UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA EQUINOCCIAL DIRECCIÓN GENERAL DE POSGRADOS
TRABAJO DE GRADO
PARA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE: MASTER EN AUDITORIA Y FINANZAS
“EVALUAR EL EFECTO DEL INCREMENTO DEL NÚMERO DE VÍCTIMAS Y DE LOS COSTOS DE LOS ACCIDENTES DE TRÁNSITO EN LA SITUACIÓN
FINANCIERA Y TÉCNICA DE LAS EMPRESAS QUE OPERAN EN EL SEGURO OBLIGATORIO DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO EN EL ECUADOR”
AUTORA:
Aída Myriam Puebla Cueva
Director
Eco. Mauricio Rojas Celi, MBA
DECLARACIÓN DE AUTENTICIDAD
Yo, AIDA MYRIAM PUEBLA CUEVA, declaro que el trabajo aquí descrito es de mi autoría; que no ha sido previamente presentado para ningún grado o calificación profesional; y, que he consultado las referencias bibliográficas que se incluyen en este documento.
La Universidad Tecnológica Equinoccial puede hacer uso de los derechos correspondientes a este trabajo, según lo establecido por la Ley de Propiedad Intelectual, por su Reglamento y por la normativa institucional vigente.
_______________________
CERTIFICACIÓN DE TUTORÍA
Por medio de la presente certifico, que la Señora. Aida Myriam Puebla Cueva. Ha realizado bajo mi tutoría la Tesis “Evaluar el efecto del incremento del número de víctimas y de los costos de los accidentes de tránsito en la situación financiera y técnica de las empresas que operan en el seguro obligatorio de accidentes de tránsito en el Ecuador”.
Cumpliendo los objetivos y lineamientos planteados para la ejecución de la misma, en base a los requisitos que expide la Universidad Tecnológica Equinoccial, para la obtención del título de Magister en Auditoría y Finanzas.
Atentamente
DEDICATORIA
A Dios, por concederme fortaleza y persistencia para alcanzar una meta más de mi vida y muy deseada a pesar del tiempo que ha transcurrido para volver a la universidad.
A mis hijos, Xavier, Raúl y Elizabeth por sus constantes demostraciones de amor y apoyo para seguir adelante.
AGRADECIMIENTO
A Dios, por permitirme llegar hasta este momento tan importante de mi vida y lograr otra meta más en mi carrera profesional.
A los señores profesores de Posgrados de la Universidad Tecnológica Equinoccial y Tutor de Tesis, Econ. Mauricio Rojas Celi, por compartir sus conocimientos y guiarme para desarrollar y culminar el presente trabajo.
Al Dr. Fernando Uzcátegui Altamirano, Intendente Nacional del Sistema de Seguro Privado de la Superintendencia de Bancos y Seguros, quien apoyó con información para la elaboración de la presente investigación.
Al señor Leonardo Vélez Aguirre, MSc, Actuario Matemático, por su ayuda en la técnica estadística aplicada en este estudio.
TABLA DE CONTENIDO.
DECLARACIÓN DE AUTENTICIDAD ... II CERTIFICACIÓN DE TUTORÍA ... III DEDICATORIA ... IV AGRADECIMIENTO ... V RESUMEN ... XII ABSTRACT ... XIII
INTRODUCCIÓN ... 1
CAPITULO I ... 2
EL PROBLEMA ... 2
1.1 PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA ... 2
1.2 FORMULACIÓN DEL PROBLEMA ... 3
1.3 SISTEMATIZACIÓN DEL PROBLEMA ... 4
1.4 OBJETIVOS DE INVESTIGACIÓN ... 4
1.4.1 Objetivo General ... 4
1.4.2 Objetivos Específicos ... 4
1.5 JUSTIFICACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN ... 5
1.6 ALCANCE DE LA INVESTIGACIÓN ... 5
CAPITULO II ... 7
MARCOS DE REFERENCIA ... 7
2.1 ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN ... 7
2.2 MARCO LEGAL DEL ECUADOR ... 9
2.2.1 Constitución de la República del Ecuador ... 9
2.2.2 Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial y Reglamento General. ... 9
2.2.3 Ley General de Seguros y Reglamento General ... 11
2.2.4 Código de Comercio ... 19
2.3 MARCO TEÓRICO CONCEPTUAL ... 19
2.3.1 Seguridad Vial ... 19
2.3.2.1 Características de la empresa de seguros ... 27
2.3.2.2 Mercado Asegurador Ecuatoriano ... 29
2.3.2.3 Control y Vigilancia de las empresas de seguros... 30
2.4 PROPOSICIONES DE LA INVESTIGACIÓN ... 31
2.4.1 Proposición general ... 31
2.4.2 Proposiciones específicas ... 31
2.5 VARIABLES ... 32
2.6 MARCO METODOLÓGICO ... 32
2.6.1 Diseño de la investigación ... 32
2.6.2 Tipo de la investigación ... 33
2.6.3 Métodos de la investigación ... 33
2.6.4 Población ... 34
2.6.5 Técnicas e instrumentos de recolección de datos ... 34
2.6.6 Análisis técnico ... 35
CAPITULO III ... 36
SEGURO OBLIGATORIO DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO ... 36
3.1 SEGURO OBLIGATORIO DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO EN COLOMBIA ... 37
3.1.1 Situación de los Accidentes de Tránsito en Colombia ... 37
3.1.2 Marco Normativo del SOAT en Colombia ... 40
3.1.3 Análisis del Mercado del SOAT en Colombia ... 44
3.2 SEGURO OBLIGATORIO DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO EN EL PERÚ .. 47
3.2.1 Situación de los Accidentes de Tránsito en el Perú ... 47
3.2.2 Marco Normativo del SOAT en Perú. ... 52
3.2.3 Análisis del Mercado del SOAT en Perú ... 55
3.3 SEGURO OBLIGATORIO DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO EN ECUADOR 58 3.3.1 Situación de los Accidentes de Tránsito en el Ecuador ... 58
3.3.2 Marco Normativo del SOAT en Ecuador ... 63
3.3.3 Análisis del Mercado del SOAT en Ecuador ... 70
3.3.3.1 Principales Variables del SOAT ... 71
3.4 ANÁLISIS COMPARATIVO DE LOS SISTEMAS DEL SOAT EN COLOMBIA,
PERÚ Y ECUADOR. ... 89
CAPITULO IV. ... 92
SITUACIÓN TÉCNICA DEL SOAT DE LAS EMPRESAS DE SEGUROS QUE OPERAN EN EL RAMO SOAT ... 92
4.1 PRINCIPALES VARIABLES DEL SOAT ... 92
4.1.1 Primas ... 92
4.1.2 Siniestros ... 94
4.1.3 Cesión de Riesgos ... 95
4.1.4 Resultado Intermediación ... 96
4.1.5 Resultado Técnico ... 97
4.2 INCIDENCIA DEL SOAT EN LOS RESULTADOS TÉCNICOS Y FINANCIEROS DE LAS EMPRESAS DE SEGUROS. ... 98
CAPITULO V ... 101
CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES ... 101
5.1 CONCLUSIONES ... 101
5.2 RECOMENDACIONES ... 104
BIBLIOGRAFÍA ... 107
INDICE DE CUADROS.
Cuadro N° 2-1 Muertos y heridos por accidentes de tránsito periodo 2008-2010 ... 8
Cuadro N° 3-1 Número de accidentes de tránsito en Colombia 2003-2012 ... 37
Cuadro N° 3-2 Número de heridos por accidentes de tránsito 2003 -2012 ... 37
Cuadro N° 3-3 Número de muertes por accidentes de tránsito 2003 -2012 ... 38
Cuadro N° 3-4 Principales variables del SOAT en Colombia (En miles de pesos) ... 45
Cuadro N° 3-5 Tarifas del SOAT 2013 y 2014 ... 46
Cuadro N° 3-6 Principales variables del SOAT por compañía 2013- (En miles de pesos colombianos) ... 47
Cuadro N° 3-7 Parque automotor del Perú ... 48
Cuadro N° 3-8 Número de accidentes de tránsito 2002-2012 ... 48
Cuadro N° 39 Número de heridos y muertos por accidentes de tránsito en el Perú, 2002 -2012 ... 49
Cuadro N° 3-10 Accidentes de tránsito en zona urbana y carretera ... 49
Cuadro N° 3-11 Tipo de accidente y zonas 2007-2012 ... 50
Cuadro N° 3-12 Muertes por cada 1000 accidentes y por cada 10.000 vehículos 2002– 2012, Perú ... 50
Cuadro N° 3-13 Certificados SOAT a nivel Nacional ... 56
Cuadro N° 3-14 Primas netas del ramo SOAT por compañías (En miles de nuevos soles) ... 56
Cuadro N° 3-15 Siniestros pagados por empresa de seguros (en miles de nuevos soles) . 57 Cuadro N° 3-16 Siniestralidad del ramo soat por empresa ... 58
Cuadro N° 3-17 Serie histórica de número de vehículos matriculados por uso (1997-2013) ... 59
Cuadro N° 3-18 Accidentes de tránsito en el Ecuador ... 60
Cuadro N° 3-19 Número de accidentes de tránsito y de víctimas periodo 2007 a 2013 .... 60
Cuadro N° 3-20 Número de muertos y heridos periodo 2007 A 2013 ... 61
Cuadro N° 3-21 Accidentes por causas probables a nivel nacional ... 62
Cuadro N° 3-22 Clases de accidentes de tránsito a nivel nacional ... 63
Cuadro N° 3-23 Modelo de asignación de pesos por año ... 71
Cuadro N° 3-24 Número de víctimas atendidas por las compañías de seguros ... 72
Cuadro N° 3-26 Proyección de víctimas ... 72
Cuadro N° 3-27 Primas del SOAT - periodo 2008-2013 ... 73
Cuadro N° 3-28 Proyecciones de primas del SOAT ... 74
Cuadro N° 3-29 Transferencias al FONSAT por concepto de recargos ... 75
Cuadro N° 3-30 Siniestros pagados por compañías de seguros ... 75
Cuadro N° 3-31 Siniestros pagados por el FONSAT ... 76
Cuadro N° 3-32 Total siniestros pagados por aseguradoras y FONSAT ... 76
Cuadro N° 3-33 Siniestros proyectados ... 77
Cuadro N° 3-34 Cesión de riesgos ramo SOAT ... 78
Cuadro N° 3-35 Comisiones pagadas a asesores productores de seguros del ramo SOAT 79 Cuadro N° 3-36 Proyecciones de comisiones pagadas a intermediarios de seguros ... 80
Cuadro N° 3-37 Comisiones recibidas de los reaseguradores en el ramo SOAT ... 80
Cuadro N° 3-38 Gastos de administración del ramo SOAT ... 81
Cuadro N° 3-39 Resultado técnico del SOAT 2008-2013 ... 82
Cuadro N° 3-40 Resultado técnico proyectado del sistema SOAT ... 86
Cuadro N° 3-41 Primas de los principales ramos 2008-2013 ... 86
Cuadro N° 3-42 Siniestralidad del Mercado Vs. Siniestralidad del SOAT ... 87
Cuadro N° 3-43 Tasa de Utilidad Técnica del Mercado Vs. Tasa de Utilidad Técnica del SOAT ... 88
Cuadro N° 4-1 Primas del SOAT por compañía - periodo 2008-2013 ... 92
Cuadro N° 4-2 Primas proyectadas por compañía ... 93
Cuadro N° 4-3 Transferencias al FONSAT por concepto de primas- período 2008-2013 94 Cuadro N° 4-4 Siniestros pagados del ramo soat 2008-2013 ... 94
Cuadro N° 4-5 Siniestros proyectados por compañía ... 95
Cuadro N° 4-6 Cesión de riesgos a reaseguradores 2008-2013 ... 96
Cuadro N° 4-7 Resultado de intermediación por compañía ... 96
Cuadro N° 4-8 Resultado técnico de las empresas de seguros ... 97
Cuadro N° 4-9 Resultado técnico del SOAT vs. Resultado técnico total y resultado del ejercicio 2013 ... 98
INDICE DE GRÁFICOS
RESUMEN
El presente trabajo está orientado a la investigación, análisis y evaluación del efecto del incremento del número de víctimas y de los costos de los accidentes de tránsito en la situación financiera y técnica de las empresas que operan en el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, SOAT, en el Ecuador. Para conseguir este objetivo se requiere de un análisis de los accidentes de tránsito en el país, de los costos cubiertos por las aseguradoras, autorizadas por la Superintendencia de Bancos y Seguros a operar en esta cobertura, de los resultados técnicos obtenidos por estas entidades en el período 2008-2013, incluyendo la información de la siniestralidad asumida por el Fondo de Accidentes de Tránsito, FONSAT, entidad del estado que es responsable de indemnizar a las víctimas de accidentes de tránsito ocasionados por vehículos no identificados o vehículos que circularon sin el SOAT. Además se realiza un estudio comparativo del comportamiento de este seguro en los países de Colombia y Perú y el resultado técnico que obtendrá la operación del SOAT en nuestro país en los años 2014, 2015 y 2016.
Las técnicas utilizadas se refieren al análisis datos históricos y proyección de cifras de mediante el uso de técnicas estadísticas, cuyos resultados determinan que el incremento de los accidentes de tránsito en el país ocasionarán que el sistema SOAT, conformado por las empresas de seguros y el FONSAT para el año 2016, obtendrá una pérdida técnica, es decir, que las primas que se cobrarán por esta cobertura no cubrirán los costos de siniestros.
Sin embargo de los resultados obtenidos, es necesario mencionar que el SOAT tiene un impacto de gran trascendencia en el ámbito social, tal como lo muestran las cifras en cuanto a atención de personas, por lo que se deberá continuar realizando los mayores esfuerzos, en coordinación con los diferentes actores involucrados, para el desarrollo y mejora permanente del SOAT, pues va en beneficio del bienestar de la sociedad en su conjunto.
ABSTRACT
The present work is focused on research, analysis and evaluation of the effect of increasing the number of victims and the costs of traffic accidents in financial and technical situation of companies operating in the Compulsory Traffic Accident Insurance, SOAT in Ecuador. To achieve this objective requires an analysis of traffic accidents in the country, costs covered by insurance, authorized by the Superintendencia de Bancos y Seguros to operate in this coverage, the technical results obtained by these entities in the period 2008-2013, including information in claims assumed by the Fondo de Accidentes de Tránsito, FONSAT, state agency that is responsible for compensating victims of traffic accidents caused by unidentified vehicles or vehicles that circulated without SOAT. Also a comparative study of the behavior of this insurance in the countries of Colombia and Peru and the technical result you will get SOAT operation in our country in the years 2014, 2015 and 2016 is performed.
The techniques relate to historical data analysis and projection of figures using statistical techniques, the results determine that the increase in traffic accidents in the country will cause the SOAT system, comprising insurance companies and FONSAT 2016, get a technical loss, the premiums to be charged for this coverage will not cover claims costs. However the results obtained, it is necessary to mention that the SOAT has an impact of great importance in the social field, as shown by the figures for care of people, so it should continue to make every effort, in coordination with the different actors involved in the development and continuous improvement of SOAT, as it is beneficial to the welfare of society as a whole.
INTRODUCCIÓN
El seguro por su naturaleza constituye un elemento importante en los aspectos económico y social del país, porque facilita la gestión de riesgos de los agentes económicos del mercado a través de la transferencia, ofreciendo los beneficios de los seguros de vida, patrimoniales y otros seguros generales frente al futuro, el cual siempre será incierto y como consecuencia de aquello, actúa como estabilizador y promotor del desarrollo. Estabilizador, porque frente a las pérdidas de vidas, bienes y daños al patrimonio, a través de las indemnizaciones hará posible que la familia continúe con su forma de vida, el empresario reponga los medios de producción y el Estado proteja sus activos. Promotor del desarrollo porque continuará inyectando recursos financieros a través de la inversión obligatoria de las reservas técnicas, capital pagado y reserva legal, promoviendo la inversión a largo plazo, contribuyendo de esta manera a la generación del producto interno bruto, empleo y bienestar social.
CAPITULO I EL PROBLEMA
1
1.1 Planteamiento del problema
El Informe de la Organización Mundial de la Salud de 2013 sobre la situación de seguridad vial, señala que el Ecuador registra el segundo índice más alto de muertes causadas por accidentes de tránsito en América del Sur: 27 fallecimientos por cada 100 mil habitantes, índice que se sitúa por encima del promedio regional, que es de 22,1 (Comercio, 2014).
Los datos estadísticos publicados por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, INEC, reflejan que entre los años 2007 al 2013 el número de accidentes de tránsito subieron en el 44% y el número de víctimas se incrementaron en el 80% víctimas por accidentes de tránsito subieron en el 80% que incluyen: muertos 14,070 y heridos 118,629, incrementándose en el 23% y 88%, respectivamente (Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, 2013).
Víctor Jiménez de la Fundación Covial indica que el costo para el país de los accidentes de tránsito sería de US$600 millones anuales considerando el último informe oficial realizado por el ex Consejo de Tránsito y Transporte Terrestre, actualmente la Agencia Nacional de Tránsito, el año 2007, el cual determinó un costo anual por accidentes de tránsito de US$545.73 millones (Diario, Comercio, 2012).
nacional, deberá estar asegurado con un Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, SOAT, el que puede ser contratado únicamente con las empresas de seguros autorizadas por la Superintendencia de Bancos y Seguros para operar en el ramo SOAT, las cuales están obligadas a expedir el seguro o a renovarlo, a petición del solicitante y previo el pago de la prima, sin distinción alguna. Estas entidades no podrán negarse a emitir el seguro o a renovarlo, caso contrario serán sancionadas conforme lo establece el artículo 37 de la Ley General de Seguros (Presidencia de la Republica, 2012).
Por lo expuesto, las aseguradoras que operen en el ramo SOAT, deberán pagar indemnizaciones por muerte o incapacidad parcial o permanente, gastos por la atención médica, hospitalaria, farmacéuticos y de transporte en que se incurran para atender a los lesionados de un accidente de tránsito, de acuerdo a los límites señalados en la póliza.
Considerando el impacto económico que representa el incremento de las víctimas y de los costos de los accidentes de tránsito que han sido cubiertos por el SOAT, es necesario diagnosticar la situación técnica de la operación del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito del país en los próximos tres años con base a los resultados técnicos obtenidos en el período 2008 -2013 de las aseguradoras autorizadas por la Superintendencia de Bancos y Seguros para emitir esta cobertura, incluyendo la información de la siniestralidad asumida por el Fondo de Accidentes de Tránsito, FONSAT, entidad del estado que es responsable de indemnizar a las víctimas de accidentes de tránsito ocasionados por vehículos no identificados o vehículos que circulan sin el SOAT, conforme con las disposiciones de los artículos 227 y 228 del Capítulo I.- Del Fondo de Accidentes de Tránsito, FONSAT, del Libro Quinto Del Aseguramiento, Título I Del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial y del Título III Del Fonsat y su Financiamiento del Reglamento General para la Aplicación de la mencionada Ley (Presidencia de la Republica, 2012).
1.2 Formulación del problema
1.3 Sistematización del problema
¿Qué factores inciden en el incremento de los accidentes de tránsito y del número de víctimas en el Ecuador en el período 2008-2013?
¿Qué variables inherentes a la actividad aseguradora pueden influir en la situación financiera y técnica de las aseguradoras?
¿Para qué se debe establecer la situación de solvencia de una aseguradora que emite pólizas SOAT?
¿Por qué se debe efectuar un análisis comparativo de los mercados del SOAT de Colombia, Perú y Ecuador?
¿Dónde y en qué período se efectuará la investigación como base del estudio propuesto?
¿Cómo se llevará a cabo el diseño de investigación y cuales los instrumentos y técnicas a emplear para tal efecto?
¿Quiénes serán los sectores interesados en conocer los resultados de la investigación propuesta?
1.4 Objetivos de investigación
1.4.1 Objetivo General
Determinar el efecto financiero y técnico que tendrán las empresas de seguros que operan en el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito en el Ecuador por el incremento del número de víctimas y de los costos de los accidentes de tránsito que cubrirá el SOAT.
1.4.2 Objetivos Específicos
Evaluar los factores que ocasionaron el incremento de los accidentes de tránsito y del número de víctimas en el período 2008-2013.
Determinar la capacidad de las empresas que operan en el SOAT para hacer frente o garantizar sus obligaciones a corto plazo.
Comparar los mercados del SOAT de Colombia y Perú con el mercado del Ecuador para analizar los resultados técnicos de esta cobertura.
1.5 Justificación de la investigación
El seguro obligatorio de accidentes de tránsito en el Ecuador se fundamenta en el derecho constitucional a la vida y a la integridad física de las personas; es un instrumento que garantiza la protección de cualquier ciudadano que sufra lesiones o la muerte por accidentes de tránsito, eventos que constituyen un problema creciente que afecta de forma desproporcionada a los grupos vulnerables de usuarios de la vía pública, en particular a los pobres.
Por lo expuesto es necesario que las empresas de seguros que operan en SOAT, tengan la capacidad de cumplir con sus obligaciones ante los asegurados aún en condiciones adversas del negocio. El presente estudio nos indicará la situación actual y futura de este seguro, que beneficia a las víctimas de los usuarios de la vía pública.
1.6 Alcance de la investigación
De acuerdo con la información que publica la Superintendencia de Bancos y Seguros en su página web, el estudio comprende la proyección de resultados en los próximos tres años del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito y de las doce empresas de seguros autorizadas a operar en el ramo SOAT, con base a los resultados obtenidos en el período comprendido entre el año 2008 al 2013, a saber:
1. Alianza Compañía de Seguros y Reaseguros S.A, 2. Bolívar Compañía de Seguros S.A.,
3. Coopseguros del Ecuador S.A. Compañía de Seguros y Reaseguros, 4. Interoceánica S.A. de Seguros y Reaseguros,
7. QBE Seguros Colonial S.A., 8. Rocafuerte Seguros S.A., 9. Seguros Oriente S.A., 10.Seguros Sucre S.A., 11.Seguros Unidos S.A., y
12.Sweaden Compañía de Seguros y Reaseguros S.A.
CAPITULO II
MARCOS DE REFERENCIA
2
2.1 Antecedentes de la investigación
El informe sobre prevención de los traumatismos causados por el tránsito, emitido por la Organización Mundial de Salud, OMS y el Banco Mundial en el año 2004, señala que las afectaciones a las personas causadas por el tránsito perjudican gravemente la salud pública y el desarrollo de los países. Estima que, cada año, en el mundo mueren 1,2 millones de personas por causa de choques en la vía pública y hasta 50 millones resultan heridas y que las proyecciones para los próximos veinte años las cifras se incrementarán en un 65%, si no se toman medidas de prevención que incluye la reforma de regulaciones y emisión de acciones de prevención (Organización Mundial de la Salud, 2004).
El segundo informe emitido por la Organización Mundial de la Salud en el año 2013, indica que las lesiones causadas por el tránsito es la octava causa mundial de muerte, y la primera entre los jóvenes de 15 a 29 años y que para el 2030 los accidentes de tránsito se convertirán en la quinta causa de muerte.
Se producen en todo el mundo aproximadamente 1,24 millones de muertes por accidentes de tránsito cada año, situación que no ha cambiado desde el 2007 por el aumento mundial del 15% en el número de vehículos registrados y las medidas tomadas por varios gobiernos para mejorar la seguridad vial, a fin de mitigar el aumento del número de muertes (Organización Mundial de la Salud, 2013).
En el Ecuador, el tratamiento de los problemas de tránsito de transporte terrestre lo aborda el Gobierno de la Revolución Ciudadana a través de la Agencia Nacional de Regulación y Control del Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, bajo las directrices del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Ministerio de Coordinación de Seguridad, instituciones que han emitido el documento “Estrategias de Seguridad Vial en el Ecuador 2013”, en el cual se expone las principales líneas de acción del Plan Nacional de Seguridad Integral, en concordancia con el Plan Nacional para el Buen Vivir, con el objeto de reducir el número de víctimas de accidentes de tránsito y paliar las consecuencias para los próximos años (Agencia Nacional de Regulación y Control del Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, 2013).
En este instrumento, la Agencia Nacional de Regulación y Control del Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial realiza un diagnóstico de la situación del Ecuador en la Seguridad Vial sobre las causas y factores de riesgo relacionados con el incremento de los muertos y heridos de los accidentes de tránsito en el país, el cual se presenta en el siguiente gráfico: (Agencia Nacional de Regulación y Control del Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, 2013; Bueno R. , 2004).
Cuadro N° 2-1 Muertos y heridos por accidentes de tránsito periodo 2008-2010
Víctor Jiménez de la Fundación Covial indica que el costo para el país de los accidentes de tránsito sería de US$600 millones anuales considerando el último informe oficial realizado por el ex Consejo de Tránsito y Transporte Terrestre, en el año 2007, el cual determinó un costo anual por accidentes de tránsito de US$545,73 millones (Diario, Comercio, 2012).
Conforme lo disponen la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial y su Reglamento General, las empresas de seguros autorizadas por la Superintendencia de Bancos para operar el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito y el Fondo de
PERIODO 2008 2009 2010
Variación 2009-2008
Variación 2010-2009
MUERTOS 1,964 2,008 2,313 2% 15%
HERIDOS 12,828 14,869 20,168 16% 36%
TOTAL VÍCTIMAS 14,792 16,877 22,481 14% 33%
Accidentes de Tránsito, FONSAT, deben cubrir o indemnizar a las víctimas los costos derivados de los accidentes de tránsito.
2.2 Marco legal del ecuador
2.2.1 Constitución de la República del Ecuador
La Constitución del Ecuador en el numeral 8 del artículo 3, señala que es deber del Estado garantizar el derecho a una cultura de paz y a la seguridad integral. El Art. 393 determina que el Estado garantiza la seguridad humana, mediante la configuración de políticas planificadas por el Gobierno, que aseguren la convivencia armónica y promuevan una cultura de paz, evitando el cometimiento de infracciones.
En el Capítulo Quinto.- Función de Transparencia y Control Social, Sección Cuarta que trata sobre las Superintendencias, se dispone en el artículo 213 que las superintendencias son organismos técnicos de vigilancia, auditoría, intervención y control de las actividades económicas, sociales y ambientales, y de los servicios que prestan las entidades públicas y privadas, con el propósito de que estas actividades y servicios se sujeten al ordenamiento jurídico y atiendan al interés general (Asamblea, Constitución de la República del Ecuador, 2008).
2.2.2 Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial y Reglamento General.
voluntario, que cubra a personas con relación a accidentes de tránsito, salud o medicina prepagada y se aplicarán en exceso a las coberturas del SOAT.
Esta ley orgánica dispone que este seguro ampara a las personas víctimas de un accidente de tránsito, conforme las coberturas, condiciones y límites asegurados que se establezcan en el Reglamento y que solo podrá ser emitido por las empresas de seguros legalmente establecidas en el país y autorizadas por la Superintendencia de Bancos y Seguros para operar en este ramo, las cuales están obligadas a asegurar cualquier vehículo a motor para el que se le solicitare el seguro, sin distinción de ninguna naturaleza, por lo que no podrán negarse a emitir la respectiva póliza o renovarla, según sea el caso.
Dispone además, que el cumplimiento de las obligaciones derivadas de las pólizas de seguro SOAT y la prestación de los servicios de salud que requieran las víctimas de tránsito, lo realizaran la Superintendencia de Bancos y Seguros y el Ministerio de Salud Pública, en el ámbito de sus competencias.
Mediante esta ley se crea el “Fondo de Accidentes de Tránsito” (FONSAT), que atenderá a las víctimas transportadas y no transportadas y deudos por accidentes ocasionados por vehículos no identificados o sin seguro obligatorio de accidentes de tránsito.
Los recursos económicos con los cuales este Fondo atenderá a las víctimas de los accidentes de tránsito provendrán de:
25% de las primas que las empresas de seguros autorizadas a operar cobrarán a la emisión de cada certificado.
15% por mes o fracción de mes de retraso en la renovación anual del SOAT.
Toda diferencia de la utilidad anual que obtengan las empresas de seguros que operan en el SOAT entre la siniestralidad real que cubrió el SOAT en el respectivo año ejercicio y la siniestralidad que se estimó para calcular las tarifas del SOAT.
Instruye que el FONSAT destinará los valores recaudados de la siguiente forma: 85% para el pago de las indemnizaciones que se deriven de accidentes provocados por vehículos no identificados o que no cuenten con el SOAT, y en un 15% para la promoción y difusión del SOAT y de actividades tendientes a disminuir los accidentes de tránsito y coadyuvar a mejorar el control de la circulación vehicular.
Las tarifas del SOAT respecto a las prestaciones médicas y honorarios médicos serán autorizadas por el Ministerio de Salud con el carácter de uniformes, obligatorias y fijas, las cuales podrán ser revisadas anualmente, en función del análisis de costo del servicio y las variables económicas que se produzcan en el país. La tarifa de primas será aprobada por la Superintendencia de Bancos y Seguros y tendrá el carácter de obligatoria y uniforme; podrá ser revisada anualmente en función de las obligaciones cubiertas por el SOAT, las expectativas de indemnizaciones futuras y de sus límites cuantitativos, teniendo como referencia la valoración conjunta de factores de riesgo objetivos y subjetivos de la técnica de seguros, realizada por las empresas de seguros autorizadas para operar en el ramo SOAT y por el FONSAT. La tarifa de primas tendrá vigencia de doce meses contados a partir del primero de enero de cada año (Asamblea Nacional, 2010).
2.2.3 Ley General de Seguros y Reglamento General
La Codificación de la Ley General de Seguros se emitió el 26 de noviembre de 2006, Registro Oficial No. 403 de 23 de noviembre de 2006 y su Reglamento General mediante Decreto N° 150 de 15 de junio de 1998.
Mediante la promulgación del Código Orgánico Monetario y Financiero publicado en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 332 de 12 de septiembre de 2014, se realiza reformas a la Ley General de Seguros, las cuales se mencionarán a continuación, considerando el tema que se investiga en el presente documento:
de seguro privado; las cuales se someterán a las leyes de la República y a la vigilancia y control de la Superintendencia de Bancos y Seguros.
Los artículos del 2 al 8 de la norma indican que el sistema de seguro privado está conformado por:
a) Todas las empresas que realicen operaciones de seguros; b) Las compañías de reaseguros;
c) Los intermediarios de reaseguros: d) Los peritos de seguros: y.
e) Los asesores productores de seguros.
Las empresas de seguros son las compañías anónimas constituidas en el territorio nacional y las sucursales de empresas extranjeras establecidas en el país y cuyo objeto exclusivo es el negocio de asumir directa o indirectamente o aceptar y ceder riesgos a base de primas y que podrán desarrollar otras actividades afines o complementarias con el giro normal de sus negocios.
Clasifica a las empresas de seguros generales, de seguros de vida y las que operaban hasta el 3 de abril de 1998, en conjunto en las dos actividades. Las empresas de seguros que se constituyeron a partir del 3 de abril de 1998, sólo podrán operar en seguros generales o en seguros de vida.
Las empresas de seguros generales, son aquellas que aseguren los riesgos causados por afecciones a la salud, pérdidas de los bienes o del patrimonio y los riesgos de fianza o garantías.
Las de seguros de vida, son las que cubren los riesgos de las personas o que garanticen a éstas dentro o al término de un plazo, un capital o una renta periódica para el asegurado y sus beneficiarios.
con la ley y cuyo objeto es el de otorgar coberturas a una o más empresas de seguros por los riesgos que éstas hayan asumido, así como, el realizar operaciones de retrocesión.
Los intermediarios de reaseguros, son personas jurídicas, cuya única actividad es la de gestionar y colocar reaseguros y retrocesiones para una o varias empresas de seguros o compañías de reaseguros (Asamblea Nacional, 2010).
Los peritos de seguros se clasifican en inspectores de riesgos que realizan actividades relacionadas a examinar y calificar los riesgos a asegurarse previo a la contratación del seguro y los ajustadores de siniestros que examinan las causas de los siniestros y valoran la cuantía de las pérdidas de acuerdo con las cláusulas de la póliza. El ajustador tendrá derecho a solicitar al asegurado la presentación de libros y documentos que estime necesarios para el ejercicio de su actividad.
Los asesores productores de seguros se dividen en agentes de seguros (personas naturales) y agencias asesoras productores de seguros (personas jurídicas). Su actividad es la de gestionar y obtener contratos de seguros para una o varias empresas de seguros autorizadas a operar en el país.
Las empresas de seguros serán solidariamente responsables por los actos ordenados o ejecutados por los agentes de seguros y las agencias asesoras productoras de seguros, dentro de las facultades contenidas en los respectivos contratos.
Capitales de constitución.- El artículo 14 de la Ley, reformado por el Código Orgánico Monetario y Financiero dispone que el capital pagado mínimo legal para la constitución de las compañías que conforman el sistema de seguro privado será el siguiente: a) De seguros de US$8.000.000; b) De reaseguros de US$13.000.000 y las compañías que operen en seguros y reaseguros el capital mínimo será de US$13.000.000. La Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera en cualquier momento podrá incrementar los requisitos mínimos de capital.
Los recursos para el aumento de capital pagado provendrán exclusivamente de:
a) Aportes en dinero que no podrán provenir de préstamos u otro tipo de financiamiento directo o indirecto concedidos por la propia empresa.
b) Del excedente de la reserva legal c) De las utilidades acumuladas; y,
d) De la capitalización de cuentas de reserva, siempre que estén destinadas a este fin (Asamblea Nacional, 2014).
Solvencia.- El Código Orgánico Monetario y Financiero sustituye el artículo 22 de la Ley General de Seguros, señalando que las empresas de seguros y compañías de reaseguros deberán mantener en todo momento los requerimientos de solvencia generales o por ramos que regule la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera considerando lo siguiente:
a) Régimen de Reservas Técnicas
b) Sistemas de Administración de Riesgos. c) Patrimonio Técnico.
d) Inversiones Obligatorias.
a.- Régimen de Reservas Técnicas.- Señala que deberán cubrir la totalidad de los riesgos asumidos por las empresas de seguros y compañías de reaseguros, debiendo constituir las referidas a riesgos en curso, matemáticos, catastróficos, para obligaciones pendientes (siniestros) y por desviación de siniestralidad.
Conforme con las disposiciones del artículo 21 de la Ley General de Seguros y 28 del Reglamento y la resolución JB-2013-2366 de 23 de enero de 2013, emitida por la ex Junta Bancaria que contiene la metodología de cálculo de las reservas técnicas, las empresas de seguros y compañías de Reaseguros deberán constituir mensualmente las siguientes, hasta que la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera emita la nueva regulación de reservas técnicas:
Reserva de riesgos en curso o prima no devengada o ganada.- Es el monto reservado de aquella parte de las primas emitidas que deben afectar el siguiente balance mensual o ejercicio económico; ésta refleja la porción no devengada de la prima, que corresponde a los pasivos con terceros tenedores de pólizas. Las entidades reportan al organismo de control en el formulario N° 315, documento que constituye un insumo para la supervisión.
Reservas Matemáticas.- Los seguros de vida comprenden principalmente los seguros de vida individual, rentas vitalicias y planes de pensiones. La reserva matemática de los seguros de vida y afines, representa el valor presente de la obligación de la empresa de seguros o compañía de reaseguros, neto del valor presente de las obligaciones del asegurado; su estimación se realiza sobre la base de cálculos actuariales.
Reserva para siniestros ocurridos y no reportados.- Las reservas serán calculadas utilizando el método denominado “triángulos de siniestralidad”, el cual se basa en un arreglo matricial que permite clasificar los montos de siniestros por períodos de ocurrencia y períodos de diferimiento en el pago de los siniestros. Los cálculos y actualización de las reservas de siniestros ocurridos y no reportados se realizarán de forma trimestral, fijando como fecha de cálculo el final de cada trimestre de cada año.
Reservas para desviación de siniestralidad y eventos catastróficos.- Es el monto de recursos que una empresa aseguradora deberá mantener en aquellos ramos en los cuales por sus características, la siniestralidad es poco conocida, altamente fluctuante, cíclica o catastrófica (Superintendencia de Bancos y seguros, 2013).
Reserva de insuficiencia de prima.- Esta reserva se constituye cuando el ingreso por primas es insuficiente para cubrir los siniestros, los gastos de liquidación de siniestros, costos de adquisición y gastos de administración de las pólizas y proporcionar un margen para utilidades.
Las reservas técnicas son obligaciones propias del negocio del seguro y reaseguro, deducibles para el impuesto a la renta.
b.- Sistema de Administración de Riesgos.- Las empresas de seguros y compañías de reaseguros deberán establecer sistemas eficientes y efectivos de administración y control de riesgos técnicos, mercado, liquidez, crédito y operativo.
c.- Patrimonio Técnico.- Los requerimientos de patrimonio técnico son parte del régimen de solvencia, el cual debe considerar no sólo la suficiencia de las reservas técnicas para cubrir todas las reclamaciones por siniestros y gastos esperados y algunos inesperados, sino también el capital suficiente para absorber pérdidas significativas inesperadas –al nivel no cubierto por las reservas técnicas- sobre los riesgos para los cuales el capital es requerido explícitamente, por lo que es de importancia implantar esquemas de regulación prudencial y de supervisión y control que generen una toma prudente de riesgos y garantizar que las entidades puedan, aún en condiciones adversas del negocio, cumplir con todos los contratos suscritos.
Para cumplir con este objetivo la ex Junta Bancaria emitió la resolución N° JB-2010-1792 del 16 de septiembre de 2010, que contiene las Normas sobre el Régimen de Capital Adecuado, que establece el requerimiento mínimo de recursos patrimoniales que las instituciones de seguros deben mantener para respaldar las desviaciones extraordinarias en la siniestralidad, la exposición a quebrantos por insolvencia de reaseguradores y la exposición a las fluctuaciones adversas en el valor de los activos que respaldan las obligaciones contraídas con los asegurados.
La conexión de los dos elementos precitados permite definir el concepto de margen de solvencia, es decir que cuando una institución cuenta con un nivel de recursos mayor al nivel mínimo requerido se considera que mantiene un margen de solvencia. Si los recursos no se enmarcan al nivel requerido, el organismo de control debe exigir a la entidad un plan de regularización que refleje las medidas que adoptará para alcanzar el nivel requerido con base a los riesgos y responsabilidades asumidas con el objeto de proteger los intereses de los asegurados.
de riesgos, liquidez, seguridad y rentabilidad (Superintendencia de Bancos y seguros, 2013).
Además prohíbe a las empresas de seguros y compañías de reaseguros negociar acciones u obligaciones convertibles con entidades del sistema financiero. Las inversiones en instrumentos financieros emitidos por entidades del sistema financiero no excederán el 10% del total del portafolio. La Junta definirá los porcentajes máximos de las demás inversiones.
En el caso de que las empresas de seguros registren deficiencia de inversiones obligatorias y de margen de solvencia, deberán observar las disposiciones que constan en el artículo 53 de la Ley General de Seguros.
Auditores Internos.- El Código Orgánico Monetario y Financiero incluye un artículo disponiendo que las compañías de seguros, reaseguros, asesoras productoras de seguros, inspectoras de riesgos, ajustadoras de siniestros e intermediarias de reaseguros tendrán control interno a cargo de un auditor calificado por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros.
Auditores Externos.- El Código Orgánico Monetario y Financiero sustituye el primer inciso del artículo 32 de la Ley General de Seguros, disponiendo que las compañías de seguros están obligadas a contratar auditores externos, así como firmas calificadoras de riesgos personas jurídicas, que se sujetarán a las normas de calificación y emisión de informes que expida la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros.
Actuarios.- El Código Orgánico Monetario y Financiero incorpora otro artículo respecto a que las compañías de seguros y reaseguros deberán contar con servicios actuariales a fin de generar las notas técnicas de los productos que ofrecen y emitir informes sobre la adecuación y suficiencia de los valores que se reflejan en los estados financieros, metodología e hipótesis asumidas.
sujetan las personas naturales o jurídicas que no cumplan las disposiciones de esta ley o no formen parte del sistema de seguros privado.
El Código Orgánico Monetario y Financiero sustituye el artículo 40, disponiendo que las multas que imponga la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros en ningún caso serán menores a 30 salarios básicos unificados, ni superiores al 5% de las ventas que reporte la entidad infractora, con excepción a las que se impongan a los empleados y funcionarios que no podrán inferiores a tres salarios básicos unificados.
Infracciones y penas.- Del artículo 76 al 78 de la Ley General de Seguros y del 71 al 85 del Reglamento General, se establecen las sanciones a las que tendrán lugar, las personas naturales y jurídicas que integran el sistema de seguro privado ante la violación a las disposiciones de la Ley General de Seguros.
2.2.4 Código de Comercio
La legislación en el Ecuador, sobre el Contrato de Seguro consta en el Decreto Supremo N° 1147, publicado en el Registro Oficial N° 123 de 7 de diciembre de 1963, en el cual se describe las definiciones y los elementos esenciales del contrato de seguro, los datos que deben constar en la póliza, objeto del seguro, derechos y obligaciones de las partes, disposiciones comunes de los seguros de daños, incendio, responsabilidad civil, transporte terrestre, seguros de personas, seguros de vida y de reaseguro.
2.3 MARCO TEÓRICO CONCEPTUAL
2.3.1 Seguridad Vial
Los accidentes son principalmente el resultado de una conducta irresponsable de los conductores como lo demuestran las estadísticas publicadas por el INEC sobre las causas de accidentes de tránsito a nivel nacional en el período 2010- noviembre 2013 que conlleva a elevar el número de pacientes que debe atender el Sistema de Salud Pública y que en varios casos con consecuencias irreversibles en las familias ecuatorianas además de la afectación económica. La Misión Manuela Espejo, hasta el año 2010, evidenció que, las discapacidades producidas por accidentes de tránsito, corresponden a más del 4% de las personas con discapacidad en el Ecuador (Agencia Nacional de Regulación y Control del Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, 2013).
La Organización Naciones Unidas en el 2011 emite el “Plan Mundial para la Década de Acción por la Seguridad Vial 2011-2020, que tiene por objeto que los países Miembros adopten medidas para mejorar la seguridad en las carreteras y los vehículos; mejorar los servicios de emergencia, y crear capacidad de gestión de la seguridad vial en general.
También aconseja que se formule legislación que intensifique la aplicación de la ley en lo que respecta al uso del casco, el cinturón de seguridad y los sistemas de retención para niños, así como para evitar la conducción bajo los efectos del alcohol y el exceso de velocidad. Indicando que solo un 15 por ciento de los países cuentan con leyes integrales que aborden todos esos factores.
Los peatones, ciclistas y motociclistas representan en conjunto casi la mitad de los fallecidos en carretera en todo el mundo. La mayor parte de los avances logrados en las últimas décadas guardan relación con la protección de los usuarios de automóviles. El Plan Mundial sugiere medidas que pueden proteger a esos grupos vulnerables, como por ejemplo la construcción de carriles para bicicletas, caminos peatonales y carriles reservados a los motociclistas, o la mejora del acceso a medios seguros de transporte público.
La OMS y su agencia regional para las Américas, la Organización Panamericana de la Salud (OPS) contribuirán a la coordinación de los esfuerzos mundiales a lo largo del Decenio y seguirán de cerca los progresos hacia el logro de los objetivos del mismo a nivel nacional e internacional. La Organización, además, seguirá prestando apoyo técnico para las iniciativas nacionales de seguridad vial dirigidas a combatir la conducción bajo los efectos del alcohol y el exceso de velocidad, fomentar el uso del casco, el cinturón de seguridad y los sistemas de retención para niños, y mejorar la atención de emergencia (Organización Mundial de la Salud, 2013).
2.3.2 Seguros
Desde su origen, el hombre siente la necesidad de estar seguro frente al medio en el que vive, busca protección sobre las consecuencias que sufriría por afecciones a su vida y salud por accidentes, situaciones climáticas adversas, fenómenos de la naturaleza que afectan su existencia y el bienestar de la familia.
También existen circunstancias en que el hombre puede perder sus bienes, total o parcialmente en el desarrollo de sus actividades personales, comerciales o productivas, por lo que ha de buscar algún tipo de protección económica frente a tales riesgos.
Básicamente los riesgos se clasifican:
1. Por la naturaleza de la pérdida, en riesgo puro y riesgo especulativo.
Según René Bueno (2004), manifiesta que el riesgo es un hecho peligroso, que implica la posibilidad de una pérdida, un suceso desventajoso, indeseable o antieconómico, después de ocurrido un hecho fortuito (Pág. 3,4)
Según Bueno R (2004), El riesgo especulativo es de carácter comercial, propio de las empresas y determina que exista una ganancia o una pérdida. El riesgo puro corresponde a la posibilidad de que el riesgo ocurra y tiene la única consecuencia de perder o no perder. A este riesgo se lo trata con técnicas de seguros (Pág. 3,4)
Sobre los conceptos expuestos, se puede expresar que el riesgo especulativo implica obtener mayores, menores o ninguna ganancia; por ejemplo: jugar a la lotería, puesto que una persona puede ganar, perder o tener un reintegro, en tanto que el riesgo puro involucra la probabilidad o posibilidad de pérdida, por ejemplo: el desequilibrio económico que pueda sufrir una mujer por la pérdida de su esposo en un accidente de tránsito, el desembolso que un individuo tenga que hacer por los daños que le cause a una persona por atropellarla con su vehículo.
Según Bueno R (2004), estableció que los productos de seguro son diseñados de acuerdo con ciertos principios básicos que definen cuáles riesgos son asegurables. Para que un riesgo sea asegurable debe reunir las siguientes características.
a) Debe existir una relativa incertidumbre de que ocurra el evento que evidencie la aleatoriedad, que es principio fundamental del seguro.
b) El riesgo no debe contravenir las reglas éticas y morales o de ordenamiento público y perjudicar a terceras personas.
c) Para poder proteger el riesgo a través de un seguro, éste debe ser posible de que ocurra.
d) Debe suceder por actos o eventos ajenos a la voluntad de las personas.
e) El riesgo debe ser analizado cualitativamente o cuantitativamente para que pueda ser asumido por una empresa de seguros.
f) El riesgo al producirse origina pérdidas económicas.
probable o tasa de siniestralidad que experimentarán los asegurados, para esto debe pronosticar el número y el momento en que ocurrirán las pérdidas a un grupo de asegurados con el fin de determinar el monto de prima que va a cobrar a cada contratante de la póliza. Un riesgo no es asegurable cuando puede causar un daño financiero catastrófico al asegurador. Para evitar la posibilidad de una pérdida catastrófica y cerciorarse de que las pérdidas ocurran independientemente entre sí, los aseguradores diversifican los riesgos a través del coaseguro, es decir transfiriendo el riesgo a otra aseguradora, o a través del reaseguro por medio del cual la aseguradora cede parte de los riesgos asumidos por ella a un reasegurador. (Harriet E; Jones & Dani L. Long, 2001, pág. 35).
Aunque el seguro puede ser una de las maneras más eficaces de manejar riesgos, no todos los riesgos son asegurables. Según lo mencionado anteriormente, los aseguradores asegurarán solamente riesgos puros, o los que impliquen la posibilidad de pérdida sin la posibilidad de ganancia. Los riesgos asegurables deben implicar la posibilidad de una pérdida que este fuera de control de los asegurados; las pérdidas deben ser definidas en cuanto a causa, tiempo, lugar y cantidad; se debe estimar la frecuencia y la severidad de las pérdidas futuras y fijar primas apropiadas; debe existir un grupo lo suficientemente grande para asegurar y éste debe ser clasificado en clases con riesgos similares, de esta manera el asegurador puede predecir las pérdidas basadas sobre la ley de los grandes números, principio que indica que cuanto más grande es el número de las unidades similares de la exposición considerada, las pérdidas igualaran más de cerca la probabilidad de la pérdida.
Esta ley constituye la base para la predicción estadística de la pérdida del riesgo asegurable, sobre la cual se calculan las tarifas para el seguro (Harriet E; Jones & Dani L. Long, 2001).
Concepto de seguro
Sánchez Román (como citado por Bueno, 2004, p.10) indica que seguro es un contrato principal, consensual, bilateral, oneroso y aleatorio, por el cual una de las partes se compromete a indemnizar a la otra de las consecuencias dañosas o perjudiciales que ciertos riesgos, procedentes de caso fortuito, a que se hallen expuestas las personas o cosas, pueden ocasionarle, mediante un precio, prima o cantidad que la otra ha de satisfacerle por dicha garantía (Bueno R. , 2004).
Mapfre-Fitse, Curso de Introducción al Seguro (como citado por Bueno, 2004, p.10) describe que el seguro es una actividad económica financiera, que presta el servicio de transformación de los riesgos de diversa naturaleza, a que están sometidos los patrimonios, en un gasto periódico presupuestable, que puede ser soportado fácilmente por cada unidad patrimonial (Bueno R. , 2004).
René Bueno A., (2004, p.10) describe que el seguro es un contrato por el cual una de las partes, llamada asegurador, se obliga mediante una retribución que recibe de otra, llamada asegurado, a pagar cierta cantidad en el caso de que ocurra un riesgo, representado por el daño en la persona o en los cosas o por la realización de un acontecimiento incierto, bien en cuanto al hecho en sí, bien en cuanto al tiempo en que ha de ocurrir (Bueno R. , 2004).
Como se observa, algunos autores destacan el principio de solidaridad humana al considerar como tal la institución que garantiza un sustitutivo al afectado por un riesgo, mediante el reparto del daño entre un elevado número de personas amenazadas por el mismo peligro; otros, señalan el principio de contraprestación, al decir que el seguro es una operación en virtud de la cual, una parte (el asegurado) se hace acreedor, mediante el pago de una remuneración (la prima), de una prestación que habrá de satisfacerle la otra parte (el asegurador), en caso de que se produzca un siniestro.
Ventajas del seguro:
responsabilidad; el comerciante desconoce cuándo podrá ser destruido su negocio por efecto de un incendio. El seguro no impide que ocurran estos siniestros, pero con una debida y oportuna protección, mediante la contratación de seguros de robo e incendio, la situación económica del banquero y comerciante estaría asegurada.
b) Distribución equitativa del costo entre los asegurados.- El seguro como tal no impide el aparecimiento de pérdidas y por tanto es inevitable que cierta cantidad de pérdidas pague la compañía de seguros con las primas que cobra a los asegurados que han transferido sus riesgos, por lo tanto el costo del seguro se distribuye entre los expuestos a sufrir pérdidas.
c) Los seguros de vida permiten garantizar el bienestar de las personas que dependen del asegurado. Por ejemplo, un padre de familia no sabe cómo sus hijos podrán cubrir sus necesidades económicas después de su muerte, pero con un seguro de vida, la situación económica de la familia estaría garantizada.
Clasificación de los Riesgos
Por su origen y alcance los riesgos se clasifican en: personales, de responsabilidad civil, de daños, patrimoniales y catastróficos.
El riesgo personal incluye el riesgo de pérdida económica asociado a la muerte, afectación de la salud y sobrevivir a expensas de los propios ahorros. Las personas naturales y jurídicas contratan pólizas de seguro de vida y de salud para obtener la seguridad financiera que proporcionan estos productos.
El riesgo de daños a la propiedad incluye el riesgo de pérdida económica del vehículo, la vivienda, maquinarias debido a un accidente, incendio o catástrofe natural. (Antonio Guardiola Lozano & Julio Castelo Matrán , 2008)
de una persona cubierta por el seguro que es legalmente responsable de haber dañado en forma involuntaria a un tercero o su propiedad.
El riesgo catastrófico se refiere al hecho o acontecimiento de carácter extraordinario por su naturaleza anormal y la elevada intensidad y cuantía de los daños que de él pueden derivarse. Por ejemplo, las pérdidas causadas por una erupción volcánica en una ciudad o población. (Antonio Guardiola Lozano & Julio Castelo Matrán , 2008)
Póliza de Seguro
Cuando una compañía de seguros accede a prestar coberturas a una persona o empresa, el asegurador emite una póliza de seguro, documento escrito que contiene los términos del contrato entre la compañía de seguros y el tenedor de la póliza. El contrato de seguro es un contrato legalmente ejecutable según el cual la compañía de seguros conviene en pagar un cierto monto de dinero cuando ocurre una pérdida específica, siempre y cuando el asegurador haya recibido una cantidad de dinero llamada prima.
El SOAT
El seguro de accidentes de tránsito, con relación a las clasificaciones descritas cubren los riesgos personales y de responsabilidad civil.
La cobertura de este riesgo en el Ecuador es de gran importancia, si se considera que los traumatismos causados por el tránsito constituyen un problema creciente que afecta de forma desproporcionada a los grupos vulnerables de usuarios de la vía pública, en particular a los pobres. Los traumatismos causados por el tránsito son una cuestión de equidad social por lo que se debe proteger por igual a todos los usuarios de la vía pública.
conductor, pasajero o peatón, que sufra lesiones corporales, funcionales u orgánicas o falleciere a causa de o como consecuencia de un accidente de tránsito.
2.3.2.1 Características de la empresa de seguros
Una compañía de seguros o aseguradora es la empresa especializada en el Seguro, cuya actividad económica consiste en producir el servicio de seguridad, cubriendo determinados riesgos económicos (riesgos asegurables) a las unidades económicas de producción y consumo.
Su actividad es una operación para acumular riqueza, a través de las aportaciones de muchos sujetos expuestos a eventos económicos desfavorables, para destinar lo así acumulado, a los pocos a quienes se presenta la necesidad. Sigue el principio de mutualidad, buscando la solidaridad entre un grupo sometido a riesgos.
Esta mutualidad se organiza empresarialmente, creando un patrimonio que haga frente a los riesgos. El efecto desfavorable de estos riesgos, considerados en su conjunto, queda aminorado sustancialmente, porque, para el asegurador, los riesgos individuales se compensan: sólo unos pocos asegurados los sufren, frente a los muchos que contribuyen al pago de la cobertura. Ello permite una gestión estadística del riesgo, desde el punto de vista económico, aunque se conserve individualmente desde el punto de vista jurídico.
Las entidades aseguradoras pueden ser de varios tipos en función de su constitución jurídica: sociedades anónimas, mutuas, cooperativas y mutualidades de previsión social. Estas formas sociales son las legalmente reconocidas internacionalmente para ejercer la actividad aseguradora. Sin embargo, todas ellas comparten las características esenciales para comercializar seguros.
valoración sea la adecuada. Para alcanzar una mayor precisión, los ramos suelen subdividirse en modalidades que agrupan riesgos afines.
Entre las características esenciales de las entidades de seguros, se puede citar las siguientes:
La empresa aseguradora debe dedicarse exclusivamente a la práctica de operaciones de seguro o de actividades relacionadas al giro del negocio como el reaseguro y la inversión de las reservas técnicas y su patrimonio.
El carácter social o público de la actividad aseguradora y el sistema de adhesión con que se contratan las pólizas suscritas en las empresas aseguradoras (la adhesión existe desde el momento en que la entidad aseguradora establece las condiciones técnicas –tarifas económicas [primas] y documentales [pólizas] que regirán las relaciones contractuales entre ella y el asegurado, exigen una vigilancia especial de dicha actividad, ejercida por el Estado, de modo que toda la actividad de la empresa seguros esté sometida a medidas de fiscalización y control técnico, económico y financiero.
Por propia exigencia técnica, las entidades de seguros tratan de conseguir el mayor número posible de clientes, puesto que cuantas más operaciones logren, tanto más amplia será la diversidad de riesgos alcanzada y mejor el servicio de compensación de riesgos a sus asegurados.
Todas las legislaciones exigen a las empresas de seguros que tengan un capital mínimo que garantice el cumplimiento de los compromisos económicos por ellas asumidos.
Además del capital mínimo, se requieren otras garantías financieras, como depósitos iniciales de inscripción en valores que ofrezcan una especial seguridad, inversión de provisiones técnicas en bienes de determinadas características, constitución de márgenes de solvencia y la regulación, en general, de sus inversiones.
Las entidades que se propongan realizar operaciones sometidas a la legislación sobre seguros privados deberán obtener la correspondiente autorización del órgano de regulación y supervisión, como requisito previo e indispensable para ejercerlas, la cual se concederá siempre que se cumplan los requisitos establecidos en la ley.
Las empresas de seguros deben estar dirigidas de manera efectiva por personas que reúnan las condiciones necesarias de honorabilidad y de cualificación o experiencia profesionales (Guardiola, M.J. Castelo y L.A., 2008).
El Estado, para asegurar el correcto funcionamiento de la actividad, regula otras características de las empresas de seguros como son: su dimensión económica, la exclusividad de su actividad, sus garantías financieras y solvencia, la formación especializada de las personas del sector, etc.; al mismo tiempo, también controla, vigila y fiscaliza especialmente el funcionamiento de las empresas aseguradoras.
2.3.2.2 Mercado Asegurador Ecuatoriano
El crecimiento económico de un país está relacionado con el PIB corriente per cápita de los individuos.
Con el fin de conocer la situación del mercado asegurador del Ecuador se ha tomado como referencia la participación de las primas de seguros frente al PIB Corriente y per Cápita y el análisis de las principales variables que corresponden a primas, siniestros, cesión de riesgos, resultado técnico y resultados del período 2008-2013.
La Superintendencia de Bancos y Seguros, como organismo de control del sector asegurador del país, debe examinar las condiciones del mercado de seguros a través de los análisis periódicos, que incluye el estudio económico y financiero, aspectos técnicos y de reaseguros utilizando todas las fuentes disponibles, con el objeto de monitorear los factores que puedan afectar las operaciones de las empresas de seguros y del mercado de seguros.
factor que puede estar afectando el mercado; para lo cual, se deberá disponer del análisis del comportamiento del sector asegurador.
2.3.2.3 Control y Vigilancia de las empresas de seguros
La Superintendencia de Bancos y Seguros está obligada a velar por la seguridad y solidez del sistema asegurador ecuatoriano, enfocando su análisis y evaluación para la identificación del nivel de riesgo de la entidad supervisada. Para alcanzar este objetivo se realizan, entre otros, los siguientes procesos:
a) Desarrollo de planes adecuados de supervisión para determinar fortalezas y debilidades.
b) Revisión de la información que reportan mensualmente las compañías de seguros. c) Análisis de los informes que emiten las firmas de auditoría externa en forma
periódica.
d) Realización de inspecciones in-situ.
e) Comunicación oportuna de los resultados de las inspecciones a la entidad.
f) Seguimiento de los resultados a los ajustes instruidos con el objeto de corregir sus debilidades o potenciales problemas.
Este esquema requiere necesariamente la separación de los procesos de la tarea de inspección interna a las entidades (Supervisión In - Situ), del monitoreo y análisis técnico de la información macroeconómica y microeconómica y la provista al organismo de control por parte de las compañías y demás fuentes suplementarias de información (Supervisión Extra - Situ), pero la consolidación de sus resultados en un proceso de supervisión integral, permite tener una sola visión del riesgo de las instituciones bajo el control de la Superintendencia de Bancos y Seguros.
Los procesos señalados permiten:
Analizar, diagnosticar y calificar desde el punto de vista del riesgo la situación financiera de las entidades (solvencia, calidad de activos, liquidez, rentabilidad, etc), y,
Verificar el cumplimiento de las regulaciones prudenciales, ajustes y otros requerimientos legales.
Dentro de los procesos de evaluación del riesgo de una compañía de seguros la Intendencia Nacional de Seguros elabora escaleras de supervisión que es una aproximación matricial, en donde se identifica varios niveles de “riesgo compañía” a través de un número de diferentes categorías de análisis de peligrosidad y herramientas tales como inspecciones “in situ”, análisis financiero, reaseguro, capital adecuado, (margen de solvencia), dictámenes de auditoría externa, indicadores técnico financieros, test de alerta temprana, resúmenes ejecutivos mensuales y otras más.
Este sistema provee información clave para la elaboración de reportes gerenciales a distintos niveles y por diferentes grados de consolidación (entidad, grupo financiero, segmento y sistema consolidado).
2.4 Proposiciones de la investigación
2.4.1 Proposición general
El incremento del número de víctimas y de los costos de los accidentes de tránsito afectará la situación financiera y técnica de las empresas que operan en el SOAT.
2.4.2 Proposiciones específicas
La suficiencia de primas y la siniestralidad son los factores que impactan en el resultado técnico y financiero de las empresas de seguros.
La solvencia de las empresas que operan en el SOAT, permitirá conocer la capacidad de las empresas para cumplir con las indemnizaciones de esta cobertura.
El análisis de la cobertura obligatoria de este riesgo, en los países vecinos de Colombia y Perú, que nos antecedieron en la implementación de este seguro, nos servirá de base para efectuar una evaluación comparativa de los resultados técnicos obtenidos por el SOAT en esas jurisdicciones y los registrados en nuestro país.
2.5 Variables
Variables independientes: Número de víctimas y costos de los accidentes de tránsito que cubre el SOAT.
Variable dependiente: Situación financiera y técnica de las empresas que operan en el SOAT.
2.6 Marco metodológico
Para la consecución del objetivo general y objetivos específicos del presente estudio se procederá a ejecutar el siguiente marco metodológico:
2.6.1 Diseño de la investigación