Área Contabilidad y Costos
VII
INFORMES ESPECIALES INFORMES ESPECIALES INFORMES ESPECIALES INFORMES ESPECIALES INFORMES ESPECIALES APLICACIÓN PRÁCTICA APLICACIÓN PRÁCTICAAPLICACIÓN PRÁCTICA APLICACIÓN PRÁCTICAAPLICACIÓN PRÁCTICAC o n t e n i d o
C o n t e n i d o
C o n t e n i d o
C o n t e n i d o
C o n t e n i d o
Cambios en la NIC 1 - Presentación de Estados Financieros... VII-1 IASB: Proyecto de Norma Internacional de Información Financiera para pequeñas y medianas empresas - Sección 11 (Parte I)... VII-2 Plan Contable General Revisado y las NIIF's
Apreciaciones Contables a los Ingresos Excepcionales... VII-4 Ajustes Económicos al método del margen neto Transaccional para
determinar los Precios de Transferencia... VII-9 ...VII-10
Informes E
speciales
VII
PREGUNT PREGUNT PREGUNT PREGUNTPREGUNTAS Y RESPUESTAS Y RESPUESTAS Y RESPUESTAS Y RESPUESTAS Y RESPUESTASASASASAS
Cambios en la NIC 1
Presentación de Estados Financieros
El objetivo por el que la NIC 1 fue revisada por el IASB, es para «mejorar la capacidad de los usuarios de la
información financiera para analizar y comparar la información suministrada en los estados financieros».
El 7 de setiembre del 2007, el IASB ha efectuado cambios en la NIC 1 Presentación de Estados Financieros. (IAS -Presentation of Financial Statements)
Objetivo de la revisión de la NIC 1. El objetivo por el que la NIC 1 fue revisada por el IASB, fue pretender «mejorar la capacidad de los usuarios de la informa-ción financiera para analizar y comparar la información suministrada en los esta-dos financieros».
Objetivo de los cambios. Los cambios efectuados tienen como objetivo reque-rir que la información en los estados fi-nancieros sea agregada sobre la base de características compartidas e introduzca un estado financiero de resultado com-pleto (comprehensive income).
Este cambio permitirá a los lectores de los estados financieros:
a) Analizar los cambios en el patrimonio de una compañía como consecuencia de las transacciones con los propieta-rios en su condición de propietapropieta-rios (tales como dividendos y recompra de acciones), de forma separada de los cambios con «no propietarios» (tales como transacciones con terceros). b) Este cambio es importante pues
ex-trae del Estado de Cambios del Patri-monio Neto todos los componentes del Patrimonio Neto que no están re-lacionados con transacciones con los propietarios, en su condición de tales.
Resumen de los cambios
Los principales cambios son:1. En respuesta a los comentarios recibi-dos durante el proceso de consulta
pú-blica, la norma revisada suministra a los preparadores de los estados finan-cieros la opción de presentar las parti-das de ingresos y gastos, y los compo-nentes de otras partidas del resultado completo (ingresos y gastos reconoci-dos en el patrimonio neto):
i) En un solo estado financiero de re-sultado completo con subtotales. ii) En dos estados financieros separados:
- Uno que incluye el resultado tra-dicional, seguido por otro - con el resultado completo (IAS
1, 81; IAS 1, IN. 13, a). 2. Como novedad se incluye el cambio
de las denominaciones (títulos) de los estados financieros, con la finalidad de presentar, de manera más clara, su fun-ción. Por ejemplo, el balance general o balance de situación es redenominado como «Estado de Posición Financiera», (IAS 1, IN.11); sin embargo las nuevas denominaciones de los estados finan-cieros se emplearán en las normas con-tables, siendo voluntario su empleo en los estados financieros.
3. Otra novedad de la NIC 1 revisada es que, cuando se haya aplicado en for-ma retroactiva una norfor-ma o se cambie de política (criterio) contable, se em-plee en el balance general o estado de posición financiera (balance de situa-ción) información comparativa del cie-rre del ejercicio anterior, así como del inicio del ejercicio anterior (es decir, una presentación en tres columnas) (IAS 1, 10 y 39; IAS 1, IN.12 y la ex-plicación en BC. 32).
4. La norma presenta dos novedades re-lativas a las partidas del resultado comprensivo. Por un lado, incorpora
la revelación del efecto tributario (fis-cal) de cada una de las partidas del estado de otros componentes del re-sultado completo (ingresos y gastos reconocidos en el patrimonio neto) (IAS 1, IN. 14; IAS 1, 90 y la explica-ción de la decisión en BC. 65-68). Por otro lado, requiere la revelación de las reclasificaciones desde otros componen-tes del resultado completo, reconocidas en ejercicios anteriores, a partidas del resultado del ejercicio actual. La finali-dad es conocer el efecto de estas reclasificaciones sobre el resultado del período (IAS 1, IN. 14; IAS 1, 92-96 y la explicación en IAS 1. BC. 69-73). 5. Finalmente, por coherencia con la
pre-sentación de las transacciones con los propietarios en el Estado de Cambios del Patrimonio Neto, los dividendos acordados se podrán incluir en el Es-tado de Cambios en el Patrimonio Neto o en las Notas, pero no está permitido
hacerlo ni en el Estado de Ganancias y Pérdidas ni en el Estado de Resultados Completos. (IAS 1, IN. 16; IAS 1, 107 y la explicación en IAS 1. BC. 75).
Experiencia española: En España, el bo-rrador de su Plan General de Contabili-dad del 4 de julio ha optado por la pre-sentación del resultado completo en dos estados:
- Por un lado, el estado de ganancias y pérdidas, recogiendo el resultado tra-dicional.
- Por otro, el estado de ingresos y gas-tos reconocidos en el Patrimonio Neto que recoge el resto de componentes del resultado completo en un estado in-dependiente al Estado de Cambios en el Patrimonio Neto (punto 1 anterior). Por
Esta sección de la norma contiene cincuentaidos (52) párrafos y ellos tratan sobre el tema de los Activos Financieros y Pasivos Financieros.
Elección de política contable
11.1 Criterios a adoptar en la para la contabilización de todos los instru-mentos financieros
El proyecto de la norma señala que para la contabilización de todos sus instrumen-tos financieros, una entidad podrá optar entre la aplicación de:
a) Lo previsto en esta sección, o b) La NIC 39 Instrumentos Financieros:
Reconocimiento y Medición. Una entidad que opte por aplicar la NIC 39 deberá realizar las revelaciones de in-formación requeridas por la NIIF 7 Instru-mentos Financieros: Información a Reve-lar. La elección de una entidad de (a) o (b) es una elección de política contable. Los párrafos 10.6-10.12 de la Sección 10 Polí-ticas Contables, Estimaciones y Errores con-tienen requerimientos para determinar cuándo un cambio de política contable es apropiado, cómo debe contabilizárselo y qué información debe revelarse sobre él.
Alcance
11.2 Definición de instrumento finan-ciero
El proyecto de la norma señala que un
instrumento financiero es un contrato que da lugar a un activo financiero en una entidad y a un pasivo financiero o a un instrumento de patrimonio de otra. Los ejemplos habituales incluyen: a) Efectivo
b) Depósitos a la vista y depósitos a pla-zo fijo
c) Obligaciones negociables y facturas comerciales
d) Cuentas, pagarés y préstamos por co-brar y por pagar
e) Bonos e instrumentos de deuda simi-lares
f) Acciones ordinarias y preferentes e ins-trumentos de patrimonio similares g) Títulos respaldados por activos, como
obligaciones hipotecarias garantizadas, acuerdos de recompra y paquetes titulizados de cuentas por cobrar h) Opciones, derechos, certificados para la
compra de acciones (warrants), contra-tos a plazo y permutas financieras de tasas de interés que pueden liquidarse en efectivo o mediante el intercambio de otro instrumento financiero.
11.3 Alcance y excepciones al alcance
El proyecto de la norma señala que esta Sección se aplica a todos los instrumen-tos financieros excepto:
a) Participaciones en subsidiarias (trata-dos en la Sección 9 Esta(trata-dos Financie-ros Consolidados y Separados), asocia-das (véase la Sección 13 Inversiones en Asociadas), y negocios conjuntos (véase la Sección 14 Inversiones en Negocios Conjuntos);
b) derechos y obligaciones de los emplea-dos derivaemplea-dos de planes de beneficios al personal (véase la Sección 27 Bene-ficios a los Empleados);
c) derechos según contratos de seguro a menos que el contrato de seguro pue-dan ocasionar una pérdida a cualquie-ra de las partes como un resultado de términos contractuales que no se rela-cionan con:
i) cambios en el riesgo asegurado; ii) cambios en las tasas de cambio, o iii) un impago por una de las
contra-partes;
d) instrumentos financieros que cumplan la definición de instrumentos de patri-monio propios de la entidad (véase la Sección 21 Patrimonio Neto y 25 Pa-gos Basados en Acciones); y
e) arrendamientos (véase la Sección 19 Arrendamientos) a menos que el arren-damiento pueda ocasionar una pérdi-da para el arrenpérdi-dador o el arrenpérdi-data- arrendata-rio como consecuencia de términos contractuales que no se relacionan con: i) cambios en el precio de los activos
arrendados;
ii) cambios en las tasas de cambio en moneda extranjera, o
iii) un impago por una de las contra-partes.
11.4 Contratos para la compra o ven-ta de una partida no financiera
El proyecto de la norma señala que la mayoría de los contratos para la compra o venta de una partida no financiera, ta-les como materias primas cotizadas, inventarios, propiedades, planta o equi-po se excluyen de esta sección equi-por no ser
SECCIÓN 11: ACTIVOS
FINANCIEROS Y PASIVOS
FINANCIEROS
La sección 11 del Proyecto de NIIF para PyME, que fuera publicada por el IASB en el mes de enero del
2007, contiene el tema sobre los Activos Financieros y Pasivos Financieros.
IASB: Proyecto de Norma Internacional de Información
Financiera para pequeñas y medianas empresas
Sección 11
(Parte I)
su parte, esta revisión de la IAS 1 no afec-taría ni al nombre de los estados finan-cieros (punto 2 anterior), ni a la presen-tación de los dividendos acordados en la memoria (punto 5 anterior). Además, señalan que no quedaría reco-gido dentro del dictado del borrador del Plan General de Contabilidad la revela-ción requerida de informarevela-ción compara-tiva en el caso de cambio de criterio con-table (tres columnas en el balance de si-tuación), ni la revelación en las Notas o en el Estado de Cambios del Patrimonio
Autor Autor Autor Autor
Autor : C.P.C. Carlos Paredes Reátegui Título
Título Título Título
Título : Cambios en la NIC 1 - Presentación de Estados Fi-nancieros
Fuente Fuente Fuente Fuente
Fuente : Actualidad Empresarial, N° 149- Segunda de Di-ciembre 2007
Ficha técnica
Neto cuando se reclasifiquen ingresos y gastos reconocidos en el patrimonio neto en ejercicios anteriores, ni la revelación separada del efecto fiscal de cada uno de los ingresos y gastos reconocidos en el Patrimonio Neto.
Fecha de vigencia de los cambios
1. Para el IASB, la norma revisada será obligatoria a partir del 1 de enero de 2009, si bien se puede aplicar volun-tariamente con anterioridad.2. En el Perú, tenemos que esperar que sea oficializada por el Consejo Norma-tivo de Contabilidad.
Área Contabilidad y Costos
VII
activos financieros. Sin embargo, estasec-ción se aplica a todos los contratos que pue-dan dar lugar a una pérdida para el com-prador o el vendedor como consecuencia de las condiciones del contrato que no es-tán relacionadas con cambios en el precio de partidas no financieras, cambios en ta-sas de cambio en moneda extranjera, o un impago por una de las contrapartes.
11.5 Contratos de compra o venta de partidas no financieras que puedan liquidarse por el importe neto en efectivo u otro instrumento finan-ciero, o mediante el intercambio de instrumentos financieros
El proyecto de la norma señala que ade-más de los contratos descritos en el pá-rrafo 11.4, esta sección se aplica a los con-tratos de compra o venta de partidas no financieras que puedan liquidarse por el importe neto en efectivo u otro instrumen-to financiero, o mediante el intercambio de instrumentos financieros, como si los contratos fueran instrumentos financieros, con la siguiente excepción:
- A los efectos de esta sección, no son instrumentos financieros los contratos que se celebraron y se mantienen con el objetivo de recibir o de entregar una partida no financiera, de acuerdo con las compras ventas o requerimientos de utilización que espera la entidad.
Reconocimiento inicial de activos
financieros y pasivos financieros
11.6 Reconocimiento inicial
El proyecto de la norma señala que una entidad sólo deberá reconocer un activo financiero o un pasivo financiero cuando ella se convierta en una parte, según las cláusulas contractuales del instrumento.
Medición posterior
11.7 Medición al costo a costo amor-tizado menos deterioro de valor
El proyecto de la norma señala que en cada fecha a la cual se informa, una enti-dad deberá medir los siguientes instru-mentos financieros a su costo o a su costo amortizado menos deterioros de valor, como se indica:
a) Un instrumento (como una cuenta por cobrar, por pagar o un préstamo ban-cario) que cumpla las condiciones del párrafo 11.9, y que la entidad designe en el reconocimiento inicial como medido al costo amortizado (utilizan-do el méto(utilizan-do de la tasa de interés efec-tiva) menos deterioro del valor. El apéndice A de esta sección proporcio-na guías sobre la aplicación del méto-do de la tasa interés efectiva. b) Un compromiso de hacer o recibir un
préstamo que:
i) No pueda liquidarse por el impor-te neto en efectivo.
ii) Se espera que, cuando se ejecute, cumpla con las condiciones para el reconocimiento al costo o costo amortizado menos deterioros de valor.
iii) La entidad designa en el reconoci-miento inicial para ser medido al costo menos deterioros de valor. c) instrumentos de patrimonio sin
coti-zación pública y cuyo valor razonable no pueda medirse de otra forma con fiabilidad, así como los contratos vin-culados con tales instrumentos que, en el caso de ejercerse, darán lugar a la entrega de tales instrumentos, los cua-les deberán medirse al costo menos de-terioros de valor.
11.8 Medición de todos los instrumen-tos financieros en cada fecha a la cual informa una entidad deberá efectuarse a su valor razonable, excepto los medidos al costo
El proyecto de la norma señala que con la excepción de aquellos instrumentos fi-nancieros medidos al costo o al costo amortizado menos deterioros de valor de acuerdo con el párrafo 11.7, en cada fe-cha a la cual se informa una entidad de-berá medir todos los instrumentos finan-cieros a su valor razonable, sin deducción alguna por los costos de transacción que puedan tener lugar en la disposición de los mismos. También deberá reconocer en resultados los cambios en el valor razo-nable reconocido.
11.9 Requisitos para ser medidos al costo amortizado
El proyecto de la norma señala que una entidad sólo puede designar un instru-mento para su medición a costo amor-tizado, según el párrafo 11.7(a), si el mismo cumple todas las condiciones si-guientes:
a) Tiene una fecha específica de venci-miento o debe liquidarse a petición de la otra parte y, en el momento, o an-tes de la fecha de vencimiento especí-fica, requiere el reembolso de todos o sustancialmente todos los importes de la contraprestación recibida o pagada cuando fue emitido.
b) Los rendimientos para los tenedores son:
i) Un importe fijo.
ii) Una tasa fija de rendimiento sobre la vida del instrumento.
iii) Un rendimiento variable que a lo largo de la vida del instrumento, se iguala a la aplicación de una refe-rencia única cotizada o una tasa de interés observable (tal como el LIBOR).
iv) Alguna combinación de estas tasas fijas y variables (tales como el LIBOR más 200 puntos básicos): Para ren-dimientos de tasas de interés fijo o
variable, el interés se calcula multi-plicando la tasa para el período aplicable por el principal pendien-te duranpendien-te el período.
c) No hay cláusulas contractuales que pudieran dar lugar a que el tenedor pierda el importe principal y cualquier interés atribuible al período corriente o a períodos anteriores.
d) Las cláusulas contractuales que permi-tan que el emisor pague anticipada-mente la deuda o permitan que el te-nedor la devuelva al emisor antes de la fecha de vencimiento no están su-peditadas a sucesos futuros. El instru-mento puede requerir que la parte que ejercita el derecho de cancelación an-ticipada realice un pago de penaliza-ción siempre que éste sea un importe fijo, un porcentaje especificado del importe invertido o del importe prin-cipal pendiente a la fecha de ejercicio, o un importe basado en un cambio en una tasa de interés que reduce el be-neficio que de otro modo hubiese ob-tenido la parte que ejercita el derecho de cancelación (e) No existe un rendi-miento condicional o una cláusula de reembolso excepto para el rendimien-to de tasa variable descrita en (b) y para la cláusula de reembolso descrita en (d). Para el propósito de aplicar es-tas condiciones al componente de deu-da de un instrumento financiero com-puesto, una entidad primero separará el componente de patrimonio neto como se requiere en el párrafo 21.7 de la Sección 21 Patrimonio Neto.
11.10 Ejemplos de instrumentos fi-nancieros que deberían ser, o po-drían ser designados para ser me-didos al costo o al costo amortizado menos deterioro
El proyecto de la norma señala que son ejemplos de instrumentos financieros que deberían ser, o podrían ser designados para ser medidos al costo o al costo amortizado menos deterioro:
a) Cuentas normales de origen comercial y pagarés por cobrar o por pagar y préstamos de bancos o de terceras partes, porque habitualmente satisfa-cen las condiciones del párrafo 11.9. b) Inversiones no convertibles en
instru-mentos de deuda, porque habitual-mente satisfacen las condiciones del párrafo 11.9.
c) Un contrato o un derecho (opción) a comprar un instrumento de patrimo-nio neto cuyo valor razonable no pue-de ser medido con fiabilidad, cuando dicho contrato o derecho motive la entrega de un instrumento de patri-monio, porque éste se mide al costo menos deterioro de valor según el pá-rrafo 11.7 (c).
d) Cuentas por pagar en una moneda ex-tranjera, porque los flujos de efectivo
Aplicación Práctica
contractuales habitualmente cumplen las condiciones del párrafo 11.9. Sin embargo, cualquier cambio en la cuen-ta por pagar debido a un cambio en la tasa de cambio se reconoce en resul-tados como requiere el párrafo 30.10 de la Sección 30 Conversión de Mo-neda Extranjera.
e) Préstamos de subsidiarias o asociadas que se deben pagar a petición, por-que habitualmente satisfacen las con-diciones del párrafo 11.9.
f) Un instrumento de deuda que podría convertirse inmediatamente en una cuenta por cobrar si el emisor no pa-gase un interés o efectuase un pago del principal (dicha condición no vio-la vio-las condiciones del párrafo 11.9).
11.11 Ejemplos de instrumentos finan-cieros que NO se miden al costo o al costo amortizado menos deterioro
El proyecto de la norma señala que son ejemplos de instrumentos financieros que no se miden al costo o costo amortizado menos deterioro de valor los siguientes, que se miden a su valor razonable con cambios en resultados (párrafo 11.8): a) Inversiones en instrumentos de
patri-monio neto con cotizaciones de precios publicados, porque el párrafo 11.7 (b) solamente permite el método del costo menos deterioros de valor para
instru-mentos que no tienen cotización públi-ca y cuyo valor razonable no puede ser medido de otra forma confiabilidad. b) Una permuta financiera de tasas de
interés que da lugar a un flujo de efec-tivo posiefec-tivo o negaefec-tivo o un compro-miso a plazo para comprar materias primas cotizadas o instrumentos finan-cieros que se pueden liquidar en efec-tivo o que, a su liquidación, pueden tener un flujo de efectivo positivo o negativo, porque dichas permutas fi-nancieras y contratos a plazo no cum-plen la condición del párrafo 11.9 (b). c) Opciones y contratos de futuro, por-que los rendimientos a los tenedores no son fijos y no se cumple la condi-ción del párrafo 11.9 (b).
d) Inversiones en deuda convertible, por-que el rendimiento para los tenedores puede variar con el precio de las ac-ciones del emisor de deuda y no sólo con las tasas de interés de mercado. e) Deuda perpetua, porque no tiene una
fecha de vencimiento como requiere el párrafo 11.9 (b).
11.12 Cambio de política de medición posterior
El proyecto de la norma señala que una entidad no deberá cambiar su política para la medición posterior de un activo financiero o pasivo desde la categoría de
al valor razonable con cambios en resul-tados o hacia ella mientras se encuentre en su poder o continúe emitido.
11.13 Si la medida fiable del valor ra-zonable ya no está disponible para un instrumento de patrimonio neto medido a valor razonable con cam-bios en resultados su importe en libros (su valor razonable) a la fe-cha del cambio se convierte en su nuevo costo
El proyecto de la norma señala que si la medida fiable del valor razonable ya no está disponible para un instrumento de patrimonio neto medido a valor razona-ble con cambios en resultados, su impor-te en libros (su valor razonable) a la fecha del cambio se convierte en su nuevo cos-to. La entidad deberá medir el instrumen-to a este importe de cosinstrumen-to menos dete-rioro de valor hasta que una medida fia-ble del valor razonafia-ble se encuentre dis-ponible.
Fuente: IASB
En la presente edición vamos a tratar sobre la aplicación de la cuenta 76 Ingresos Excepcionales, en los
casos en las cuales se emplea y su aplicación práctica.
Plan Contable General Revisado y las NIIF's
Apreciaciones Contables a los Ingresos Excepcionales
Prosiguiendo con el análisis y aplicación de las Cuentas de Ingresos de Gestión del Plan Contable General Revisado (PCGR) y su concordancia con las Normas Inter-nacionales de Información Financiera (NIIF's) en esta oportunidad nos referire-mos al rubro 76 Ingresos Excepcionales. El rubro 76 Ingresos Excepcionales agru-pa las cuentas divisionarias que acumu-lan ingresos provenientes de la enajena-ción de bienes del Activo Fijo Tangibles e Intangibles; de ganancias o recuperacio-nes logradas en el ejercicio, que corres-ponden a cargas o ingresos de años ante-riores; de la ocurrencia de hechos extraor-dinarios y otros que por su naturaleza no constituyen operaciones normales del giro o actividad principal de la empresa.
Apreciaciones Previas
1. De considerarse necesario se estable-cerá, en los casos que corresponda,
cuentas divisionarias para diferenciar los ingresos excepcionales, según el crite-rio monetacrite-rio, moneda nacional o moneda extranjera; según el criterio geográfico, en el país o en el exterior. 2. Los ingresos excepcionales no
conta-bilizados en su oportunidad, como por ejemplo la enajenación de activos no corrientes, que corresponden a ejerci-cios económicos anteriores en concor-dancia con la NIC8 Políticas Contables, Cambios en las Estimaciones Contables y Errores serán contabilizados en la cuenta correspondiente del Rubro 59 Resultados Acumulados, según el Tra-tamiento Referencial.
3. En su caso, conforme a lo señalado por la NIC18 Ingresos, los ingresos excep-cionales por la enajenación de activos no corrientes de naturaleza no mone-taria serán reconocidos como ingresos del período en que son generados, con
independencia de la modalidad y pla-zo para su cobranza.
4.Para la determinación del resultado, al cierre del período, el saldo de las cuen-tas, del grupo 76 Ingresos Excepciona-les podrá ser transferido a la correspon-diente cuenta de la Clase 8, a la respec-tiva cuenta del grupo 87 Saldos Inter-mediarios de Gestión o a la cuenta 891 Resultado del Ejercicio, según sea la opción elegida conforme lo estipula la Resolución CONASEV N.º 285-EF/94. 10 del 31 de Diciembre de 1986. 5. Las empresas económicamente
peque-ñas, para efecto de la determinación del resultado del período, deberán transfe-rir el saldo de las cuentas del grupo 76 Ingresos Excepcionales directamente a la cuenta 891 resultado del ejercicio. 6. En la actualidad las metodologías
oficia-les de ajustes por efectos de inflación, tanto con incidencia financiera, como con
Autor Autor Autor Autor
Autor : C.P.C. Carlos Paredes Reátegui Título
Título Título Título
Título : IASB: Proyecto de Norma Internacional de Informa-ción Financiera para pequeñas y medianas empre-sas-Sección 11 (Parte I)
Fuente Fuente Fuente Fuente
Fuente : Actualidad Empresarial, N° 149 - Segunda de Di-ciembre 2007
Ficha técnica
Área Contabilidad y Costos
VII
incidencia tributaria, han quedado ensuspenso a partir del 1 de Enero del 2005, según la Resolución N.º 31-2004 del Consejo Normativo de Contabilidad; y la Ley N.º 28394, respectivamente.
CUENTA 761. ENAJENACIÓN
DE VALORES
Saldo:
Acreedor, representa el importe de los ingresos excepcionales generados en el ejercicio económico provenientes de la venta de los títulos valores registrados en la cuentas del rubro 31 Valores.
Apreciaciones
1. Se podrá establecer cuentas divi-sionarias para diferenciar los ingresos según la naturaleza de los valores. 2. Producida la enajenación de los valores
registrados en esta cuenta se procederá con el ajuste en la cuenta correspondiente del rubro 31 Valores, por el retiro del activo vendido; y en su caso, regularizar el saldo registrado en la cuenta 319 Pro-visión para Fluctuación de Valores. 3. El costo neto de enajenación será
re-gistrado en la cuenta 661 Costo Neto de Enajenación de Valores.
4. Los ingresos provenientes de la venta de valores corrientes, es decir, calificados como valores negociables, o de rápida conversión en liquidez, serán registra-dos en la correspondiente cuenta del rubro 10 Caja y Bancos con abono a la respectiva cuenta del título valor, dada su condición de sustituto temporal del dinero o equivalente de efectivo.
Aplicaciones
CASO PRÁCTICO N.º 1
La empresa decide vender parte de las Acciones que posee de la Cía. Visión. son enajenados cien títulos valor bursátil de S/. 50 cada una. La Bolsa de Valores cobra una comisión del 1% más 19% de IGV.
———————— X ————————DEBE HABER 10 CAJA Y BANCOS
104.1 Cuentas Ctes. Bancos 4,940.50
63 SERV. PRESTADOS POR TERC.
632 Honorarios, Comisiones y Corretajes 50.00
40 TRIBUTOS POR PAGAR
4011 IGV por Pagar 9.50
76 INGRESOS EXCEPCIONALES
761.1Enaj. de Valores - Ac. –––––––––– ––––––––––5,000.00 5,000.00 5,000.00 Notas
a) El cuarto dígito UNO (1) identifica el ingreso según la naturaleza del título que lo generó.
b) El costo de enajenación será debitado en la cuenta 661 con abono a la cuen-ta 311.
CUENTA 762. ENAJENACIÓN
DE INMUEBLES, MAQUINARIA
Y EQUIPO
Saldo:
Acreedor, representa el importe acumu-lado de los ingresos excepcionales gene-rados en el ejercicio económico prove-nientes de la venta de los bienes del acti-vo fijo registrados en la cuenta 33 Inmuebles, Maquinarias y Equipo ó 36 Inmuebles, Maquinaria y Equipo - Leyes de Promoción.
Apreciaciones
1. Se podrá crear cuentas divisionarias para diferenciar los ingresos según la naturaleza de los bienes del activo fijo tangible vendidos.
2. Producida la enajenación de los bie-nes registrados en esta cuenta se pro-cederá con el ajuste en las correspon-dientes cuentas del rubro 33 Inmuebles, Maquinarias y Equipo, ó 36 Inmuebles, Maquinaria y Equipo -Leyes de Promoción; y en su caso, re-gularizar el saldo registrado en las cuentas 393 y 396 referidas a la de-preciación acumulada del activo fijo vendido.
3. Así mismo, de ser el caso, habrá de re-gularizar por lo que corresponda al bien enajenado, el saldo de las cuentas de los rubros 32 Provisiones para Desva-lorizaciones de los Bienes del Activo Fijo, y 35 Valorización Adicional de Inmue-bles, Maquinarias y Equipo.
4. El costo neto de enajenación será re-gistrado en la cuenta 662 Costo Neto de Enajenación de Inmuebles, Maqui-narias y Equipo.
5. El impuesto que hubiera a lugar, será registrado en la cuenta respectiva del grupo 40 Tributos por Pagar (4011).
Aplicaciones
CASO PRÁCTICO N.º 1
Se vende una máquina laminadora en S/. 12,000 más 19% de IGV. Su costo en lbros es S/. 50,000 con una depreciación acumulada de S/. 40,000.
- Venta del Bien
———————— 1 ————————DEBE HABER 16 CUENTAS POR COBRAR DIV.
168.1 Otras Cuentas por Cobrar
Diversas 14,280
40 TRIBUTOS POR PAGAR
4011IGV por Pagar 2,280
76 INGRESOS EXCEPCIONALES
762.3 Enajenación de Inmuebles,
Maquin. y Equipo- Máq. 12,000 –––––––– –––––––– 14,280 14,280
- Retiro del Bien
———————— 2 ————————DEBE HABER 39 DEPRECIACIÓN Y AMORTIZAC. ACUMULADA 393 Depreciac. de Inmuebles, Maquinarias y Equipo 40,000 66 CARGAS EXCEPCIONALES
662.3 Costo Neto de Enajenación de Inm.,Maq. y Equ.-Maq. 10,000
33 INM., MAQ. Y EQUIPO
333 Maquinarias, Equipos 50,000 –––––––– –––––––– 50,000 50,000
CUENTA 763. ENAJENACIÓN
DE INTANGIBLES
Saldo:Acreedor, representa el importe acumu-lado de los ingresos de carácter excepcio-nales generados en el ejercicio, provenien-tes de la venta de los activos intangibles, registrados en las cuentas 34 Intangibles ó 37 Intangibles - Leyes de Promoción.
Apreciación
1. Se podrá establecer cuentas diviso-narias para diferenciar los ingresos se-gún la naturaleza de los activos intan-gibles vendidos.
2. Producida la enajenación de los acti-vos intangibles registrados en estas cuentas, se procederá con el ajuste en la cuenta correspondiente por el retiro del activo vendido: 34 Intangibles; y en su caso, de las cuenta 37; así como, de la cuenta del grupo 39 Deprecia-ción y AmortizaDeprecia-ción Acumulada. 3. El Costo Neto de Enajenación será
regis-trado en la cuenta divisionaria 663 Cos-to NeCos-to de Enajenación de Intangibles. 4. El impuesto que hubiera a lugar, será acreditado en la cuenta respectiva del grupo 40 Tributos por pagar (4011).
Aplicaciones
CASO PRÁCTICO N.º 1
Empresa Industrial vende marca de cami-sas «Varón» de su propiedad en S/. 15,000 más 19% de IGV. El citado intangible está registrado contablemente en S/. 60,000 y su amortización acumulado es S/. 48,000.
- Venta de Marca de Fábrica ———————— 1 ————————DEBE HABER 16 CUENTAS POR COBRAR DIV.
168.2 Otras Cuentas por
Cobrar Diversas 17,850
40 TRIBUTOS POR PAGAR
4011.2 IGV por Pagar 2,850
76 INGRESOS EXCEPCIONALES
763.2 Enajenación de Intang. –––––––– ––––––––15,000 17,850 17,850
- Retiro del Intangible
———————— 2 ———————— DEBE HABER 39 DEPREC. Y AMORTIZ. ACUM.
394 Amortización Intangibles 48,000
66 CARGAS EXCEPCIONALES
663.2 Costo Neto de Enajenac. de Intangibles - Marca 12,000
34 INTANGIBLES
342.2 Patentes y Marcas - Marca 60,000 –––––––– –––––––– 60,000 60,000
CUENTA 764. RECUPERACIÓN
DE CASTIGOS DE CUENTAS
INCOBRABLES
Saldo:Acreedor, representa el importe de los ingre-sos generados en el ejercicio, que constitu-yen ganancias de ejercicios anteriores, resul-tante de la recuperación de créditos otorga-dos, que al haber vencido y no cobrados fueron transferidos en un primer momento a las cuentas 129 Cobranza Dudosa ó 169 Cobranza Dudosa; los mismos que en un segundo momento, fueron calificados de incobrables y por consiguiente liquidados.
Apreciación
1. De considerarse necesario se estable-cerán divisionarias para diferenciar los créditos incobrables referidos a las cuentas de los grupos 12 Clientes y 16 Cuentas por Cobrar Diversas. 2. Si por acuerdo de las partes,
convie-nen en renovar o refinanciar el crédito otorgado por la empresa se debitará a las correspondientes cuentas de los grupos 12 Clientes ó 16 Cuentas por Cobrar Diversas por el importe del nuevo documento de crédito, inclui-do los intereses del caso.
3. En principio, el uso de la cuenta 764 en mención responde a la aplicación del tratamiento alternativo permitido previsto en la anterior NIC 8, vigente hasta el 31 de Diciembre de 2005. En tanto que la nueva NIC 8 Políticas Contables, Cambios en las Estimacio-nes Contables y Errores plantea em-plear la respectiva cuenta del rubro 59 Resultados Acumulados. Aplicaciones ———————— X ————————DEBE HABER 10 CAJA Y BANCOS 101.1 Caja 2,500 76 INGRESOS EXCEPCIONALES 764.2 Recuperac. de Castigos de
Ctas. Incobrables- Clientes 2,500
Nota
De efectuarse la recuperación en el 2006 ó 2007 el abono correspondiente será en la cuenta 591 ó 592, según sea el caso.
CUENTA 765. DEVOLUCIÓN DE
PROVISIONES DE EJERCICIOS
ANTERIORES
Saldo:
Acreedor, representa el importe de la re-versión parcial o total de provisiones crea-das en ejercicios anteriores que devienen en excesivas o indebidas.
Apreciación
1. De ser necesario, se establecerá subdi-visionarias para diferenciar las provi-siones recuperadas.
2. En principio, el empleo de la presente cuenta responderá a la aplicación del Tratamiento Alternativo Permitido pre-visto en la anterior NIC 8.
Sin embargo, la nueva versión de la citada NIC 8 Políticas Contables, Cam-bios en las Estimaciones Contables y Errores postula el tratamiento Re-ferencial, es decir, aplicar la reversión de provisiones de ejercicios anteriores a la correspondiente cuenta del rubro 59 Resultados Acumulados.
3. La reversión parcial o total de provi-siones creadas en ejercicios anteriores podría generar diferencia temporal en el ejercicio gravable corriente al de-terminar la utilidad imponible según las normas que regulan el Impuesto a la Renta; por lo que habrá de aplicar la NIC 12 Impuesto a la Renta. 4. La reversión de provisiones
correspon-dientes al ejercicio corriente, será acre-ditada en las respectivas cuentas divisionarias del grupo 68 Provisiones del Ejercicio.
Aplicaciones
Los casos prácticos que se desarrollan a continuación es en el supuesto de adop-tar el Tratamiento Alternativo Permitido, es decir, regularizar en el presente ejerci-cio económico las provisiones creadas en ejercicios económicos anteriores que re-sultan indebidas y/o excesivas.
CASO PRÁCTICO N.º 1
Efectuando el análisis de saldos de las cuentas por cobrar, especialmente las provisiónes creadas para cobranza dudo-sa, se determinó lo siguiente:
Cta. Provisión Excesiva S/.
192.1 Clientes - Fact. por Cobrar 1,000 192.2 Clientes - Letras por Cobrar 1,850 2,850
––––––
Cta. Provisión Indebida
196.1 Ctas. Por Cobrar Div.-Prést. 1,950 –––––– 4,800
Por consiguiente habrá de proceder con la regularización de las cuentas citadas.
———————— X ————————DEBE HABER 19 PROVISIÓN PARA CUENTAS
DE COBRANZA DUDOSA
192.1 Clientes - Fact. por Cobrar 1,000 192.2 Clientes - Letras por Cobrar 1,800 196.1 Ctas. por Cobrar Div. Prést.
(para regular.los saldos) 1,950
76 INGRESOS EXCEPCIONALES
765.1 Dev. de Prov. de Ejercicios
anter.- Cobranzas Dudosas 4,800 –––––––– –––––––– 4,800 4,800
CASO PRÁCTICO N.º 2
Al cierre del ejercicio, se analizó la provi-sión para desvalorización de existencias, es-pecialmente de las mercaderías represen-tadas por computadoras que fueron crea-das por un monto de S/. 3,500 en base a su valor neto de realización. Se llegó a la con-clusión que estaba excedida en un 25%; procediéndose, por lo tanto al ajuste del caso.
———————— X ————————DEBE HABER 29 PROV. PARA DESVALORIZACIÓN
DE EXISTENCIAS
291.1 Mercad. - Computadoras 875 (para regularizar el saldo)
76 INGRESOS EXCEPCIONALES
765.2 Devolución de Prov. de Ejerc.
anteriores - Existencias 875
CASO PRÁCTICO N.º 3
Habiendo fenecido varios certificados de garantías sobre ventas otorgados en años anteriores por empresa industrial, se cuan-tificó provisiones no vigentes por un total de S/. 4,200; por lo que se procederá a su regularización en el presente año. Asu-mamos que la utilidad antes de la rever-sión de la provirever-sión es S/. 60,000 y no existe diferencia permanente.
- Por la Recuperación de Provisión ———————— 1 ———————— DEBE HABER 48 PROVISIONES DIVERSAS
481 Provisiones sobre Ventas 4,200
76 INGRESOS EXCEPCIONALES
765.4 Devoluc.de Prov. de Ejerc.
anteriores - Provisiones Div. 4,200 - Cálculo de Deducciones de Ley
(aplicación de la NIC 12 Impuesto a la Renta)
Util. antes de Rever.
de prov. y deducc. 60,000 60,000 más : Recuper. de prov. 4,200––––––––– ––––––––– ---.---Utilidad Imponible 64,200 60,000 Partic. Trabaj., 10% (6,420) (6,000) (420) ––––––––– ––––––––– 57,780 54,000 Impto. a la Rta. 30% (17,334) (16,200) (1,134) Criterio
Financ. CriterioTribut. Operac.Difer.
CASO PRÁCTICO N.º 1
En el presente ejercicio económico 2005 (supuesto) se recuperó en efectivo parcial-mente cuenta por cobrar castigada hace dos años. Recuperación que asciende a S/. 2,500 y corresponde a Facturas por Cobrar.
Área Contabilidad y Costos
Área Contabilidad y Costos
VII
- Contabilización de Deducciones de Ley ———————— X ————————DEBE HABER 86 DISTRIBUCIÓN LEGAL DE LA RENTA NETA 861 Participación Trabajadores 6,420 88 IMPUESTO A LA RENTA 881 Impuesto a la Renta 17,334 38 CARGAS DIFERIDAS 386 Participación Diferida 420 387 Impuesto a la Renta Diferido 1,134(para saldar las cuentas)
40 TRIBUTOS POR PAGAR
4017 Impuesto a la Rta. por Pagar 6,000
41 REM. Y PARTIC. POR PAGAR
413 Participaciones por Pagar 16,200 –––––––– –––––––– 23,754 23,754 Notas
a) Para efecto tributario la reversión de la provisión en el último año constitu-ye ingreso no gravable, dado que en el ejercicio fiscal anterior la provisión no fue aceptada como gasto dando lugar a una mayor utilidad imponible. b) Se efectuó el abono a las cuentas 386 y 387 para saldarlas, cuyos saldos deu-dores datan del ejercicio pasado. a) El tratamiento efectuado en
concor-dancia con la NIC 12 Impuesto a la Renta es aplicable por extensión a los anteriores casos prácticos.
CUENTA 766. DEVOLUCIÓN
DE IMPUESTOS
Saldo:
Acreedor, representa el importe de los impuestos recuperados de la Administra-ción fiscal, pagados en ejercicios anterio-res en exceso o indebidamente.
Apreciación
1. Se establecerá, de ser necesario, sub-divisionaria para diferenciar los im-puestos recuperados.
2. En principio, el uso de la presente cuenta responderá a la aplicación del Tratamiento Alternativo permitido pre-visto en la anterior NIC8.
Sin embargo, la versión modificada de la referida NIC8 Políticas Contables, Cam-bios en las Estimaciones Contables y Erro-res, postula el tratamiento Referencial, esto es, aplicar la devolución de impues-tos a la respectiva cuenta del rubro 59 Resultados Acumulados.
3. Las devoluciones de impuestos corres-pondientes al ejercicio serán acredita-das en la cuenta 756 Recuperación de Impuestos.
Aplicaciones
Los casos prácticos que se exponen a
con-tinuación estan desarrollados en el Trata-miento Alternativo Permitido, procedi-miento válido hasta el 31 de Diciembre del 2005.
CASO PRÁCTICO N.º 1
Luego de analizar los saldos de las cuen-tas integrantes del rubro 40 Tributos por Pagar se determinó que el año pasado indebidamente S/. 1,200 por concepto de Impuesto Extraordinario de Solidaridad -IES, el mismo que había sido derogado con anterioridad a la fecha de cancela-ción. La Admnistración Fiscal dió por concentida la reclamación de la empre-sa, determinando que se efectúe el rembolso correspondiente en el Banco de la Nación.
- Demanda Concentida
———————— 1 ————————DEBE HABER 16 CUENTAS POR COBRAR DIV.
162.1 Reclamaciones a 1,200 Terceros - Impuestos
76 INGRESOS EXCEPCIONALES
766.1 Devoluc. de Imptos. -IES 1,200 - Recepción de Cheque por Rembolso
———————— 2 ————————DEBE HABER 10 CAJA Y BANCOS
104.1 Cuentas Ctes. Bancos 1,200 (Cheque Banco Nación)
16 CUENTAS POR COBRAR DIV.
162.1Reclamac. a Terc. - Imptos. 1,200 (para saldar la cuenta)
Nota
El cuarto dígito UNO (1) identifica la na-turaleza del reclamo efectuado, así como, del ingreso generado, respectivamente.
CASO PRÁCTICO N.º 2
Tribunal Fiscal, culminado un largo pro-ceso contencioso, falló a favor de empre-sa exportadora, en el sentido de rembolempre-sar el Tesoro Público. Derechos Aduaneros por Ventas pagadas en exceso en un monto de US$ 1,800; importe que será liquida-do con la entrega del correspondiente cheque del Banco de la Nación. El tipo de cambio es S/. 3.40 por dólar norte-americano.
- Fallo a Favor
———————— 1 ————————DEBE HABER 16 CUENTAS POR COBRAR DIV.
162.2 Reclamac. a Terc.-Imptos. 6,120 (US$ 1,800 x S/. 3.40)
76 INGRESOS EXCEPCIONALES
766.2 Devolución de Impuestos
-Derechos Aduan. por Vtas. 6,120
- Recepción del Cheque
———————— 2 ————————DEBE HABER 10 CAJA Y BANCOS
104.2 Ctas. Corrientes Bancos 6,120 (Cheq. Bco. Nac. US$ 1,800)
16 CUENTAS POR COBRAR DIV.
162.2 Reclamaciones a Terceros
- Imptos. (para saldar la cta.) 6,120 Notas
a) De producirse variación en el tipo de cambio por el activo monetario en mo-neda extranjera - aumento o disminu-ción - será aplicada a resultados como ganancia o pérdida por diferencia de cambio, conforme lo señala la NIC21 Efectos de Variación en el Tipo de Cam-bio.
b) El cuarto dígito DOS(2) identifica la operación en moneda extranjera, así como, la naturaleza del ingreso gene-rado, respectivamente.
CUENTA 768. INGRESOS
EXTRAORDINARIOS
Saldo:
Acreedor, representa el importe acumu-lado de los ingresos de naturaleza inusual o infrecuente generados en el ejercicio económico, derivados de sucesos impre-visibles.
Apreciación
1. Se podrá crear cuentas divisionarias para diferenciar los ingresos extraor-dinarios según su naturaleza. 2. Por lo general los ingresos
extraordi-narios provienen de operaciones no previstas por montos significativos. In-cluso, están premunidos de un alto grado de anormalidad que puedan tener incidencia en la determinación de los resultados de la empresa. 3. El ingreso extraordinario está
determi-nado por provenir de transacciones distintas a las actividades ordinarias de la empresa y no por la frecuencia con que se espera que ocurran dichas tran-sacciones.
4. Una severa devaluación monetaria fa-vorable para la empresa, por tener una positiva posición de cambio en moneda extranjera, genera un ingreso extraordi-nario por dicho suceso imprevisible. 5. La ganancia proveniente de la venta
de activos no monetarios de la empre-sa, como consecuencia de una causa de fuerza mayor, que no es naturaleza usual o que no se volverá a repetir, calificará como ingreso de carácter ex-traordinario.
6. En concoradnacia con lo estipulado por la NIC 1 Presentación de Estados Fi-nancieros no se presentará ninguna
partida extraordinaria en el Estado de Resultados ni en notas a los Estados Financieros. En el caso de ingresos ex-traordinarios se empleará el rubro otros Ingresos.
Aplicaciones
CASO PRÁCTICO N.º 1
Empresa dispone en cuenta bancaria de US$ 10,000 contabilizados al tipo de cam-bio de S/. 3.30 por dólar norteamerica-no. A la fecha de los Estados Financieros, el tipo de cambio se ha incrementado sustancialmente al alcanzar la cotización inusual de S/. 5.20 por la unidad mone-taria estadounidense.
Cotización Inicial S/.
US$ 10,000 a S/. 3.30 = 33,000
Cotización Final
US$ 10,000 a S/. 5.20 = ––––––––52,000 Diferencia de Cambio a Favor 19,000
———————— X ————————DEBE HABER 10 CAJA Y BANCOS
104.2 Cuentas Ctes. Bancos 19,000
76 INGRESOS EXCEPCIONALES
768.1 Ingresos Extraordinarios - 19,000 Devolución Monetaria
Nota:
De ser la fluctuación del tipo de cambio moderada o no importante el abono será a la cuenta 776 Ganancia por Dife-rencia de Cambio.
CASO PRÁCTICO N.º 2
Empresa de Transportes pierde una de sus unidades, al caer el omnibús al precipicio y quedar totalmente inutilizado. El citado vehículo, al momento del si-niestro, tenía en libros el valor bruto de S/.100,000 y su depreciación acumulada ascendía a S/. 60,000, correspondiente a tres años de uso.
La Compañía de Seguros indemniza a la empresa de transporte pagando con che-que S/. 50,000.
- Baja de Vehículo Siniestrado ———————— X ————————DEBE HABER 66 CARGAS EXCEPCIONALES
668 Gastos Extraordinarios 40,000 (costo neto del activo siniestrado)
39 DEPREC. Y AMORT. ACUM.
393 Deprec. Inm., Maq. y Equ. 60,000
33 INM., MAQ. Y EQUIPO
334 Unidades de Transporte 100,000 (para saldar las cuentas) ––––––––– ––––––––– 100,000 100,000
- Indemización de Cía. Seguros ———————— 2 ————————DEBE HABER 10 CAJA Y BANCOS 104.1 Cuentas Corrientes 50,000 76 INGRESOS EXCEPCIONALES 768.2 Ingresos Extraordinarios - 50,000 Indemizaciones Notas
a) El empleo de las cuentas 668 y 678 es en razón de tratarse de un hecho im-previsible con un alto grado de anor-malidad.
b) Para efectos tributarios, no será com-putado como ganancia el monto de la indemización que exceda el costo del bien a ser restituido, en tanto la adquisición del activo no exceda los dieciocho meses de plazo contados a partir de la fecha de recibir la indemización.
CUENTA 769. OTROS INGRESOS
EXCEPCIONALES
Saldo:
Acreedor, representan el importe de to-dos aquellos ingresos excepcionales dife-rentes a los registrados en las cuentas divisionarias anteriores, los cuales a su vez no se relacionan con la actividad princi-pal de la empresa.
Apreciación
1. La empresa de considerarlo necesario podrá establecer cuentas divisionarias para diferenciar los otros ingresos ex-cepcionales según su naturaleza. 2. Los ingresos excepcionales coinciden
con los ingresos extraordinarios en el hecho de ser distintos a los ingresos ordinarios generados por la empresa. Sin embargo, los ingresos excepcio-nales difieren de los ingresos extraor-dinarios, en razón de que los prime-ros son previsibles; y los segundos, no lo son.
3. Entre los otros ingresos excepcionales se tiene como por ejemplo descuen-tos, rebajas y bonificaciones fuera de factura, obtenidos con posterioridad sobre bienes del activo fijo en uso o bienes de cambio consumidos a la fe-cha de la regularización.
Aplicaciones
CASO PRÁCTICO N.º 1
Efectuando el arqueo de caja se determi-nó sin sobrante de efectivo de S/. 55.
———————— 1 ————————DEBE HABER 10 CAJA Y BANCOS
101 Caja 55
76 INGRESOS EXCEPCIONALES
769.1 Otros Ingresos Excepcionales- 55 Sobrantes de Caja –––––– ––––––
55 55
CASO PRÁCTICO N.º 2
Con motivo del cierre del ejercicio eco-nómico, se efectúo el inventario físico en el almacén dando por resultado sobran-tes de mercaderías por S/. 2,360, como se detalla a continuación:
Mercad. Unidades Costo Total
" A" 10 100 1,000 " B" 12 80 960 " C" 8 50 400 –––––– ––––––– 30 2,360 ———————— X ————————DEBE HABER 20 MERCADERÍAS 201 Mercadería "A" 1,000 202 Mercadería "B" 960 203 Mercadería "C" 400 76 INGRESOS EXCEPCIONALES
769.1 Otros Ingresos
Excepc.-Sobrantes de Existencias –––––– ––––––2,360 2,360 2,360
CASO PRÁCTICO N.º 3
Ante reiterado pedido a proveedor, en el sentido de haber recibido el año anterior menor cantidad de repuestos para má-quinas de la Planta Industrial, se recepciona, la correspondiente Nota de Crédito por S/. 500 e IGV del 19% en compensación de faltante.
———————— X ————————DEBE HABER 42 PROVEEDORES
421.1 Facturas por Pagar 595 ( Nota de Crédito )
40 TRIBUTOS POR PAGAR
4011 IGV por Pagar 95
76 INGRESOS EXCEPCIONALES
769.3 Otros Ingresos Excepc.
-Descuentos y Rebajas –––––– ––––––500 595 595 Autor Autor Autor Autor
Autor : C.P.C. Alejandro Ferrer Quea Título
Título Título Título
Título : Plan Contable General Revisado y las NIIF's Apreciaciones Contables a los Ingresos Excepcionales Fuente
Fuente Fuente Fuente
Fuente : Actualidad Empresarial, N° 149 - Segunda de Diciembre 2007
Área Contabilidad y Costos
VII
Ajustes Económicos al método del Margen Neto
Transaccional para determinar los Precios de Transferencia
Cuando estamos elaborando estudios de precios de transferencia y utilizamos el método del margen neto
transaccional, una vez determinados los diferentes ratios (Margen de utilidad operativa, margen del costo
adicionado neto, rendimiento del capital empleado y ratio Berry), tenemos que hacer ajustes a las empresas
comparables por la intensidad del capital.
Introducción
En general, dos transacciones no necesi-tan ser idénticas para ser consideradas comparables, pero deberán ser suficien-temente similares para obtener un resul-tado confiable que cumpla con el princi-pio de valor de mercado. Si existen dife-rencias materiales entre las transacciones controladas y las no controladas, pueden aplicarse ajustes, para tener una mejor comparabilidad en los resultados. La magnitud y razonabilidad de algún ajus-te, afectará la confiabilidad del análisis, por lo que hay que tomar en cuenta los facto-res que determinan la comparabilidad de transacciones controladas y no controladas.
Ajustes de capital
Para poder alcanzar una mayor com-parabilidad con la parte examinada y las comparables seleccionadas, las cifras de las comparables deben ser ajustadas por diferencias en prácticas contables, nive-les en su capital de trabajo, principios eco-nómicos o análisis estadísticos.
Los ajustes ayudan a eliminar el efecto de las diferencias en el precio o en las utili-dades, dando una mayor confiabilidad de los resultados.
Algunos de los ajustes que comúnmente se aplican son:
- Los niveles de Cuentas por Cobrar - Los niveles de Cuentas por Pagar - El grado de inversión en Propiedad,
planta y equipo
- El grado de inversión en inventarios
1. Ajustes por diferencias geográficas
Las diferencias geográficas pueden ser aproximadas a través del diferente cos-to de oportunidad del dinero en los diferentes países en que se encuentran situadas las compañías. Por lo tanto, para minimizar los efectos causados por las diferencias geográficas, se acos-tumbre utilizar la tasa de interés activa del país donde reside la Parte Analiza-da y las tasas de interés activas vigen-tes en los países de cada una de las compañías comparables para calcular el interés implícito que representa el mantener distintos niveles de capital de trabajo. De esta manera, se toman
en cuenta las diferencias geográficas mediante formulas similares a las uti-lizadas para realizar los ajustes por di-ferencias en el Capital de Trabajo, pero incorporando tasas diferentes para cada empresa.
2. Ajustes por diferencias en el capi-tal de trabajo
Las diferencias en la estructura de inventarios, cuentas por cobrar, cuen-tas por pagar e inmuebles, maquina-ria y equipo de las empresas se tradu-cen en un diferente interés implícito existente en las ventas, costos y/o gas-tos operativos de las mismas. La fina-lidad de los ajustes por diferencias en el capital de trabajo es incrementar el nivel de fiabilidad de la comparación entre la parte analizada y las compa-ñías comparables.
3. Ajuste de inventarios
Las diferencias en la relación de inventarios presuponen diferencias en servicio y riesgo asumido. Una em-presa que tiene niveles de inventarios más elevados estaría ofreciendo su-puestamente a sus clientes una mayor disponibilidad de producto en el tiem-po. Dado esto, la empresa que man-tiene un mayor inventario está incu-rriendo en un costo financiero implí-cito que debe de ser cuantificable para poder ajustar la operación com-parable. Por lo tanto, si la compañía comparable mantiene una razón de inventarios sobre ventas superior al de la parte analizada, el ajuste en inventarios reduciría la utilidad operativa de la compañía comparable. Para reflejar el costo implícito de la tenencia de inventarios, se recurre a la siguiente fórmula: Ajuste DG Invent. Inv. PR.T x iT ––––––––––––– Denom IUT = Inv. PR.c x i–––––––––––––c Denom IUc x Denom IU c
-4. Ajuste de cuentas por cobrar
En caso de que una compañía com-parable tenga una proporción de cuen-tas por cobrar más alta que la parte analizada, la implicación es que esta-rían proporcionando términos de pago
más fáciles a sus clientes, lo que debe reflejarse en su precio.
De esta manera, las ventas netas no sólo incluyen el ingreso por la venta de los bienes y/o servicios sino tam-bién una compensación por el interés implícito atribuible al crédito extendi-do mediante las cuentas por cobrar. Como resultado de esto, si la compa-ñía comparable mantiene una razón de cuentas por cobrar sobre ventas superior al de la parte analizada, el ajuste en cuentas por cobrar reduciría la utilidad operativa de la compañía comparable.
Para reflejar el financiamiento implíci-to oimplíci-torgado por una compañía a sus clientes en sus cuentas por cobrar, se recurre a la siguiente fórmula:
Ajuste DG CxC CxC Pr.T* = Denom IUc x iT ––––– 1+1TCxC Pr.T* ic ––––– 1+ic Denom IUc -Denom IUT
5. Ajuste de inmuebles, maquinaria y equipo
Las diferencias en la inversión de inmuebles, maquinaria y equipo pre-suponen diferencias en la eficiencia de la producción y riesgo asumido. Una empresa que cuenta con mayor inversión en inmuebles, maquinaria y equipo está ofreciendo supuesta-mente a sus clientes una mayor efi-ciencia en la producción debido a maquinaria nueva o una mayor línea de producción. Dado esto la empre-sa que mantiene mayor inversión en inmuebles, maquinaria y equipo está incurriendo en un costo financiero que debe ser cuantificable para po-der ajustar la comparabilidad de la operación. Ajuste DG I ME IME PR.T* iT ––––––––––––– Denom IUT = IME PR.c x i–––––––––––––c Denom IUc x Denom IU c
-6. Ajuste de cuentas por pagar
Este ajuste es similar al de cuentas por cobrar sin embargo opera de una
ma-Autor Autor Autor Autor
Autor : C.P.C. Mario Apaza Meza Título
Título Título Título
Título : Ajustes Económicos al método del margen neto Transaccional para determinar los Precios de Trans-ferencia
Fuente Fuente Fuente Fuente
Fuente : Actualidad Empresarial, N° 149 - Segunda de Di-ciembre 2007
Ficha técnica
Las preguntas planteadas a continuación serán absueltas en la edición de la primera quincena de enero de 2008
1. ¿En qué casos se aplica la NIC 12 Diferencias Temporales y su aplicación práctica?
Respuesta a las preguntas planteadas en la primera quincena de diciembre de 2007
Área Contabilidad y Costos
Preguntas y Respuestas
Ajuste DG CxP CxC Pr.T* = Denom IUc x iT ––––– 1+1TCxPPR.c * ic ––––– 1+ic Denom IUc -Denom IUT7. Fórmula para el cálculo de los ajus-tes de capital y diferencias geográ-ficas
Una vez calculado cada ajuste, éstos se combinan con el numerador (utili-dad operativa, utili(utili-dad bruta, etc.) del Indicador de Utilidad de cada empre-sa comparable:
Num.IU AjustadiDGC = Num.IUC + Ajuste Inv.DG + Ajuste CxC DG + Ajuste IME DG
-Ajuste CxP DG
Donde:
Inv. Pr.T Es el inventario promedio de la parte
analizada.
EJEMPLO N.º 1
A continuación muestro un cuadro don-de se puedon-de apreciar los ajustes econó-micos que se deben aplicar a los diferen-tes ratios cuando se está aplicando el método del margen neto transaccional, para el presente caso estamos utilizando el Margen de Utilidad Operativa (MUO):
MUO Obtenido por las Compañías Comparables
MAM S.A. (2006) 9.727% 9.727%
Cuartil Inferior 4.565% 4.541%
Mediana 6.682% 6.639%
Cuartil Superior 9.167% 8.902%
Compañías Comparables (2004 - 2006):
ABATIX CORP AND SUBSIDIARY 3.491% 3.588%
AIRGAS, INC AND SUBSIDIARIES 9.672% 7.952%
CE FRANKLIN LTDA. 6.682% 6.639%
DX ENTERPRISES, INC AND SUBSIDIARIES 5.640% 5.493%
FLOTEK INDUSTRIES INC 18.233% 16.755%
HIRSCH INTERNATIONAL CORP 0.426% 1.513%
KH HUMBOOTD WEDAR INTERNATIONAL LTD AND SUBSIDIARIES 8.663% 9.852%
MUO MUO
Ajustado
Fuente: Edgar Database, cálculos de CPC Mario Apaza Meza Como se puede apreciar, el margen de
uti-lidad operativa de las empresas compara-bles, son diferentes a los calculados en base a los ajustes de intensidad de capital de las empresas comparables, como consecuen-cia de los ajustes de las cuentas por cobrar, cuentas por pagar, inventarios e inmuebles maquinaria y equipo.
1. Cuándo un activo fijo se encuentra fuera de uso no se deben dar de baja
De acuerdo al criterio vertido en la Resolución del Tribunal Fiscal N.º 06384-1-2002 del 29/10/02, el Tribunal Fiscal establece que los activos fijos fuera de uso no deben ser dados de baja, debido que al ser bienes que se encuentran fuera de uso esto es de manera temporal y no de forma definitiva, de acuerdo a lo estipulado en la NIC 16 Inmueble maquinaria y equipo, mientras el bien fluya
be-neficios económicos futuros, éste se debe consi-derar como activo se entiende que si bien es cier-to el bien esta fuera de uso en cualquier momen-to puede comenzar a operar por lo tanmomen-to no pro-cede darle de baja para efectos contables.
2. Los envases de vidrio y plástico retornable se consideran bienes del activo fijo
Los envases de plásticos y vidrios no son vendidos en algunos casos con el producto, por ejemplo
cuando nos venden gaseosas nosotros compramos en algunas ocasiones gaseosas con envases retornables y no retornables, en el caso de la com-pra de gasesosas con envase retornable, este en-vase es devuelto a la empresa que realizó la venta al distribuidor, para estos casos los envases de plás-tico y vidrio deben ser considerados en la empre-sa que vende las gaseoempre-sas por ejemplo como un bien del activo fijo, para ello determinará si es necesario o no la autorización de depreciaciones mayores para efectos de la determinación de la provisión de depreciación.
Num. IU Ajustadoc es el numerador de la ra-zón empleada como indicador de uti-lidad, una vez realizados los ajustes por diferencias en el Capital de trabajo. iT Es el tasa de interés activa vigente para
la parte analizada.
iC Es el tasa de interés activa vigente para
la compañía comparable.
nera inversa. Los costos y gastos no sólo incluyen un egreso por la adquisición de un bien o servicio sino también un egreso por el interés implícito pagado a los proveedores, atribuible al crédito extendido mediante las cuentas por pa-gar. Por lo tanto se deben aplicar ajustes en costo de ventas cuando existen dife-rencias significativas en cuentas por pa-gar. Las cuentas por pagar reflejan el pla-zo de pago que los proveedores ofrecen. Si la compañía comparable mantiene una razón de cuentas por pagar sobre ventas superiores al de la parte analizada, el ajus-te en cuentas por pagar aumentaría la utilidad operativa de la compañía com-parable por el interés implícito pagado. Para reflejar el financiamiento implíci-to recibido por una compañía de sus proveedores en cuentas por pagar, se recurre a la siguiente fórmula:
Inv. Pr.C Es el inventario promedio de la
com-pañía comparable.
CxC Pr.T Son las cuentas por cobrar promedio
de la parte analizada.
CxC Pr.C Son las cuentas por cobrar promedio
de la compañía comparable. IME Pr.T Es el activo fijo promedio de la parte
analizada.
IME Pr.C Es el activo fijo promedio de la
com-pañía comparable.
CxP Pr.T Son las cuentas por pagar promedio
de la parte analizada.
CxP Pr.C Son las cuentas por pagar promedio
de la compañía comparable. Denom IU Es el denominador de la razón
em-pleada como indicador de utilidad (Ver anexo C).
Num. IUc Es el numerador de la razón emplea-da como indicador de utiliemplea-dad (Ver anexo C).