• No se han encontrado resultados

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2021

Share "BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO"

Copied!
64
0
0

Texto completo

(1)

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Núm. 94

Jueves 20 de abril de 2017

Sec. II.B. Pág. 30759

II. AUTORIDADES Y PERSONAL

B. Oposiciones y concursos

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA,

ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE

4305

Resolución de 10 de abril de 2017, de la Subsecretaría, por la que se convoca

concurso general para la provisión de puestos de trabajo.

Vacantes puestos de trabajo en el Departamento, dotados presupuestariamente,

Este Ministerio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 30/1984, de 2

de agosto, y en el artículo 40.1 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio

de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción

Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado

por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, previa la aprobación de la Secretaría de

Estado de Función Pública, ha dispuesto convocar concurso general (referencia 01G/2017)

para cubrir las vacantes que se relacionan en el Anexo A de esta Orden, con arreglo a las

siguientes bases.

El presente concurso tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y

hombres, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española; la Directiva 2006/54/CE,

de 5 de julio de 2006; la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva

de mujeres y hombres, y la Resolución de 26 de noviembre de 2015, de la Secretaría de

Estado de Administraciones Públicas, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de

Ministros de 20 de noviembre de 2015, por el que se aprueba el II Plan para la Igualdad

entre Mujeres y Hombres en la Administración General del Estado y en sus organismos

públicos. Todas las menciones a los funcionarios recogidas en las bases de esta

convocatoria deben entenderse referidas a funcionarios y funcionarias.

Primera.

Quién puede participar.

1. a) De acuerdo con lo dispuesto en el apartado c) del artículo 20.1 de la

Ley 30/1984, de 2 de agosto, introducido por la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, podrán

participar en el presente concurso todos los funcionarios de carrera en cualquier situación

administrativa, excepto los suspensos en firme mientras dure la suspensión, con las

siguientes excepciones.

En el marco de la racionalización y optimización de los recursos humanos disponibles

y en el contexto de austeridad en materia de empleo público que hace especialmente

necesario atender a criterios de eficiencia en la distribución del personal, no podrán

participar en la presente convocatoria de concurso los funcionarios que presten servicios

o que encontrándose en situación administrativa distinta al servicio activo tengan su puesto

de reserva en las siguientes unidades:

– Ministerio de Empleo y Seguridad Social:

Oficinas de Prestaciones del Servicio Público de Empleo Estatal.

Direcciones Provinciales del Servicio Público de Empleo Estatal: Aquellos funcionarios

que realicen funciones relacionadas con la gestión y/o reconocimiento de las prestaciones

por desempleo.

Fondo de Garantía Salarial.

en http://www

(2)

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Núm. 94

Jueves 20 de abril de 2017

Sec. II.B. Pág. 30760

Tampoco podrán participar los funcionarios que estén ocupando o que tengan

reservado alguno de los siguientes puestos, por encontrarse en situación administrativa

distinta al servicio activo con derecho a reserva del mismo:

Jefe de Sección de Inspección Farmacéutica y Control de Drogas en las Áreas y

Dependencias de Sanidad de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno.

Inspector de Sanidad Vegetal en las Áreas y Dependencias de Agricultura y Pesca de

las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno.

Coordinador de Inspección de Sanidad Vegetal en las Áreas y Dependencias de

Agricultura y Pesca de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno.

b) Los funcionarios destinados en el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación

y Medio Ambiente podrán participar en la provisión de todos los puestos de este concurso

sin limitación alguna por razón de su destino, siempre que reúnan el resto de los requisitos

exigidos en la convocatoria a la fecha de finalización del plazo de presentación de

solicitudes.

A tenor del Acuerdo de la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de

Retribuciones de fecha 30 de enero de 2004, la referencia al sector sanitario que recoge

la definición de la clave «EX11» no afecta al personal estatutario de los grupos de la

función administrativa, regulado en el artículo 12.3 del derogado Estatuto de Personal no

Sanitario de las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, que ocupe puestos de

trabajo en la Administración General del Estado a la fecha de la aprobación de la resolución

de la CECIR anteriormente citada.

De acuerdo con la Resolución aprobada por la Comisión Ejecutiva de la Comisión

Interministerial de Retribuciones de 27 de julio de 2007, se deja sin efecto la clave que

impedía a los funcionarios pertenecientes a Cuerpos y Escalas de Correos y Telégrafos

ocupar determinados puestos en la Administración General del Estado. En consecuencia,

los funcionarios de este colectivo podrán participar en este concurso siempre que reúnan

el resto de los requisitos de la convocatoria.

A tenor del Acuerdo de la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de

Retribuciones de fecha 13 de febrero de 2008, la referencia al sector del transporte aéreo

y meteorología que recoge la definición de la clave EX11, no afecta al Cuerpo de

Administrativos-Calculadores de Meteorología del Estado a extinguir.

De acuerdo con la Resolución aprobada por la Comisión Ejecutiva de la Comisión

Interministerial de Retribuciones de 25 de febrero de 2010, se deja sin efecto la clave que

impedía a los funcionarios pertenecientes a los Cuerpos del Sector del Transporte Aéreo y

Meteorología, código 17, Cuerpo Especial Técnico de Telecomunicaciones Aeronáuticas,

a extinguir, y Cuerpo de Técnicos Especialistas Aeronáuticos, a extinguir, ocupar

determinados puestos en la Administración General del Estado. En consecuencia, los

funcionarios de estos colectivos podrán participar en este concurso siempre que reúnan el

resto de los requisitos de la convocatoria.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 103.cuarto.5 de la Ley 31//1990, de 27 de

diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, la movilidad de los funcionarios

que desempeñen puestos de trabajo en la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y

que pertenezcan a especialidades o escalas adscritas a ella, para la cobertura de puestos

de trabajo en otras Administraciones Públicas, estará sometida a la condición de la previa

autorización de aquélla, que podrá denegarla en atención a las necesidades del servicio.

2. Cumplidos los requisitos establecidos en el apartado anterior, las condiciones

generales exigidas en las bases de la convocatoria y las formalidades previstas en la

correspondiente relación de puestos de trabajo, los puestos que se ofertan en el presente

concurso son los que se detallan en el Anexo A.

Segunda.

Situaciones administrativas de los participantes.

1. Los funcionarios deberán permanecer en cada puesto de trabajo de destino

definitivo un mínimo de dos años para poder participar en los concursos de provisión, salvo

en http://www

(3)

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Núm. 94

Jueves 20 de abril de 2017

Sec. II.B. Pág. 30761

en el ámbito de una Secretaría de Estado o de un Departamento ministerial, en defecto de

aquélla, o en los supuestos previstos en el párrafo segundo del artículo 20.1.e) de la Ley de

Medidas para la reforma de la Función Pública y en el de supresión de puestos de trabajo.

2. Los funcionarios en situación de servicios en otras Administraciones Públicas,

Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido

del Estatuto Básico del Empleado Público, artículo 88, que después de transcurridos dos

años desde su transferencia o traslado hayan tomado posesión en un ulterior destino

definitivo obtenido voluntariamente, no podrán participar hasta haber transcurrido dos años

desde la incorporación al mismo; todo ello sin perjuicio de eventuales excepciones a causa

de remoción, cese o supresión acaecidas en ese ulterior puesto.

3. Los funcionarios en excedencia voluntaria por interés particular, artículo 89.2 y en

excedencia voluntaria por agrupación familiar, artículo 89.3, solo podrán participar si al

término del plazo de presentación de instancias llevan más de dos años en dicha situación.

4. Los funcionarios en situación de excedencia por cuidado de familiares, artículo 89.4

y de servicios especiales, artículo 87, solo podrán participar si en la fecha de finalización

del plazo de presentación de instancias han transcurrido dos años desde la toma de

posesión del último destino definitivo obtenido, salvo en los supuestos contemplados en la

base Segunda punto 1.

5. Los funcionarios que hayan accedido a otro Cuerpo o Escala por promoción

interna o por integración y permanezcan en el puesto de trabajo que desempeñaban, se

les computará el tiempo de servicios prestados en dicho puesto en el Cuerpo o Escala de

procedencia, a efectos de la permanencia de dos años en destino definitivo para poder

concursar.

6. Los funcionarios en servicio activo con destino provisional en este Departamento,

salvo los que se hallen en comisión de servicios, estarán obligados a participar en el

presente concurso solicitando como mínimo todas las vacantes a las que puedan acceder

por reunir los requisitos establecidos en esta convocatoria, excepto los funcionarios que

hayan reingresado al servicio activo mediante adscripción provisional, que solo tendrán la

obligación de participar solicitando el puesto que ocupan provisionalmente.

Los funcionarios sin destino definitivo que no obtengan vacante, podrán ser adscritos

a los puestos que resulten dentro de la localidad, después de atender las solicitudes del

resto de los concursantes.

7. Los funcionarios que pertenezcan a dos o más Cuerpos o Escalas del mismo o

distinto grupo sólo podrán participar en el concurso desde uno de ellos. La certificación

deberá referirse a los requisitos y méritos correspondientes a dicho Cuerpo o Escala.

8. Los funcionarios en situación administrativa de expectativa de destino y excedencia

forzosa están obligados a concursar, de acuerdo con lo establecido en el artículo 29,

apartados 5 y 6, de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, tal y como resulta de la modificación

operada por la Ley 22/1993, de 29 de diciembre.

9. Los funcionarios de los Cuerpos o Escalas que tengan reservados puestos en

exclusiva, no podrán participar en este concurso para cubrir otros puestos de trabajo

adscritos con carácter indistinto, salvo autorización del Ministerio de Hacienda y

Administraciones Públicas, de conformidad con el Departamento al que se hallen adscritos

los indicados Cuerpos o Escalas.

Cuando los puestos indicados dependan del propio Departamento al que estén

adscritos los Cuerpos o Escalas con puestos en exclusiva, corresponderá al mismo

conceder la referida autorización.

10. Los aspirantes que procedan de la situación administrativa de suspensión de

funciones, acompañarán a su solicitud la documentación acreditativa de haber finalizado

el periodo de suspensión.

Tercera.

Modelos, plazos y condiciones de presentación de solicitudes.

1. Las solicitudes para tomar parte en este concurso se dirigirán a la Subdirección

en http://www

(4)

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Núm. 94

Jueves 20 de abril de 2017

Sec. II.B. Pág. 30762

presentarán en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de la

publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», en el Registro

General del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, Plaza de

San Juan de la Cruz, s/n (Nuevos Ministerios), 28071 Madrid, o en los registros a que se

refiere artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo

Común de las Administraciones Públicas.

Las solicitudes se presentarán prioritariamente por medios telemáticos, a través del

Portal Funciona, siendo imprescindible la acreditación por medio de certificado electrónico

(DNI-e o certificado de la FNMT), sin perjuicio de lo indicado en esta base. Si durante el

plazo antes indicado se presentara más de una instancia, ya sea telemáticamente o en

papel, sólo se atenderá a la presentada en último lugar, quedando anuladas las anteriores.

En el caso de que el concursante no pueda acceder en su puesto de trabajo a estos

medios, lo podrá en conocimiento de la Unidad de personal del Ministerio u Organismo

respectivo, la cual le deberá facilitar dicho acceso. Si ello no resultara posible por

causas técnicas o de otra índole, la Unidad de personal informará al concursante de

que la instancia se de presentar cumplimentando el Anexo I que aparece publicado en

la página web: http://www.magrama.gob.es/es/ministerio/servicios/empleo-publico/. y

dirigirlo a dicha Unidad de personal, la cual asumirá la tramitación de la solicitud. En

todo caso, se garantiza el derecho de los concursantes a presentar su solicitud de

participación en el concurso.

Los funcionarios en situación de excedencia que no puedan realizar telemáticamente

su solicitud por no estar prestando servicios en la Administración General del Estado,

podrá presentar sus solicitudes tal y como se indica en el primer párrafo de esta base.

La forma de presentación no telemática o a través de las unidades de personal será

admitida en los casos expresamente previstos en esta base. En ningún caso podrá

presentarse de forma no telemática una solicitud complementaria de una solicitud

telemática.

Los concursantes deberán unir a su solicitud cuantos documentos hayan de ser

tenidos en cuenta.

La solicitud a presentar consistirá en los siguientes documentos:

– Anexo I: Solicitud de participación.

– Anexo II: Certificado de méritos, expedido por el órgano competente en materia de

gestión de personal.

– Anexo III: Méritos alegados por el candidato.

– Documentos acreditativos de dichos méritos que se presentarán en formato UNE A4

sin encuadernación y unidos con una sola grapa para los casos de su presentación en

papel según lo establecido en estas bases.

Los modelos de los anexos I y III para imprimir y cumplimentar se encuentran

disponibles en la página web del Departamento: http://www.magrama.gob.es/es/ministerio/

empleo-publico/

– Certificación /es expedida/s por el/los centro/s donde el candidato/a desempeñó

puestos de trabajo (méritos específicos).

No serán admitidas aquellas solicitudes que no lleven el sello de entrada de las

diferentes Unidades registrales dentro del plazo establecido para la presentación de

instancias.

2. La cumplimentación de estos anexos seguirá rigurosamente las instrucciones que

en ellos se contienen a pie de página.

en http://www

(5)

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Núm. 94

Jueves 20 de abril de 2017

Sec. II.B. Pág. 30763

El Anexo II de esta orden (certificado de méritos) recogerá aquellos méritos, requisitos

y datos imprescindibles que en él se señalan y deberá ser expedido por:

a) Si se trata de funcionarios destinados en servicios centrales, la Subdirección

General competente en materia de personal de los Departamentos ministeriales, o la

Secretaría General o similar de los Organismos Autónomos.

b) Cuando se trate de funcionarios destinados en los servicios periféricos de ámbito

regional o provincial, será expedido por las Secretarías Generales de las Delegaciones,

Subdelegaciones y Direcciones Insulares del Gobierno.

c) Las certificaciones de los funcionarios destinados en el Ministerio de Defensa,

serán expedidas por la Subdirección General de Personal Civil de dicho Departamento

cuando se trate de funcionarios destinados en Madrid, y por los Delegados de Defensa

cuando dichos funcionarios estén destinados en los servicios periféricos del Ministerio de

Defensa.

d) Las certificaciones de los funcionarios que se encuentren en servicio en otras

Administraciones Públicas, serán expedidas por el órgano competente en materia de

personal.

e) Las certificaciones de los funcionarios que se encuentren en situación

administrativa distinta a la de activo con derecho a reserva de puesto de trabajo, serán

expedidas por las unidades de personal donde hubieran tenido su último destino en

servicio activo.

f) Las certificaciones de los funcionarios que se encuentren en situación administrativa

distinta a la de activo sin derecho a reserva de puesto de trabajo, serán expedidas por la

Dirección General de la Función Pública, para funcionarios pertenecientes a cuerpos o

escalas adscritos a la Secretaría de Estado de Función Pública, teniendo en cuenta que

los servicios que se hayan prestado en otras Administraciones Públicas mientras el

funcionario se encontrase en dicha situación administrativa serán acreditados por el

órgano competente de la Administración Pública en la que se prestasen los servicios. En

el caso de funcionarios pertenecientes a cuerpos o escalas adscritos a otros

Departamentos, el Ministerio de adscripción correspondiente.

g) En el caso de los funcionarios de Cuerpos y Escalas de Correos y Telégrafos que

se encuentren en servicio activo destinados en la Sociedad Estatal de Correos y

Telégrafos S.A. o que se encuentren en situación administrativa de excedencia voluntaria

o forzosa y que hayan ocupado su último destino en servicio activo en la misma, la

certificación de los méritos no específicos deberá ser expedida por la Unidad de personal

de la citada Sociedad Estatal.

h) En el caso de los funcionarios de Cuerpos y Escalas de Correos y Telégrafos en

situación administrativa de excedencia voluntaria o forzosa, cuyo último destino en servicio

activo fue en la Caja Postal de Ahorros, el certificado deberá ser expedido por la

Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Economía, Industria y

Competitividad.

3. Los funcionarios con alguna discapacidad podrán pedir la adaptación del puesto o

de los puestos de trabajo correspondientes. A la solicitud se deberá acompañar un informe

expedido por el órgano competente en la materia, que acredite la procedencia de la

adaptación y la compatibilidad con el desempeño de las funciones que tenga atribuido el

puesto o los puestos solicitados. La compatibilidad con el desempeño de las funciones

propias del puesto de trabajo se valorará teniendo en cuenta las adaptaciones que se

puedan realizar en él.

4. En el supuesto de estar interesados en las vacantes de un mismo municipio que

se anuncian en este concurso de méritos dos funcionarios, aunque pertenezcan a distintos

Cuerpos o Escalas, podrán condicionar su petición por razones de convivencia familiar al

hecho de que ambos obtengan destino en este concurso y en el mismo municipio,

entendiéndose en caso contrario anuladas las peticiones formuladas por ambos. Los

concursantes que se acojan a esta petición condicional deberán acompañar a su instancia

en http://www

(6)

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Núm. 94

Jueves 20 de abril de 2017

Sec. II.B. Pág. 30764

Cuarta.

Baremo de valoración.

La valoración de los méritos se efectuará de acuerdo con el siguiente baremo:

1.1 Valoración del grado personal consolidado.

El grado personal consolidado se valorará en sentido positivo en función de su posición

en el intervalo correspondiente y en relación con el nivel de los puestos de trabajo ofrecidos

hasta un máximo de tres puntos de la siguiente forma:

– Por un grado personal superior al nivel del puesto al que se concursa: Tres puntos.

– Por un grado personal igual al nivel del puesto al que se concursa: Dos puntos.

– Por un grado personal inferior al nivel del puesto al que se concursa: Un punto.

En este apartado se valorará, en su caso, el grado reconocido en otras Administraciones

Públicas en el Cuerpo o Escala desde el que participa el funcionario, cuando se halle

dentro del intervalo de niveles establecido en el artículo 71.1 del Real Decreto 364/1995,

de 10 de marzo, para el grupo de titulación en el que se encuentra clasificado el mismo.

1.2 Valoración del trabajo desarrollado.

1.2.1 Por el desempeño de puestos de trabajo del mismo nivel del que se ocupa,

hasta un máximo de cuatro puntos, según la distribución siguiente no acumulativa:

Por el desempeño de puestos de trabajo con nivel de complemento de destino igual o

superior al del puesto que se solicita durante los últimos cinco años y un mínimo de un

año, un máximo de cuatro puntos, distribuidos de la siguiente forma:

Cinco años o más, cuatro puntos.

Cuatro años o más, 3,75 puntos.

Tres años o más, 3,50 puntos.

Dos años o más, 3,35 puntos.

Un año o más, tres puntos.

Por el desempeño de puestos de trabajo con nivel de complemento de destino inferior

en no más de dos niveles al del puesto que se solicita durante los últimos cinco años y un

mínimo de un año, un máximo de tres puntos, distribuidos de la siguiente forma:

Cinco años o más, tres puntos.

Cuatro años o más, 2,75 puntos.

Tres años o más, 2,50 puntos.

Dos años o más, 2,35 puntos.

Un año o más, dos puntos.

Por el desempeño de puestos de trabajo con nivel de complemento de destino inferior

en más de dos niveles al del puesto que se solicita durante los últimos cinco años y un

mínimo de un año, un máximo de dos puntos, distribuidos de la siguiente forma:

Cinco años o más, dos puntos.

Cuatro años o más, 1,75 puntos.

Tres años o más, 1,50 puntos.

Dos años o más, 1,35 puntos.

Un año o más, un punto.

1.2.2 Por el desempeño y aptitud o rendimiento apreciados en los candidatos en

puestos de trabajo pertenecientes al área funcional o sectorial a que corresponde el

convocado o de similar contenido técnico o especialización se adjudicarán hasta un

máximo de dos puntos.

en http://www

(7)

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Núm. 94

Jueves 20 de abril de 2017

Sec. II.B. Pág. 30765

1.3 Cursos de formación o perfeccionamiento.

Se valorarán aquellos cursos de formación y perfeccionamiento recibidos en el marco

de la formación para el empleo de las Administraciones Públicas incluidos en la

convocatoria que deberán tener relación directa con las actividades a desarrollar en el

puesto de trabajo (Anexo A) de la presente Resolución hasta un máximo de tres puntos.

Por la participación o superación como alumno de los cursos de formación y

perfeccionamiento siempre que se haya expedido diploma o certificado de asistencia o, en

su defecto, certificación de aprovechamiento.

La puntuación para cada curso se realizará en función de su actualización, contenido

y duración hasta 0,50 puntos por cada uno, de acuerdo con los siguientes criterios:

– Por cada curso de hasta 25 horas lectivas de duración: 0,20 puntos, más 0,10 puntos

si el curso se ha realizado en los cinco últimos años.

– Por cada curso de hasta 35 horas lectivas de duración: 0,30 puntos, más 0,10 puntos

si el curso se ha realizado en los cinco últimos años.

– Por cada curso de más de 35 horas lectivas de duración: 0,40 puntos, más

0,10 puntos si el curso se ha realizado en los cinco últimos años.

No se valorarán, tanto los cursos que no acrediten una duración mínima de 10 horas

lectivas, como los pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, los

derivados de procesos selectivos y los diplomas relativos a jornadas, seminarios,

simposios, master y similares.

Los cursos de formación y perfeccionamiento del personal militar de carrera susceptibles

de valoración en este concurso en los términos establecidos en el artículo 44.1 d) del real

Decreto 364/1995 de 10 de marzo, deberán haber sido realizados en centros oficiales de

formación del personal militar.

Cada curso solo podrá ser valorado una vez.

1.4 Antigüedad.

Se valorará a razón de 0,10 puntos por cada año de servicio, hasta un máximo de tres

puntos, computándose a estos efectos los reconocidos que se hubieran prestado con

anterioridad a la adquisición de la condición de funcionario.

Méritos relativos a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

1.5 Destino previo del cónyuge funcionario.

Cuando haya sido obtenido mediante convocatoria pública en la localidad donde

radique el puesto o puestos de trabajo solicitados, se valorará con 1,5 puntos, siempre que

acceda desde localidad distinta.

1.6 Cuidado de hijos o de familiar.

a) Cuidado de hijos, tanto cuando lo sean por naturaleza o por adopción o

acogimiento permanente o preadoptivo, hasta que el hijo cumpla doce años, siempre que

se acredite por los interesados fehacientemente que el puesto que se solicita permite una

mejor atención del menor, se valorará con 1,5 puntos.

b) El cuidado de un familiar; hasta el segundo grado inclusive de consanguinidad o

afinidad siempre que, por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad no pueda

valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida, siempre que se acceda desde un

municipio distinto, y siempre que se acredite fehacientemente por los interesados que el

puesto que se solicita permite una mejor atención del familiar, se valorará con 1,5 puntos.

La valoración de este supuesto será incompatible con la otorgada por el cuidado de

hijos.

1.7 Méritos específicos adecuados a las características del puesto.

en http://www

(8)

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Núm. 94

Jueves 20 de abril de 2017

Sec. II.B. Pág. 30766

2. Puntuación mínima exigida para la adjudicación de destino.

La valoración de los méritos se efectuará mediante la puntuación obtenida con la

media aritmética de las otorgadas por cada uno de los miembros de la Comisión de

Valoración.

La adjudicación de destino exigirá que, como mínimo, el aspirante alcance una

puntuación total de todos los méritos reflejados en el presente baremo de 10 puntos.

Las puntuaciones otorgadas, así como la valoración final obtenida, deberán reflejarse

en el acta que se levantará al efecto.

Quinta.

Acreditación de los méritos.

1. Los méritos no específicos se acreditarán en el certificado de méritos (Anexo II).

El funcionario que considere tener un grado personal consolidado, o que pueda ser

consolidado durante el período de presentación de instancias, deberá recabar del órgano

o unidad a que se refiere el punto 2 de la Base Tercera, que dicha circunstancia quede

expresamente reflejada en el citado Anexo.

2. Los méritos a que se hace referencia en la base cuarta, apartado 1.2.2 deberán

acreditarse por certificado y/o descripciones expedidas por el Centro Directivo o Unidad

del que dependan los puestos de trabajo desempeñados por los candidatos.

3. La antigüedad quedará acreditada en el apartado correspondiente del Anexo II.

4. Para la valoración del trabajo desarrollado, los aspirantes deberán justificar el

contenido de los puestos ocupados mediante certificados u otros documentos fehacientes.

5. Aquellos funcionarios que aleguen participación en cursos en su solicitud, deberán

aportar los certificados correspondientes.

6. Los funcionarios que aleguen como mérito el destino previo del cónyuge

funcionario, deberán aportar:

Destino del cónyuge: certificación de la Unidad de personal que acredite la localidad

de destino del cónyuge, el puesto que desempeña y la forma en que lo obtuvo.

Parentesco: Copia del libro de familia o certificación actualizada del Registro Civil de

inscripción matrimonial.

7. Los funcionarios que aleguen como mérito el cuidado de hijos deberán aportar:

Edad del menor: copia del libro de familia o de la resolución administrativa o judicial de

la adopción, acogimiento permanente o preadoptivo.

Mejor atención del menor: Declaración del progenitor solicitante justificando las

razones que avalan que el cambio de puesto permite la mejor atención del menor, así

como documentación que acredite fehacientemente esta declaración.

8. Los funcionarios que aleguen como mérito el cuidado de un familiar deberán

aportar:

Parentesco: copia del libro de familia y/o de otros documentos públicos que acrediten

la relación de consanguinidad o afinidad en el grado que establece el precepto.

Situación de dependencia por edad, accidente, enfermedad o discapacidad: certificado

médico oficial o documento de los órganos de la Administración Pública competente en la

materia, acreditativo de tales extremos.

No desempeño de actividad retributiva: Certificado que acredite que no se está de alta

en ningún Régimen de la Seguridad Social por la realización de un trabajo por cuenta

propia o ajena y declaración de la persona dependiente de que no desempeña actividad

retribuida alguna.

Acceso desde municipios distintos: Si se accede desde municipio distinto, el funcionario

solicitante deberá prestar su consentimiento fehaciente para realizar la consulta al Sistema

de Verificación de Datos de Residencia para que los datos de empadronamiento sean

recabados de oficio. Si no prestara tal consentimiento, o se produjeran otros supuestos

en http://www

(9)

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Núm. 94

Jueves 20 de abril de 2017

Sec. II.B. Pág. 30767

que se detallan en la normativa reguladora, el solicitante deberá aportar el certificado de

empadronamiento, de acuerdo con el Real Decreto 523/2006, de 28 de abril, y la Orden

PRE/4008/2006, de 27 de diciembre, normas que suprimen la exigencia de aportar el

certificado de empadronamiento como documento probatorio del domicilio y residencia.

Mejor atención del familiar: Declaración del solicitante justificando las razones que

avalan que el cambio de puesto permite la mejor atención al familiar, así como

documentación que acredite fehacientemente esta declaración.

La declaración referida a una mejor atención del hijo o del familiar prevista en este

apartado podrá no tenerse en cuenta si la Comisión de Valoración dispone de

documentación oficial que invalide, de forma negativa, la justificación contenida en dicha

declaración.

9. La acreditación documental de los méritos alegados por los concursantes,

consistirá únicamente en certificados de funciones, certificados de cursos requeridos en la

convocatoria, diplomas, títulos, justificantes o cualquier otro medio de prueba, reseñados

en el anexo III de la convocatoria. Asimismo se podrá reseñar sin necesidad de su

presentación cualquier otra documentación que se podrá solicitar por la Comisión de

Valoración según lo dispuesto en el punto 7 de la Base Sexta de la convocatoria.

Sexta.

Consideraciones sobre la valoración de los méritos.

1. Los requisitos, méritos y cualesquiera otros datos alegados por los solicitantes,

deberán estar referidos a la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias.

2. Para la valoración de los méritos en las convocatorias de puestos de trabajo se

tendrán en cuenta los niveles establecidos con carácter mínimo en el tercer párrafo del

apartado Séptimo del Acuerdo Administración Sindicatos, sobre ordenación de

retribuciones, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 12 de junio de 1998 y

publicado por Resolución de 18 de junio de 1998, de la Secretaría de Estado para la

Administración Pública, a efectos de valoración de grado y de puesto desempeñado.

3. La valoración de los méritos se efectuará conforme a lo establecido en el

artículo 44 del Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración

General del Estado y de Provisión de puestos de trabajo y Promoción profesional de los

funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real

Decreto 364/1995, de 10 de marzo. El resultado de su aplicación determinará el orden de

prioridad de los concursantes para la adjudicación de las plazas.

4. En caso de empate en la puntuación se acudirá, para dirimirlo, a lo dispuesto en el

artículo 44.4 del citado Reglamento.

5. El grado reconocido en la Administración de las Comunidades Autónomas se

valorará cuando se halle dentro del intervalo de niveles establecido en el artículo 71 del

Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del

Estado y de Provisión de puestos de trabajo y Promoción profesional de los funcionarios

civiles de la Administración General del Estado para el subgrupo de titulación a que

pertenezca el funcionario.

En el supuesto de que el grado reconocido en una Comunidad Autónoma exceda del

máximo establecido en la Administración General del Estado, de acuerdo con el artículo 71

del Reglamento mencionado en el punto anterior, para el subgrupo de titulación a que

pertenezca el funcionario, deberá valorársele el grado máximo correspondiente al intervalo

de niveles asignado a su subgrupo de titulación en la Administración General del Estado.

6. Para la valoración del nivel del puesto de trabajo desempeñado (base cuarta,

apartado 1.2.1 se tendrá en cuenta lo siguiente:

Cuando se trate de funcionarios procedentes de las situaciones de excedencia por el

cuidado de familiares y de la de servicios especiales con derecho a reserva de puesto, se

tomará como referencia para la valoración del nivel de complemento de destino el del

puesto que tenga reservado, o de un puesto equivalente al que ocupaba ya fuera con

en http://www

(10)

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Núm. 94

Jueves 20 de abril de 2017

Sec. II.B. Pág. 30768

7. La Comisión de Valoración en cualquier momento del proceso, podrá contrastar

todos los datos alegados por los interesados, con los existentes en el Registro Central de

Personal así como solicitar las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que

se estime necesaria para la comprobación de los méritos, requisitos o datos legados, así

como aquellos otros que se consideren precisos para una ajustada inclusión o valoración

y consecuentemente modificar la puntuación otorgada, Las discrepancias o dudas

subsiguientes serán resueltas definitivamente según los datos aportados por el Registro

Central de Personal.

8. En el supuesto contemplado en el punto 3 de la base Tercera (solicitud de

adaptación por discapacidad del puesto o puestos de trabajo solicitados), la Comisión de

Valoración podrá recabar del interesado la información complementaria que estime

necesaria en orden a la adaptación solicitada. Previamente, el Presidente de la Comisión

de Valoración pedirá informe a los Centros directivos de los que dependan los puestos

solicitados sobre la posibilidad de la adaptación. Los Centros directivos, a través de sus

representantes en la Comisión de Valoración, trasladarán a ésta informe al respecto.

De darse este supuesto, la resolución del concurso, en los puestos afectados directa

o indirectamente, se producirá una vez recibidos, analizados y evaluados por la Comisión

de Valoración los informes pertinentes.

9. Los puestos de trabajo incluidos en la convocatoria no podrán declararse desiertos

cuando existan concurrentes que hayan obtenido las puntuaciones mínimas exigidas en

cada caso, excepto cuando, como consecuencia de una reestructuración, se hayan

amortizado o se encuentren en curso de modificación en sus características funcionales,

orgánicas o retributivas ante la Comisión Interministerial de Retribuciones.

Séptima.

Comisión de valoración.

1. Los méritos serán valorados por una Comisión cuya composición se ajustará al

principio de composición equilibrada de mujeres y hombres, de acuerdo con la normativa

vigente en materia de igualdad y que constará de los siguientes miembros:

Presidente: Un funcionario destinado en la Subsecretaría.

Secretario: Un funcionario destinado en la Subsecretaría.

Vocales: Un funcionario en representación de la Subsecretaría.

Tres funcionarios en representación de los Centros directivos, de los que al menos uno

será designado a propuesta del Centro Directivo al que figuren adscritos los puestos de

trabajo convocados.

Asimismo, tienen derecho a formar parte de la Comisión de Valoración un miembro en

representación y a propuesta de cada una de las Organizaciones Sindicales más

representativas y de las que cuenten con más del 10 por 100 de representantes en el

conjunto de las Administraciones Públicas, o en el ámbito correspondiente.

2. Los miembros titulares de la Comisión así como los suplentes, que en caso de

ausencia justificada les sustituirán con voz y voto, deberán pertenecer a Cuerpos o Escalas

de subgrupo de titulación igual o superior al exigido para los puestos convocados.

3. Se podrán incorporar a la Comisión de Valoración, cuando ésta lo considere

oportuno, expertos que en calidad de asesores actúen con voz pero sin voto, de acuerdo

con el artículo 46 del Real Decreto 364/1995. Su designación recaerá en el Órgano

convocante previa solicitud de la Comisión de Valoración.

4. La Comisión de Valoración propondrá a los candidatos que hayan obtenido mayor

puntuación entre los que consigan la mínima exigida para cada puesto en la presente

convocatoria.

5. Las puntuaciones otorgadas, así como la valoración final, deberán reflejarse en el

acta que se levantará al efecto.

en http://www

(11)

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Núm. 94

Jueves 20 de abril de 2017

Sec. II.B. Pág. 30769

Octava.

Obtención de un puesto de trabajo definitivo durante la participación en el

concurso.

Si en cualquier momento anterior a la resolución del presente concurso un funcionario

participante hubiera obtenido un puesto de trabajo definitivo por cualquiera de los

supuestos reglamentarios previstos, deberá comunicarlo a la mayor brevedad a la

Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Agricultura y Pesca,

Alimentación y Medio Ambiente. Teléfono 91 597.62.51 Fax 91 597 59 58, para proceder a

lo que corresponda en relación con su continuidad en el concurso.

Novena.

Resolución del concurso.

1. La convocatoria se resolverá por Resolución de la Subsecretaría de Agricultura y

Pesca, Alimentación y Medio Ambiente en un plazo máximo de cuatro meses, desde el día

siguiente al de la finalización de la presentación de instancias, y se publicará en el «Boletín

Oficial del Estado», salvo que concurran las circunstancias expuestas en la base Tercera

punto 3, en cuyo caso podrá procederse a la resolución parcial de los puestos no afectados

directa o indirectamente por estas circunstancias.

2. En la Resolución, que deberá estar motivada en los términos del artículo 47.2 del

Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, se hará indicación expresa del puesto de origen

de los participantes a quienes se les adjudique destino, así como de su subgrupo de

titulación (Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el

testo refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, artículo 76 tal y como se

establece en su Disposición Transitoria Tercera), del Ministerio o Comunidad Autónoma de

procedencia, localidad y nivel de complemento de destino, y, en su caso, situación

administrativa de procedencia.

3. El personal que consiga destino a través de este concurso no podrá participar u

obtener puestos a través del sistema de concurso de méritos que convoquen tanto la

Administración General del Estado como otras Administraciones Públicas hasta que hayan

transcurrido dos años desde la toma de posesión del puesto adjudicado, salvo en los

supuestos contemplados en el artículo 20.1.f) de la Ley 30/1984.

4. El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido será de tres días hábiles

si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes si comporta cambio de

residencia o el reingreso al servicio activo.

El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese,

que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la

resolución del concurso en el «Boletín Oficial del Estado». Si la resolución comporta el

reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá contarse desde dicha

publicación.

El cómputo del plazo para el cese se iniciará cuando finalicen los permisos y licencias

que, en su caso, estén disfrutando los interesados.

El Subsecretario del Departamento donde presta servicios el funcionario podrá, no

obstante, diferir de su cese por necesidades del servicio, de hasta veinte días hábiles,

debiendo comunicarse ésta a la Subsecretaría (Subdirección General de Recursos

Humanos) del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.

Excepcionalmente, a propuesta del Departamento por exigencias del normal

funcionamiento de los servicios, la Secretaría de Estado de Función Pública podrá aplazar

la fecha del cese hasta un máximo de tres meses, computada la prórroga prevista en el

párrafo anterior.

Con independencia de lo establecido en los párrafos anteriores, la Subsecretaria de

Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente podrá conceder una prórroga de

incorporación de hasta veinte días hábiles, si el destino implica cambio de residencia y así

lo solicita el interesado por razones justificadas.

en http://www

(12)

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Núm. 94

Jueves 20 de abril de 2017

Sec. II.B. Pág. 30770

Décima.

Destinos adjudicados.

Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de

toma de posesión se hubiese obtenido otro destino por convocatoria pública, en cuyo caso

deberá comunicarse por escrito al órgano que se expone en la base Tercera punto 1.

Los destinos adjudicados se considerarán de carácter voluntario y, en consecuencia,

no generarán derecho al abono de indemnización por concepto alguno.

Undécima.

Publicación de la resolución del concurso.

1. La publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la Resolución del concurso,

con adjudicación de los puestos, servirá de notificación a los interesados, y a partir de la

misma empezarán a contarse los plazos establecidos para que los organismos afectados

efectúen las actuaciones administrativas procedentes.

En la correspondiente baja de haberes deberá constar si ha percibido o no la paga

extraordinaria correspondiente al periodo de devengo.

Duodécima.

Recursos.

Contra la presente Resolución, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso

de reposición ante el Subsecretario de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente

en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en

el plazo de dos meses desde su publicación, ante las Salas de lo Contencioso

Administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia, de conformidad con lo dispuesto

en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las

Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de

reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea

resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, 10 de abril de 2017.–El Subsecretario de Agricultura y Pesca, Alimentación

y Medio Ambiente, Jaime Haddad Sánchez de Cueto.

en http://www

(13)

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Núm. 94

Jueves 20 de abril de 2017

Sec. II.B. Pág. 30771

ANEXO A

01G/2017

Denominación puesto de trabajo N .º Plazas Localidad NV CD Complemento específico a nu al € GR A D M Cuerpo Titulación requerida Obs erv a- ciones Materias sobre cursos de formación y perfeccionamiento Descripción puesto de trabajo Mér itos específicos SECRETA RÍA DE ESTA DO DE MEDIO AM B IE N TE Gabinete del Secretario de Estado Jefe/Jefa de Sección (2765392) 1 M ad rid 22 3. 95 1, 78 A 2C 1 A E E X 11 Ofimá tica. R eg is tro d e en tra da y salida de documentos en ESTELA. Coordinación, tratamiento, control y seguimiento de las figuras parlamentarias en AGORA con las Unidades en la gestión integral de las citadas figuras. Elaboración periódica de informes estadísticos, análisis de figuras en AGORA. Control y seguimiento de proposiciones no de Ley . Apoy o en la recopilación y transmisión de documentación para las comparecencias parlamentarias. Experiencia en: Funcio nes similare s a las descr itas. Manejo de aplicaciones informáticas de gestión. en http://www .boe.es

(14)

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Núm. 94

Jueves 20 de abril de 2017

Sec. II.B. Pág. 30772

N .º orden Denominación puesto de trabajo N .º Plazas Localidad NV CD Complemento específico a nu al € GR A D M Cuerpo Titulación requerida Obs erv a- ciones Materias sobre cursos de formación y perfeccionamiento Descripción puesto de trabajo Mér itos específicos 2 Jefe/Jefa de Negociado de Documentación (2925654) 1 M ad rid 18 3. 95 1, 78 C 1C 2 A E E X 11 G es tió n

administrativo contable. Contratación

del Sector Público. O fimática. Apoy o a la tramitación de expedientes de gasto, en firme a justificar y caja fija. Apoy o en tareas relacionadas con la mesa de contratación. Apoy o en el seguimiento, elaboración y control a la ejecución del pr es up ue st o. A po yo e n la el ab or ac ió n de documentos contables, para la tramitación de expedientes de gastos, en SOROLLA Y DOCEL Web. Apoy o en la tramitación, control y seguimiento de las figuras parlamentarias, en AGORA. Seguimiento y control de las proposiciones no de Ley . Experien cia en: Tr am ita ci ón d e expediente de contratación. Manejo de aplicaciones informáticas de gestión de preguntas parlamentarias. Manejo de aplicaciones para la gestión contable. Manej o de herrami entas of im át ic as . DIRECCIÓN GENERA L DEL AG UA Subdirección General de Planificación y Uso Sostenible del Ag ua 3 Jefe/Jefa de Negociado (4704109) 1 Madrid 16 3.410,40 C1C2 AE EX11 Bases de datos de registros de documentos. Ofimática. Archivo de documentación. Apoy o a la tramitación de expedientes administrativos. Experien cia en: Funcio nes similare s a las descr itas. Manej o de herrami entas of im át ic as . en http://www .boe.es

(15)

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Núm. 94

Jueves 20 de abril de 2017

Sec. II.B. Pág. 30773

Denominación puesto de trabajo N .º Plazas Localidad NV CD Complemento específico a nu al € GR A D M Cuerpo Titulación requerida Obs erv a- ciones Materias sobre cursos de formación y perfeccionamiento Descripción puesto de trabajo Mér itos específicos Subdirección General de Programación Económica Jefe/Jefa de Sección (1338909) 1 M ad rid 22 3. 95 1, 78 A 2C 1 A E E X 11 C on tra ta ci ón administrativa. Gestión pres up ue st ar ia . Gestión de archivos. Administr ación electrónica. Ofimática. Gestión administrativo contable y tramitación de expedientes de varios capítulos del pr es up ue st o. Tram itación de expedientes de Sociedades Estatales , Convenio de Gestión Directa y

documentación relacionada. Gestión

de documentos contables y tramitación de contratos menores. Tramitación, archivo y control de autorizaciones para contratar y cumplimiento de instrucciones de contratación. Tramitación de expedientes de gasto en todas sus fases administrativas. Tramitación electrónica de expedientes. Experien cia en: Funcio nes similare s a las descr itas. Manejo de aplicaciones de gestión administrativo contable. Manejo de bases de datos de gestión económica. Manej o de herrami entas of im át ic as . Analista Funcional (3927816) 1 M ad rid 20 7. 77 6, 58 A 2C 1 A E E X 11 G es tió n de recursos humanos. Bases de datos de registro de documentos. Gestión económico financiero. Ofimática. Apoy o a la gestión de recursos humanos de

personal funcionario y laboral:

concursos, libre de si gn ac ió n, c om is io ne s de servicio, adscripción provisional, solicitudes de puestos al fondo de vacantes. Control y mantenimiento de bases de datos de: -P er so na l, -Control horario. Gestión, control y seguimiento de las indemnizaciones por razón de servicio. Registro y archivo de documentos. Tramitación económica de expedientes. Experien cia en: Funcio nes similare s a las descr itas. Manejo de bases de datos de gestión de personal. Manejo de aplicaciones informáticas para la elaboración de expedientes de gasto. Manejo de herramientas of im át ic as . en http://www .boe.es

(16)

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Núm. 94

Jueves 20 de abril de 2017

Sec. II.B. Pág. 30774

N .º orden Denominación puesto de trabajo N .º Plazas Localidad NV CD Complemento específico a nu al € GR A D M Cuerpo Titulación requerida Obs erv a- ciones Materias sobre cursos de formación y perfeccionamiento Descripción puesto de trabajo Mér itos específicos 6 Jefe/Jefa de Sección (5065347) 1 Madrid 20 3.624,46 A2C1 AE EX11 Ofimática. Coordinación sobre expedientes administrativos con los

Organismos Autónomos. Seguimiento

de la tramitación de expedientes administrativos del Centro Directivo. Identificación, catalogación y clasificación de expedientes relacionados con la gestión del agua. Tramitación electrónica de expedientes y archivo. Experien cia en: Funcio nes similare s a las descr itas. Sistemas de información que permitan el control y seguimiento de expedientes de inver sión. Subdirección General de In fr ae st ru ct ur as y Tecnología 7 Programador/Programa-dora de Segunda (4239408) 1 M ad rid 15 3. 95 1, 78 C 1C 2 A E E X 11 O fim át ic a. R eg is tro d e en tra da y salida de documentos en ESTELA. Atención telefónica, contr ol de visitas, preparación de reuniones de trabajo. Control y seguimiento de expedientes en SENDA y PO SEIDO C. Gestión y control de preguntas parlamentarias en A GORA . Experien cia en: Funciones similares a las descr itas. Archivo y clasificación de documentos. Manejo de aplicaciones infor máticas. Manej o de herrami entas of im át ic as . en http://www .boe.es

(17)

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Núm. 94

Jueves 20 de abril de 2017

Sec. II.B. Pág. 30775

Denominación puesto de trabajo N .º Plazas Localidad NV CD Complemento específico a nu al € GR A D M Cuerpo Titulación requerida Obs erv a- ciones Materias sobre cursos de formación y perfeccionamiento Descripción puesto de trabajo Mér itos específicos O FICINA ESPA ÑO LA DEL CA MBIO CLIMA TICO Subdirección General de c oo rd in ac n de Acciones frente al Cambio Climático Jefe/Jefa de Negociado (2460023) 1 Madrid 18 3.410,40 C1C2 AE EX11 Bases de datos de registro de documentos. Ofimática. Tareas administrativas de apoy o a la Unidad. Apoy o en la organización de reuniones, seminarios y taller es. Apoy o en la elaboración de informes, estudios y trabajos. Gestión de buzones ge né ric os d e co rr eo electrónico. Mantenimiento de bases de datos. E xp er ie nc ia e n: Funcio nes similare s a las descr itas. Manejo de aplicaciones informáticas de gestión. M an ej o de h er ra m ie nt as of im át ic as . ORGA NIS M OS A U TO N O M O S CONFEDE RA C IÓN HIDROGRA FICA DEL MIÑO-SIL Dirección Técnica Aux ilia r de O ficina (5197212) 1 Ponferrad a 14 3. 14 8, 32 C 2 A E E X 11 C on tra ta ci ón administrativa. Ofimática. R eg is tro d e documentación. Tramitación de expedientes de co nt ra ta ci ón d e ob ra s y ser vicios. Apoy o en la comprobación de proy ectos y liquidación de obra. Atención a los interesados. Apoy o a la gestión informatizada de trámites administrativos. E xp er ie nc ia e n: Funcio nes similare s a las descr itas. M an ej o de h er ra m ie nt as of im át ic as . Archivo de documentación. en http://www .boe.es

(18)

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Núm. 94

Jueves 20 de abril de 2017

Sec. II.B. Pág. 30776

N .º orden Denominación puesto de trabajo N .º Plazas Localidad NV CD Complemento específico a nu al € GR A D M Cuerpo Titulación requerida Obs erv a- ciones Materias sobre cursos de formación y perfeccionamiento Descripción puesto de trabajo Mér itos específicos Comisaría de Aguas 10 Jefe/Jefa de Negociado (4174510) 1 Ourense 16 3.410,40 C1 AE EX11 Información y atención al público. Le ng ua je

administrativo gallego. Ofimática.

Tramitación

de

expedientes sancionadores. Tramitación

de expedientes de ordenación del terri tori o. Tramitación de expedientes de constitución de comunidades y/ o usuarios de aguas. Experien cia en: Funcio nes similare s a las descr itas. Manejo de sistemas de información geográfica. CONFEDE RA C IÓN HIDROGRÁFICA DEL CA NTA B AR IC O Secretaría General 11 Jefe/Jefa de Negociado (4702720) 1 O vi ed o 16 3. 41 0, 40 C 1C 2 A E E X 11 N or m at iv a so br e gestión de ingresos y

recaudación. Normativa presupuestaria, contable

y

de

contratación. Prácticas administrativas

y utilización eficiente de los recursos públicos. Ofimática. Tareas de apoy o administrativo, a la gestión de la contabilidad y recaudación del Organismo: Tasas, cánones, expedientes sancionadores, etc. tanto en vía voluntaria, ejecutiva y de compensación. Apoy o a la elaboración de escritos: propuestas de resolución, comunicaciones internas y externas. Atención e información a los interesados. Archivo de documentos. Experien cia en: Funcio nes similare s a las descr itas. Manejo de aplicaciones informáticas asociadas y recaudación. Manej o de herrami entas of im át ic as . en http://www .boe.es

(19)

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Núm. 94

Jueves 20 de abril de 2017

Sec. II.B. Pág. 30777

Denominación puesto de trabajo N .º Plazas Localidad NV CD Complemento específico a nu al € GR A D M Cuerpo Titulación requerida Obs erv a- ciones Materias sobre cursos de formación y perfeccionamiento Descripción puesto de trabajo Mér itos específicos Aux iliar de O ficina (5102248) 1 Oviedo 14 3.148,32 C2 AE EX11 BADARAL y RCP. SIG P . R ég im en d e perso nal. O fimática. Apoy o administrativo en m at er ia d e re cu rso s

humanos. Tramitación informatizada

de expedientes relacionados con recursos humanos. Control seguimiento y archivo de los expedientes de personal de los empleados públicos del Organismo. Manejo de bases de datos de control de presencia. Info rm ac ió n en m at er ia de recursos humanos al personal del Organismo y a interesados externos. E xp er ie nc ia e n: Funcio nes similare s a las descr itas. Manejo de aplicaciones informáticas de gestión de p er so na l. Comisaría de Aguas Jefe/Jefa de Negociado (4703687) 1 Santande r 16 3.410,40 C1C2 AE EX11 Atención al público. Ofimática. Tramitación y seguimiento de

expedientes administrativos relacionados

con el dominio público hidráulico. Atención a los interesados. Apoy o a la gestión informatizada de expedientes administrativos. E xp er ie nc ia e n: Funcio nes similare s a las descr itas. M an ej o de h er ra m ie nt as of im át ic as . Aux iliar de O ficina (2927413) 1 Oviedo 16 3.148,32 C2 AE EX11 Archivo. Ofimática. Archivo y escaneo de la documentación. Información al ciudadano sobre la tramitación de expedientes de autorizaciones y concesiones. Gestión informatizada de trámites administrativos. E xp er ie nc ia e n: Funcio nes similare s a las descr itas. M an ej o de h er ra m ie nt as of im át ic as . en http://www .boe.es

(20)

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Núm. 94

Jueves 20 de abril de 2017

Sec. II.B. Pág. 30778

N .º orden Denominación puesto de trabajo N .º Plazas Localidad NV CD Complemento específico a nu al € GR A D M Cuerpo Titulación requerida Obs erv a- ciones Materias sobre cursos de formación y perfeccionamiento Descripción puesto de trabajo Mér itos específicos CONFEDE RA C IÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO Secretaría General 15 Opera do r/Operadora de Consola (2147512) 1 Valladolid 15 3.951,78 C1C2 AE EX11 Archivo. Gestión de documentos. Ofimática. Ta reas aux iliar es en la ejecución y control de la documentación procedente de las transferencias de documentos al archivo general del Organismo: revisión, signaturado, instalación y conservación de los documentos físicos según el tipo de soporte. Experien cia en: Tarea s de archivo . Digitalización de documentos. Manej o de herrami entas of im át ic as . Dirección Técnica 16 Jefe/Jefa de Negociado (1740203) 1 Valladolid 16 3.410,40 C1 AE EX11

Contratación pública. Legislación

de aguas y medio ambiente. Arc hi vo . O fimática. Apoy o administrativo en la gestión y tramitación de expedientes relacionados con los proy ectos, obras y la aplicación de aguas. Experien cia en: Funcio nes similare s a las descr itas. Manej o de herrami entas of im át ic as . Comisaría de Aguas 17 Jefe/Jefa de Negociado (1934075) 1 Valladolid 16 3.410,40 C1C2 AE EX11 Normativa de aguas. Arc hi vo . Atención al ciudadano. Ofimática. Tramitación de expedientes administrativos de los diferentes usos del dominio público hidráulico. Información al ciudadano y usuario. Archivo de

documentos. Trabajos administrativos.

Experien cia en: Funcio nes similare s a las descr itas. Atención al ciudadano. O fimática. en http://www .boe.es

(21)

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Núm. 94

Jueves 20 de abril de 2017

Sec. II.B. Pág. 30779

Denominación puesto de trabajo N .º Plazas Localidad NV CD Complemento específico a nu al € GR A D M Cuerpo Titulación requerida Obs erv a- ciones Materias sobre cursos de formación y perfeccionamiento Descripción puesto de trabajo Mér itos específicos CONFEDE RA C IÓN HIDROGRÁFICA DEL GUA D IA NA Secretaría General Jefe/Jefa de Sección (4739363) 1 Badajoz 20 3.624,46 A2C1 AE EX11

Régimen económico- financiero

y gestión económico- presupuestaria de los organismos de

cuenca. Gestión recaudatoria

de tasas en los organismos de cuenca. Administr ación electrónica y reducción de

cargas administrativas. Atención

e información al público. Ofimática. Liquidación de tasas propias del Organismo y puesta al cobro. Depuración de errores de identificación de los obligados al pago. Tareas de control de deuda pendiente en periodo voluntario y ejecutivo. Tramitación de propuestas de modificación y anulación de tasas y resolución de incidencias. Atención e información a los obligados al pago. Experien cia en: Funcio nes similare s a las descr itas. Manejo de aplicaciones pa ra la re ca ud ac ió n de ta sa s. Jefe/Jefa de Negociado (2052533) 1 Badajoz 16 3.410,40 C1C2 AE EX11

Nóminas. Recursos humanos. Archivo

de documentos. Ofimática. Tareas relacionadas con las retribuciones del personal funcionario y laboral. Tramitación de altas, bajas y cotización a la Seguridad Social, en sistema RED. Tramitación de la incapacidad temporal y accidentes de trabajo en DELTA y sistema RED. Cotización a Muface y Der echos Pasivos. Asesoramiento y atención al personal del Organismo. Despacho de correspondencia y archivo de documentos. Experien cia en: Funcio nes similare s a las descr itas. Manejo de aplicaciones infor máticas y herramientas ofimáticas para la gestión de las nóminas. en http://www .boe.es

(22)

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Núm. 94

Jueves 20 de abril de 2017

Sec. II.B. Pág. 30780

N .º orden Denominación puesto de trabajo N .º Plazas Localidad NV CD Complemento específico a nu al € GR A D M Cuerpo Titulación requerida Obs erv a- ciones Materias sobre cursos de formación y perfeccionamiento Descripción puesto de trabajo Mér itos específicos 20 Jefe/Jefa de Negociado (3626628) 1 Don Benito 16 3.410,40 C1C2 AE EX11 Atención e información al ciudadano. Régimen de las oficinas de re gi st ro . Acceso electrónico de los ciudadanos a los ser vicios públicos. Ofimática. Atención telefónica y personal al ciudadano. Información, asesoramiento y registro de documentos. Tramitación de

expedientes administrativos. Manejo

de escáner. Experiencia en: Información y atención al público. Manej o de registro electrónico. Emisión de certificados. Manej o de herrami entas of im át ic as . 21 Jefe/Jefa de Negociado (4613115) 1 Ciudad Real 15 3.148,32 C1C2 AE EX11 Archivo. Régimen de las oficinas de re gi st ro . Atención al ciudadano. Administr ación electrónica. Ofimática. Atención telefónica y personal al ciudadano. Registro de entrada y salida de documentos. Manejo del escáner. Experien cia en: Información y atención al público. Información, asesoramiento y registro de documentos. Emisión de certificaciones. Tramitación de expedientes administr ativos. Manej o de herrami entas of im át ic as . 22 Operador/Operadora Periférico (1121169) 1 Ciudad Real 14 3.624,46 C2 AE EX11 Atención e información al ciudadano. Régimen de las oficinas de re gi st ro . Acceso electrónico de los ciudadanos a los ser vicios públicos. Ofimática. Atención telefónica y personal al ciudadano. Información, asesoramiento y registro de documentos. Tramitación de

expedientes administrativos. Manejo

de escáner. Experiencia en: Información y atención al público. Manej o de registro electrónico. Emisión de certificados. Manej o de herrami entas of im át ic as . Comisaría de Aguas 23 Agente Medioambiental N16 (5172468) 1 Daimiel 16 6.889,82 C1 AE EX11 H.E. Control y vigilancia del dominio público hidráulico. Legislación de

Aguas. Legislación medioambiental. Aguas subterráneas. Ofimática.

Contro l y vigilancia del dominio público hidráulico, seguimiento de actuaciones. Comprobación de autorizaciones y permisos otorgados sobre el terreno. Redacción de informes y levantamiento de actas públicas. Experien cia en: Funcio nes similare s a las descr itas. Conducción de vehícul os 4x 4. Manej o de herrami entas of im át ic as . en http://www .boe.es

(23)

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Núm. 94

Jueves 20 de abril de 2017

Sec. II.B. Pág. 30781

Denominación puesto de trabajo N .º Plazas Localidad NV CD Complemento específico a nu al € GR A D M Cuerpo Titulación requerida Obs erv a- ciones Materias sobre cursos de formación y perfeccionamiento Descripción puesto de trabajo Mér itos específicos Agente Medioambiental (5366084) 1 Belmonte 16 6.889,82 C1 AE EX11 H.E. Control y vigilancia del dominio público hidráulico. Legislación de

Aguas. Legislación medioambiental. Aguas subterráneas. Ofimática.

Contro l y vigilancia del dominio público hidráulico, seguimiento de actuaciones. Comprobación de autorizaciones y permisos otorgados sobre el terreno. Redacción de informes y levantamiento de actas públicas. Experien cia en: Funcio nes similare s a las descr itas. Conducción de vehícul os 4x 4. Manej o de herrami entas of im át ic as . Jefe/Jefa de Negociado (2270997) 1 Ciudad Real 15 3. 14 8, 32 C 1 A E E X 11 Le y de A gu as . A rc hi vo y documentación. Información y atención al ciudadano. Ofimática. Registro de entrada y salida de documentos. Información y atención al ciudadano. Tramitación de

expedientes administrativos. Archivo

y clasificación de documentos Experien cia en: Funcio nes similare s a las descr itas. Manej o de herrami entas of im át ic as . CONFEDERFA CCIÓN HIDROGRÁFICA DEL G U AD AL Q U IV IR Dirección Técnica Jefe /Jefa de Negociado (5271642) 1 Melilla 16 3.410,40 C1C2 AE EX11 Archivo de documentos de expedientes. Ofimática. Gestión y archivo de expedientes diversos. Coordinación y ejecución de tareas administrativas. Registro de entrada y salida de documentos. Experien cia en: Funcio nes similare s a las descr itas. Manej o de herrami entas of im át ic as . Comisaría de Aguas Agente Medioambiental (5271520) 1 Jaén 16 6.889,82 C1 AE EX11 H.E. Dominio público hidráulico: Regulación y protección. Realización de trabajos en altura y espacios confinados. Vigilancia del dominio público hidráulico. Formulación de denuncias, sobre posibl es infracciones a la normativa. Toma de muestras . Propuesta de apertura de expedientes sancionadores. Actas de inspección y reconocimiento. Comprobación de autorizaciones y permisos otorgados sobre el terreno. Experie ncia en: Contr ol y vigilancia del dominio público hidráulico. Conducción de vehícu los 4x 4. Conocimientos de:

Legislación medioambiental. Gestión

integrada de las aguas. en http://www .boe.es

Referencias

Documento similar

En estos últimos años, he tenido el privilegio, durante varias prolongadas visitas al extranjero, de hacer investigaciones sobre el teatro, y muchas veces he tenido la ocasión

Abstract: This paper reviews the dialogue and controversies between the paratexts of a corpus of collections of short novels –and romances– publi- shed from 1624 to 1637:

Esto viene a corroborar el hecho de que perviva aún hoy en el leonés occidental este diptongo, apesardel gran empuje sufrido porparte de /ue/ que empezó a desplazar a /uo/ a

En junio de 1980, el Departamento de Literatura Española de la Universi- dad de Sevilla, tras consultar con diversos estudiosos del poeta, decidió propo- ner al Claustro de la

Missing estimates for total domestic participant spend were estimated using a similar approach of that used to calculate missing international estimates, with average shares applied

Por lo tanto, en base a su perfil de eficacia y seguridad, ofatumumab debe considerarse una alternativa de tratamiento para pacientes con EMRR o EMSP con enfermedad activa

The part I assessment is coordinated involving all MSCs and led by the RMS who prepares a draft assessment report, sends the request for information (RFI) with considerations,

d) que haya «identidad de órgano» (con identidad de Sala y Sección); e) que haya alteridad, es decir, que las sentencias aportadas sean de persona distinta a la recurrente, e) que