DERECHOS Y MALTRATO
DERECHOS Y MALTRATO
INFANTIL
INFANTIL
en especial de los niños (a).
en especial de los niños (a).
La violencia alcanza dimensiones de la vida social que en ocasiones la hace menos visible,
La violencia alcanza dimensiones de la vida social que en ocasiones la hace menos visible,
pero no por ello menos nociva para la vida de los colombianos.
pero no por ello menos nociva para la vida de los colombianos.
Estas formas de violencia
Estas formas de violencia
son:
son:
Viole
Violencia
ncia intrafamiliar
intrafamiliar
Maltrato
Maltrato infantil
infantil
Que por lo cotidianos y por considerarse asociados a la cultura no son identificados, ni
Que por lo cotidianos y por considerarse asociados a la cultura no son identificados, ni
atendidos en forma oportuna y efectiva.
atendidos en forma oportuna y efectiva.
Según datos del plan de acción a favor de la infancia, 2 millones de niños son maltratados
Según datos del plan de acción a favor de la infancia, 2 millones de niños son maltratados
cada año, 850.000 en forma severa. En Colombia el maltrato físico es el más frecuente
cada año, 850.000 en forma severa. En Colombia el maltrato físico es el más frecuente
reportado aunque el maltrato emocional parece ser más prevalente 4.3 % de niños (a) son
reportado aunque el maltrato emocional parece ser más prevalente 4.3 % de niños (a) son
1. OBJETIVOS
GENERAL:
Elaborar un protocolo, por medio del cual se establezcan criterios técnicos- científicos, de
intervención necesarios para la promoción del buen trato y maltrato infantil, detección
temprana de vulneración de derechos y el seguimiento respectivos de los mismos
ESPECÍFICOS:
Conocer y socializar los derechos de los niños.
Conocer los mecanismos y agentes de apoyo del estado para el restablecimiento de los
derechos.
2. ALCANCE:
Este protocolo aplica para todos los niños y niñas del CDI, de forma que a
través de él se pueda identificar los diferentes factores, que promueven la vulneración de
los derechos.
3. DEFINICIONES
VULNERACIÓN:
se considera vulneración cuando se agrede o viola los derechos a una
persona, en nuestro caso a un menor.
BUEN TRATO:
se enfoca sobre el reconocimiento de los otros. Reconocimiento que se da
como personas, como seres humanos, desde una forma de relación que permita visualizar
todos los aspectos positivos y el punto de vista del otro.
MALTRATO INFANTIL:
Toda acción u omisión que interfiera negativamente en el sano
desarrollo físico, mental o emocional de un menor, causado por un adulto a cuyo cuidado se
encuentra el menor.
MALTRATO FÍSICO:
Es una acción no accidental por parte del padre, la madre, o de
ambos que provoca daño físico o enfermedad en el niño o la niña o les coloca en grave
riesgo de padecerlo.
NEGLIGENCIA:
Aquella situación en la que las necesidades físicas básicas del niño o la
niña no son atendidas temporal o permanentemente por parte de las personas responsables
de su cuidado.
MALTRATO PRENATAL:
Falta de cuidado, por acción u omisión, del cuerpo de la
futura madre o auto-suministro de sustancias o drogas que, de una manera consciente o
inconsciente, perjudica al feto
.
ABANDONO LITERAL:
El niño o la niña se encuentran en una situación de ausencia
total de protección porque no tienen padres, tutores o guardadores o estos han renunciado a
cumplir con sus deberes.
4. RESPONSABILIDADES
Es responsabilidad de los padres brindarles a sus hijos un ambiente sano y agradable.
Es responsabilidad de las docentes detectar a tiempo posibles abusos y maltrato por parte de
los padres o cuidadores.
Es responsabilidad del apoyo psicosocial y salud y nutrición capacitar y educar a los padres
por medio de talleres sobre los derechos de los niños,
Es responsabilidad del apoyo psicosocial y salud y nutrición una vez detectada la
vulneración del derecho asistir a las familias para tratar el tema específico.
Es responsabilidad de la coordinación tomar las medidas correctivas necesarias,
informando a los entes especializados, si la asistencia técnica no tuvo resultados óptimos
5. CONSIDERACIONES GENERALES
Derecho a la libertad y seguridad personal: no podrán ser detenidos ni privados de su
libertad los niños, niñas y adolescentes, salvo por las causas que contempla el Sistema de
Responsabilidad para Adolescentes.
Derecho a la custodia y cuidado personal: es obligación de los padres y adultos
responsables de los niños.
Derecho a los alimentos, todo lo que requiere el niño, niña o adolescente para su desarrollo
integral: alimentos, vestido, habitación, educación, recreación y salud.
Derecho a la identidad: deben ser inscritos en el registro civil de nacimiento.
Derecho al desarrollo integral en la primera infancia: los niños de 0 a 6 años deben ser
atendidos en servicios de nutrición, ser protegidos contra peligros físicos, y tener el
esquema completo de vacunación.
Derecho a la recreación, participación en la vida cultural y en las artes.
Derecho a la intimidad: serán protegidos de todas las acciones que afecten su dignidad.
6. REQUISITOS ESPECÍFICOS
6.1.
SITUACIONES
DE
INGRESO
AL
PROCESO
DE
RESTABLECIMIENTO DE DERECHOS.
Se consideran tres situaciones o formas en las cuales los derechos de los niños son
propensos a ser violados.
Situación de Inobservancia:
Consiste en el incumplimiento, omisión o negación de acceso
a un servicio, o de los deberes y responsabilidades ineludibles que tienen las autoridades
administrativas, judiciales, tradicionales nacionales o extranjeras, actores del Sistema
Nacional de Bienestar Familiar, sociedad civil y personas naturales, de garantizar, permitir
o procurar el ejercicio pleno de los derechos de los niños, niñas o adolescentes nacionales y
extranjeros que se encuentren en el territorio colombiano o fuera de él.
Ministerio Público:
Procuraduría General de la Nación
Defensoría del Pueblo
Personerías distritales y municipales.
Policía Nacional:
Policía de la Infancia y la Adolescencia.
A nivel municipal donde no haya Defensor de Familia, el Comisario de Familia asumirá
esas funciones y en su ausencia le corresponderá al:
Inspector de Policía
Autoridad Tradicional
6.3.
PROCEDIMIENTO ANTE LA VULNERACIÓN DE DERECHOS:
POR PARTE DEL ESTADO:
Existen dos procedimientos:
Administrativo:
Son las diferentes actuaciones que desarrolla la autoridad competente
(Defensor de Familia, Comisario de Familia o Inspector de Policía) tendientes al
restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Este procedimiento
puede durar máximo seis (6) meses con el fin de practicar las pruebas y diligencias
tendientes a proteger a los niños y adolescentes cuando sus derechos han sido vulnerados.
Igualmente se toman las medidas de protección en favor de los niños.
Judicial:
Es el proceso que realiza el Juez de Familia con el fin de adoptar medidas de
protección para los niños, niñas y adolescentes a quienes se les han vulnerado sus derechos.
El estudio del entorno familiar y la identificación tanto de elementos protectores
(Apoyo Psicosocial )
6.4.
RUTA ADECUADA ANTE LA VULNERACIÓN DE DERECHOS
Una vez detecta la vulneración de derechos se debe ir en e l siguiente orden:
Agente educativo (Docente)
Apoyo Psicosocial o Salud y nutrición (dependiendo en caso).
Informe al coordinador del CDI
Padres de Familia (Visita entre otras)
Entes reguladores (Secretaria de salud, comisaria etc., dependiendo el caso)
VULNERACI N DE
DERECHOS
COMO RECONOCERLO
(sospecha de la vulneración)
ACCIONES A TOMAR
POR PARTE
DEL CDI
INSTANCIAS
SEGUIMIENTO
Ingreso al sistema
general de salud
Se considera vulneración de derecho si al niño o niña no se le presta atención por parte del centro de salud en caso de no poseer afiliación al sistema de salud. Por tal razón debemos revisar las carpetas de los niños para conocer si los poseen o no y cooperar en ladebida gestión.
Carta de compromiso al papa para que lo gestione.
Oficio a secretaria de salud para informar el caso.
La coordinadora tomara los correctivos necesarios, si los padres no cumplen con los compromisos.
El encargado de salud y nutrición para el derecho de petición al ente respectivo si la secretaria de salud no responde a tiempo con la solicitudes
Revisión constante de carpetas y seguimiento a los compromisos de los papas. Usar los formatos
requeridos
Vacunación
actualizada
Carta de compromiso al papa para que se comprometa a diligenciarlo.
Crecimiento y
desarrollo actualizado
Carta de compromiso al papa para que se comprometa a diligenciarlo.
asistencia en cualquier Camú u Hospital
Registro Civil de
nacimiento
Revisar si el niño tiene registro civil de nacimiento
Carta de compromiso al papa para que lo gestione.
Pasar oficio a la registraduria.
Maltrato físico:
Es toda agresión física a un menor causado por parte de los padres, personas del grupo familiar o cuidadores. Puede ser de intensidad leve, moderada o grave y su ocurrencia
Debe existir la sospecha o indicios que existen y que si se indaga sobre factores de riesgo, se aumenta la probabilidad de detectarlo de
manera precoz y oportuna. Cuando hay sospecha se debe:
Evidenciar lesiones físicas fuera de lo normal. Tales
Diariamente los niños (@), a su llegada al CDI, son revisados por las docentes, para detectar cualquier evidencia física en sus cuerpos; si se presenta dicha eventualidad se llena el formato respectivo, y si
Si la intervención de CDI no dio resultados óptimos y el maltrato sigue , debemos remitir el caso a las entidades encargadas: Comisaria de familia Centro zonal Se pretende evaluar la eficacia de la intervención realizada y evitar que se repita el problema. Dependiendo de la complejidad del caso, pueden
recurrente. Piel y tejidos blandos Edema (inflamación) Equimosis y Hematomas (Moretones), en cara, extremidades, nalgas o tronco. Cicatrices que evidencian el objeto con el que fueron hechas: quemaduras con cigarrillos, plancha, líquidos, en pies, manos, espalda o nalgas, Heridas profundas en tejidos blandos de cavidad oral entre otras.
Actitudes psicosociales de esto niños hacia otros y hacia el entorno
Corroborar el diagnóstico del menor sospecha, especialmente cuando no hay correlación entre la información que se ha obtenido en la ficha de
de violencia física o síntoma de dolor, se hace pasar al CDI.
Cuando no se ha detectado algo a simple vista, pero se sospecha de este tipo de abuso, informar al responsable (apoyo psicosocial y salud y nutrición) encargado para que tome los correctivos necesarios. Juzgado de familia En su defecto: Policía Personería Procuraduría Defensoría Fiscalía personas de la comunidad hasta personal especializado en salud o del área legal. En caso de maltrato físico leve se debe realizar evaluación a la semana de intervenido el caso y visitas domiciliarias al mes, a los cuatro meses y al año En caso de maltrato físico grave se debe efectuar evaluación permanente hasta determinar que está fuera de peligro, y visitas
hallazgos al examen físico y/o las pruebas de laboratorio.
Percatarnos de la actitud de los padres, es decir, cuando es francamente hostil o cuando son demasiado solícitos frente a un niño atemorizado y muy callado. Si existe control extremo de un padre sobre el otro, se niegan a responder preguntas o se han demorado en buscar ayuda.
dos meses, a los seis meses y al año. Citaciones
periódicas del menor y su familia.
Maltrato emocional o
psicológico:
Cuenta de los efectos adversos sobre la conducta, la emocionalidad, la
Pueden presentarse los siguientes síntomas.
Angustia marcada ante el llanto de otros niños
Durante la atención es importante crear conciencia, tanto en el niño o niña como en la familia, de los factores que desencadenan el
Si la intervención de CDI no dio resultados óptimos y el maltrato sigue , debemos remitir el caso a las entidades especializadas: Pretende garantizar que se suministre el tratamiento de la complejidad necesaria.
capacidad de adaptarse al medio, de un menor, producidos por la actitud de un adulto, la cual puede enmarcarse como alejada y ajena a toda conducta con sentido constructivo, educativo o protector para con el menor.
Agresividad y negativismo. Demasiada movilidad o excesiva quietud Miedo de ir a la casa o a la escuela. Hábitos desordenados Tartamudeo, comerse las uñas, tics
Rechazo a recibir ayuda Intentos de suicidio, entre otros alternativas para su solución que no impliquen actos violentos. El personal de salud debe proporcionarle seguridad al niño o niña, debe evitar los juicios de valor, debe transmitirle la certeza de poder contar con su atención cuando éste la requiera. Puede ser conveniente sugerirle a la familia que asista a grupos de apoyo como la escuela de padres, o grupos comunitarios de autoayuda.
Para los casos de maltrato psicológico de mayor severidad, la responsabilidad del personal de salud del primer n ivel es remitir al
familia Centro zonal ICBF Juzgado de familia En su defecto: Policía Personería Procuraduría Defensoría Fiscalía Es responsabilidad del personal de salud (según corresponda, psicólogo) realizarlo. Debe remitirse cuando requiera tratamiento especializado
para la atención especializada y hacerle seguimiento para garantizarla.
Se debe llevar un registro de todos los casos de maltrato, especificando
“tipo”, para fundamentar
las políticas y acciones de promoción, prevención y atención
Abuso sexual:
Contacto o interacción entre un menor y un adulto, en el que el menor es utilizado para la satisfacción sexual del adulto o de terceros,desconociendo el desarrollo psicosexual del menor. El abusador
Pueden presentarse los siguientes síntomas.
Dificultad para caminar o sentarse, dolor o molestias en el área genital, sangrado en boca, ano o vagina.
Infecciones urinarias a repetición.
Entrevista
con
los
padres:
Se recomienda entrevistar primero a los padres o acompañantes sin la presencia del menor, en orden a establecer los antecedentes médicos, realizar una revisión de síntomas por sistemas encaminada a identificarCuando se ha corroborado por estos dos medios el abuso inmediatamente se remite a: Denuncia ante la policía ICBF Fiscalía
Este debe ser de acuerdo a lo recomendado por el profesional
cuando es significativamente mayor que la víctima o tiene una posición de poder o control sobre el
menor
Miedo a dormir solo.
Regresión del lenguaje.
Temor a los adultos. Entre otros
pudieran ser indicativos de abuso sexual, que pueden sintetizarse en: cambios de conducta y quejas anogenitales. También se interroga por la historia familiar social y desarrollo del menor; teniendo en mente los factores de riesgo y de protección. Luego se pregunta por el abuso sexual; nunca enfrente del niño(a). Deben conocerse las palabras que el menor utiliza para referirse a sus genitales. Debe recolectarse toda la información posible sobre el abuso de fuentes diferentes antes de la entrevista con el niño(a).
Entrevista con los niños:
Medicina legal para el examen
por parte del profesional en psicología, teniendo mucho tacto y cuidado en la forma de como se hace. Cuando hay circunstancias en las que el médico no debe invitar al niño a describir el abuso: cuando el menor parece no tener deseo, o es demasiado pequeño(a) para hablar, en estos
casos el médico debe obtener la mayor información del adulto y determinar la mejor manera de hacer las preguntas diagnósticas y terapéuticas correspondientes al caso.
Gestación y maltrato
: Son consideran Los siguientes comportamientos sonCapacitar a las futuras madres que están en
conductas que por acción u omisión agreden a la mujer embarazada poniendo en peligro el desarrollo normal del feto. Su gravedad está dada según el riesgo directo o indirecto para el desarrollo del niño por nacer. Indudablemente para que el feto llegue al nacimiento en las mejores condiciones de vida, la madre debe haber sido atendida, pues la atención prenatal es determinante. Adicionalmente a esto es importante considerar el amplio espectro de las madres
la Gestación: Inasistencia a controles prenatales. Consumo de alcohol, tabaco, drogas, medicamentos y otros. Mala alimentación. Estados depresivos causados por el embarazo.
administra, sin precaución suficiente, drogas teratogénicas y aquellas que aún a sabiendas de su gestación ingieren drogas altamente tóxicas para sí mismas y para sus futuros bebés.
Negligencia:
Deprivación de los elementos básicos, cuando se pueden brindar, necesarios para garantizar el desarrollo armónico e integral del niño (a) (alimentación,educación, salud, cuidado, afecto, entre otros). Puede ser
Se pude evidenciar por los siguientes síntomas: Retardo en el desarrollo psicomotor Desnutrición Diarrea, infecciones respiratorias y en la piel a repetición
Mal estado de la dentadura
Descuidos con objetos o sustancias peligrosas
Llanto injustificado
Plan de formación a padres de familia; por
medio de talleres formativos, en: Riesgos en la salud. EDA e IRA. Higiene personal y autocuidado Entre otros.
Seguimiento por visitas domiciliarias a las familia y si no funciona, remitir al ICBF para que tome cartas en el asunto ya que los padres tienen descuidado al menor.
El correspondiente según el
profesional en salud.
período o evento determinado como una enfermedad; o permanente, por ejemplo el abandono de un niño o niña con alguna discapacidad
inadecuada
Trastorno del habla
Ausencia de cuidados médicos mínimos. Entre otros