcio nes similare s a las descr itas. Conducción de vehícul os 4x 4. Manej o de herrami entas of im át ic as . Jefe/Jefa de Negociado (2270997) 1 Ciudad Real 15 3. 14 8, 32 C 1 A E E X 11 Le y de A gu as . A rc hi vo y documentación. Información y atención al ciudadano. Ofimática. Registro de entrada y salida de documentos. Información y atención al ciudadano. Tramitación de
expedientes administrativos. Archivo
y clasificación de documentos Experien cia en: Funcio nes similare s a las descr itas. Manej o de herrami entas of im át ic as . CONFEDERFA CCIÓN HIDROGRÁFICA DEL G U AD AL Q U IV IR Dirección Técnica Jefe /Jefa de Negociado (5271642) 1 Melilla 16 3.410,40 C1C2 AE EX11 Archivo de documentos de expedientes. Ofimática. Gestión y archivo de expedientes diversos. Coordinación y ejecución de tareas administrativas. Registro de entrada y salida de documentos. Experien cia en: Funcio nes similare s a las descr itas. Manej o de herrami entas of im át ic as . Comisaría de Aguas Agente Medioambiental (5271520) 1 Jaén 16 6.889,82 C1 AE EX11 H.E. Dominio público hidráulico: Regulación y protección. Realización de trabajos en altura y espacios confinados. Vigilancia del dominio público hidráulico. Formulación de denuncias, sobre posibl es infracciones a la normativa. Toma de muestras . Propuesta de apertura de expedientes sancionadores. Actas de inspección y reconocimiento. Comprobación de autorizaciones y permisos otorgados sobre el terreno. Experie ncia en: Contr ol y vigilancia del dominio público hidráulico. Conducción de vehícu los 4x 4. Conocimientos de:
Legislación medioambiental. Gestión
integrada de las aguas. en http://www .boe.es