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La libertad de expresión en la ley y los medios de comunicación frente al derecho a la información

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(1)

UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS

ANDES

“UNIANDES”

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA CARRERA DERECHO

Tesis previo a la obtención del Título de Abogada de los Tribunales de la República

TEMA:

“LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN EN LA LEY Y LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN FRENTE AL DERECHO A LA INFORMACIÓN”

ASESOR:

AB. GABRIELA LEÓN

AUTORA:

María Eugenia Jiménez Cepeda

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CERTIFICACIÓN DEL TUTOR

Ab. Gabriela León, en mi calidad de Tutora de tesis de carrera previo a la obtención del título de abogada de los tribunales de la república, certifico que el tema: “LA

LIBERTAD DE EXPRESIÓN EN LA LEY Y LOS MEDIOS DE

COMUNICACIÓN FRENTE AL DERECHO A LA INFORMACIÓN” Elaborado por María Eugenia Jiménez Cepeda, fue revisado y aprobado, al haber cumplido con las normas legales y reglamentarias de la institución universitaria, en consecuencia autorizo su sustentación.

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DECLARACIÓN DE AUTORÍA DE TESIS

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DEDICATORIA

Dedico este Título alcanzado con mucha dedicación y empeño a DIOS y a mi familia.

A dios: Por existir y por darme la oportunidad de vivir y de llegar a la culminación de mis estudios.

A mis padres: Por darme el tesoro más valioso “la vida” por el apoyo incondicional de todos estos años quienes con su nobleza y entusiasmo depositaron en mí su apoyo y confianza y por regalarme la herencia más grande que puede existir “mis estudios”.

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AGRADECIMIENTO

Mi eterna gratitud para mí querida universidad UNIANDES , en la cual aprendí las mejores enseñanzas, así como a mis queridos maestros que han sabido brindarme sus mejores conocimientos y amistad.

A mis compañeros con los cuales he compartido buenos momentos de quienes llevo los más gratos recuerdos y sus mejores enseñanzas.

Pero de manera especial a mis padres y hermanos los cuales son parte fundamental de mi vida y sobre todo brindándome su amor.

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Índice General

CARÁTULA

CERTIFICACIÓN DEL TUTOR

DECLARACIÓN DE AUTORÍA DE TESIS DEDICATORIA

AGRADECIMIENTO Resumen Ejecutivo

INTRODUCCIÓN ... 1

Antecedentes de la Investigación. ... 1

Planteamiento del Problema ... 3

Formulación del Problema ... 4

Objeto de la investigación y campo de acción ... 5

Objeto de la investigación ... 5

Campo de acción ... 5

Identificación de la línea de investigación ... 5

Objetivos ... 5

Objetivo general: ... 5

Objetivos específicos ... 5

Idea a defender ... 6

Variable independiente ... 6

Variable dependiente. ... 6

Justificación del tema ... 6

Metodología a emplear: métodos técnicas y herramientas empleadas en la investigación7 Métodos ... 7

Técnicas ... 8

Herramientas ... 8

Estructura de la Tesis ... 8

Elementos de novedad, Aporte teórico y significación práctica. ... 9

Elementos de novedad ... 9

Aporte Teórico ... 9

Significación Práctica ... 9

CAPÍTULO I ... 10

MARCO TEÓRICO ... 10

Epígrafe I ... 10

(7)

1.1. La Libertad de Expresión ... 10

1.1.1. Antecedentes de la Libertad de Expresión ... 14

1.1.2. Definición ... 15

1.1.3. Fundamentos de la libertad de expresión ... 16

 La Necesidad De Encontrar La Verdad ... 16

 La Consolidación y fortalecimiento de la democracia ... 17

 El Valor y el respeto a la dignidad ... 17

 La Implantación De La Justicia ... 18

Epígrafe II ... 19

La libertad de prensa ... 19

1.2. La libertad de prensa ... 19

1.2.1 Antecedentes de la prensa en el mundo ... 20

1.2.2. Antecedentes de la prensa en el ecuador ... 23

1.2.3. Definición ... 25

1.2.4. Libertad de prensa y libertad de expresión ... 26

1.2.5. Libertad de prensa y el Derecho a la Información ... 27

Epígrafe III ... 29

Derechos a la comunicación y tecnologías ... 29

1.3. Derechos a la comunicación ... 29

1.3.1. Antecedentes ... 31

1.3.2. Que son los Derechos a la Comunicación ... 33

1.3.3. Los Derechos a la Comunicación ... 34

1.3.4. Derechos a la Comunicación y Libertad de Expresión ... 34

1.3.5. Los Derechos Humanos ... 35

1.3.6. Antecedentes ... 38

1.3.7. Características de los Derechos Humanos ... 41

1.3.8. Cuáles son los Derechos Humano ... 42

1.3.9. Aplicación de los Derecho Humanos ... 44

Epígrafe IV ... 46

Liberad de expresión frente al Derecho a la Información... 46

1.4. Derecho a la Información ... 46

1.4.1. Antecedentes ... 47

El Origen de las leyes de Transparencia en los Convenios Internacionales: ... 48

1.4.2. Normas Constitucionales sobre libertad de expresión en el Ecuador ... 50

(8)

1.4.4 Mecanismos adecuados en cuanto a la libertad de expresión a través de la ley a fin de

evitar la vulneración del derecho a la información. ... 52

1.5 Conclusiones parciales del capítulo ... 54

CAPÍTULO II ... 55

MARCO METODOLÓGICO Y PLANTEAMIENTO DE LA PROPUESTA ... 55

2.1.- Caracterización del sector, empresa o contexto institucionall ... 55

2.2.- DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO METODOLÓGICO ... 55

MODALIDAD DE LA INVESTIGACIÓN ... 55

Tipo de Investigación ... 55

Investigación de Campo ... 55

Investigación Bibliográfica ... 56

Investigación Ideográfica ... 56

LA POBLACIÓN Y MUESTRA DE LA INVESTIGACIÓN ... 56

Métodos, técnicas e instrumentos ... 57

Método deductivo ... 57

Método inductivo ... 57

Método analítico sintético ... 57

Método histórico ... 57

Técnicas de la investigación ... 58

1. La observación directa ... 58

2. Encuesta ... 58

Instrumentos de la investigación ... 58

El cuestionario ... 58

2.3.- CONCLUSIONES PARCIALES ... 67

CAPÍTULO III ... 68

3. DESARROLLO DE LA PROPUESTA ... 68

Documento de análisis crítico – jurídico en cuanto a la libertad de expresión y la vulneración del derecho a la información. ... 68

Antecedentes ... 68

Cuerpo Central ... 70

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES ... 74

CONCLUSIONES ... 74

RECOMENDACIONES ... 75 Bibliografía

ANEXOS

(9)

Resumen Ejecutivo

El presente trabajo investigativo busca garantizar las disposiciones que contempla la Constitución de la República del Ecuador vigente, sobre el derecho a la información, a fin de regular la libertad de expresión que los medios de comunicación la tienen.

Indudablemente si la producción informativa está guiada por criterios de rentabilidad para el Estado, entonces necesariamente la libertad de expresión va a estar limitada por la potestad del Gobierno y no va existir una verdadera libertad de información para los ciudadanos; así como también se siguen vulnerando los derechos a la información ya que por una parte la limitada libertad de expresión no permite que la ciudadanía en general tenga un verdadero Derecho a la Información que la Constitución de la República lo consagra; por lo que cualquier empleado, de cualquier empresa, sabe lo que se espera de él, lo que puede y no puede hacer. Esto se aplica a la producción informativa. El periodista no es nunca totalmente libre porque tiene un proceso de aprendizaje dentro de la empresa que le dice cuál es la lógica del medio y qué es lo que puede hacer estratégicamente para conservar su trabajo, para ascender y para posicionarse.

El problema no sólo se presenta en la limitación de la libertad de expresión determinada en la ley Orgánica de Comunicación a los medios de comunicación, sino también en la vulneración al derecho a la información.

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Executive Summary

This research work aims to ensure the provisions under the Constitution of the Republic of Ecuador in force on the right to information in order to regulate freedom of expression which the media have it.

Undoubtedly if this production is guided by criteria of profitability for the state, then necessarily freedom of expression will be limited by the power of the Government and will be no real freedom of information for citizens; and also they continue violating the rights to information and on the one hand the limited freedom of expression does not allow the general public to have a real right to information that the Constitution of the Republic enshrines; so any employee of any company, knows what is expected of them, what you can and can not do. This applies to this production. The journalist is never totally free because he has a learning process within the company that tells you what is the logic means and what it can do strategically to keep his job, to ascend and to position.

The problem arises not only in limiting freedom of expression determined by the Organic Law of Communication to the media, but also in violation of the right to information.

(11)

1 INTRODUCCIÓN

Antecedentes de la investigación.

Cuando se inició la investigación sobre la libertad de expresión se manifiesta que es un derecho fundamental o un derecho humano, que se encuentro plasmado en el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, y así también en las constituciones de los sistemas democráticos. De ella deriva la libertad de imprenta también llamada libertad de prensa.

El derecho a la libertad de expresión es definido como un medio para la libre difusión de las ideas. Para filósofos como Montesquieu, Voltaire y Rousseau la posibilidad del desacuerdo fomentó el avance de las artes, las ciencias y la auténtica participación política. Fue uno de los pilares de la Guerra de Independencia de los Estados Unidos (Primera Enmienda) y la Revolución francesa, hechos que revolvieron las cortes de los demás estados occidentales.

En (1859) apelaba a la libertad para exponer y discutir con el fin del conocimiento. Esto implicó unas normas implícitas de conducta que aseguren el mutuo respeto entre los ponentes.

Se empezó plasmando la libertad de expresión en el Artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el cual manifiesta: Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y de recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

Así como también en la Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica en el año 1969, en el Artículo 13 en el cual dice:

Libertad de pensamiento y de expresión.

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2

sin consideraciones de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección y gusto

2. El ejercicio del derecho previsto en el inciso precedente no puede estar sujeto a previa censura, sino a responsabilidades ulteriores, las que deben estar expresamente fijadas por la ley y ser necesarias para asegurar:

a) El respeto a los derechos o la reputación de los demás.

b) La protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud o la moral públicas.

3. No se puede restringir el derecho de expresión por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por otros medios encaminados a impedir la comunicación y la circulación de ideas y opiniones.

4. Los espectáculos públicos pueden ser sometidos por la ley a censura previa con el exclusivo objeto de regular el acceso a ellos para la protección moral de la infancia y la adolescencia, sin perjuicio de lo establecido en el inciso 2.

5. Está prohibida por la ley toda propaganda en favor de la guerra y toda apología del odio nacional, racial o religioso que constituyan incitaciones a la violencia o cualquier otra acción ilegal similar contra cualquier persona o grupo de personas, por ningún motivo, inclusive los de raza, color, religión u origen nacional.

Así como también manifiesta que la prohibición de toda propaganda en favor de la guerra, también está consagrada en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

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3

autorización previa. El precepto permite restricciones legales basadas en una pluralidad de motivos de índole pública y privada.

También tenemos plasmados el derecho a la libre expresión en la Constitución de la República del Ecuador del año 2008, en la presidencia del Economista Rafael Correa Delgado, reconoce y garantiza, en su artículo 66, numeral 6, el derecho a opinar y expresar su pensamiento libremente y en todas sus formas y manifestaciones.

Del mismo modo, el artículo 384, sobre la comunicación social, asegura que el Estado formuló la política pública de comunicación, con respeto irrestricto de la libertad de expresión y de los derechos de la comunicación consagrados en la Constitución y los instrumentos internacionales de derechos humanos.

Planteamiento del problema

La libertad de expresión es un derecho fundamental que cada ser humano lo tiene y a través del cual toda persona expresa sus ideas, pensamientos, conocimientos, creencia; esta es ser irrenunciable y no debe estar sujeta a ningún tipo de censura o control ya que el hacerlo es limitar a la libre expresión ya sea de pensamiento, el criterio o la opinión del individuo en torno a la realidad.

La libertad de expresión está relacionada con los medios de comunicación quienes son los encargados de orientar y guiar la opinión pública de una manera objetiva y apegada a la verdad a través de la información y programación que estos difunden.

A partir del planteamiento del presidente Rafael Correa Delgado de regular los contenidos de los medios de comunicación se ha creado una gran polémica en torno a esta situación en donde los propietarios de estos así como algunos periodistas sostienen que esta regulación es atentatoria a la libertad de prensa y de expresión.

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4

contenidos e información al señalar que son los intereses económicos, políticos de los propietarios los que determinan la dirección del medio y de su personal.

Por tal motivo es importante realizar un consenso donde la libertad de expresión y de prensa sea respetada como derechos fundamentales e irrenunciables, así como es necesario que estas sean practicadas con seriedad, responsabilidad y bajo los parámetros éticos, morales que las mismas exigen.

Hoy en día el tema de la libertad de expresión y de prensa ha tomado mucha fuerza debido a ciertas normas y leyes que por parte de algunos gobiernos en Latinoamérica han emprendido, como es en nuestro país Ecuador que a través de reformas constitucionales han creado leyes con el objetivo de regular los contenidos de los medios de comunicación; normas que para los propietarios de medios y muchos periodistas son atentatorias al derecho fundamental e irrenunciable de todo ser humano como es la libertad de expresión.

La libertad de expresión así como la libertad de prensa y opinión están íntimamente vinculadas a los medios masivos de comunicación como son la radio, prensa escrita y televisión, ya que mediante sus espacios noticiosos, de opinión o entretenimiento influyen sobre la opinión pública de una colectividad en torno a su realidad que se está viviendo.

Con la ejecución de esta nueva propuesta de crear una ley de comunicación y que fue aprobada mediante consulta popular incluso los departamentos comunicacionales vinculados al campo de las relaciones públicas están avocadas a replantear sus contenidos y estrategias de difusión en torno a los productos y servicios que ofertan ya que se encuentra limitado su derecho a la libre expresión.

Formulación del problema

(15)

5 Objeto de la investigación y campo de acción

Objeto de la investigación

Constitución de la República.

Campo de acción

Libertad de Expresión.

Identificación de la línea de investigación

 Retos, Perspectivas y Perfeccionamiento de las Ciencias Jurídicas en Ecuador.

Objetivos

Objetivo general:

Diseñar un documento de análisis crítico – jurídico que viabilice mecanismos adecuados en cuanto a la libertad de expresión a través de la ley a fin de evitar la vulneración del derecho a la información.

Objetivos específicos

 Fundamentar jurídicamente el sustento teórico sobre aspectos relacionados con el derecho a la libertad de expresión y de información en los medios de comunicación.

(16)

6

 Desarrollar los componentes necesarios para el diseño de un documento de análisis jurídico y crítico que viabilice mecanismos adecuados en cuanto a la libertad de expresión a través de la ley a fin de evitar la vulneración del derecho a la información.

Idea a defender

Con un diseño de un documento de análisis crítico – jurídico que viabilice mecanismos adecuados en cuanto a la libertad de expresión a través de la ley a fin de evitar la vulneración del derecho a la información.

Variables de la investigación

Variable independiente

Con un diseño de un documento de análisis crítico – jurídico que viabilice mecanismos adecuados en cuanto a la libertad de expresión a través de la ley.

Variable dependiente.

A fin de evitar la vulneración del derecho a la información.

Justificación del tema

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La presente investigación es importante porque ayudó a determinar la existencia de la vulneración del derecho a expresarse libremente como lo consagra la Constitución de la República al garantizar dicho Derecho a la ciudadanía en general.

Es útil porque al realizar esta investigación se contribuyó a determinar de qué manera se vulnera los derechos que posee la ciudadanía ecuatoriana para expresarse libremente.

Es trascendente ya que esta investigación tiene consecuencias muy importantes, ya que se pudo determinar que hoy en día se vulnera derechos que la Constitución de la República los consagra.

Es viable porque con la investigación realizada se pudo verificar que es necesario un

documento de análisis jurídico y crítico que viabilice los mecanismos adecuados en cuanto a la libertad de expresión a través de la Ley Orgánica de Comunicación.

Por lo cual se determinó que el trabajo investigativo se desarrolla en plena vigencia por su oportunidad, valor y connotación social que produce en la sociedad ecuatoriana ya que se debe viabilizar los mecanismos adecuados en cuanto a la libertad de expresión a través de la Ley que lo regula.

Metodología a emplear: métodos técnicas y herramientas empleadas en la investigación

La actual investigación fue aplicada, porque está orientada a investigar hechos sobre la libertad de expresión a través de la ley que lo rige, a fin de evitar la vulneración del derecho a la información que tenemos todos los ciudadanos.

Métodos

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8

se utilizó los siguientes métodos: inductivo-deductivo, analítico, sintético, histórico, documental y la manera como se aplicó en la presente investigación.

Técnicas

Las técnicas que se utilizaron para el desarrollo de la investigación son:

1. La observación directa: para este trabajo de investigación se aplicó la técnica de la observación directa donde la investigación evidenció de cerca la problemática,

2. Encuesta.- esta encuesta cuenta con una estructura lógica, rígida que permaneció inalterada a lo largo del proceso investigativo, y la misma que se aplicó a los abogados de la Ciudad de Ambato.

Herramientas

Las herramientas que se utilizó fueron la guía de observación y el cuestionario.

Estructura de la tesis

 Introducción

 Capítulo I. Marco teórico

 Capítulo II. Marco metodológico y planteamiento de la propuesta

(19)

9

Elementos de novedad, Aporte teórico y significación práctica.

Elementos de novedad

Al realizar la investigación se logró determinar que si bien en la Constitución de la república se ha establecido el derecho a la información como una garantía del debido proceso, dicho derecho no es conocido por los operadores de justicia los mismos que continúan aplicando principios legales por sobre normas constitucionales lo que conlleva a que estos tengan que proceder a una deconstrucción formativa que permita aplicar una justicia dentro del marco del estado constitucional de derechos y de justicia.

Aporte teórico

Investigar sobre el porqué no se aplicó el derecho a la libre expresión que contempla la Constitución de la República, cuyo tema el legislador a tipificado y que el presente trabajo pretende demostrar la vulneración de este derecho constitucional a la comunicación por lo que se presentó un documento de análisis crítico-jurídico que permita respetar dicho derecho.

Significación práctica

(20)

10 CAPÍTULO I

MARCO TEÓRICO

Epígrafe I

La Libertad de Expresión

1.1. La Libertad de Expresión

La Libertad de Expresión es una de las características más importantes de las libertades de los sistemas democráticos, así también fue uno de los pilares de la Guerra de la Independencia de los Estados Unidos y la Revolución francesa, hechos que sacudieron en las cortes de los demás estados occidentales.

Según el tratadista Fabián Corral la libertad de expresión es que “Casi sin excepción las

constituciones declaran los derechos a la libertad de expresión y de opinión, pero hay

algunas que lo hacen en forma enunciativa y breve, y hay otras que se ocupan del tema de

manera más detallada, incluso reglamentaria. Hay algunas que los declaran e

instrumentan sin más límite que el derecho ajeno, y hay varias que los condicionan a la

ideología oficial o a los fines del Estado” (Corral, 2009)

Según el escritor, Eduardo Jaramillo manifiesta que “La libertad es esencial en la lucha

para el respeto y promoción de todos los derechos humanos; sin la posibilidad de opinar

libremente, de denunciar injusticias y exigir cambios los seres humanos están condenados

a la opresión” (Jaramillo, 2009).

(21)

11

Para entender la Libertad de Expresión primero hay que entender la libertad según el diccionario de la es “La facultad de las personas para actuar según su propio deseo en el

seno de una sociedad organizada y dentro de los límites de reglas definidas; la expresión

se la define como la manifestación de un pensamiento, un sentimiento o un deseo por

medio de palabras, gestos, etc., por lo tanto la libertad de expresión es la facultad que

tiene todo ser humano para actuar y obrar de acuerdo a su voluntad, creencia, convicción

o punto de vista sobre la realidad; es un derecho fundamental e irrenunciable”

(Diccionario Real Academia Española, 2004). De dicho concepto nace la libertad de conciencia y de pensamiento, sin ningún tipo de imposición externa; o sea sin el ejercicio pleno de este el ser humano estaría condenado al aislamiento, la discriminación, la opresión y toda clase de injusticias.

Del concepto de libertad partimos a la libertad de expresión a la cual se le considera un instrumento que fortalece la democracia de aquí se derivan derechos elementales, los cuales son la comunicación, la opinión, el dar y recibir información, entre otros, por tal motivo la libertad de expresión es inherente al ser humano, por lo dicho no es una concesión de la clase política, un mandatario o un Estado, así también se puede decir que toda persona desde su existencia trae consigo el derecho a la vida, a la protección, a la expresión.

Según el comunicador Mauro Cerbino manifiesta que "la libertad de expresión tiene que ver con cada uno de nosotros, y con el derecho que tenemos de contar con las condiciones

adecuadas para expresar libremente nuestras opiniones y contenidos en espacios públicos

o privados; pero una cosa muy distinta es la libertad de información, que se refiere a

alguien que produce contenidos pero que no son simples expresiones, porque la

información y opinión periodística crean realidades que nos obligan a hablar de esos

contenidos que objetivizan realidades. Entonces la diferencia radica en que cuando nos

expresamos libremente no "estamos obligando a nadie a conversar sobre lo que decimos,

pero con los medios sucede una cosa distinta"(Cerbino).

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12

expresar libremente nuestras opiniones y contenidos ya sea en espacios públicos y privados.

Según el autor y periodista Gabriel García Márquez señala que “Las prácticas de censura,

la directa o la indirecta, por parte de gobiernos, o del propio medio de comunicación,

amenazan la libertad de expresión: también la ponen en peligro las amenazas de muerte y

atentados contra la vida del periodista; los malos sueldos, el tiempo escaso y la falta de

recursos para obtener y procesar la información. Pero la mayor amenaza está en el propio

periodista (Márquez, 2005).

Para este gran personaje la libertad de expresión está sustentada en el acceso de todas las formas y medios para ejercerla y es el elemento sobre el cual emergen las demás libertades. Sin embargo, sabemos que esta libertad, al igual que las otras en su ejercicio no se la puede abusar. La libertad, es relativa también posee límites.

También manifiesta el autor y periodista Gabriel García Márquez que “El manejo que un periodista hace de su libertad para informar o para expresar su pensamiento parte de su

capacidad para decidir en la que se incluye su voluntad de ir más allá de los obstáculos

que siempre encontrará. Al hacerlo y producir una información libre, le aporta al receptor

de sus noticias la materia prima para que él decida, porque eso es la información de

calidad; el fundamento de la decisión y la libertad se crea y fortalece decidiendo. Así el

periodista no solo construye su libertad, sino que impulsa la libertad de sus receptores y

de la sociedad”. (Márquez, 2005)

García Márquez ha promovido el ejercicio de un periodismo ético pensado en los receptores, quienes al final resultan beneficiarios o perjudicados con las actividades del comunicador.

Frases que se resaltó en la asamblea de sociedad interamericana de prensa que se llevó en Los Ángeles Estados Unidos el día 7 de octubre de 1996 sobre la libertad de expresión

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13

“Actualmente las salas de redacción son laboratorios asépticos para navegantes

solitarios, donde parece más fácil comunicarse con los fenómenos siderales que con el

corazón de los lectores”

“El empleo desaforado de comillas en declaraciones falsas o ciertas permite

manipulaciones malignas y tergiversaciones venenosas que le dan a la noticia la

magnitud de un arma mortal”

“El infortunio de las facultades de Comunicación es que enseñan muchas cosas útiles para el oficio, pero muy poco del oficio mismo”

“La ética debe acompañar siempre al periodismo, como el zumbido al moscardón”

(Márquez, 2005).

Es así como el autor y periodista ha ido promoviendo un periodismo ético que ha sido pensado en sus receptores porque al final son los únicos pueden resultar beneficiados o perjudicados con las actividades que realiza el comunicador.

La participación ciudadana es derecho de toda persona sin distinción alguna y de esta manera es como se complementa y cristaliza la libertad de expresión de aquí se generan los consensos, las discusiones, las propuestas y las decisiones sobre los acontecimientos económicos y políticos que rigen los destinos de toda sociedad, de aquí la importancia y necesidad de promoverla evitando que se implementen leyes o normas las cuales lo van a limitar.

Según el tratadista Mario Vargas Llosa manifiesta que “La libertad no es ni puede ser la

anarquía y el derecho a la información no puede significar que en un país desaparezcan lo

privado y la confidencialidad y todas las actividades de una administración deban ser

inmediatamente públicas y transparentes. La libertad de expresión se complementa en una

sociedad libre con los tribunales de justicia, los parlamentos, los partidos políticos de

oposición y esos son los canales adecuados a los que se puede y debe recurrir si hay

(24)

14

Pero atribuirse ese derecho y proceder manu militari a dinamitar la legalidad en nombre

de la libertad es desnaturalizar este concepto y degradarlo de manera irresponsable,

convirtiéndolo en libertinaje” (Llosa, 2012). Aquí el tratadista manifiesta que la libertad de expresión es un principio básico el cual posibilita la existencia de la democracia.

1.1.1. Antecedentes de la Libertad de Expresión

En Grecia en es donde nació la opción de los ciudadanos a expresar sus opiniones públicamente, se estableció un sistema de elección de gobernantes y los habitantes comenzaron a participar en la vida pública. Esta nueva libertad de la que gozaban los pobladores griegos se le llamó Parrhesia, pero a los gobernantes el uso de este derecho comenzó a incomodar, que veían como se hacía uso de la libertad de expresión para criticarles, por tal motivo apareció la Asebeia.

Según el analista Marco Pinheiro “La Asebeia es un término religioso que significa impiedad, y que pasó al campo civil para acusar a algunas personas de abuso de la

libertad de expresión. Surgieron así las primeras leyes contra este derecho, por ejemplo en

Roma, con las leyes Cornelia Indubis o Cornelia Majestatis (si las opiniones afectaban al

emperador). La lucha entre Parrhesia y Asebeia ha continuado a lo largo de la historia”

(Pinheiro, 2010).

Desde sus principios el ejercicio de la libertad de expresión no fue aceptado a cabalidad por emperadores, gobernantes, clase política puesto que se vieron sometidos a críticas y reproches desde la población lo que explica porque desde sus inicios se intentó controlar su práctica y se lo hace hasta la actualidad.

Miguel Molina Díaz manifiesta que “En el Ecuador la libertad de expresión tiene sus orígenes en los oscuros días de la colonia así como la historia del periodismo. En esa

época, Eugenio Espejo, ya había creído que la utilización de la escritura y la difusión del

pensamiento por medio de hojas de papel constituía una herramienta para perseguir,

alcanzar y consolidar las libertades fundamentales de los ciudadanos. Ya en la época

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asumió la tarea de utilizar la difusión de su pensamiento como mecanismo, primero de

vigilancia, y luego de confrontación al poder” (Díaz, 2012).

Miguel Molina Díaz También señala: “Desde el retorno a la democracia, en 1979, casi todos los presidentes han protagonizado polémicas, con la finalidad de coartar el derecho

a la libertad de expresión en el Ecuador. León Febres Cordero, furioso por la línea

editorial crítica de Diario Hoy, llegó a acusar a sus directivos de pertenecer a la

agrupación subversiva Alfaro Vive Carajo, además de emprender todo tipo de ataques en

contra de Radio Democracia. El Dr. Rodrigo Borja Cevallos, durante su gobierno cerró

Radio Sucre y llegó a proclamar la necesidad de sobresaltar el respeto al honor del

Presidente de la República” (Díaz, 2012).

Las discrepancias entre la prensa y los gobiernos de turno no es una situación de hoy sino algo que se ha venido dando en diferentes épocas a través de la historia aunque de distintas maneras. Los medios con frecuencia han sido juez y parte en la vida política de un país, han sido actores directos en las páginas de vida de un Estado apoyando a la clase política y gobiernos cuando concuerdan con sus intereses; denigrándolos e incitando a la población a levantarse contra estos cuando no han acatan sus disposiciones.

1.1.2. Definición

En el artículo número 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 señala que todo ser humano tiene derecho a la libertad de expresión así lo manifiesta:

“Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y expresión; este derecho incluye el

de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y de recibir informaciones y

opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de

expresión”. (Unidas, 1948)

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Por ende, se puede expresar lo que pensamos así como también puede acontecer en cualquier lugar, en cualquier medio o espacio público.

La Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José, 1969) manifiesta en su artículo 13.1: “Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y expresión.

Éste derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de

toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma

impresa o artística o por cualquier otro procedimiento de su elección. (Humanos, 1969)

La comparación entre los anteriores artículos nos demuestra reiterativamente que el derecho de la libertad de expresión comprende no solo la expresión individual, sino también el hecho de buscar, recibir y difundir información, ideas y pensamientos, tanto de forma individual como de forma colectiva.

1.1.3. Fundamentos de la libertad de expresión

Los fundamentos de la libertad de expresión son los siguientes:

La Necesidad de encontrar la Verdad

La búsqueda para encontrar la verdad nos lleva a indagar e investigar, recopilar datos, ideas, criterios, a ser escuchados a lo que otras personas argumentan en torno a lo que queremos y necesitamos saber, todo esto implica ejercer un acto de comunicación libre donde damos y recibimos información de manera espontánea y de acuerdo con nuestros conocimientos y valores que tengamos.

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Con este fundamento se abre la pauta para que el ejercicio de la libertad de expresión se nutra de la libertad de pensamiento, de información y asimile su responsabilidad para de esta manera ponerla en práctica.

La Consolidación y fortalecimiento de la democracia

Hoy en día uno de los aspectos fundamentales para el fortalecimiento de la democracia es

la sociedad y participación ciudadana. También se cree que es necesario mejorar la

democracia a través de una ciudadanía más informada, reflexiva y crítica.

Así como también el desarrollo de los pueblos inicia desde la participación ciudadana lo que conlleva una práctica libre de la expresión, del sentir de cada individuo en relación al sistema de gobernabilidad que rige, al manejo económico, a la práctica de la política, etc.

La libertad de expresión, prensa y comunicación tiene una estrecha relación con la consolidación de la democracia, la misma que constituye un parámetro esencial para determinar los alcances y límites del ejercicio de tan importante derecho.

La libertad de expresión ejercido de manera plena, responsable y libre hacen posible el pluralismo de las opiniones, la diversidad de la información, el debate de ideas, el respeto hacia los derechos humanos; condiciones sin las cuales no es posible la consolidación de un sistema verdaderamente democrático y participativo.

El Valor y el respeto a la dignidad

El respeto a la dignidad es un valor fundamental ya que se lo considera un respeto incondicionado y absoluto. Un respeto que, como se ha dicho, debe extenderse a todos los que lo poseen: a todos los seres humanos. Por eso mismo, aún en el caso de que toda la sociedad decidiera por consenso dejar de respetar la dignidad humana, ésta seguiría siendo una realidad presente en cada ciudadano.

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La dignidad podemos definirla como el fundamento mismo de la existencia del ser humano y sobre la cual se consolidan todos los derechos y obligaciones sin considerar condición social, raza, origen, religión, ideología o procedencia; es un principio que nos permite reconocer y valorar nuestras capacidades y debilidades, está relacionada con el derecho que tenemos todos al mismo trato, a iguales oportunidades en el campo laboral, económico, social; en el acceso a servicios básicos como la salud, educación, etc.

El respeto la misma hace de la libertad de expresión la vía adecuada para ejercerla, reclamarla y respetarla.

La Implantación de la Justicia

La libertad de expresión nos permite apremiar sanciones para quienes atentan a nuestros derechos, nos da la posibilidad de evaluar, aprobar o rechazar el comportamiento de otro individuo, incluso de autoridades y del sistema gubernamental que ellos implantan; todo esto da paso al establecimiento de la justicia.

Así como también la libertad de expresión abarca no solo la necesidad de expresarse de cualquier forma y medio sino también de informarse, debatir y participar dentro de la sociedad.

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19 Epígrafe II

La Libertad de Prensa

1.2. La Libertad de Prensa

Hoy en día el verdadero significado de Libertad de Prensa es un punto muy aparte de lo que significa libertad de expresión.

“Aunque la libertad de prensa constituye una importante forma de aplicación de ese

derecho universal e inalienable como lo es el derecho a la libre expresión, no es un

derecho que todos los ciudadanos puedan ejercer, especialmente en países y sociedades

donde para editar o poseer medios de comunicación ha sido y sigue siendo necesario

mucho poder y dinero; y por lo tanto, los únicos que han tenido acceso a la Libertad de

Prensa son aquellos grupos y ciudadanos de altos niveles socioeconómicos y políticos, que

son los que casi en su total mayoría poseen los grandes medios de comunicación en el

Ecuador, incluyendo ahora al presidente Correa y su régimen, con medios de

comunicación e información propios”.

(http://www.ecuaworld.com/ecuablog/index.php/index.php?itemid=3860, s.f.).

La libertad de prensa ha sido vinculada con las actividades relacionadas con el periodismo así como también con los medios de comunicación y estos deben ser ejercidos en un marco de respeto a los derechos humanos y a la dignidad de todas las personas. Así como también la libertad de expresión implica libertad de pensamiento y opinión bajo parámetros de responsabilidad social.

"La libertad de Prensa es la existencia de garantías con las que los ciudadanos tengan el

derecho de organizarse para la edición de medios de comunicación cuyos contenidos no

estén controlados por los poderes del Estado”.

(http://www.ecuaworld.com/ecuablog/index.php/index.php?itemid=3860, s.f.)

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20

informar en torno a lo que consideren conveniente dar a conocer a sus receptores de acuerdo a sus principios, conocimientos y ética, lo que no justifica que se lo haga sin transparencia, sin apego a la verdad e irresponsablemente.

Que la libertad de prensa es esencial para la realización del pleno y efectivo ejercicio de la libertad de expresión e instrumento indispensable para el funcionamiento de la democracia representativa, mediante la cual los seres humanos ejercen su derecho a recibir, difundir y buscar información.

1.2.1 Antecedentes de la prensa en el mundo

En los antecedentes de la prensa encontramos a la escritura que se inventa en Mesopotamia aunque, en una primera fase, es ideográfica y los primeros documentos escritos que se guardan se atribuyen a los sumerios y son anteriores a los 3000 antes de Cristo y aunque se conoce sobre la escritura proto alfabética en torno a los años 1000 o 1300 antes de Cristo, por lo que hubo que esperar a los años 800 antes de Cristo para que los griegos separen las vocales de las consonantes y establezcan las bases del alfabeto que utilizamos hoy en día.

Ya con el alfabeto los seres humanos aprendieron a plasmar su creatividad por escrito y se empiezan a escribir los primeros y grandes relatos de la historia, muchos de ellos se los consideraron como los antecedentes del reporterismo actual como por ejemplo:

“La Ilíada, Homero”, etc. siglo IX antes de Cristo. Con estos relatos que se produjeron

entre los griegos el auge del libro copiado en el siglo V antes de Cristo que era un papiro

enrollado. Ptolomeo, que gobernó Egipto, con la ayuda de los grandes intelectuales

helénicos, logró reunir la que se dice "la mayor biblioteca del mundo", que fue la gran

biblioteca de Alejandría” (http://raquel6torrpp.blogspot.com/2009/02/historia-de-la-prensa-en-mexico-y-en-el.html, s.f.).

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21

de la Urbe: si había un acusado famoso, las defunciones y los nacimientos, las listas de procesados, y sobre todo el relato de los éxitos bélicos.

Además existían los enterados que eran noticias recitadas a cambio de dinero. Posteriormente las invasiones bárbaras romperán esta estructura de comunicación y la harán cambiar de manos con la invasión de Egipto por los árabes en el 639 después de Cristo

El uso del papiro y del pergamino pasa a ser casi un monopolio del mundo árabe, el sistema comunicacional de Occidente tuvo que vincularse a la jerarquía cristiana.

Llegada la Edad Media empieza a florecer el comercio, con él los juglares y los

trovadores, y con las rutas de la seda se introduce el papel en Europa a través de España,

más o menos en el siglo X. Durante los siguientes siglos seguirán proliferando los

documentos escritos gracias a las universidades, y en el S. XIV la transmisión de noticias

dio otro gran salto, también de la mano de España, con el dominio de las rutas

marítimas” (http://raquel6torrpp.blogspot.com/2009/02/historia-de-la-prensa-en-mexico-y-en-el.html, s.f.).

El descubrimiento de América en el año de 1492 generó una gran necesidad de conocimiento: se recuperó la tradición china de imprimir libros con tablas de madera entintadas, se revitalizó el sistema de correo que habían creado los romanos, con lo que se impone el género epistolar no sólo para comunicar, sino también para la divulgación científica, y comenzaron a circular las hojas volantes. En este ambiente surgió la figura del copista, un oficio determinante para la historia de la prensa.

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Las gacetas son el mejor ejemplo del "noticierismo manuscrito". Se vendían en las plazas y a través del correo regular. Llegó un momento en el que los copistas no eran capaces de satisfacer la demanda y como el papel ya se había instalado en Europa se investigaba continuamente en sistemas de impresión rápidos. Johann Gensfleich Zum Gutenberg fue uno de esos investigadores.

Con el florecimiento de las ciudades en el siglo XVI, las noticias de los descubrimientos y los viajes se amplía la visión del mundo que se tenía hasta ese momento y se produce una demanda de información desconocida hasta entonces que sólo podía cubrir el nuevo sistema de impresión rápida inventado por Gutenberg en 1450: la imprenta. En los años siguientes, el nuevo sistema se extendió rápidamente por toda Europa porque permitía reproducir de forma sencilla los libros que antes eran manuscritos entre los años 1450 y 1500 se imprimieron más de 6.000 obras diferentes, así es que del noticierismo manuscrito de los orígenes, se pasó paulatinamente al noticierismo impreso.

Al principio, se hacen publicaciones ocasionales de cuatro a ocho páginas plegadas, sin cabecera ni anuncios, que se ocupaban cada vez de un único tema. Se vendían en las imprentas, en las librerías o en puestos ambulantes. A lo largo de todo el siglo XVI los "ocasionales" van dando lugar a impresos periódicos que comienzan a ser regulares en el s. XVII que es cuando se considera el comienzo de la historia del periodismo en su sentido estricto, aunque ya se encuentran publicaciones periódicas antes.

Las hojas informativas tenían gran aceptación por parte del público, lo que las convertía en un medio influyente y por esta razón, los gobernantes comenzaron a prohibir su distribución y a crear publicaciones oficiales para evitar las críticas a sus gobiernos. Así, llegó el nacimiento y la estabilización de las primeras gacetas semanales en el s. XVII.

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23 1.2.2. Antecedentes de la Prensa en el Ecuador

En las sociedades antes de que existiera la tecnología de los periódicos las sociedades humanas desarrollaron sus propias formas de comunicación, entre ellas las prácticas de guerra, las ceremonias religiosas, el desarrollo de la agricultura y mercadeo, además de los quipus y la música.

Los incas impusieron los chasquis encargados de llevar y traer mensajes del imperio, todos estos métodos y medios de generar comunicación ha ido evolucionando hasta nuestra época, dándose el surgimiento de la prensa.

En la época de la real audiencia de Quito se presentan hechos y crisis que levantan al pueblo con agitación social intelectual y cultural, esto determina la necesidad de levantar las voces y expresar el malestar político de una sociedad por lo que aparece promotor de la Sociedad Patriótica de Amigos del País dedicado a difundir textos de opinión, ideales y fomentando la libre expresión ciudadana, a partir de este, en 1820 esta cultura de prensa influye en Guayaquil presentándose el Patriota de Guayaquil, segundo periódico nacional, presentando ya artículos y notas de actividades y documentos con entes políticos por lo que en su desarrollo presenta unos cambios y que detonaron conflictos políticos perdiendo su importancia también por publicar notas con falta de veracidad.

A partir de estos acontecimientos surgen nuevas épocas y tendencias tanto sociales como culturales, acelerándose también el crecimiento económico y poblacional, por lo la prensa tuvo grandes avances en cuanto a desarrollo, tuvo que enfrentar cambios bruscos en cuanto a la política la misma que se estaba ejerciendo con un sin número de enfrentamientos y discriminaciones sociales, raciales y de género. La prensa se convirtió en un instrumento de contraparte y polémicas.

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24

también se creó el periódico “El Eco Del Azuay” en 1928, que aunque duro muy poco fue un ente representativo de nuestra cultura y democracia cuencana.

Ya a finales del siglo XIX se crea los diarios gracias al auge social y económico en 1960 aparece el llamado “Diario De Guayaquil” en él ya se daba espacio para la información y presentación de noticias y consecuente con este se presentan otros como “La Nación” y muchos otros que destinaban sus objetivos a sus propios principios y a la libre expresión, sobresaliendo a muchos ideales políticos culturales y económicos.

A partir de estos indicios de la presentación de la prensa, periódicos y diarios, estos en cuanto a su evolución sufren distintos cambios y desarrollo en cuanto a la evolución de las épocas de nuestros gobernantes, sobresaliendo y manteniéndose vivos solo las representaciones más fuertes de nuestros diarios, como por ejemplo: “En Guayaquil se fundó en 1921 El Universo, que con El Telégrafo fueron los ejes de la prensa del puerto. La Nación fue editada allí en algunas épocas. En Quito, El Comercio compartió el espacio con El Día (1913) y luego El Sol (1951) y el Diario del Ecuador (1955). En Cuenca aparecieron El Mercurio (1924) y El Tiempo (1955)”.

El internet llega al Ecuador en los años 90 y es utilizada en primera instancia por entidades bancarias y las Universidades Politécnicas. Desde entonces hasta la fecha la prensa juega un papel preponderante en el desarrollo de nuestra sociedad y así como ha tenido sus dificultades y tropiezos en el pasado igual lo palpamos en la actualidad bajo un marco de enfrentamiento con el gobierno y de defensa de sus propios intereses.

En nuestro país, el derecho a la Libertad de Prensa se reconoce y de forma más precisa y contundente en la nueva Constitución de la República del año 2008; que en su sección tercera, de Comunicación e Información, en su Artículo 16, manifiesta:

"Todas las personas en forma individual o colectiva, tienen derecho a:

3.- La creación de medios de comunicación social y el acceso en igualdad de condiciones

(35)

25

y televisión públicas, privadas y comunitarias y a bandas libres para la explotación de

redes inalámbricas” (Nacional A. , Constitución de la República, 2008).

Así como también consagra en su artículo 17.- El Estado fomentará la pluralidad y la diversidad en la comunicación, y al efecto:

1. Garantizará la asignación, a través de métodos transparentes y en igualdad de

condiciones, de las frecuencias del espectro radioeléctrico, para la gestión de estaciones

de radios y televisión pública, privada y comunitaria, así como el acceso a bandas libres

para la explotación de redes inalámbricas, y precautelará que en su utilización prevalezca

el interés colectivo.

2. Facilitará la creación y fortalecimiento de medios de comunicación públicos, privados y

comunitarios, así como el acceso universal a las tecnologías información y comunicación

en especial para las personas y colectividades que carezcan de dicho acceso o lo tengan

de forma limitada.

3. No permitirá el oligopolio o el monopolio, directo ni indirecto, de la propiedad de los

medios de comunicación y el uso de frecuencias” (Nacional A. , Constitución de la República, 2008).

Pues en la Constitución del 2008 consagra los Derechos de prensa, pero en realidad se aplica o no en la normativa y a los medios de comunicación, pues esto ya les corresponde al pueblo ecuatoriano y a sus legítimos representantes exigir, tanto al actual régimen (entre ella los identificados medios y comunicadores) que, respetando expresos mandatos constitucionales permitan ese derecho a la Libertad de Prensa y que pongan en marcha los mecanismos legales correspondientes y efectivos para que el pueblo pueda ejercerlo de manera real.

1.2.3. Definición

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26

la edición de medios de comunicación cuyos contenidos no estén controlados ni

censurados por los poderes del Estado. Y todo varón o mujer puede publicar sus ideas

libremente y sin censura previa”

(https://es.wikipedia.org/wiki/Libertad_de_prensa, s.f.).

La libertad de prensa se entiende en un buen sentido, como un buen trabajo profesional, en función de las necesidades de todos los ciudadanos; entendemos también que la libertad de prensa no está vinculada al negocio de empresa.

A la libertad de prensa también se le entiende como un bien social, como un servicio a los ciudadanos y esta debe ser cuidada, lo cual debemos entenderé que libertad de prensa y libertad de expresión van de la mano pero no son iguales; la libertad de prensa es el derecho del periodista de informar, la libertad de expresión la tenemos todos como ciudadano aunque hay periodistas que usan esos elementos para ocultar hasta donde la libertad de expresión te permite decir cualquier tipo de cosas sin ninguna responsabilidad por lo dicho.

1.2.4. Libertad de Prensa y Libertad de Expresión

Libertad de Expresión es un derecho que acompaña a los regímenes democráticos, ya que fue uno de los pilares de la Guerra de la Independencia de los Estados Unidos y la Revolución francesa, sucesos que agitaron las cortes de los demás estados occidentales, pues con este derecho subjetivo entre otros se desarrolla y se consolida la democracia; de la misma manera cuando se habla de Estado de Derecho, se debe encontrar a un Poder Ejecutivo, un Poder Judicial, un Poder Legislativo, un Poder Ciudadano y un Poder Electoral verdaderamente autónomos y eficaces.

(37)

27

La libertad de prensa podemos decir que no es más que el resultado de la búsqueda por ampliar la libertad de expresión, los medios de comunicación llegan a muchas personas y sectores a la vez permitiendo que quienes los utilicen puedan difundir sus conceptos, puntos de vista, criterios con mayor grado de receptabilidad por sus oyentes.

La libertad de prensa así como de expresión es tan importante para el convivir en sociedad, sin embargo para el ejercer la libertad de prensa es necesario estar inmerso o involucrado con las actividades periodísticas y de los medios, no así para la libertad de expresión ya que no necesita de canales exclusivos que permitan su ejercicio.

Los medios y la prensa en general deberían ser útiles a la sociedad, contribuir para que todo ciudadano ejerza de manera plena e incondicional la libertad de expresión, ser la palestra donde se generen y consensuen las diferentes ideologías; ser los encargados de velar por los intereses generales de toda la colectividad y no quienes aporten a su resquebrajamiento.

Los medios de comunicación ostentan su poder bajo el concepto errado de libertad de expresión, tal derecho es interpretado puesto que sus actividades se determinan de acuerdo a los objetivos comerciales, políticos, de lucro. La finalidad de la libertad de prensa puede estar determinada por los medios de comunicación y por quienes manejan los canales de información masiva.

1.2.5. Libertad de prensa y el Derecho a la Información

En nuestros medios constantemente se encuentran transmitiendo información de toda índole, algunas ocasiones apegados a la verdad así como también en otras ocasiones no, cuando un medio de comunicación, un periodista o reportero falta a la verdad y manipula la información está atentando gravemente al derecho que tiene todo ciudadano de ser informado correctamente; no recibir la información adecuada distorsiona, confunde y equivoca nuestra visión sobre la realidad que se encuentra viviendo la población.

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28

emisor y al receptor, e incluye los derechos de grupo, género o clase. Como garantía nos

alcanza a todos, incluyendo al Estado obligado a difundir con la verdad, a abstenerse de

dar información manipulada, incompleta o falsa. Solo puede estar limitado por los

intereses nacionales y sociales y por el respeto a los derechos de terceros”

(http://www.generaccion.com/magazine/1711/libertad-prensa-derecho-informacin, s.f.).

Pues ejercer directamente el derecho a la información involucra una labor conjunta de medios, periodistas, colectividad y Estado, el cual está obligado a velar por la vigencia y adecuada práctica del mismo considerando que la imprudencia sobre este podría afectar la honra y la buena reputación de las personas y ante lo cual tiene la obligación de proteger a su población en general sin distinción alguna.

El derecho a la información se encuentra constante en la Constitución de la República en su artículo 18 numeral 1 y 2 en los cuales señala: “Todas las personas, en forma individual o colectiva, tienen derecho a buscar, recibir, intercambiar, producir y difundir

información veraz, verificada, oportuna, contextualizada, plural, sin censura previa

acerca de los hechos, acontecimientos y procesos de interés general, y con

responsabilidad ulterior. Acceder libremente a la información generada en entidades No

existirá reserva de información excepto en los casos expresamente establecidos en la ley.

En caso de violación a los derechos humanos, ninguna entidad pública negará la

información” (Nacional A. , Constitución de la República, 2008).

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29 Epígrafe III

Derechos a la Comunicación y Tecnologías

1.3. Derechos a la Comunicación

Para entender el Derecho a la Comunicación debemos entender primero a la comunicación; para lo cual necesitamos estructurar el proceso comunicativo y sus aspectos en general.

La palabra no es ni la única manera de mediación producida por la humanidad para comunicarse. Antes de la palabra, incluso durante y al margen de ella, los seres humanos desarrollaron medios y modos diversos para materializar el contenido de sus procesos comunicativos. Gestos, danzas, pigmentos sobre la piel, herramientas y hábitos cotidianos tejieron, paulatinamente, estrategias diversas y combinadas para poner en común el producto de experiencias y prácticas.

Solemos considerar a las primeras herramientas como referencias concretas del cambio distintivo que la especie humana da hacia la construcción de la cultura.

Sabemos que las primeras herramientas ofrecían respuestas a necesidades específicas gracias a la acción de la inteligencia sobre el entorno y sabemos que la fabricación de piedras afiladas y el uso del fuego materializaban modos de acción distintos, capaces de incrementar habilidades y suplir deficiencias en la lucha por la supervivencia.

En este contexto, el papel actual de los medios de comunicación, que alcanzó un estadio de desarrollo desigual y combinado, es resultado concreto de una realización añeja que ha sufrido atrasos y retrocesos diversos, en contextos históricos precisos.

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30

Sin embargo, si la comunicación es una forma de acción, entonces, el análisis de la comunicación debe basarse, al menos en parte, en un análisis de la acción y en una explicación de su carácter socialmente contextualizado.

En la Constitución de la República en su sección tercera que trata sobre Comunicación e Información en el artículo 16.- “Todas las personas, en forma individual o colectiva,

tienen derecho a:

1. Una comunicación libre, intercultural, incluyente, diversa y participativa, en todos los

ámbitos de la interacción social, por cualquier medio y forma, en su propia lengua y con

sus propios símbolos.

2. El acceso universal a las tecnologías de información y comunicación.

3. La creación de medios de comunicación social, y al acceso en igualdad de condiciones

al uso de las frecuencias del espectro radioeléctrico para la gestión de estaciones de radio

y televisión públicas, privadas y comunitarias, y a bandas libres para la explotación de

redes inalámbricas.

4. El acceso y uso de todas las formas de comunicación visual, auditiva, sensorial y a

otras que permitan la inclusión de personas con discapacidad. 5. Integrar los espacios de

participación previstos en la Constitución en el campo de la comunicación” (Nacional A. , Constitución de la República, 2008).

En nuestro país fue necesario crear los mecanismos legislativos idóneos para el pleno y eficaz ejercicio del derecho a la comunicación de todas las personas ya sea a nivel nacional como también internacional, en forma individual o colectiva, tienen el derecho a la comunicación.

En la Ley Orgánica de comunicación en su Sección II que trata sobre los Derechos de igualdad e interculturalidad, en su artículo 36, en el cual manifiesta.- “Derecho a la

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31

Los pueblos y nacionalidades indígenas, afroecuatorianas y montubias tienen derecho a

producir y difundir en su propia lengua, contenidos que expresen y reflejen su

cosmovisión, cultura, tradiciones, conocimientos y saberes.

Todos los medios de comunicación tienen el deber de difundir contenidos que expresen y

reflejen la cosmovisión, cultura, tradiciones, conocimientos y saberes de los pueblos y

nacionalidades indígenas, afroecuatorianas y montubias, por un espacio de 5% de su

programación diaria, sin perjuicio de que por su propia iniciativa, los medios de

comunicación amplíen este espacio.

El Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y la Comunicación establecerá

los mecanismos y la reglamentación para el cumplimiento de esta obligación.

La falta de cumplimiento de este deber por parte de los medios de comunicación, será

sancionada administrativamente por la Superintendencia de la Información y la

Comunicación con la imposición de una multa equivalente al 10% de la facturación

promediada de los últimos tres meses presentada en sus declaraciones al Servicio de

Rentas Internas, sin perjuicio de que cumpla su obligación de difundir estos contenidos”

(Nacional A. , Ley Orgánica de comunicación , 2013).

1.3.1. Antecedentes

El antecedente próximo que hemos encontrado a la discusión de una Ley de Comunicación en Ecuador es el mandato de la Constitución de la República del año 2008, que establece que la Asamblea Nacional aprobará un cuerpo legal para ejercer el derecho a la comunicación. En razón de aquello en el mes de septiembre de 2009 se creó una Comisión Especial Ocasional de Comunicación para que analice 3 proyectos de Ley Orgánica de Comunicación.

“En Ecuador se encuentran vigentes una Ley de Ejercicio Profesional del Periodista

promulgada en septiembre de 1975, una Ley de Radiodifusión y Televisión expedida en

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32

Decreto Presidencial de noviembre de 1966, garantizando el ejercicio profesional de los

graduados en Escuelas Universitarias de Ciencias de la Información” (Bejarano, 2010).

“Desde 1966 hasta 1981 se dictaron decretos, reglamentos y acuerdos ministeriales, en

número de 12, aparte de las varias Constituciones Políticas en vigor, el Código Penal y la

Ley de Seguridad Nacional que fueron todos ellos la normativa complementaria que ha

venido regulando la labor de los comunicadores sociales y de los medios de comunicación

colectiva hasta estos días” (Bejarano, 2010).

Entre las razones que se recurren desde la Comisión Ocasional de Comunicación para crear una Ley de Comunicación, a más de garantizar los derechos a la comunicación y de cumplir con el mandato constitucional, están la constatación de un dominio corporativo de medios, el fomento de una sociedad de consumo y competencia de mercados, inequidad en coberturas hacia sectores marginales y ausencia de sentido ético en la presentación de información.

Con la intensión de trabajar con una metodología participativa la Comisión Ocasional de Comunicación propuso invitar a representantes de instituciones, ciudadanos interesados y buscar el apoyo de expertos. Se definieron 9 ejes a estudiar, que incluían puntos de conflictivo, se relacionaban a:

 Constitución e instrumentos internacionales, que señalen las garantías de las personas.

 Considerar la comunicación como un derecho humano y el espacio radioeléctrico como bien público.

 El alcance de la Ley hacia las relaciones de personas, comunidades y pueblos en medios públicos privados y comunitarios.

 Plurinacionalidad e interculturalidad como ejes transversales de la Ley.

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33

 La existencia de un órgano que garantice y regule sin afectar la libertad de expresión.

 Regulación de contenidos y responsabilidad ulterior.

 El Estado definirá las políticas públicas de comunicación.

 La profesionalización de los periodistas como garantía de calidad de la información.

1.3.2. Que son los Derechos a la Comunicación

El derecho a la comunicación radica en la necesidad de dar y recibir información, de debatir, confrontar y refutar todo en cuanto con el resultado del desarrollo personal y social, la vigencia de estos fortalece la organización social, así como también contribuye al desarrollo equilibrado de la ciudadanía.

Según, Daniel Prieto Castillo “Los derechos de la comunicación están basados en una visión del libre flujo de información; un derecho interactivo, igualitario y no

discriminatorio e impulsado por las necesidades humanas en vez de intereses comerciales

o políticos. Estos derechos representan las demandas de los pueblos para la libertad, la

inclusión, la diversidad y la participación en el proceso de comunicación. Nuestra visión

de los derechos de comunicaciones está basada en el reconocimiento de la dignidad

inherente y los derechos iguales e inalienables de todos los pueblos” (Castillo, 2012).

La comunicación es un sistema de interacción donde se comparten y reciben datos de toda clase y sobre los cuales se configura nuestro comportamiento, por lo tanto cabe señalar que la propiedad sobre los medios de comunicación de unos pocos representa gran desventaja para las grandes mayorías.

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34

Señala el teórico de las comunicaciones Jesús Martín Barbero, el “derecho a la

comunicación está compuesto por dos dimensiones: de un lado, el derecho de todas las

personas a acceder a la información, pero también a producirla, y a que por ende exista

un flujo equilibrado de información; y de otro lado, el derecho de todas las personas a

acceder al conocimiento, pero también a participar en su producción, y a que por ende

exista una comunicación pública del conocimiento” (Barbero, 2013)

1.3.3. Los Derechos a la Comunicación

Los Derechos a la comunicación son inherentes a todo ser vivo, desde el momento mismo en que nace ya se empieza a comunicar y conforme avanza su desarrollo avanza también su proceso comunicativo.

Es así como las personas nos comunicamos de distintas maneras estilos; ya sea en su forma de pensar, vestir, hablar dicen mucho sobre él demostrándonos que la comunicación utiliza diferentes canales y vías para la expresión, por lo tanto el entorno, la educación, la cultura la religión, están incluidos dentro de este fundamental derecho llevándonos a la conclusión que entre los derechos adheridos al de comunicación están los siguientes:

 El derecho a la educación.

 El derecho a la cultural.

 El derecho a la identidad.

 El derecho a la participación. Entre otros.

1.3.4. Derechos a la Comunicación y Libertad de Expresión

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