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PLIEGOS DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES DEL CONTRATO DE OBRAS DE ACONDICIONAMIENTO DE LA AVENIDA EDUARDO DATO. DISTRITO NERVION.

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PLIEGOS DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES DEL

CONTRATO DE OBRAS DE ACONDICIONAMIENTO DE LA AVENIDA

EDUARDO DATO. DISTRITO NERVION.

1º.- OBJETO DEL CONTRATO:

OBRAS DE ACONDICIONAMIENTO DE LA AVENIDA EDUARDO DATO. DISTRITO

NERVION.

Nº Expediente Factum: 2017/001678

Nº Expediente Distrito Nervión: 64/2017

2º.- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS:

2.1.- Proyecto de la Obra.- En el Proyecto de la obra elaborado por el Servicio de

Proyectos y Obras de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de

Sevilla, de fecha 24 de octubre de 2017, se contiene la Memoria, el Pliego de

Prescripciones Técnicas, el Presupuesto y Mediciones, los Planos y el Estudio Básico

de Seguridad y Salud, en los que se describen las actuaciones precisas para la

ejecución de la obra.

2.2.- Descripción del Objeto del contrato.- El objeto de este contrato son las obras de

acondicionamiento de parte de la avenida Eduardo Dato, con el fin de unificar la

estética y reparar o reponer lo que se encuentra en mal estado.

La empresa contratista, de acuerdo con lo establecido en la Ordenanza de Circulación

de Sevilla, estará obligada, con una antelación mínima de 72 horas, a señalizar las

vías afectadas con señalización vertical y horizontal y a comunicar a los residentes de

la zona afectada por las obras, la zona afectada, la fecha de comienzo y duración de

las mismas, así como la retirada de vehículos que interfieran en la ejecución de dichas

obras

En el presupuesto del contrato se incluyen todos los gastos de la obra (personal,

materiales, transportes, señalización, trabajos preparatorios, seguridad, seguros, etc.)

que se estiman necesarios para la realización del mismo y que se relacionan en el

Proyecto de las obras elaborado por la Gerencia Municipal de Urbanismo.

2.3.- Titularidad pública.- A la vista de las observaciones realizadas por la Intervención

con motivo de la fiscalización de los expedientes de obra, se informa que, entre las

actuaciones del mismo, se encuentra informe emitido por el técnico competente de la

Gerencia de Urbanismo, acreditativo de la titularidad municipal de los terrenos donde

se van a acometer las actuaciones incluidas en el contrato, así como, de la no colisión

de las mismas con las derivadas de contratos adjudicados por la Gerencia de

Urbanismo.

(2)

En el Acta de Replanteo previo de la Gerencia Municipal de Urbanismo, de fecha 19

de octubre de 2017, se informa que la Avenida Eduardo Dato está calificada de viario

público por el vigente Plan general de Ordenación Urbana de Sevilla, siendo de

titularidad municipal.

2.4.- Acta de Replanteo.- En el expediente consta el Acta de Replanteo firmado por el

Técnico de la Gerencia M. de Urbanismo, con fecha 19 de octubre de 2017, en la que

se señala que se ha comprobado la realidad física y la disponibilidad de los terrenos

así como que dichas obras no entran en conflicto con las derivadas de contratos

adjudicados por la Gerencia de Urbanismo.

3º.- NECESIDAD E IDONEIDAD DEL CONTRATO:

La necesidad de la contratación se justifica en la obligación de dar cumplimiento al

Programa de obras del Distrito Nervión y al Plan MEJORA TU BARRIO 2017, dentro

del cual la ejecución de la obra fue aprobada en la Sesión Extraordinaria del Consejo

de Participación Ciudadana del Distrito Nervión, de fecha 1 de junio de 2017.

4º.- NATURALEZA JURÍDICA Y TIPO DE CONTRATO:

Contrato Administrativo de Obras, de acuerdo con lo establecido en los artículos 6 y

19 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real

Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

5º.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN:

El procedimiento será de Contrato Menor según lo dispuesto en el art. 111 en relación

con el art 138 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público,

aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

6.- PRESUPUESTO MÁXIMO DEL CONTRATO

IMPORTE IVA NO INCLUIDO:

38.535,14 €, IVA no incluido.

IMPORTE DEL 21 % IVA:

8.092,38 €

IMPORTE TOTAL:

46.627,52 €

7.- APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:

El gasto del contrato se imputará a la aplicación

70213 15321 61909,

denominada

“Inversión de rehabilitación de alcorques, parterres y rotondas.

”, del Presupuesto

del Distrito Nervión para el año 2017.

(3)

Bolsa de vinculación

.- No habiendo saldo suficiente en la aplicación 70213 15321

61909, se presta conformidad para que, en función de los niveles de vinculación

jurídica establecidos en las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal vigente,

pueda realizarse la imputación del gasto propuesto a la bolsa de vinculación 70213

15321.6.

8.- SOLVENCIAS ECONÓMICA Y FINANCIERA Y TÉCNICA Y PROFESIONAL:

En cumplimiento del Acuerdo de Contratación Pública Socialmente Responsable del

Ayuntamiento de Sevilla, aprobado por Junta de Gobierno, de fecha 1 de abril de

2016, las empresas licitadoras están exentas de acreditar sus solvencias económica y

financiera y técnica y profesional, en los contratos de obras cuyo valor estimado no

exceda de 80.000 euros.

CLASIFICACION DEL CONTRATISTA: No se exige.

9.- OFERTA ECONÓMICA.-

Cada empresa licitadora presentará una única oferta económica, igual o a la baja

sobre el presupuesto máximo del contrato, especificando con cifras los siguientes

importes:

-

El importe en el que estarán incluidos el Presupuesto de Ejecución Material, el

13% de Gastos Generales y el 6% de Beneficio Industrial.

-

El importe del 21% del IVA.

-

El importe total de su oferta, donde estarán incluidos todo tipo de gastos e

impuestos de la obra.

Asimismo deben declarar que en la elaboración de sus ofertas han sido tenidas en

cuenta las obligaciones medioambientales, de protección del empleo, condiciones de

trabajo, igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, prevención de riesgos

laborales y tributarias.

La baja económica ofertada por el adjudicatario sobre el presupuesto máximo de

licitación supondrá una economía para el Distrito Nervión.

10.- PRESENTACION DE OFERTAS:

10.1.- Publicidad

.- La licitación del presente contrato se publicará en el Perfil del

Contratante del Ayuntamiento de Sevilla.

10.2.- Aceptación de las condiciones de la contratación.-

La presentación de la

oferta supone la aceptación por el licitador de la totalidad de las clausulas contenidas

en los documentos que rigen este contrato (Proyecto de la GMU, PCAP, PPT,

Contrato etc.)

(4)

10.3.- Plazo de presentación:

Las ofertas se presentarán dentro del plazo señalado

en el anuncio de licitación publicado en el Perfil del Contratante.

10.4.- Lugar de presentación:

Registro del Distrito Nervión, sito en Avda. Cruz del

Campo, nº 38 A, CP 41005. Sevilla.

10.5.- Forma de presentación:

Los licitadores presentarán sus ofertas, conforme a

los modelos establecidos en los Anexos, en un sobre cerrado, de forma que se

garantice el secreto de su contenido, figurando en el mismo los siguientes datos:

- Número del expediente y objeto del contrato al que licita.

- Nombre legal de la empresa licitadora.

- Domicilio social.

- Teléfono, correo electrónico y persona de contacto.

10.6.- Contenido del sobre:

Los licitadores deberán incluir en el sobre los siguientes

documentos:

ANEXO I: Oferta económica.

ANEXO II: Autorización al Distrito para realizar las notificaciones telemáticamente.

ANEXO III: Declaración Responsable del cumplimiento de las condiciones

establecidas legalmente para contratar con el Ayuntamiento de Sevilla.

10.7.- Presentación de ofertas por correo.-

Cuando la documentación se envíe por

correo, se deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y

anunciar al órgano de contratación, en el mismo día, la remisión de la oferta mediante

el correo electrónico que se indica en el anuncio de licitación del Perfil del Contratante.

El correo electrónico sólo será válido si existe constancia de la transmisión y

recepción, de sus fechas y del contenido íntegro de las comunicaciones y se identifica

fidedignamente al remitente y al destinatario.

10.8.- Incumplimientos.-

Las ofertas presentadas por las empresas que no cumplan

los requisitos exigidos o las disposiciones contenidas en este Pliego quedarán

excluidas de la licitación.

11.- DOCUMENTACIÓN GENERAL:

11.1.- Normativa.-

La documentación general será requerida por el Distrito Nervión

únicamente a la empresa licitadora propuesta como adjudicataria del contrato.

La documentación deberá ser presentada en documentos originales o copias

debidamente compulsadas, antes de la adjudicación del contrato.

Asimismo será necesaria la presentación de la documentación acreditativa de la

suscripción de contrato de seguro de responsabilidad civil (presentación de un

ejemplar de la póliza y recibo de pago de la prima correspondiente al período del

seguro en curso), de conformidad con lo establecido en este pliego.

(5)

11.2.- Documentación general a entregar por el licitador, en el plazo señalado en

el requerimiento, antes de la adjudicación del contrato:

a) Escritura

o documento de Constitución, estatutos o acto fundacional, en los que

consten las normas por las que se regula su actividad, y las Modificaciones posteriores

si la hubiere, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que

corresponda.

b) C.I.F

. de la empresa/ N.I.F. del empresario, si fuese persona física.

c)

Documentos acreditativos de la

representación:

escritura notarial de poder y

bastanteo del poder por la Asesoría Jurídica correspondiente.

d)

D.N.I. del

representante

de la empresa.

e)

Declaración responsable

otorgada ante una autoridad administrativa, notario

público u organismo profesional cualificado, de tener capacidad de obrar, y no estar

incurso en prohibición de contratar conforme a los artículos 54 y 60 del Texto

Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público

(Anexo IV)

.

f)

Certificado de alta en el

IAE

emitido por la Agencia Estatal de la Administración

Tributaria y copia de la carta de pago del último ejercicio. En el caso de estar exento

de este impuesto, certificado del importe neto de la cifra de negocios a los efectos de

dicha exención emitido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.

g)

Certificado positivo y en vigor, expedido por la

Agencia Estatal de Administración

Tributaria,

de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus

Obligaciones

Tributarias

o autorización para recabar esta información ante la AEAT

cumplimentando el

Anexo V.

h)

Certificado positivo y en vigor, expedido por el

Ayuntamiento de Sevilla

justificativo de la inexistencia de deudas de naturaleza tributaria o autorización para

recabar esta información ante el Ayuntamiento de Sevilla cumplimentando el

Anexo V.

i)

Certificado positivo y en vigor expedido, por la

Tesorería Territorial de la

Seguridad Social

de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con

la Seguridad Social

o autorización para recabar dicha información cumplimentando el

Anexo V.

j)

Documentación acreditativa de la suscripción de contrato de

seguro de

responsabilidad civil

(presentación de un ejemplar de la póliza y recibo de pago de la

prima correspondiente al período del seguro en curso), de conformidad con lo

establecido en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares del contrato.

Documentación en poder de la Administración

.-De acuerdo con lo previsto en el

artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo

Común de las Administraciones Públicas, los licitadores que en otros procedimientos

de contratación hubieran presentado ante el Ayuntamiento de Sevilla o Distrito

(6)

Nervión, la documentación relacionada en los apartados a), b), c), d) y f), podrán

abstenerse de presentar la misma, cumplimentando el

Anexo VI.

Registro oficial de licitadores

.-La documentación señalada en los apartados a), b),

c), d) y f) podrá sustituirse por la

presentación del certificado de inscripción en el

Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o de la Junta

de Andalucía, o del Registro de Licitadores del Ayuntamiento de Sevilla

acompañado de una

declaración responsable de vigencia de los datos contenidos

en el mismo.

(Anexo VII)

12.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN:

El único criterio de adjudicación es el precio, en consecuencia el contrato será

adjudicado al licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa,

entendiéndose por oferta económicamente más ventajosa aquélla que incorpore el

precio más bajo, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 150.1 del TR de la LCSP.

El Distrito se reserva el derecho a declarar desierto el procedimiento cuando ninguna

de las proposiciones presentadas sea admisible de acuerdo con los requisitos y

criterios que se exigen en los Pliegos.

13.- PARÁMETROS OBJETIVOS PARA CONSIDERAR UNA OFERTA ANORMAL O

DESPROPORCIONADA:

Se considerarán, en principio, anormales o desproporcionadas, las ofertas que se

encuentren en los supuestos señalados en el artículo 85 del Reglamento General de la

Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto

1098/2001, de 12 de octubre. Si se apreciaran valores anormales en las proposiciones

se procederá conforme al procedimiento previsto en el artículo 152. 3 y 4 del TR de la

LCSP.

14.- PLAZO DE EJECUCIÓN:

El plazo de ejecución será de 1 mes y medio.

15.-

EJECUCIÓN DEL CONTRATO DE OBRA:

15.1.- Plan de Seguridad y Salud.-

El contratista deberá presentar en el Distrito

Nervión, por duplicado, el Plan de Seguridad y Salud de la obra, elaborado por técnico

con la titulación legalmente exigida, y redactado conforme al Estudio Básico de

Seguridad y Salud, en el plazo máximo de 7 días naturales, a contar desde el día

siguiente a la recepción de la notificación de la adjudicación del contrato.

(7)

El Plan de Seguridad y Salud deberá ser informado positivamente por el Director

Facultativo de la obra y aprobado por el órgano de contratación competente del

Distrito, antes de la ejecución del contrato.

15.2.- Director Facultativo de la Obra.-

El Distrito Nervión, antes del inicio de la

ejecución de la obra, cursará al contratista cuantas instrucciones sean necesarias en

orden a la buena ejecución del contrato, nombrando un Director Facultativo, que

resolverá las incidencias relacionadas con el contrato que se produzcan durante la

ejecución del mismo.

El Director Facultativo contará con facultades de comprobación, coordinación y

vigilancia de la correcta ejecución del contrato. Asimismo, contará con cualesquiera

otras facultades que le atribuya el órgano de contratación.

15.3.- Acta de Replanteo.-

De acuerdo con lo establecido en el artº 126 del T.R. de la

Ley de Contratos del Sector Público previamente a la tramitación del expediente de

contratación de la obra y como requisito indispensable para su adjudicación, se

procederá a firmar el Acta de Replanteo del Proyecto, que consistirá en comprobar la

realidad geométrica de la obra, la disponibilidad y titularidad pública de los terrenos

precisos para su ejecución y que las actuaciones que se pretenden realizar no entran

en conflicto con otras obras de la Gerencia Municipal de Urbanismo.

15.4.- Acta de Comprobación de Replanteo

.- Antes del inicio de la ejecución del

contrato la Dirección facultativa y el contratista deberán firmar el Acta de

Comprobación de Replanteo que consistirá en la comprobación de la acreditación de

la disponibilidad física y jurídica de las los terrenos donde se va a llevar a cabo la obra.

15.5.-Ejecución del contrato.

- La ejecución del presente contrato de obras se llevará

a cabo con sujeción a los siguientes documentos:

- El Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real

Decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre y El Reglamento General de la Ley de

Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de

12 de octubre

- El Proyecto Técnico de la Obra (Memoria, Pliego de Prescripciones Técnicas,

Mediciones y Presupuesto, Estudio Básico de Seguridad y Salud, Planos y su

documentación complementaria), elaborado por el Servicio de Proyectos y Obras de la

Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Sevilla.

- El Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

- La oferta presentada por el licitador que resulte adjudicatario.

15.6.- Cumplimiento de la normativa general, laboral, social, tributaria y

medioambiental.-

El contratista estará obligado a cumplir fielmente toda la normativa

general que resulte de aplicación en su actividad como empresa: contratación laboral,

Seguridad Social, Prevención de Riesgos Laborales, protección del empleo, igualdad

de oportunidades entre mujeres y hombres, integración social de personas con

(8)

diversidad funcional, tributarias, medioambiental etc. y en particular las normas y

ordenanzas establecidas por el Ayuntamiento de Sevilla: Limpieza Pública etc.

Asimismo el contratista, durante el plazo de ejecución del contrato, estará legalmente

obligado a:

-

Tener dado de alta a dichos trabajadores en la Seguridad Social y pagar las cuotas

correspondientes.

-

Pagar puntualmente los salarios mensuales a los trabajadores adscritos al

contrato.

-

Adoptar las medidas de prevención y protección, de acuerdo con la Ley de

Prevención de Riesgos Laborales.

15.7.- Trabajos complementarios

.-- Además de lo establecido en las prescripciones

de este pliego, el contratista deberá realizar todos los trabajos complementarios

necesarios para la prestación adecuada de la obra, como señalización, trabajos de

preparación, de seguridad, información a los vecinos afectados, etc.

15.8.- Control de Calidad

.- Las obras objeto de este contrato están sujetas al control

de calidad siguiendo para ello las directrices que, a tal efecto, establezca el

responsable del contrato.

15.9.- Personal de la empresa.-

En ningún caso el Ayuntamiento de Sevilla asumirá

responsabilidad directa o indirecta u obligación alguna de carácter laboral y de ninguna

otra clase, respecto al personal de la empresa, el cual deberá ser aportado por la

misma, a cuyo cargo correrán las respectivas relaciones jurídicos laborales o de otra

índole que puedan existir.

15.10.- Responsabilidad del contratista.-

El contratista será responsable de la

buena ejecución de las obras hasta la recepción de las mismas, y también responderá

de las lesiones y daños que puedan producirse en las personas o en las cosas durante

la ejecución del contrato y hasta la finalización del plazo de garantía.

15.11.- Seguros.-

El contratista de la obra deberá disponer de cuantos seguros

resulten obligatorios para el desarrollo de su actividad y estará obligado a suscribir una

póliza de seguro que cubra la responsabilidad civil, como mínimo hasta el límite de

150.000 euros para el caso de muerte, lesiones o daños que sufran terceros, directa o

indirectamente. Dicha póliza deberá acreditarse antes de la adjudicación del contrato y

en todo caso, antes del inicio de la ejecución de las obras.

16.- PLAZO DE GARANTÍA DE LA OBRA:

Un año, a contar desde la fecha del Acta de Recepción de la obra.

17.- PAGO DEL PRECIO:

El contratista tendrá derecho al abono de la prestación realizada en los términos

establecidos en los artículos 216, 232 y 235 del Texto Refundido de la Ley de

(9)

Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14

de noviembre.

17.1.- Emisión de las certificaciones y facturas.-

La Administración efectuará el

pago previa expedición por el contratista de las certificaciones mensuales y las

correspondientes facturas por los trabajos realizados.

De conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional trigésima tercera del

TRLCSP, el contratista tendrá la obligación de presentar la factura que haya expedido

ante el correspondiente Registro administrativo a efectos de su remisión al órgano

administrativo o unidad a quien corresponda la tramitación de la misma.

17.2.- Requisitos de las facturas.-

Las facturas deberán cumplir todos los requisitos

especificados en el art. 72.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las

AAPP, aprobado por RD 1098/2001, de 12 de octubre y en el Reglamento por el que

se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el R.D. 1619/2012 de 30 de

noviembre.

En la factura correspondiente deberá hacerse constar:

- Fecha de emisión, número y, en su caso, serie, de la factura.

- Firma del contratista y sello de la empresa.

- Órgano Gestor: Ayuntamiento de Sevilla, CIF: (P4109100J)

- Oficina Contable: Intervención

- Unidad Tramitadora: Distrito Nervión

- El número del expediente de contratación.

- Identificación y fecha de realización de las prestaciones realizadas.

- Importe sin IVA, importe del IVA e Importe total.

- Tanto por ciento de la baja realizada en la oferta.

17.3.- Factura electrónica

.- Si conforme a la Ley 25/2013 de impulso de la Factura

Electrónica procede la utilización de Factura electrónica, su presentación habrá de

efectuarse, según dispuesto en la citada Ley, en el Punto general de Entrada FACE,

(Sistema de recepción de facturas electrónicas de la administración General del

Estado, al que se halla adherido el Ayuntamiento de Sevilla), en la dirección

electrónica

https://face.gob.es/es/

especificando los códigos que se indican a

continuación:

ORGANO GESTOR: L01410917 AYUNTAMIENTO DE SEVILLA

OFICINA CONTABLE: LA0002175 INTERVENCION

UNIDAD TRAMITADORA: LA0002385 DISTRITO NERVIÓN

Sevilla, a la fecha indicada en el pie de firma del presente documento.

EL JEFE DE SECCION DEL DISTRITO NERVION

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