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INFORME SOBRE INICIO DE EXPEDIENTE

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INFORME SOBRE INICIO DE EXPEDIENTE

Denominación del Expediente:

SUMINISTRO Y TRANSPORTE DE CARRIL PARA LA RENOVACIÓN DEL TRAMO ORENSE-MONFORTE-LUGO.2 LOTES

Plazo de ejecución del contrato 18 meses

Presupuesto de licitación:

(A) BASE IMPONIBLE IVA: (21%) TOTAL CON IVA

12.562.415,69€ 2.638.107,29 € 15.200.522,98€

(B) Valor estimado de:

Prórrogas: ……… € (Sin IVA)

Modificados: ……… € (Sin IVA)

Suministros: ……… € (Sin IVA)

Servicios: ……… € (Sin IVA)

Valor estimado del contrato (A+B):

12.562.415,69 €

Procedimiento de adjudicación Criterios de Adjudicación X Abierto

 Restringido

X Un solo criterio

 Varios criterios (mejor relación calidad- precio)

 Licitación con Negociación

 Negociado sin Publicidad  Aspectos técnicos / económicos objeto de negociación

1. OBJETO DEL CONTRATO.

El objeto de este contrato es el SUMINISTRO Y TRANSPORTE DE CARRIL PARA LA RENOVACIÓN DEL TRAMO ORENSE-MONFORTE-LUGO, con el fin de responder a las necesidades de carril que surjan en la obra de la renovación de vía entre las estación de Orense-Monforte-Lugo, comprendiendo las actividades de suministro y transporte de carril hasta la obra en las condiciones que establece el pliego, siendo el total de carril a suministrar 15.118 Tn de las cuales 11.935 toneladas de carril 60 E1 serán en barra de 270 m, 2.983 Tn de carril 60 E1 en barras de 108 m, 200 toneladas de carril 60 E1 en barra elemental de 18m.

Esta licitación se ha dividido en dos lotes:

Lote1 : Orense-Monforte: 6.436 Tn Lote 2: Monforte –Lugo: 8.682 Tn

2. JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD E IDONEIDAD DEL CONTRATO.

2.1. Justificación de la necesidad e idoneidad.

El proyecto constructivo y de ejecución de las obras de renovación de vía entre las estaciones de Orense-Monforte-Lugo, prevé que Adif suministrará de forma directa el carril necesario para el montaje de vía contemplado en el mismo, para que posteriormente el contratista adjudicatario del proyecto de montaje de vía realice la instalación del carril.

Para cubrir esa necesidad de suministro y transporte de carril por parte de Adif, se plantea esta licitación, de acuerdo a lo contemplado en el proyecto que está próximo a su licitación.

2.2. Justificación de la insuficiencia de medios (en caso de servicios).

No procede en un contrato de suministros.

La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el código seguro de verificación: JRCM2J5ZJR6XYPEDWC0GY4G208 Verificable en https://sede.adif.gob.es/csv/valida.jsp

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3. JUSTIFICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Y DE LOS CRITERIOS DE SOLVENCIA Y DE ADJUDICACIÓN.

3.1. Justificación del procedimiento de adjudicación.

Al tratarse de un suministro que se realiza de forma recurrente y dado que se trata de productos suficientemente conocidos y testados durante años por su instalación en las líneas de Adif no es posible establecer mejoras de calidad, por lo que se considera suficiente que el criterio de adjudicación esté basado sólo en el precio.

Consecuentemente, por medio de la solvencia técnica o profesional Adif se consigue asegurar que las empresas que pueden optar a ser adjudicatarias del procedimiento de contratación son lo suficientemente solventes para fabricar el carril incluido en el contrato.

Por otro lado, por medio de la exigencia de unos requisitos de producto, se asegura la conformidad del producto ofertado, pues se solicita la acreditación de su conformidad por medio de certificados expedidos por institutos o servicios oficiales.

3.2. Justificación de los criterios de adjudicación.

El criterio de adjudicación es el precio más bajo una vez se garantice por parte de los licitadores la posibilidad de ejecutar los trabajos de manera correcta mediante el cumplimiento de los requerimientos de solvencia exigidos.

3.3. Justificación de los criterios de solvencia.

La finalidad de los criterios de solvencia adoptados es proporcionar al proceso de licitación un nivel adecuado de competencia. De esta forma, se garantiza una posible mayor concurrencia al procedimiento de contratación planteado de empresas suministradoras competentes y con garantías de haber realizado suministros similares, lo que se entiende como beneficioso para Adif.

Por otro lado, por medio de la exigencia de estos criterios de solvencia, Adif se asegura que los licitadores cuenten con la capacidad técnica y profesional suficiente para la realización del suministro de un material complejo que se instalará como parte de la superestructura de las líneas de Adif.

La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el código seguro de verificación: JRCM2J5ZJR6XYPEDWC0GY4G208 Verificable en https://sede.adif.gob.es/csv/valida.jsp

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4. JUSTIFICACIÓN DEL PRESUPUESTO.

4.1. Justificación de la determinación del presupuesto de licitación

Para la determinación del presupuesto de licitación se ha utilizado un sistema de precios unitarios.

En base a este sistema el presupuesto queda determinado por medio de la multiplicación de los precios unitarios por su medición prevista, de acuerdo a lo extraído de los proyectos de montaje de vía del tramo objeto del suministro.

Se ha cuidado en la elaboración del presupuesto de licitación que este sea adecuado a los precios de mercado. Para ello, se han tomado como referencia los resultados de anteriores procedimientos, así como el cálculo de ciertos precios de referencia, todo ello adaptado a las características particulares del presente contrato.

Los precios unitarios del presupuesto ya contemplan calculados tanto los costes directos e indirectos como los gastos generales y el beneficio industrial.

De esta forma, en el apartado del presupuesto del pliego técnico se recogen todos los datos de las mediciones y precios unitarios utilizados.

PRESUPUESTO LOTE 1

Ref. Medic. Denominación Precio Importe

P-1 6.436 Tonelada de carril en barra elemental cargada en vagón en fábrica. 714,93 4.601.289,48 €

P-2 5.069 Tonelada de carril en barra elemental transportada desde la

fábrica hasta la planta fija de soldadura eléctrica. 32,20 163.221,80 €

P-3 5.069 Tonelada de carril soldada en planta fija de soldadura

eléctrica. 34,44 174.576,36 €

P-4 5.069 Tonelada de carril transportada por ferrocarril, desde la

planta fija de soldadura eléctrica hasta la obra. 69,00 349.761,00 €

P-5 1.267 Tn de carril transportado por ferrocarril desde la factoria

hasta las bases de acopio o hasta la traza 43,85 55.557,95 €

P-6 100 Tonelada de barra elemental de 18 m transportada desde la

fábrica hasta la obra. 22,18 2.218,00 €

PRESUPUESTO DE LICITACIÓN 5.346.624,59 € IVA (21%) 1.122.791,16 € TOTAL 6.469.415,75 € La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el código seguro de verificación: JRCM2J5ZJR6XYPEDWC0GY4G208 Verificable en https://sede.adif.gob.es/csv/valida.jsp

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PRESUPUESTO LOTE 2

Ref. Medic. Denominación Precio Importe

P-1 8.682 Tonelada de carril en barra elemental cargada en vagón en

fábrica. 714,93 6.207.022,26

P-2 6.866 Tonelada de carril en barra elemental transportada desde la

fábrica hasta la planta fija de soldadura eléctrica. 32,20 221.085,20 €

P-3 6.866 Tonelada de carril soldada en planta fija de soldadura

eléctrica. 34,44 236.465,04 €

P-4 6.866 Tonelada de carril transportada por ferrocarril, desde la

planta fija de soldadura eléctrica hasta la obra. 69,00 473.754,00 €

P-5 1.716 Tn de carril transportado por ferrocarril desde la factoria

hasta las bases de acopio o hasta la traza 43,85 75.246,60 €

P-6 100 Tonelada de barra elemental de 18 m transportada desde la

fábrica hasta la obra. 22,18 2.218,00 €

PRESUPUESTO DE LICITACIÓN 7.215.791,10 € IVA (21%) 1.515.316,13 € TOTAL 8.731.107,23 €

4.2. Justificación del presupuesto del valor estimado

No hay previsiones de que en la vida del contrato vayan a acontecer circunstancias especiales como prórrogas o modificados que afecten al presupuesto de licitación, por lo que el valor estimado del contrato coincide con el presupuesto base de licitación de cada uno de los lotes.

A continuación se refleja la distribución del presupuesto total por cada uno de los lotes:

LOTE TOTAL BASE IMPONIBLE IVA (21%) TOTAL IVA INCLUIDO LOTE 1 5.346.624,59 € 1.122.791,16 € 6.469.415,75 € LOTE 2 7.215.791,10 € 1.515.316,13 € 8.731.107,23 € TOTAL 12.562.415,69 € 2.638.107,29 € 15.200.522,98 € La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el código seguro de verificación: JRCM2J5ZJR6XYPEDWC0GY4G208 Verificable en https://sede.adif.gob.es/csv/valida.jsp

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Indicar si toda la documentación de licitación a poner a disposición de los licitadores, incluyendo PPT y/o Proyecto, lo está en formato electrónico o digital:

 Sí

 No

4.3. Plan de Contratación.

¿El contrato se encuentra incluido en el Plan de Contratación de la Entidad?

 Sí

(si se envió el API/AIP correspondiente y se aplica la reducción de plazos)

 No

5. DISPONIBILIDAD DE LA DOCUMENTACIÓN DE LICITACIÓN EN FORMATO ELECTRÓNICO O DIGITAL.

6. DIVISIÓN EN LOTES.

6.1. La naturaleza/objeto del contrato permite su división en lotes (art. 99.3 y 116.4.g) LCSP):

 Sí

 No

6.2. Si la naturaleza/objeto del contrato permite su división en lotes. ¿Se van a establecer lotes?:

 Sí

 No

6.3. Límites a la presentación de ofertas y/o adjudicación de lotes:

No se establecen limitaciones ni a la presentación de ofertas ni a la adjudicación de lotes.

7. SISTEMA DE DETERMINACIÓN DEL PRECIO (CONTRATOS DE SERVICIOS)

NO PROCEDE

8. SOLVENCIA

8.1. CLASIFICACIÓN (en su caso, o bien NO PROCEDE):

NO PROCEDE La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el código seguro de verificación: JRCM2J5ZJR6XYPEDWC0GY4G208 Verificable en https://sede.adif.gob.es/csv/valida.jsp

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8.2. SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA:

1. SOLVENCIA ECONÓMICA FINANCIERA

Se requiere un volumen anual de negocios, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, de al menos 5.346.624,59 € para el Lote 1, y de al menos 7.215.791,10€ para el Lote2.

Para el licitador mejor clasificado, el volumen anual de negocios anteriormente referido se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro

Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito.

En las U.T.E., se contabilizarán los recursos propios como suma de éstos vinculados al neto patrimonial de cada una de las empresas componentes.

Se presentará una declaración responsable firmada por el representante legal de la empresa, en la que se certifique el cumplimiento del requisito anterior, indicando el resumen los datos en el que se pueda comprobar dicho cumplimiento.

2. SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL

La solvencia técnica o profesional se acreditará mediante el cumplimiento de los siguientes requisitos:

A) Se requiere la realización de suministros de igual o similar naturaleza y similares características técnicas a las que constituyen el objeto de la presente licitación, realizados en el transcurso de los tres (3) últimos años, por valor de, al menos 1.336.656,15 €, en el año de mayor ejecución para el Lote 1, y de al menos, 1.803.947,78 €, en el año de mayor ejecución para el Lote 2.

Asimismo, para el supuesto de suministros que se hayan realizado en UTE, para el cálculo del importe exigido se tomará en cuenta la proporción de la participación en la UTE de cada una de las empresas integrantes de la misma.

El licitador mejor clasificado acreditará el cumplimiento de este requisito aportando relación de los principales suministros de igual o similar naturaleza y similares características técnicas a los que constituyen el objeto de la presente licitación, realizados en el transcurso de los tres (3) últimos años, que incluya importe, fechas, condición de suministrador y/o fabricante y beneficiarios públicos o privados de los mismos, así como certificados de buena ejecución cuando los trabajos no hubiesen sido realizados para ADIF, que permita demostrar que dispone de la experiencia requerida.

A los efectos del párrafo anterior, cuando el destinatario sea una entidad del sector público estos certificados serán expedidos o visados por el órgano competente;

cuando el destinatario sea un sujeto privado, será expedido por esta entidad, o a falta de este certificado, será suficiente una declaración del empresario acompañada de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.

B) En base a lo dispuesto en el art. 89.1 f) de la ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, se solicita el cumplimiento del siguiente requisito: Se requieren Certificados expedidos por los institutos o servicios oficiales del control de calidad, de competencia reconocida, que acrediten la conformidad de productos, perfectamente detallada mediante referencias a determinadas especificaciones o normas.

La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el código seguro de verificación: JRCM2J5ZJR6XYPEDWC0GY4G208 Verificable en https://sede.adif.gob.es/csv/valida.jsp

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Para su acreditación, el licitador mejor clasificado facilitará original o copia compulsada de los siguientes documentos:

-Certificado de homologación del Sistema de Gestión de la Calidad y de Gestión Ambiental de la empresa expedido por un organismo acreditado, en base a las normativas, ISO 9001 e ISO 14001 o similar.

-Declaración CE de conformidad de cada componente de interoperabilidad o bien de su conjunto, objeto de este pliego, asociado a la ETI 2014 del subsistema “ Infraestructura” del sistema ferroviario de la Unión Europea o en su defecto documento acreditativo.

C) En base al artículo 89.1.e) de la Ley 9/2017 se exige como descripción de los productos a suministrar cuya autenticidad puede certificarse a petición de la entidad contratante el siguiente requisito. Los productos objeto de la presente licitación se encuentran regulados por una Especificación Técnica de Adif, por lo que deberán hallarse incluidos en el Registro de Productos y Empresas Acreditados correspondiente al Procedimiento para la acreditación y recepción de productos ferroviarios de Adif.

Por ello, para acreditar que cumple los requisitos de producto de esta licitación, el licitador deberá presentar una evidencia de que está incluido en el citado Registro de Productos y Empresas Acreditados. Como fórmula sustitutiva, en el caso de que el licitador no cuente con la acreditación de algunos de los productos incluidos en la licitación, deberá aportar para cada producto no acreditado al menos lo exigido en uno de los siguientes apartados:

- Autorización de Suministro y Uso o informe equivalente, emitido por Adif como máximo cuatro años antes de la fecha de publicación de la presente licitación (siempre y cuando no hubiera sido revocada), acompañada de la documentación que demuestre el inicio de los trámites de acreditación del producto tal y como se establece en el Procedimiento para la acreditación y recepción de productos Ferroviarios de Adif.

Presentación del dossier de producto particularizando por fábrica y materia prima, según establece el “Procedimiento para la acreditación y recepción de productos Ferroviarios” de Adif en su apartado 3.2 Realización y certificación de los ensayos, tanto en lo que respecta al lugar de los ensayos comoa la documentación sobre el producto y los ensayos,

incluyendo ladocumentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos del apartado de homologación técnica de la correspondiente Especificación Técnica.

8.3. CONCRECIÓN DE LAS CONDICIONES DE SOLVENCIA TÉCNICA PARTICULAR:

NO PROCEDE

8.4. HABILITACIÓN EMPRESARIAL EXIGIBLE PARA REALIZAR LA PRESTACIÓN (ART. 65.2 DE LA LCSP)  Ninguna en especial.

 La siguiente habilitación:

9. GARANTÍAS

9.1. PROVISIONAL

 Sí  No

9.2. DEFINITIVA La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el código seguro de verificación: JRCM2J5ZJR6XYPEDWC0GY4G208 Verificable en https://sede.adif.gob.es/csv/valida.jsp

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X Sí

 No

10. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE OFERTAS Y PUNTUACIÓN.

Criterios de valoración

 Un solo criterio de adjudicación: Precio más bajo.

Varios criterios de adjudicación: Los descritos en el Apartado Siguiente.

Ponderación Criterios de

adjudicación NO PROCEDE

Umbral Mínimo Criterios

Cualitativos NO PROCEDE

11. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Y PUNTUACIÓN (*).

Criterios cualitativos Evaluable mediante

fórmula (SI/NO) Puntuación NO PROCEDE

Criterios económicos

Precio SI 100

(*) Se relacionarán los criterios a tener en cuenta para la adjudicación (en caso de un solo criterios será el precio).

(Art.145 LCSP).

En caso de aplicarse criterios cualitativos evaluables mediante fórmula, deberá indicarse la fórmula a emplear para su valoración.

La descripción de los criterios, su valoración y la documentación a presentar para ello, se podrán incluir en un anexo al presente documento.

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SI  NO

Las contempladas en el Apartado 8 PENALIDADES, del PPTP y, en su caso, las establecidas en el PCAP.

15.1. El servicio que se contrata está sujeto a Convenio Colectivo:

 Sí  No

12. CONSIDERACIONES DE TIPO SOCIAL Y/O MEDIOAMBIENTAL 12.1. Incluidas en los Pliegos de Prescripciones Técnicas.

Las relaciones existentes entre el Adjudicatario y Adif deben regirse por las disposiciones que de esta materia existen en el Sistema Integrado de Gestión, en lo concerniente a materias de Seguridad y Salud en el Trabajo, siendo de obligado cumplimiento los Procedimientos Operativos de Prevención de Adif POP 12 (Coordinación de Actividades Empresariales) y POP 16 (Directrices Generales aplicables a empresas que realicen actividades en centros de trabajo de Adif), conforme a lo descrito en el Apartado 5 del PPTP.

El adjudicatario deberá cumplir la normativa medio ambiental propia de ADIF.

12.2. Como criterios de adjudicación.

A) Sociales:

NO PROCEDE

B) Medioambientales:

NO PROCEDE

12.3. Como condiciones especiales de ejecución.

A) Sociales:

Será de obligado cumplimiento por parte del licitador durante toda la duración del contrato, la legislación vigente sobre prevención de riesgos laborales. Sin perjuicio de otras responsabilidades por infracción de dichas normas, se entenderá incumplido de manera esencial este contrato cuando con ocasión de la ejecución del contrato y en el período de un año se hayan impuesto por la Autoridad laboral, mediante resolución definitiva en vía administrativa, dos sanciones muy graves, por incumplimiento de la legislación sobre prevención de riesgos laborales.

B) Medioambientales:

NO PROCEDE

13. REVISIÓN DE PRECIOS (sólo para contratos de obras).

14. INCUMPLIMIENTOS Y PENALIDADES

15. CONDICIONES DE EJECUCIÓN EN CONTRATOS DE SERVICIOS.

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 SI  NO

En aplicación de lo establecido en el artículo 214 de la LCSP, el presente contrato podrá ser objeto de cesión:

 SI. Siempre que se cumplan los requisitos y dentro de los límites establecidos en el art.

214 LCSP.

 NO.

 SI (Límite 60%) No existen prestaciones concretas que no puedan ser subcontratadas por el adjudicatario siempre que dispongan de la autorización expresa de la Dirección del

Contrato.

 NO.

Indicar si los pagos que se deriven de la ejecución del contrato serán realizados, todos o en parte, por una o varias entidades diferentes de ADIF:

 SI. En caso afirmativo indicar los datos relativos al copago que corresponda.

 NO.

16. MODIFICACIONES PREVISTAS.

17. CESIÓN.

18. SUBCONTRATACIÓN.

19. COPAGO.

15.2. Obligación de subrogación (art. 130 LCSP):

 Sí  No

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Se realizarán dos mediciones del suministro: la primera mensualmente sobre la cantidad de material acopiado en fábrica y en taller de soldadura; la segunda, una vez que el material haya sido transportado y descargado en traza, según se designe.

Las mediciones se realizarán de forma contradictoria y serán firmadas por el Director Técnico del Contrato de Adif y por el Adjudicatario o su Representante. Las mediciones se consideran fijas una vez firmadas y no cabrá reclamación alguna sobre ellas, aceptándose por ambas partes la cantidad calculada.

El Adjudicatario tiene derecho al abono de los trabajos que realmente ejecute con arreglo al precio convenido y con sujeción al contrato otorgado.

El pago se efectuará por certificación mensual, aprobada por Adif y su cuantía se obtendrá de la valoración de los trabajos realmente efectuados al período al que se refiere la certificación a partir de los precios unitarios ofertados por el Adjudicatario, que se incorporan como parte integrante del presente contrato.

El pago del precio se realizará de la forma siguiente:

• Tanto las unidades correspondientes al precio P-1 como la correspondiente al precio P-2 y P-3 , se certificarán a cuenta el 85% a la validación técnica en fábrica, el 15%

restante se certificará en el momento de acopio en obra acorde con el PPTP y con indicaciones de la Dirección de Obra.

• Las unidades P-4 y P-6 se certificarán al 100% cuando el Adjudicatario realice la descarga.

• La unidad P-5 se certificará al 100% cuando el Adjudicatario haya transportado el carril al punto de acopio o traza acorde con el PPPT y con indicaciones a la Dirección de Obra.

A los efectos previstos en el artículo 62 de la LCSP, se designa Responsable del contrato a la siguiente persona:

José Alberto Rivas Lozano Gerente de Área de Vía 20. RÉGIMEN DE PAGOS.

21. PLAZO PARA LA APROBACIÓN DE LA CERTIFICACIÓN FINAL (solo para contratos de obras LCSP).

22. RESPONSABLE DEL CONTRATO.

NO PROCEDE

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AUTORIZACIONES

IDENTIFICACIÓN DEL DOCUMENTO

INFORME SOBRE INICIO DE EXPEDIENTE PARA LA CONTRATACIÓN DEL:

SUMINISTRO Y TRANSPORTE DE CARRIL PARA LA RENOVACIÓN DEL TRAMO ORENSE-MONFORTE – LUGO. DOS LOTES

RELACIÓN DE CARGOS FIRMANTES

Propone Firma: Ignacio Meana Martínez Cargo: Subdirector de Infraestructura y Vía VºBº Firma: Eugenio Nasarre Serrano Cargo: Director Técnico

Conforme Firma: Ángel Contreras Marín Cargo: Director General de Conservación y Mantenimiento

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Firmado electrónicamente por: IGNACIO MEANA MARTÍNEZ 16.02.2019 00:33:53 CET

Firmado electrónicamente por: EUGENIO NASARRE SERRANO 17.02.2019 01:18:06 CET

Firmado electrónicamente por: ANGEL CONTRERAS MARIN 17.02.2019 09:11:36 CET

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